Gestión del inventario Cláusulas de Ejemplo

Gestión del inventario. El adjudicatario deberá mantener y proporcionar a SENASA durante la vigencia del contrato, un inventario detallado e integral de los medios físicos o lógicos que se utilizan para la prestación de los servicios incluidos en el presente sublote, con indicación expresa de su titularidad (propiedad de SENASA, cedido por la empresa adjudicataria, alquiler, etc.).
Gestión del inventario. Servicio destinado a realizar un control de las variaciones del parque de equipos objeto del contrato, sometiéndose para ello a las normas que dicten a tal efecto. Se realizará una vez al año un inventario general de equipamiento.
Gestión del inventario. La empresa se comprometerá al mantenimiento del inventario inicial y a mantenerlo actualizado cada vez que se modifique algún elemento del mismo dentro de la plataforma GMAO de Conservación (averías, revisiones, etc.). El adjudicatario dispondrá de un teléfono MÓVIL y persona de contacto con disponibilidad 24 horas los 365 días del año donde la APB pueda notificar las incidencias-averías producidas y reclamar la presencia de técnicos para su reparación en los tiempos de respuesta y resolución contractuales. Este número será un punto de contacto único para la APB, desde el cual se podrá atender todas las incidencias relacionadas con los sistemas objeto de este servicio.
Gestión del inventario. Formación. Todo ello en los términos de la cláusula 2 y vinculadas xxx xxxxxx de prescripciones técnicas del Anexo V.  de los servicios: Categoría 12.- Servicios de arquitectura e ingeniería. (redacción de proyecto). Categoría 5.- Servicios de Telecomunicación del anexo II del TRLCSP.  de las obras: Instalación de sistemas de telecomunicación. No. Dada la singularidad de los diferentes edificios que componen las diferentes sedes en las que se van a adecuar infraestructuras y dadas las múltiples, y por otro lado válidas, tecnologías y soluciones técnicas que pueden proponer los licitadores en cuanto a la redacción de proyecto, ejecución de las obras y prestación de los servicios, se ha optado por no subdividir la contratación en lotes. Los licitadores deben presentar una solución global e integral, en tanto que cada una de las partes del contrato están íntimamente relacionadas y varían según las tecnologías propuestas de prestación del servicio y según la tipología y arquitectura elegidas para unificar los servicios de telecomunicaciones de la Diputación xx Xxxx, por lo que se no resulta ventajoso ni conveniente para el interés público – además de ser dificultoso - la división de la contratación en lotes." En la actualidad la Diputación xx Xxxx cuenta con multitud de centros a lo largo de la provincia xx Xxxx. En la mayoría de los casos, estos centros cuentan con líneas de telefonía fija y de acceso a internet independientes, con diferentes proveedores de acceso, que no cuentan con un respaldo en caso de caída de la línea. En cuanto a la tecnología actual de telefonía, en la mayoría de los centros utiliza telefonía analógica, por lo que se hace necesario avanzar hacia la telefonía digital (Voz sobre IP) para el acceso a nuevos y mejores servicios, abaratando los costes de las comunicaciones. Además, la Diputación xx Xxxx como prestador de servicios a Entidades Locales y ciudadanos debe contar con unas infraestructuras de comunicaciones adecuadas (protección de la confidencialidad en las comunicaciones, disponibilidad de medios alternativos de comunicación para el caso de que fallen los medios habituales, etc.) en cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad. Por todo ello se considera necesaria la renovación de las Telecomunicaciones de la Diputación xx Xxxx, implantando una RED CORPORATIVA que integre las comunicaciones de voz (fijas y móviles) y datos, ofreciendo un servicio integral de telecomunicaciones. A tal efecto se interconectarán los centros d...
Gestión del inventario. Formación. Esta nueva RED CORPORATIVA deberá integrar las sedes de la Diputación xx Xxxx en una RPV (Red Privada Virtual) actuando como una única dependencia, según lo descrito en el punto “4.1 INTERCONEXIÓN DE SEDES” del presente Pliego. El adjudicatario de la presente contratación (en adelante EL ADJUDICATARIO) deberá garantizar la cobertura completa para todos los servicios objeto del contrato en las sedes determinadas en el ANEXO A. También deberá garantizar la alta disponibilidad del servicio e incluir medidas de seguridad en el transporte de la información por la red IP con el objeto de proteger el secreto de las comunicaciones. El estudio y propuesta de adecuación de las infraestructuras será responsabilidad de los licitadores, de acuerdo a las bases técnicas, detallando las actuaciones en una PROPUESTA DE PROYECTO DE OBRA que acompañarán a su oferta. La contratación conjunta de la elaboración del proyecto y la ejecución de las obras correspondientes se justifica por motivos técnicos que obligan necesariamente a vincular al empresario a los estudios de las obras, teniendo en cuenta que dadas las múltiples y válidas tecnologías y soluciones técnicas que pueden proponer los licitadores para la prestación del servicio de telecomunicaciones, estas propuestas técnicas determinan y condicionan la redacción del proyecto de obras y la ejecución de las mismas. En el pliego consta el importe estimado máximo que el contrato de elaboración de proyecto y ejecución de obras puede alcanzar. Una vez aprobado el proyecto de obra y a los efectos fiscalización del gasto se comunicará éste a Intervención General antes del inicio de ejecución de la obra para la fiscalización del gasto. Una vez adecuadas las infraestructuras, los servicios objeto del contrato serán “llave en mano” y la Diputación no asumirá ningún otro coste asociado a la implantación y prestación de los mismos. Todos aquellos servicios de mantenimiento, administración, gestión, instalación y adaptación de terminales, así como todas las adaptaciones que sean necesarias a nivel de infraestructuras (cableados, canalizaciones, gestión de permisos, instalación y configuración de todos los elementos etc.) asociados a la prestación de los servicios de comunicaciones ofertados, así como su puesta en marcha hasta garantizar su plena operatividad, serán responsabilidad única DEL ADJUDICATARIO. Además, durante toda la vigencia del contrato, y con la finalidad de facilitar el posible cambio de operador de telecomun...

