Common use of Horas extraordinarias Clause in Contracts

Horas extraordinarias. Se estará a lo dispuesto en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones vigentes. Las partes firmantes se comprometen a reducir al mínimo indispensable la realización de horas extraordinarias. La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, salvo en los supuestos en los que tenga su causa en fuerza mayor. La hora extraordinaria es el complemento salarial que deberá percibir el trabajador por el exceso de tiempo de trabajo efectivo que realice sobre la duración de la jornada anual establecida o la proporcional que corresponda. Salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar su valor voluntariamente dentro de los límite de la legislación vigente, las horas extraordinarias realizadas serán compensadas mediante descansos en la equivalencia de: 1 hora extra realizada equivaldría a 1´50 de descanso. Asimismo, salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar voluntariamente su valor dentro de los límites de la legislación vigente, las horas extras realizadas podrán ser compensadas mediante pago en metálico a razón de: 1 hora extra realizada equivaldría al 1´50% del valor de la hora ordinaria, según la siguiente formula: Retribución anual/1.752 horas + 50% = valor hora extraordinaria. La opción respecto de la compensación en descansos o en metálico corresponderá al trabajador, con independencia de que si la opción lo es por compensación en descansos, la fecha de su disfrute será fijada por la empresa durante los cuatro meses siguientes a su realización. Con carácter general se acumularán los descansos por jornadas completas.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo De La Madera, Carpintería, Mueble Y Afines De La Comunidad Valenciana, Convenio Colectivo De Trabajo De La Madera, Carpintería, Mueble Y Afines De La Comunidad Valenciana

Horas extraordinarias. Se estará a lo dispuesto Con objeto de fomentar una política social solidaria que favorezca la creación de empleo se acuerda la supresión de las horas extraordinarias habituales. Asimismo, en el artículo 35 del Estatuto función de dar todo su valor al criterio anterior, se recomienda que en cada Empresa se analice conjuntamente, entre los Representantes de los Trabajadores y demás disposiciones la Empresa, la posibilidad de realizar nuevas contrataciones dentro de las modalidades de contratación vigentes, en sustitución de las horas extraordinarias suprimidas. En función del objetivo de empleo antes señalado y de experiencia internacionales en dicha materia, las partes firmantes del Convenio consideran positivo señalar a sus representantes, la posibilidad de compensar preferentemente, las horas extraordinarias por un tiempo de descanso, en lugar de su retribución. Las partes firmantes se comprometen a reducir al mínimo indispensable la realización de horas extraordinarias. La prestación , por su naturaleza, son voluntarias, exceptuando aquellas cuya no realización produzca a la Empresa graves perjuicios o impida la continuidad de trabajo en horas extraordinarias será voluntariala producción, salvo en y los demás supuestos en los que tenga su causa en de fuerza mayor. La hora extraordinaria es el complemento salarial que deberá percibir el trabajador por el exceso de tiempo de trabajo efectivo que realice sobre la duración Dirección de la jornada anual establecida o la proporcional que corresponda. Salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar su valor voluntariamente dentro Empresa informará mensualmente a los representantes legales de los límite tra‑ bajadores sobre el número de horas extraordinarias trabajadas, explicando sus causas. En función de esta información y de los criterios más arriba indicados, la legislación vigente, Empresa y los representantes de los trabajadores determinarán el carácter y la naturaleza de las horas extraordinarias realizadas serán compensadas mediante descansos extraordinarias, de acuerdo con lo pactado en la equivalencia de: 1 hora extra realizada equivaldría este Convenio. En aquellas Empresas donde existan acuerdos de información superior al antedicho se estará a 1´50 de descanso. Asimismo, salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar voluntariamente su valor dentro de los límites de la legislación vigente, las horas extras realizadas podrán ser compensadas mediante pago en metálico a razón de: 1 hora extra realizada equivaldría al 1´50% del valor de la hora ordinaria, según la siguiente formula: Retribución anual/1.752 horas + 50% = valor hora extraordinaria. La opción respecto de la compensación en descansos o en metálico corresponderá al trabajador, con independencia de que si la opción lo es por compensación en descansos, la fecha de su disfrute será fijada por la empresa durante los cuatro meses siguientes a su realización. Con carácter general se acumularán los descansos por jornadas completasmismos.

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Samples: Convenio Colectivo Autonómico Para La Industria Siderometalúrgica De La Comunidad Foral De Navarra, Convenio Colectivo Del Sector Industrias Siderometalúrgicas De Navarra

