DESIGNACIÓN DE PERITOS Cláusulas de Ejemplo

DESIGNACIÓN DE PERITOS. LA ASEGURADORA CONVIENE Y ACEPTA, QUE EN ESTE ACTO NOMBRA Y DESIGNA LOS DESPACHOS DE AJUSTADORES SIGUIENTES: ISIS AJUSTADORES, S.A. DE C.V., XXXXXXX Y ASOCIADOS AJUSTADORES PROFESIONALES, S. A. DE C. V., XXXXXX AND XXXXXXX MÉXICO, S. A. DE C. V. PERITOS INTERNACIONALES, QUIENES ACTUARAN COMO AJUSTADORES Y/O PERITOS QUE FUNGIRÁN EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 84 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGUROS. QUIENES TENDRÁN LA OBLIGACIÓN DE ENTREGAR COPIA DE SUS REPORTES DE INSPECCIÓN Y RECOMENDACIONES DE RESERVA AL ASEGURADO A MAS TARDAR AL DIA SIGUIENTE HÁBIL DE SU REPORTE INICIAL ASÍ COMO LOS SUBSECUENTES. LA ASEGURADORA, PODRÁ PROPONER TAMBIÉN DOS DESPACHOS DIFERENTES A LOS QUE SE ESTABLECEN, A FIN DE QUE SE ACUERDE CON EL ASEGURADO, LOS DESPACHOS A CONTRATAR.
DESIGNACIÓN DE PERITOS. EL ASEGURADO Y LA ASEGURADORA CONVIENEN Y ACEPTAN DESIGNAR DE MANERA COORDINADA LOS DESPACHOS DE AJUSTADORES AL MOMENTO DE LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO, QUIENES ACTUARÁN COMO AJUSTADORES Y/O PERITOS Y FUNGIRÁN EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 84 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO, DOS DE LOS CUALES, SE ESTABLECERÁN EN EL CONTRATO ADJUDICADO A LA ASEGURADORA GANADORA, QUIEN ADICIONALMENTE, PODRÁ PROPONER AL ASEGURADO DOS DESPACHOS EXTRAS, OBSERVANDO PARA ELLO EL ALCANCE DE LO SOLICITADO EN PÓLIZA. DICHOS DEPACHOS DE AJUSTADORES TENDRÁN LA OBLIGACIÓN DE ENTREGAR COPIA DE SUS REPORTES DE INSPECCIÓN Y RECOMENDACIONES DE RESERVA AL ASEGURADO, DENTRO DE LOS SIGUIENTES 15 DÍAS HÁBILES AL DIA SIGUIENTE HÁBIL DE SU REPORTE INICIAL ASÍ COMO LOS SUBSECUENTES.
DESIGNACIÓN DE PERITOS. 3.3. Asesoramiento otorgado a los colegiados en general.
DESIGNACIÓN DE PERITOS. EL ASEGURADO Y LA ASEGURADORA CONVIENEN Y ACEPTAN DESIGNAR LOS DESPACHOS DE AJUSTADORES QUE ACTUARÁN COMO AJUSTADORES Y/O PERITOS Y QUE FUNGIRÁN EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 84 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGUROS. QUIENES TENDRÁN LA OBLIGACIÓN DE ENTREGAR COPIA DE SUS REPORTES DE INSPECCIÓN Y RECOMENDACIONES DE RESERVA AL ASEGURADO, DENTRO DE LOS SIGUIENTES 15 DÍAS HÁBILES AL DIA SIGUIENTE HÁBIL DE SU REPORTE INICIAL ASÍ COMO LOS SUBSECUENTES. SE PRECISA QUE LA ASEGURADORA QUE XXXX PODRÁ PROPONER ADICIONALMENTE DOS DESPACHOS EXTRAS Y SE CONSERVARA EL ALCANCE DE LOS SOLICITADO EN PÓLIZA.
DESIGNACIÓN DE PERITOS. LA ASEGURADORA” y “EL ASEGURADO” convienen y aceptan, que “EL ASEGURADO” nombrará y designará el o los despachos de ajustadores, de proveedores que atenderán los siniestros de esta póliza. La designación del ajustador por parte de “EL ASEGURADO”, no exime a “LA ASEGURADORA” de su responsabilidad de cumplir con los estándares de servicio señalados. “LA ASEGURADORA” y “EL ASEGURADO” convienen y aceptan que “LA ASEGURADORA” nombrará y designará a uno de sus ejecutivos para que de manera exclusiva, atienda todas las necesidades y requerimientos derivados de la operación de la presente póliza de Casa de Moneda de México, dicho ejecutivo deberá contar con la facultad de autorizar los siniestros reclamados y autorizar los convenios de valorización e indemnizaciones de las reclamaciones presentadas. Dicho ejecutivo deberá asistir a las reuniones periódicas, convocadas por Casa de Moneda de México en sus distintas ubicaciones Y DEBERA PRESENTAR ORGANIGRAMADEL AREA DE ATENCION A SINIESTROS.
DESIGNACIÓN DE PERITOS. 22.1. Si no se lograse el acuerdo mencionado en el Artículo 21º dentro del plazo de
DESIGNACIÓN DE PERITOS. El acta de peritación.
DESIGNACIÓN DE PERITOS. Se incorporará a la oferta presentada por las compañías licitantes, un panel de peritos que se aprobará por ambas partes. Los peritos indicados en el panel deberán tener experiencia probada en el sector de motores de aviación.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.