Common use of GARANTÍAS DEL CONTRATO Clause in Contracts

GARANTÍAS DEL CONTRATO. SECCIÓN 5.01. Características de la Garantía Única de Cumplimiento. (i) Amparo de Cumplimiento del Contrato: (1) Este amparo deberá constituirse a favor de la AGENCIA con el objeto de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones a cargo del Interventor relativas al Contrato de Interventoría incluyendo el pago de multas, la cláusula penal y demás sanciones que se impongan al Interventor. (2) la vigencia corresponderá a la duración del Contrato de Interventoría estimada en treinta y seis (36) meses, más una vigencia adicional correspondiente al plazo contractual previsto para la liquidación del presente Contrato en los términos de la Sección 8.03 del presente Contrato. En todo caso, la vigencia de este amparo deberá prorrogarse, a costo y riesgo del Interventor, de manera que durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría siempre esté amparada la AGENCIA con esta Garantía Única de Cumplimiento. (3) El valor asegurado será el equivalente al treinta por treinta (30%) del valor de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011, (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato. El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (ii) Amparo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: (1) Este amparo debe constituirse a favor de la AGENCIA para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al personal destinado para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Interventor durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría. (2) El valor asegurado será el equivalente al diez (10%) de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución del Contrato de Interventoría, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato. (3) Este amparo deberá tener una vigencia igual al plazo del Contrato de Interventoría y tres (3) años más contados a partir de la fecha de terminación del contrato. En todo caso, el Interventor se obliga a prorrogar la vigencia de este amparo dentro de los treinta (30) días hábiles anteriores a su vencimiento, en caso de que la vigencia inicial no cubra tres (3) años adicionales a la fecha de terminación del presente Contrato. (iii) Amparo de Calidad de los Servicios Prestados: (1) El Interventor deberá constituir como un amparo adicional, un amparo de calidad de los servicios prestados que cubra los perjuicios que pueda sufrir la AGENCIA como consecuencia de la mala calidad o insuficiencia del servicio prestado y de los productos entregados por el Interventor en desarrollo del presente Contrato. (2) El valor asegurado será el equivalente al treinta por ciento (30%) del valor de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en desarrollo del presente Contrato, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato). El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (3) Este amparo deberá tener una vigencia de sesenta (60) meses contados a partir de la terminación del Contrato de Interventoría. SECCIÓN 5.02. Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual. (1) El objetivo de este seguro es brindar protección frente a las eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones del Interventor o sus subcontratistas, en procura de mantener indemne por cualquier concepto a la AGENCIA frente a las acciones, reclamaciones o demandas de cualquier naturaleza derivadas de daños y/o perjuicios causados a propiedades o a la vida o integridad personal de terceros o de la AGENCIA, incluyendo las de cualquiera de los empleados, agentes o subcontratistas de la AGENCIA, que surjan como consecuencia directa o indirecta de actos, hechos u omisiones del Interventor en la ejecución del Contrato. (2) Vigencia. La vigencia inicial de la póliza de responsabilidad civil extracontractual será por el término de duración del contrato. 3) Partes. La póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual deberá contemplar a la AGENCIA, al Interventor y sus subcontratistas como asegurados y beneficiarios. (4) Las pólizas deberán constituirse de acuerdo con las coberturas y requisitos establecidos en la Sección I del Capítulo II del Título V del Decreto 734 de 2012, en adición, el seguro deberá incluir los siguientes amparos: responsabilidad civil xxxxxxx, xxxxxx de contratistas y subcontratistas y gastos médicos sin demostración previa de responsabilidad.

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Samples: Interventoría Contract, Interventoría Contract

GARANTÍAS DEL CONTRATO. SECCIÓN 5.01. Características En términos de lo estipulado en los artículos 56 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca y 53 de su Reglamento, el Proveedor Adjudicado que celebre el Contrato con la Solicitante deberá presentar las siguientes garantías:  Garantía Única de Cumplimiento. (i) Amparo : El Proveedor deberá garantizar todas y cada una de Cumplimiento las obligaciones a su cargo derivadas del Contrato, equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado, considerando el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.); y.  Garantía de Anticipo: En caso de que el Proveedor solicite un anticipo (1hasta 50% del monto total adjudicado), deberá garantizar el monto total del anticipo, es decir el equivalente al 100% (cien por ciento) Este amparo deberá constituirse del monto total del anticipo, considerando el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), previa a la entrega del anticipo. Las garantías deberán presentarse mediante póliza de fianza, cheque certificado o billete de depósito, y expedirse a favor de la AGENCIA con Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado. Dichas garantías deberán presentarse a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del Contrato, mediante un escrito firmado por el objeto Proveedor dirigido a la Contratante, cumpliendo lo establecido en el artículo 126 del Reglamento de garantizar la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. En caso de que el Proveedor presente póliza de fianza, deberá incluir dentro de su texto la siguiente leyenda: “La fianza continuará vigente en el caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor, para el cumplimiento de todas las obligaciones a cargo del Interventor relativas al Contrato de Interventoría incluyendo el pago de multas, la cláusula penal y demás sanciones que se impongan afianzan, aun cuando hayan sido solicitadas y autorizadas extemporáneamente o inclusive cuando la prórroga o espera sea otorgada unilateralmente por la dependencia o entidad, y se haya comunicado al Interventor. (2) proveedor, por lo que la vigencia corresponderá afianzadora manifiesta su consentimiento de acuerdo a la duración del Contrato de Interventoría estimada en treinta y seis (36) mesesLey que las rige”, más una vigencia adicional correspondiente al plazo contractual previsto e incluir la condición: “para cancelar esta fianza será requisito previo e indispensable la liquidación del presente Contrato en los términos autorización expresa de la Sección 8.03 Secretaría de Finanzas del presente Contrato. En todo caso, la vigencia de este amparo deberá prorrogarsePoder Ejecutivo del Estado, a costo y riesgo solicitud de la Dependencia o Entidad Contratante”. La falta de presentación de la garantía será causa de rescisión del InterventorContrato, de manera que durante toda la ejecución conformidad con lo establecido en el artículo 126 del Contrato de Interventoría siempre esté amparada la AGENCIA con esta Garantía Única de Cumplimiento. (3) El valor asegurado será el equivalente al treinta por treinta (30%) del valor de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011, (actualizado conforme a la fórmula Reglamento de la Sección 1.03 del presente Contrato. El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogueLey Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. (ii) Amparo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: (1) Este amparo debe constituirse a favor de la AGENCIA para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al personal destinado para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Interventor durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría. (2) El valor asegurado será el equivalente al diez (10%) de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución del Contrato de Interventoría, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato. (3) Este amparo deberá tener una vigencia igual al plazo del Contrato de Interventoría y tres (3) años más contados a partir de la fecha de terminación del contrato. En todo caso, el Interventor se obliga a prorrogar la vigencia de este amparo dentro de los treinta (30) días hábiles anteriores a su vencimiento, en caso de que la vigencia inicial no cubra tres (3) años adicionales a la fecha de terminación del presente Contrato. (iii) Amparo de Calidad de los Servicios Prestados: (1) El Interventor deberá constituir como un amparo adicional, un amparo de calidad de los servicios prestados que cubra los perjuicios que pueda sufrir la AGENCIA como consecuencia de la mala calidad o insuficiencia del servicio prestado y de los productos entregados por el Interventor en desarrollo del presente Contrato. (2) El valor asegurado será el equivalente al treinta por ciento (30%) del valor de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en desarrollo del presente Contrato, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato). El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (3) Este amparo deberá tener una vigencia de sesenta (60) meses contados a partir de la terminación del Contrato de Interventoría. SECCIÓN 5.02. Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual. (1) El objetivo de este seguro es brindar protección frente a las eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones del Interventor o sus subcontratistas, en procura de mantener indemne por cualquier concepto a la AGENCIA frente a las acciones, reclamaciones o demandas de cualquier naturaleza derivadas de daños y/o perjuicios causados a propiedades o a la vida o integridad personal de terceros o de la AGENCIA, incluyendo las de cualquiera de los empleados, agentes o subcontratistas de la AGENCIA, que surjan como consecuencia directa o indirecta de actos, hechos u omisiones del Interventor en la ejecución del Contrato. (2) Vigencia. La vigencia inicial de la póliza de responsabilidad civil extracontractual será por el término de duración del contrato. 3) Partes. La póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual deberá contemplar a la AGENCIA, al Interventor y sus subcontratistas como asegurados y beneficiarios. (4) Las pólizas deberán constituirse de acuerdo con las coberturas y requisitos establecidos en la Sección I del Capítulo II del Título V del Decreto 734 de 2012, en adición, el seguro deberá incluir los siguientes amparos: responsabilidad civil xxxxxxx, xxxxxx de contratistas y subcontratistas y gastos médicos sin demostración previa de responsabilidad.

