Garantía de mantenimiento de ofertas. Si correspondiere, el oferente deberá justificar la constitución de la garantía de mantenimiento de la oferta, en los términos y condiciones establecidos por el art. 55 del T.O.C.A.F. por un mínimo del 1 % del valor total de la oferta, HASTA 24 HORAS ANTES de la fecha de apertura, en la Dirección de Administración. De presentarse ofertas alternativas o variantes, esta garantía deberá constituirse de manera de contemplar la propuesta de mayor importe. La falta de presentación de esta garantía, será causal de rechazo de la propuesta. Esta garantía se devolverá de oficio o a petición del interesado, cuando la resolución de adjudicación se haya notificado y quedado firme, una vez rechazadas todas las propuestas presentadas o luego de vencido el plazo de vigencia de la oferta. El adjudicatario podrá retirar la garantía de mantenimiento de oferta una vez constituida la garantía de cumplimiento de contrato.
Garantía de mantenimiento de ofertas. Hasta ½ hora antes de la hora fijada para el acto de apertura de las propuestas, el oferente deberá justificar la constitución de la garantía de mantenimiento de la oferta, en los términos y condiciones establecidos por el Art. 55 del TOCAF del 1 % del valor total de la oferta. De presentarse ofertas alternativas o variantes, esta garantía deberá constituirse de manera de contemplar la propuesta de mayor importe. La falta de presentación de esta garantía, será causal de rechazo de la propuesta. Esta garantía se devolverá de oficio o a petición del interesado, cuando la resolución de adjudicación se haya notificado y haya quedado firme, una vez rechazadas todas las propuestas presentadas o luego de vencido el plazo de vigencia de la oferta. El adjudicatario podrá retirar la garantía de mantenimiento de oferta una vez constituida la garantía de cumplimiento de contrato.
Garantía de mantenimiento de ofertas. Si correspondiere, hasta el momento o en el mismo acto de apertura de las propuestas, el oferente deberá justificar la constitución de la garantía de mantenimiento de la oferta, en los términos y condiciones establecidos por el art. 55 del TOCAF por un mínimo del 1 % del valor total de la oferta. De presentarse ofertas alternativas o variantes, esta garantía deberá constituirse de manera de contemplar la propuesta de mayor importe. El monto de la oferta, a los efectos del cálculo de la garantía, será el resultante de multiplicar el precio mensual propuesto por el período de contratación definido en el objeto del llamado. La falta de presentación de esta garantía, será causal de rechazo de la propuesta. Esta garantía se devolverá de oficio o a petición del interesado, cuando la resolución de adjudicación se haya notificado y haya quedado firme, una vez rechazadas todas las propuestas presentadas o luego de vencido el plazo de vigencia de la oferta. El adjudicatario podrá retirar la garantía de mantenimiento de oferta una vez constituida la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
Garantía de mantenimiento de ofertas. Copia autenticada de escritura de constitución y sus reformas debidamente inscritas en el Registro Mercantil.
Garantía de mantenimiento de ofertas. Hasta el momento del acto de apertura de las propuestas, el oferente deberá justificar la constitución de la garantía de mantenimiento de la oferta, en los términos y condiciones establecidos por el Art. 64 del TOCAF, POR UN VALOR DE $ 80.000,00. Esta garantía se devolverá de oficio o a petición del interesado, cuando la resolución de adjudicación se haya notificado y haya quedado firme, una vez rechazadas todas las propuestas presentadas o luego de vencido el plazo de vigencia de la oferta. El adjudicatario podrá retirar la garantía de mantenimiento de oferta una vez constituida la garantía de fiel cumplimiento de contrato. La mencionada garantía se deberá depositar en Tesorería de CODICEN, sita en Xxxxxxx 1045 en el horario de 14:00 a 16:00 horas.
Garantía de mantenimiento de ofertas. Declaración jurada de no estar inhabilitado para contratar con el Estado Durante el examen de las ofertas se determinará si las estipulaciones y condiciones solicitadas en el Pliego de Condiciones, han sido aceptadas por el Oferente sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Si el examen de las ofertas determina que esta no se ajusta sustancialmente al Pliego de Condiciones la oferta será descalificada.
Garantía de mantenimiento de ofertas. No será necesaria la constitución de la garantía de mantenimiento de oferta por encontrarse exonerados los procedimientos de contratación según Resolución del Ministerio del Interior de fecha 29 xx Xxxx de 2012.
