FORMA DE PAGO DEL CONTRATO. LA PREVISORA S.A., pagará el valor de los servicios contratados en la modalidad de mensualidades vencidas, según factura emitida por EL PROVEEDOR seleccionado, de acuerdo con los precios establecidos en la oferta y previa aprobación por quien ejerce la supervisión del contrato. Si durante la ejecución del contrato se llegare a reducir la operación los costos del servicio deberán ser reajustados, teniendo en cuenta el número de recursos utilizados por el proveedor. Los pagos se harán dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de la factura, la cual debe venir acompañada de un anexo en el que se muestre la relación de los pagos a seguridad social del personal contratado por EL PROVEEDOR en el outsourcing del mes inmediatamente anterior. De igual forma, debe mostrarse de manera independiente el valor de los descuentos aplicados por el incumplimiento de los ANS (Acuerdos Niveles de Servicio); Así mismo, la factura debe estar acompañada por una certificación expedida por su Revisor Fiscal o en el evento en que no exista obligación legal o social estatutaria de tener Revisor Fiscal, por su representante legal, en el que conste que se encuentra x xxx y salvo por concepto de pago de parafiscales (Caja de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA) y de Seguridad Social en Salud, Pensión, y ARL de sus empleados durante los últimos seis (6) meses de acuerdo con lo indicado en el art.50 de la Ley 789 de 2002. Si la factura no ha sido correctamente elaborada y no es posible su corrección por parte de la empresa o no es acompañada por los documentos solicitados, el término de treinta (30) días mencionado no empezará a contarse hasta tanto no se aporten en su totalidad. Dicha demora no generará a EL PROVEEDOR el derecho al pago de intereses o de compensación monetaria alguna. La modalidad de pago de las facturas por parte de LA PREVISORA S.A., se realiza únicamente por medio de transferencia electrónica, para lo cual se requerirá de los documentos necesarios para dicho fin. No es posible efectuar el pago a través de cheque o cualquier otro medio de pago.
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FORMA DE PAGO DEL CONTRATO. LA PREVISORA S.A., pagará el valor realizará un (1) único pago posterior a la entrega de la certificación del derecho de soporte para los servicios contratados elementos de la infraestructura que están incluidos en la modalidad presente contratación, por parte de mensualidades vencidasEL PROVEEDOR, según factura emitida por EL PROVEEDOR seleccionado, el fabricante Hewlett Packard Enterprise y una vez se suscriba el acta de acuerdo con los precios establecidos en la oferta y previa aprobación recibo a satisfacción por parte de LA PREVISORA S.A. El cobro a facturar será validado previamente por quien ejerce ejerza la supervisión del contrato. Si durante contrato para lo cual se debe remitir por parte de El PROVEEDOR la ejecución del contrato se llegare a reducir la operación factura acompañada de los costos del servicio deberán ser reajustados, teniendo en cuenta el número de recursos utilizados por el proveedorsoportes respectivos. Los pagos se harán realizarán dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de la factura, la cual debe factura que relacione los servicios prestados por EL PROVEEDOR. La factura deberá venir acompañada de un anexo en el que se muestre la relación de los pagos a seguridad social del personal contratado por EL PROVEEDOR en el outsourcing del mes inmediatamente anterior. De igual forma, debe mostrarse de manera independiente el valor de los descuentos aplicados por el incumplimiento de los ANS (Acuerdos Niveles de Servicio); Así mismo, la factura debe estar acompañada por una certificación expedida por su Revisor Fiscal o en el evento en que no exista obligación legal o social estatutaria de tener Revisor Fiscal, por su representante legalRepresentante Legal, en el que conste que se encuentra x xxx y salvo por concepto de pago de aportes al Sistema Integral de Seguridad Social [Salud, Pensión, y ARL] de sus empleados y aportes parafiscales ([Caja de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA) ] y de Seguridad Social en Salud, Pensión, y ARL de sus empleados durante los últimos seis (6) meses al que esté obligado de acuerdo con lo indicado en el art.50 de la Ley 789 de 2002normatividad vigente. Si la factura no ha sido correctamente elaborada y no es posible su corrección por parte de la empresa EL PROVEEDOR o no es acompañada por los documentos solicitados, el término de treinta (30) días mencionado para el pago no empezará a contarse hasta tanto no se aporten en su totalidadaporten. Dicha demora no generará a EL PROVEEDOR el derecho al pago de intereses o de compensación monetaria alguna. La modalidad de pago de las facturas por parte de LA PREVISORA S.A., se realiza únicamente por medio de transferencia electrónica, para lo cual se requerirá de los documentos necesarios para dicho fin. No es posible efectuar el pago a través de cheque o cualquier otro medio de pago.
