EMPRESAS PROPONENTES Cláusulas de Ejemplo

EMPRESAS PROPONENTES. Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que tiene a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución del contrato. Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, de conformidad con el art. 59 de la TRLCSP. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en Registro o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo 1 del RGLCAP, en función de los diferentes contratos. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán actuar conforme a lo previsto en el art. 55 del TRLCSP. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. La presentación de proposiciones presume por parte del licitador, la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
EMPRESAS PROPONENTES. 1. Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. 2. Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 59 TRLCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (art. 24 RGLCAP). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión. 3. Igualmente, la presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión del procedimiento de adjudicación, a todos los efectos, de las ofertas formuladas. No obstante, si sobreviniera la vinculación antes de que concluya el plazo de presentación de ofertas, podrá subsistir la oferta que determinen de común acuerdo las citadas empresas. Se considerarán empresas vinculadas las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el art. 42 Código de Comercio. 4. La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Xxxxxx y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
EMPRESAS PROPONENTES. Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. - Solvencia técnica y profesional: El propuesto adjudicatario deberá estar registrada en el IDAE como Empresa de Servicios Energéticos (ESE) El propuesto adjudicatario deberá presentar una relación de los trabajos o suministros efectuados por el interesado en el transcurso de los cinco últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, siendo el requisito mínimo exigible que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, esto es, 763.636,36.-€, IVA excluido. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán, cuando el destinatario sea una entidad del sector público mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente o aquellos otros documentos que acrediten de manera fehaciente su realización. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditará mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario licitador; en el caso de que se presentara esta declaración, dado su carácter declarativo y residual, esta Administración podrá comprobar su validez si se dudara de la veracidad de la misma. Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 59 del R.D.L. 3/2011. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (art. 24 del RGLCAP). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión. La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Xxxxxx y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de la...
EMPRESAS PROPONENTES. Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 49 de la LCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a lo establecido en los artículos 63, 64 y 67 de la LCSP. Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones de empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 44, 47 y 48 de la LCSP, respectivamente. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Xxxxxx y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
EMPRESAS PROPONENTES. 5.1.- Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que teniendo plena capacidad de obrar acrediten su solvencia y no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx. 5.2.- Además, de conformidad con el art. 46 de la citada Ley, las empresas adjudicatarias deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulta de sus estatutos o reglas fundacionales. 5.3.- La presentación de proposiciones presume, por parte del empresario, la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
EMPRESAS PROPONENTES. 1. Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. 2. Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 59 TRLCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (art. 24 RGLCAP). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión. 3. Igualmente, la presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión del procedimiento de adjudicación, a todos los efectos, de las
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  • Presentación de las proposiciones La cláusula queda redactada de la siguiente manera: “El órgano de contratación anunciará la licitación del contrato en los correspondientes boletines oficiales de acuerdo con lo dispuesto en el TRLCSP y la Directiva 2014/23/UE, así como en el perfil de contratante. De conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Directiva 2014/23/UE, el anuncio de licitación no se publicará a nivel nacional antes de su publicación en el DOUE. No obstante, podrá en todo caso publicarse a nivel nacional antes que el DOUE, si el órgano de contratación no ha recibido la notificación de su publicación por la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea a las 48 horas de la confirmación de la recepción del anuncio. Cada persona licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas siendo excluidas las personas licitadoras del procedimiento de adjudicación. La presentación de la proposición supone la aceptación incondicionada por la persona licitadora del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones de este pliego, sin salvedad o reserva alguna. De no aportarse esta declaración se considerará que ningún documento o dato posee dicho carácter. En ningún caso será admisible que se designe la totalidad de la documentación-datos presentados como confidencial, ni una cantidad de datos de tal magnitud que impida la vista de expedientes para otros posibles licitadores.” Clausula 9.1. Lugar y plazo de presentación de las proposiciones. Clausula 9.2.1. Sobre nº 1. Título: Documentación acreditativa de los requisitos previos. No obstante junto con el formulario normalizado del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) la persona licitadora aportara la documentación que se indica en la cláusula 9.2.1. Debiendo la persona licitadora a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos. El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar será el de finalización del plazo de presentación de proposiciones. a) Cumplimiento de los requisitos previos de la licitación. (Clausula 8, letras a) b) c) d) y letra e).

  • DATOS GENERALES DEL PROPONENTE Nombre del proponente o Razón Social:

  • CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE LAS PROPOSICIONES Se desecharán las proposiciones de los Licitantes que incurran en uno o varios de los siguientes supuestos: 1. Cuando el Licitante no haya dado cumplimiento a lo establecido por los artículos 48 segundo párrafo y 50 de la Ley, en caso de Licitaciones Estatales; 2. Cuando el Licitante se encuentre en alguno de los supuestos previstos por los artículos 17 y 86 de la Ley, en cualquier etapa del procedimiento de contratación; 3. Cuando el Licitante se encuentre en alguno de los supuestos previstos por el artículo 101 del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 4. Cuando el Licitante se encuentre como definitivo o presunto en el listado publicado por el Servicio de Administración Tributaria, por ubicarse en los supuestos previstos por el primer y segundo párrafos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación; 5. Cuando incurra en cualquier violación a las disposiciones de la Ley o a cualquier otro ordenamiento legal en la materia, que afecte directamente el presente procedimiento; 6. Cuando se compruebe que los Licitantes han acordado entre sí, situaciones que resulten contraproducentes a los intereses del Estado, como el elevar los precios de los bienes, arrendamientos y/o servicios, objeto de la presente Licitación, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás Licitantes; 7. Cuando los Licitantes de un mismo bien, arrendamiento o servicio pertenezcan a un mismo grupo empresarial, lo cual se acreditará cuando uno o más accionistas formen parte de dos o más Licitantes; 8. Cuando se omita la presentación de alguno de los documentos solicitados en los numerales 3.5.1 y 3.5.2 de las Bases; 9. Cuando las proposiciones no se puedan evaluar por falta de documentación o información mínima necesaria para tal fin; 10. Cuando se omita la firma autógrafa del propietario, apoderado o representante legal del Licitante en los documentos solicitados o que la misma no sea realizada por dicha persona; 11. Cuando el Licitante no se ajuste a cualquiera de los términos y las condiciones establecidas en las Bases; 12. Cuando cualquiera de los documentos o información presentada no sea legible; 13. Cuando el Licitante presente más de una proposición para la misma partida o lote; 14. Cuando se oferten bienes, arrendamientos o servicios en cantidades menores a las requeridas; 15. Cuando la validez de la proposición sea por un periodo menor al solicitado en las Bases; 16. Cuando no cumplan con las características y especificaciones o alguno de los requisitos establecidos en las Bases o los que se deriven de la Junta de Aclaraciones, cuyo incumplimiento por sí mismo, o deficiencia en su contenido afecte la solvencia de las proposiciones; 17. Cuando presenten documentos con tachaduras, enmendaduras y/o alteraciones en el contenido de los mismos, así como proposiciones manuscritas a lápiz; 18. Cuando la documentación o información presentada y/o declarada se verifique que es falsa, incompleta o se detecten irregularidades que desvirtúen el contenido de la misma; 19. Cuando no exista congruencia entre la propuesta técnica y la propuesta económica; 20. Cuando el precio ofertado no sea aceptable; 21. Cuando el precio ofertado sea precio aceptable, sin embargo rebase el presupuesto asignado y no se cuente con cobertura presupuestal; 22. Cuando se omitan los precios unitarios en las propuestas económicas; 23. Cuando el Licitante, su representante legal o sus empleados se opongan a la realización o desarrollo de una visita domiciliaria de verificación; o 24. Cuando el Licitante no pueda encontrarse en el domicilio señalado de sus instalaciones o se desconozca su paradero.

  • EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES Finalizado el plazo de presentación de replicas, la Mesa de Contratación procederá a la apertura de los sobres que contienen la documentación formal (sobre A) y calificará los documentos presentados. Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación, se comunicará por fax o correo electrónico a los interesados y se concederá plazo no superior a tres días para subsanarlas. Se levantará acta del resultado de la Mesa. A los efectos establecidos en los arts. 54 a 64 y 82 de la LCSP , el órgano y la mesa de Contratación podrán pedir a los licitadores aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirlos para que en el plazo máximo de cinco días aporten otros , complementarios. Estos documentos no se podrán presentar después de declaradas admitidas las ofertas conforme dispone el art. 83.6 del RGLCAP. El acto de apertura de las proposiciones del sobre B (criterios no evaluables automáticamente) únicamente se realizará si se establece la presentación de este sobre. Este actor no será público, se hará en las dependencias municipales o en oficinas de la empresa, ante la Mesa de Contratación, y se pasará a informe de los servicios técnicos, para que en evalúen su contenido. El acto de apertura de las proposiciones del sobre C (la propuesta económica y los otros criterios evaluables automáticamente) se hará en último lugar. El acto será público, se celebrará en las dependencias municipales o en las oficinas de la empresa, ante la Mesa de Contratación. Previamente habrán sido evaluados los criterios no automáticos en caso de haber. La Mesa procederá a la apertura del sobre C, si se da el caso, procederá a la valoración total de las ofertas presentadas y elevará propuesta al órgano de Contratación. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto mientras no exista acuerdo o resolución del órgano de Contratación. Si concurren a la licitación proposiciones que contengan ofertas anormales o desproporcionadas, hasta el desarrollo reglamentario del TRLCSP será de aplicación el artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos , aprobado por RD1098 / 2001, si figura en el anexo 1 . La adjudicación se producirá en el plazo máximo de 15 días, contados desde el acto público de apertura de proposiciones económicas si el único criterio a considerar es el precio y en el de 2 meses si se han tenido en cuenta otros criterios. Estos plazos se ampliarán en 15 días hábiles si concurren a la licitación ofertas desproporcionadas o anormalmente bajas Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en el expediente. Adjudicado el contrato y transcurrido el plazo para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si los licitadores no ejercen este derecho, la Empresa Municipal de Transportes Públicos quedará autorizada para proceder a la destrucción total de la documentación, transcurrido un año desde la adjudicación.

  • Contenido de las proposiciones La documentación constará de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

  • PLAZO Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES 13.1.- El plazo para la presentación de proposiciones será el señalado en el apartado “L” (PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES) del Cuadro-Resumen de este pliego, contado a partir del día natural siguiente desde la publicación del anuncio de licitación en el "Boletín Oficial" de la Provincia xx Xxxxxx. En el supuesto de que el último día del plazo establecido en el párrafo anterior fuese sábado o inhábil, automáticamente dicho plazo quedará prorrogado hasta el primer día hábil siguiente. 13.2.- La presentación podrá realizarse mediante entregas en las oficinas que se indiquen en el anuncio de licitación, bien personalmente o bien mediante envío por mensajería entregado dentro del plazo señalado. Las ofertas podrán presentarse, en caso de preverlo en el apartado “L” (PRESENTACIÓN DE OFERTAS) del Cuadro-Resumen de este pliego, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuando las proposiciones se envíen por Correos, el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío y comunicar en el mismo día al órgano de contratación, por fax, o telegrama, la remisión de la proposición. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición en el caso que fuera recibida fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación. Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional 16ª del TRLCSP. No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo. 13.3.- Los interesados podrán examinar el proyecto y el pliego en el plazo y las oficinas señaladas en el anuncio de licitación. 13.4.- La presentación de las proposiciones supone la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad alguna. 13.5.- La presentación de la proposición se deberá realizar en una sola de las dependencias administrativas de entre las varias que existan para poder llevarla a cabo, rechazándose en caso contrario todas las presentadas por el licitador. 13.6.- Entregada la proposición no podrá ser retirada por el licitador, salvo causas justificadas. 13.7.- Cada licitador podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto del contrato. 14.-CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES 14.1.- Las proposiciones constarán de dos ( Sobre 1 y 3) , cerrados, identificados en su exterior con indicación de la licitación a la que se concurra y el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. El contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, deberá tener los requisitos que se señalan a continuación:

  • PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES ( art. 159 LCSP) 13.1.- La presente licitación tiene, exclusivamente, carácter electrónico, por lo que los licitadores deberán preparar y presentar sus ofertas, obligatoriamente, de forma telemática, a través de los servicios de licitación electrónica de la Plataforma de Contratación del Sector Público (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxx). No se admitirán las ofertas que no sean presentadas de esta manera. Asimismo, todas las comunicaciones que se produzcan en este procedimiento de licitación se producirán a través de la mencionada Plataforma de Contratación del Sector Público. 13.2.- Las proposiciones se presentarán en el plazo señalado en el anuncio de licitación, publicado en el Perfil del Contratante del Gobierno de Canarias. 13.3.- Las interesadas en la licitación podrán examinar los pliegos y toda documentación necesaria para preparar la oferta en el Perfil del Contratante del Gobierno de Canarias 13.4.- Cada licitadora podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto del contrato, sin que se puedan presentar variantes o alternativas. 13.5.- La persona empresaria que haya licitado en unión temporal con otros empresarios y/o empresarias no podrá, a su vez, presentar proposiciones individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. 13.6.- El incumplimiento, por algún sujeto licitador, de las prohibiciones establecidas en los apartados anteriores dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas. 13.7.- La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por la persona licitadora de la totalidad del contenido de las cláusulas y condiciones del presente pliego y del de prescripciones técnicas, sin salvedad alguna. Asimismo, presupone la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. 13.8.- Si durante la tramitación del procedimiento de adjudicación, y antes de la formalización del contrato, se produce la extinción de la personalidad jurídica de la empresa licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, o de una rama de su actividad, le sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquiriente del patrimonio o rama de actividad, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia exigida en la presente contratación.

  • FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES ESTE ACTO SE LLEVARÁ A CABO DE CONFORMIDAD CON LOS NUMERALES III.2 Y III.3 DE ESTA INVITACIÓN Y DE LA SIGUIENTE MANERA: DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 35 DE “LA LEY” EL ACTO SE CONTINUARÁ CONFORME A LO SIGUIENTE: LOS LICITANTES ENVIARÁN SUS PROPOSICIONES EN MEDIO ELECTRÓNICO EN FORMATO .PDF, A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRANET, DE CONFORMIDAD A LOS NUMERALES III.2 Y III.3 DE LA PRESENTE INVITACIÓN. DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 47 DE “EL REGLAMENTO”, A PARTIR DE LA HORA SEÑALADA PARA EL INICIO DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, SE HARÁ CONSTAR LAS PROPOSICIONES RECIBIDAS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRANET 1.- PREVIO AL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, LA CONVOCANTE VERIFICARÁ LOS AVISOS DE RECEPCIÓN DE PROPOSICIONES, GENERADOS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRANET 2.- CUANDO POR CAUSAS AJENAS A COMPRANET O A LA CONVOCANTE, NO SEA POSIBLE INICIAR O CONTINUAR CON EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, EL MISMO SE PODRÁ SUSPENDER DE MANERA FUNDADA Y MOTIVADA, HASTA EN TANTO SE RESTABLEZCAN LAS CONDICIONES PARA SU INICIO O REANUDACIÓN; A TAL EFECTO LA CONVOCANTE DIFUNDIRÁ EN COMPRANET LA FECHA Y HORA EN LA QUE INICIARÁ O REANUDARÁ EL ACTO. 3.- “LA CONVOCANTE”. RECABARÁ DE LOS LICITANTES, SU ACEPTACIÓN DE QUE SE TENDRÁN COMO NO PRESENTADAS SUS PROPOSICIONES Y, EN SU CASO, LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR LA UNIDAD COMPRADORA, CUANDO EL ARCHIVO ELECTRÓNICO EN EL QUE SE CONTENGAN LAS PROPOSICIONES Y DEMÁS INFORMACIÓN NO PUEDA ABRIRSE POR TENER ALGÚN VIRUS INFORMÁTICO O POR CUALQUIER OTRA CAUSA AJENA A “LA CONVOCANTE”. 4.- UNA VEZ RECIBIDAS LAS PROPOSICIONES QUE HAYAN SIDO ENVIADAS, SE PROCEDERÁ A SU APERTURA, EN FORMA ELECTRÓNICA, HACIÉNDOSE CONSTAR LA DOCUMENTACIÓN ENVIADA, SIN QUE ELLO IMPLIQUE LA EVALUACIÓN DE SU CONTENIDO; POR LO QUE, EN EL CASO DE QUE ALGÚN LICITANTE OMITA EL ENVÍO DE ALGÚN DOCUMENTO O FALTA DE ALGÚN REQUISITO, NO SERÁN DESECHADAS EN ESE MOMENTO, HACIÉNDOSE CONSTAR EN EL FORMATO DE RECEPCIÓN DE LOS DOCUMENTOS QUE INTEGRAN LA PROPOSICIÓN. 5.- LA CONVOCANTE RUBRICARÁ LAS PROPOSICIONES ECONÓMICA QUE HAYAN SIDO RECIBIDAS E INTEGRARÁ AL ACTA UNA VERSIÓN IMPRESA DE LAS MISMAS. 6.- SE LEVANTARÁ ACTA QUE SERVIRÁ DE CONSTANCIA DE LA CELEBRACIÓN DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPOSICIONES, EN LA QUE SE HARÁN CONSTAR LAS PROPOSICIONES QUE FUERON RECIBIDAS EN TIEMPO Y FORMA PARA SU POSTERIOR EVALUACIÓN Y EL IMPORTE DE CADA UNA DE ELLAS, ASÍ COMO EL LUGAR, FECHA Y HORA EN QUE SE DARÁ A CONOCER EL FALLO DE LA INVITACIÓN AL FINALIZAR EL ACTO SE DIFUNDIRÁ UN EJEMPLAR DEL ACTA EN COMPRANET, PARA EFECTOS DE NOTIFICACIÓN. EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 39 FRACCIÓN III INCISO D) DE “EL REGLAMENTO”, UNA VEZ RECIBIDAS LAS PROPOSICIONES A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRANET, EN LA FECHA Y HORA ESTABLECIDAS, NO PODRÁN SER RETIRADAS O DEJARSE SIN EFECTO, POR LO QUE SE CONSIDERARÁN VIGENTES DENTRO DEL PROCEDIMIENTO DE ESTA INVITACIÓN, HASTA SU CONCLUSIÓN. NO SE ACEPTARÁN OPCIONES, LOS LICITANTES DEBERÁN ENVIAR SOLO UNA PROPOSICIÓN, EN MONEDA NACIONAL Y SE REQUIERE QUE CUMPLA EN SU TOTALIDAD CON LA DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA, ASÍ COMO LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE “LOS SERVICIOS”, SOLICITADOS EN EL ANEXO TÉCNICO, Y LAS PROPOSICIONES ECONÓMICAS REQUERIDAS Y TODOS LOS REQUISITOS Y CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LA INVITACIÓN, CONSIDERANDO LAS ACLARACIONES QUE SE DERIVEN DE LA(S) JUNTA(S) DE ACLARACIONES.

