Common use of Empresas extranjeras Clause in Contracts

Empresas extranjeras. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General de Gobierno Las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, aportarán declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. No obstante lo anterior, conforme a lo establecido en el art. 140.3, cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y estos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Así mismo y en aplicación de la exigencia del art. 159.4.a) de la LCSP todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, al objeto de acreditar la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar del licitador clasificado) o cuando proceda de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 96 en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma, en la fecha final de presentación de ofertas, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria 3ª respecto a su entrada en vigor.

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Empresas extranjeras. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General de Gobierno 07/09/2018 Las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, aportarán declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General de Gobierno No obstante lo anterior, conforme a lo establecido en el art. 140.3, cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y estos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Así mismo y en aplicación de la exigencia del art. 159.4.a) de la LCSP todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, al objeto de acreditar la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar del licitador clasificado) o cuando proceda de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 96 en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma, en la fecha final de presentación de ofertas, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria 3ª respecto a su entrada en vigor.

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Empresas extranjeras. PUESTO DE TRABAJONOMBRE: Secretario General de Gobierno Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, aportarán declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. No obstante lo anterior, conforme a lo establecido en el art. 140.3, cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y estos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares. NOMBRE8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx 45071IDDOC24638BBCD9CA5674B98 Así mismo y en aplicación de la exigencia del art. 159.4.a) de la LCSP todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, al objeto de acreditar la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar del licitador clasificado) o cuando proceda de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 96 en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma, en la fecha final de presentación de ofertas, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria 3ª respecto a su entrada en vigor.

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Empresas extranjeras. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General La personalidad, la capacidad jurídica y de Gobierno Las obrar así como la solvencia económica, financiera, técnica y profesional de las empresas no españolas deberá acreditarse de conformidad con lo que exige la LCSP en sus artículos 44, (empresas no comunitarias) y 47, (empresas comunitarias), así como del R.G.L.C.A.P., en sus artículos 9 y 10. Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, aportarán la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados juzgados y Tribunales tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante, (artículo 130.d) LCSP). No obstante Para los casos en que concurran en una Unión Temporal de Empresas empresarios nacionales y extranjeros, se estará a lo anteriorque desarrolla a tal efecto el artículo 48 de la LCSP. Las empresas podrán aportar acreditación fehaciente de tener, en su caso, en plantilla un número no inferior al 2 por 100 de trabajadores con discapacidad, por tener un grado de minusvalía igual o superior al 33% o haber adoptado las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 27/2000, de 14 de enero (BOE nº 22, de 26 de enero), conforme a lo establecido en el art. 140.3, cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y estos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Así mismo y en aplicación de la exigencia del art. 159.4.a) Disposición Adicional Sexta de la LCSP todos los licitadores o haber adoptado las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se presenten a licitaciones realizadas a través regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos la cuota de reserva en el Registro Oficial favor de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Públicolos trabajadores con discapacidad, al objeto todo ello de acreditar la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar del licitador clasificado) o cuando proceda de conformidad acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 96 en el Registro Oficial 115 de la correspondiente Comunidad AutónomaLey 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas (BOJA de 31 de diciembre). Asimismo, de conformidad con la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, podrán presentar documentación acreditativa de tener la marca de excelencia o desarrollar medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades, de acuerdo con las condiciones que reglamentariamente se establezcan. Cuantos documentos considere necesarios el licitador en relación a los criterios de adjudicación , según lo señalado en la cláusula 16.6 de este Pliego, en relación con la fecha final cláusula 7 xxx Xxxxxx de presentación de ofertas, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria 3ª respecto a su entrada en vigorPrescripciones Técnicas.

