Dietas. La media dieta se fija en tablas, consistente en la realización por parte del trabajador/a, del desayuno y una de las comidas. Si sólo se realiza el desayuno se cobrarán lo establecido en tablas. La dieta se fija en tablas, abonables en el caso de que se realice el desayuno, la comida y la cena. La dieta completa se fija en la cantidad establecida en tablas para el supuesto de que el trabajador/a, además de realizar todas las comidas fuera de su casa, también pernocte fuera de la misma. En el supuesto de que los gastos excedan de las cantidades fijadas, les serán abonados al trabajador/a los mismos, previa justificación.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Dietas. La media dieta se fija en tablas, consistente en la realización por parte del trabajador/a, del desayuno y una de las comidas. Si sólo se realiza el desayuno se cobrarán lo establecido en tablas. La dieta se fija en tablas, abonables en el caso de que se realice el desayuno, la comida y la cena. La dieta completa se fija en la cantidad establecida en tablas para el supuesto de que el trabajador/a, además de realizar todas las comidas fuera de su casa, también pernocte fuera de la misma. En el supuesto de que los gastos excedan de las cantidades fijadas, les serán abonados al trabajador/a trabajador los mismos, previa justificación.
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