Factura electrónica. El contratista estará obligado a la utilización del formato electrónico para la expedición y remisión de facturas al Ayuntamiento. En caso de contratista que no disponga de sistema propio de facturación electrónica, está disponible a través de la web municipal, la herramienta que le permita llevar a cabo la expedición de la factura electrónica, así como la obtención del documento impreso con las marcas gráficas de autenticación generadas según la especificación PDF-417, para su recepción, en el formato electrónico “facturae 3.2”, por la unidad administrativa a la que pertenece el expediente así como por el funcionario responsable de su conformación. En caso de contratista que disponga de sistema propio de facturación electrónica, será obligatorio la utilización del formato “facturae 3.2”utilizado por la Agencia Tributaria. En ambos casos, únicamente, serán admisibles las facturas electrónicas que hayan sido firmadas mediante una firma electrónica avanzada, basada en un certificado reconocido, generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma. En cuanto a la autoridad de certificación, se reconocen como válidos los certificados expedidos por las empresas prestadoras de servicios que cuenten con la conformidad de CIMUBISA.
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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Servicios Por El Procedimiento Abierto Con Varios Criterios De Adjudicacion (Concurso, Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Servicios Por El Procedimiento Abierto Ordinario, Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Servicios Por El Procedimiento Abierto Simplificado
Factura electrónica. El contratista estará obligado a la utilización del formato electrónico para la expedición y remisión de facturas al Ayuntamiento. En caso de contratista que no disponga de sistema propio de facturación electrónica, está disponible a través de la web municipal, la herramienta que le permita llevar a cabo la expedición de la factura electrónica, así como la obtención del documento impreso con las marcas gráficas de autenticación generadas según la especificación PDF-417PDF- 417, para su recepción, en el formato electrónico “facturae 3.2”, por la unidad administrativa a la que pertenece el expediente así como por el funcionario responsable de su conformación. En caso de contratista que disponga de sistema propio de facturación electrónica, será obligatorio la utilización del formato “facturae 3.2”utilizado por la Agencia Tributaria. En ambos casos, únicamente, serán admisibles las facturas electrónicas que hayan sido firmadas mediante una firma electrónica avanzada, basada en un certificado reconocido, generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma. En cuanto a la autoridad de certificación, se reconocen como válidos los certificados expedidos por las empresas prestadoras de servicios que cuenten con la conformidad de CIMUBISA.
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Factura electrónica. El contratista estará obligado a la utilización del formato electrónico para la expedición y remisión de facturas al Ayuntamiento. En caso de contratista que no disponga de sistema propio de facturación electrónica, está disponible a través de la web municipal, municipal la herramienta que le permita llevar a cabo la expedición de la factura electrónica, así como la obtención del documento impreso con las marcas gráficas graficas de autenticación generadas según la especificación PDF-417, para su recepción, en el formato electrónico “facturae 3.2”, .” por la unidad administrativa a la que pertenece el expediente así como por el funcionario responsable de su conformación. En caso de contratista que disponga de sistema propio de facturación electrónica, será obligatorio la utilización del formato “facturae 3.2”utilizado 3.2.” utilizado por la Agencia Tributaria. En ambos casos, únicamente, únicamente serán admisibles las facturas electrónicas que hayan haya sido firmadas firmada mediante una firma electrónica avanzada, basada en un certificado reconocido, generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma. En cuanto a la autoridad de certificación, se reconocen como válidos los certificados expedidos por las empresas prestadoras de servicios que cuenten con la conformidad de CIMUBISA.
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