EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. 1. Acaecida la terminación del presente Contrato, perderá vigencia el objeto y las instrucciones impartidas por el Encargante, en consecuencia, la gestión de la Fiduciaria deberá dirigirse única y exclusivamente a realizar actos directamente relacionados con la liquidación del presente Contrato, poniendo a disposición del Encargante y de los Inversionistas del Proyecto, según corresponda, los recursos que hubieren entregado junto con los rendimientos que se hubiesen generado como consecuencia de la administración de los mismos en el Fondo de Inversión Colectiva. Para el efecto, una vez la Fiduciaria haya tenido conocimiento del acaecimiento de la causal de terminación del presente Contrato, ésta deberá notificar de este hecho a los Inversionistas del Proyecto dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes; posteriormente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de dicha notificación, el Encargante o los Inversionistas del Proyecto, según corresponda, deberán instruir, a la Fiduciaria el número de cuenta bancaria a la cual ésta deberá girar los recursos, el giro de los recursos deberá ser realizado mediante transferencia electrónica dentro los cinco (5) días hábiles siguientes contados a partir del recibo de la instrucción por parte de la Fiduciaria. 2. En caso que el Encargante o Inversionista del Proyecto, según corresponda, al momento de la terminación y liquidación del presente Contrato, no fuere posible ubicarlo en las direcciones señaladas en el presente Contrato, para efectos de la restitución de los bienes Fideicomitidos y para la firma del documento de terminación y liquidación, la Fiduciaria procederá de la siguiente manera: (a) Enviará una comunicación escrita por correo certificado a la dirección que aparezca señalada en el presente Contrato. En esa comunicación, la Fiduciaria remitirá la rendición final de cuentas y demás soportes necesarios, así como el documento de terminación y liquidación del Contrato, informando sobre la disponibilidad de los Rendimientos si los hay, para que se acerque a reclamarlos o de las instrucciones pertinentes.
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Samples: Fiduciary Agreement, Fiduciary Agreement
EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. 1. Acaecida la terminación del presente Contrato, perderá vigencia el objeto y las instrucciones impartidas por el Encargante, en consecuencia, la gestión de la Fiduciaria deberá dirigirse única y exclusivamente a realizar actos directamente relacionados con la liquidación del presente Contrato, poniendo a disposición del Encargante y de los Inversionistas del ProyectoBeneficiarios de Área, según corresponda, los recursos que hubieren entregado junto con los rendimientos que se hubiesen generado como consecuencia de la administración de los mismos en el Fondo de Inversión Colectiva, descontando todos los impuestos y gravámenes a que haya lugar. Para el efectolo cual, una vez la Fiduciaria haya tenido conocimiento del acaecimiento contará con un plazo de la causal de terminación del presente Contrato, ésta deberá notificar de este hecho a los Inversionistas del Proyecto dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes; posteriormentea partir de la fecha en la cual esta tuvo conocimiento del acaecimiento de la terminación para notificar sobre este hecho al Encargante y a los Beneficiarios de Área, una vez notificados por la Fiduciaria del acaecimiento de la terminación del Contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de dicha notificación, notificación el Encargante o los Inversionistas del ProyectoBeneficiarios de Área, según corresponda, deberán instruir, instruir a la Fiduciaria el número de cuenta bancaria a la cual ésta deberá girar los recursos, el giro de los recursos deberá ser realizado mediante transferencia electrónica dentro los cinco (5) días hábiles siguientes contados a partir del recibo de la instrucción por parte de la Fiduciaria.
2. En caso que el Encargante o Inversionista Beneficiario de Área del Proyecto, según corresponda, al momento de la terminación y liquidación del presente Contrato, no fuere posible ubicarlo en las direcciones señaladas en el presente Contrato, para efectos de la restitución de los bienes Fideicomitidos y para la firma del documento de terminación y liquidación, la Fiduciaria procederá de la siguiente manera:
(a) Enviará una comunicación escrita por correo certificado a la dirección que aparezca señalada en el presente Contrato. En esa comunicación, la Fiduciaria remitirá la rendición final de cuentas y demás soportes necesarios, así como el documento de terminación y liquidación del Contrato, informando sobre la disponibilidad de los Rendimientos si los hay, para que se acerque a reclamarlos o de las instrucciones pertinentes.
