Common use of EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS COBERTURAS Clause in Contracts

EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS COBERTURAS. Esta póliza no cubre: - Actos intencionados o realizados con mala fe, por el Asegurado o persona por la que deba responder, o bien derivados de la infracción o incumplimiento deliberado de las normas legales. - Daños por hechos xx xxxxxx civil o internacional, motín o tumulto popular, terrorismo, terremotos e inundaciones y otros eventos extraordinarios. - El pago de sanciones y multas de cualquier tipo. - Los daños producidos por roturas, filtraciones u oclusiones en la red de distribución de aguas, así como cualquier otro daño derivado de la actividad de distribución y suministro de agua. - Siniestro cuya cuantía indemnizatoria sea inferior a la cantidad estipulada en la póliza como franquicia. - Daños causados a bienes muebles o inmuebles que, para su uso o disfrute, manipulación, transformación, reparación, custodia, depósito o transporte hayan sido confiados, cedidos o arrendados al Asegurado. - Responsabilidades exigibles en virtud de la normativa reguladora del uso y circulación de vehículos a motor, cuando dichos daños sean objeto de regulación por la normativa sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. - Reacción o radiación nuclear o contaminación radiactiva de cualquier tipo, sea o no recogida en la legislación específica de esta materia. - Derivadas de daños causados por cualquier artefacto o aeronave destinado a la navegación o sustentación aérea. - Obligaciones asumidas en virtud de pactos o acuerdos, que no existirían de no mediar tales acuerdos. - Las reclamaciones por asbestosis o cualquier enfermedad, incluso cáncer, debidas a la fabricación, elaboración, transformación, montaje, venta o uso de amianto o de productos que lo contengan. - El Transporte, almacenamiento y distribución de material peligrosas, excepto las realizadas en virtud de la actividad del Asegurado (ejemplo: transporte o almacenamiento de fitosanitarios, productos de limpieza, etc.) - Aquellas pérdidas económicas que no sean consecuencia de un daño corporal o material amparado por la póliza, así como las pérdidas económicas que sean consecuencia de un daño corporal o material no amparado por la póliza. - Reclamaciones que sean consecuencia de las actividades de transporte de personas, trabajos en puertos o aeropuertos y minería. - Daños causados con motivo de alteraciones del orden público. - La infidelidad de las personas por las que el Asegurado deba responder. - La responsabilidad civil directa de todas aquellas personas físicas o jurídicas que efectúen por cuenta y orden del Organismo asegurado cualquier tipo de explotación industrial, obras, servicios, actividades docentes o profesionales, tales como trabajos de construcción o mantenimiento de instalaciones, organización de actos públicos, pirotecnia, venta de mercados, recogida o tratamiento de basuras y desperdicios y actividades similares. - Daños sufridos por las obras e instalaciones promovidas o en las que haya intervenido Asegurado o bien haya ejercido su actividad profesional como autor del proyecto, director o supervisor, o que en general constituyan el objeto de los trabajos desarrollados por el mismo, ya sea durante su ejecución o una vez entregadas. - Daños que sufran los participantes de una competición, ya sea amateur o profesional. Si las instalaciones están en mal estado o exista culpa o negligencia por parte del Asegurado, dicha exclusión no tendrá efecto. - Reclamaciones derivadas de daños sufridos por las personas que participen de forma activa en el desarrollo espectáculos taurinos tradicionales (encierros, suelta de reses, vaquillas, etc.), ya sean profesionales o aficionados. - Por la tenencia xx xxxxxx, embalses y similares.

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Samples: Insurance Contract, Póliza De Seguro De Responsabilidad Civil Patrimonial

EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS COBERTURAS. Esta póliza no cubre: - Actos intencionados o realizados con mala fe, por el Asegurado o persona por la que deba responder, o bien derivados de la infracción o incumplimiento deliberado de las normas legales. - Daños por hechos xx xxxxxx civil o internacional, motín o tumulto popular, terrorismo, terremotos e inundaciones y otros eventos extraordinarios. - El pago de sanciones y multas de cualquier tipo. - Los daños producidos por roturas, filtraciones u oclusiones en la red de distribución de aguas, así como cualquier otro daño derivado de la actividad de distribución y suministro de agua. - Siniestro cuya cuantía indemnizatoria sea inferior a la cantidad estipulada en la póliza como franquicia. - Daños causados a bienes muebles o inmuebles que, para su uso o disfrute, manipulación, transformación, reparación, custodia, depósito o transporte hayan sido confiados, cedidos o arrendados al AseguradoAsegurado o bien se encuentren bajo su posesión o ámbito e control. - Responsabilidades exigibles en virtud de la normativa reguladora por daños causados con motivo del uso y circulación de vehículos a motor, cuando dichos daños sean objeto de regulación por la normativa sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. - Reacción Daños por reacción o radiación nuclear o contaminación radiactiva de cualquier tipo, sea o no recogida en la legislación específica de esta materia. - Derivadas de Reclamaciones por daños causados por cualquier artefacto o aeronave destinado a la navegación aérea o sustentación aéreapor daños causados a los mismos. - Obligaciones asumidas en virtud de pactos o acuerdos, que no existirían serían legalmente exigibles en caso de no mediar existir tales acuerdos. - El resarcimiento de los daños materiales causados a bienes de los empleados y personal dependiente del asegurado. - Las reclamaciones por asbestosis o cualquier enfermedad, incluso cáncer, debidas a la fabricación, elaboración, transformación, montaje, venta o uso de amianto del amianto, o de productos que lo los contengan. - El Transporte, almacenamiento y distribución de material peligrosas, excepto las realizadas en virtud de la actividad del Asegurado (ejemplo: transporte o almacenamiento de fitosanitarios, productos de limpieza, etc.) - Aquellas pérdidas económicas que no sean consecuencia de un daño corporal o material amparado por la póliza, así como las pérdidas económicas que sean consecuencia de un daño corporal o material no amparado por la póliza. - El transporte, almacenamiento y distribución de materias peligrosas (tóxicas, explosivas, corrosivas, inflamables y combustibles). - Reclamaciones que sean consecuencia de las actividades de transporte de personas, trabajos en puertos o aeropuertos y o minería. - Daños causados con motivo de alteraciones del orden público. - La infidelidad de las personas por las que el Asegurado deba responder. - La responsabilidad civil directa de todas aquellas personas físicas o jurídicas que efectúen por cuenta y orden del Organismo asegurado Asegurado cualquier tipo de explotación industrial, obras, servicios, actividades docentes o profesionales, tales como trabajos de construcción o mantenimiento de instalaciones, organización de actos públicos, pirotecnia, venta de mercados, recogida o tratamiento de basuras y desperdicios y actividades similares. - Daños sufridos por las obras e instalaciones promovidas o en las que haya intervenido Asegurado o bien haya ejercido su actividad profesional como autor del proyecto, director o supervisor, o que en general constituyan el objeto de los trabajos desarrollados por el mismo, ya sea durante su ejecución o una vez entregadas. - Daños que sufran los participantes de una competición, ya sea amateur o profesional. Si las instalaciones están en mal estado o exista culpa o negligencia por parte del Asegurado, dicha exclusión no tendrá efecto. - Reclamaciones derivadas de daños sufridos por las personas que participen de forma activa en el desarrollo de espectáculos taurinos tradicionales (encierros, suelta de reses, vaquillas, etc.), ya sean profesionales o aficionados. - Por la tenencia xx xxxxxx, embalses o similares. - Responsabilidades de aquellos Organismos Autónomas y similaresEmpresas Públicas que no hayan sido expresamente incluidos como Asegurados en la póliza. - Las responsabilidades por daños causados, directa o indirectamente, por cualquier perturbación del estado natural del aire, de las aguas terrestres, marítimas o subterráneas, del suelo y subsuelo, y, en general, del medioambiente, provocadas por: o Emisiones, vertidos, inyecciones, depósitos, fugas, descargas, escapes, derrames o filtraciones de agentes contaminantes. o Radiaciones, ruidos, vibraciones, olores, calor, modificaciones de la temperatura, campos electromagnéticos o cualquier otro tipo de ondas. o Humos tóxicos o contaminantes originados por incendio o explosión.

