DESCRIPCION, UNIDAD Y CANTIDAD Cláusulas de Ejemplo

DESCRIPCION, UNIDAD Y CANTIDAD. EN EL ANEXO I DE ESTA CONVOCATORIA, QUE FORMA PARTE INTEGRAL DE LA MISMA, SE INDICAN LAS CANTIDADES MAXIMAS Y MINIMAS A REQUERIR PARA UN XXXXXXX XXX 0° XXXXXXX XX XXXXX XX 00 XXXXXXX X XXX DE DICIEMBRE DEL 2010 DOS MIL DIEZ, COMO POSIBLE ADQUISICION POR PARTE DE LA DELEGACION DEL ISSSTE EN MICHOACAN. EL INSTITUTO LLEVARA A CABO LA ADQUISICION DE LOS MATERIALES QUE SE PRESENTAN EN EL ANEXO I, DE LAS CUALES LAS DE MAYOR CANTIDAD SON LAS SIGUIENTES: PARTIDA 1 “MATERIAL DE CURACION FUERA DE CATALOGO BASICO”: HOJA DE BISTURI No. 20 135 54 PIEZA CATETER VENOCLISIS No. 17 2,440 976 PIEZA XXXXXX XX XXXXXX Xx. 4 18 7 PIEZA LAPIZ ELECTROQUIRURGICO 53 21 PIEZA RASTRILLO DESECHABLE DOBLE NAVAJA 810 324 PIEZA AGUJA RAQUIA No. 27 CORTA 165 66 PIEZA SONDA ALIMENTACION RECIEN NACIDO No. 5 40 16 PIEZA SONDA XXXXXXXXXXXX Xx. 00 00 00 XXXXX XXXXX REACTIVAS SURE HOSPITAL 100 40 PIEZA TUBO ENDOTRAQUEAL XXXXXX No. 7.5 34 14 PIEZA TEGADERM 6 X 7 CMS. 1,800 720 PIEZA ESPEJO VAGINAL 50 20 PIEZA LINEA DE TRANSFERENCIA BAXTER/PISA 15 6 PIEZA MICRONEBULIZADOR ADULTO CON MASCARILLA 166 66 PIEZA ELECTRODOS PARA MONITOREO 3 M. 2,000 800 PIEZA VALVULA PROGRAMABLE CONTORNEADA MEDTRONIC 5 2 PIEZA CONECTOR INDIVIDUAL PARA INYECTOR MEDRAD 250 100 PIEZA LLAVE DE 3 VIAS SIN EXTENSION 65 3 PIEZA FRESA DE CARBURO No. 34 50 20 PIEZA FRESA DE FISURA No. 701 40 16 PIEZA PARTIDA 2 “MATERIAL DE OSTEOSINTESIS”: TORNILLO DE TITANIO 40 16 PIEZA XXXXX XX XXXXXXXXX 1.2 24 10 PIEZA XXXXX XX XXXXXXXXX 1.6 29 12 PIEZA XXXXX XX XXXXXXXXX 2 28 11 PIEZA XXXXX XX XXXXXX 2.7 22 9 PIEZA CLAVO XXXXXXXX 3 20 8 PIEZA ENGRAPADORA PARA PIEL MEDIDA UNIVERSAL 40 16 PIEZA PERNOS DE BLOQUEO 33 13 PIEZA ROTULAS TUBO-TUBO ANGULO VARIABLE 53 21 PIEZA TORNILLO CORITCAL 3.5 VARIAS MEDIDAS 75 30 PIEZA TORNILLO CORITCAL 4.5 VARIAS MEDIDAS 53 21 PIEZA TORNILLO ESPONJOSA 4.0 VARIAS MEDIDAS 71 28 PIEZA LOS LICITANTES DEBERAN OFERTAR DE MANERA TOTAL POR PARTIDA Y POR EL MAXIMO DE LOS RENGLONES REQUERIDOS, DADO QUE LA ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS SERA POR RENGLON DE CADA PARTIDA LICITADA. PARA EL CUMPLIMIENTO EN EL ABASTO PROGRAMADO DE LOS MATERIALES Y CONSUMIBLES, LOS LICITANTES PARTICIPANTES EN LA PRESENTE LICITACION, DEBERAN AJUSTARSE A LAS SIGUIENTES ESPECIFICACIONES: LOS MATERIALES REQUERIDOS DEBERÁN SER PROPORCIONADOS POR EL O LOS LICITANTES QUE OBTENGAN ADJUDICACION DEL CONTRATO DERIVADO DE ESTA LICITACION, QUIENES DEBERAN GARANTIZAR ADEMAS SU ABASTECIMIENTO EN CANTIDAD, CALIDAD Y OPORTUNIDAD, QUE PERMITA LA OPERACIÓN DURANTE ...
DESCRIPCION, UNIDAD Y CANTIDAD. EN XXX XXXXXX XXXXXX 0 X 0 XX XXXX XXXXXXXXXXXX, QUE FORMA PARTE INTEGRAL DE LAS MISMAS, SE INDICA LA RELACION, DESCRIPCION COMPLETA CANTIDAD Y ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO MOTIVO DE ESTA LICITACION. EL PRESTADOR DE SERVICIO DEBERA CONTAR CONUNA PLANTILLA MINIMA DE 10 TECNICOS ESPECIALIZADO S EN MANTENIMIENTO A EQUIPO MEDICO, LOS CUALES SERAN LOS ENCARGADOS DE EJECUTAR, SUPERVISAR LOS TRABAJOS EN COMENTO, DE IGUAL FORMA DEBERA DEASISTIR A LAS REUNIONES QUE EL INSTITUTO LLEVE A CABO, PARA CONOCER LAS TECNICAS Y EQUIPOS UTILIZADOS, ASI COMO PARA QUE PROPORCIONE TODA LA INFORMACION QUE RESPECTO DEL SERVICIO LE SOLICITE EL INSTITUTO. PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES QUE SE DERIVEN DE ESTE PROCEDIMIENTO DE LICITACION, LOS PARTICIPANTES GANADORES DEBERAN PONERSE EN CONTACTO CON EL DEPARTAMENTO DE OBRAS Y SERVICIOS GENERALES, CON DOMICILIO EN XX. XXXXXX XXXX Xx. 156 COL. OBSERVATORIO DELEGACION XXXXXX XXXXXXX TEL 0000-0000, A FIN DE COORDINAR LAS ACCIONES ENCAMINADAS AL OPTIMO CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO. LOS LICITANTES, PARA LA PRESENTACION DE SUS PROPOSICIONES, DEBERAN AJUSTARSE ESTRICTAMENTE A TODOS LOS REQUISITOS Y ESPECIFICACIONES PREVISTOS EN ESTA CONVOCATORIA Y LOS QUE SE DERIVEN DE LA JUNTA DE ACLARACIONES AL CONTENIDO DE LAS MISMAS.
DESCRIPCION, UNIDAD Y CANTIDAD. LA PRESENTE LICITACION TIENE POR OBJETO LA CONTRATACION EN FORMA CONSOLIDADA DE LA PRESTACION DEL SERVICIO DE SEGUROS SOBRE BIENES PATRIMONIALES DE LA SEDESOL, OPORTUNIDADES, INDESOL, INAPAM, FONART, FONHAPO, LICONSA, DICONSA, CONEVAL Y CORETT, DE CONFORMIDAD CON LAS NECESIDADES Y ESPECIFICACIONES DE CADA UNO DE ELLOS, SIENDO LAS SIGUIENTES PARTIDAS A CONSIDERAR: PARTIDA DESCRIPCION UNIDAD DE MEDIDA TOTAL DE POLIZAS 1 1. PÓLIZA TODO BIEN TODO RIESGO A PRIMER RIESGO. Incendio y aliadas: edificios y contenidos. Pérdidas consecuenciales. Rotura xx xxxxxxxxx. Anuncios luminosos. Robo con violencia y/o asalto. Dinero en efectivo y/o valores. 2. PÓLIZA RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL. 3. PÓLIZA EQUIPO ELECTRÓNICO. 4. PÓLIZA ROTURA DE MAQUINARIA 5. PÓLIZA CALDERAS Y APARATOS SUJETOS A PRESIÓN. 6. PÓLIZA EQUIPO DE CONTRATISTAS Y MAQUINARIA PESADA MÓVIL. 7. POLIZA DE MONTAJE Y OBRA CIVIL 8. PÓLIZA TRANSPORTE DE MERCANCÍAS. 9. R.C. TRANSPORTES DE PERSONAS 10. POLIZA DE TRANSPORTES (LICONSA) 11. R.C. MARITIMO Y TRANSPORTES (LICONSA) 12. MARITIMO TRANSPORTES CASCOS EMBARCACIONES Y R. C. 13.

