OBLIGACIONES DEL VENDEDOR Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. El VENDEDOR se obliga frente al COMPRADOR a lo siguiente:
OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. De manera enunciativa, más no limitativa, el Vendedor se obliga a cumplir con lo siguiente:
OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. Entregar la mercadería y documentos necesarios Em paque y Em balaje Flete (de fábrica al lugar de exportación) Aduana (documentos, permisos, requisitos, im puestos) Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes ) Flete (de lugar de exportación al lugar de im portación)(parcial) Seguro (parcial) Obligaciones del Comprador Pagos de la Mercadería Flete (de lugar de exportación al lugar de im portación) (parcial) Seguro (parcial) Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes ) Aduana (documentos, permisos, requisitos, im puestos) Flete y seguro (lugar de importación a planta) Dem oras
OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. Artículo 621-9. Obligaciones del vendedor.
OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula Undécima, el Vendedor se obliga adicionalmente a:
OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. Las obligaciones del vendedor se encuentran definidas en los artículos del 30 al 52 de la Convención. Las obligaciones de éste comprenden la entrega de la mercancía, así como de los documentos relacionados con la mercancía. El vendedor debe transmitir la propiedad de la mercadería, es decir, el vendedor queda obligado a realizar todos los actos que sean necesarios para que la propiedad de la mercadería pase a propiedad del comprador. El lugar de la entrega de la mercadería es el punto de intersección en el cual la responsabilidad de la mercadería pasa del vendedor al comprador. El lugar de entrega es fijado en base a acuerdo de las partes, o a través de las condiciones generales de contratación. El plazo de entrega de la mercancía, al igual que el precio de la mercadería, se determina por medio de acuerdos celebrados entre las partes. La Convención no restringe los acuerdos en los que convengan las partes. Si las partes no establecen plazo para la entrega de mercaderías, el artículo 33, inciso c, de la Convención establece que el vendedor tiene la obligación de proceder a la entrega de mercaderías dentro de un plazo razonable, el cual se empieza a contar desde el momento de la celebración del contrato. Si el vendedor no respeta el plazo de entrega, puede recurrir a prórrogas, cuando hayan sido acordadas con el comprador. A este derecho a prórroga se le conoce como “el derecho a la segunda entrega”. La Convención le brinda al vendedor, salvo ciertas circunstancias especiales, la posibilidad de rehacer o subsanar las prestaciones total o parcialmente incumplidas, luego de vencido el plazo de entrega, y de evitar, de esta manera, los remedios jurídicos que la Convención ofrece en el caso de falta de entrega. El vendedor soporta el riesgo por la mercadería hasta el momento en que la transmite; operada ésta, la mercadería es responsabilidad del comprador. Dentro de la Convención, la regulación de la compraventa internacional también se aplica al Comercio Electrónico, en lo relativo a la venta tanto de hardware como de software, concebidos como el resultado de la actividad intelectual incorporada a un bien corporal. El software, objeto de la compraventa, se refiere al software estándar (comercializado en serie), es decir, como software concebido para una pluralidad de usuarios. En cambio, cuando el software es elaborado por encargo de un usuario concreto, puede dudarse de la aplicabilidad de la Convención, teniendo en cuenta que la misma Convención de Viena excl...
OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. El Vendedor se obliga para con el Comprador a lo siguiente: Suministrar al Comprador, a título de venta, en la modalidad de Contrato con Interrupciones, la Cantidad de Energía Contratada prevista en el Numeral VI de las Condiciones Particulares del Contrato, en los términos y condiciones establecido en el presente Contrato. Cumplir con el Ciclo de Nominaciones de Suministro de conformidad con el RUT y lo establecido en el presente Contrato. Efectuar la facturación de conformidad con lo establecido en el presente Contrato. Las demás obligaciones previstas en el presente Contrato, la Ley y la Regulación aplicable.
OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. EL VENDEDOR se obliga a cumplir las siguientes obligaciones además de las demás obligaciones que le corresponden conforme a la naturaleza y esencia del contrato:
OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. 22 El vendedor está obligado a: 23 (a) Entregar inmediatamente el bien con sus accesorios, libre de todo gravamen, 24 en el lugar y el tiempo convenidos o donde se encuentre el bien en el momento del 25 otorgamiento;
OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. Artículo 30