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Samples: Insurance Contract

EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS COBERTURAS. Esta póliza no cubre: - Actos intencionados o realizados con mala fe, por el Asegurado o persona por la que deba responder, o bien derivados de la infracción o incumplimiento deliberado de las normas legales. - Daños por hechos xx xxxxxx civil o internacional, motín o tumulto popular, terrorismo, terremotos e inundaciones y otros eventos extraordinarios. - El pago de sanciones y multas de cualquier tipo. - Los daños producidos por roturas, filtraciones u oclusiones en la red de distribución de aguas, así como cualquier otro daño derivado de los recargos en las prestaciones establecidas en la actividad de distribución y suministro de agualegislación vigente con carácter punitivo. - Siniestro cuya cuantía indemnizatoria sea inferior a la cantidad estipulada en la póliza como franquicia. - Daños causados a bienes muebles o inmuebles que, para su uso o disfrute, manipulación, transformación, reparación, custodia, depósito o transporte hayan sido confiados, cedidos o arrendados al Asegurado. - Responsabilidades exigibles en virtud de la normativa reguladora del uso y circulación de vehículos a motor, cuando dichos daños sean objeto de regulación por la normativa sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. - Reacción o radiación nuclear o contaminación radiactiva de cualquier tipo, sea o no recogida en la legislación legisla7ción específica de esta materia. - Derivadas de daños causados por cualquier artefacto o aeronave destinado a la navegación o sustentación aérea. - Obligaciones asumidas en virtud de pactos o acuerdos, que no existirían de no mediar tales acuerdos. - Las reclamaciones • El transporte y entrega de materiales peligrosas, así como el almacenamiento, transporte y utilización de explosivos. • Quedan excluidos los daños por asbestosis contaminación medioambiental gradual, entendiendo por tal cualquier descarga, dispersión, vertido o escapes de humos, vapores, hollín, líquidos, gases o sólidos, sustancias residuales y otros contaminantes o polucionantes, o sustancias, siempre que se encuentren en estado sólido, líquido o gaseosos, sobre la superficie o penetrando dentro del suelo, a la atmósfera o agua superficial o subterránea. • Radiaciones, ruidos vibraciones, olores, calor, modificaciones de la temperatura, campos electromagnéticos o cualquier enfermedad, incluso cáncer, debidas a otro tipo de ondas. Cód. Validación: AT65YAS7T2GRLFAK6E5JMK276 | Verificación: xxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la fabricación, elaboración, transformación, montaje, venta o uso plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de amianto o de productos que lo contengan. - El Transporte, almacenamiento y distribución de material peligrosas, excepto las realizadas en virtud de la actividad del Asegurado (ejemplo: transporte o almacenamiento de fitosanitarios, productos de limpieza, etc.) - 22 • Aquellas pérdidas económicas que no sean consecuencia de un daño corporal o material amparado por la póliza, así como las pérdidas económicas que sean consecuencia de un daño corporal o material no amparado por la póliza. - • Daños derivados de los riesgos de ordenación de tráfico. • Reclamaciones que sean consecuencia de las actividades de transporte de personas, trabajos en puertos o aeropuertos y minería. - • Daños ocasionados entre sí por los educandos en escuelas e institutos municipales, o sufridos por aquellos al practicar deportes manifiestamente peligrosos. • Daños causados con motivo de alteraciones del orden público. - La infidelidad de las personas • Daños sufridos por las los participantes en encierros, capeas y festejos taurinos en general, (entendiéndose por participante a toda persona que se encuentre en el Asegurado deba responder. - La responsabilidad civil directa de todas aquellas personas físicas momento del accidente en el recomido, ruedo o jurídicas lugar donde se celebran tales festejos) así como los daños padecidos por los artistas (profesionales o aficionados) que efectúen por cuenta y orden del Organismo asegurado intervengan en cualquier tipo de explotación industrialespectáculo, obrassus pertenencias y los locales donde tenga lugar la celebración. • Las reclamaciones por incumplimiento de las obligaciones contractuales del empresario de carácter general. • Daños materiales, servicioscorporales y perjuicios causados directa o indirectamente, actividades docentes total o parcialmente por: . Hongos o esporas. . Sustancias, vapores o gases producidos o provenientes de hongos y/o esporas. . Cualquier material, producto, componente o estructura que contenga, acoja, alimente o sirva como medio de desarrollo de hongos y/o esporas. Por lo que respecta a la responsabilidad civil patronal, se excluye:  Cualquier prestación que deba ser objeto del Seguro Obligatorio de Accidentes de Trabajo y enfermedades profesionales o de la seguridad social, los cuales en ningún caso podrá sustituir o complementar esta póliza. Es decir, las reclamaciones por enfermedades profesionales, tales calificadas o no por la Seguridad Social, así como trabajos por enfermedades psíquicas, cerebrales o similares, que deberán estar cubiertas por los seguros obligatorios que el Excmo. Ayuntamiento de construcción o mantenimiento Epila tiene suscritos para sus empleados (Seguro de instalacionesAccidentes y enfermedades profesionales). Cód. Validación: AT65YAS7T2GRLFAK6E5JMK276 | Verificación: xxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 22  Las sanciones de cualquier tipo, organización de actos públicos, pirotecnia, venta de mercados, recogida o tratamiento de basuras y desperdicios y actividades similares. - Daños sufridos por tanto las obras e instalaciones promovidas o multas como los recargos en las que haya intervenido Asegurado o bien haya ejercido su actividad profesional como autor del proyectoindemnizaciones exigidas por la legislación laboral, director o supervisor, o que en general constituyan el objeto de los trabajos desarrollados por el mismo, ya sea durante su ejecución o una vez entregadas. - Daños que sufran los participantes de una competición, ya sea amateur o profesional. Si especial las instalaciones están en mal estado o exista culpa o negligencia por parte del Asegurado, dicha exclusión no tendrá efecto. - Reclamaciones derivadas de daños sufridos reclamaciones por incumplimiento de las personas que participen de forma activa en el desarrollo espectáculos taurinos tradicionales (encierros, suelta de reses, vaquillas, etc.)obligaciones laborales, ya sean profesionales contractuales o aficionadoslegales, respecto de los trabajadores directamente dependientes del Excmo. - Por la tenencia xx xxxxxxAyuntamiento de Epila, embalses sobre seguridad social, pago de salarios o similares, y similarespor incumplimiento voluntario de las normas de seguridad e higiene en el trabajo.