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  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • Operación EL CLIENTE podrá dar instrucciones x XXXXX para la compra o para la venta de valores, las cuales tendrán el carácter de irrevocables y deberán contener todas las características necesarias para la plena identificación de los valores materia de las mismas, telefónica o escrita, o a través de los medios electrónicos, de cómputo o telecomunicación con que cuente BANSI. La celebración de la compraventa de valores se hará a precios xx xxxxxxx y BANSI deberá confirmar a EL CLIENTE la celebración de éstas, en el estado de cuenta que se le envíe. BANSI se reserva el derecho de exigir la confirmación por escrito de todas aquellas instrucciones que EL CLIENTE le haya otorgado por otros medios diversos al escrito. BANSI se reserva el derecho de corroborar la existencia de la orden o instrucción y el solicitar su confirmación por los medios que juzgue convenientes, pudiendo el BANSI dejar en suspenso la ejecución de la instrucción hasta en tanto el CLIENTE no confirme de manera fehaciente la misma. En este supuesto, al no recibir la confirmación del CLIENTE, el BANSI quedará liberado de la obligación de darle cumplimiento y por lo mismo no tendrá responsabilidad alguna derivada de su inejecución por cambios en los precios xxx xxxxxxx, conclusión de los horarios de operación u otros de naturaleza semejante, sino hasta en tanto reciba la confirmación correspondiente. BANSI invariablemente cargará o abonará a la “Cuenta Eje” de EL CLIENTE, los recursos resultantes de dichas operaciones. BANSI se sujetará a las instrucciones de EL CLIENTE. En lo no previsto expresamente: a) BANSI consultará a EL CLIENTE siempre que lo permita la naturaleza del negocio; b) BANSI se encuentra facultado para actuar discrecionalmente, hará lo que la prudencia le dicte, cuidando del negocio como propio. Si BANSI juzga perjudicial para EL CLIENTE la ejecución de las instrucciones, podrá suspender dicha ejecución, comunicándolo a EL CLIENTE lo más rápidamente posible, en espera de nuevas instrucciones o ratificación de las mismas.

  • DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES Los documentos y datos que deben presentar los licitantes para participar en la presente Invitación se encuentran enlistados en el ANEXO 2 de la presente Convocatoria.

  • DATOS DE CONTACTO Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de Chubb Seguros México, S.A. (UNE): Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

  • XXXXX 000. Xxxxxxxx

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), siendo un importe total de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.