Horas extraordinarias. Se estará a lo dispuesto en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones vigentes. Las partes firmantes se comprometen a reducir al mínimo indispensable Sólo tendrán la realización consideración de horas extraordinarias. La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntariaa efectos legales, salvo en los supuestos en los las siguientes: Las que tenga su causa en fuerza mayor. La hora extraordinaria es el complemento salarial que deberá percibir el trabajador por el exceso de tiempo de trabajo efectivo que realice sobre la duración excedan de la jornada anual establecida pactada en cada empresa, es decir, las trabajadas fuera del horario establecido en el calendario laboral que rija en la empresa, salvo las horas flexibles que resulten de la aplicación del artículo 43 del presente Convenio Colectivo. Las horas extraordinarias se compensarán preferentemente por descanso, siempre y cuando no perturbe el normal proceso productivo de las empresas. La compensación por descanso, o la proporcional retribución de horas extraordinarias, si el trabajador optase por dicha modalidad, será la que corresponda. Salvo acuerdo entre esté establecida en la empresa y o la que pueda pactarse en el trabajador, quienes podrán fijar su valor voluntariamente seno de la misma. Las horas extraordinarias compensadas por descanso dentro de los límite de la legislación vigente, las horas extraordinarias realizadas serán compensadas mediante descansos en la equivalencia de: 1 hora extra realizada equivaldría a 1´50 de descanso. Asimismo, salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar voluntariamente su valor dentro de los límites de la legislación vigente, las horas extras realizadas podrán ser compensadas mediante pago en metálico a razón de: 1 hora extra realizada equivaldría al 1´50% del valor de la hora ordinaria, según la siguiente formula: Retribución anual/1.752 horas + 50% = valor hora extraordinaria. La opción respecto de la compensación en descansos o en metálico corresponderá al trabajador, con independencia de que si la opción lo es por compensación en descansos, la fecha de su disfrute será fijada por la empresa durante los cuatro meses siguientes a su realización, no computarán a efectos xxx xxxx máximo anual de horas extraordinarias establecido por el artículo 35.2 del Estatuto de los Trabajadores. Con carácter general Ante la grave situación de paro existente y con objeto de fomentar una política social solidaria que favorezca la creación de empleo, se acumularán acuerda la supresión de las horas extraordinarias habituales, manteniendo así el criterio ya establecido en acuerdos anteriores. Asimismo, en función de dar todo su valor al criterio anterior, se analizará en cada empresa, conjuntamente entre los descansos por jornadas completas.representantes de los trabajadores y la misma, la posibilidad de realizar nuevas contrataciones dentro de las modalidades de contratación vigentes en sustitución de las horas extraordinarias suprimidas. También respecto de los distintos tipos de horas extraordinarias se acuerda lo siguiente:

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Samples: boehringer.ccoo.cat, www.uso-fim.es

Horas extraordinarias. Se estará a lo dispuesto en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones vigentes. Las partes firmantes se comprometen a reducir al mínimo indispensable Sólo tendrán la realización consideración de horas extraordinarias. La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntariaex- traordinarias a efectos legales, salvo en los supuestos en los las siguientes: Las que tenga su causa en fuerza mayor. La hora extraordinaria es el complemento salarial que deberá percibir el trabajador por el exceso de tiempo de trabajo efectivo que realice sobre la duración excedan de la jornada anual establecida pactada en cada empresa, es decir, las trabajadas fuera del horario establecido en el calendario laboral que rija en la empresa, salvo las horas flexibles que resulten de la aplicación de los artículos 13.10 y 42.3. Las horas extraordinarias se compensarán preferentemente por descanso, siempre y cuan- do no perturbe el normal proceso productivo de las empresas. La compensación por descanso, o la proporcional retribución de horas extraordinarias, si el traba- jador optase por dicha modalidad, será la que corresponda. Salvo acuerdo entre esté establecida en la empresa y o la que pueda pactarse en el trabajador, quienes podrán fijar su valor voluntariamente seno de la misma. Las horas extraordinarias compensadas por descanso dentro de los límite de la legislación vigente, las horas extraordinarias realizadas serán compensadas mediante descansos en la equivalencia de: 1 hora extra realizada equivaldría a 1´50 de descanso. Asimismo, salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar voluntariamente su valor dentro de los límites de la legislación vigente, las horas extras realizadas podrán ser compensadas mediante pago en metálico a razón de: 1 hora extra realizada equivaldría al 1´50% del valor de la hora ordinaria, según la siguiente formula: Retribución anual/1.752 horas + 50% = valor hora extraordinaria. La opción respecto de la compensación en descansos o en metálico corresponderá al trabajador, con independencia de que si la opción lo es por compensación en descansos, la fecha de su disfrute será fijada por la empresa durante los cuatro meses siguientes a su realización, no computarán a efectos xxx xxxx máximo anual de horas extraordinarias establecido por el artículo 35.2 del Estatuto de los Trabajadores. Con carácter general Ante la grave situación de paro existente y con objeto de fomentar una política social solidaria que favorezca la creación de empleo, se acumularán acuerda la supresión de las horas extraordinarias habitua- les, manteniendo así el criterio ya establecido en acuerdos anteriores. Asimismo, en función de dar todo su valor al criterio anterior, se analizará en cada empresa, conjuntamente entre los descansos por jornadas completas.representantes de los trabajadores y la misma, la posibilidad de realizar nuevas contrataciones dentro de las modalidades de contratación vigentes en sustitución de las ho- ras extraordinarias suprimidas. También respecto de los distintos tipos xx xx- ras extraordinarias se acuerda lo siguiente:

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Samples: www.ccoo.cat, industria.ccoo.es