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Empresas extranjeras. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General La personalidad, la capacidad jurídica y de Gobierno Las obrar así como la solvencia económica, financiera, técnica y profesional de las empresas no españolas deberá acreditarse de conformidad con lo que exige el TRLCSP en sus artículos 55, (empresas no comunitarias) y 58, (empresas comunitarias), así como del R.G.L.C.A.P., en sus artículos 9 y 10. Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, aportarán la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados juzgados y Tribunales tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitantelicitante (artículo 146.e) TRLCSP). No obstante lo anteriorPara los casos en que concurran en una Unión Temporal de Empresas empresarios nacionales y extranjeros, conforme se estará a lo establecido que desarrolla a tal efecto el artículo 59 TRLCSP. Transcurrido el plazo otorgado en el art. 140.3requerimiento, cuando y una vez examinada la documentación aportada por el empresario esté inscrito licitador propuesto como adjudicatario, si se observaran defectos u omisiones subsanables se concederà un plazo de tres días hábiles para su subsanación, (sin contar xxxxxxx, xxxxxxxx ni festivos), bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador si en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro plazo concedido no procede a la subsanación de la Unión Europeadocumentación, como un expediente virtual (artículo 81 del Reglamento General de la empresa, un sistema Contratación de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y estos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Así mismo y en aplicación de la exigencia del art. 159.4.a) de la LCSP todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, al objeto de acreditar la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar del licitador clasificado) o cuando proceda de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 96 en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónomalas Administraciones Públicas, en la fecha final redacción dada por el Real Decreto 1.098/2.001 de 12 de octubre). No se admitirá la subsanación enviada por Xxxxxx que se recepcione en el Servicio de Contratación transcurrido el plazo dado para la subsanación (que como se ha dicho no será superior a tres días hábiles) Si se constituye mediante aval o certificado de seguro de caución, deberán depositar el mismo en la Caja de Tesorería, acreditándose la constitución de la garantía mediante la presentación de ofertas, sin perjuicio la carta de lo establecido pago en el Servicio de Contratación. Si se constituye en metálico habrán de realizar el ingreso en la disposición transitoria 3ª respecto a su entrada cuenta que facilite la Tesorería Municipal, acreditando igualmente el justificante del pago en vigordicho Servicio. DEPENDENCIA: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . NEGOCIADO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . En general, la obligación de pago de gastos, por parte del adjudicatario, comprende todos los que se ocasionen con motivo de los trámites de iniciación, preparación y formalización del contrato y expediente administrativo. Los gastos de publicación se deberán ingresar en el número de cuenta que la Tesorería Municipal facilite al efecto.

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Empresas extranjeras. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General La capacidad de Gobierno obrar de las empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del RGLCAP. Asimismo, deberán acreditar su personalidad y su solvencia técnica, económica y financiera conforme a lo dispuesto en el TRLCSP. La capacidad de obrar de las empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior se acreditará mediante certificación expedida por la respectiva representación diplomática española, en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. En estos supuestos deberá acompañarse, además, informe de la representación diplomática española sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiera el Art. 55.1 del TRLCSP. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización mundial del Comercio. Las empresas Empresas extranjeras, presentarán sus documentos constitutivos traducidos al Castellano por la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores, así como un despacho expedido por la embajada de España en los casos en el País respectivo donde se certifique que el contrato vaya conforme a ejecutarse en España, aportarán su legislación tiene capacidad para contratar y obligarse. Los empresarios extranjeros deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. No obstante lo anterior, conforme a lo establecido en el art. 140.3, cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y estos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Así mismo y en aplicación de la exigencia del art. 159.4.a) de la LCSP todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, al objeto de acreditar la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar del licitador clasificado) o cuando proceda de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 96 en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma, en la fecha final de presentación de ofertas, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria 3ª respecto a su entrada en vigor.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Adjudicación, Mediante Procedimiento Abierto, Del