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  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuíto de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción de la motocicleta asegurada, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

  • CAMBIOS Previo a la entrega de los Bienes o a la terminación de la prestación de los Servicios WeWork podrá recalendarizar los Servicios, cambiar el destino de entrega de los Bienes cubiertos en cualquier Orden, cambiar los Servicios cubiertos de conformidad a cualquier Orden, o cancelar cualquier Orden, así como cambiar las especificaciones de dichos B&S, siempre y cuando se notifique al Proveedor por escrito (las “Órdenes de Cambio”), en cualquier caso, sin costo alguno para WeWork, salvo que los cambios solicitados por WeWork incrementen o disminuyan materialmente los costos para la entrega de los Bienes o para la prestación de los Servicios a WeWork, como requerir Servicios o materiales adicionales, las partes deberán negociar y ajustar de manera adecuada las obligaciones contenidas en la Orden, de conformidad con esta cláusula, antes que el Proveedor inicie con los trabajos en relación a dicha Orden de Cambio. El Proveedor aceptará cualquier cambio y deberá, si un cambio incrementa o disminuye los costos o tiempos requeridos para su cumplimiento, dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes contados a partir de haber recibido dicha Orden de Cambio, entregar a WeWork una propuesta firme reflejando cualquier incremento o disminución causada en consecuencia de dicha Orden de Cambio. En caso que WeWork acepte dicha propuesta, el Proveedor deberá proceder con los cambios en los servicios objeto de la propuesta de costos y bajo los términos y condiciones del presente Contrato. En el caso que WeWork no acepte los cambios propuestos podrá cancelar la orden respectiva. El Proveedor deberá notificar a WeWork, con a lo menos 2 (dos) días hábiles de anticipación a llevar a cabo cualquier cambio material o intencional, a los B&S, incluyendo sin limitar, cambios en la composición, especificaciones de calidad, procesos de manufacturación, etiquetado, funcionalidad, seguridad, ubicación de manufactura, y del uso de cualquier proveedor o subcontratista. Una vez notificado el cambio iniciado por el Proveedor, WeWork podrá cancelar dicha Orden. Cualquier revisión llevada a cabo por el Proveedor a una Orden, en relación al precio u otro elemento, deberá ser notificado por escrito y estar aprobado por WeWork. El Proveedor no podrá, en ningún caso, retener o retrasar el acuerdo de algún cambio de Orden solicitada por WeWork de manera irrazonable.

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en tres sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar y en el segundo la documentación relativa a la oferta técnica y en el tercero la relativa a los criterios de adjudicación sujetos a valoración automática (precio y plazos de entrega). Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia: Director del Departamento de Compras. Contratación del suministro de ropa de trabajo para el personal de la Imprenta de Billetes, S.A. (IMBISA) SOLPED1794 Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias debidamente compulsadas. Todos los documentos se presentarán en el orden establecido en esta cláusula. Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta. En caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial. En primer lugar los licitadores incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2. A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con IMBISA, los licitadores deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes. Estarán exentos de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2 de esta cláusula, aquellos licitadores que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por IMBISA, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del licitador, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, IMBISA podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los licitadores remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca. Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Fotocopias, legitimadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal: Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 94, 28006 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx. Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a IMBISA. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal. En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación de IMBISA, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • TERMINACIÓN BILATERAL Las partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: