FACTURACIÓN Y PAGOS. Como contraprestación por el Servicio y/o por los otros servicios contratados, el Cliente pagará a Entel las tarifas vigentes con sujeción al plan tarifario contratado. El Cliente declara conocer que los recibos de servicios podrán ser cancelados únicamente en los lugares o mediante los mecanismos de pago autorizados por Entel. Los conceptos detallados a continuación serán pagados por ciclo de facturación adelantado, de ser el caso: (i) renta fija mensual por los minutos libres contratados; (ii) los cargos por los servicios adicionales prestados por Entel; y (iii) pago de los Programas de Garantía contratados en los Equipos. De haber sido contratado por el Cliente, el Servicio Internet Móvil será tasado y facturado por Entel en función a la unidad de medida establecida en el plan tarifario correspondiente. Los conceptos detallados a continuación serán pagados por ciclo de facturación adelantado, de ser el caso: (i) renta fija mensual por un número determinado de Kilo Bytes (KB), cargados y descargados por el Cliente a través del Servicio Internet Móvil, de acuerdo al plan tarifario contratado; y (ii) pago de los Programas de Garantía contratados en los Dispositivos Inalámbricos. El recibo de servicios emitido (el “Recibo”) podrá contener el cargo de la renta fija mensual prorrateada que corresponda desde la fecha de activación del Servicio y/o de los otros servicios contratados hasta la fecha de emisión del referido Recibo. Todo pago no efectuado hasta la fecha de vencimiento del Recibo constituirá al Cliente en xxxx en forma automática sin necesidad de requerimiento alguno, y generará el cobro por Entel de la tasa de interés legal fijada por el Banco Central de Reserva del Perú. La reactivación del Servicio que haya sido suspendido por causa imputable al Cliente estará sujeta a la tarifa vigente establecida por Entel, la misma que el Cliente pagará a Entel antes de la reactivación del Servicio conjuntamente con el importe adeudado a Entel, salvo pacto en contrario. Los cargos correspondientes al Servicio y/u otros servicios contratados seguirán siendo facturados al Cliente en tanto se mantengan activos el Servicio y/u los otros servicios contratados.
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Samples: Contrato De Prestación Del Servicio Público De Telecomunicaciones Postpago
FACTURACIÓN Y PAGOS. Como contraprestación por El FEBAN debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad del servicio, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el Servicio y/o por los otros servicios contratados, el Cliente pagará a Entel las tarifas vigentes con sujeción al plan tarifario contratadocontrato. El Cliente declara conocer que los recibos de servicios podrán ser cancelados únicamente en los lugares o mediante los mecanismos de pago autorizados por Entel. Los conceptos detallados a continuación serán pagados por ciclo de facturación adelantado, de ser FEBAN realizará el caso: (i) renta fija mensual por los minutos libres contratados; (ii) los cargos por los servicios adicionales prestados por Entel; y (iii) pago de los Programas la contraprestación pactada a favor del contratista en soles (S/) de Garantía contratados en los Equipos. De haber sido contratado por el Cliente, el Servicio Internet Móvil será tasado y facturado por Entel manera mensual en función a la unidad prestación ejecutada de medida establecida en acuerdo con el detalle de los Anexo 05, de acuerdo con el plan tarifario correspondiente. Los conceptos detallados a continuación serán pagados por ciclo y/o cronograma mensualizado de facturación adelantado, de ser el caso: (i) renta fija mensual por un número determinado de Kilo Bytes (KB), cargados trabajo ofertado y descargados aprobado por el Cliente a través área o responsable de seguridad del Servicio Internet MóvilFEBAN, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, de acuerdo al plan tarifario contratadosiguiente detalle: Carta dirigida al área o responsable de seguridad del FEBAN. Acta de Conformidad debidamente suscrita por el área o responsable de seguridad del FEBAN. Comprobante de pago. El Contratista se obliga a adjuntar