ESTADO FINANCIERO DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

ESTADO FINANCIERO DEL CONTRATO. De conformidad con lo establecido por parte de la supervisora del contrato y con base en la información suministrada por la oficina de tesorería y contabilidad de la Universidad de la Amazonía, el estado financiero del contrato, es el siguiente: DESACUERDO: Lo anterior de conformidad con la INCONFORMIDAD, OBSERVACIONES Y/O SALVEDADES que se describen a continuación: Que a través de los oficios PO-149 de fecha 1 de julio de 2021 y XX 000, la supervisora del contrato rindió informe técnico de presunto incumplimiento contractual, documentos en los cuales se evidencia un presunto incumplimiento parcial, debido a que los compromisos y soportes no entregados por el contratista corresponden solo al último mes de diciembre, en razón a que el contratista no entrego el informe correspondiente al mes de diciembre de 2020, junto con los siguientes soportes: - Trece (13) informes de resultado de investigación. – Trece (13) planillas resumen. - Plan de mejoramiento por equipo de trabajo. – Plataforma héroes ondas (video de cargue xx xxxx metodológica). – Informe financiero del proyecto de investigación llévate mi figura, pero no me quites el alma mía. – Informe financiero del proyecto de investigación fanáticos de la avicultura.- Planilla de pago de seguridad social correspondiente al mes de diciembre, los anteriores documentos enunciados eran los insumos para las siguientes actividades del proyecto fortalecimiento de vocaciones científicas 2018 ondas regalías: - Elaboración del libro de resultados de los
ESTADO FINANCIERO DEL CONTRATO. Con corte del mes xx xxxxx del 2024 del valor total del contrato No. 2022-921, han sido efectuado los pagos, por la suma de 1 300054773210012000 19/07/2022 Mayo 2022 21.432.533 2 300063545010012000 10/08/2022 Junio 2022 321.487.999 3 300074371910012000 14/09/2022 Julio 2022 321.487.999 4 300084168410012000 14/10/2022 Agosto 2022 318.047.640 5 300091988010012000 11/11/2022 Septiembre 2022 321.167.619 7 300103018010012000 15/12/2022 Octubre 2022 321.487.999 6 000000000000000000 21/12/2022 Noviembre 2022 319.886.096 8 300094558100120000 21/02/2023 Diciembre 2022 12.232.802 9 300009882610012000 22/02/2023 Diciembre 2022 307.493.103 10 300016333510012023 16/03/2023 Enero 2023 321.487.999 11 300023268810012023 14/04/2023 Febrero 2023 321.487.999 12 300031756210012023 13/05/2023 Marzo 2023 321.487.999 13 300041229510012023 21/06/2023 Abril 2023 321.487.999 14 300048561210012023 14/07/2023 Mayo 2023 321.487.999 15 300057525410012023 14/08/2023 Junio 2023 315.104.396 16 300067406710012023 18/09/2023 Julio 2023 308.720.794 17 300075065010012023 12/10/2023 Agosto 2023 321.487.999 18 300084027310012023 16/11/2023 Septiembre 2023 321.487.999 19 300094062310012023 20/12/2023 Octubre 2023 318.284.192 20 300096168610012023 22/12/2023 Noviembre 2023 311.124.667 21 300007002110012024 12/02/2024 Diciembre 2023 321.487.999 22 300014920810012024 12/03/2024 Enero 2024 18.410.157 23 300014920710012024 12/03/2024 Enero 2024 303.077.842
ESTADO FINANCIERO DEL CONTRATO. El contrato No 2494 de 2021 presenta el siguiente estado financiero (con corte a los pagos efectivamente realizados) así: Valor del Contrato $ 351.408.000,00 0% Valor facturado y pagado con corte a marzo 08 de 2022 $ 0 SALDO DEL CONTRATO FRENTE A LO FACTURADO CON CORTE A 08 xx xxxxx de 2022 $ 351.408.000,00
ESTADO FINANCIERO DEL CONTRATO. El Contrato No. 1898 de 2019, presenta el siguiente estado financiero a corte 31 de enero de 2022, faltando por facturar los servicios de febrero de 2022, que suman un valor aproximado de $ 50.000.000.
ESTADO FINANCIERO DEL CONTRATO. Valor total del Contrato $678.000.000,00 Valor Honorarios mensuales Único pago Valor ejecutado $678.000.000,00 Valor faltante por ejecutar / Valorpendiente por pagar $678.000.000,00 Porcentaje de Ejecución 100% - Presupuestal Porcentaje por Ejecutar 0% - Presupuestal Estado de la Garantía Vigente Matriz de Riesgos del Contrato Sin afectación.En monitoreo y revisión por parte de la supervisión.
ESTADO FINANCIERO DEL CONTRATO. CONCEPTO REGISTRO PRESUPUESTAL NUMERO Fecha VALORES
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  • NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO 3.1. El presente contrato tiene carácter administrativo y se regirá para lo no establecido en este Pliego, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público), y disposiciones complementarias, por la legislación de contratos que en desarrollo de la legislación básica promulgue la Comunidad Autónoma, por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, (en lo sucesivo Reglamento General) en cuanto esté vigente y por 3.2. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución a efectos de este contrato serán resueltas, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, artículo 97 y concordantes del Reglamento General, y este Pliego, por el órgano de contratación cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa pudiendo ser recurridos ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa con los requisitos establecidos en la Ley reguladora de esta Jurisdicción. 3.3. Las discrepancias o contradicciones que pudieran surgir entre el Pliego de condiciones Económico Administrativas y el Pliego de condiciones Técnicas se resolverán conforme a lo establecido en el primero de los pliegos. 3.4. Todos los plazos señalados en este Xxxxxx, salvo que expresamente se diga otra cosa, se entienden referidos a días naturales. No obstante a ello, si los días señalados para la apertura de los sobres fueran xxxxxxx, xxxxxxxx o días inhábiles en el municipio de Castrocontrigo , la reunión de la Mesa se aplazará al primer día hábil siguiente, sin variación de la hora.