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Samples: Licitación Pública Nacional

GARANTÍAS DEL CONTRATO. SECCIÓN 5.01. Características de la Garantía Única de Cumplimiento. (i) Amparo de Cumplimiento del Contrato: (1) Este amparo deberá constituirse a favor de la AGENCIA con el objeto de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones a cargo del Interventor relativas al Contrato de Interventoría incluyendo el pago de multas, la cláusula penal y demás sanciones que se impongan al Interventor. (2) la vigencia corresponderá a la duración del Contrato de Interventoría estimada en treinta y seis (36) meses, más una vigencia adicional correspondiente al plazo contractual previsto para la liquidación del presente Contrato en los términos de la Sección 8.03 del presente Contrato. En todo caso, la vigencia de este amparo deberá prorrogarse, a costo y riesgo del Interventor, de manera que durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría siempre esté amparada la AGENCIA con esta Cumplimiento.‌ Garantía Única de Cumplimiento. : Dentro de los cinco (35) El valor asegurado será Días siguientes a la suscripción del Contrato, el equivalente al treinta por treinta (30%) del valor Consultor deberá presentar para aprobación de la AGENCIA una garantía única de cumplimiento de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011, (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato. El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (ii) Amparo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: (1) Este amparo debe constituirse a favor de la AGENCIA para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al personal destinado para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Interventor durante toda la ejecución derivadas del Contrato de Interventoría. (2) El valor asegurado será el equivalente al diez (10%) Consultoría que corresponda a cualquiera de las obligaciones a cargo clases establecidas por el artículo 111 del Interventor surgidas Decreto 1510 de 2013. Las pólizas de seguro deberán reunir las condiciones establecidas el Título III Capítulo I del Decreto 1510 de 2013 y en las mismas deberá figurar como asegurado la ejecución del Contrato Agencia Nacional de Interventoría, Infraestructura y como tomador- garantizado o afianzado el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato. (3) Este amparo deberá tener una vigencia igual al plazo del Contrato de Interventoría y tres (3) años más contados a partir de la fecha de terminación del contrato. En todo caso, el Interventor se obliga a prorrogar la vigencia de este amparo dentro de los treinta (30) días hábiles anteriores a su vencimientoConsultor, en caso de que la vigencia inicial no cubra tres (3) años adicionales a la fecha de terminación del presente Contrato. (iii) Amparo de Calidad estructura plural lo será cada uno de los Servicios Prestados: (1) El Interventor integrantes de la misma. La Garantía Única de Cumplimiento deberá constituir como un amparo adicional, un amparo de calidad contener todos y cada uno de los servicios prestados que cubra los perjuicios que pueda sufrir la AGENCIA como consecuencia de la mala calidad o insuficiencia del servicio prestado y de los productos entregados por el Interventor en desarrollo del presente Contrato. (2) El valor asegurado será el equivalente al treinta por ciento (30%) del valor de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en desarrollo del presente Contrato, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato). El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (3) Este amparo deberá tener una vigencia de sesenta (60) meses contados a partir de la terminación del Contrato de Interventoría. siguientes amparos: SECCIÓN 5.02. Póliza 5.02.Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual.. (no aplica para el presente Contrato) (1) Objetivo. El objetivo de este seguro es brindar protección frente a las eventuales reclamaciones de terceros terceros, derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones del Interventor Consultor o sus subcontratistassubconsultores, en procura de mantener indemne por cualquier concepto a la AGENCIA frente a las acciones, reclamaciones o demandas de cualquier naturaleza derivadas de daños y/o perjuicios causados a propiedades o a la vida o integridad personal de terceros o de la AGENCIA, incluyendo las de cualquiera de los empleados, agentes o subcontratistas subconsultores de la AGENCIA, que surjan como consecuencia directa o indirecta de actos, hechos u omisiones del Interventor Consultor en la ejecución del Contrato. (2) Vigencia. La vigencia inicial de la póliza de responsabilidad civil extracontractual será por el término igual al de duración del contratocontrato contado a partir de la suscripción del Acta de Inicio del Contrato de Consultoría y en todo caso hasta concluir el Contrato. (3) Partes. La Cada póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual deberá contemplar a la AGENCIAAGENCIA y al Consultor como asegurados, al Interventor y sus subcontratistas como asegurados beneficiarios a la AGENCIA y beneficiarios. (4) Las pólizas deberán constituirse de acuerdo con las coberturas y requisitos establecidos en la Sección I del Capítulo II del Título V del Decreto 734 de 2012, en adición, el seguro deberá incluir los siguientes amparos: responsabilidad civil xxxxxxx, xxxxxx de contratistas y subcontratistas y gastos médicos sin demostración previa de responsabilidada terceros que puedan resultar afectados.

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Samples: Consulting Agreement

GARANTÍAS DEL CONTRATO. SECCIÓN 5.01. Características de la Garantía Única de Cumplimiento. (i) Amparo de Cumplimiento del Contrato: (1) Este amparo deberá constituirse a favor de la AGENCIA con el objeto de garantizar El Contratista presentará garantías entre particulares que cubran el cumplimiento de todas las obligaciones surgidas del contrato. Las garantías deben ser expedidas por un Banco o Compañía de Seguros de reconocido prestigio, legalmente establecida en Colombia, preferiblemente con sucursal en la ciudad de Manizales. El Contratista podrá presentar la PÓLIZA PARA GRANDES BENEFICIARIOS CHEC, la cual puede ser solicitada en un punto de la compañía de SEGUROS DEL ESTADO S.A. que se encuentra ubicado en el Edificio 1, piso 1 de CHEC Estación Xxxxx, teléfono 0000000, Ext. 2448, teniendo las siguientes opciones: − Que las pólizas sean pagadas por CHEC y autorizar a ésta para que del valor de la primera cuenta de cobro o factura que se pague al Contratista, se haga el descuento del valor total de las primas canceladas por la Empresa. − Solicitar las pólizas pagándolas directamente el Contratista. En la carta de presentación el oferente manifestará la opción escogida y autorizará el descuento en caso tal que haya optado por la primera de ellas. El contratista deberá presentar el correspondiente recibo de caja en el cual conste el pago de la prima, expedido por la entidad aseguradora a cargo del Interventor relativas al Contrato oferente. No se aceptan constancias de Interventoría incluyendo el pago o certificados similares, tampoco recibos de multas, la cláusula penal y demás sanciones que se impongan al Interventorintermediarios o corredores de seguros. (2) la vigencia corresponderá a la duración del Contrato de Interventoría estimada en treinta y seis (36) meses, más una vigencia adicional correspondiente al plazo contractual previsto para la liquidación del presente Contrato en los términos A través de la Sección 8.03 del presente Contrato. En todo caso, la vigencia constitución de este amparo deberá prorrogarse, a costo y riesgo del Interventor, de manera que durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría siempre esté amparada la AGENCIA con esta Garantía Única de Cumplimiento. (3) El valor asegurado será estas garantías se busca respaldar el equivalente al treinta por treinta (30%) del valor cumplimiento de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas asumidas por el Contratista en la ejecución [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011, (actualizado conforme a la fórmula razón de la Sección 1.03 celebración, ejecución y liquidación del presente Contratocontrato a celebrar. El Estas garantías serán las siguientes: a) De cumplimiento, equivalente al 10% del valor asegurado deberá actualizarse con del contrato incluido IVA y su vigencia será desde el día hábil siguiente al recibo de la variación carta de aceptación de la oferta por parte del IPC cuando la vigencia inicial se prorroguecontratista, por el término contractual y sesenta (60) días calendarios adicionales. (iib) Amparo de Pago de SalariosDe calidad del servicio prestado, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: (1) Este amparo debe constituirse a favor por un equivalente al 20% del valor del contrato incluido IVA y su vigencia será desde el día hábil siguiente al recibo de la AGENCIA para garantizar el pago carta de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al personal destinado para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Interventor durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría. (2) El valor asegurado será el equivalente al diez (10%) de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución del Contrato de Interventoría, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula aceptación de la Sección 1.03 oferta por parte del presente Contrato. contratista, por el término contractual y sesenta (360) Este amparo deberá tener una días calendarios adicionales. c) Xx xxxxxxxx y prestaciones sociales, por el 20% del valor del contrato incluido XXX y su vigencia igual será desde el día hábil siguiente al plazo recibo de la carta de aceptación de la oferta por parte del Contrato de Interventoría contratista, por el término del mismo y tres (3) años más contados más. d) De responsabilidad civil extracontractual y daños a partir terceros, por un valor equivalente al 30% del valor del contrato incluido IVA y su vigencia será desde el día hábil siguiente al recibo de la fecha carta de terminación del contrato. En todo caso, el Interventor se obliga a prorrogar la vigencia de este amparo dentro de los treinta (30) días hábiles anteriores a su vencimiento, en caso de que la vigencia inicial no cubra tres (3) años adicionales a la fecha de terminación del presente Contrato. (iii) Amparo de Calidad de los Servicios Prestados: (1) El Interventor deberá constituir como un amparo adicional, un amparo de calidad de los servicios prestados que cubra los perjuicios que pueda sufrir la AGENCIA como consecuencia aceptación de la mala calidad o insuficiencia oferta por parte del servicio prestado y de los productos entregados contratista, por el Interventor en desarrollo del presente Contrato. (2) El valor asegurado será el equivalente al treinta por ciento (30%) del valor de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en desarrollo del presente Contrato, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato). El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (3) Este amparo deberá tener una vigencia de término contractual y sesenta (60) meses contados a partir de la terminación del Contrato de Interventoría. SECCIÓN 5.02. Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual. (1) El objetivo de este seguro es brindar protección frente a las eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones del Interventor o sus subcontratistas, en procura de mantener indemne por cualquier concepto a la AGENCIA frente a las acciones, reclamaciones o demandas de cualquier naturaleza derivadas de daños y/o perjuicios causados a propiedades o a la vida o integridad personal de terceros o de la AGENCIA, incluyendo las de cualquiera de los empleados, agentes o subcontratistas de la AGENCIA, que surjan como consecuencia directa o indirecta de actos, hechos u omisiones del Interventor en la ejecución del Contrato. (2) Vigencia. La vigencia inicial de la póliza días calendario adicionales y el amparo adicional de responsabilidad civil extracontractual será por el término de duración del contrato. 3) Partes. La póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual deberá contemplar a la AGENCIA, al Interventor y sus subcontratistas como asegurados y beneficiarios. (4) Las pólizas deberán constituirse de acuerdo con las coberturas y requisitos establecidos en la Sección I del Capítulo II del Título V del Decreto 734 de 2012, en adición, el seguro deberá incluir los siguientes amparos: responsabilidad civil xxxxxxx, xxxxxx de contratistas y subcontratistas y gastos médicos sin demostración previa de responsabilidadpatronal.

