Empaques. Cuando la exportación del café se haga en sacos, la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia debe aprobar previamente el diseño, especificaciones, marcas, contramarcas y números de identificación. Si el transporte de café hacia el puerto se hace a Si el transporte de café hacia el puerto se hace a granel, no se requerirá de ninguna marca en las bolsas o recipientes que contienen el café. Sin embargo, se dejará constancia en la guía de tránsito del número de identificación del lote y de la calidad del café, de tal manera que se pueda verificar el cumplimiento de las condiciones autorizadas para el transporte. Cuando el embalaje a granel se haga en los terminales marítimos y por lo tanto haya necesidad de transportarlo en sacos hasta esos lugares, se autorizarán empaques con capacidad de 70 Kgs. de café, los cuales podrán ser remarcados hasta cinco (5) veces.
Empaques. El licitante deberá indicar mediante carta compromiso que suministrará los medicamentos a los derechohabientes de la Universidad Veracruzana y sus beneficiarios en las presentaciones autorizadas por las Dependencias Públicas del Sector Salud, Estatal y Federal, en los empaques, sin presentar deterioro alguno. En caso contrario los deberá cambiar en forma inmediata en el mismo acto de surtimiento de la receta. Anexo 18. La forma del envase que utilice el prestador de servicio deberá garantizar el suministro de los medicamentos en condiciones óptimas, a prueba de humedad y polvo.
Empaques. La forma de empaque y embalaje que utilice el proveedor, deberá garantizar la entrega de los bienes en condiciones óptimas de envase y presentación de los productos, a prueba de humedad y polvo, de tal manera que preserve la calidad y condiciones óptimas durante el transporte y el almacenaje, sin merma de su vida útil y deberán contener siempre etiquetas que por la naturaleza del producto se requieran, con la información básica siguiente: - Tipo de producto - Fecha de fabricación. - Registro del producto. - Forma de estiba y estiba máxima. - Nombre y domicilio del fabricante o del distribuidor (en su caso) - Condiciones de almacenamiento que deberán observarse. En caso de que los bienes requieran condiciones de almacenamiento, temperaturas y transportes especiales, éstos deberán ser señalados claramente en los marbetes por el proveedor.
Empaques. EL EMPAQUE DEBERÁN SER ADECUADOS, DE TAL MANERA QUE PRESERVEN LAS CARACTERISTICAS Y CALIDAD DE LOS BIENES, DURANTE SU EMBALAJE, TRANSPORTE Y ALMACENAJE.
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