  • NATURALEZA DEL CONTRATO Las partes manifiestan que EL CONTRATISTA realiza las actividades objeto del presente contrato en forma independiente, utilizando sus propios medios y recursos, con total autonomía administrativa, sin que medie subordinación alguna respecto de LA CÁMARA. Así mismo, se entiende que con la suscripción del presente contrato no se configura ningún tipo de vinculación laboral entre LA CÁMARA y EL CONTRATISTA o sus dependientes. Así mismo, queda claramente establecido que EL CONTRATISTA es totalmente independiente para todos los efectos laborales y será el único empleador de los trabajadores que emplee en la ejecución del presente contrato, estando exclusivamente a su cargo el pago de salarios, descansos remunerados, prestaciones sociales e indemnizaciones que se causen a favor de dichos trabajadores, al igual que los aportes que establece la ley para entidades como el ISS, EPS, ARL, SENA, BIENESTAR FAMILIAR, etc. Igualmente, LA CÁMARA queda exonerada de toda responsabilidad civil, administrativa o penal por los contratos que realice EL CONTRATISTA con terceras personas jurídicas o naturales para la ejecución del presente contrato. 12) GARANTIAS: EL CONTRATISTA se obliga a favor de LA CÁMARA a constituir y a mantener vigente por su cuenta y a favor de ésta, en una compañía de seguros legalmente establecida en el país, domiciliada en Bogotá, D.C., y aceptada por LA CÁMARA, las pólizas que cubran los siguientes amparos: a) CUMPLIMIENTO: Una póliza que garantice el cumplimiento del presente Contrato, por un valor asegurado igual al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con vigencia igual a la del presente Contrato y cuatro (4) meses más. d) SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES: Una póliza que garantice los salarios y prestaciones sociales, por un valor asegurado igual al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato con una vigencia igual a la del presente contrato y tres (3) años más. d) CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS: Una póliza que garantice la calidad de los servicios prestados, por un valor asegurado igual al diez (10%) del valor del contrato, con vigencia igual a la del presente Contrato y dos (2) años más. PARÁGRAFO PRIMERO: MODIFICACIONES. En todos los casos en que se modifique el plazo de ejecución del presente contrato y/o se adicione el valor del mismo, EL CONTRATISTA se compromete a presentar a LA CÁMARA el certificado de modificación de la póliza, ajustado con el nuevo plazo o valor, según corresponda. PARAGRAFO SEGUNDO: La póliza constituida por EL CONTRATISTA no expirará por falta de pago de la prima como tampoco por su revocación unilateral.