mensualmente a sus facturas copia de la Boleta de pago, copia de los comprobantes de pago del mes anterior de las obligaciones por leyes sociales (AFP; y (iiESSALUD, gratificaciones vacaciones) en el que demuestren estar al día en el pago de los Programas su trabajador. Referente a la compensación por tiempo de Garantía contratados en los Dispositivos Inalámbricos. El recibo de servicios emitido Servicios (el “Recibo”CTS) podrá contener el cargo no se acepta que la misma compañía contratista sea la depositaria por lo que presentará copia de la renta fija mensual prorrateada constancia de último deposito CTS efectuado al banco de acuerdo con la normativa vigente. Nota: Los pagos que corresponda desde el FEBAN deba realizar al contratista están en relación directa a la fecha estructura de activación costos presentada por este último. Dicha documentación se debe presentar en trámite documentario de la oficina principal del Servicio y/o FEBAN, sito Xx Xxxxxx Xxxxx este 2499 piso 27 - San Xxxxx — Lima, en horario de 9:30 horas a 16:30 horas de lunes a viernes (días laborables). Adicionalmente, para el pago del primer mes del servicio, el Contratista debe presentar la totalidad de los otros servicios contratados hasta siguientes documentos: Copia simple del documento que acredite la fecha presentación del contrato suscrito con la Entidad ante la Autoridad Administrativa de emisión Trabajo. Copia simple de los contratos suscritos con los trabajadores destacados a la Entidad. A fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales por parte del referido Recibo. Todo pago no efectuado hasta la fecha Contratista, en mérito a lo establecido en el D.S. N° 003-2002-TR, a partir del segundo mes de vencimiento del Recibo constituirá al Cliente en xxxx en forma automática sin necesidad de requerimiento algunoservicio, y generará el cobro por Entel El Contratista debe presentar obligatoriamente los siguientes documentos: Copia de la tasa Planilla Mensual de interés legal fijada por el Banco Central Pagos — XXXXX del mes anterior y constancia de Reserva presentación. Copia de la planilla de aportes previsionales cancelado del Perúmes anterior. La reactivación Copia de las boletas de pago del Servicio que haya sido suspendido por causa imputable al Cliente estará sujeta mes anterior, de todos los trabajadores destacados a la tarifa vigente establecida por EntelEntidad, así como la misma respectiva copia del documento de depósito bancario que acredite el Cliente pagará a Entel antes pago. Copia de los documentos que acrediten el depósito de la reactivación CTS y pago de gratificaciones, cuando corresponda. Para el pago del Servicio conjuntamente con último mes de servicio, el importe adeudado a EntelContratista debe presentar los documentos señalados en el subtítulo precedente, salvo pacto tanto del mes anterior como del mes en contrario. Los cargos correspondientes al Servicio y/u otros servicios contratados seguirán siendo facturados al Cliente en tanto que se mantengan activos realiza el Servicio y/u los otros servicios contratadosúltimo pago.
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Samples: Bases Para La Contratación Servicio De Limpieza Y Mantenimiento Locales
FACTURACIÓN Y PAGOS. Como contraprestación El importe se efectuará mediante transferencia bancaria, para lo cual será necesario que la empresa seleccionada facilite, en el registro de proveedor que encontrará en la web xxx.xxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx, el número de cuenta corriente en la que se efectuará el ingreso. Éste se producirá tras la emisión y recepción de la correspondiente factura desglosada (3 copias de la misma factura), que habrá de reunir los requisitos establecidos en los artículos 6 y siguientes del Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre (BOE de 29/11/2003), por el Servicio y/o por los otros servicios contratados, el Cliente pagará a Entel que se regulan las tarifas vigentes con sujeción al plan tarifario contratado. El Cliente declara conocer que los recibos de servicios podrán ser cancelados únicamente en los lugares o mediante los mecanismos de pago autorizados