Incapacidad Total y Permanente. Se define para efectos del presente contrato, como la pérdida de las funciones y/o aptitudes físicas en un individuo en un porcentaje igual o mayor a 65% (sesenta y cinco por ciento) determinado por un médico autorizado por la compañía y conforme a lo establecido en la Tabla de Valuación de Incapacidades Permanentes de la Ley Federal del Trabajo.
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Samples: Condiciones Generales De Seguro De Automóviles, Condiciones Generales De Seguro De Automóviles, Insurance Policy