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Samples: Fiduciary Agreement
EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. 1. Acaecida la terminación del presente Contrato, perderá vigencia el objeto y las instrucciones impartidas por el Encargante, en consecuencia, y la gestión de la Fiduciaria deberá dirigirse única y exclusivamente a realizar actos directamente relacionados con la liquidación del presente Contrato, poniendo a disposición del Encargante y de los Inversionistas del Proyecto, Fideicomitentes los Recursos según corresponda, los recursos que hubieren entregado junto con los rendimientos que se hubiesen generado como consecuencia de la administración corresponda mediante transferencia de los mismos en el Fondo de Inversión Colectiva. Para el efecto, una vez a la Fiduciaria haya tenido conocimiento del acaecimiento de la causal de terminación del presente Contrato, ésta deberá notificar de este hecho a los Inversionistas del Proyecto dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes; posteriormente, cuenta que estos informen dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de dicha notificación, el Encargante o los Inversionistas del Proyecto, según corresponda, deberán instruir, a la Fiduciaria el número de cuenta bancaria a la cual ésta deberá girar los recursos, el giro de los recursos deberá ser realizado mediante transferencia electrónica dentro los cinco (5) días hábiles siguientes contados a partir liquidación del recibo de la instrucción por parte de la Fiduciariapresente Contrato.
2. El Usufructo de cada uno de los bienes inmuebles constituido a favor del Fideicomiso se tendrá como terminado. Los Fideicomitentes Inversionistas facultan a la Fiduciaria para que en el evento de terminación del presente Contrato xx Xxxxxxx Mercantil se proceda al otorgamiento de la escritura pública de cancelación del Usufructo de forma unilateral, es decir, sin la comparecencia del Fideicomitente Inversionista correspondiente o de quien ostente la calidad de nudo propietario del bien inmueble respectivo. La Fiduciaria cancelará los derechos notariales, de registro e impuesto de registro correspondientes con los Recursos que se encuentren en el Fideicomiso.
3. Los Recursos serán entregados a los Fideicomitentes Inversionistas de conformidad con la participación de éstos en el Fideicomiso, junto con los Rendimientos que se hubiesen generado como consecuencia de la administración e inversión de los mismos en los Fondos de Inversión Colectiva.
4. En caso que el Encargante o Inversionista del Proyecto, según corresponda, los Fideicomitentes al momento de la terminación y liquidación del presente Contrato, no fuere posible ubicarlo en las direcciones señaladas en el presente Contrato, para efectos de la restitución de los bienes Fideicomitidos Recursos y sus Rendimientos en caso de existir y para la firma del documento de terminación y liquidación, la Fiduciaria procederá de la siguiente manera:
(a) Enviará una comunicación escrita al Fideicomitente, por correo certificado a la dirección que aparezca señalada en el presente Contrato. En esa comunicación, la Fiduciaria remitirá la rendición final de cuentas y demás soportes necesarios, así como el documento de terminación y liquidación del Contrato, informando sobre la disponibilidad de los Rendimientos si los hay, para que se acerque a reclamarlos o de las instrucciones pertinentes.
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EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. 115.1. Acaecida La terminación del presente Acuerdo por cualquier causa no afectará a ninguna Cláusula del presente Acuerdo prevista para pervivir a la terminación o para aplicarse como consecuencia de dicha terminación, ni tampoco a los derechos y responsabilidades de las Partes devengados o generadas con anterioridad a dicha terminación.
15.2. Con la terminación del presente Contrato, perderá vigencia el objeto y las instrucciones impartidas Acuerdo por cualquier causa:
15.2.1. Las cantidades adeudadas por el EncarganteCliente a PASTYBOLL por cualquier título vencerán anticipadamente y deberán ser satisfechas de inmediato. PASTYBOLL queda facultada para retener las cantidades que, en consecuenciasu caso, la gestión adeudara al Cliente y compensarlas de la Fiduciaria deberá dirigirse única y exclusivamente acuerdo con lo previsto en el presente Acuerdo.
15.2.2. El Cliente informará por escrito a realizar actos directamente relacionados con la liquidación del presente Contrato, poniendo a disposición del Encargante y PASTYBOLL de los Inversionistas Pedidos sobre los que PASTYBOLL hubiera cursado una Aceptación de Pedido y que estuvieran pendientes de servir.