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Samples: Términos De Referencia Para Contratar Servicios

GARANTÍAS DEL CONTRATO. SECCIÓN 5.01. Características de la Garantía Única de Cumplimiento. (i) Amparo de Cumplimiento del Contrato: (1) Este amparo deberá constituirse a favor de la AGENCIA con el objeto A fin de garantizar el cumplimiento del contrato/pedido celebrado por el HRAEB y el proveedor, éste último se obliga a otorgar póliza de todas las obligaciones a cargo fianza por un importe del Interventor relativas al Contrato 10% del monto total del contrato/pedido antes de Interventoría incluyendo el pago I.V.A. La póliza de multas, la cláusula penal y demás sanciones que se impongan al Interventor. (2) la vigencia corresponderá a la duración del Contrato de Interventoría estimada fianza deberá ser expedida por empresa afianzadora constituida en treinta y seis (36) meses, más una vigencia adicional correspondiente al plazo contractual previsto para la liquidación del presente Contrato en los términos de la Sección 8.03 Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas señalándose como beneficiario de la misma al Hospital Regional de Alta Especialidad del presente Contrato. En todo casoBajío y deberán como mínimo contener las declaraciones siguientes: a) Que la fianza se otorga atendiendo todas las estipulaciones contenidas en el pedido o contrato de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento. b) Que, para liberar la vigencia fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa por escrito de este amparo deberá prorrogarseHospital, a costo lo cual se realizará una vez finiquitadas en su totalidad las obligaciones estipuladas en los pedidos o contratos. c) Que la fianza estará vigente como mínimo durante 12 meses y riesgo durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente. d) Indicar el número de licitación y del Interventorpedido. e) Que la institución afianzadora acepta lo preceptuado por los artículos 279 y 280 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas Asimismo, de manera que durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría siempre esté amparada la AGENCIA con esta Garantía Única de Cumplimiento. (3) El valor asegurado será se podrá garantizar el equivalente al treinta por treinta (30%) del valor cumplimiento de las obligaciones por parte del proveedor, mediante cheque de caja o certificado a cargo nombre del Interventor surgidas Hospital Regional de Alta Especialidad del Bajío, por un importe del 10% del valor adjudicado como máximo, antes de IVA. La fianza original y en la ejecución [•] PESOS ($[•]) constantes su caso los cheques certificados o de 31 de diciembre de 2011caja, (actualizado conforme deberán presentarse a la fórmula de la Sección 1.03 firma del presente Contrato. El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (ii) Amparo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: (1) Este amparo debe constituirse contrato o a favor de la AGENCIA para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al personal destinado para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Interventor durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría. (2) El valor asegurado será el equivalente al diez (10%) de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución del Contrato de Interventoría, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato. (3) Este amparo deberá tener una vigencia igual al plazo del Contrato de Interventoría y tres (3) años más contados a partir de la fecha de terminación del contrato. En todo caso, el Interventor se obliga a prorrogar la vigencia de este amparo tardar dentro de los treinta (30) diez días hábiles anteriores a su vencimiento, en caso de que la vigencia inicial no cubra tres (3) años adicionales siguientes a la fecha de terminación del presente Contrato. (iii) Amparo de Calidad de los Servicios Prestados: (1) El Interventor deberá constituir como un amparo adicional, un amparo de calidad de los servicios prestados que cubra los perjuicios que pueda sufrir la AGENCIA como consecuencia de la mala calidad o insuficiencia del servicio prestado y de los productos entregados por el Interventor en desarrollo del presente Contrato. (2) El valor asegurado será el equivalente al treinta por ciento (30%) del valor de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en desarrollo del presente Contrato, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato). El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (3) Este amparo deberá tener una vigencia de sesenta (60) meses contados a partir de la terminación del Contrato de Interventoría. SECCIÓN 5.02. Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual. (1) El objetivo de este seguro es brindar protección frente a las eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones del Interventor o sus subcontratistas, en procura de mantener indemne por cualquier concepto a la AGENCIA frente a las acciones, reclamaciones o demandas de cualquier naturaleza derivadas de daños y/o perjuicios causados a propiedades o a la vida o integridad personal de terceros o de la AGENCIA, incluyendo las de cualquiera de los empleados, agentes o subcontratistas de la AGENCIA, que surjan como consecuencia directa o indirecta de actos, hechos u omisiones del Interventor en la ejecución del Contrato. (2) Vigencia. La vigencia inicial de la póliza de responsabilidad civil extracontractual será por el término de duración firma del contrato. 3) Partes. La póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual deberá contemplar a la AGENCIA, al Interventor y sus subcontratistas como asegurados y beneficiarios. (4) Las pólizas deberán constituirse de acuerdo con las coberturas y requisitos establecidos en la Sección I del Capítulo II del Título V del Decreto 734 de 2012, en adición, el seguro deberá incluir los siguientes amparos: responsabilidad civil xxxxxxx, xxxxxx de contratistas y subcontratistas y gastos médicos sin demostración previa de responsabilidad/pedido.

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Samples: Contract for Comprehensive Parenteral Nutrition Services

GARANTÍAS DEL CONTRATO. SECCIÓN 5.01. Características de la Garantía Única de Cumplimiento. (i) Amparo de Cumplimiento del Contrato: (1) Este amparo deberá constituirse El contratista presentará garantías a favor de la AGENCIA con el objeto de garantizar particulares que cubran el cumplimiento de todas las obligaciones surgidas del contrato. Las garantías deben ser expedidas por un Banco o Compañía de Seguros de reconocido prestigio, legalmente establecida en Colombia y preferiblemente con sucursal en Manizales. El Contratista podrá presentar la PÓLIZA PARA GRANDES BENEFICIARIOS CHEC, la cual puede ser solicitada en un punto de la compañía de SEGUROS DEL ESTADO S.A. que se encuentra ubicado en el Edificio 1, piso 1 de CHEC Estación Xxxxx, teléfono 0000000, Ext. 2448, teniendo las siguientes opciones:  Que las pólizas sean pagadas por CHEC y autorizar a ésta para que del valor de la primera cuenta de cobro o factura que se pague al Contratista, se haga el descuento del valor total de las primas canceladas por la Empresa.  Solicitar las pólizas pagándolas directamente el Contratista. En la carta de presentación el oferente manifestará la opción escogida y autorizará el descuento en caso tal que haya optado por la primera de ellas. El contratista deberá presentar el correspondiente recibo de caja en el cual conste el pago de la prima, expedido por la entidad aseguradora a cargo del Interventor relativas al Contrato oferente. No se aceptan constancias de Interventoría incluyendo pago o certificados similares, tampoco recibos de intermediarios o corredores de seguros. A través de la constitución de estas garantías se busca respaldar el pago cumplimiento de multaslas obligaciones asumidas por el contratista, en razón de la cláusula penal celebración, ejecución y demás sanciones que se impongan al Interventor. (2) la vigencia corresponderá a la duración del Contrato de Interventoría estimada en treinta y seis (36) meses, más una vigencia adicional correspondiente al plazo contractual previsto para la liquidación del presente Contrato en los términos de la Sección 8.03 del presente Contratocontrato. En todo casoEstas garantías serán las siguientes: a. De cumplimiento, la vigencia de este amparo deberá prorrogarse, a costo y riesgo del Interventor, de manera que durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría siempre esté amparada la AGENCIA con esta Garantía Única de Cumplimiento. (3) El por un valor asegurado será el equivalente al treinta veinte por treinta ciento (3020%) del valor estimado del contrato (incluido IVA) y su vigencia será desde el día hábil siguiente al recibo de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011la b. De salarios y prestaciones sociales, (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato. El por un valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (ii) Amparo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: (1) Este amparo debe constituirse a favor de la AGENCIA para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al personal destinado para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Interventor durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría. (2) El valor asegurado será el equivalente al diez xxx xxxx (10%) del valor estimado del contrato (incluido IVA) y con una vigencia desde el día hábil siguiente al recibo de las obligaciones a cargo la aceptación de oferta por parte del Interventor surgidas en la contratista, por el término de ejecución del Contrato de Interventoría, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato. (3) Este amparo deberá tener una vigencia igual al plazo del Contrato de Interventoría contrato y tres (3) años más contados a partir de la fecha de terminación del contrato. En todo caso, el Interventor se obliga a prorrogar la vigencia de este amparo dentro de los treinta (30) días hábiles anteriores a su vencimiento, en caso de que la vigencia inicial no cubra tres (3) años adicionales a la fecha de terminación del presente Contratomás. (iii) Amparo de Calidad de los Servicios Prestados: (1) El Interventor deberá constituir como c. De responsabilidad civil contractual, extracontractual y daños a terceros, por un amparo adicional, un amparo de calidad de los servicios prestados que cubra los perjuicios que pueda sufrir la AGENCIA como consecuencia de la mala calidad o insuficiencia del servicio prestado y de los productos entregados por el Interventor en desarrollo del presente Contrato. (2) El valor asegurado será el equivalente al treinta por ciento veinticinco (3025%) del valor de las obligaciones a cargo estimado del Interventor surgidas en desarrollo del presente Contrato, contrato (incluido IVA) y con vigencia desde el cual para los únicos fines del presente numeral se estima [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula día hábil siguiente al recibo de la Sección 1.03 aceptación de oferta por parte del presente Contrato). El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (3) Este amparo deberá tener una vigencia de contratista, por el término contractual y sesenta (60) meses contados a partir de la terminación del Contrato de Interventoríadías calendario adicionales. SECCIÓN 5.02. Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual. (1) El objetivo de este seguro es brindar protección frente a las eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones del Interventor o sus subcontratistas, en procura de mantener indemne por cualquier concepto a la AGENCIA frente a las acciones, reclamaciones o demandas de cualquier naturaleza derivadas de daños y/o perjuicios causados a propiedades o a la vida o integridad personal de terceros o de la AGENCIA, incluyendo las de cualquiera de los empleados, agentes o subcontratistas de la AGENCIA, que surjan como consecuencia directa o indirecta de actos, hechos u omisiones del Interventor en la ejecución del Contrato. (2) Vigencia. La vigencia inicial de la póliza de responsabilidad civil extracontractual será por el término de duración del contrato. 3) Partes. La póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual deberá contemplar a la AGENCIA, al Interventor y sus subcontratistas como asegurados y beneficiarios. (4) Las pólizas deberán constituirse de acuerdo con las coberturas y requisitos establecidos en la Sección I del Capítulo II del Título V del Decreto 734 de 2012, en adición, el seguro deberá incluir los siguientes amparos: responsabilidad civil xxxxxxx, xxxxxx de contratistas y subcontratistas y gastos médicos sin demostración previa de responsabilidad.

