Funcionamiento. La Comisión Paritaria se reunirá con carácter ordinario una vez al trimestre y con carácter extraordinario cuando lo solicite la mayoría de las organizaciones de una de las partes. En ambos casos la convocatoria se hará por escrito (correo postal o electrónico), con una antelación mínima xx xxxx días hábiles, indicándose en la misma el orden del día, fecha, hora y lugar de la reunión, adjuntándose la documentación necesaria. Los acuerdos de la Comisión Paritaria serán tomados por voto ponderado en función de la representatividad de cada organización en la mesa negociadora del Convenio, requiriéndose para tomar acuerdos válidos la aprobación de la mayoría de la representatividad patronal y de la sindical. El Presidente y el Secretario tienen voz, pero no voto. Si las partes se someten voluntariamente a su arbitraje, la resolución de la Comisión Paritaria será vinculante.
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Samples: Convenio Colectivo De Enseñanza Y Formación No Reglada, Ix Convenio Colectivo De Enseñanza Y Formación No Reglada, Ix Convenio Colectivo De Enseñanza Y Formación No Reglada
Funcionamiento. La Comisión Paritaria se reunirá con carácter ordinario una vez al trimestre y con carácter extraordinario cuando lo solicite la mayoría de las organizaciones de una de las partes. En ambos casos la convocatoria se hará por escrito (correo postal o electrónico), con una antelación mínima xx xxxx de 10 días hábiles, indicándose en la misma el orden del día, fecha, hora y lugar de la reunión, adjuntándose la documentación necesaria. Los acuerdos de la Comisión Paritaria serán tomados por voto ponderado en función de la representatividad de cada organización en la mesa negociadora del Convenio, requiriéndose para tomar acuerdos válidos la aprobación de la mayoría de la representatividad patronal y de la sindical. El Presidente y el Secretario tienen voz, pero no voto. Si las partes se someten voluntariamente a su arbitraje, la resolución de la Comisión Paritaria será vinculante.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Funcionamiento. La Comisión Paritaria se reunirá con carácter ordinario una vez al trimestre y con carácter extraordinario cuando lo solicite la mayoría de las organizaciones de una de las partes. En ambos casos la convocatoria se hará por escrito (correo postal o electrónico)fax, con una antelación mínima xx xxxx días hábiles, indicándose en la misma el orden del día, fecha, hora y lugar de la reunión, adjuntándose la documentación necesaria. Los acuerdos de la Comisión Paritaria serán tomados por voto ponderado en función de la representatividad de cada organización en la mesa negociadora del Convenio, requiriéndose para tomar acuerdos válidos la aprobación de la mayoría de la representatividad patronal y de la sindical. El Presidente y el Secretario tienen voz, pero no voto. Si las partes se someten voluntariamente a su arbitraje, la resolución de la Comisión Paritaria será vinculante.
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Samples: Convenio Colectivo De Enseñanza Y Formación No Reglada, Convenio Colectivo De Enseñanza Y Formación No Reglada
Funcionamiento. La Comisión Paritaria se reunirá con carácter ordinario una vez al trimestre tri- xxxxxx y con carácter extraordinario cuando lo solicite la mayoría de las organizaciones de una de las partes. En ambos casos la convocatoria se hará por escrito (correo postal o electrónico)fax, con una antelación mínima xx xxxx de cinco días hábiles, indicándose en la misma el orden del día, fecha, hora y lugar de la reunión, adjuntándose la documentación documen- tación necesaria. En caso de urgencia, la convocatoria deberá realizarse con una antela- ción mínima de cuarenta y ocho horas, y con las condiciones de los xxxxx- fos anteriores. Los acuerdos de la Comisión Paritaria serán tomados por voto ponderado ponde- rado en función de la representatividad de cada organización en la mesa negociadora Mesa Negociadora del Convenioconvenio, requiriéndose para tomar acuerdos válidos la aprobación de la mayoría de, al menos, el 50 por 100 de la representatividad patronal y del 50 por 100 de la sindical. El Presidente y el Secretario tienen voz, pero no voto. Si las partes se someten voluntariamente a su arbitraje, la resolución de la Comisión Paritaria será vinculante.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Funcionamiento. La Comisión Paritaria se reunirá con carácter ordinario una vez al trimestre y con carácter extraordinario extra- ordinario cuando lo solicite la mayoría de las organizaciones de una de las partes. En ambos casos la convocatoria se hará por escrito (correo postal o electrónico)fax, con una antelación mínima xx xxxx de 10 días hábiles, indicándose en la misma el orden del día, fecha, hora y lugar de la reunión, adjuntándose la documentación necesaria. Los acuerdos de la Comisión Paritaria serán tomados por voto ponderado en función de la representatividad repre- sentatividad de cada organización en la mesa negociadora del Convenio, requiriéndose para tomar acuerdos válidos la aprobación de la mayoría de la representatividad patronal y de la sindical. El Presidente y el Secretario tienen voz, pero no voto. Si las partes se someten voluntariamente a su arbitraje, la resolución de la Comisión Paritaria será vinculante.
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Samples: Convenio Colectivo
Funcionamiento. La Comisión Paritaria se reunirá con carácter ordinario una vez al trimestre y con carácter extraordinario cuando lo solicite la mayoría de las organizaciones de una de las partes. En ambos casos la convocatoria se hará por escrito (correo postal o electrónico)fax, con una antelación mínima xx xxxx de 5 días hábiles, indicándose en la misma el orden del día, fecha, hora y lugar de la reunión, adjuntándose adjuntán- dose la documentación necesaria. Los acuerdos de la Comisión Paritaria serán tomados por voto ponderado en función de la representatividad re- presentatividad de cada organización en la mesa negociadora del Convenio, requiriéndose para tomar acuerdos válidos la aprobación de la mayoría de la representatividad patronal y de la sindical. El Presidente y el Secretario tienen voz, pero no voto. Si las partes se someten voluntariamente a su arbitraje, la resolución de la Comisión Paritaria será vinculante.
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Samples: Convenio Colectivo