15.2.3. PASTYBOLL entregará al Cliente (con sometimiento a las mismas limitaciones y condiciones establecidas en el presente Acuerdo) aquellos Pedidos sobre los que PASTYBOLL hubiera emitido una Aceptación de Pedido con carácter previo a la fecha de terminación. Si la terminación hubiera tenido lugar como consecuencia del Proyectoincumplimiento del Cliente, según correspondaPASTYBOLL no vendrá obligada a entregar los Productos ni prestar los Servicios aunque hubiera mediado una Aceptación de Pedido previa a la fecha de terminación. En este último supuesto, PASTYBOLL podrá hacer suyos los recursos anticipos que hubieren el Cliente le hubiera entregado junto con los rendimientos que se hubiesen generado relación a cada Pedido.
15.3. Si las leyes del Territorio exigieran al Cliente la realización de alguna actuación de índole administrativa como consecuencia de la administración terminación de los mismos en su relación con PASTYBOLL, quedará obligado el Fondo de Inversión Colectiva. Para el efecto, una vez la Fiduciaria haya tenido conocimiento del acaecimiento de la causal de terminación del presente Contrato, ésta deberá notificar de este hecho Cliente a los Inversionistas del Proyecto dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes; posteriormente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de dicha notificación, el Encargante o los Inversionistas del Proyecto, según corresponda, deberán instruir, a la Fiduciaria el número de cuenta bancaria a la cual ésta deberá girar los recursos, el giro de los recursos deberá ser realizado mediante transferencia electrónica dentro los cinco (5) días hábiles siguientes contados a partir del recibo de la instrucción por parte de la Fiduciaria.
2. En caso que el Encargante o Inversionista del Proyecto, según corresponda, al momento de la terminación y liquidación del presente Contrato, no fuere posible ubicarlo en las direcciones señaladas en el presente Contrato, para efectos de la restitución de los bienes Fideicomitidos y para la firma del documento de terminación y liquidación, la Fiduciaria procederá de la siguiente manera:
(a) Enviará una comunicación escrita por correo certificado a la dirección que aparezca señalada en el presente Contrato. En esa comunicación, la Fiduciaria remitirá la rendición final de cuentas y demás soportes necesariosrealizarla, así como el documento a otorgar todos los consentimientos escritos y certificaciones que, en su caso, fueran necesarios.
15.4. Lo previsto en la presente Cláusula se establece sin perjuicio del resto de disposiciones del presente Acuerdo previstas para los supuestos de terminación por cualquier causa, entre ellas, sin carácter limitativo, las de incumplimiento contractual, así como de aquellas disposiciones relativas a las obligaciones de pago del CLIENTE, las indemnizaciones por daños y liquidación del Contratoperjuicios y la liquidación, informando sobre la disponibilidad compensación y exigibilidad de los Rendimientos si los hay, para que se acerque a reclamarlos o de las instrucciones pertinentesambas.
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Samples: Condiciones Generales De Venta
EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. 1. Acaecida Sujeto al derecho que tiene la terminación del presente ContratoDependencia Contratante de proveer directamente los Servicios, perderá vigencia el objeto y las instrucciones impartidas por el Encarganteo contratar a una tercera persona para que lo haga, en consecuencia, la gestión de la Fiduciaria deberá dirigirse única y exclusivamente a realizar actos directamente relacionados con la liquidación del presente Contrato, poniendo a disposición del Encargante y de los Inversionistas del Proyecto, según corresponda, los recursos que hubieren entregado junto con los rendimientos que se hubiesen generado como consecuencia de la administración de los mismos en el Fondo de Inversión Colectiva. Para el efecto, una vez la Fiduciaria haya tenido conocimiento del acaecimiento de la causal de terminación del presente Contrato, ésta deberá notificar de este hecho a los Inversionistas del Proyecto dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes; posteriormente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de dicha notificación, el Encargante o los Inversionistas del Proyecto, según corresponda, deberán instruir, a la Fiduciaria el número de cuenta bancaria a la cual ésta deberá girar los recursos, el giro de los recursos deberá ser realizado mediante transferencia electrónica dentro los cinco (5) días hábiles siguientes contados a partir del recibo de la instrucción por parte de la Fiduciaria.