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Samples: Contract for Insurance Services

EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS COBERTURAS. Esta póliza no cubreQuedan excluidos de todas las coberturas de la póliza: - Guerras, medie o no declaración oficial, levantamientos populares o militares, insurrección, rebelión, revolución u operaciones bélicas de cualquier clase, aún en tiempo xx xxx. - Actos intencionados administrativos normativos, tanto generales como singulares. - Alborotos populares, motines, disturbios, sabotaje, huelgas y/o realizados cierre patronal. - Fenómenos naturales, tales como terremoto, temblores de tierra, deslizamiento o corrimiento de tierras, tempestades, huracanes, riadas y otros eventos de carácter extraordinario. - Los efectos mecánicos, térmicos, radiactivos y la contaminación, debidos a reacciones o transmutaciones nucleares cualesquiera que sea la causa que los produzca, así como las radiaciones ionizantes. - Los gastos de descontaminación, búsqueda y recuperación de isótopos radiactivos de cualquier naturaleza y aplicación. - Las responsabilidades contractuales del asegurado que excedan de la legal. - Responsabilidades civiles/patrimoniales derivadas de actos u omisiones intencionadas, dolosas o fraudulentas, así como la que pudiera resultar de la inobservancia dolosa de las disposiciones legales relacionadas con mala feel riesgo asegurado. - Las multas, así como por el Asegurado las consecuencias de su impago y penalizaciones de cualquier clase. - Los perjuicios que puedan sufrir terceros cuando no sean consecuencia directa de un daño corporal o persona material cubierto por la que deba responder, o bien derivados de la infracción o incumplimiento deliberado de las normas legalespóliza. - Daños y perjuicios a consecuencia de riesgos que deban de ser objeto de cobertura por hechos xx xxxxxx civil o internacional, motín o tumulto popular, terrorismo, terremotos e inundaciones y otros eventos extraordinariosun seguro obligatorio. - El pago Los daños a consecuencia directa de sanciones circulación, ocasionados por los vehículos de los que sea propietario, arrendatario, vigilante o usuario el asegurado, y multas que deben estar asegurados por una póliza de automóvil. - Los daños por asbesto en estado natural o sus productos, así como los daños relacionados con operaciones y actividades expuestas a polvo que contenga fibras de amianto. - La prestación de fianzas y la defensa judicial que puedan tener su origen en siniestros no amparados por esta póliza. - Transmisión de encefalopatías espongiformes. - Reclamaciones por daños corporales causados por campos electromagnéticos. - Daños y perjuicios causados por embarcaciones o aeronaves, de cualquier tipo. - Suministro de gas y electricidad. - Tenencia xx xxxxxx y embalses. - Explotación de metros, ferrocarriles y explotaciones portuarias. - Daños causados por la Policía local con ocasión de alborotos y desordenes. - Daños sufridos por los participantes en encierros, capeas y festejos taurinos en general (entendiéndose por participante a toda persona que se encuentre en el momento del accidente en el recorrido, ruedo o lugar donde se celebren tales festejos), así como los daños padecidos por los artistas (profesionales o aficionados) que intervengan en cualquier tipo de espectáculo. - Responsabilidad directa de empresas o personas encargadas, mediante contrato o concesión, del mantenimiento, conservación o reparación de inmuebles e instalaciones municipales, o de la explotación directa de bienes o servicios municipales o municipalizados (retirada de basuras, puestos en mercados, almacenes generales, establecimientos similares). - Trabajos en puertos o aeropuertos. - Explotación de institutos bancarios o de crédito. - Los daños a los bienes directamente trabajados. - Los daños causados a obras, edificios, y/o instalaciones, bien sean éstos preexistentes o sean objeto de los trabajos del asegurado. Igualmente quedaran excluidos los daños a los aparatos, equipos y materiales utilizados en dichas obras, edificios y/o instalaciones. - La responsabilidad civil de hospitales y clínicas, actividades sanitarias y/o profesiones sanitarias. - Bancos de sangre, los daños que tengan su origen en la extracción, transfusión y/o conservación de la sangre o plasma sanguíneo. - Las reclamaciones derivadas de diagnosis del Sida, o transmisión del Sida o agentes patógenos del mismo. - Las reclamaciones producidas por legionelosis ocasionada por la falta de mantenimiento de las instalaciones de los asegurados. Esta exclusión no se aplicará si se demuestra por parte del asegurado que se han realizado las tareas de mantenimiento necesarias para prevenir la misma de conformidad con lo exigido por la normativa que resulte de aplicación. - Los daños producidos por roturascausa o a consecuencia, filtraciones u oclusiones directa o indirecta, de terrorismo, independientemente de que existan otras causas o eventos que hayan contribuido al siniestro, concurrentemente o en la red cualquier otra secuencia. - Las pérdidas, daños o gastos directa o indirectamente causados por cualquier acción para controlar, prevenir, suprimir, tomar represalias o responder a cualquier acto de distribución de aguasterrorismo, así como cualquier otro daño derivado pérdida de beneficio o paralización del negocio causada por cualquier acto de terrorismo. Como exclusiones específicas para la cobertura de responsabilidad civil patronal o por accidentes de trabajo, además, las siguientes: - Indemnizaciones por accidentes excluidos de la actividad cobertura del seguro de distribución y suministro accidentes de aguatrabajo. - Siniestro cuya cuantía indemnizatoria sea inferior a la cantidad estipulada en la póliza Indemnizaciones y gastos de asistencia originados por enfermedad profesional, así como franquicia. - Daños causados a bienes muebles por enfermedades psíquicas, cerebrales o inmuebles que, para su uso o disfrute, manipulación, transformación, reparación, custodia, depósito o transporte hayan sido confiados, cedidos o arrendados al Asegurado. - Responsabilidades exigibles en virtud de la normativa reguladora del uso y circulación de vehículos a motor, cuando dichos daños sean objeto de regulación por la normativa sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. - Reacción o radiación nuclear o contaminación radiactiva de cualquier tipo, sea o no recogida en la legislación específica de esta materia. - Derivadas de daños causados por cualquier artefacto o aeronave destinado a la navegación o sustentación aérea. - Obligaciones asumidas en virtud de pactos o acuerdos, que no existirían de no mediar tales acuerdoscoronarias. - Las reclamaciones por asbestosis o cualquier enfermedad, incluso cáncer, debidas a la fabricación, elaboración, transformación, montaje, venta o uso de amianto o de productos que lo contengan. - El Transporte, almacenamiento y distribución de material peligrosas, excepto las realizadas en virtud de la actividad del Asegurado (ejemplo: transporte o almacenamiento de fitosanitarios, productos de limpieza, etc.) - Aquellas pérdidas económicas que no sean consecuencia de un daño corporal o material amparado por la póliza, así como las pérdidas económicas que sean consecuencia de un daño corporal o material no amparado por la póliza. - Reclamaciones que sean consecuencia incumplimiento de las actividades obligaciones de transporte de personas, trabajos en puertos o aeropuertos y minería. - Daños causados con motivo de alteraciones del orden público. - La infidelidad de las personas por las que el Asegurado deba responder. - La responsabilidad civil directa de todas aquellas personas físicas o jurídicas que efectúen por cuenta y orden del Organismo asegurado cualquier tipo de explotación industrial, obras, servicios, actividades docentes o profesionales, tales como trabajos de construcción o mantenimiento de instalaciones, organización de actos públicos, pirotecnia, venta de mercados, recogida o tratamiento de basuras y desperdicios y actividades similares. - Daños sufridos por las obras e instalaciones promovidas o en las que haya intervenido Asegurado o bien haya ejercido su actividad profesional como autor del proyecto, director o supervisor, o que en general constituyan el objeto de los trabajos desarrollados por el mismo, ya sea durante su ejecución o una vez entregadas. - Daños que sufran los participantes de una competición, ya sea amateur o profesional. Si las instalaciones están en mal estado o exista culpa o negligencia por parte del Asegurado, dicha exclusión no tendrá efecto. - Reclamaciones derivadas de daños sufridos por las personas que participen de forma activa en el desarrollo espectáculos taurinos tradicionales (encierros, suelta de reses, vaquillas, etc.)laboral, ya sean profesionales contractuales o aficionadoslegales, referentes a la Seguridad Social, seguro de accidentes de trabajo, pago de salarios y similares, y los previstos y acordados por convenios colectivos o particulares. - Por Las indemnizaciones por daños materiales a bienes propiedad del personal asalariado. - Las reclamaciones por accidentes que sufran el propio tomador del seguro o el asegurado y/o sus socios, representantes o apoderados que con él compartan la tenencia xx xxxxxxdirección de la empresa. - Multas, embalses y similarespenalizaciones o recargos establecidos en la legislación laboral o de Seguridad Social vigente, o las consecuencias de su impago.