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FORMA DE PAGO DEL CONTRATO. LA PREVISORA S.A., S.A. pagará el valor de la contratación con recursos propios, por concepto de los servicios contratados en y actividades efectivamente prestados, conforme al cronograma establecido y mediante la modalidad de mensualidades vencidas, según factura emitida por EL PROVEEDOR seleccionadoPROVEEDOR, la cual deberá adjuntar el informe de acuerdo con los precios establecidos en la oferta y gestión mensual, previa aprobación por quien parte del área que ejerce la supervisión del contrato. Si durante la ejecución del contrato se llegare a reducir la operación los costos del servicio deberán ser reajustados, teniendo en cuenta el número de recursos utilizados por el proveedor. Los pagos se harán dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de la factura, la cual debe venir acompañada previa presentación de un anexo los informes de las actividades realizadas en el que se muestre la relación mes inmediatamente anterior por parte de los pagos a seguridad social del personal contratado por EL PROVEEDOR en y una vez se suscriba el outsourcing del mes inmediatamente anterior. De igual forma, debe mostrarse acta de manera independiente el valor recibo a satisfacción por parte de los descuentos aplicados por el incumplimiento de los ANS (Acuerdos Niveles de Servicio); Así mismo, la factura debe LA PREVISORA S.A. Las facturas deben estar acompañada acompañadas por una certificación expedida por su Revisor Fiscal o en el evento en que no exista obligación legal o social estatutaria de tener Revisor Fiscal, por su representante legalRepresentante Legal, en el que conste que se encuentra x xxx y salvo por concepto de pago de aportes al Sistema Integral de Seguridad Social [Salud, Pensión, y ARL] de sus empleados y aportes parafiscales ([Caja de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA) y de Seguridad Social en Salud, Pensión, y ARL ] de sus empleados durante los últimos seis (6) meses de acuerdo con lo indicado en el art.50 de la Ley 789 de 2002. Si la factura no ha sido correctamente elaborada y no es posible su corrección por parte de la empresa entidad o no es acompañada por los documentos solicitados, el término de treinta (30) días mencionado no empezará a contarse hasta tanto no se aporten en su totalidadaporten. Dicha demora no generará a EL PROVEEDOR el derecho al pago de intereses o de compensación monetaria alguna. La modalidad de pago de las facturas por parte de LA PREVISORA S.A., se realiza únicamente por medio de transferencia electrónica, para lo cual se requerirá de los documentos necesarios para dicho fin. No es posible efectuar el pago a través de cheque o cualquier otro medio de pago.
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Samples: www.previsora.gov.co
FORMA DE PAGO DEL CONTRATO. LA PREVISORA S.A., S.A. pagará el valor de los servicios contratados en del contrato que se suscriba con el proponente adjudicado con recursos propios, mediante la modalidad de mensualidades vencidasvencidas por concepto de los servicios efectivamente prestados, según factura emitida por EL PROVEEDOR seleccionadoPROVEEDOR, la cual deberá adjuntar un informe con el discriminado de cada uno de los servicios efectivamente prestados en el mes de acuerdo con los precios establecidos las tarifas relacionadas en la oferta propuesta de EL PROVEEDOR y previa aprobación por quien ejerce la supervisión parte del supervisor del contrato. Si durante la ejecución del contrato se llegare a reducir la operación los costos del servicio deberán ser reajustados, teniendo en cuenta el número de recursos utilizados por el proveedor. Los pagos se harán realizarán dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de la factura, la cual debe factura que relacione los servicios prestados por EL PROVEEDOR. La factura deberá venir acompañada de un anexo en el que se muestre la relación de los pagos a seguridad social del personal contratado por EL PROVEEDOR en el outsourcing del mes inmediatamente anterior. De igual forma, debe mostrarse de manera independiente el valor de los descuentos aplicados por el incumplimiento de los ANS (Acuerdos Niveles de Servicio); Así mismo, la factura debe estar acompañada por una certificación expedida por su Revisor Fiscal o en el evento en que no exista obligación legal o social estatutaria de tener Revisor Fiscal, por su representante legalRepresentante Legal, en el que conste que se encuentra x xxx y salvo por concepto de pago de aportes al Sistema Integral de Seguridad Social [Salud, Pensión, y ARL] de sus empleados y aportes parafiscales ([Caja de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA) ] y de Seguridad Social en Salud, Pensión, y ARL de sus empleados durante los últimos seis (6) meses al que esté obligado de acuerdo con lo indicado en el art.50 de la Ley 789 de 2002normatividad vigente. Si la factura no ha sido correctamente elaborada y no es posible su corrección por parte de la empresa EL PROVEEDOR o no es acompañada por los documentos solicitados, el término de treinta (30) días mencionado para el pago no empezará a contarse hasta tanto no se aporten en su totalidadaporten. Dicha demora no generará a EL PROVEEDOR el derecho al pago de intereses o de compensación monetaria alguna. La modalidad de pago de las facturas por parte de LA PREVISORA S.A., se realiza únicamente por medio de transferencia electrónica, para lo cual se requerirá de los documentos necesarios para dicho fin. No es posible efectuar el pago a través de cheque o cualquier otro medio de pago.
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