Horas extraordinarias. Se estará a lo dispuesto El valor de las horas extraordinarias se calculará sobre el salario hora individual y tendrán un recargo del 75%, y del 150% las realizadas en domingos o festivos. A fin de clarificar el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones vigentes. Las partes firmantes se comprometen a reducir al mínimo indispensable la realización concepto de horas extraordinarias. La prestación extraordinarias de carácter estructural, se entenderán como tales las necesarias para períodos punta de producción, ausencias imprevistas, cambios de turnos o las de carácter estructural derivadas de la naturaleza del trabajo de que se trate o mantenimiento, las reparaciones por averías imprevistas en horas extraordinarias será voluntarialas instalaciones y oficinas cuando su reparación en la jornada normal suponga interrupción del trabajo habitual, salvo en los supuestos en los así como las estrictamente necesarias para efectuar aquellos trabajos que tenga su causa en fuerza mayor. La hora extraordinaria es el complemento salarial por imprevisibles no puedan ser programados y siempre que deberá percibir el trabajador por el exceso de tiempo de trabajo efectivo que realice sobre la duración no puedan ser realizados dentro de la jornada anual establecida normal o turno de trabajo. Todo ello, siempre que no puedan ser sustituidas por contrataciones temporales o a tiempo parcial previstas en la proporcional Ley. Se suprimirán las horas extraordinarias de carácter habitual. Las horas extraordinarias motivadas por causa de fuerza mayor o las estructurales que corresponda. Salvo acuerdo entre como tales se acuerden en las empresas serán notificadas conjuntamente por la empresa y el trabajadorComité o Delegado de Personal, quienes podrán fijar su valor voluntariamente dentro mensualmente, a la Autoridad Laboral, Dirección General de los límite Trabajo de la legislación vigente, las horas extraordinarias realizadas serán compensadas mediante descansos en la equivalencia de: 1 hora extra realizada equivaldría a 1´50 Comunidad Autónoma de descansoMadrid. Asimismo, salvo De común acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes trabajador o trabajadora se podrá compensar cada hora extraordinaria por una hora y cuarenta y cinco minutos de tiempo libre. Estas reducciones de jornada podrán fijar voluntariamente su valor dentro de los límites de la legislación vigente, las horas extras realizadas podrán ser compensadas mediante pago en metálico a razón de: 1 hora extra realizada equivaldría al 1´50% del valor de la hora ordinaria, según la siguiente formula: Retribución anual/1.752 horas + 50% = valor hora extraordinaria. La opción respecto de la compensación en descansos o en metálico corresponderá al trabajador, con independencia de que si la opción lo es por compensación en descansos, la fecha de su disfrute será fijada por la empresa durante los cuatro meses siguientes a su realización. Con carácter general se acumularán los descansos por jornadas completasacumularse.

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Samples: Convenio Colectivo Para El Comercio Del Metal De La

Horas extraordinarias. Serán aquellas horas de trabajo que sobrepasen el cómputo anual de 1826 horas de trabajo efectivo y las que se realicen en días festivos (es decir en domingos y en las catorce fiestas no recuperables establecidas en la legislación) y las que superen el número de horas anuales equivalentes al 10% de la distribución irregular de la jornada. Se estará abonarán según la cuantía fijada en la tabla salarial anexa. Dadas las características de este sector, donde no se puede prever la maduración rápida del fruto, la demanda xxx xxxxxxx de un producto básico, la climatología y otros factores ajenos a lo dispuesto la voluntad de la empresa, ambas partes consideran que las posibles horas extras que pudieran existir en esta actividad tienen el artículo 35 del Estatuto carácter de estructurales a todos los Trabajadores y demás disposiciones vigentesefectos legales. Las partes firmantes se comprometen a reducir al mínimo indispensable Para la realización de las horas extraordinarias. La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntariaextras precisas por los trabajadores fijos y los trabajadores fijos-discontinuos se utilizará, salvo en los supuestos en los siempre que tenga su causa en fuerza mayor. La hora extraordinaria es el complemento salarial que deberá percibir el trabajador ello fuera posible por el exceso tipo de tiempo actividad a realizar, el criterio del orden de trabajo efectivo que realice sobre la duración antigüedad. Para el caso de la jornada anual establecida o la proporcional que corresponda. Salvo acuerdo existir pactos entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar su valor voluntariamente dentro Comité para la realización de los límite de la legislación vigente, las horas extraordinarias realizadas serán compensadas mediante descansos en la equivalencia de: 1 hora extra realizada equivaldría a 1´50 de descanso. Asimismo, salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar voluntariamente su valor dentro de los límites de la legislación vigente, las horas extras realizadas podrán ser compensadas mediante pago se estará a lo recogido en metálico a razón de: 1 los mencionados pactos. Entre empresa y representantes de los trabajadores podrá pactarse un precio hora extra realizada equivaldría diferente al 1´50% del valor reflejado en la tabla salarial anexa, respetando los límites legalmente establecidos, igualmente podrá pactarse las horas que tendrán la consideración de la hora ordinaria, según la siguiente formula: Retribución anual/1.752 horas + 50% = valor hora extraordinaria. La opción respecto de la compensación en descansos extraordinaria a efectos diarios o en metálico corresponderá al trabajador, con independencia de que si la opción lo es por compensación en descansos, la fecha de su disfrute será fijada por la empresa durante los cuatro meses siguientes a su realización. Con carácter general se acumularán los descansos por jornadas completassemanales.