2. En caso que el Encargante o Inversionista del Proyecto, según corresponda, al momento de la terminación y liquidación del presente Contrato, no fuere posible ubicarlo en las direcciones señaladas casos previstos en el presente Contrato, para efectos las Partes continuarán con las obligaciones estipuladas, aún en el caso de que se haya dado una notificación de terminación, o rescisión del mismo, hasta el momento en que efectivamente se dé por terminado o rescindido de conformidad con las disposiciones de la restitución presente Cláusula. Al ocurrir la terminación anticipada del presente Contrato por cualquier motivo, el Proveedor deberá entregar la Infraestructura Existente y la Infraestructura de Rehabilitación en perfecto estado de conservación y mantenimiento, de conformidad con lo previsto en el Anexo 10 (“Procedimiento para la Entrega de la Infraestructura”). Asimismo, a opción de la Dependencia Contratante, en caso de que la Fecha de Terminación del Contrato ocurra antes de la Fecha de Inicio del Servicio Total: Todos los materiales y talleres en o cerca del lugar de prestación del Servicio deberán mantenerse disponibles para que la Dependencia Contratante continúe implementando las soluciones y adecuaciones viales que conforman la Infraestructura de Rehabilitación; y, Todos los materiales y bienes que conforman la Infraestructura de Rehabilitación realizada deberán permanecer en el lugar de prestación del Servicio para que la Dependencia Contratante termine de implementar las soluciones y adecuaciones viales para conformar la Infraestructura de Rehabilitación. El Proveedor será responsable de la terminación de todos y cada uno de los bienes Fideicomitidos y Subcontratos, sin obligación alguna de las Dependencias del GDF al respecto. El Proveedor, al terminarse anticipadamente o rescindirse el presente Contrato estará obligado a lo siguiente: Retirar del lugar de prestación del Servicio cualesquiera activos que el Proveedor haya adquirido para la firma prestación del documento Servicio y que la Dependencia Contratante manifieste de terminación y liquidación, conformidad con lo señalado en el Anexo 10 (“Procedimiento para la Fiduciaria procederá Entrega de la siguiente manera:
(a) Enviará una comunicación escrita por correo certificado Infraestructura”), que no desea recibir; Entregar a la dirección Dependencia Contratante un juego completo de planos que aparezca señalada contenga la Infraestructura de Rehabilitación tal y como ésta se implementó. Asimismo, el Proveedor deberá entregar los manuales de mantenimiento y operación de la Infraestructura de Rehabilitación y, en su caso, los manuales de mantenimiento y operación de todos los activos colocados en la Infraestructura Existente; Realizar todos los actos necesarios para que la Dependencia Contratante sea beneficiario de cualquier garantía otorgada por el fabricante de cualquier equipo a favor del Proveedor para el cumplimiento de sus obligaciones contraídas en el presente Contrato; Entregar a la Dependencia Contratante toda la información relativa a los trabajadores del Proveedor que desempeñen sus labores en la Infraestructura de Rehabilitación o la Infraestructura Existente, lo anterior en el entendido que la Dependencia Contratante no estará obligada a contratar a personal alguno del Proveedor; Entregar a la Dependencia Contratante los derechos adquiridos sobre el Proyecto Específico de la Infraestructura de Rehabilitación; Responder por un periodo de 5 (cinco años) a partir de la Fecha de Terminación del Contrato por los vicios ocultos que pudieren suscitarse respecto de la Infraestructura de Rehabilitación y el equipo colocado en la Infraestructura Existente, de conformidad con la Legislación Aplicable. El Proveedor cooperará con la Dependencia Contratante o la persona que designe la Dependencia Contratante para poder garantizar una adecuada transición de la prestación del Servicio por otra persona o directamente por la Dependencia Contratante, debiendo mitigarse cualquier inconveniente o riesgo para la seguridad o salud de los empleados de la Dependencia Contratante y los usuarios de la Infraestructura de Rehabilitación o la Infraestructura Existente; El Proveedor deberá entregar al Representante de la Dependencia Contratante cualesquiera derechos sobre Propiedad Intelectual, incluyendo patentes y licencias de derechos de autor necesarios para la operación de las Instalaciones, excluyéndose aquellos programas desarrollados o adquiridos por algún proveedor de servicios para su propio uso y no únicamente para el uso de las Instalaciones; El Proveedor deberá desocupar el lugar de prestación del Servicio y en general cualquier área que forme parte de la Infraestructura de Rehabilitación y la Infraestructura Existente en forma