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Samples: Insurance Agreement

EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS COBERTURAS. Esta póliza no cubre: - Actos intencionados o realizados con mala fe, por el Asegurado o persona por la que deba responder, o bien derivados de la infracción o incumplimiento deliberado de las normas legales. - Daños por hechos xx xxxxxx civil o internacional, motín o tumulto popular, terrorismo, terremotos e inundaciones y otros eventos extraordinarios. - El pago de sanciones y multas de cualquier tipo. - Los daños producidos por roturas, filtraciones u oclusiones en la red de distribución de aguas, así como cualquier otro daño derivado de la actividad de distribución y suministro de agua. - Siniestro cuya cuantía indemnizatoria sea inferior a la cantidad estipulada en la póliza como franquicia. - Daños causados a bienes muebles o inmuebles que, para su uso o disfrute, manipulación, transformación, reparación, custodia, depósito o transporte hayan sido confiados, cedidos o arrendados al Asegurado. - Responsabilidades exigibles en virtud de la normativa reguladora del uso y circulación de vehículos a motor, cuando dichos daños sean objeto de regulación por la normativa sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. - Toda reclamación por Perjuicios Patrimoniales Primarios que no sea consecuencia de un hecho generador de carácter accidental, extraordinario o aleatorio. - Reacción o radiación nuclear o contaminación radiactiva de cualquier tipo, sea o no recogida en la legislación específica de esta materia. - Derivadas de daños causados por cualquier artefacto o aeronave destinado a la navegación o sustentación aérea. - Obligaciones asumidas en virtud de pactos o acuerdos, que no existirían de no mediar tales acuerdos. - Las reclamaciones por asbestosis o cualquier enfermedad, incluso cáncer, debidas a la fabricación, elaboración, transformación, montaje, venta o uso de amianto o de productos que lo contengan. - Las responsabilidades por daños causados, directa o indirectamente, por cualquier perturbación del estado natural del aire, de las aguas terrestres, marítimas o subterráneas, del suelo y subsuelo, y, en general, del medioambiente, provocadas por: - Emisiones, vertidos, inyecciones, depósitos, fugas, descargas, escapes, derrames o filtraciones de agentes contaminantes. - Radiaciones, ruidos, vibraciones, olores, calor, modificaciones de la temperatura, campos electromagnéticos o cualquier otro tipo de ondas. - El Transportetransporte, almacenamiento almacenamiento, y distribución de material peligrosasmaterias peligrosas ( toxicas, excepto las realizadas en virtud de la actividad del Asegurado (ejemplo: transporte o almacenamiento de fitosanitariosexplosivas, productos de limpiezacorrosivas, etc.inflamables y combustibles) - Aquellas pérdidas económicas que no sean consecuencia de un daño corporal o material amparado por la póliza, así como las pérdidas económicas que sean consecuencia de un daño corporal o material no amparado por la póliza. - Reclamaciones que sean consecuencia de las actividades de transporte de personas, trabajos en puertos o aeropuertos y minería. - Daños causados con motivo de alteraciones del orden público. - La infidelidad de las personas por las que el Asegurado deba responder. - La responsabilidad civil directa de todas aquellas personas físicas o jurídicas que efectúen por cuenta y orden del Organismo asegurado cualquier tipo de explotación industrial, obras, servicios, actividades docentes o profesionales, tales como trabajos de construcción o mantenimiento de instalaciones, organización de actos públicos, pirotecnia, venta de mercados, recogida o tratamiento de basuras y desperdicios y actividades similares. - Daños sufridos por las obras e instalaciones promovidas o en las que haya intervenido Asegurado o bien haya ejercido su actividad profesional como autor del proyecto, director o supervisor, o que en general constituyan el objeto de los trabajos desarrollados por el mismo, ya sea durante su ejecución o una vez entregadas. - Daños que sufran los participantes de una competición, ya sea amateur o profesional. Si las instalaciones están en mal estado o exista culpa o negligencia por parte del Asegurado, dicha exclusión no tendrá efecto. - Reclamaciones derivadas de daños sufridos por las personas que participen de forma activa en el desarrollo de espectáculos taurinos tradicionales (encierros, suelta de reses, vaquillas, etc.), ya sean profesionales o aficionados. - Por la tenencia xx xxxxxx, embalses y similares.

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Samples: Seguro De Responsabilidad Civil/Patrimonial

EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS COBERTURAS. Esta póliza no cubreAdemás de las exclusiones específicas establecidas en cada garantía, en ningún caso cubriremos los daños, orígenes de daños o responsabilidades que provengan directa o indirectamente de: - Actos intencionados La conducta dolosa o realizados la negligencia grave por parte del Tomador o del Asegurado; - Reacción nuclear o radiación o contaminación radiactiva y cualquier otro daño relacionado con los riesgos de la energía nuclear; - Guerra, invasión, conflicto armado, acto del enemigo extranjero, hostilidades u operaciones asimiladas a actos xx xxxxxx (declaradas o no), guerra civil, motín, desorden público que tome las proporciones de una insurrección popular o asimilada a ella, revuelta militar, insurrección rebelión, revolución, poder militar o usurpado, xxx xxxxxxx, confiscación, nacionalización, requisición, destrucción o daño a la propiedad por o bajo las órdenes de cualquier gobierno o autoridad local acciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas de Seguridad incluso en tiempo xx xxx; - Terrorismo, disturbios o conmoción civil, reuniones ilegales, manifestaciones o huelga; - Los vicios, defectos o daños existentes en los bienes asegurados en el momento de la contratación del seguro, así como los errores de diseño, errores de instalación o defectos de construcción; - Daños causados por la falta de mantenimiento evidente; - Los daños debidos al uso o desgaste normal de los bienes; - Daños debidos a la mala feconservación del origen del siniestro; - Daños cubiertos por la garantía o seguro del fabricante, instalador, del reparador o del vendedor; - Causado en una vivienda que carece de los requisitos administrativos necesarios para ser habitada; - Causados por acontecimientos extraordinarios cubiertos por el Asegurado o persona Consorcio de Compensación de Seguros. Se entiende que estos siniestros no serán cubiertos por la que deba responderaseguradora sino por el Consorcio según el Anexo 1 ; - Daños debidos a desprendimientos, hundimientos o reblandecimiento del terreno; - Producido por termitas, polillas, gusanos, roedores o cualquier tipo de plagas o insectos; - Los daños debidos a, o bien en relación con, o causados directa o indirectamente por el amianto o asbesto, sus fibras o derivados. Esta exclusión se aplica a todas las coberturas, a cualquier tipo de responsabilidad y a cualquier demandante; - El ejercicio de cualquier actividad profesional, comercial o asociativa y los daños derivados de la infracción o incumplimiento deliberado dedicación de las normas legales. - Daños por hechos xx xxxxxx civil o internacional, motín o tumulto popular, terrorismo, terremotos e inundaciones y otros eventos extraordinarios. - El pago la vivienda asegurada a actividades distintas de sanciones y multas de cualquier tipo. - Los daños producidos por roturas, filtraciones u oclusiones en la red de distribución de aguasvivienda, así como cualquier otro daño derivado de la actividad de distribución el mobiliario, ajuar, muestras y suministro de agua. - Siniestro cuya cuantía indemnizatoria sea inferior a la cantidad estipulada en la póliza como franquicia. - Daños causados a bienes muebles o inmuebles que, para su uso o disfrute, manipulación, transformación, reparación, custodia, depósito o transporte hayan sido confiados, cedidos o arrendados al Asegurado. - Responsabilidades exigibles en virtud de la normativa reguladora del uso y circulación de vehículos a motor, cuando dichos daños sean objeto de regulación por la normativa sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. - Reacción o radiación nuclear o contaminación radiactiva materiales propios de cualquier tipoactividad comercial o profesional; - Cualquier siniestro, ciberataque o incidente cibernético, daños, responsabilidades, reclamaciones, costes y gastos de cualquier naturaleza cuya finalidad sea afectar indiscriminadamente, de forma puntual o no recogida en la legislación específica durante un periodo de esta materia. tiempo, a grupos de personas o afectados; - Derivadas Cualquier ocurrencia que pueda ser cubierta por otra póliza de daños causados por cualquier artefacto o aeronave destinado a la navegación o sustentación aérea. seguro, salvo que se hayan agotado las garantías específicas antes mencionadas y con carácter complementario ; - Obligaciones asumidas en virtud de pactos o acuerdos, que no existirían de no mediar tales acuerdos. - Las reclamaciones por asbestosis o cualquier enfermedad, incluso cáncer, debidas a la fabricación, elaboración, transformación, montaje, venta o uso de amianto o de productos que lo contengan. - El Transporte, almacenamiento y distribución de material peligrosas, excepto las realizadas en virtud de la actividad del Asegurado (ejemplo: transporte o almacenamiento de fitosanitarios, productos de limpieza, etc.) - Aquellas pérdidas Pérdidas económicas que no sean consecuencia de un daño corporal daños corporales o material amparado materiales cubiertos por la esta póliza, así como las pérdidas económicas que sean consecuencia de un daño corporal o material no amparado por la póliza. ; - Reclamaciones que sean consecuencia de las actividades de transporte de personas, trabajos en puertos o aeropuertos y minería. - Daños causados con motivo de alteraciones del orden público. - La infidelidad de las personas por las que el Asegurado deba responder. - La responsabilidad civil directa de todas aquellas personas físicas o jurídicas que efectúen por cuenta y orden del Organismo asegurado cualquier tipo de explotación industrial, obras, servicios, actividades docentes o profesionales, tales como trabajos de construcción o mantenimiento de instalaciones, organización de actos públicos, pirotecnia, venta de mercados, recogida o tratamiento de basuras y desperdicios y actividades similares. - Daños sufridos por las obras e instalaciones promovidas o en las que haya intervenido Asegurado o bien haya ejercido su actividad profesional como autor del proyecto, director o supervisor, o que en general constituyan el objeto de los trabajos desarrollados por el mismo, ya sea durante su ejecución o una vez entregadas. - Daños que sufran los participantes de una competición, ya sea amateur o profesional. Si las instalaciones están en mal estado o exista culpa o negligencia por parte del Asegurado, dicha exclusión no tendrá efecto. - Reclamaciones derivadas de daños sufridos por las personas que participen de forma activa Contenido situado en el desarrollo espectáculos taurinos tradicionales (encierrosexterior, suelta de reses, vaquillas, etcexcepto placas solares cubiertas en la póliza ; - Viviendas alquiladas o subarrendadas.), ya sean profesionales o aficionados. - Por la tenencia xx xxxxxx, embalses y similares.

