GARANTÍA DE SERIEDAD. Para afianzar la seriedad de cada oferta, el respectivo Proponente Individual o Plural, por sí mismoo por cuenta de un tercero, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1039 y 1040 del Código de Comercio, debe constituir y acompañar garantía a favor de la ANH, vigente entre la fecha de presentación de aquella y el Día en que tenga lugar la aprobación de las garantías contractuales, siempre que en el correspondiente negocio jurídico no exista Fase Preliminar, o hasta su suscripción, si la tiene. El plazo inicial de la garantía será de seis (6) Meses, contados apartir de la fecha de presentación de la oferta, prorrogables en función de lo expuesto, de maneraque el ordenante adquiere el compromiso de extenderla, si a ello hubiere lugar. En caso de que el Proponente Inicial ejerza el derecho que ostenta de igualar o mejorar la Contraoferta más Favorable presentada por la misma Área, deberá acompañar a su nueva oferta prórroga de la vigencia de Garantía de Seriedad inicialmente presentada, a efectos de satisfacer el plazo iniciala que refiere este inciso. Los Participantes cuyo ofrecimiento no haya sido declarado Propuesta Inicial, que presenten Contraoferta por la misma Área, podrán respaldar su Contraoferta con la misma Garantía de Seriedad que presentaron para amparar la Propuesta correspondiente, con las modificaciones a que haya lugar, incluida la prórroga de su vigencia. Dicha Garantía ha de tener por objeto afianzar la seriedad y firmeza del respectivo ofrecimiento; mantener en firme sus términos y condiciones hasta la aprobación de las garantías contractuales, siempre que el negocio jurídico no tenga Fase Preliminar, o hasta su suscripción, si la tiene; concurrir oportunamente a la celebración, perfeccionamiento y puesta en ejecución del mismo, en caso de Adjudicación; otorgar en tiempo las referidas garantías contractuales, en los términosde la ley y del negocio jurídico de que se trate, de ser ello procedente, lo mismo que extender su vigencia en caso de requerirlo así la ANH. La suma asegurada debe corresponder a cien mil Dólares de los Estados Unidos de América (USD 100.000) o su equivalente en pesos colombianos, de acuerdo con la Tasa Representativa del Xxxxxxx xxx Xxxxx, TRM vigente en la fecha de otorgamiento de la respectiva Garantía, Tasa que debe consignarse en su texto, para Propuestas o Contraofertas sobre Áreas Continentales, y de ciento cincuenta mil Dólares de los Estados Unidos de América (USD 150.000) o su equivalente en pesos colombianos, también de acuerdo con la Tasa Representativa del Mercadodel Dólar, TRM vigente en la fecha de otorgamiento de la Garantía, Tasa que debe consignarse en su texto, para Propuestas o Contraofertas sobre Áreas Xxxxx Afuera. El valor asegurado constituye a la vez sanción pecuniaria por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones y compromisos que asume el Participante habilitado con la presentación de oferta, a tono con los artículos 115 y 136 del Decreto Reglamentario 1510 de 2013, recopilados por los Artículos 2.2.1.2.3.1.6 y 2.2.1.2.3.2.8 del identificado como el Decreto Único 1082 de 2015. Las Garantías de Seriedad pueden consistir en cualquiera de las reguladas en los artículos 129 a 136 y 140 a 146 del Decreto Reglamentario 1510 de 2013, recopilados por los Artículos 2.2.1.2.3.2.1 a 2.2.1.2.3.2.8 y 2.2.1.2.3.3.1 a 2.2.1.2.3.4.1 del Decreto Único 1082 de 2015, así como ajustarse a los requerimientos y condiciones establecidos en los artículos 110 a 113, 115 y 127 del mismo Estatuto, recopilados por los Artículos 2.2.1.2.3.1.1 a 2.2.1.2.3.1.4, 2.2.1.2.3.1.6 y 2.2.1.2.3.1.18 de dicho Decreto Único, o en las disposiciones que lo sustituyan, modifiquen o complementen. La ANH mantendrá en custodia las garantías y devolverá las otorgadas por los Proponentes o Contraoferentes que no resulten favorecidos con la Adjudicación del Área respectiva.