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Samples: Términos De Referencia Para La Prestación De Servicio De Transporte Terrestre

GARANTÍAS DEL CONTRATO. SECCIÓN 5.01CLÁUSULA 5.1. Características de la las Garantías. (a) Garantía Única de Cumplimiento.: Dentro de los cinco (5) Días siguientes a la suscripción del Contrato, el Interventor deberá presentar para aprobación del CONTRATANTE, una garantía única de cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato de Interventoría que corresponda a cualquiera de las clases establecidas por el Decreto 1082 de 2015. Las pólizas de seguro deberán reunir las condiciones establecidas en el Decreto antes citado y en las mismas deberá figurar como asegurado CORMAGDALENA y como tomador- garantizado o afianzado el Interventor. La Garantía Única de Cumplimiento deberá contener todos y cada uno de los siguientes amparos: (i) Amparo de Cumplimiento del Contrato: (1) Este amparo deberá constituirse a favor de la AGENCIA con el objeto de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones a cargo del Interventor relativas al Contrato de Interventoría incluyendo el pago de multas, la cláusula penal y demás sanciones que se impongan al Interventor. (2) la vigencia corresponderá a la duración del Contrato de Interventoría estimada en treinta y seis (36) meses, más Por una vigencia adicional correspondiente al plazo contractual previsto para la liquidación del presente Contrato en los términos de la Sección 8.03 del presente Contrato. En todo caso, la vigencia de este amparo deberá prorrogarse, a costo y riesgo del Interventor, de manera que durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría siempre esté amparada la AGENCIA con esta Garantía Única de Cumplimiento. (3) El valor asegurado será el suma equivalente al treinta veinte por treinta ciento (3020%) del valor total del contrato, por un término igual al del plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. Esta garantía permitirá a La Entidad cubrir la eventualidad que el interventor incumpla las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la Corporación de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones a cargo nacidas del Interventor surgidas contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al interventor garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado, lo anterior sin perjuicio de lo establecido en las normas legales vigentes y en la ejecución [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011, (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 minuta del presente Contrato. El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorroguecontrato. (ii) Amparo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: (1) Este amparo debe constituirse a favor de la AGENCIA para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al personal destinado para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Interventor durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría. (2) El valor asegurado será el Por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato de interventoría por un término igual al plazo inicialmente previsto en el contrato y tres (3) años más.Esta garantía se requiere por cuanto para la ejecución del contrato el interventor requerirá utilizar personal. El valor estimado para la misma permitirá cubrir a Cormagdalena de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a cargo que esté obligado el interventor garantizado, derivadas de la contratación del Interventor surgidas en personal utilizado para la ejecución del Contrato contrato amparado, lo anterior sin perjuicio de Interventoría, el cual para los únicos fines lo establecido en las normas legales vigentes y en la minuta del presente numeral se estima en [•] PESOS contrato. ($[•]iii) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 Calidad del presente Contrato. (3) Este amparo deberá tener servicio: Por una suma equivalente al 30% del valor total del contrato y por una vigencia igual al plazo del Contrato de Interventoría contrato y tres (3) años más contados a partir de la fecha de terminación del contrato. En todo caso, el Interventor se obliga a prorrogar la vigencia de este amparo dentro de los treinta (30) días hábiles anteriores a su vencimiento, en caso de que la vigencia inicial no cubra tres (3) años adicionales a la fecha de terminación del presente Contrato. (iii) Amparo de Calidad de los Servicios Prestados: un (1) El Interventor deberá constituir como un amparo adicional, un amparo de calidad de los servicios prestados que cubra los perjuicios que pueda sufrir la AGENCIA como consecuencia de la mala calidad o insuficiencia del servicio prestado y de los productos entregados por el Interventor en desarrollo del presente Contrato. (2) El valor asegurado será el equivalente al treinta por ciento (30%) del valor de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en desarrollo del presente Contrato, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato). El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (3) Este amparo deberá tener una vigencia de sesenta (60) meses contados año más contado a partir de la terminación del Contrato de Interventoría. SECCIÓN 5.02. Póliza El amparo de Responsabilidad Civil Extracontractual. (1) El objetivo de este seguro es brindar protección frente calidad del servicio cubre a las eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones del Interventor o sus subcontratistas, en procura de mantener indemne por cualquier concepto a la AGENCIA frente a las acciones, reclamaciones o demandas de cualquier naturaleza derivadas de daños y/o perjuicios causados a propiedades o a la vida o integridad personal de terceros o de la AGENCIA, incluyendo las de cualquiera La Entidad de los empleados, agentes o subcontratistas de la AGENCIAperjuicios imputables al interventor garantizado, que surjan como consecuencia directa o indirecta con posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de actosla mala calidad del servicio prestado, hechos u omisiones del Interventor teniendo en cuenta las condiciones establecidas y pactadas en el contrato y las señaladas en las especificaciones técnicas mínimas, ó en los estudios previos, ó en la ejecución del Contratooferta. (2) Vigencia. El valor estimado correspondiente al 30% permitirá a La vigencia inicial Entidad garantizar el cubrimiento en el caso de la póliza de responsabilidad civil extracontractual será que el servicio ofrecido por el término interventor no se cumpla en las condiciones de duración calidad establecidas para este tipo de servicio, las señaladas en el contrato, ó en las especificaciones técnicas mínimas, ó en los estudios previos, ó en la oferta. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en las normas legales vigentes y en la minuta del contrato. 3) Partes. La póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual deberá contemplar a la AGENCIA, al Interventor y sus subcontratistas como asegurados y beneficiarios. (4) Las pólizas deberán constituirse de acuerdo con las coberturas y requisitos establecidos en la Sección I del Capítulo II del Título V del Decreto 734 de 2012, en adición, el seguro deberá incluir los siguientes amparos: responsabilidad civil xxxxxxx, xxxxxx de contratistas y subcontratistas y gastos médicos sin demostración previa de responsabilidad.

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Samples: Interventoría Contract