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Samples: Seguro De Hogar

EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS COBERTURAS. Esta póliza no cubre: - Actos intencionados o realizados con mala fe, por el Asegurado o persona por la que deba responder, o bien derivados de la infracción o incumplimiento deliberado de las normas legales. - Daños por hechos xx xxxxxx civil o internacional, motín o tumulto popular, terrorismo, terremotos e inundaciones y otros eventos extraordinarios. - El pago de sanciones y multas de cualquier tipo. - Los daños producidos por roturas, filtraciones u oclusiones en la red de distribución de aguas, así como cualquier otro daño derivado de la actividad de distribución y suministro de agua. - Siniestro cuya cuantía indemnizatoria sea inferior a la cantidad estipulada en la póliza como franquicia. - Daños causados a bienes muebles o inmuebles que, para su uso o disfrute, manipulación, transformación, reparación, custodia, depósito o transporte hayan sido confiados, cedidos o arrendados al AseguradoAsegurado o bien se encuentren bajo su posesión o ámbito de control. - Responsabilidades exigibles en virtud de la normativa reguladora del uso y circulación de vehículos a motor, cuando dichos daños sean objeto de regulación por la normativa sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. - Reacción o radiación nuclear o contaminación radiactiva de cualquier tipo, sea o no recogida en la legislación específica de esta materia. - Derivadas de daños causados por cualquier artefacto o aeronave destinado a la navegación o sustentación aérea. - Obligaciones asumidas en virtud de pactos o acuerdos, que no existirían de no mediar tales acuerdos. - Las reclamaciones por asbestosis o cualquier enfermedad, incluso cáncer, debidas a la fabricación, elaboración, transformación, montaje, venta o uso de amianto o de productos que lo contengan. - Las responsabilidades por daños causados, directa o indirectamente, por cualquier perturbación del estado natural del aire, de las aguas terrestres, marítimas o subterráneas, del suelo y subsuelo, y, en general, del medioambiente, provocadas por: - Emisiones, vertidos, inyecciones, depósitos, fugas, descargas, escapes, derrames o filtraciones de agentes contaminantes. - Radiaciones, ruidos, vibraciones, olores, calor, modificaciones de la temperatura, campos electromagnéticos o cualquier otro tipo de ondas. - Humos tóxicos o contaminantes originados por incendio o explosión. - El Transportetransporte, almacenamiento almacenamiento, y distribución de material peligrosasmaterias peligrosas ( toxicas, excepto las realizadas en virtud de la actividad del Asegurado (ejemplo: transporte o almacenamiento de fitosanitariosexplosivas, productos de limpiezacorrosivas, etc.inflamables y combustibles) - Aquellas pérdidas económicas que no sean consecuencia de un daño corporal o material amparado por la póliza, así como las pérdidas económicas que sean consecuencia de un daño corporal o material no amparado por la póliza. - Reclamaciones que sean consecuencia de las actividades de transporte de personas, trabajos en puertos o aeropuertos y minería. - Daños causados con motivo de alteraciones del orden público. - La infidelidad de las personas por las que el Asegurado deba responder. - La responsabilidad civil directa de todas aquellas personas físicas o jurídicas que efectúen por cuenta y orden del Organismo asegurado cualquier tipo de explotación industrial, obras, servicios, actividades docentes o profesionales, tales como trabajos de construcción o mantenimiento de instalaciones, organización de actos públicos, pirotecnia, venta de mercados, recogida o tratamiento de basuras y desperdicios desperdicios, y actividades similares. Queda excluida las responsabilidades civiles directas de los concesionarios o contratistas de la Administración. - Daños sufridos por las obras e instalaciones promovidas o en las que haya intervenido Asegurado o bien haya ejercido su actividad profesional como autor del proyecto, director o supervisor, o que - en general - constituyan el objeto de los trabajos desarrollados por el mismo, ya sea durante su ejecución o una vez entregadas. - Daños que sufran los participantes de una competición, ya sea amateur o profesional. Si las instalaciones están en mal estado o exista culpa o negligencia por parte del Asegurado, dicha exclusión no tendrá efecto. - Reclamaciones derivadas de daños sufridos por las personas que participen de forma activa en el desarrollo espectáculos taurinos tradicionales (encierros, suelta de reses, vaquillas, etc.), ya sean profesionales o aficionados. - Por la tenencia xx xxxxxx, embalses y similares.

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Samples: Seguro De Responsabilidad Civil/Patrimonial

EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS COBERTURAS. Esta póliza Cualquier exclusión adicional que no cubre: contravenga el espíritu de este contrato. - Actos intencionados o realizados con mala fe, por el Asegurado o persona por la que deba responder, o bien derivados de la infracción o incumplimiento deliberado de las normas legalesgenerales. - Daños por hechos xx xxxxxx civil o internacional, motín o tumulto popular, terrorismo, terremotos e inundaciones y otros eventos extraordinarios. - El pago de sanciones y multas de cualquier tipo. - Los daños producidos por roturas, filtraciones u oclusiones en la red de distribución de aguas, así como cualquier otro daño derivado de la actividad de distribución y suministro de agua. - Siniestro cuya cuantía indemnizatoria sea inferior a la cantidad estipulada en la póliza como franquicia. - Daños causados a bienes muebles o inmuebles que, para su uso o disfrute, manipulación, transformación, reparación, custodia, depósito o transporte hayan sido confiados, cedidos o arrendados al AseguradoAsegurado o bien se encuentren bajo su posesión o ámbito de control. - Responsabilidades exigibles en virtud de la normativa reguladora del uso y circulación de vehículos a motor, cuando dichos daños sean objeto de regulación por la normativa sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. - Reacción o a radiación nuclear o contaminación radiactiva de cualquier tipo, tipo sea o no recogida en la legislación específica de esta materia. - Derivadas de daños causados por cualquier artefacto o aeronave destinado a la navegación o sustentación aérea. - Obligaciones asumidas en virtud de pactos o acuerdos, que no existirían de no mediar tales acuerdos. - Los daños materiales sufridos por el personal al servicio del Asegurado, contratistas, subcontratistas, propietario de las obras y personal de todos ellos, a excepción de los daños a la obra cubiertos en el apartado – responsabilidad cruzada –. - Los daños sufridos por las obras y trabajos ejecutados por el Asegurado o sus subcontratistas, así como los causados a los aparatos, equipos y materiales utilizados – propios de terceros – y a los terrenos e instalaciones del propietario de la obra. - En el supuesto de que las obras o trabajos se efectúen en domicilios particulares de terceros, se considerarán excluidos solamente aquellos bienes sobre los que esté operando directamente en el momento de la ocurrencia de los daños y que constituyan el objeto directo de la actividad asegurada. - A efectos de esta póliza tienen también la consideración de obra realizada por el Asegurado o sus subcontratistas las partes circundantes, instalaciones, equipos y accesorios que, aun no resultando inmediatamente afectadas por los trabajos realizados, hayan de ser de obligada manipulación o uso para la ejecución de los mismos, o se hallen de tal manera situadas con respecto a las partes directamente trabajadas que, objetivamente, haya de entenderse extendida también a ellas la actividad del Asegurado o subcontratistas. - La responsabilidad que pudiera corresponder directamente a otros contratistas, subcontratistas, promotores, técnicos y demás personas sin relación de dependencia laboral con el Asegurado. - La cesión onerosa o gratuita a terceros – a título de arrendamiento, préstamo, leasing, etc., - de maquinaria o utillaje de todo tipo. - La confección de proyectos y la supervisión o dirección técnica de obras que no sean ejecutadas por el Asegurado. - Las reclamaciones por asbestosis o cualquier enfermedad, incluso incluido el cáncer, debidas a la fabricación, elaboración, transformación, montaje, montaje venta o uso de amianto o de productos que lo contengan. - El TransporteDe igual modo, almacenamiento y distribución de material peligrosasno quedan cubiertos, excepto las realizadas en virtud salvo pacto expreso, los riesgos derivados de la actividad ejecución de trabajos de construcción, transformación o reparación de, obras marítimas, aeropuertos, vías férreas o metropolitanas, oleoductos, gaseoductos y, en general, los resultantes de la realización de construcciones singulares proyectadas mediante diseños inhabituales o en los que se empleen técnicas no usuales. - Los daños producidos por la utilización de explosivos, aun cuando los trabajos sean llevados a cabo por personal especializado. No obstante, en caso de incluirse expresamente esta cobertura , no se ampararán, en ningún caso, los daños causados a bienes situados dentro de un radio de 150 metros, contados a partir del Asegurado (ejemplo: punto de colocación de la carga explosiva, ni aquellos otros que se originen con ocasión del almacenamiento, custodia o transporte de los citados explosivos. - La contaminación del suelo, las aguas y la atmósfera, a menos que su causa sea accidental, súbita y no prevista ni esperada por el Asegurado. En este sentido se considerarán, en todo caso, excluidos de las coberturas de la póliza los daños por contaminación originada por sobrepasarse de forma continuada o almacenamiento reiterada los niveles de fitosanitariosemisión autorizados o la que tenga por causa el que las instalaciones se encuentren en mal estado de conservación o mantenimiento advertido por el