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GARANTÍA DE SERIEDAD. Para afianzar la Los proponentes deberán presentar una garantía de seriedad de cada ofertala propuesta para PARTICULARES, a favor de la Unidad de Planeación Minero Energética, –UPME- por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial asignado para la presente contratación. La vigencia de esta garantía será de noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha del cierre de este proceso concursal inclusive. Igualmente se debe adjuntar el recibo de pago correspondiente a la prima por concepto de seguro de la respectiva póliza. Para el efecto deberá adjuntar a la propuesta el original del mismo. Dicha garantía deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia. La seriedad de la oferta también podrá ser garantizada por una entidad bancaria. La garantía deberá ser expedida por el Representante Legal de la entidad bancaria. En todo caso no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral. En el evento en que la oferta se presente en representación de una persona jurídica, la garantía de seriedad deberá ser expedida a nombre del proponente, vale decir la persona representada. En el evento de presentación conjunta de propuestas, la garantía de seriedad deberá expedirse a nombre de todos los integrantes del consorcio o de la unión temporal según el caso, debiéndose indicar en la respectiva garantía el nombre de las personas naturales o jurídicas que integran esta clase de conformación. En el evento de prórroga en el plazo de adjudicación, o para la suscripción del contrato o para la constitución de garantías o para el perfeccionamiento del mismo, el respectivo Proponente Individual o Pluralproponente deberá ampliar, por el periodo de la prórroga, el de la garantía de seriedad sí mismoo la vigencia inicial no cubre este nuevo término. El original de la garantía de seriedad y las copias de las ofertas les serán devueltas, previa solicitud, a todos los proponentes cuando la contratación de pluralidad de ofertas se termine el procedimiento sin aceptación de oferta. De la misma manera a los oferentes no favorecidos con la adjudicación del contrato. Salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, si el adjudicatario o contratista no se allanare a cumplir las condiciones y obligaciones establecidas en estos Documentos de Condiciones Técnicas Necesarias, especialmente las relacionadas con la suscripción del contrato, constitución de las pólizas, contribución al perfeccionamiento del contrato dentro del término señalado y mantener lo ofrecido en su propuesta, se hará efectiva a favor de la UPME la póliza de seriedad de la propuesta. Lo anterior sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados a la UPME y no cubiertos por cuenta la cuantía de un terceroesta póliza y sin perjuicio de que la UPME pueda optar por adjudicar, dentro de conformidad los 15 días hábiles siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, si la propuesta presentada es favorable para la Entidad. Los documentos solicitados en este capítulo y otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en el Artículo 259 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 1039 y 1040 el Artículo 480 del Código de Comercio. Por lo tanto, debe constituir y acompañar garantía a favor deberán autenticarse por funcionarios competentes del país de la ANHorigen, vigente entre la fecha de presentación de aquella y el Día en que tenga lugar la aprobación de las garantías contractuales, siempre que en el correspondiente negocio jurídico no exista Fase Preliminar, o hasta su suscripción, si la tiene. El plazo inicial de la garantía será de seis (6) Meses, contados apartir de la fecha de presentación de la oferta, prorrogables en función de lo expuesto, de maneraque el ordenante adquiere el compromiso de extenderla, si a ello hubiere lugar. En caso de que el Proponente Inicial ejerza el derecho que ostenta de igualar o mejorar la Contraoferta más Favorable presentada por la misma Área, deberá acompañar a su nueva oferta prórroga de vez por el Cónsul Colombiano o Agente Diplomático, al autenticar los documentos el Cónsul o Agente Diplomático hará constar que la vigencia de Garantía de Seriedad inicialmente presentada, sociedad existente ejerce su objeto conforme a efectos de satisfacer el plazo iniciala que refiere este inciso. Los Participantes cuyo ofrecimiento no haya sido declarado Propuesta Inicial, que presenten Contraoferta por la misma Área, podrán respaldar su Contraoferta con la misma Garantía