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Samples: Convenio Colectivo Para Manipulado Y Envasado De Fruta Fresca Y Hortalizas De La Región De Murcia

Horas extraordinarias. Se estará a lo dispuesto en el artículo 35 Durante la vigencia del Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones vigentes. Las partes firmantes se comprometen a reducir al mínimo indispensable la realización de horas extraordinarias. La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, salvo en los supuestos en los que tenga su causa en fuerza mayor. La hora extraordinaria es el complemento salarial que deberá percibir el trabajador por el exceso de tiempo de trabajo efectivo que realice sobre la duración de la jornada anual establecida o la proporcional que corresponda. Salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar su valor voluntariamente dentro de los límite de la legislación vigente, presente Convenio quedan prohibidas las horas extraordinarias realizadas serán compensadas mediante descansos en habituales. Pudiendo realizar aquéllas que vengan exigidas por la equivalencia de: 1 hora extra realizada equivaldría a 1´50 necesidad de descanso. Asimismoreparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes, salvo acuerdo entre así como las que se requieran para la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar voluntariamente su valor dentro finalización de los límites trabajos ordinarios de la legislación vigenteempresa, siempre que no sean habituales. En caso de abono de las horas extras realizadas podrán ser compensadas mediante pago en metálico extraordinarias su cuantía será la que se pacte entre el empresario y los representantes de los trabajadores, a razón de: 1 hora extra realizada equivaldría al 1´50falta de pacto su cuantía será del 75% de incremento del valor de la hora ordinaria. Las partes firmantes son conscientes de los favorables efectos que sobre la creación de empleo puede representar el sistema especial de jubilación a los 64 años previsto en el Real Decreto 1194/1985, según de 17 de Julio y en la siguiente formula: Retribución anual/1.752 horas + 50% = valor hora extraordinariaLey 64/97, que se aplicará en sus propio términos por acuerdo de empresa y trabajador. En todo caso las empresas se obligan a la realización de contratos de sustitución para aquellos trabajadores que soliciten la jubilación a los 64 años. Será optativa del trabajador la jubilación parcial a partir de los 60 años, en las condiciones establecidas legalmente, mediante la realización de un contrato de relevo, que es el que se concierta con un trabajador inscrito en la oficina de empleo, con objeto de sustituir parcialmente a un trabajador, que de esta forma accede a la pensión de jubilación de forma parcial, pues la recibe simultáneamente con la realización de un trabajo a tiempo parcial en la misma empresa. La opción respecto distribución de la compensación jornada parcial se realizará de mutuo acuerdo entre empresa y trabajador. El trabajador relevista pasará a fijo de plantilla en descansos o en metálico corresponderá al trabajador, con independencia de que si la opción lo es por compensación en descansos, la fecha de su disfrute será fijada por la empresa durante los cuatro meses siguientes a su realización. Con carácter general cuando se acumularán los descansos por jornadas completasproduzca la jubilación total y definitiva.

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Samples: Convenio Colectivo

Horas extraordinarias. Se estará a lo dispuesto en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones vigentes. Las partes firmantes se comprometen a reducir al mínimo indispensable Sólo tendrán la realización consideración de horas extraordinarias. La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntariaa efectos legales, salvo en los supuestos en los las si- guientes: Las que tenga su causa en fuerza mayor. La hora extraordinaria es el complemento salarial que deberá percibir el trabajador por el exceso de tiempo de trabajo efectivo que realice sobre la duración excedan de la jornada anual establecida pactada en cada empresa, es decir, las trabajadas fuera del horario establecido en el calendario laboral que rija en la empresa, salvo las horas flexibles que resulten de la aplicación de los artículos 13.9 y 42.3. Las horas extraordinarias se compensarán preferentemente por descanso, siempre y cuando no perturbe el normal proceso productivo de las empre- sas. La compensación por descanso, o la proporcional retribución de horas extraordina- rias, si el trabajador optase por dicha modalidad, será la que corresponda. Salvo acuerdo entre esté estableci- da en la empresa y o la que pueda pactarse en el trabajador, quienes podrán fijar su valor voluntariamente seno de la misma. Las horas extraordinarias compensadas por descanso dentro de los límite de la legislación vigente, las horas extraordinarias realizadas serán compensadas mediante descansos en la equivalencia de: 1 hora extra realizada equivaldría a 1´50 de descanso. Asimismo, salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar voluntariamente su valor dentro de los límites de la legislación vigente, las horas extras realizadas podrán ser compensadas mediante pago en metálico a razón de: 1 hora extra realizada equivaldría al 1´50% del valor de la hora ordinaria, según la siguiente formula: Retribución anual/1.752 horas + 50% = valor hora extraordinaria. La opción respecto de la compensación en descansos o en metálico corresponderá al trabajador, con independencia de que si la opción lo es por compensación en descansos, la fecha de su disfrute será fijada por la empresa durante los cuatro meses siguientes a su realización, no computarán a efectos xxx xxxx máxi- mo anual de horas extraordinarias establecido por el artículo 35.2 del Esta- tuto de los Trabajadores. Con carácter general Ante la grave situación de paro existente y con objeto de fomentar una política social solidaria que favorezca la creación de empleo, se acumularán acuerda la supresión de las horas extraordinarias habituales, manteniendo así el criterio ya establecido en acuerdos anteriores. Asimismo, en función de dar todo su valor al criterio anterior, se analizará en cada empresa, conjuntamente entre los descansos por jornadas completas.representantes de los trabajadores y la mis- ma, la posibilidad de realizar nuevas contrataciones dentro de las modalidades de contratación vigentes en sustitución de las horas extraordinarias suprimidas. También respecto de los distintos tipos de horas extraordinarias se acuerda lo siguiente:

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Samples: www.sindicatounitariodecantabria.org