ordenada, limpia y segura dejando éstas en condiciones apropiadas; y, En esa comunicacióncaso de que la Dependencia Contratante decida llevar a cabo algún procedimiento de contratación para la provisión de cualesquiera servicios necesarios para la Infraestructura de Rehabilitación y la Infraestructura Existente, el Proveedor estará obligado a cooperar con la Dependencia Contratante para que ésta tenga toda la información necesaria para dicho procedimiento de adjudicación. Lo anterior, en el entendido de que el Proveedor no estará obligado a entregar información que de divulgarse pondría a algún competidor del Proveedor en una ventaja comercial sobre éste, pudiendo así perjudicar los negocios del Proveedor. Asimismo, el Proveedor deberá permitir el acceso al lugar de la prestación del Servicio, la Fiduciaria remitirá Infraestructura de Rehabilitación y la rendición final Infraestructura Existente a cualquier participante o proveedor de cuentas y demás soportes necesarios, así como el documento de terminación y liquidación del Contrato, informando sobre servicios que la disponibilidad de los Rendimientos si los hay, para que se acerque a reclamarlos o de las instrucciones pertinentesDependencia Contratante determine.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. 1. Acaecida la terminación del presente ContratoContrato por cualquiera de las causales mencionadas en la cláusula anterior, perderá vigencia el objeto y sin excepción alguna – perderán vigencia y quedaran sin efectos jurídicos, todas las instrucciones revocables e irrevocables impartidas por el EncarganteFideicomitente durante la ejecución del presente contrato, en consecuencia, de tal forma que la gestión de la Fiduciaria deberá dirigirse única y exclusivamente a realizar actos directamente relacionados con la liquidación del presente Contrato.
2. Los recursos serán entregados de conformidad con lo establecido en el presente Contrato al Fideicomitente o al Beneficiario - en el evento de un saldo pendiente de pago a favor de este último, poniendo a disposición del Encargante y de los Inversionistas del Proyecto, según corresponda, los recursos que hubieren entregado junto con los rendimientos que se hubiesen generado como consecuencia de la administración mediante transferencia de los mismos en el Fondo de Inversión Colectiva. Para el efecto, una vez a la Fiduciaria haya tenido conocimiento del acaecimiento de la causal de terminación del presente Contrato, ésta deberá notificar de este hecho a los Inversionistas del Proyecto dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes; posteriormente, cuenta que él informe dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de dicha notificación, el Encargante o los Inversionistas del Proyecto, según corresponda, deberán instruir, a la Fiduciaria el número de cuenta bancaria a la cual ésta deberá girar los recursos, el giro de los recursos deberá ser realizado mediante transferencia electrónica dentro los cinco (5) días hábiles siguientes contados a partir liquidación del recibo de la instrucción por parte de la Fiduciariapresente Contrato.
23. En caso el evento que el Encargante Fideicomitente o Inversionista del Proyecto, según corresponda, al el Beneficiario no sean localizados en el momento de la terminación y liquidación del presente Contrato, no fuere posible ubicarlo en las direcciones señaladas en el presente Contrato, para efectos de la del pago o restitución de los bienes Fideicomitidos Recursos y para la firma del documento de terminación y liquidación, la Fiduciaria procederá de la siguiente manera:
(a) 3.1 Enviará una comunicación escrita por correo certificado a la dirección que aparezca señalada en el presente ContratoContrato para efectos de notificaciones. En esa comunicación, la Fiduciaria remitirá la rendición final de cuentas y demás soportes necesarios, así como el documento de terminación y liquidación del Contratocontrato, informando sobre la disponibilidad de los Rendimientos Recursos si los hay, para que se acerque a reclamarlos o de den las instrucciones pertinentes.
3.2 En el evento que el correo certificado informe que no fue posible entregar la comunicación por cualquier razón, el Fideicomitente y quien ostenta la calidad de Beneficiario aceptan que la Fiduciaria podrá, con los excedentes si lo hay, constituir una participación a nombre del Fideicomitente o del Beneficiario en cualquiera de los Fondos de Inversión Colectiva a su cargo y la Fiduciaria publicará un aviso indicando esta situación – junto con la rendición de cuentas, por diez (10) días hábiles en su página web. Cumplido este plazo, el Fideicomitente y el Beneficiario, autorizan a la Fiduciaria para suscribir el acta que formaliza la terminación y liquidación del presente Contrato.