Garantía de mantenimiento de ofertas. Previo al acto de apertura de las propuestas, el oferente deberá justificar la constitución de la garantía de mantenimiento de la oferta, en los términos y condiciones establecidos por el art. 64 del TOCAF por la suma de $ 200.000. Esta garantía se devolverá de oficio o a petición del interesado, cuando la resolución de adjudicación se haya notificado y haya quedado firme, una vez rechazadas todas las propuestas presentadas o luego de vencido el plazo de vigencia de la oferta. El adjudicatario podrá retirar la garantía de mantenimiento de oferta una vez constituida la garantía de fiel cumplimiento de contrato. El oferente podrá hacer uso de la opción del art. 64 del TOCAF, debiendo asentarlo en la oferta en forma expresa puesto en caso contrario se entenderá que no lo presentó.
Garantía de mantenimiento de ofertas. Hasta el día 11 xx Xxxxxx de 2009 el oferente podrá efectuar el depósito de la garantía de mantenimiento de oferta, en la Dirección de Economía y Finanzas de la Fuerza Aérea de 8:00 a 12.30 horas, en los términos y condiciones establecidos por el artículo 55 del TOCAF por un mínimo del 1 % del valor total de la oferta. De presentarse ofertas alternativas o variantes, esta garantía deberá constituirse de manera de contemplar la propuesta de mayor importe. La falta de presentación de esta garantía en el plazo y en la forma estipulada en éste Pliego, será causal de rechazo de la propuesta. Esta garantía se devolverá de oficio o a petición del interesado, cuando la resolución de adjudicación se haya notificado y haya quedado firme, una vez rechazadas todas las propuestas presentadas o luego de vencido el plazo de vigencia de la oferta. El adjudicatario podrá retirar la garantía de mantenimiento de oferta una vez constituida la garantía de cumplimiento de contrato.
Garantía de mantenimiento de ofertas. Hasta el momento del acto de apertura de las propuestas, el oferente deberá justificar la constitución de la garantía de mantenimiento de la oferta, en los términos y condiciones establecidos por el Art. 55 del TOCAF, con un mínimo del 1% (uno por ciento) del valor total de la oferta, teniendo en cuenta la opción de mayor valor ofertado. Esta garantía se devolverá de oficio o a petición del interesado, cuando la resolución de adjudicación se haya notificado y haya quedado firme, una vez rechazadas todas las propuestas presentadas o luego de vencido el plazo de vigencia de la oferta. El adjudicatario podrá retirar la garantía de mantenimiento de oferta una vez constituida la garantía de fiel cumplimiento de contrato. Garantía de cumplimiento de contrato: Si correspondiere, dentro de los 5 (cinco) días siguientes de recibida la Orden de Compra, el adjudicatario deberá justificar la constitución de la garantía de cumplimiento de contrato por un mínimo del 5% (cinco por ciento) de la contratación, en los términos y condición previsto por el Art. 55 del TOCAF. El oferente hará efectivo el depósito en caso de que el monto total adjudicado sea igual o mayor al 40% (cuarenta por ciento) xxx xxxx vigente establecido para las Licitaciones Abreviadas. La mencionada garantía se deberá depositar en el Departamento de Tesorería de CODICEN, sita en Río Negro 1263/69, en el horario de 14:00 a 16:00 horas. Si el adjudicatario no efectuara el depósito de Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato dentro del plazo y condiciones establecidos, la Administración podrá rescindir el contrato por esta sola causal. La falta de constitución de esta garantía en tiempo y forma, excepto que se haya autorizado una prórroga, hará caducar los derechos del adjudicatario, pudiendo la Administración ejecutar la garantía de mantenimiento de oferta, iniciar las acciones que pudieran corresponder contra el adjudicatario por los daños y perjuicios que cause su incumplimiento, tomar como antecedente negativo en futuras licitaciones este hecho, y reconsiderar el estudio de la licitación con exclusión del oferente adjudicado en primera instancia. Esta garantía podrá ser ejecutada en caso de que el adjudicatario, no de cumplimiento a las obligaciones contractuales y se devolverá luego de producida la finalización de los servicios, con la previa conformidad de los mismos por parte de la Administración. OFERTA Y COTIZACIÓN (SOBRE No 2) La oferta se cotizará, en pesos uruguayos y se expresará en números...