de Seriedad que presentaron para amparar la Propuesta correspondiente, con las modificaciones a que haya lugar, incluida la prórroga de su vigencia. Dicha Garantía ha de tener por objeto afianzar la seriedad y firmeza leyes del respectivo ofrecimiento; mantener en firme sus términos y condiciones hasta país, la aprobación de las garantías contractuales, siempre que el negocio jurídico no tenga Fase Preliminar, firma del Cónsul o hasta su suscripción, si la tiene; concurrir oportunamente a la celebración, perfeccionamiento y puesta en ejecución del mismo, en caso de Adjudicación; otorgar en tiempo las referidas garantías contractuales, en los términosde la ley y del negocio jurídico de que Agente Diplomático se trate, de ser ello procedente, lo mismo que extender su vigencia en caso de requerirlo así la ANH. La suma asegurada debe corresponder a cien mil Dólares de los Estados Unidos de América (USD 100.000) o su equivalente en pesos colombianos, de acuerdo con la Tasa Representativa del Xxxxxxx xxx Xxxxx, TRM vigente en la fecha de otorgamiento de la respectiva Garantía, Tasa que debe consignarse en su texto, para Propuestas o Contraofertas sobre Áreas Continentales, y de ciento cincuenta mil Dólares de los Estados Unidos de América (USD 150.000) o su equivalente en pesos colombianos, también de acuerdo con la Tasa Representativa del Mercadodel Dólar, TRM vigente en la fecha de otorgamiento de la Garantía, Tasa que debe consignarse en su texto, para Propuestas o Contraofertas sobre Áreas Xxxxx Afuera. El valor asegurado constituye a la vez sanción pecuniaria abonará por el incumplimiento Ministerio de cualquiera Relaciones Exteriores de las obligaciones y compromisos que asume el Participante habilitado con la presentación de oferta, a tono con los artículos 115 y 136 del Decreto Reglamentario 1510 de 2013, recopilados por los Artículos 2.2.1.2.3.1.6 y 2.2.1.2.3.2.8 del identificado como el Decreto Único 1082 de 2015. Las Garantías de Seriedad pueden consistir en cualquiera de las reguladas en los artículos 129 a 136 y 140 a 146 del Decreto Reglamentario 1510 de 2013, recopilados por los Artículos 2.2.1.2.3.2.1 a 2.2.1.2.3.2.8 y 2.2.1.2.3.3.1 a 2.2.1.2.3.4.1 del Decreto Único 1082 de 2015, así como ajustarse a los requerimientos y condiciones establecidos en los artículos 110 a 113, 115 y 127 del mismo Estatuto, recopilados por los Artículos 2.2.1.2.3.1.1 a 2.2.1.2.3.1.4, 2.2.1.2.3.1.6 y 2.2.1.2.3.1.18 de dicho Decreto Único, o en las disposiciones que lo sustituyan, modifiquen o complementen. La ANH mantendrá en custodia las garantías y devolverá las otorgadas por los Proponentes o Contraoferentes que no resulten favorecidos con la Adjudicación del Área respectivaColombia.
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GARANTÍA DE SERIEDAD. Para afianzar garantizar la seriedad de su propuesta, cada ofertaparticipante deberá presentar a “EL IMSS” la Garantía de Seriedad de la propuesta, el respectivo Proponente Individual o Pluralconforme a lo siguiente: Constituirse mediante una carta de crédito stand-by incondicional e irrevocable, expedida por sí mismoo por cuenta una institución de un tercero, de conformidad con lo dispuesto crédito debidamente autorizada para operar en los artículos 1039 y 1040 del Código de Comercio, debe constituir y acompañar garantía México; Otorgarse a favor de “EL IMSS”; Estar denominada en pesos mexicanos y por un monto equivalente a 3 (tres) meses de la ANHcuota fija de la contraprestación; y, vigente entre Tener una vigencia a partir de la fecha del acto de presentación y apertura de aquella proposiciones y hasta la fecha prevista para la suscripción del contrato de arrendamiento, establecidas en la sección 7.1 anterior. Los participantes deberán tomar en cuenta que cualquier estipulación que se incluya en el Día texto de la Garantía de Seriedad de la propuesta, y que agregue cualquier requisito adicional o contrario a los establecidos en estas Bases y Reglas, que elimine o modifique los mismos y que por ese motivo se pueda afectar el cobro de la Garantía de Seriedad en el caso de incumplimiento de las obligaciones del participante, será motivo para considerar que la misma no cumple con los requisitos establecidos