Empresas extranjeras. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General La personalidad, la capacidad jurídica y de Gobierno Las obrar así como la solvencia económica, financiera, técnica y profesional de las empresas no españolas deberá acreditarse de conformidad con lo que exige el TRLCSP en sus artículos 55, (empresas no comunitarias) y 58, (empresas comunitarias), así como del R.G.L.C.A.P., en sus artículos 9 y 10. Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, aportarán la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados juzgados y Tribunales tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitantelicitante (artículo 146.e) TRLCSP). No obstante lo anteriorPara los casos en que concurran en una Unión Temporal de Empresas empresarios nacionales y extranjeros, conforme se estará a lo establecido que desarrolla a tal efecto el artículo 59 TRLCSP. Transcurrido el plazo otorgado en el art. 140.3requerimiento, cuando y una vez examinada la documentación aportada por el empresario esté inscrito licitador propuesto como adjudicatario, si se observaran defectos u omisiones subsanables se concederá un plazo de tres días hábiles para su subsanación, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador si en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro plazo concedido no procede a la subsanación de la Unión Europeadocumentación, como un expediente virtual (artículo 81 del Reglamento General de la empresa, un sistema Contratación de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y estos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Así mismo y en aplicación de la exigencia del art. 159.4.a) de la LCSP todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, al objeto de acreditar la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar del licitador clasificado) o cuando proceda de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 96 en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónomalas Administraciones Públicas, en la fecha final redacción dada por el Real Decreto 1.098/2.001 de presentación 12 de ofertas, sin perjuicio octubre). No se admitirá la subsanación enviada por Correo que se recepcione en el Servicio de lo establecido en Contratación transcurrido el plazo dado para la disposición transitoria 3ª respecto subsanación (que como se ha dicho no será superior a su entrada en vigortres días hábiles).

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Empresas extranjeras. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General de Gobierno Las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, aportarán declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC2E13B7CEBC3DEE846BE FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO: No obstante lo anterior, conforme a lo establecido en el art. 140.3, cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y estos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx 05/09/2018 Así mismo y en aplicación de la exigencia del art. 159.4.a) de la LCSP todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, al objeto de acreditar la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar del licitador clasificado) o cuando proceda de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 96 en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma, en la fecha final de presentación de ofertas, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria 3ª respecto a su entrada en vigor.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion De Servicios, Modelo Tipo, Mediante Procedimiento Con Negociación

Empresas extranjeras. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General La personalidad, la capacidad jurídica y de Gobierno Las obrar así como la solvencia económica, financiera, técnica y profesional de las empresas no españolas deberá acreditarse de conformidad con lo que exige la LCSP en sus artículos 44, (empresas no comunitarias) y 47, (empresas comunitarias), así como del R.G.L.C.A.P., en sus artículos 9 y 10. Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, aportarán la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados juzgados y Tribunales tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante, (artículo 130.d) LCSP). No obstante Para los casos en que concurran en una Unión Temporal de Empresas empresarios nacionales y extranjeros, se estará a lo anteriorque desarrolla a tal efecto el artículo 48 de la LCSP. Las empresas podrán aportar acreditación fehaciente de tener, en su caso, en plantilla un número no inferior al 2 por 100 de trabajadores con discapacidad, por tener un grado de minusvalía igual o superior al 33% o haber adoptado las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 27/2000, de 14 de enero (BOE nº 22, de 26 de enero), conforme a lo establecido en el art. 140.3, cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y estos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Así mismo y en aplicación de la exigencia del art. 159.4.a) Disposición Adicional Sexta de la LCSP todos los licitadores o haber adoptado las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se presenten a licitaciones realizadas a través regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos la cuota de reserva en el Registro Oficial favor de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Públicolos trabajadores con discapacidad, al objeto todo ello de acreditar la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar del licitador clasificado) o cuando proceda de conformidad acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 96 en el Registro Oficial 115 de la correspondiente Comunidad AutónomaLey 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas (BOJA de 31 de diciembre). Asimismo, de conformidad con la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, podrán presentar documentación acreditativa de tener la fecha final marca de presentación excelencia o desarrollar medidas destinadas a lograr la igualdad de ofertasoportunidades, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria 3ª respecto a su entrada en vigoracuerdo con las condiciones que reglamentariamente se establezcan.

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