  • DURACION DEL CONTRATO La duración inicial de la prestación de servicios del presente CONTRATO será de DOS años contados desde la fecha que consta en las Condiciones Particulares o, en su defecto, a partir de la fecha de instalación del sistema de seguridad, entendiéndose a estos efectos como fecha de finalización la del último día del mes que corresponda. No obstante lo anterior, el CONTRATO de prestación de servicios se entenderá tácitamente prorrogado por períodos anuales, salvo que cualquiera de las partes notifique fehacientemente a la otra su deseo de dar por finalizado el CONTRATO con treinta días de antelación a la fecha de su vencimiento (del plazo de duración inicial o de cualquiera de las prórrogas anuales). En caso de actualización del sistema de alarma al modelo Verisure, la duración inicial del CONTRATO será de UN año contado desde la fecha que consta en las Condiciones Particulares o, en su defecto, a partir de la fecha de instalación del sistema de seguridad, entendiéndose a estos efectos como fecha de finalización la del último día del mes que corresponda. No obstante lo anterior, el CONTRATO de prestación de servicios se entenderá tácitamente prorrogado por períodos anuales, salvo que cualquiera de las partes notifique fehacientemente a la otra su deseo de dar por finalizado el CONTRATO con treinta días de antelación a la fecha de su vencimiento (del plazo de duración inicial o de cualquiera de las prórrogas anuales). En caso de que el sistema de seguridad a conectar y mantener haya sido instalado por SECURITAS DIRECT en Memoria de Calidades y goce de una oferta en la cuota mensual durante un determinado número de meses a partir de la Conexión a la Central Receptora de SECURITAS DIRECT, dicha oferta sólo será válida si la conexión se produce en un plazo inferior a un año desde el momento en que SECURITAS DIRECT instaló el sistema de seguridad. En caso de que el sistema de seguridad haya sido instalado en virtud de acuerdo con PromoCaixa S.A. la duración del CONTRATO será la incluida en la oferta correspondiente. En caso de traslado/s del sistema de seguridad o cambio de titularidad solicitado por el cliente original, el plazo de duración inicial del CONTRATO se contará desde la fecha de instalación del sistema de seguridad en el domicilio/dirección inicial.

  • OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Acusado recibo de la notificación de adjudicación, el contratista, dentro del plazo de quince (15) días hábiles, deberá aportar los siguientes documentos: A) Documento que acredite haber constituido en la Tesorería General del País Xxxxx o en la del Ente Público Osakidetza, según corresponda, a disposición de la Administración contratante, garantía definitiva por importe del 4 por 100 del importe de adjudicación o del presupuesto base de la licitación cuando el precio del contrato se determine en función de precios unitarios. En el caso de que se prevea en el punto 20 de la carátula de este Pliego la existencia de garantías complementarias, se constituirá por la cantidad determinada al efecto. La garantía podrá ser constituida en metálico, en valores públicos o valores privados avalados por el Estado, por una Comunidad Autónoma o por Banco, Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito o Sociedad de Garantía Recíproca debidamente autorizados para operar en España. También podrá ser constituida la garantía mediante aval prestado por Banco, Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito o Sociedad de Garantía Recíproca debidamente autorizados o mediante contrato de seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en España en el ramo de caución. El metálico, los títulos, los certificados, el aval o la póliza del contrato de seguro de caución se depositarán en la Tesorería General del País Xxxxx o en la del Ente Público Osakidetza. La garantía definitiva podrá ser sustituida por la certificación expedida por la Tesorería General del País Xxxxx o la del Ente Público de Osakidetza, de la existencia de la garantía global, de la suficiencia de la misma, así como de la inmovilización del importe de la garantía a constituir. B) Acreditar haber satisfecho el importe de los anuncios en Boletines Oficiales teniendo en cuenta que únicamente serán de cuenta del adjudicatario la publicación, por una sola vez, de los anuncios de los contratos en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial del País Xxxxx.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo de ejecución será hasta el 31 de diciembre de 2022, contado a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución del contrato.

  • PRECIO DEL CONTRATO 15.1 Los precios que cobre el Proveedor por los Bienes proporcionados y los Servicios Conexos prestados en virtud del Contrato no podrán ser diferentes de los cotizados por el Proveedor en su oferta, excepto por cualquier ajuste de precios autorizado en las CEC.

  • PLAZO DEL CONTRATO 4.1 El presente Contrato tiene una duración de un (01) año contado a partir de la fecha de su firma. 4.2 El plazo podrá ser prorrogado por el mismo período y hasta un máximo de dos (02) años adicionales mediante acuerdo escrito y expreso de las Partes.

  • NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO El contrato que basándose en este Pliego se perfeccione, tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará en lo dispuesto específicamente en el Libro IV, Titulo II, Capítulo V de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como en las demás normas aplicables a la contratación de las Administraciones Públicas.

  • Finalización del Contrato El Contrato finalizará por vencimiento de su plazo, o por la concurrencia de alguna de las siguientes causas de resolución: ⮚ Incumplimiento del Proveedor ⮚ Incursión sobrevenida del Proveedor en alguna de las causas de prohibición de contratar con la Administración Pública que establezcan las normas vigentes, en especial el Artículo 14 de la Ley No. 340-06, sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones.

  • Necesidad e idoneidad del contrato Los entes, organismos y entidades del sector público no podrán celebrar otros contratos que aquéllos que sean necesarios para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales. A tal efecto, la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato proyectado, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas, deben ser determinadas con precisión, dejando constancia de ello en la documentación preparatoria, antes de iniciar el procedimiento encaminado a su adjudicación.