en las presentes Bases y Reglas. La Garantía de Seriedad de la propuesta de cada participante cuya propuesta no hubiera resultado ganadora, incluyendo la que en su caso, hubiera sido declarada en segundo o ulteriores lugares, se devolverá después de 2 (dos) días hábiles posteriores a la fecha en que tenga lugar el acto de Fallo del procedimiento. El participante que hubiera sido declarado finalista, ya sea en segundo o ulterior lugar, se obliga a que si habiéndosele reintegrado la aprobación Garantía de las garantías contractuales, siempre que Seriedad de la propuesta conforme a lo señalado en el correspondiente negocio jurídico no exista Fase Preliminarinciso anterior, o hasta su suscripciónfuera declarado licitante ganador, si dentro de los siguientes 5 (cinco) días hábiles a la tiene. El plazo inicial fecha en que haya sido notificado por “EL IMSS” de lo anterior, entregará en los términos establecidos en estas Bases y Reglas, una modificación a la Garantía de Seriedad de la garantía será propuesta o una nueva, la cual estará vigente hasta la nueva fecha notificada por “EL IMSS” para la suscripción del contrato de seis (6) Meses, contados apartir de la fecha de presentación de la oferta, prorrogables en función de lo expuesto, de maneraque el ordenante adquiere el compromiso de extenderla, si a ello hubiere lugararrendamiento. En caso de no cumplir con esta obligación, “EL IMSS” desechará su propuesta. En el caso que algún participante, por así convenir a sus intereses, decida presentar dentro de los términos legales que fijen las disposiciones aplicables, un recurso administrativo o judicial en contra del procedimiento de licitación o del Fallo, y en el supuesto que el Proponente Inicial ejerza o los recursos promovidos por el derecho participante sean declarados legalmente válidos y, por lo tanto, dicho participante fuera declarado ganador del procedimiento, dentro de los siguientes 5 (cinco) días hábiles a la fecha en que ostenta haya sido notificado por “EL IMSS” de igualar o mejorar la Contraoferta más Favorable presentada por la misma Árealo anterior, deberá acompañar se obliga a su emitir en los términos establecidos en estas Bases y Reglas, una nueva oferta prórroga de la vigencia de Garantía de Seriedad inicialmente presentadade la propuesta que estará vigente hasta la nueva fecha notificada por “EL IMSS” para la suscripción del contrato de arrendamiento. En caso de no cumplir con esta obligación, a efectos de satisfacer el plazo iniciala que refiere este inciso. Los Participantes cuyo ofrecimiento no haya sido declarado Propuesta Inicial, que presenten Contraoferta por “EL IMSS” podrá hacer efectiva la misma Área, podrán respaldar su Contraoferta con la misma Garantía de Seriedad que presentaron para amparar la Propuesta correspondiente, con las modificaciones a que haya lugar, incluida la prórroga de y desechará su vigencia. Dicha Garantía ha de tener por objeto afianzar la seriedad y firmeza del respectivo ofrecimiento; mantener en firme sus términos y condiciones hasta la aprobación de las garantías contractuales, siempre que el negocio jurídico no tenga Fase Preliminar, o hasta su suscripción, si la tiene; concurrir oportunamente a la celebración, perfeccionamiento y puesta en ejecución del mismo, en caso de Adjudicación; otorgar en tiempo las referidas garantías contractuales, en los términosde la ley y del negocio jurídico de que se trate, de ser ello procedente, lo mismo que extender su vigencia en caso de requerirlo así la ANHpropuesta. La suma asegurada debe corresponder a cien mil Dólares Garantía de los Estados Unidos Seriedad de América (USD 100.000) o su equivalente en pesos colombianosla propuesta del licitante ganador, de acuerdo con la Tasa Representativa del Xxxxxxx xxx Xxxxx, TRM vigente será devuelta en la fecha de otorgamiento suscripción del contrato de arrendamiento. “EL IMSS” hará efectiva la Garantía de Seriedad de la respectiva Garantíapropuesta cuando: Los participantes no sostengan sus propuestas, Tasa que debe consignarse o se retiren del procedimiento durante cualquiera de las etapas del mismo; El participante ganador no acuda a la firma el contrato de arrendamiento en su texto, para Propuestas o Contraofertas sobre Áreas Continentales, la fecha referida en la sección 7.1 de las presentes Bases y Reglas; El participante ganador no presente el Depósito y la Garantía de ciento cincuenta mil Dólares de los Estados Unidos de América (USD 150.000) o su equivalente en pesos colombianos, también de acuerdo con la Tasa Representativa Cumplimiento del Mercadodel Dólar, TRM vigente Contrato en la fecha de otorgamiento firma del contrato de arrendamiento; o Si el participante no renueva o sustituye la Garantía, Tasa que debe consignarse en su texto, para Propuestas o Contraofertas sobre Áreas Xxxxx Afuera. El valor asegurado constituye a la vez sanción pecuniaria por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones y compromisos que asume el Participante habilitado con la presentación de oferta, a tono con los artículos 115 y 136 del Decreto Reglamentario 1510 de 2013, recopilados por los Artículos 2.2.1.2.3.1.6 y 2.2.1.2.3.2.8 del identificado como el Decreto Único 1082 de 2015. Las Garantías Garantía de Seriedad pueden consistir en cualquiera términos de las reguladas lo indicado en los artículos 129 a 136 y 140 a 146 del Decreto Reglamentario 1510 de 2013, recopilados por los Artículos 2.2.1.2.3.2.1 a 2.2.1.2.3.2.8 y 2.2.1.2.3.3.1 a 2.2.1.2.3.4.1 del Decreto Único 1082 de 2015, así como ajustarse a los requerimientos y condiciones establecidos en los artículos 110 a 113, 115 y 127 del mismo Estatuto, recopilados por los Artículos 2.2.1.2.3.1.1 a 2.2.1.2.3.1.4, 2.2.1.2.3.1.6 y 2.2.1.2.3.1.18 de dicho Decreto Único, o en las disposiciones que lo sustituyan, modifiquen o complementen. La ANH mantendrá en custodia las garantías y devolverá las otorgadas por los Proponentes o Contraoferentes que no resulten favorecidos con la Adjudicación del Área respectivapresente sección.
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GARANTÍA DE SERIEDAD. Para afianzar la Los proponentes deberán presentar una garantía de seriedad de cada ofertala propuesta para entidades estatales, el respectivo Proponente Individual o Plural, por sí mismoo por cuenta de un tercero, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1039 y 1040 del Código de Comercio, debe constituir y acompañar garantía a favor de la ANHUnidad de Planeación Minero Energética, vigente entre – UPME- por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto de seguros para la presente vigencia que se estima en TREINTA MILLONES DE PESOS ( $ 30.000.000.oo) . La vigencia de esta garantía será de noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha y hora del cierre de este proceso concursal inclusive. Igualmente se debe adjuntar el recibo de pago correspondiente a la prima por concepto de seguro de la respectiva póliza. Para el efecto deberá adjuntar a la propuesta el original del mismo. Dicha garantía deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia. La seriedad de la oferta también podrá ser garantizada por una entidad bancaria. La garantía deberá ser expedida por el Representante Legal de la entidad bancaria. En todo caso no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral. En el evento en que la oferta se presente en representación de una persona jurídica, la garantía de seriedad deberá ser expedida a nombre del proponente, vale decir la persona representada. En el evento de presentación conjunta de aquella propuestas, la garantía de seriedad deberá expedirse a nombre de todos los integrantes del consorcio o de la unión temporal según el caso. En el evento de prórroga en el plazo de adjudicación, o para la suscripción del contrato o para la constitución de garantías o para el perfeccionamiento del mismo, el proponente deberá ampliar, por el periodo de la prórroga, el de la garantía de seriedad sí la vigencia inicial no cubre este nuevo término. El original de la garantía de seriedad y el Día en que tenga lugar la aprobación las copias de las garantías contractualesofertas les serán devueltas, siempre que previa solicitud, a todos los proponentes cuando el concurso se declare desierto o no se adjudique en el correspondiente negocio jurídico plazo previsto. De la misma manera a los oferentes no exista Fase Preliminarfavorecidos con la adjudicación del