GARANTÍAS DEL CONTRATO. SECCIÓN 5.01CLÁUSULA 5.1. Características de la Garantía Única de Cumplimiento. (a) Garantía Única de Cumplimiento: Dentro del día hábil siguiente a la suscripción del Contrato, el Interventor deberá presentar para aprobación del CONTRATANTE, una garantía única de cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato de Interventoría que corresponda a cualquiera de las clases establecidas por el Decreto 1082 de 2015. Las pólizas de seguro deberán reunir las condiciones establecidas en el Decreto antes citado y en las mismas deberá figurar como asegurado la Agencia Nacional de Infraestructura y como tomador- garantizado o afianzado el Interventor. La Garantía Única de Cumplimiento deberá contener todos y cada uno de los siguientes amparos: (i) Amparo de Cumplimiento del Contrato: (1) Amparo de Cumplimiento del Contrato: Este amparo deberá constituirse a favor de la AGENCIA con el objeto de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones a cargo del Interventor relativas al Contrato de Interventoría incluyendo el pago de multas, la cláusula penal y demás sanciones que se impongan al Interventor. (2) , el valor a asegurar será el equivalente al 10% del valor total del contrato y la vigencia total corresponderá a la duración del Contrato de Interventoría estimada estimado en treinta y seis doce (3612) meses, más una vigencia adicional correspondiente al plazo contractual previsto para la liquidación del presente Contrato en los términos a seis (6) meses contados a partir de la Sección 8.03 fecha de terminación del presente Contratocontrato. En todo casoEsta garantía le permitirá a la entidad cubrir la eventualidad que el contratista incumpla las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, la vigencia de este amparo deberá prorrogarsecubrirá a la entidad de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, a costo y riesgo del Interventorasí como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de manera que durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría esos riesgos, este amparo comprenderá siempre esté amparada la AGENCIA con esta Garantía Única de Cumplimiento. (3) El valor asegurado será el equivalente al treinta por treinta (30%) pago del valor de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011, (actualizado conforme a la fórmula multas y de la Sección 1.03 del presente Contrato. El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial cláusula penal pecuniaria que se prorroguehayan pactado en el contrato garantizado. (ii) Amparo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: (1) Este amparo debe constituirse a favor de la AGENCIA para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al personal destinado para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Interventor durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría. (2) El valor asegurado será el por una suma equivalente al diez (10%) de las obligaciones a cargo 5% del Interventor surgidas en la ejecución valor total del Contrato de Interventoría, el cual para los únicos fines contrato y por un término igual del presente numeral se estima en [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato. (3) Este amparo deberá tener una vigencia igual al plazo del Contrato de Interventoría contrato, es decir, por doce (12) meses y adicionalmente tres (3) años más contados a partir de la fecha de terminación del contrato. En todo caso, el Interventor se obliga a prorrogar la vigencia contrato de este amparo dentro de los treinta (30) días hábiles anteriores a su vencimiento, en caso de que la vigencia inicial no cubra tres (3) años adicionales a la fecha de terminación del presente Contratointerventoría. (iii) Amparo de Calidad de los Servicios Prestados: * Amparo de Calidad de los Servicios Prestados: (1) El Interventor deberá constituir como un amparo adicional, un amparo de calidad de los servicios prestados que cubra los perjuicios que pueda sufrir la AGENCIA como consecuencia de la mala calidad o insuficiencia del servicio prestado y de los productos entregados por el Interventor en desarrollo del presente Contrato. Contrato (2) El valor asegurado será el equivalente al treinta diez por ciento (3010%) del valor de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en desarrollo del presente Contrato, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato). El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (3) Este amparo deberá tener una vigencia de sesenta cinco (605) meses años contados a partir de la terminación del Contrato contrato de Interventoríainterventoría. El amparo deberá constituirse tres (3) meses antes de la fecha de terminación del contrato. SECCIÓN 5.02CLÁUSULA 5.3. Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual. (1) El objetivo de este seguro es brindar protección frente a las eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones del Interventor o sus subcontratistas, en procura de mantener indemne por cualquier concepto a la AGENCIA frente a las acciones, reclamaciones o demandas de cualquier naturaleza derivadas de daños y/o perjuicios causados a propiedades o a la vida o integridad personal de terceros o de la AGENCIA, incluyendo las de cualquiera de los empleados, agentes o subcontratistas de la AGENCIA, que surjan como consecuencia directa o indirecta de actos, hechos u omisiones del Interventor en la ejecución del Contrato. (2) Vigencia. La vigencia inicial de la póliza de responsabilidad civil extracontractual será por el término de quince (15) meses. El Interventor deberá garantizar que las vigencias de la póliza otorgada correspondan a la totalidad de la duración del contrato. 3) Partes. La , la AGENCIA verificará esta condición y aprobará la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual deberá contemplar a la AGENCIA, al Interventor y sus subcontratistas como asegurados y beneficiariosotorgada. (4) Las pólizas deberán constituirse de acuerdo con las coberturas y requisitos establecidos en la Sección I del Capítulo II del Título V del Decreto 734 de 2012, en adición, el seguro deberá incluir los siguientes amparos: responsabilidad civil xxxxxxx, xxxxxx de contratistas y subcontratistas y gastos médicos sin demostración previa de responsabilidad.3)

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Samples: Interventoría Contract

GARANTÍAS DEL CONTRATO. SECCIÓN 5.01. Características En términos de lo estipulado en los artículos 56 de la Garantía Única Ley de Cumplimiento. (i) Amparo Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Cumplimiento Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Contrato: (1) Este amparo deberá constituirse Estado de Oaxaca y 53 de su Reglamento, el “PROVEEDOR” se obliga a favor de la AGENCIA con el objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de todas las obligaciones a cargo del Interventor relativas al Contrato de Interventoría incluyendo el pago de multas, la cláusula penal y demás sanciones que se impongan al Interventor. (2) la vigencia corresponderá a la duración del Contrato de Interventoría estimada en treinta y seis (36) meses, más cada una vigencia adicional correspondiente al plazo contractual previsto para la liquidación del presente Contrato en los términos de la Sección 8.03 del presente Contrato. En todo caso, la vigencia de este amparo deberá prorrogarse, a costo y riesgo del Interventor, de manera que durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría siempre esté amparada la AGENCIA con esta Garantía Única de Cumplimiento. (3) El valor asegurado será el equivalente al treinta por treinta (30%) del valor de las obligaciones a su cargo del Interventor surgidas en la ejecución [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011, (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato. El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (ii) Amparo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: (1) Este amparo debe constituirse a favor de la AGENCIA para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al personal destinado para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Interventor durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría. (2) El valor asegurado será el equivalente al diez (10%) de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución del Contrato de Interventoría, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato. (3) Este amparo deberá tener una vigencia igual al plazo del Contrato de Interventoría y tres (3) años más contados a partir de la fecha de terminación del contrato. En todo caso, el Interventor se obliga a prorrogar la vigencia de este amparo dentro de los treinta (30) días hábiles anteriores a su vencimiento, en caso de que la vigencia inicial no cubra tres (3) años adicionales a la fecha de terminación del presente Contrato. (iii) Amparo de Calidad de los Servicios Prestados: (1) El Interventor deberá constituir como un amparo adicional, un amparo de calidad de los servicios prestados que cubra los perjuicios que pueda sufrir la AGENCIA como consecuencia de la mala calidad o insuficiencia del servicio prestado y de los productos entregados por el Interventor en desarrollo del presente Contrato. (2) El valor asegurado será el equivalente al treinta por ciento (30%) del valor de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en desarrollo derivadas del presente Contrato, el cual para los únicos fines deberá presentar a “[SECRETARÍA / ENTIDAD]” las siguientes garantías: I. Garantía de Cumplimiento: El “PROVEEDOR” deberá garantizar todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del presente numeral se estima Contrato y sus Anexos, equivalente al [# % (número por ciento)] PESOS del monto total adjudicado, considerando el Impuesto al Valor Agregado ($I.V.A.); y II. Garantía de Anticipo: [[No aplica / En caso de que el “PROVEEDOR” solicite un anticipo [(hasta 50% del monto total adjudicado)], deberá garantizar el monto total del anticipo, es decir el equivalente al 100% (cien por ciento) constantes de 31 de diciembre de 2011 del monto total del anticipo, considerando el Impuesto al Valor Agregado (actualizado conforme I.V.A.), previa a la fórmula entrega del anticipo]]. Las garantías deberán presentarse mediante póliza de fianza, cheque certificado o billete de depósito, y expedirse a favor de la Sección 1.03 Secretaría de Finanzas del presente Contrato)Poder Ejecutivo del Estado. El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (3) Este amparo deberá tener una vigencia Dichas garantías deberán presentarse a más tardar dentro de sesenta (60) meses contados a partir de la terminación del Contrato de Interventoría. SECCIÓN 5.02. Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual. (1) El objetivo de este seguro es brindar protección frente a las eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones del Interventor o sus subcontratistas, en procura de mantener indemne por cualquier concepto los diez días naturales siguientes a la AGENCIA frente a las accionesfirma del Contrato, reclamaciones o demandas de cualquier naturaleza derivadas de daños y/o perjuicios causados a propiedades o mediante un escrito firmado por el Proveedor dirigido a la vida o integridad personal de terceros o de la AGENCIAContratante, incluyendo las de cualquiera de los empleados, agentes o subcontratistas de la AGENCIA, que surjan como consecuencia directa o indirecta de actos, hechos u omisiones cumpliendo lo establecido en el artículo 126 del Interventor en la ejecución Reglamento del Contrato. Presupuesto y conforme al numeral 2.6 del ANEXO 1 “BASES DE LA (2) Vigencia. La vigencia inicial de la póliza de responsabilidad civil extracontractual será por el término de duración del contrato. 3) Partes. La póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual deberá contemplar a la AGENCIA, al Interventor y sus subcontratistas como asegurados y beneficiarios. (4) Las pólizas deberán constituirse de acuerdo con las coberturas y requisitos establecidos en la Sección I del Capítulo II del Título V del Decreto 734 de 2012, en adición, el seguro deberá incluir los siguientes amparos: responsabilidad civil xxxxxxx, xxxxxx de contratistas y subcontratistas y gastos médicos sin demostración previa de responsabilidadPROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y NÚMERO DEL PROCEDIMIENTO)”.