4. Las facturas o cuentas de cobro pendientes de pago por parte del Fideicomitente a la Fiduciaria, constituirán un título ejecutivo para el cobro judicial de las mismas.
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Samples: Servicios De Fiducia Mercantil
EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. 1La CÁMARA se reserva el derecho de exigir la indemnización de los perjuicios causados por alguna de las causales de terminación indicadas en esta cláusula. Acaecida PARÁGRAFO CUARTO: EL CONTRATISTA tendrá derecho a que se le liquiden y paguen los dineros correspondientes a los servicios ejecutados/bienes entregados a satisfacción de LA CÁMARA. En caso de terminación anticipada de este contrato por cualquier causa, EL CONTRATISTA se obliga a restituir inmediatamente y sin necesidad de previo requerimiento las sumas de dinero que deba cuando el desembolso en su favor exceda el valor de los servicios/bienes hasta entonces ejecutados y recibidos a satisfacción por LA CÁMARA 25) INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA se obliga a mantener indemne a LA CÁMARA por cualquier situación o hecho que se derive de la terminación ejecución del objeto del presente Contratocontrato, perderá vigencia el objeto por tanto se obliga a asumir la defensa de LA CÁMARA y los costos de la misma, incluidos los honorarios de abogados, así como las instrucciones impartidas por el Encarganteindemnizaciones a las que hubiera lugar, en consecuencia, la gestión caso que LA CÁMARA resultara demandada por hechos derivados de la Fiduciaria deberá dirigirse única ejecución del presente contrato y exclusivamente que sean imputables a realizar actos directamente relacionados EL CONTRATISTA. Esta cláusula también se aplicará cuando existan quejas o reclamos por compensaciones laborales de los trabajadores de EL CONTRATISTA y en todo caso de demandas civiles, laborales, penales, administrativas, etc. por dolo o culpa de EL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA se obliga a salir en defensa de LA CÁMARA y estará obligado a acudir al llamamiento en garantía que se le dirija, si LA CÁMARA es demandada o recibe algún reclamo por parte de terceras personas en relación con la liquidación ejecución del presente Contratocontrato, poniendo independientemente de si este reclamo se hace a disposición del Encargante y través de los Inversionistas del Proyectojueces, según correspondaárbitros, los recursos que hubieren entregado junto con los rendimientos que se hubiesen generado como consecuencia autoridades administrativas o por cualquier otro medio. Presentada una reclamación judicial o extrajudicial, LA CÁMARA notificará a EL CONTRATISTA, quien asumirá de inmediato la administración defensa de los mismos LA CÁMARA. Si EL CONTRATISTA, después de notificado por LA CÁMARA, no asume la defensa en el Fondo un término de Inversión Colectiva. Para el efecto, una vez la Fiduciaria haya tenido conocimiento del acaecimiento de la causal de terminación del presente Contrato, ésta deberá notificar de este hecho a los Inversionistas del Proyecto dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes; posteriormentehábiles, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de dicha notificación, el Encargante o los Inversionistas del Proyecto, según corresponda, deberán instruirésta queda facultada para contratar, a expensas de EL CONTRATISTA, la Fiduciaria el número defensa que considere necesaria, cuyos costos y las indemnizaciones a las que hubiere lugar correrán por cuenta exclusiva de cuenta bancaria a la cual ésta deberá girar los recursosEL CONTRATISTA, el giro de los recursos deberá ser realizado mediante transferencia electrónica dentro los cinco (5pudiendo LA CÁMARA repetir contra EL CONTRATISTA. 26) días hábiles siguientes contados a partir del recibo de la instrucción por parte de la Fiduciaria.
2. MECANISMOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: En caso que el Encargante o Inversionista del Proyecto, según corresponda, al momento de la terminación y liquidación del presente Contrato, no fuere posible ubicarlo en las direcciones señaladas en el presente Contrato, para efectos de la restitución de los bienes Fideicomitidos y para la firma del documento de terminación y liquidación, la Fiduciaria procederá de la siguiente manera:
(a) Enviará una comunicación escrita por correo certificado a la dirección que aparezca señalada en el presente Contrato. En esa comunicación, la Fiduciaria remitirá la rendición final de cuentas y demás soportes necesarios, así como el documento de terminación y liquidación del Contrato, informando sobre la disponibilidad de los Rendimientos si los hay, para que se acerque a reclamarlos o de las instrucciones pertinentes.de
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Samples: Contract for Purchase of Goods
EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. 1. Acaecida Los efectos de la terminación Caducidad de la Concesión son, entre otros, los siguientes: La Caducidad de la Concesión produce la obligación del CONCESIONARIO de devolver las áreas de terreno comprendidas en el Área de la Concesión y entregar los Bienes de la Concesión al CONCEDENTE, conforme a los términos del CAPÍTULO V del presente Contrato. Sesenta (60) Días Calendario antes de que se produzca el término del Contrato, perderá vigencia se dará inicio a la formulación del Inventario Final de los bienes, el objeto mismo que se realizará con intervención del REGULADOR y las instrucciones impartidas por el Encargante, en consecuencia, la gestión deberá quedar concluido diez (10) Días antes de la Fiduciaria deberá dirigirse única y exclusivamente fecha de vencimiento del Contrato. En el supuesto de caducidad por mutuo acuerdo, el inventario final integrará este acuerdo como ANEXO del Contrato que se suscriba para el efecto. Sesenta (60) Días Calendario antes de que transcurra el plazo de subsanación, para los casos de resolución por incumplimiento, se dará comienzo a realizar actos directamente relacionados con la liquidación formulación del presente Contrato, poniendo a disposición del Encargante y Inventario Final de los Inversionistas del Proyectobienes, según corresponda, los recursos que hubieren entregado junto con los rendimientos el mismo que se hubiesen generado como consecuencia realizará con intervención del REGULADOR y que deberá quedar concluido diez (10) Días antes de la administración que se cumpla el plazo de los mismos en el Fondo de Inversión Colectiva. Para el efecto, una vez la Fiduciaria haya tenido conocimiento del acaecimiento de la causal de terminación del presente Contrato, ésta deberá notificar de este hecho a los Inversionistas del Proyecto dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes; posteriormente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de dicha notificación, el Encargante o los Inversionistas del Proyecto, según corresponda, deberán instruir, a la Fiduciaria el número de cuenta bancaria a la cual ésta deberá girar los recursos, el giro de los recursos deberá ser realizado mediante transferencia electrónica dentro los cinco (5) días hábiles siguientes contados a partir del recibo de la instrucción por parte de la Fiduciaria.
2subsanación. En caso la subsanación se llegue a producir antes de que transcurra el plazo antes indicado, el inventario será automáticamente suspendido. Si ya hubiese sido culminado, el mismo quedará sin efecto. El Inventario Final de los Bienes deberá contar con la aprobación del CONCEDENTE previa opinión del REGULADOR. Producida la Caducidad de la Concesión, la actividad del CONCESIONARIO cesa y se extingue su derecho de explotar la infraestructura vial, derecho que es reasumido por el CONCEDENTE, excepto en el caso que el Encargante o Inversionista REGULADOR haya nombrado un interventor y mientras dure su actuación, sin perjuicio del Proyectoreconocimiento de los derechos que corresponden a los Acreedores Permitidos según lo establecido en la Cláusula 11.16. Asimismo, según correspondase extinguen todos los contratos a los que se refiere la Cláusula 14.2, al momento salvo aquellos que expresamente el CONCEDENTE haya decidido mantener en vigencia y asumido la posición contractual del CONCESIONARIO. Producida la Caducidad de la terminación y liquidación del presente ContratoConcesión, no fuere posible ubicarlo en las direcciones señaladas en el presente Contrato, para efectos de la restitución CONCEDENTE o el nuevo Concesionario que éste designe se harán cargo de los bienes Fideicomitidos Sub Tramos, correspondiéndole al CONCEDENTE efectuar la liquidación final conforme a los términos de esta Sección y para la firma del documento de terminación y liquidación, la Fiduciaria procederá de la siguiente manera:
(a) Enviará una comunicación escrita por correo certificado a la dirección que aparezca señalada en el presente Contrato. En esa comunicación, la Fiduciaria remitirá la rendición final de cuentas y demás soportes necesarios, así como el documento de terminación y liquidación del Contrato, informando sobre la disponibilidad de los Rendimientos si los hay, para que se acerque a reclamarlos o de las instrucciones pertinentesal Expediente Técnico.
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Samples: Contrato De Concesión