Horas extraordinarias. Se estará a lo dispuesto Quedan suprimidas las horas extraordinarias de carácter habitual. Las horas extraordina- rias que vengan exigidas por la necesidad de reparar siniestros u otros daños extraordi- narios y urgentes, así como en el artículo 35 del Estatuto caso de los Trabajadores y demás disposiciones vigentesriesgo de pérdida de materias primas, podrán ser realizadas. Asimismo podrán realizarse aquellas horas extraordinarias por pedidos o periodos de punta de producción, ausencias imprevistas, cambios de turno u otras circunstancias de carácter estructural derivadas de la naturaleza de las actividades sujetas al presente convenio, siem- pre que no quepa la utilización de las distintas modalidades de contratación temporal o parcial previstas en el presente convenio y/o en la legislación vigente. Las partes firmantes se comprometen a reducir al mínimo indispensable la realización de horas extraordinarias. La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, salvo en los supuestos en los que tenga su causa en fuerza mayor. La hora extraordinaria es el complemento salarial que deberá percibir el trabajador por el exceso de tiempo de trabajo efectivo que realice sobre la duración de la jornada anual establecida o la proporcional que corresponda. Salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar su valor voluntariamente Las horas extraordinarias permitidas serán preferentemente compensadas mediante descan- sos dentro de los límite quince días posteriores a su realización y estableciéndose 1,5 horas de descanso por cada hora extraordinaria trabajada. Si excepcionalmente, la legislación vigenteorganización del trabajo no permitiera este tipo de compensación, las horas extraordinarias realizadas estas serán compensadas abonadas mediante descansos en la equivalencia de: 1 hora extra realizada equivaldría a 1´50 aplicación de descanso. Asimismo, salvo acuerdo entre un incremento del 75 % sobre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar voluntariamente su valor dentro de los límites de la legislación vigente, las horas extras realizadas podrán ser compensadas mediante pago en metálico a razón de: 1 hora extra realizada equivaldría al 1´50% del valor cuantía de la hora ordinaria, según la siguiente formula: Retribución anual/1.752 horas + 50% = cual viene determinada por el salario base y cuyo valor hora extraordinaria. La opción respecto de figura en la compensación en descansos o en metálico corresponderá al trabajador, con independencia de que si la opción lo es por compensación en descansos, la fecha de su disfrute será fijada por la empresa durante los cuatro meses siguientes a su realización. Con carácter general se acumularán los descansos por jornadas completastabla retributiva del anexo.

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Samples: doe.juntaex.es

Horas extraordinarias. Se estará a lo dispuesto Tendrán consideración de horas extraordinarias las que excedan de la jornada diaria establecida. No obstante, no serán consideradas horas extraordinarias las que resulten de la distribución irregular de la jornada prevista en el artículo 35 31.5 del Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones vigentesConvenio. Las partes firmantes se comprometen a reducir al mínimo indispensable personas trabajadoras serán libres de aceptar o denegar la realización de horas extraordinarias. La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, salvo en los supuestos casos específicos regulados por la legislación laboral. Se cuidará especialmente la promoción de empleo, restringiendo al máximo la realización de horas extraordinarias en los que tenga su causa en fuerza mayorfavor de este. La hora extraordinaria es el complemento salarial que deberá percibir el trabajador por el exceso En cualquier caso, habrá de tiempo de trabajo efectivo que realice sobre la duración de la jornada anual establecida o la proporcional que corresponda. Salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar su valor voluntariamente mantenerse dentro de los límite máximos legales. Las Partes firmantes coinciden en los efectos positivos que pueden derivarse de una política social conducente a continuar con la legislación vigentepolítica de no realizar horas extraordinarias para su sustitución por nuevas contrataciones. En función del objetivo de empleo antes señalado, se compensarán las horas extraordinarias realizadas serán compensadas mediante descansos en la equivalencia de: 1 hora extra realizada equivaldría a 1´50 por un tiempo equivalente de descanso. AsimismoSe considerarán como horas extraordinarias las necesarias por pedidos imprevistos o períodos de producción, salvo acuerdo entre ausencias imprevistas y otras circunstancias de carácter estructural derivadas de la naturaleza de la actividad de que se trate, así como las de mantenimiento, siempre que no puedan ser sustituidas por la utilización de las distintas modalidades de contratación previstas legalmente. La Dirección de la empresa informará mensualmente al Comité de Empresa y Delegados Sindicales sobre el trabajadornúmero de horas extraordinarias realizadas, quienes podrán fijar voluntariamente especificando sus causas, los empleados afectados y, en su valor caso, la distribución por unidad. La compensación por horas extraordinarias en tiempo equivalente de descanso llevará un incremento del 75%. Esta compensación con descanso se hará dentro de los límites las ocho semanas siguientes y de la legislación vigentemutuo acuerdo con el mando superior. Tan sólo se abonarán como horas extraordinarias, las horas extras realizadas podrán ser compensadas mediante pago en metálico a razón de: 1 hora extra realizada equivaldría al 1´50con el incremento del 75% sobre el cálculo del valor de la hora ordinariaindividual, según la siguiente formula: Retribución anual/1.752 horas + 50% = valor hora extraordinaria. La opción respecto de la compensación en descansos o en metálico corresponderá al trabajador, con independencia de que si la opción lo es aquellas cuya recuperación sea absolutamente imposible por compensación en descansos, la fecha de su disfrute será fijada por la empresa durante los cuatro meses siguientes a su realización. Con carácter general se acumularán los descansos por jornadas completasnecesidades del servicio.