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Samples: Licitación Pública Nacional

GARANTÍAS DEL CONTRATO. SECCIÓN 5.01. Características de la Garantía Única de Cumplimiento. (i) Amparo de Cumplimiento del Contrato: (1) Este amparo deberá constituirse a favor de la AGENCIA con el objeto de garantizar El Contratista presentará garantías entre particulares que cubran el cumplimiento de todas las obligaciones surgidas del contrato. Las garantías deben ser expedidas por un Banco o Compañía de Seguros de reconocido prestigio, legalmente establecida en Colombia, preferiblemente con sucursal en la ciudad de Manizales. El Contratista podrá presentar la PÓLIZA PARA GRANDES BENEFICIARIOS CHEC, la cual puede ser solicitada en un punto de la compañía de SEGUROS DEL ESTADO S.A. que se encuentra ubicado en el Edificio 1, piso 1 de CHEC Estación Xxxxx, teléfono 0000000, Ext. 2448, teniendo las siguientes opciones: − Que las pólizas sean pagadas por CHEC y autorizar a ésta para que del valor de la primera cuenta de cobro o factura que se pague al Contratista, se haga el descuento del valor total de las primas canceladas por la Empresa. − Solicitar las pólizas pagándolas directamente el Contratista. En la carta de presentación el oferente manifestará la opción escogida y autorizará el descuento en caso tal que haya optado por la primera de ellas. El contratista deberá presentar el correspondiente recibo de caja en el cual conste el pago de la prima, expedido por la entidad aseguradora a cargo del Interventor relativas al Contrato oferente. No se aceptan constancias de Interventoría incluyendo el pago o certificados similares, tampoco recibos de multas, la cláusula penal y demás sanciones que se impongan al Interventorintermediarios o corredores de seguros. (2) la vigencia corresponderá a la duración del Contrato de Interventoría estimada en treinta y seis (36) meses, más una vigencia adicional correspondiente al plazo contractual previsto para la liquidación del presente Contrato en los términos A través de la Sección 8.03 del presente Contrato. En todo caso, la vigencia constitución de este amparo deberá prorrogarse, a costo y riesgo del Interventor, de manera que durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría siempre esté amparada la AGENCIA con esta Garantía Única de Cumplimiento. (3) El valor asegurado será estas garantías se busca respaldar el equivalente al treinta por treinta (30%) del valor cumplimiento de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas asumidas por el Contratista en la ejecución [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011, (actualizado conforme a la fórmula razón de la Sección 1.03 celebración, ejecución y liquidación del presente Contratocontrato a celebrar. El Estas garantías serán las siguientes: a) De cumplimiento, equivalente al 30% del valor asegurado deberá actualizarse con del contrato incluido IVA y su vigencia será desde el día hábil siguiente al recibo de la variación carta de aceptación de la oferta por parte del IPC cuando la vigencia inicial se prorroguecontratista, por el término contractual y sesenta (60) días calendarios adicionales. (iib) Amparo de Pago de SalariosDe calidad del servicio prestado, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: (1) Este amparo debe constituirse a favor por un equivalente al 20% del valor del contrato incluido IVA y su vigencia será desde el día hábil siguiente al recibo de la AGENCIA para garantizar el pago carta de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al personal destinado para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Interventor durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría. (2) El valor asegurado será el equivalente al diez (10%) de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución del Contrato de Interventoría, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula aceptación de la Sección 1.03 oferta por parte del presente Contrato. (3contratista, por el término contractual y un año más. c) Este amparo deberá tener una Xx xxxxxxxx y prestaciones sociales, por el 20% del valor del contrato incluido XXX y su vigencia igual será desde el día hábil siguiente al plazo recibo de la carta de aceptación de la oferta por parte del Contrato de Interventoría contratista, por el término contractual y tres (3) años más contados a partir más. d) De manejo de materiales, por un valor de ($100.000.000), y su vigencia será desde el día hábil siguiente al recibo de la fecha carta de terminación del contrato. En todo caso, el Interventor se obliga a prorrogar la vigencia de este amparo dentro de los treinta (30) días hábiles anteriores a su vencimiento, en caso de que la vigencia inicial no cubra tres (3) años adicionales a la fecha de terminación del presente Contrato. (iii) Amparo de Calidad de los Servicios Prestados: (1) El Interventor deberá constituir como un amparo adicional, un amparo de calidad de los servicios prestados que cubra los perjuicios que pueda sufrir la AGENCIA como consecuencia aceptación de la mala calidad o insuficiencia oferta por parte del servicio prestado y de los productos entregados contratista, por el Interventor en desarrollo del presente Contrato. (2) El valor asegurado será el equivalente al treinta por ciento (30%) del valor de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en desarrollo del presente Contrato, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato). El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (3) Este amparo deberá tener una vigencia de término contractual y sesenta (60) meses contados días más. e) De manejo de equipos de telecomunicaciones, por valor de $50.000.000 y su vigencia será desde el día hábil siguiente al recibo de la carta de aceptación de la oferta por parte del contratista, por la duración del contrato f) De manejo de herramientas, Por valor de $50.000.000 y su vigencia será desde el día hábil siguiente al recibo de la carta de aceptación de la oferta por parte del contratista, por el término del contrato y sesenta (60) días más. Se deben devolver las herramientas a partir de la terminación del Contrato contrato con el deterioro normal de Interventoríafuncionamiento. En caso de haberse dado mal uso se deberá indemnizar a la empresa con reposición de una herramienta equivalente o su pago. SECCIÓN 5.02. Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual. (1g) El objetivo de este seguro es brindar protección frente a las eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones del Interventor o sus subcontratistas, en procura de mantener indemne por cualquier concepto a la AGENCIA frente a las acciones, reclamaciones o demandas de cualquier naturaleza derivadas de daños y/o perjuicios causados a propiedades o a la vida o integridad personal de terceros o de la AGENCIA, incluyendo las de cualquiera de los empleados, agentes o subcontratistas de la AGENCIA, que surjan como consecuencia directa o indirecta de actos, hechos u omisiones del Interventor en la ejecución del Contrato. (2) Vigencia. La vigencia inicial de la póliza de De responsabilidad civil extracontractual y daños a terceros, por un valor equivalente al 50% del valor del contrato incluido IVA y su vigencia será desde el día hábil siguiente al recibo de la carta de aceptación de la oferta por parte del contratista, por el término de duración del contratocontractual y sesenta (60) días calendario adicionales. 3) Partes. La Esta póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual deberá contemplar a la AGENCIA, al Interventor y sus subcontratistas como asegurados y beneficiarios. (4) Las pólizas deberán constituirse de acuerdo con las coberturas y requisitos establecidos en la Sección I del Capítulo II del Título V del Decreto 734 de 2012, en adición, el seguro deberá incluir debe cubrir los siguientes amparosamparos adicionales de: responsabilidad civil xxxxxxxpatronal, xxxxxx de contratistas y subcontratistas subcontratistas, gastos médicos, vehículos propios y gastos médicos sin demostración previa de responsabilidadno propios, propiedades adyacentes.

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Samples: Servicios De Operación Y Mantenimiento

GARANTÍAS DEL CONTRATO. SECCIÓN 5.01CLÁUSULA 5.1. Características de la Garantía Única de Cumplimiento. (a) Garantía Única de Cumplimiento: Dentro de los cinco (5) Días Calendario siguientes a la suscripción del Contrato, el Interventor deberá presentar para aprobación del CONTRATANTE, una garantía única de cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato de Interventoría que corresponda a cualquiera de las clases establecidas por el Decreto 1082 de 2015. Las pólizas de seguro deberán reunir las condiciones establecidas en el Decreto antes citado y en las mismas deberá figurar como asegurado la Agencia Nacional de Infraestructura y como tomador- garantizado o afianzado el Interventor. La Garantía Única de Cumplimiento deberá contener todos y cada uno de los siguientes amparos: (i) Amparo de Cumplimiento del Contrato: (1) Este amparo deberá constituirse a favor de la AGENCIA con el objeto de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones a cargo del Interventor relativas al Contrato de Interventoría incluyendo el pago de multas, la cláusula penal y demás sanciones que se impongan al Interventor. 1. (2) la La vigencia total corresponderá a la duración del Contrato de Interventoría estimada estimado en treinta veiniuno (21) meses y seis diez (3610) mesesdias , más una vigencia adicional correspondiente al plazo contractual previsto para la liquidación del presente Contrato en los términos a seis (6) meses más contados a partir de la Sección 8.03 fecha de terminación del presente Contrato. En todo caso, la vigencia de este amparo deberá prorrogarse, a costo y riesgo del Interventor, de manera que durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría siempre esté amparada la AGENCIA con esta Garantía Única de Cumplimiento. 2. (3) El valor asegurado será el equivalente al treinta veinte por treinta ciento (3020%) del valor total del Contrato de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011, (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente ContratoInterventoría. El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (ii) Amparo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: (1) Este amparo debe constituirse a favor de la AGENCIA para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al personal destinado para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Interventor durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría. 1. (2) El valor asegurado será el equivalente al diez (10%) de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución del Contrato de Interventoría, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato. (3) Este amparo deberá tener contar con una vigencia igual al plazo del Contrato de Interventoría Contrato, es decir, por veintiún (21) meses y diez (10) días y tres (3) años más contados a partir de la fecha de terminación del contratoContrato de Interventoría. 2. En todo caso, El valor asegurado será el Interventor se obliga a prorrogar en cuantía correspondiente al cinco por ciento (5%) del valor total del Contrato de Interventoría. El valor asegurado deberá actualizarse con la vigencia de este amparo dentro de los treinta (30) días hábiles anteriores a su vencimiento, en caso de que variación del IPC cuando la vigencia inicial no cubra tres (3) años adicionales a la fecha de terminación del presente Contratose prorrogue. (iii) Amparo de Calidad de los Servicios Prestados: (1) El Interventor deberá constituir como un amparo adicional, un amparo de calidad de los servicios prestados que cubra los perjuicios que pueda puedan sufrir la AGENCIA Agencia como consecuencia de la mala calidad o insuficiencia del servicio prestado y de los productos entregados por el Interventor en desarrollo del presente Contrato. 1. (2) El valor asegurado será el equivalente al treinta por ciento (30%) del valor de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en desarrollo del presente Contrato, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato). El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (3) Este amparo deberá tener una vigencia de sesenta cinco (605) meses años contados a partir de la terminación del Contrato de Interventoría. Para lo cual deberá ser otorgada seis (6) meses previos a la terminación. SECCIÓN 5.022. El valor asegurado será xxx Xxxx por ciento (10%) del valor total del Contrato de Interventoría. CLÁUSULA 5.2. Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual. (1a) El objetivo de este seguro es brindar protección frente a las eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones del Interventor o sus subcontratistas, en procura de mantener indemne por cualquier concepto a la AGENCIA frente a las acciones, reclamaciones o demandas de cualquier naturaleza derivadas de daños y/o perjuicios causados a propiedades o a la vida o integridad personal de terceros o de la AGENCIA, incluyendo las de cualquiera de los empleados, agentes o subcontratistas de la AGENCIA, que surjan como consecuencia directa o indirecta de actos, hechos u omisiones del Interventor en la ejecución del Contrato. (2) Vigencia. Vigencia La vigencia inicial de la póliza de responsabilidad civil extracontractual será por el término igual al plazo de duración del contrato. 3) Partes. La póliza Contrato de seguro Interventoría contado a partir de responsabilidad civil extracontractual deberá contemplar a la AGENCIA, al Interventor suscripción del Acta de Inicio y sus subcontratistas como asegurados y beneficiarios. (4) Las pólizas deberán constituirse de acuerdo con las coberturas y requisitos establecidos en la Sección I del Capítulo II del Título V del Decreto 734 de 2012, en adición, todo caso hasta concluir el seguro deberá incluir los siguientes amparos: responsabilidad civil xxxxxxx, xxxxxx de contratistas y subcontratistas y gastos médicos sin demostración previa de responsabilidadContrato.