por Entel. Los conceptos detallados a continuación serán pagados por ciclo obligaciones de facturación adelantadoy se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido; además de reflejar lo siguiente: Domicilio, tanto del expedidor como del destinatario de ser las operaciones /Nº de la acción formativa que corresponda para la FMM /Denominación completa de la acción formativa/Modalidad de la acción/Número de horas de la acción/Fechas de ejecución de la acción/Fecha de expedición de la factura/Número, y en su caso, serie de factura/Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del obligado a expedir la factura como del destinatario de las operaciones/Número de Identificación Fiscal de ambos. Deberá constar igualmente que dicha acción formativa se ejecutó “dentro del Plan de Formación para el caso: (i) renta fija mensual por los minutos libres contratados; (ii) los cargos por los servicios adicionales prestados por Entel; y (iii) pago Empleo de los Programas las AAPP 2016 de Garantía contratados en los Equiposla Federación de Municipios de Madrid” Deberá figurar también que se trata de una “Actividad exenta de I.V.A., ART. De haber sido contratado por el Cliente, el Servicio Internet Móvil será tasado y facturado por Entel en función a 20/9 de la unidad Ley 37/1992 de medida establecida en el plan tarifario correspondiente. Los conceptos detallados a continuación serán pagados por ciclo 28 de facturación adelantado, de ser el caso: (i) renta fija mensual por un número determinado de Kilo Bytes (KB), cargados y descargados por el Cliente a través del Servicio Internet Móvil, de acuerdo al plan tarifario contratado; y (ii) pago de los Programas de Garantía contratados en los Dispositivos Inalámbricos. El recibo de servicios emitido (el “Recibo”) Diciembre” No podrá contener enmiendas o tachaduras Se remitirán 3 factura originales (no escaneadas) y no será válida su remisión por email. Habrán de estar selladas y firmadas. Se hará constar el cargo número de cuenta corriente en la renta fija mensual prorrateada que corresponda desde la fecha de activación del Servicio y/o de los otros servicios contratados hasta la fecha de emisión del referido Recibo. Todo pago no efectuado hasta la fecha de vencimiento del Recibo constituirá al Cliente en xxxx en forma automática sin necesidad de requerimiento alguno, y generará se efectuará el cobro por Entel de la tasa de interés legal fijada por el Banco Central de Reserva del Perú. La reactivación del Servicio que haya sido suspendido por causa imputable al Cliente estará sujeta a la tarifa vigente establecida por Entel, la misma que el Cliente pagará a Entel antes de la reactivación del Servicio conjuntamente con el importe adeudado a Entel, salvo pacto en contrario. Los cargos correspondientes al Servicio y/u otros servicios contratados seguirán siendo facturados al Cliente en tanto se mantengan activos el Servicio y/u los otros servicios contratadosingreso.
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Samples: www.fmmadrid.es
FACTURACIÓN Y PAGOS. Como contraprestación El importe se efectuará mediante transferencia bancaria, para lo cual será necesario que la empresa seleccionada facilite, en el registro de proveedor que encontrará en la web xxx.xxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx, el número de cuenta corriente en la que se efectuará el ingreso. Éste se producirá tras la emisión y recepción de la correspondiente factura desglosada (3 copias de la misma factura firmada y sellada o bien una factura firmada digitalmente), que habrá de reunir los requisitos establecidos en los artículos 6 y siguientes del Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre (BOE de 29/11/2003), por el Servicio y/o por los otros servicios contratados, el Cliente pagará a Entel que se regulan las tarifas vigentes con sujeción al plan tarifario contratado. El Cliente declara conocer que los recibos de servicios podrán ser cancelados únicamente en los lugares o mediante los mecanismos de pago autorizados por Entel. Los conceptos detallados a continuación serán pagados por ciclo obligaciones de facturación adelantadoy