  • APERTURA DE LAS PROPOSICIONES 1. Una vez realizadas las actuaciones previstas en los dos artículos anteriores, el acto público de apertura de las proposiciones se celebrará en el lugar y día que previamente se haya señalado. 2. Comenzará el acto de apertura de proposiciones dándose lectura al anuncio del contrato y procediéndose seguidamente al recuento de las proposiciones presentadas y a su confrontación con los datos que figuren en los certificados extendidos por los jefes de las oficinas receptoras de las mismas, hecho lo cual se dará conocimiento al público del número de proposiciones recibidas y nombre de los licitadores, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la mesa y en idénticas condiciones en que fueron entregados. 3. En caso de discrepancias entre las proposiciones que obren en poder de la mesa y las que como presentadas se deduzcan de las certificaciones de que dispone la misma, o que se presenten dudas sobre las condiciones xx xxxxxxx en que han debido ser custodiadas, se suspenderá el acto y se realizarán urgentemente las investigaciones oportunas sobre lo sucedido, volviéndose a anunciar, en su caso, nuevamente en el tablón de anuncios del órgano de contratación o del que se fije en los pliegos la reanudación del acto público una vez que todo haya quedado aclarado en la debida forma. 4. El Presidente manifestará el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de inadmisión de estas últimas y notificará el resultado de la calificación en los términos previstos en el artículo anterior. 5. Las ofertas que correspondan a proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las contengan no podrán ser abiertos. 6. Antes de la apertura de la primera proposición se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en este momento pueda aquélla hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones a que se refiere el artículo 81.2 de este Reglamento.

  • PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Las proposiciones se presentarán en el plazo de TREINTA Y CINCO días naturales contados desde la fecha de envío del anuncio de licitación a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea. El ultimo día del plazo, la hora límite de presentación son las 14:00 horas. En el caso de que una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación por el que corresponda presentar las ofertas (Plataforma de Contratación del Sector Público), y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en el perfil del contratante tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido. A efectos de la ampliación del plazo de presentación de oferta debido a incidencias técnicas, deberá comunicarse dicha incidencia al Ayuntamiento por cualquier medio con anterioridad al vencimiento del plazo establecido en el anuncio de licitación, para que sea posible determinar la ampliación del mismo. Si una vez ampliado el plazo no puede acreditarse fehacientemente por parte de los servicios técnicos de la Plataforma de Contratación del Sector Público la existencia de dicha incidencia, se considerarán presentadas fuera de plazo y por tanto no se admitirán las proposiciones presentadas una vez transcurrido el plazo indicado en el anuncio de licitación inicial.