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Samples: Interventoría Contract

GARANTÍAS DEL CONTRATO. SECCIÓN 5.01CLÁUSULA 5.1. Características de la Garantía Única de Cumplimiento. (a) Garantía Única de Cumplimiento: Dentro de los cinco (5) Días siguientes a la suscripción del Contrato, el Interventor deberá presentar para aprobación de la AGENCIA una garantía única de cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato de Interventoría que corresponda a cualquiera de las clases establecidas por el artículo 5.1.3 del Decreto 734 de 2012. Las pólizas de seguro deberán reunir las condiciones establecidas en la CLÁUSULA I del Capítulo II del Título V del Decreto 734 de 2012 y en las mismas deberá figurar como asegurado la Agencia Nacional de Infraestructura y como tomador- garantizado o afianzado el Interventor. La Garantía Única de Cumplimiento deberá contener todos y cada uno de los siguientes amparos: (i) Amparo de Cumplimiento del Contrato: (1) Este amparo deberá constituirse a favor de la AGENCIA con el objeto de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones a cargo del Interventor relativas al Contrato de Interventoría incluyendo el pago de multas, la cláusula penal y demás sanciones que se impongan al Interventor. (2) la vigencia corresponderá a la duración del Contrato de Interventoría estimada en treinta y seis (36) meses, [insertar número de años] más una vigencia adicional correspondiente al plazo contractual previsto para la liquidación del presente Contrato en los términos de la Sección 8.03 del presente Contrato. En todo caso, la vigencia de este amparo deberá prorrogarse, a costo y riesgo del Interventor, de manera que durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría siempre esté amparada la AGENCIA con esta Garantía Única de Cumplimiento. (3) El valor asegurado será el equivalente al treinta diez por treinta ciento (3010%) del valor de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución del Contrato de Interventoría, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en [•] PESOS ($[•]) constantes de del 31 de diciembre de 2011, 2012 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del prevista para el efecto en el presente Contrato). El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (ii) Amparo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: (1) Este amparo debe constituirse a favor de la AGENCIA para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al personal destinado para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Interventor durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría. (2) El valor asegurado será el equivalente al diez cinco por ciento (105%) de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución del Contrato de Interventoría, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en [•] PESOS ($[•]) constantes de del 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del estipulada para el efecto en el presente Contrato). (3) Este amparo deberá tener una vigencia igual al plazo del Contrato de Interventoría y tres (3) años más contados a partir de la fecha de terminación del contrato. En todo caso, el Interventor se obliga a prorrogar la vigencia de este amparo dentro de los treinta (30) días hábiles Días Hábiles anteriores a su vencimiento, en caso de que la vigencia inicial no cubra tres (3) años adicionales a la fecha de terminación del presente Contrato. (iii) Amparo de Calidad de los Servicios Prestados: (1) El Interventor deberá constituir como un amparo adicional, un amparo de calidad de los servicios prestados que cubra los perjuicios que pueda sufrir la AGENCIA Agencia como consecuencia de la mala calidad o insuficiencia del servicio prestado y de los productos entregados por el Interventor en desarrollo del presente Contrato. (2) El valor asegurado será el equivalente al treinta a Diez por ciento (3010%) del valor de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en desarrollo del presente Contrato, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en [•] PESOS ($[•]) constantes de del 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del prevista para el efecto en el presente Contrato). El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (3) Este amparo deberá tener una vigencia de sesenta (60) meses [insertar número de años] contados a partir de la terminación suscripción del Acta de Inicio del Contrato de Interventoría más una vigencia adicional correspondiente al plazo contractual previsto para la liquidación del presente Contrato en los términos de la CLÁUSULA 8.02 del presente Contrato. En todo caso, el Interventor se obliga a prorrogar la vigencia de este amparo dentro de los treinta (30) Días Hábiles anteriores a su vencimiento, en caso de que la vigencia inicial no cubra tres (3) años adicionales al plazo del Contrato de Interventoría. SECCIÓN 5.02CLÁUSULA 5.2. Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual. (1) El objetivo de este seguro es brindar protección frente a las eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones del Interventor o sus subcontratistas, en procura de mantener indemne por cualquier concepto a la AGENCIA frente a las acciones, reclamaciones o demandas de cualquier naturaleza derivadas de daños y/o perjuicios causados a propiedades o a la vida o integridad personal de terceros o de la AGENCIA, incluyendo las de cualquiera de los empleados, agentes o subcontratistas de la AGENCIA, que surjan como consecuencia directa o indirecta de actos, hechos u omisiones del Interventor en la ejecución del Contrato. (2) Vigencia. La vigencia inicial de la póliza de responsabilidad civil extracontractual será de dos (2) años y deberá renovarse por períodos sucesivos mínimos de dos (2) años hasta concluir el término Contrato. El Interventor deberá garantizar que las vigencias de cada una de las pólizas otorgadas sean sucesivas y correspondan a la totalidad de la duración del contratoContrato, la AGENCIA verificará esta condición y aprobará cada póliza otorgada, para lo cual el Interventor deberá aportarlas con seis (6) meses de antelación al vencimiento de la vigencia de cada póliza. (3) Partes. La Cada póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual deberá contemplar a la AGENCIA, al Interventor y sus subcontratistas como asegurados y beneficiarios. (4) Las pólizas deberán constituirse de acuerdo con las coberturas y requisitos establecidos en la Sección I del Capítulo II del Título V del el Decreto 734 de 2012, en adición, el seguro deberá incluir los siguientes amparos: responsabilidad civil xxxxxxx, xxxxxx de contratistas y subcontratistas y gastos médicos sin demostración previa de responsabilidad.

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Samples: Contract of Supervision

GARANTÍAS DEL CONTRATO. SECCIÓN 5.01. Características de la Garantía Única de Cumplimiento. (i) Amparo de Cumplimiento del Contrato: (1) Este amparo El oferente que resulte seleccionado deberá constituirse a favor de la AGENCIA con el objeto de garantizar constituir las siguientes garantías que amparen el cumplimiento de todas las obligaciones a cargo contractuales: El cumplimiento general del Interventor relativas al Contrato de Interventoría incluyendo el pago de multas, la cláusula penal contrato y demás sanciones que se impongan le impongan, por una cuantía equivalente al Interventor. VEINTE POR CIENTO (2) la vigencia corresponderá a la duración 20%), del Contrato de Interventoría estimada en treinta valor del contrato y seis (36) meses, más con una vigencia adicional correspondiente igual al plazo contractual previsto para la liquidación del presente Contrato en los términos mismo y CUATRO (4) MESES MÁS. De Seriedad de la Sección 8.03 del presente Contrato. En todo casooferta, la vigencia de este amparo deberá prorrogarse, a costo y riesgo del Interventor, de manera que durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría siempre esté amparada la AGENCIA con esta Garantía Única de Cumplimiento. (3) El por un valor asegurado será el equivalente al treinta por treinta DIEZ POR CIENTO (3010%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a CUATRO (4) MESES contados a partir de la apertura del proceso. Con ésta garantía, el Contratista responderá cuando se presenten uno cualquiera de los siguientes eventos: o El retiro de la oferta por parte del proponente. o La falta de contestación del proponente a los requerimientos formulados LA TERMINAL DE TRANSPORTES POPAYAN S.A. TTPSA durante el proceso contractual. o La falta de suscripción del contrato por parte del proponente seleccionado. o La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de los mecanismos de cobertura del riesgo que garanticen las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011, (actualizado conforme a la fórmula que se derivan de la Sección 1.03 celebración y ejecución del presente Contratocontrato. El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (ii) Amparo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: (1) Este amparo debe constituirse a favor de la AGENCIA para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al del personal destinado que el Contratista haya de utilizar para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Interventor durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría. (2) El valor asegurado será el consultoría, por una cuantía equivalente al diez DIEZ POR CIENTO (10%) de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución valor total del Contrato de Interventoría, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato. (3) Este amparo deberá tener contrato y con una vigencia igual al plazo del Contrato de Interventoría mismo y tres TRES (3) años más AÑOS MÁS. Calidad de los servicios, por una cuantía equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%) del valor de Contrato y por el término de TRES (3) AÑOS contados a partir de la fecha de terminación recibo del informe final. Su aprobación por de La TERMINAL DE TRANSPORTES POPAYÁN S.A. TTPSA será condición previa para realizar el último pago del contrato. En todo casoTodas las pólizas que sean requeridas en el proceso deberán ser expedidas por compañías de seguros autorizadas por la superintendencia financiera para operar en Colombia y que cuenten con sucursal en la Ciudad de Popayán. El Contratista deberá mantener vigentes las garantías indicadas y será de su cargo el pago de todas las primas y demás gastos de constitución, mantenimiento y restablecimiento inmediato de su monto, cada vez que se disminuya o agote por razón de las sanciones que se le impongan. Cuando haya lugar a la modificación del plazo o valor consignado en el contrato, el Interventor se obliga a prorrogar la vigencia de este amparo dentro de los treinta (30) días hábiles anteriores a su vencimiento, en caso de que la vigencia inicial no cubra tres (3) años adicionales a la fecha de terminación del presente Contrato. (iii) Amparo de Calidad de los Servicios Prestados: (1) El Interventor Contratista deberá constituir como un amparo adicional, un amparo los correspondientes certificados de calidad de los servicios prestados que cubra los perjuicios que pueda sufrir la AGENCIA como consecuencia de la mala calidad o insuficiencia del servicio prestado y de los productos entregados por el Interventor en desarrollo del presente Contrato. (2) El valor asegurado será el equivalente al treinta por ciento (30%) del valor de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en desarrollo del presente Contrato, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato). El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (3) Este amparo deberá tener una vigencia de sesenta (60) meses contados a partir de la terminación del Contrato de Interventoríamodificación. SECCIÓN 5.02. Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual. (1) El objetivo de este seguro es brindar protección frente a las eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones del Interventor o sus subcontratistas, en procura de mantener indemne por cualquier concepto a la AGENCIA frente a las acciones, reclamaciones o demandas de cualquier naturaleza derivadas de daños y/o perjuicios causados a propiedades o a la vida o integridad personal de terceros o de la AGENCIA, incluyendo las de cualquiera de los empleados, agentes o subcontratistas de la AGENCIA, que surjan como consecuencia directa o indirecta de actos, hechos u omisiones del Interventor en la ejecución del Contrato. (2) Vigencia. La vigencia inicial de la póliza de responsabilidad civil extracontractual será por el término de duración del contrato. 3) Partes. La póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual deberá contemplar a la AGENCIA, al Interventor y sus subcontratistas como asegurados y beneficiarios. (4) Las pólizas deberán constituirse de acuerdo con las coberturas y requisitos establecidos en la Sección I del Capítulo II del Título V del Decreto 734 de 2012, en adición, el seguro deberá incluir los siguientes amparos: responsabilidad civil xxxxxxx, xxxxxx de contratistas y subcontratistas y gastos médicos sin demostración previa de responsabilidad.

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Samples: Public Procurement Agreement

GARANTÍAS DEL CONTRATO. SECCIÓN 5.01. Características de la Garantía Única de Cumplimiento. (i) Amparo de Cumplimiento del Contrato: (1) Este amparo El FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR deberá constituirse constituir a favor de la AGENCIA con el objeto de garantizar el cumplimiento de todas del FIDEICOMISO INMOBILIARIO MUNICIPIO DE YARUMAL las obligaciones a cargo del Interventor relativas al Contrato de Interventoría incluyendo el pago de multas, la cláusula penal y demás sanciones que se impongan al Interventor. (2) la vigencia corresponderá a la duración del Contrato de Interventoría estimada siguientes garantías: Todo riesgo en treinta y seis (36) meses, más una vigencia adicional correspondiente al plazo contractual previsto para la liquidación del presente Contrato en los términos de la Sección 8.03 del presente Contrato. En todo caso, la vigencia de este amparo deberá prorrogarse, a costo y riesgo del Interventor, de manera que durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría siempre esté amparada la AGENCIA con esta Garantía Única de Cumplimiento. (3) El valor asegurado será el equivalente al treinta por treinta (30%) del valor de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011, (actualizado conforme a la fórmula de la Sección 1.03 del presente Contrato. El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (ii) Amparo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: (1) Este amparo debe constituirse a favor de la AGENCIA para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al personal destinado para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Interventor durante toda la ejecución del Contrato de Interventoría. (2) El valor asegurado será el equivalente al diez construcción (10%) de las obligaciones a cargo del Interventor surgidas en la ejecución del Contrato de Interventoría, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en [•] PESOS ($[•]) constantes de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula costos directos e indirectos de la Sección 1.03 del presente Contrato. (3) Este amparo deberá tener una vigencia igual al plazo del Contrato etapa correspondiente Plazo de Interventoría la fase de construcción y tres (3) meses mas Cumplimiento del contrato 20% del valor total del contrato Plazo del otrosí del contrato que vincula al desarrollador y 4 meses más Salarios y prestaciones sociales 10% del valor total del contrato Plazo del otrosí del contrato que vincula al desarrollador y 3 años más Estabilidad de la obra 30% del valor total del contrato 5 años contados a partir del acta de recibo de las viviendas. Responsabilidad civil extracontractual 100% del valor total de los costos directos de la fecha etapa respectiva Plazo de terminación la fase de construcción del contratocontrato en la etapa respectiva y 3 meses más. Es preciso indicar que si bien los términos fijados en este documento no corresponden con los del contrato constitutivo del patrimonio autónomo, el Municipio dentro del ejercicio de fijar los mismos y avances dentro del estudio de la operatividad del Proyecto, ha decidido fijar los que aquí se incluyen, por lo que en el documento por el cual se vincule al constructor elegido tras la culminación del proceso de selección se entenderán incorporados al contrato xx xxxxxxx mercantil, al introducirse en la modificación respectiva. En todo caso, la garantía deberá estipularse que el Interventor se obliga a prorrogar la vigencia de este amparo dentro de los treinta (30) días hábiles anteriores a su vencimientotomador, en caso de que la vigencia inicial el oferente seleccionado sea plural son todos los miembros de naturaleza privada del consorcio o unión temporal, o éste último y no cubra tres (3) años adicionales a la fecha su representante legal, y deberá indicar, cuando sea el caso, el nombre de terminación del presente Contrato. (iii) Amparo cada uno de Calidad sus integrantes, porcentaje de los Servicios Prestados: (1) El Interventor deberá constituir como un amparo adicional, un amparo de calidad de los servicios prestados participación y expresar claramente que cubra los perjuicios que pueda sufrir la AGENCIA como consecuencia de la mala calidad o insuficiencia del servicio prestado y de los productos entregados por su valor será exigible ante el Interventor en desarrollo del presente Contrato. (2) El valor asegurado será el equivalente al treinta por ciento (30%) del valor incumplimiento de las obligaciones amparadas en que incurran cualquiera de los integrantes del proponente. El proponente adjudicatario deberá adjuntar las constancias de pago de las garantías señaladas. TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO El contrato xx xxxxxxx mercantil al cual se vinculará proponente adjudicatario, podrá terminarse anticipadamente de acuerdo a cargo del Interventor surgidas las causales consagradas en desarrollo del presente Contratodicho contrato; así mismo, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima [•] PESOS ($[•]) constantes podrá terminarse de 31 de diciembre de 2011 (actualizado conforme a la fórmula manera unilateral por parte de la Sección 1.03 del presente Contrato). El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (3) Este amparo deberá tener una vigencia de sesenta (60) meses contados a partir de la terminación del Contrato de Interventoría. SECCIÓN 5.02. Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual. (1) El objetivo de este seguro es brindar protección frente a las eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones del Interventor o sus subcontratistasFIDUCIARIA, en procura de mantener indemne por cualquier concepto a la AGENCIA frente a las accionesmomento, reclamaciones o demandas de cualquier naturaleza derivadas de daños en caso que el oferente seleccionado, y/o perjuicios causados a propiedades sus miembros, y/o a la vida o integridad personal de terceros o de la AGENCIAsus representantes legales, incluyendo las de cualquiera de los empleados, agentes o subcontratistas de la AGENCIA, que surjan como consecuencia directa o indirecta de actos, hechos u omisiones del Interventor en la ejecución del Contrato. (2) Vigencia. La vigencia inicial de la póliza de responsabilidad civil extracontractual será por el término de duración del contrato. 3) Partes. La póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual deberá contemplar a la AGENCIA, al Interventor y sus subcontratistas como asegurados y beneficiarios. (4) Las pólizas deberán constituirse de acuerdo no cumplan con las coberturas y requisitos establecidos políticas SARLAFT establecidas por la FIDUCIARIA CENTRAL S.A. En este evento, la FIDUCIARIA CENTRAL S.A., informará de tal situación al MUNICIPIO, con el fin de que se designe como FIDEIOMITENTE CONSTRUCTOR al proponente que haya ocupado el segundo lugar en la Sección I del Capítulo II del Título V del Decreto 734 el proceso de 2012, en adición, el seguro deberá incluir los siguientes amparos: responsabilidad civil xxxxxxx, xxxxxx de contratistas y subcontratistas y gastos médicos sin demostración previa de responsabilidadselección.

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Samples: Construction Contract