DETALLE DEL SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

DETALLE DEL SERVICIO. Se confeccionará el Parte Diario de Limpieza, en el que se dará conformidad de las tareas realizadas o se formularán las deficiencias y/u observaciones que se constaten en el servicio y será firmado por los representantes del SENASA y del Adjudicatario.
DETALLE DEL SERVICIO. VECTOR CAPITAL ofrece a sus Clientes el servicio de Intermediación de Acciones en el mercado chileno (en adelante el “SERVICIO”). El Cliente podrá acceder a la plataforma para visualizar y monitorear dichas inversiones. Cada vez que el Cliente ingrese a la Plataforma de VECTOR CAPITAL, lo debe hacer con su clave de acceso personal y secreta, de la cual será responsable exclusivo. Las instrucciones o solicitudes que el Cliente imparta a VECTOR CAPITAL se entenderán como válidamente otorgadas sólo si han cumplido en forma previa, todas y cada una de las condiciones que a continuación se señalan: 1) Que el Cliente haya completado la Ficha de Clientes de VECTOR CAPITAL a que se refiere la Norma de Carácter General N°380 de la CMF, o aquella que la modifique o reemplace, por la que se incluya en forma expresa la opción de dar órdenes e instrucciones por cualquier otro medio mecánico o electrónico, que sea claramente individualizado en la señalada Ficha. 2) Que el Cliente haya suscrito con VECTOR CAPITAL el Contrato de Custodia para la Cartera de Acciones y Otros Valores en Custodia de Clientes y que VECTOR CAPITAL tenga además registrados a su nombre o en algún depósito de valores, por cuenta del Cliente, los valores o instrumentos que éste le ordene vender; o bien VECTOR CAPITAL haya percibido en dinero efectivo una provisión de fondos por la cantidad necesaria para pagar íntegramente el precio de los instrumentos que el Cliente le ordene comprar, así como los gastos, derechos e impuestos de la operación. 3) Que el Cliente haya firmado el documento denominado Términos Relevantes.
DETALLE DEL SERVICIO. VECTOR CAPITAL ofrece a sus Clientes el Servicio de Intermediación de Fondos Mutuos (en adelante el “SERVICIO”), en virtud de relaciones comerciales existentes con prestigiosas Administradoras Generales de Fondos presentes en el mercado (en adelante, “AGF”), permitiendo a los Clientes de VECTOR CAPITAL invertir en distintos Fondos Mutuos, de distintas Administradoras, desde un sólo lugar. VECTOR CAPITAL dispone de una plataforma (en lo sucesivo el “Sistema” o la “Plataforma”), que opera en línea a través de Internet, por medio de la cual el Cliente tiene acceso a visualizar y monitorear la información en operaciones de intermediación de Fondos Mutuos, entre otros instrumentos financieros. Mediante llamada telefónica o a través de los medios predeterminados, el Cliente podrá impartir instrucciones, y dar órdenes para efectuar operaciones de compra o venta de cuotas de Fondos Mutuos. Las instrucciones o solicitudes que el Cliente imparta a VECTOR CAPITAL se entenderán válidamente otorgadas sólo si han cumplido en forma previa las condiciones que a continuación se señalan: 1) Tratándose de órdenes de venta de cuotas de Fondos Mutuos es requisito que VECTOR CAPITAL tenga registrados a su nombre en alguna AGF, por cuenta del Cliente, las cuotas de fondos que éste le ordene vender; 2) Tratándose de órdenes de compra de cuotas de Fondos Mutuos es requisito que VECTOR CAPITAL haya percibido en dinero efectivo una provisión de fondos por la cantidad necesaria para pagar íntegramente el precio de los instrumentos que el Cliente le ordene comprar, así como también todos los gastos, derechos e impuestos involucrados en la operación. Dicha provisión de fondos deberá realizarla el Cliente mediante transferencia o depósito en la cuenta corriente de VECTOR CAPITAL, la cual será debidamente informada al Cliente al momento de abrir su cuenta. Dicho depósito o transferencia será abonado a la cuenta que el Cliente poseerá en la Plataforma para efectuar solicitudes de operaciones. Respecto de instrucciones de rescate de dineros que están invertidos en Fondos Mutuos, el Cliente declara que se le ha explicado y él ha comprendido que el tiempo que se puede demorar la ejecución de una solicitud de rescate desde la Administradora General de Fondos, depende del Reglamento del Fondo en el cual haya invertido. Dicha solicitud se demorará al menos 1 día hábil bursátil, ya que el procedimiento exige realizar la solicitud de desinversión de los fondos a dicha Administradora, la cual se d...
