DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES Cláusulas de Ejemplo

DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES. El “CÓMITE” o la “CONVOCANTE” descalificará parcial o totalmente a los “PARTICIPANTES” por cualquiera de las siguientes situaciones: Estar en proceso de investigación por parte de la Contraloría del Estado de Jalisco. Cuando se compruebe su incumplimiento o mala calidad como “PROVEEDOR” del Gobierno de Jalisco, Municipal, de la Federación o de cualquier entidad Federativa. Si un mismo socio o administrador forma parte de dos o más de las empresas “PARTICIPANTES” Cuando se presuma que existe arreglo entre los “PARTICIPANTES” para elevar los precios de los bienes y servicios objeto del presente concurso. Si se comprueba que al “PARTICIPANTE” por causas imputables al mismo, se le hubieren rescindido uno ó más contratos con el Gobierno de Jalisco, Municipal, de la Federación o de cualquier entidad Federativa., en un plazo no mayor a seis meses anteriores a la fecha del presente proceso. Cuando la “CONVOCANTE” y la “COMISIÓN” tengan conocimiento de irregularidades graves imputables al “PARTICIPANTE”, en el cumplimiento de algún contrato con alguna Entidad Federativa o Dependencia del Sector Público. Cuando las propuestas no estén firmadas por la persona legalmente facultada para ello Si los documentos presentados tuvieran textos entre líneas, raspaduras, alteraciones, tachaduras o enmendaduras. Si presentaran datos falsos. Por incumplimiento en cualquiera de los requisitos de las presentes bases y sus anexos, ya que deberán apegarse estrictamente a las necesidades planteadas por la “CONVOCANTE”, de acuerdo a las características y especificaciones de los bienes y servicios, La falta de cualquier documento o muestra física solicitada. Si se comprueba que el “PARTICIPANTE” no demuestra tener capacidad financiera, de producción o distribución adecuada. Si el “PARTICIPANTE” establece comunicación con la “COMISIÓN” o la “CONVOCANTE”, para tratar de influir en la evaluación de su propuesta técnica o económica, del presente concurso. Cuando El ““PARTICIPANTE”” nieguen el acceso a sus instalaciones a la CONVOCANTE en caso de que esta última decida realizar visita. En caso de que se encuentren inhabilitados por “RUPC”cuando este funcionando o el Padrón del Proveedores del Gobierno del Estado, o por alguna autoridad ya sea Municipal, Estatal o Federal en la contratación de algún bien y/o servicio o durante el proceso de estos.
DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES. 13.1.- Se descalificará(n) al (los) participante(s) que incurra(n) en cualquiera de las siguientes situaciones:
DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES. SE DESCALIFICARÁ A LOS PARTICIPANTES QUE INCURRAN EN UNO O VARIOS DE LOS SIGUIENTES SUPUESTOS:
DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES. El “CÓMITE” o la “CONVOCANTE” descalificará parcial o totalmente a los “PARTICIPANTES” por cualquiera de las siguientes situaciones:
DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES. SE DESCALIFICARÁ A LOS PARTICIPANTES QUE INCURRAN EN ALGUNA DE LAS SITUACIONES SIGUIENTES:
DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES. 12.1. Se descalificará(n) al (los) participante(s) que incurra(n) en cualquiera de las siguientes situaciones: El incumplimiento en la presentación de cualquier documento legal, administrativo, técnico o económico solicitado en estas bases, que afecte la solvencia de la propuesta. El incumplimiento de los criterios señalados en el anexo 5 (Tabla General de Criterios y Subcriterios de Evaluación), o no cumplir con un mínimo de 75 puntos en la evaluación técnica. La comprobación de que algún licitante haya acordado con otro u otros elevar los precios del servicio o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener ventaja sobre los demás licitantes. Esto sin perjuicio de lo previsto en el sexto párrafo del artículo 36 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. · No asistir puntualmente al acto de presentación y apertura de ofertas técnicas y económicas. · Por cualquier violación de las disposiciones contenidas en; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento; la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y estas bases. Que incluya datos económicos en la propuesta técnica. Las observaciones correspondientes, se asentarán en el acta respectiva al acto de apertura de ofertas técnicas y económicas y/o en el fallo correspondiente.
DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES. Se descalificará a los concursantes en cualquiera de las etapas de la Licitación que incurran en alguna de las siguientes situaciones:
DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES. NOVENA.- Se descalificará a los participantes en los siguientes casos:
DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES. La “CONVOCANTE” descalificará a los participantes que incurran en alguna de las siguientes situaciones:
DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES. Se descalificará a los licitantes, en cualquier etapa de la invitación cuando incurran en una o varias de las siguientes situaciones: Si se incumple con alguno de los requisitos que se establecen en esta convocatoria de Invitación Nacional a cuando menos Tres Personas; Si se comprueba que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el precio de los bienes objeto de la prestación del servicio, la prestación misma del servicio, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes, y Por cualquier otra violación a las disposiciones de la LAASSP u otra disposición jurídica aplicable.