se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido; además de reflejar lo siguiente: Domicilio, tanto del expedidor como del destinatario de ser las operaciones /Nº de la acción formativa que corresponda para la FMM /Denominación completa de la acción formativa/Modalidad de la acción/Número de horas de la acción/Fechas de pág. 45 ejecución de la acción/Fecha de expedición de la factura/Número, y en su caso, serie de factura/Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del obligado a expedir la factura como del destinatario de las operaciones/Número de Identificación Fiscal de ambos. Deberá constar igualmente que dicha acción formativa se ejecutó “dentro del Plan de Formación para el caso: (i) renta fija mensual por los minutos libres contratados; (ii) los cargos por los servicios adicionales prestados por Entel; y (iii) pago Empleo de los Programas las AAPP 2021 de Garantía contratados en los Equiposla Federación de Municipios de Madrid” Deberá figurar también que se trata de una “Actividad exenta de I.V.A., ART. De haber sido contratado por el Cliente, el Servicio Internet Móvil será tasado y facturado por Entel en función a 20/9 de la unidad Ley 37/1992 de medida establecida en el plan tarifario correspondiente. Los conceptos detallados a continuación serán pagados por ciclo 28 de facturación adelantado, de ser el caso: (i) renta fija mensual por un número determinado de Kilo Bytes (KB), cargados y descargados por el Cliente a través del Servicio Internet Móvil, de acuerdo al plan tarifario contratado; y (ii) pago de los Programas de Garantía contratados en los Dispositivos Inalámbricos. El recibo de servicios emitido (el “Recibo”) Diciembre” No podrá contener enmiendas o tachaduras Se remitirán una factura firmada digitalmente o bien 3 facturas originales firmadas y selladas (no escaneadas, en este caso no será válida su remisión por email) Se hará constar el cargo número de cuenta corriente en la renta fija mensual prorrateada que corresponda desde la fecha de activación del Servicio y/o de los otros servicios contratados hasta la fecha de emisión del referido Recibo. Todo pago no efectuado hasta la fecha de vencimiento del Recibo constituirá al Cliente en xxxx en forma automática sin necesidad de requerimiento alguno, y generará se efectuará el cobro por Entel de la tasa de interés legal fijada por el Banco Central de Reserva del Perú. La reactivación del Servicio que haya sido suspendido por causa imputable al Cliente estará sujeta a la tarifa vigente establecida por Entel, la misma que el Cliente pagará a Entel antes de la reactivación del Servicio conjuntamente con el importe adeudado a Entel, salvo pacto en contrario. Los cargos correspondientes al Servicio y/u otros servicios contratados seguirán siendo facturados al Cliente en tanto se mantengan activos el Servicio y/u los otros servicios contratadosingreso.
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Samples: www.fmmformacion.es
FACTURACIÓN Y PAGOS. Como contraprestación A menos que se acuerde de otro modo por escrito, NAP o la LDU facturarán mensualmente la electricidad suministrada en virtud de este Acuerdo. El Cliente pagará cada factura en su totalidad en un plazo de veinte (20) días calendario a partir de la fecha de la factura o estará sujeto a una cuota por pago atrasado de 1.5% mensual. En la mayoría de los casos, el Cliente deberá recibir una única factura tanto por los costos del producto básico como por el Servicio y/suministro de la LDU. Los pagos del Cliente remitidos en respuesta a una factura consolidada, estarán, en la medida en que sea posible, prorrateados según con los procedimientos adoptados por la Comisión de Servicios Públicos del Estado de Nueva York (PSC). En el caso de que el Cliente no haga efectivo el pago antes de su vencimiento, NAP tendrá derecho a cesar el servicio de commodities mediante una notificación por escrito con quince (15) días calendario de antelación al Cliente. El impago de la totalidad de los cargos vencidos de NAP en cualquier factura consolidada preparada por la LDU para NAP será razón para la desconexión de los servicios públicos y del servicio de commodities según