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Samples: www.convenioscolectivos.net

Horas extraordinarias. Se estará Con objeto de fomentar una política social solidaria que favorezca la creación de empleo se acuerda la supresión de las horas extraordinarias habituales. Asimismo, en función de dar todo su valor al criterio anterior, se recomienda que en cada Empresa se analice conjuntamente, entre los Representantes de las personas trabajadoras y la Empresa, la posibilidad de realizar nuevas contrataciones dentro de las modalidades de contratación vigentes, en sustitución de las horas extraordinarias suprimidas. En función del objetivo de empleo antes señalado y de experiencia internacionales en dicha materia, las partes firmantes del Convenio consideran positivo señalar a lo dispuesto sus representantes, la po‑ sibilidad de compensar preferentemente, las horas extraordinarias por un tiempo de descanso, en el artículo 35 del Estatuto lugar de los Trabajadores y demás disposiciones vigentessu retribución. Las partes firmantes se comprometen a reducir al mínimo indispensable la realización de horas extraordinarias. La prestación , por su naturaleza, son voluntarias, exceptuando aquellas cuya no realización produzca a la Empresa graves perjuicios o impida la continuidad de trabajo en horas extraordinarias será voluntariala producción, salvo en y los demás supuestos en los que tenga su causa en de fuerza mayor. La hora extraordinaria es el complemento salarial que deberá percibir el trabajador por el exceso de tiempo de trabajo efectivo que realice sobre la duración Dirección de la jornada anual establecida o la proporcional que correspondaEmpresa informará mensualmente a los representantes legales de las perso‑ nas trabajadoras sobre el número de horas extraordinarias trabajadas, explicando sus causas. Salvo acuerdo entre la empresa En función de esta información y el trabajador, quienes podrán fijar su valor voluntariamente dentro de los límite criterios más arriba indicados, la Empresa y los representantes de las personas trabajadoras determinarán el carácter y la legislación vigente, naturaleza de las horas extraordinarias realizadas serán compensadas mediante descansos extraordinarias, de acuerdo con lo pactado en la equivalencia de: 1 hora extra realizada equivaldría este Convenio. En aquellas Empresas donde existan acuerdos de información superior al antedicho se estará a 1´50 de descanso. Asimismo, salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar voluntariamente su valor dentro de los límites de la legislación vigente, las horas extras realizadas podrán ser compensadas mediante pago en metálico a razón de: 1 hora extra realizada equivaldría al 1´50% del valor de la hora ordinaria, según la siguiente formula: Retribución anual/1.752 horas + 50% = valor hora extraordinaria. La opción respecto de la compensación en descansos o en metálico corresponderá al trabajador, con independencia de que si la opción lo es por compensación en descansos, la fecha de su disfrute será fijada por la empresa durante los cuatro meses siguientes a su realización. Con carácter general se acumularán los descansos por jornadas completasmismos.

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Samples: Convenio Colectivo Autonómico Para La Industria Siderometalúrgica De La Comunidad Foral De Navarra

Horas extraordinarias. Se estará a lo dispuesto en el artículo 35 Durante la vigencia del Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones vigentes. Las partes firmantes se comprometen a reducir al mínimo indispensable presente convenio quedarán suprimidas la realización de horas extraordinarias. La prestación No obstante, con el fin de trabajo cubrir las urgencias imprevisibles en la jornada normal, se marca un límite máximo por trabajador o trabajadora que queda establecido en quince horas mensuales y ochenta horas anuales. Las horas extraordinarias será voluntaria, salvo en los supuestos en los que tenga su causa en fuerza mayor. La hora extraordinaria es el complemento salarial que deberá percibir realizadas por el trabajador o la trabajadora, serán remuneradas con un incremento del 100% sobre el valor xxx xxxxxxx hora resultante de la aplicación de las tablas salariales del presente convenio. Se entenderá, por horas extraordinarias estructurales las necesarias por periodos punta de producción, ausencias imprevistas, cambio de turno y mantenimiento, siempre que no quepa la utilización de las distintas modalidades de contratación temporal o parcial objeto de las disposiciones que han sido dictadas en desarrollo del acuerdo nacional sobre empleo. Todas las empresas afectadas por el exceso presente convenio con más xx xxxx trabajadores o trabajadoras fijos, quedarán obligadas a llevar un libro de tiempo de trabajo efectivo registro, en el que realice sobre la duración de la jornada anual establecida o la proporcional que corresponda. Salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar su valor voluntariamente dentro de los límite de la legislación vigente, figurarán todas las horas extraordinarias realizadas serán compensadas mediante descansos según las fórmulas acordadas en la equivalencia de: 1 hora extra realizada equivaldría los apartados anteriores. Los inventarios realizados a 1´50 de descanso. Asimismo, salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar voluntariamente su valor dentro de los límites más de la legislación vigentejornada normal, tendrán la consideración de horas extraordinarias. El libro de registro de horas extraordinarias será llevado por las horas extras realizadas podrán ser compensadas mediante pago en metálico a razón de: 1 hora extra realizada equivaldría al 1´50% empresas con el enterado del valor comité de la hora ordinaria, según la siguiente formula: Retribución anual/1.752 horas + 50% = valor hora extraordinaria. La opción respecto empresa o delegados de la compensación en descansos o en metálico corresponderá al trabajador, con independencia de que si la opción lo es por compensación en descansos, la fecha de su disfrute será fijada por la empresa durante los cuatro meses siguientes a su realización. Con carácter general se acumularán los descansos por jornadas completaspersonal.

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Samples: Convenio Colectivo Del Sector Hostelería De La Provincia De Las Palmas

Horas extraordinarias. Se estará De mutuo acuerdo las partes, establecen como horas extraordinarias para las distintas categorías del personal, las que a continuación se expresan: Las que realice el personal de Oficinas y de unidades operativas por razón de pedidos o periodos punta de producción y ausencias imprevistas, así como todas aquellas que realicen circunstancialmente por encima de la jornada efectiva de cada Centro de Trabajo, sin exceder de la jornada legal, por lo dispuesto en que no tienen el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones vigentes. Las partes firmantes se comprometen a reducir al mínimo indispensable la realización carácter de horas extraordinarias. La prestación anterior definición de trabajo en horas extraordinarias será voluntariaviene dada por la imposibilidad de contrataciones temporales o a tiempo parcial previstas en la Ley. Ante la grave situación de paro existente en el sector y con objeto de favorecer la creación de empleo, salvo en los supuestos en los que tenga su causa en fuerza mayor. La hora extraordinaria es el complemento salarial que deberá percibir el trabajador por el exceso ambas partes acuerdan la conveniencia de tiempo de trabajo efectivo que realice sobre la duración de la jornada anual establecida o la proporcional que corresponda. Salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar su valor voluntariamente dentro de los límite de la legislación vigente, reducir al mínimo indispensable las horas extraordinarias realizadas con arreglo a los siguientes criterios: Horas extraordinarias habituales: Supresión. Las horas extraordinarias de acuerdo con la definición anterior, que pudieran realizarse previa autorización de la Empresa y con los mecanismos de control establecidos, serán retribuidas económicamente o compensadas mediante descansos por un tiempo de descanso, a elección del trabajador/a a razón de 2 horas de descanso por cada hora realizada, en temporada baja, y siendo acumulables las horas a compensar. Las horas extraordinarias que sean retribuidas, el valor de las mismas es el que figura en la equivalencia de: 1 hora extra realizada equivaldría a 1´50 de descanso. Asimismo, salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar voluntariamente su valor dentro de los límites de la legislación vigente, las horas extras realizadas podrán ser compensadas mediante pago en metálico a razón de: 1 hora extra realizada equivaldría Tabla que como Anexo se acompaña al 1´50% del valor de la hora ordinaria, según la siguiente formula: Retribución anual/1.752 horas + 50% = valor hora extraordinaria. La opción respecto de la compensación en descansos o en metálico corresponderá al trabajador, con independencia de que si la opción lo es por compensación en descansos, la fecha de su disfrute será fijada por la empresa durante los cuatro meses siguientes a su realización. Con carácter general se acumularán los descansos por jornadas completaspresente Convenio colectivo.

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Samples: www.ccoo.gal

Horas extraordinarias. Se Las horas extraordinarias sólo se pueden realizar para atender a circunstancias imprevistas, períodos punta de producción, ausencias sin programar, cambios de turno u otras circunstancias de carácter estructural derivadas de la naturaleza de la actividad de que se trate, siempre que no quepa la utilización de las diversas modalidades de contratación temporal o parcial previstas por la Ley que estuviera vigente en su momento, así como las de fuerza mayor, es decir las que se derivan de la necesidad de reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes. De acuerdo con el artículo 35.2 del Estatuto de los trabajadores, y en tanto éste no sea modificado o derogado en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones vigentes. Las partes firmantes se comprometen a reducir al mínimo indispensable la realización de horas extraordinarias. La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, salvo en los supuestos en los que tenga su causa en fuerza mayor. La hora extraordinaria es el complemento salarial que deberá percibir el trabajador por el exceso de tiempo de trabajo efectivo que realice sobre la duración de la jornada anual establecida o la proporcional que corresponda. Salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar su valor voluntariamente dentro de los límite de la legislación vigente, se establece que como máximo se podrán realizar 80 horas extraordinarias durante el año, sin que se tengan en cuenta para el cómputo del número máximo de las horas extraordinarias realizadas serán compensadas mediante descansos en la equivalencia de: 1 hora extra realizada equivaldría a 1´50 de descanso. Asimismo, salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar voluntariamente su valor dentro de los límites de la legislación vigenteautorizadas, las horas extras realizadas podrán ser compensadas mediante pago en metálico a razón de: 1 hora extra realizada equivaldría al 1´50% del que se realicen para prevenir o reparar daños extraordinarios y urgentes (fuerza mayor). El valor de la hora extraordinaria será equivalente al 1,40 de la hora ordinaria, según la siguiente formula: Retribución anual/1.752 horas + 50% = valor hora extraordinaria. La opción respecto Dirección de la compensación en descansos empresa, de acuerdo con las necesidades objetivas de producción o en metálico corresponderá al trabajadorde prestación de servicios podrá abonar las horas extraordinarias o compensarlas mediante descanso, con independencia dentro de que si la opción lo es por compensación en descansos, la fecha de su disfrute será fijada por la empresa durante los cuatro meses siguientes a su realización, con los topes que se pacten previamente con los representantes de los trabajadores en cada Centro de Trabajo. Con carácter general se acumularán los descansos por jornadas completas.Cálculo para el valor de la hora extraordinaria:

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Samples: www.borm.es

Horas extraordinarias. Se estará a lo dispuesto Tendrá la consideración de horas extraordinarias todas aquellas que se realicen sobre la jornada diaria establecida en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones vigentescalendario laboral. Las partes firmantes se comprometen a reducir al mínimo indispensable Queda prohibida la realización de las horas extraordinarias que no tengan carácter estructural. Tendrán carácter estructural las que vinieran exigidas por la necesidad de reparar siniestros y otras análogas de conformidad con la legislación vigente. El resto de las horas extraordinarias sólo tendrán la consideración de estructurales cuando exista acuerdo expreso con la representación sindical. Cuando se constate que el número de horas extraordinarias supera la cantidad de 40 semanales en una misma sección o servicio se procederá a la contratación del número de trabajadores o trabajadoras necesario para sustituir la realización de dichas horas extraordinarias si a la siguiente semana se mantuviese el mismo número de horas extraordinarias. La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, salvo en los supuestos en los que tenga su causa en fuerza mayor. La hora extraordinaria es el complemento salarial que deberá percibir el trabajador por el exceso de tiempo de trabajo efectivo que realice sobre la duración de la jornada anual establecida o la proporcional que corresponda. Salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar su valor voluntariamente dentro de los límite de la legislación vigente, las horas extraordinarias realizadas serán compensadas mediante descansos en la equivalencia de: 1 hora extra realizada equivaldría a 1´50 de descanso. Asimismo, salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar voluntariamente su valor dentro de los límites de la legislación vigente, las horas extras realizadas podrán ser compensadas mediante pago en metálico a razón de: 1 hora extra realizada equivaldría al 1´50% del valor de la hora ordinaria, según la siguiente formula: Retribución anual/1.752 horas + 50% = valor hora extraordinaria. La opción respecto de la compensación en descansos o en metálico corresponderá al trabajadorpercibirá una gratificación, con independencia del grupo a que pertenezca, en la cuantía de 21,23 euros por hora. Las horas que se compensan en tiempo libre, serán las horas efectivas, y cuando se compense jornada completa se descontará del crédito que se dispone; por lo que las horas a descontar del crédito serán las que realmente se descansen. Serán compatibles con el Plus de Nocturnidad. Las horas extras se abonarán al mes siguiente de que si la opción lo es por compensación en descansos, la fecha de su disfrute será fijada se adopte el acuerdo por la empresa durante los cuatro meses siguientes a su realización. Con carácter general se acumularán los descansos Junta de Gobierno Local o por jornadas completasDecreto.

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Samples: Convenio Colectivo Que Regula Las Condiciones De Trabajo Del Personal Laboral Del Excmo. Ayuntamiento De Chiclana

Horas extraordinarias. Se estará a lo dispuesto en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones vigentes. Las partes firmantes se comprometen a reducir al mínimo indispensable Tendrán la realización consideración de horas extraordinarias. La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, salvo en los supuestos en los a efectos legales aquellas que tenga su causa en fuerza mayor. La hora extraordinaria es el complemento salarial que deberá percibir el trabajador por el exceso de tiempo de trabajo efectivo que realice sobre la duración excedan de la jornada anual máxima legal establecida en este Convenio, salvo las realizadas en los casos de prolongación de jornada antes contempladas. El ofrecimiento de horas extraordinarias compete a la Empresa y su aceptación con carácter general o para cada caso concreto, será voluntaria para los trabajadores. En aquellos casos de absoluta necesidad se realizarán horas extraordinarias con las siguientes limitaciones: Dos horas diarias, cinco a la proporcional que correspondasemana, veinte al mes y ochenta al año. Salvo La forma de su compensación (económica o en tiempo de descanso) se establecerá de mutuo acuerdo entre la empresa y el trabajador. En caso de desacuerdo el trabajador eligirá la forma de compensación del 50 por 100 de las horas y la empresa el otro 50 por 100. En todo caso la compensación económica será la que se establece en el artículo 34 b del presente Convenio. Sin perjuicio del carácter voluntario de estas horas, quienes podrán fijar su valor voluntariamente dentro en los términos legalmente establecidos y teniendo en cuenta el carácter público de los servicios que con frecuencia prestan las Empresa de este Sector, cuando concurran circunstancias de fuerza mayor, sustitución de personal, averías que requieran reparaciones urgentes u otras análogas que, por su trascendencia sean inaplazables, el tiempo de trabajo empleado por los trabajadores no entrará en el cómputo de las conceptuadas como extraordinarias a los efectos de un límite de la legislación vigentemáximo legal, las horas extraordinarias realizadas si bien serán compensadas mediante descansos en la equivalencia de: 1 hora extra realizada equivaldría a 1´50 de descanso. Asimismo, salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador, quienes podrán fijar voluntariamente su valor dentro de los límites de la legislación vigente, las horas extras realizadas podrán ser compensadas mediante pago en metálico a razón de: 1 hora extra realizada equivaldría al 1´50% del valor de la hora ordinaria, según la siguiente formula: Retribución anual/1.752 horas + 50% = valor hora extraordinaria. La opción respecto de la compensación en descansos o en metálico corresponderá al trabajador, con independencia de que si la opción lo es por compensación en descansos, la fecha de su disfrute será fijada por la empresa durante los cuatro meses siguientes a su realización. Con carácter general se acumularán los descansos por jornadas completasretribuidas como tales.

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Samples: Convenio Colectivo De Las Industrias De Captación