CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS Cláusulas de Ejemplo

CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS. 4.- Régimen jurídico del contrato.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS. Los criterios de adjudicación que han de servir de base para la adjudicación de este contrato son los establecidos en los apartados siguientes, los cuales serán de aplicación en todos los lotes. Precio u oferta económica más baja. La valoración de la oferta económica se hará tomando en consideración únicamente el importe de la base imponible a efectos del I.V.A. consignada por el licitador en su oferta económica. 100 puntos La valoración de las ofertas se realizará de la siguiente forma: • Se otorgarán 100 puntos a la oferta económica más baja. • A la oferta que coincida con el importe del presupuesto sin IVA se le otorgarán 0 puntos. • En el resto de ofertas la valoración se hará inversamente proporcional a la mejor oferta de acuerdo con la siguiente fórmula: El carácter desproporcionado o anormal de las ofertas de precio se apreciará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 85 del RGLCAP. La oferta realizada con arreglo a estos criterios de adjudicación se incluirá en un único sobre que habrá de estar firmado por el licitador. La oferta se tendrá que cumplimentar conforme al modelo que se adjunta como ANEXO 1 de este pliego e incluirá la declaración responsable acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos y la tabla resumen con los precios unitarios ofertados. Los documentos que se presenten a través de la Herramienta de presentación de Ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público deberán ir en formato PDF. El tamaño máximo de los documentos no podrá exceder del indicado en la Guía de los Servicios de Licitación Electrónica para Empresas: preparación y presentación de las ofertas, que podrán encontrar en el siguiente enlace: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxXxxxx En la oferta económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, se entenderá que la oferta económica comprende no sólo el precio del contrato, sino también cualquier otro tributo que pudiera corresponder por la ejecución del contrato. La oferta económica se presentará debidamente firmada por quien tenga poder suficiente. En el caso de una unión temporal de empresas, la oferta deberá ser firmada por todos los miembros que la compongan. La oferta económica podrá ser rechazada conforme a lo establecido en el artículo 84 del RGLCAP. Igualmente será rechazada si se comprueba que, tras tramitar el procedimiento incidental previs...
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS. Los criterios de adjudicación que han de servir de base para la adjudicación de este contrato son los establecidos en los apartados siguientes.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS. Los criterios de adjudicación que han de servir de base para la adjudicación de este contrato son los establecidos en los apartados siguientes. Precio u oferta económica La valoración de la oferta económica se realizará tomando en consideración únicamente el importe del precio/km (IVA excluido) consignado por el licitador en su oferta económica. Máximo de 60.00 La valoración de la oferta económica se efectuará mediante la aplicación de la siguiente ecuación: 𝑃(𝑂 − 𝑂 ) 2 𝑃 = √ 𝑃2 − [ 𝑖 𝑏 ] 𝑖 𝐿 − 𝑂𝑏 Siendo: 𝑃𝑖: Puntuación otorgada a la oferta a valorar 𝑃: Puntos máximos (50 puntos) 𝑂𝑏: Oferta más baja 𝑂𝑖: Oferta a puntuar 𝐿: Precio de licitación Si, como consecuencia de la aplicación de esta fórmula, el resultado fuera negativo, la puntuación asignada será de 0 puntos. CONSIDERACIÓN DE OFERTAS DESPROPORCIONADAS: No hay ofertas desproporcionadas Antigüedad y seguridad del vehículo titular Máximo de 40,00 Además de la antigüedad, se valorará que el vehículo que realice el transporte tenga instalados, en todas las plazas, cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados según la legislación vigente para uso de menores. Las ofertas serán valoradas de la siguiente forma: -Matriculado entre el 1 de septiembre de 2017 y el último día de presentación de ofertas 40 puntos -Matriculado entre el 1 de septiembre de 2014 y el 31 xx xxxxxx de 2017 35 puntos -Matriculado entre el 1 de septiembre de 2011 y el 31 xx xxxxxx de 2014 20 puntos - Matriculado entre el 20 de octubre de 2007 y el 31 xx xxxxxx de 2011 15 puntos -Con cinturones de seguridad matriculado entre el 1 de septiembre de 2006 y el 19 de octubre de 2007 10 puntos -Con cinturones de seguridad matriculado entre el 1 de septiembre de 2004 y el 31 xx xxxxxx de 2006 5 puntos -Sin cinturones de seguridad 0 puntos A los efectos del cómputo de antigüedad se tendrá en cuenta la fecha de la primera matriculación del vehículo hasta la fecha de inicio del curso escolar. Se considera como fecha de inicio del curso escolar el día 1 de septiembre. La existencia de cinturones de seguridad se acreditará de la siguiente manera:

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  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos- trabajadores a los programas públicos de empleo-formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 157 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) XXXXX000 (X00X00). Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • Operación EL CLIENTE podrá dar instrucciones x XXXXX para la compra o para la venta de valores, las cuales tendrán el carácter de irrevocables y deberán contener todas las características necesarias para la plena identificación de los valores materia de las mismas, telefónica o escrita, o a través de los medios electrónicos, de cómputo o telecomunicación con que cuente BANSI. La celebración de la compraventa de valores se hará a precios xx xxxxxxx y BANSI deberá confirmar a EL CLIENTE la celebración de éstas, en el estado de cuenta que se le envíe. BANSI se reserva el derecho de exigir la confirmación por escrito de todas aquellas instrucciones que EL CLIENTE le haya otorgado por otros medios diversos al escrito. BANSI se reserva el derecho de corroborar la existencia de la orden o instrucción y el solicitar su confirmación por los medios que juzgue convenientes, pudiendo el BANSI dejar en suspenso la ejecución de la instrucción hasta en tanto el CLIENTE no confirme de manera fehaciente la misma. En este supuesto, al no recibir la confirmación del CLIENTE, el BANSI quedará liberado de la obligación de darle cumplimiento y por lo mismo no tendrá responsabilidad alguna derivada de su inejecución por cambios en los precios xxx xxxxxxx, conclusión de los horarios de operación u otros de naturaleza semejante, sino hasta en tanto reciba la confirmación correspondiente. BANSI invariablemente cargará o abonará a la “Cuenta Eje” de EL CLIENTE, los recursos resultantes de dichas operaciones. BANSI se sujetará a las instrucciones de EL CLIENTE. En lo no previsto expresamente: a) BANSI consultará a EL CLIENTE siempre que lo permita la naturaleza del negocio; b) BANSI se encuentra facultado para actuar discrecionalmente, hará lo que la prudencia le dicte, cuidando del negocio como propio. Si BANSI juzga perjudicial para EL CLIENTE la ejecución de las instrucciones, podrá suspender dicha ejecución, comunicándolo a EL CLIENTE lo más rápidamente posible, en espera de nuevas instrucciones o ratificación de las mismas.

  • DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES Los documentos y datos que deben presentar los licitantes para participar en la presente Invitación se encuentran enlistados en el ANEXO 2 de la presente Convocatoria.

  • DATOS DE CONTACTO Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de Chubb Seguros México, S.A. (UNE): Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

  • XXXXX Un paseo por las calles de Al- corcón puede ser muy fructífe- ro, culturalmente hablando, si el caminante repara en las es- culturas que encuentra a cada paso. Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxx Xxxx, Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx, y así hasta veinte escultores consa- grados distribuyen parte de su obra por la ciudad. “Me gustan las esculturas, pero muchas veces no entien- do qué quieren decir”, ase- gura un vecino de Al- corcón que pasea por el parque de La Xxxxxx. Esta es una concepción bastan- te habitual. Por eso, desde el Ayuntamien- to se pretende impul- sar el conocimiento de es- tas obras fomentando los pa- seos guiados. “La idea es comenzar por la es- cuelas y editar un ma- pa para que los visitan- tes puedan hace el recorrido por su cuenta”, asegura el al- calde de Alcor- xxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx. Así, vecinos y turistas podrán disfrutar de otro tipo de museo. Xxxxx Xxxxxxxx y Xxxxxx Xxxxx se ofrecieron para hacer de Escultura de Júpiter en La Xxxxxx, de Xxxxx Xxxxxxxx XXXX XXXXXXXX/GENTE guías por este singular museo. Una operación policial en Al- corcón contra el tráfico de dro- gas en la ciudad concluyó con la detención de dos personas y la incautación de tres kilos de hachís y 7.600 euros en metáli- co. Los detenidos fueron sor- prendidos mientras realizaban un intercambio de droga por dinero en la calle Urano, del barrio San Xxxx xx Xxxxxxxx. El Centro de Difusión a la Inno- vación reanudará el próximo mes de julio, y ya hasta el mes de septiembre, sus actividades en favor de las pequeñas y me- dianas empresas locales, a tra- vés del servicio de información, asesoramiento y formación di- rigidos a la implantación de las nuevas tecnologías y sus activi- dades empresariales.

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (IVA), siendo un importe total de $XXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.