Fechas de Pago de Intereses Cláusulas de Ejemplo

Fechas de Pago de Intereses. Los Intereses serán pagados trimestralmente, en forma vencida, a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación, en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente trimestre (cada una, una “Fecha de Pago de Intereses”). Las Fechas de Pago de Intereses serán informadas mediante el Aviso de Resultados. Base de Cálculo para el pago de los Intereses: Para el cálculo de los intereses se considerará la cantidad real de días transcurridos y un año de 365 días (cantidad real de días transcurridos/365).
Fechas de Pago de Intereses. Los intereses se pagarán trimestralmente en forma vencida, en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión de las Obligaciones Negociables, pero del correspondiente mes, disponiéndose que la última fecha de pago de intereses será la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables. Respecto de las Fechas de Pago de Intereses que no sean un Día Hábil, será de aplicación lo previsto en la sección “Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables—Pagos” del presente.
Fechas de Pago de Intereses. Los intereses bajo las Obligaciones Negociables se pagarán en forma trimestral por período vencido en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente mes, desde la Fecha de Emisión y Liquidación y hasta la Fecha de Vencimiento (cada una, una “Fecha de Pago de Intereses”). Las Fechas de Pago de Intereses correspondientes a las Obligaciones Negociables serán informadas mediante la publicación del Aviso de Resultados
Fechas de Pago de Intereses. Los intereses de las Obligaciones Negociables Adicionales se pagarán trimestralmente por trimestre vencido, en las siguientes fechas: 7 de noviembre de 2023, 7 de febrero de 2024, 7 xx xxxx de 2024, 7 xx xxxxxx de 2024, 7 de noviembre de 2024, 7 de febrero de 2025, 7 xx xxxx de 2025, 7 xx xxxxxx de 2025, 7 de noviembre de 2025, 7 de febrero de 2026, 7 xx xxxx de 2026, 7 xx xxxxxx de 2026, 7 de noviembre de 2026, 7 de febrero de 2027, 7 xx xxxx de 2027, 7 xx xxxxxx de 2027, 7 de noviembre de 2027, 7 de febrero de 2028, 7 xx xxxx de 2028 y en la Fecha de Vencimiento o, de no ser cualquiera de las fechas mencionadas un Día Hábil, el Día Hábil siguiente (cada una, una “Fecha de Pago de Intereses”). La última Fecha de Pago de Intereses tendrá lugar en la Fecha de Vencimiento.
Fechas de Pago de Intereses. Los intereses se pagarán en forma vencida, trimestralmente o por períodos irregulares de acuerdo a lo que se informe en el Aviso de Suscripción, a partir de la Fecha de Emisión (las “Fechas de Pago de Intereses” y cada una, una “Fecha de Pago de Intereses”). En caso que alguna de las Fechas de Pago de Intereses no sea un Día Hábil, será de aplicación lo previsto en la sección “—Descripción de la Oferta y la NegociaciónDescripción de las Obligaciones NegociablesPago de Capital e Intereses” del presente.
Fechas de Pago de Intereses. Los Intereses serán pagados trimestralmente, en forma vencida, a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación, en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente trimestre o el Día Hábil posterior, de corresponder (cada una, una “Fecha de Pago de Intereses de la Clase 5”). Las Fechas de Pago de Intereses de la Clase 5 serán informadas mediante el Aviso de Resultados.
Fechas de Pago de Intereses. Los Intereses serán pagados, en dinero o en especie en caso que la Compañía opte por capitalizar intereses según lo indicado en “—Opción de Capitalizar, (i) inicialmente, semestralmente, en forma vencida, a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación hasta la fecha en que se cumplan 24 meses desde dicha fecha, en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente semestre; y (ii) posteriormente, a partir de la fecha en que se cumplan 24 meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación hasta la Fecha de Vencimiento de la Clase 2, trimestralmente, en forma vencida, en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente trimestre (cada una, una “Fecha de Pago de Interés de la Clase 2” y, junto con las Fechas de Amortización de la Clase 2, cada una, una “Fecha de Pago de la Clase 2” y, a su vez, junto con las Fechas de Pago de la Clase 1, cada una, una “Fecha de Pago” y, conjuntamente, las “Fechas de Pago”). Las Fechas de Pago de Intereses de la Clase 2 serán informadas mediante el Aviso de Resultados. Base de Cálculo para el pago de los Intereses: Para el cálculo de los intereses se considerará la cantidad real de días transcurridos y un año de 365 días (cantidad real de días transcurridos/365).
Fechas de Pago de Intereses. Los intereses de las Obligaciones Negociables se pagarán trimestralmente, en forma vencida, en las fechas que se informarán en el Aviso de Resultados (cada una, una “Fecha de Pago de Intereses”).
Fechas de Pago de Intereses. Los intereses se pagarán en forma vencida, semestralmente en las siguientes fechas: 26 de septiembre de 2024, 26 xx xxxxx de 2025, 26 de septiembre de 2025 y en la Fecha de Vencimiento, es decir, el 26 xx xxxxx de 2026. En caso que alguna de las Fechas de Pago de Intereses no sea un Día Hábil, será de aplicación lo previsto en la sección “Descripción de la Oferta y la Negociación – Descripción de las Obligaciones Negociables AdicionalesPago de Capital e Intereses” del Suplemento.
Fechas de Pago de Intereses. Los intereses se pagarán trimestralmente por período vencido a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación, comenzando en el mes y año que se informará oportunamente en el Aviso de Resultados y en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente mes, o, de no ser un día hábil, el primer día hábil posterior (cada una, una “Fecha de Pago de Intereses”). Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables Clase VIII efectuado en dicho día hábil inmediatamente posterior tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el mismo.