contrato. Salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, si el adjudicatario o hasta contratista no se allanare a cumplir las condiciones y obligaciones establecidas en estos Términos de Referencia, especialmente las relacionadas con la suscripción del contrato, constitución de las pólizas, contribución al perfeccionamiento del contrato dentro del término señalado y mantener lo ofrecido en su suscripciónpropuesta, se hará efectiva a favor de la UPME la póliza de seriedad de la propuesta. Lo anterior sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados a la UPME y no cubiertos por la cuantía de esta póliza y sin perjuicio de que la UPME pueda optar por adjudicar, dentro de los 15 días hábiles siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, si la tiene. El plazo inicial de propuesta presentada es favorable para la garantía será de seis (6) Meses, contados apartir de la fecha de presentación de la oferta, prorrogables en función de lo expuesto, de maneraque el ordenante adquiere el compromiso de extenderla, si a ello hubiere lugar. En caso de que el Proponente Inicial ejerza el derecho que ostenta de igualar o mejorar la Contraoferta más Favorable presentada por la misma Área, deberá acompañar a su nueva oferta prórroga de la vigencia de Garantía de Seriedad inicialmente presentada, a efectos de satisfacer el plazo iniciala que refiere este inciso. Los Participantes cuyo ofrecimiento no haya sido declarado Propuesta Inicial, que presenten Contraoferta por la misma Área, podrán respaldar su Contraoferta con la misma Garantía de Seriedad que presentaron para amparar la Propuesta correspondiente, con las modificaciones a que haya lugar, incluida la prórroga de su vigencia. Dicha Garantía ha de tener por objeto afianzar la seriedad y firmeza del respectivo ofrecimiento; mantener en firme sus términos y condiciones hasta la aprobación de las garantías contractuales, siempre que el negocio jurídico no tenga Fase Preliminar, o hasta su suscripción, si la tiene; concurrir oportunamente a la celebración, perfeccionamiento y puesta en ejecución del mismo, en caso de Adjudicación; otorgar en tiempo las referidas garantías contractuales, en los términosde la ley y del negocio jurídico de que se trate, de ser ello procedente, lo mismo que extender su vigencia en caso de requerirlo así la ANH. La suma asegurada debe corresponder a cien mil Dólares de los Estados Unidos de América (USD 100.000) o su equivalente en pesos colombianos, de acuerdo con la Tasa Representativa del Xxxxxxx xxx Xxxxx, TRM vigente en la fecha de otorgamiento de la respectiva Garantía, Tasa que debe consignarse en su texto, para Propuestas o Contraofertas sobre Áreas Continentales, y de ciento cincuenta mil Dólares de los Estados Unidos de América (USD 150.000) o su equivalente en pesos colombianos, también de acuerdo con la Tasa Representativa del Mercadodel Dólar, TRM vigente en la fecha de otorgamiento de la Garantía, Tasa que debe consignarse en su texto, para Propuestas o Contraofertas sobre Áreas Xxxxx Afuera. El valor asegurado constituye a la vez sanción pecuniaria por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones y compromisos que asume el Participante habilitado con la presentación de oferta, a tono con los artículos 115 y 136 del Decreto Reglamentario 1510 de 2013, recopilados por los Artículos 2.2.1.2.3.1.6 y 2.2.1.2.3.2.8 del identificado como el Decreto Único 1082 de 2015. Las Garantías de Seriedad pueden consistir en cualquiera de las reguladas en los artículos 129 a 136 y 140 a 146 del Decreto Reglamentario 1510 de 2013, recopilados por los Artículos 2.2.1.2.3.2.1 a 2.2.1.2.3.2.8 y 2.2.1.2.3.3.1 a 2.2.1.2.3.4.1 del Decreto Único 1082 de 2015, así como ajustarse a los requerimientos y condiciones establecidos en los artículos 110 a 113, 115 y 127 del mismo Estatuto, recopilados por los Artículos 2.2.1.2.3.1.1 a 2.2.1.2.3.1.4, 2.2.1.2.3.1.6 y 2.2.1.2.3.1.18 de dicho Decreto Único, o en las disposiciones que lo sustituyan, modifiquen o complementen. La ANH mantendrá en custodia las garantías y devolverá las otorgadas por los Proponentes o Contraoferentes que no resulten favorecidos con la Adjudicación del Área respectivaEntidad.
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