las normas y reglamentos de la NYPSC sobre el cese de servicio a los clientes residenciales. Los pagos del Cliente remitidos en respuesta a una factura consolidada se prorraterán (cuando así se requiera) según con los procedimientos adoptados por la NYPSC. Se impondrá un cargo de $25 a todos los pagos devueltos. NAP se reserva el derecho a repercutir cualquier incremento en los cargos que sean resultado de órdenes y acciones de la Comisión de Servicios Públicos, la LDU, NY-ISO, cualquier autoridad de transmisión regional, FERC (Comisión Federal Reguladora de Energía) o por cualquier otro organismo que tenga autoridad. Proceso de cancelación. Si el Cliente es residencial, este podrá cancelar este Acuerdo en un plazo de 3 días a partir de su recepción (el “Período de cancelación”) sin penalizaciones ni cuotas de cancelación anticipada, comunicándose con NAP según la información de contacto que aparece en la sección correspondiente. Si no se solicita la cancelación en los otros servicios contratados15 días siguientes a la lectura del contador, el Cliente puede solicitar una lectura del contador especial, la cual está habitualmente sujeta a un cargo de servicio. El Cliente es responsable de todos los cargos de NORTH AMERICAN POWER mientras el Cliente vuelve a la LDU o selecciona otro proveedor. Se emitirá una factura aproximadamente veinte (20) días después de la última lectura del contador programada o, si el acceso no está disponible, se utilizará una estimación del consumo en la factura, la cual se ajustará posteriormente a la lectura real final del contador. Si el Cliente cancela este Acuerdo durante el Período inicial o en cualquier Período de renovación posterior después del período de cancelación correspondiente, el Cliente pagará a Entel las tarifas vigentes con sujeción al plan tarifario contratadouna cuota de recuperación de costo de rescisión temprana (“ETF”). El Cliente declara conocer Dicha cuota será xx xxxx dólares ($10.00) por cada mes que quede del Acuerdo, pero no superará los recibos de servicios podrán ser cancelados únicamente en los lugares o mediante los mecanismos de pago autorizados por Entel. Los conceptos detallados a continuación serán pagados por ciclo de facturación adelantado, de ser el caso: cien dólares (i$100.00) renta fija mensual por los minutos libres contratados; (ii) los cargos por los servicios adicionales prestados por Entel; y (iii) pago de los Programas de Garantía contratados en los Equipos. De haber sido contratado por el Cliente, el Servicio Internet Móvil será tasado y facturado por Entel en función a la unidad de medida establecida en el plan tarifario correspondiente. Los conceptos detallados a continuación serán pagados por ciclo de facturación adelantado, de ser el caso: (i) renta fija mensual por un número determinado Acuerdo con un período restante de Kilo Bytes menos de 12 meses, o doscientos dólares (KB), cargados y descargados $200.00) por el Cliente a través del Servicio Internet Móvil, un Acuerdo con un período restante de acuerdo al plan tarifario contratado; y (ii) pago más de los Programas de Garantía contratados en los Dispositivos Inalámbricos. El recibo de servicios emitido (el “Recibo”) podrá contener el cargo de la renta fija mensual prorrateada que corresponda desde la fecha de activación del Servicio y/o de los otros servicios contratados hasta la fecha de emisión del referido Recibo. Todo pago no efectuado hasta la fecha de vencimiento del Recibo constituirá al Cliente en xxxx en forma automática sin necesidad de requerimiento alguno, y generará el cobro por Entel de la tasa de interés legal fijada por el Banco Central de Reserva del Perú. La reactivación del Servicio que haya sido suspendido por causa imputable al Cliente estará sujeta a la tarifa vigente establecida por Entel, la misma que el Cliente pagará a Entel antes de la reactivación del Servicio conjuntamente con el importe adeudado a Entel, salvo pacto en contrario. Los cargos correspondientes al Servicio y/u otros servicios contratados seguirán siendo facturados al Cliente en tanto se mantengan activos el Servicio y/u los otros servicios contratados12 meses.
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FACTURACIÓN Y PAGOS. Como El presente AM no tiene contraprestación económica alguna por parte de la Administración. No obstante, en los contratos que se celebren al amparo de este AM, el pago del precio de la prestación se efectuará, conforme a lo dispuesto en los artículos 198, 200 y 210 de la LCSP, mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente conocida por la Administración y designada por el Servicio y/contratista. El procedimiento que utilizaría la Administración contratante para la tramitación del pago será cualquiera de los autorizados en materia de gasto y contemplados por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Los pagos que deba realizar el contratista a sus subcontratistas y suministradores, se ajustarán a lo indicado en el artículo 216 de la LCSP. Los precios que se abonarán por las prestaciones ejecutadas al amparo de los CB del presente acuerdo, serán los que resulten de la oferta seleccionada para la conclusión del AM. Lo indicado respecto al IVA, deberá entenderse aplicable al Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), o por al Impuesto sobre la Producción, los otros servicios contratadosServicios y la Importación (IPSI), en los territorios en que estas figuras impositivas rijan. Asimismo, los precios a aplicar deberán comprender el resto de impuestos, tasas, aranceles y gravámenes de todo tipo, que deban soportar las prestaciones derivadas de la ejecución del presente AM y de los CB de éste. E Y D Atendiendo a las características de esta contratación, el Cliente pagará a Entel las tarifas vigentes con sujeción pago del precio se realizará mediante abonos al plan tarifario contratado. El Cliente declara conocer que los recibos vencimiento de servicios podrán ser cancelados únicamente cada mes de ejecución, en los lugares o mediante los mecanismos función de pago autorizados por Entel. Los conceptos detallados a continuación serán pagados por ciclo de facturación adelantado, de ser el caso: (i) renta fija mensual por los minutos libres contratados; (ii) los cargos por los servicios adicionales prestados por Entel; y (iii) pago de los Programas de Garantía contratados en los Equipos. De haber sido contratado efectivamente realizados por el Clientecontratista, y tras la constatación formal de su realización a satisfacción mediante acta o certificado de recepción que a tal efecto se formalice. A tales efectos, y siempre que la prestación corresponda al período parcial completo, se recepcionarán y certificarán mensualmente los servicios realizados, incorporándose por el Servicio Internet Móvil será tasado contratista las correspondientes facturas a los efectos de su tramitación por la Unidad correspondiente. CSV: 203001YzrIhOY9nN5doSEMjwKCOOhbJGU= - xxxx://xxxx.xxxxxxx.xxx.xx En el supuesto de que la prestación finalice con anterioridad al último día del período, se procederá a tramitar la factura del correspondiente servicio, sin más demora y facturado por Entel en función sin que sea necesario esperar a la unidad de medida establecida conclusión del mes natural. CSV: - Asimismo, las empresas deben presentar la factura en el plan tarifario correspondiente. Los conceptos detallados registro contable de facturas a continuación serán pagados por ciclo la mayor brevedad, siempre dentro del plazo máximo de facturación adelantado, de ser el caso: (i) renta fija mensual por un número determinado de Kilo Bytes (KB), cargados y descargados por el Cliente a través del Servicio Internet Móvil, de acuerdo al plan tarifario contratado; y (ii) pago de los Programas de Garantía contratados en los Dispositivos Inalámbricos. El recibo de servicios emitido (el “Recibo”) podrá contener el cargo de la renta fija mensual prorrateada que corresponda 30 días desde la fecha de activación del Servicio y/o entrega efectiva de los otros la prestación de servicios contratados hasta la fecha y teniendo en cuenta las fechas límites de emisión del referido Recibocierre de ejercicio. Todo pago no efectuado hasta ello de acuerdo con la fecha Ley 25/2013, de vencimiento del Recibo constituirá al Cliente en xxxx en forma automática sin necesidad 27 de requerimiento algunodiciembre de 2013, y generará el cobro por Entel de impulso de la tasa factura electrónica y creación del registro contable de interés legal fijada facturas en el Sector Publico. Debe tenerse en cuenta que, si no se cumplen los requisitos establecidos en la Ley 25/2013, en cuanto a tiempo y forma, no se entenderá cumplida la obligación de presentación de factura en el registro. Por cada pago el contratista deberá emitir la preceptiva factura, DEBIDAMENTE DETALLADA con los requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el Banco Central que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de Reserva del Perú. La reactivación del Servicio que haya sido suspendido por causa imputable al Cliente estará sujeta a facturación, teniendo en cuenta el procedimiento establecido en la tarifa vigente establecida por EntelLey 25/2013, la misma que el Cliente pagará a Entel antes de 27 de diciembre, de impulso de la reactivación factura electrónica y creación del Servicio conjuntamente con registro contable de facturas en el importe adeudado a Entel, salvo pacto en contrario. Los cargos correspondientes al Servicio y/u otros servicios contratados seguirán siendo facturados al Cliente en tanto se mantengan activos el Servicio y/u los otros servicios contratadosSector Público.
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