DETALLE DEL SERVICIO. Toda vez que la presente Licitación contempla diversos rubros orientados al mismo fin, el oferente al momento de presentar su oferta, deberá tener en cuenta el cumplimiento de las siguientes prestaciones y provisiones:
DETALLE DEL SERVICIO. Se requiere contratar el soporte de la infraestructura TI del sitio central de procesamiento de datos IoT de la Municipalidad de Las Condes, correspondiente al Support Account ID 0072 401942 de HPE para Descripción del Paquete de Soporte HPE Tech Care Essential SVC y HPE Remote Tech Support. A continuación, se detalla los equipos a considerar: HPE Smart Array P816i-a SR Gen10 Ctrlr PEYHD 0DRHBZ2B3 804338B21 1 HPE Flexfbrc 10Gb 4P 536FLR-T Adptr PEFBL0 ASTC26FZ 764302B21 1 HPE 1600W FS Plat Ht Plg LH Pwr Sply Kit 5FJCB0 DLLBN4G7 830272B21 1 HPE 1600W FS Plat Ht Plg LH Pwr Sply Kit 5FJCB0 DLLBN4WF 830272B21 1 HPE SimpliVity 380 Gen10 Node 2M2915 032L Q8D81 A 1 HPE SimpliVity 380 Gen10 Node 2M2915 032M Q8D81 A 1 HPE DL380 Gen10 6130 Xeon-G Kit TWGJA 86VMC5083 826866B21 1 HPE DL380 Gen10 6130 Xeon-G Kit TWGJA 86VMC5084 826866B21 1 HPE SimpliVity 192G 12 DIMM FIO Kit RVYDU 86XCC51QD Q8D83 A 1 HPE SimpliVity 192G 12 DIMM FIO Kit RVYDU 86XCC51QE Q8D83 A 1 HPE SimpliVity 192G 12 DIMM FIO Kit RVYDU 86XCC51QF Q8D83 A 1 HPE SimpliVity 192G 12 DIMM FIO Kit RVYDU 86XCC51QG Q8D83 A 1 HPE SimpliVity 380 Med Val Kit UWSX K01ZRC2GN 2 Q8D92 A 1 HPE SimpliVity 380 Med Val Kit UWSX K01ZRC2GN 3 Q8D92 A 1 HPE Smart Array P816i-a SR Gen10 Ctrlr PEYHD 0DRHBZ1U5 804338B21 1 HPE Smart Array P816i-a SR Gen10 Ctrlr PEYHD 0DRHBZ28Y 804338B21 1 HPE Flexfbrc 10Gb 4P 536FLR-T Adptr PEFBL0 ASTC26FP 764302B21 1 HPE Flexfbrc 10Gb 4P 536FLR-T Adptr PEFBL0 ASTC26FW 764302B21 1 HPE 1600W FS Plat Ht Plg LH Pwr Sply Kit 5FJCB0 DLLBN4HN 830272B21 1 HPE 1600W FS Plat Ht Plg LH Pwr Sply Kit 5FJCB0 DLLBN4JS 830272B21 1 HPE 1600W FS Plat Ht Plg LH Pwr Sply Kit 5FJCB0 DLLBN55H 830272B21 1 HPE 1600W FS Plat Ht Plg LH Pwr Sply Kit 5FJCB0 DLLBN5FC 830272B21 1 HPE iLO Adv 1-svr Lic 3yr Support A6UEA HCE9JAT BD505 A 1 HPE iLO Adv 1-svr Lic 3yr Support D9C3A HCEJ9A3 BD505 A 1 HPE DL360 Gen10 4LFF CTO Server MXQ91 401JD 867958B21 1 HPE DL360 Gen10 Xeon-B 3106 FIO Kit TWJJH AVVXC402 B 860651L21 1 HPE 16GB 1Rx4 PC4-2666V-R Smart Kit RVYDU AVTGC40A U 815098B21 1 HPE 16GB 1Rx4 PC4-2666V-R Smart Kit RVYDU AVTGC40A V 815098B21 1 HPE 300GB SAS 15K LFF SCC DS HDD 2WCPK 0183BU1JE P04693B21 1 HPE 300GB SAS 15K LFF SCC DS HDD 2WCPK 0183BU1UC P04693B21 1 HPE Smart Array E208i-a SR Gen10 Ctrlr PEYHB 0DRHBO0F V 000000X00 1 HP FlexFabric 10Gb 2P 533FLR-T Adptr PDBLB 0BV4BOEEJ 700759B21 1 HPE 500W FS Plat Ht Plg LH Pwr Sply Kit 5WBXK 0ELLBS2KD 865408B21 1 HPE 500W FS Plat Ht Plg LH Pwr Sply Kit 5WBXK 0ELLBS2Q W 865408B21 1 ...