Asegurado. queda excluido del contrato cualquier reclamación por responsabilidad medioambiental basada en la ley 26/2007, productos de limpieza23 de octubre, etc.) - Aquellas pérdidas económicas de responsabilidad medioambiental, y normativa de desarrollo, que fuera exigida o exigible por parte de la administración pública EXCLUSIONES DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE ACCIDENTES DE TRABAJO  Las Responsabilidades por hechos que no sean consecuencia calificados como accidente de un daño corporal trabajo o material amparado por la pólizaque estén excluidos del Seguro de Accidentes de Trabajo, así como las pérdidas económicas reclamaciones de trabajadores que sean no estén dados de alta a los efectos del Seguro Obligatorio de Accidentes de Trabajo o no tengan el Seguro Obligatorio del régimen especial procedente (Autónomos, etc. ).  Las indemnizaciones y gastos de asistencia por enfermedad profesional o bien por enfermedades no profesionales que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, así como el infarto de miocardio, trombosis, hemorragia cerebral y enfermedades de similar etiología.  Cualquier género de multas y sanciones, así como los recargos en las prestaciones establecidas en la legislación vigente con carácter punitivo.  Las reclamaciones por incumplimiento de las obligaciones contractuales del empresario de carácter general de las que no se deriven daños corporales.  El resarcimiento de los daños materiales.  Responsabilidades de Contratistas y Subcontratistas que no tengan la consideración de Asegurados por la presente póliza. EXCLUSIONES DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE PRODUCTOS. - Los daños o defectos que sufran los propios trabajos o servicios. - Los gastos o indemnizaciones derivadas de la inspección, reparación, demolición, sustitución o pérdida de uso de las obras o trabajos a consecuencia de un daño corporal defecto o material no amparado por la pólizavicio conocido o presunto. - Reclamaciones Los perjuicios resultantes del hecho de que sean consecuencia las obras o trabajos o servicios no puedan desempeñar la función para la que están destinados, o no respondan a las cualidades o características anunciadas. - Los daños ocasionados por obras y trabajos que se hayan realizado con infracción deliberada de las actividades cualquier norma de transporte de personasderecho positivo aplicable al respecto, y los originados por obras, trabajos o servicios cuya técnica no haya sido experimentada adecuadamente, conforme las reglas comúnmente reconocidas y de aplicación a tales supuestos, así como por desviaciones voluntarias de instrucciones aportadas por el propietario o contratante en puertos el caso de que el Asegurado se configure como contratista o aeropuertos subcontratista. EXCLUSIONES DE LA COBERTURA DE PROTECCIÓN DE DATOS - Responsabilidades personales de los Administradores Sociales e integrantes de la alta Dirección formuladas al amparo de la Ley de Sociedades Anónimas y mineríadisposiciones complementarias, por negligencia en su gestión como tales. - Daños causados con motivo materiales, pérdida o extravío de alteraciones dinero, signos pecuniarios en general, valores y efectos al portador o a la orden endosados en blanco. - El ejercicio de actividades distintas a las contempladas en las disposiciones legales que regulan la profesión objeto del orden públicoseguro. - La infidelidad de las personas por las que el Asegurado deba responder. - La responsabilidad civil directa de todas aquellas personas físicas violación dolosa o jurídicas que efectúen por cuenta y orden del Organismo asegurado cualquier tipo de explotación industrial, obras, servicios, actividades docentes o profesionales, tales como trabajos de construcción o mantenimiento de instalaciones, organización de actos públicos, pirotecnia, venta de mercados, recogida o tratamiento de basuras y desperdicios y actividades similares. - Daños sufridos por las obras e instalaciones promovidas o en las que haya intervenido Asegurado o bien haya ejercido su actividad intencionada xxx xxxxxxx profesional como autor del proyecto, director o supervisor, o que en general constituyan el objeto de los trabajos desarrollados por el mismo, ya sea durante su ejecución o una vez entregadas. - Daños que sufran los participantes de una competición, ya sea amateur o profesional. Si las instalaciones están en mal estado o exista culpa o negligencia por parte del Asegurado, dicha exclusión no tendrá efecto. - Reclamaciones derivadas de daños sufridos ocasionados por las haberse desviado a sabiendas de la ley, disposiciones, instrucciones o condiciones de los clientes o de personas que participen de forma activa en el desarrollo espectáculos taurinos tradicionales (encierrosautorizadas por ellos, suelta de reses, vaquillas, etc.), ya sean profesionales o aficionadospor cualquier infracción del deber profesional hecha a sabiendas. - Por Reclamaciones y/o derivadas del incumplimiento de la tenencia xx xxxxxx, embalses y similaresobligación legal de someterse a auditoría o reclamaciones y/o que tengan su origen en salvedades contenidas en informes de auditoría.

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Samples: Insurance Agreement