DETALLE DEL SERVICIO. El servicio deberá efectuarse indefectiblemente de lunes a viernes en el horario que indique el sector solicitante. Se confeccionará el Parte Diario de Limpieza, en el que se dará conformidad de las tareas realizadas o se formularán las deficiencias y/u observaciones que se constaten en el servicio y será firmado por los representantes del SENASA y del Adjudicatario.
DETALLE DEL SERVICIO. En todos los inmuebles de “LA SECRETARÍA”, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, deberá:
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  • DURACIÓN DEL SERVICIO El Contrato no tiene expectativa de prórroga o renovación. Sin embargo, si se acordara una prórroga, ésta será aprobada por período(s) adicional(es) de hasta un año.

  • CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO El LOTE 2, la prestación del Servicio de Comedores Escolares en los centros públicos de educación infantil y primaria consiste en: - ALMUERZOS en los comedores escolares de los centros públicos de educación infantil primaria de la ciudad xx Xxxx. Este servicio consiste en: 1.- Al no existir en los centros escolares cocinas ni espacios propios para la elaboración de los menús, la empresa concesionaria deberá elaborar los menús del almuerzo en sus cocinas y en el propio día de distribución. La empresa adjudicataria deberá disponer de un sistema de producción en cadena que garantice la seguridad alimentaria y la conservación de las características de las comidas. 2.- Así la empresa adjudicataria deberá garantizar que cumple las condiciones establecidas en materia de medidas sanitarias y de higiene y cualquiera otra disposición legal que pueda afectar la prestación del servicio. La empresa adjudicataria será la única responsable de la calidad y del buen estado de los alimentos. 3.- Las comidas y platos cocinados deberán suministrarse a temperatura adecuada para su consumo inmediato, garantizando una correcta manipulación y elaboración de los menús, debiendo hacerse énfasis en la calidad y en la temperatura adecuada de los menús servidos, por lo que deberá disponer de un registro de temperatura de salida y entrada. Todo ello de conformidad con las garantías higiénicas que contempla la legislación vigente. 4.- La distribución de los menús se llevará a cabo con entregas diarias, y se realizará en furgones isotérmicos debidamente homologados para el transporte de alimentos y cumpliendo con la normativa vigente en materia de transporte de productos alimantarios. 5.- El horario de entrega de los menús en los centros escolares será de 12:30 a 13:30, y siempre media hora antes de la hora establecida para el almuerzo, que será a las 14 horas, si bien en casos excepcionales podrán habilitarse otros horarios previa valoración de las circunstancias existentes por parte de los técnicos del Ayuntamiento. La hora de entrega de los menús, en ningún caso, puede alterar la temperatura adecuada de los mismos. 6.- La colocación de las mesas del comedor, así como la distribución de los menús escolares hasta ellas, su reparto entre los comensales. 7.- Las labores de recogida y limpieza de todo el material empleado y de las dependencias, maquinaria y útiles utilizados en la prestación del servicio de comedor. También la evacuación de los residuos a la zona que cada centro tenga destinada para la basura. Estas acciones se realizarán fuera del horario de 14-16, en el caso de las acciones preparatorias se harán media hora antes del comienzo del servicio de comedor, y las posteriores se realizan a partir de las 16 horas. La limpieza se efectuará diariamente a partir de las 16 horas, sin perjuicio de que el local esté permanentemente limpio. Para esta tarea, se utilizarán productos biodegradables y no contaminantes. 8.- Tareas de atención y vigilancia del alumnado con personal monitor/cuidador, que utilice el servicio de comedor escolar en los períodos anteriores (desde la finalización de la última clase de la mañana), durante los turnos del servicio, y durante el período posterior a la utilización del servicio (hasta las 16 horas, coincidiendo con el comienzo de las actividades extraescolares). 9.- Planificación y desarrollo del programa de actividades lúdico-educativas a desarrollar a lo largo del horario del servicio de comedor. Esto será controlado por los responsables del contrato y podrá ser contrastado por los representantes de las AMPAS de cada Centro Educativo, que en su caso, informarán al Servicio del Ayuntamiento del cumplimiento o incumplimiento del mismo - DESAYUNOS, en los comedores escolares de los centros públicos de educación infantil primaria de la ciudad xx Xxxx. Este servicio consiste en:

  • DEL SERVICIO En virtud al presente contrato la COOPERATIVA emite a favor del TARJETAHABIENTE una Tarjeta de Crédito a través de la cual este último, previa suscripción de vouchers o notas de cargo y bajo cualquiera de los sistemas de crédito rotativo o diferido que ofreciere la COOPERATIVA, podrá efectuar o realizar adquisiciones de bienes y servicios en los establecimientos afiliados al Sistema de Tarjetas de Crédito ofertado por la COOPERATIVA, pudiendo efectuar avances en efectivo en cajeros automáticos afiliados; para el efecto la COOPERATIVA entregará al TARJETAHABIENTE un número secreto o clave individual para cada tarjeta, clave que es de uso personal e intransferible, siendo exclusiva responsabilidad del TARJETAHABIENTE su confidencialidad; y, que le ha de permitir además realizar avances en efectivo y/o compras de bienes y servicios a través de sistemas o medios especiales establecidos por la COOPERATIVA o que esta llegase a establecer en el futuro, incluyendo expresamente cualquier otro medio que no requiera de constancia mediante la firma del TARJETAHABIENTE, quien de manera expresa confiere su aceptación respecto de la utilización de la tarjeta en este sentido, asumiendo la responsabilidad que pueda derivarse del empleo o uso de la misma. Forman parte de este Contrato, los siguientes anexos: Anexo 1: Tarifario Tarjetas de Crédito; Anexo 2: Programa de Lealtad; Anexo 3: Comprobante de Entrega de Tarjetas de Crédito; y, los demás que suscriban las partes. El TARJETAHABIENTE acepta que adicionalmente a los servicios, especificaciones o condiciones establecidas en el/los respectivo/s ANEXO/s, puede contratar otro/s, mediante la suscripción de un nuevo ANEXO, en las condiciones que fueron oportunamente comunicadas por la COOPERATIVA y que además pueden ser consultadas por medio de la página web xxx.xxxxxxx.xxx.xx y/o al call center 000-0000; y, que el TARJETAHABIENTE declara conocer. La COOPERATIVA solamente estará obligada a la prestación del servicio cuando el TARJETAHABIENTE haya cumplido todas y cada una de las obligaciones previstas en este contrato. La COOPERATIVA no estará obligada a la prestación del servicio si el TARJETAHABIENTE incumple con las obligaciones contractuales que se desprenden de este instrumento.

  • PRESTACIÓN DEL SERVICIO Además de lo indicado en las condiciones generales de la póliza a la cual accede el presente anexo, referente a indemnizaciones se tendrá en cuenta lo siguiente: 1. Obligaciones del asegurado y/o beneficiario En caso de un evento que genere el derecho a la prestación de un servicio descrito en el presente anexo el asegurado y/o beneficiario deberá solicitar siempre la asistencia por teléfono, a cualquiera de los números indicados en el carné de asistencia, debiendo indicar el nombre del asegurado o beneficiario, destinatario de la prestación, el número de la cédula de ciudadanía, o cédula de extranjería, placa del vehículo, el número de la póliza del seguro, el lugar dónde se encuentra, el número de teléfono y tipo de asistencia que precisa. Las llamadas telefónicas serán con cobro revertido, y en los lugares en que no fuera posible hacerlo así, el asegurado o beneficiario podrá recuperar a su regreso el importe de las llamadas, contra presentación de los recibos a la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA. 2. Incumplimiento La COMPAÑÍA DE ASISTENCIA queda relevada de responsabilidad cuando por causa de fuerza mayor o por decisión autónoma del asegurado o de sus responsables o beneficiarios, no pueda efectuar cualquiera de las prestaciones específicamente previstas en este anexo. Mediante el presente anexo, se ofrece el servicio adicional de Asistencia de Pequeños Accesorios, el cual será prestado por la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA, y se regirá por las cláusulas y condiciones del presente anexo.

  • FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO La ENTIDAD designará un FISCAL de seguimiento y control del servicio, y comunicará oficialmente esta designación al PROVEEDOR mediante carta expresa. El fiscal tendrá las siguientes funciones: (Las funciones específicas del FISCAL deberán ser formuladas por la entidad en esta cláusula, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas expresadas en el Documento Base de Contratación y a las exigencias que éstos requieran para su seguimiento y control).

  • Continuidad del SERVICIO Sin perjuicio de las condiciones que en su caso establezca EL PROVEEDOR, MOVISTAR será responsable de la prestación del servicio soporte, atención al cliente y de la gestión de incidencias.

  • CALIDAD DEL SERVICIO La evaluación de la calidad y oportunidad del servicio serán practicadas semanalmente por la Oficina del Experto Funcionario en Mantenimiento, Servicios y Correspondencia y los representantes de las Delegaciones Metropolitanas, emitiendo reporte por escrito, al cual se le dará seguimiento y con el que se establecerán acciones encaminadas a la optimización en el cumplimiento eficaz de la prestación del servicio. El licitante ganador deberá elaborar una bitácora de control de rutinas con las horas hombre aplicadas a cada una, describiendo las funciones específicas ya desarrolladas y con las firmas de los operarios y supervisor responsable. En caso de que sean detectados espacios sucios serán reportados por escrito a la supervisión para que se subsane la anomalía de inmediato. La validación del servicio se realizará por parte del Experto Funcionario en Mantenimiento, Servicios y Correspondencia, al cual se le deberá entregar al final de cada mes el control de asistencia del personal, hojas de servicios de limpieza profunda, listados de entrega de materiales en cada una de las Delegaciones de FONACOT y listado de pago ante el IMSS de toda la plantilla que se encuentra laborando, una vez entregada toda la documentación se realizará el análisis correspondiente para la aplicación de penalizaciones y solicitud de pago de factura. FONDO DE FOMENTO Y GARANTIA PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES CONVOCANTE ( NOMBRE ) BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN MI CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA , DECLARO LO SIGUIENTE: QUE CONOZCO LA LEY, SU REGLAMENTO, LAS PRESENTES BASES, SUS ANEXOS Y, EN SU CASO, LAS MODIFICACIONES DERIVADAS DE LA JUNTA DE ACLARACIONES; ASÍ COMO NO ENCONTRARME EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 31 FRACCION XXIV DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y QUE ME ABSTENDRÉ DE ADOPTAR CONDUCTAS PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPUESTAS, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO, U OTROS ASPECTOS QUE OTORGUEN CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS LICITANTES. LUGAR Y FECHA (FIRMA REPRESENTANTE LEGAL) FECHA DIA MES AÑO NOMBRE DEL LICITANTE R.F.C. DOMICILIO México, D.F a ---- de ----------------------- de 2006--- Me refiero al contrato No. XXXXXX, para la prestación del servicio, que esa Entidad me (persona física) adjudicó ó adjudicó a la empresa XXXXXXXXXXXX (persona moral), mediante el procedimiento derivado de la licitación pública nacional número. , por un monto total de: $XXXXXXX (XXXXXXXX PESOS 00/100 M.N.) ----------------------------------------, representante legal de --. (RFC: XXXXXXXXXX), con domicilio fiscal en la calle de xxxxxxxxxxxxxx numero xx, Colonia xxxxxxxxxxxx Delegación xxxxxxxxxxxx, Código Postal xxxxxx, en la ciudad de México D.F., y en los términos establecidos por el articulo 32-D del Código Fiscal de la Federación en vigor y la Regla 2.1.17., fracción I de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005, emitida esta última por la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, bajo protesta de decir verdad manifiesto lo siguiente:

  • INTERRUPCIÓN DEL SERVICIO UPS no será responsable por, y la Garantía de Servicios de UPS no se aplicará a, cualquier interrupción del servicio debido a causas ajenas a su control incluyendo, sin carácter limitativo: la no disponibilidad del destinatario o el rechazo de las mercancías por parte de éste, causas de fuerza mayor, actos de autoridades gubernamentales realizados con facultades reales o aparentes, actos u omisiones de las autoridades aduaneras o similares, información insuficiente suministrada por un cliente, la imposición de regulaciones de seguridad dispuestas por el gobierno o de otra forma aplicables en el lugar de entrega, retenciones dispuestas por una autoridad gubernamental, motines, huelgas y otros conflictos laborales, conflictos civiles, interrupciones de cualquier tipo en las redes de transporte aéreo o terrestre y desastres naturales.

  • PRECIO DEL SERVICIO 3.1. Componentes del precio: El Cliente se obliga a pagar a ESTABANELL IMPULSA por la prestación de los Servicios las tarifas contratadas y recogidas en el Resumen del Contrato, que incluirán los impuestos (IVA u otras vigentes), tasas, recargos y / o tributos estatales, autonómicos o locales, vigentes en cada momento (conjuntamente, el "Precio"). Las tarifas vigentes, precios, descuentos e impuestos aplicables se encuentran desglosados en función de los Servicios y las facilidades asociadas y resultaran de aplicación exclusivamente en el periodo indicado y según las condiciones fijadas para cada caso. El Precio podrá ser actualizado cada primero de enero de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumo ("IPC") que se publique por el Instituto Nacional de Estadística. Toda promoción u oferta comercial de tarifas o condiciones especiales que esté vigente en el momento de suscribir el Contrato para cada modalidad podrá ser aplicable a aquel que, no siendo todavía Cliente, quiera contratar los Servicios. El que ya fuese Cliente no podrá beneficiarse de aquellas promociones que ESTABANELL IMPULSA pueda llevar a cabo después de la suscripción del Contrato por parte del Cliente, salvo que las condiciones de estas promociones establezcan lo contrario. La cuota inicial o de alta se abonará en un solo pago en concepto de contraprestación por la conexión a los Servicios, y su importe se incluirá en la primera factura. Si procede, esta cuota de alta inicial no incluirá costes de instalación ni equipos proporcionados por ESTABANELL IMPULSA. 3.2. Modificación de las condiciones económicas y / o Precio: La modificación del Precio y demás condiciones económicas del presente Contrato, salvo que sean consecuencia de la normativa aplicable, serán notificadas al Cliente mediante comunicación (dirección postal, dirección de correo electrónico o mensaje SMS al teléfono móvil facilitadas por el Cliente en el momento de la contratación) escrita o nota en la factura habitual de consumo correspondiente con una antelación mínima de un mes a la aplicación de la actualización. En la referida notificación se informará al Cliente que, en caso de que no estuviera conforme con la referida revisión o modificación el Cliente podrá resolver el Contrato, sin que se aplique penalización económica. Para ello, el Cliente deberá comunicar su voluntad de resolver el Contrato a ESTABANELL IMPULSA contactando con el Servicio de Atención al Cliente por teléfono o correo electrónico, en un plazo no superior a un mes a contar a partir de que el Cliente disponga de la nueva información sobre Precio o condiciones económicas. En caso de que transcurra un mes desde la comunicación de la revisión de Precio o modificación de las condiciones económicas del Contrato, sin que el Cliente manifieste su voluntad de resolverlo, se entenderá que acepta la referida revisión del precio o modificación de las condiciones económicas. 3.3. Variaciones del Precio o condiciones económicas por cambios regulatorios. Cualquier variación de las tarifas o modificación de otros conceptos, actividades y valores regulados, o cualquier variación o creación de costes regulados asociados al Servicio que sean aprobados por la Administración para el período de vigencia de este Contrato, así como cualquier nueva figura impositiva, tasa, impuesto o carga tributaria creada por la ley y sus variaciones, serán íntegramente y automáticamente trasladados al Precio a abonar por el Cliente, sin que constituyan una modificación de las condiciones económicas del Contrato.

  • CONDICIONES DEL SERVICIO El Banco prestará el servicio realizando por cuenta y orden del Cliente, y de acuerdo con las instrucciones dadas por el éste, transferencias de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a: a) El Cliente deberá llenar de manera completa y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Terceros. b) El Tercero deberá firmar el contrato correspondiente a la apertura de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxx. c) El Cliente será responsable de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios de nómina objeto de este Apartado, por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación o problema que se presente por dicho concepto, con excepción de los casos en que haya negligencia por parte del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de ello. d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de producto. e) Los errores insertados por el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad.