Common use of INCUMPLIMIENTOS Y PENALIZACIONES Clause in Contracts

INCUMPLIMIENTOS Y PENALIZACIONES. Los incumplimientos en que incurra el Adjudicatario durante la ejecución de la prestación objeto del contrato, se clasificarán como muy graves, graves y leves. - El impago a las compañías suministradoras de energía de las facturas correspondientes a los suministros energéticos, entendiéndose muy grave el incumplimiento cuando el impago se refiera a una o más facturas - La demora en el comienzo de la prestación de los servicios de mantenimiento en más de un día sobre la fecha prevista, salvo causas de fuerza mayor. - La no intervención inmediata tras la denuncia o conocimiento de una situación que exija una actuación extraordinaria o urgente (plazo máximo: media hora). - La prestación manifiestamente defectuosa e irregular de los servicios. - El retraso sistemático en los horarios, no utilización de los medios mecánicos establecidos, el mal estado de conservación de los mismos o el incumplimiento de las temperaturas. - Desobediencia a las órdenes del Organismo Contratante relativas a la norma y régimen de los servicios en general a las normas que regularán la prestación de los mismos. - El incumplimiento de cualquiera de las condiciones y plazos establecidos en el presente Xxxxxx, sin perjuicio de las acciones posteriores que de ello se deriven. - Falta de elementos y/o medidas de seguridad para la prestación del servicio. - El retraso no sistemático en la prestación de los servicios. - Los incidentes del personal perteneciente a la empresa adjudicataria con terceras personas, tanto por trato incorrecto, como por deficiencia de la prestación del servicio. - La reiteración en la comisión xx xxxxxx leves. - Modificación del servicio sin causa justificada ni notificación previa. - Se consideran incumplimientos leves todos los demás no previstos anteriormente y que de algún modo signifiquen detrimento de las condiciones establecidas en este Pliego, con perjuicio no grave de los servicios o que den lugar a deficiencias en el aspecto del personal o de los medios utilizados.

Appears in 2 contracts

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas, Pliego De Cláusulas Administrativas

INCUMPLIMIENTOS Y PENALIZACIONES. Los incumplimientos en que incurra el Adjudicatario durante la ejecución de la prestación objeto del contrato, se clasificarán como muy graves, graves y leves. - El impago a las compañías suministradoras de energía de las facturas correspondientes a los suministros energéticosal suministro eléctrico, entendiéndose muy grave el incumplimiento cuando el impago se refiera a una o más facturas facturas. - La demora en el comienzo de la prestación de los servicios de mantenimiento en más de un día dos días sobre la fecha prevista, salvo causas de fuerza mayor. - La no intervención inmediata tras la denuncia o conocimiento de una situación que exija una actuación extraordinaria o urgente (plazo máximo: media hora2 horas). - La prestación manifiestamente defectuosa e irregular de los servicios. - El retraso sistemático en los horarios, no utilización de los medios mecánicos establecidos, el mal estado de conservación de los mismos o el incumplimiento de las temperaturasmismos. - Desobediencia a las órdenes del Organismo Contratante relativas a la norma y régimen de los servicios en general a las normas que regularán la prestación de los mismos. - El incumplimiento de cualquiera de las condiciones y plazos establecidos en el presente XxxxxxPliego, sin perjuicio de las acciones posteriores que de ello se deriven. - El incumplimiento de cuantas obligaciones laborales y de prevención de riesgos laborales se recogen en estos pliegos, en la normativa de aplicación y en aquella normativa entre en vigor durante el plazo de la duración del contrato. - Falta de elementos y/o medidas de seguridad para la prestación del servicio. - El retraso no sistemático en la prestación de los servicios. - Los incidentes del personal perteneciente a la empresa adjudicataria con terceras personas, tanto por trato incorrecto, como por deficiencia de la prestación del servicio. - La reiteración en la comisión xx xxxxxx leves. - Modificación del servicio sin causa justificada ni notificación previa. - Se consideran incumplimientos leves todos los demás no previstos anteriormente y que de algún modo signifiquen detrimento de las condiciones establecidas en este Pliego, con perjuicio no grave de los servicios o que den lugar a deficiencias en el aspecto del personal o de los medios utilizados. La calificación de cualquier incumplimiento dentro de los apartados anteriores, corresponde única y exclusivamente al Organismo Contratante, previa audiencia del contratista.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Concesión De Servicio Público Integral De Iluminación Exterior Del Municipio De Beriain

INCUMPLIMIENTOS Y PENALIZACIONES. Los incumplimientos Sin perjuicio del derecho que asiste a RENFE-Operadora en orden a acordar la resolución del contrato en caso de incumplimiento del mismo por parte del adjudicatario, RENFE-Operadora podrá imponer a dicho adjudicatario sanciones pecuniarias en los siguientes casos: Sin perjuicio del derecho que incurra el Adjudicatario durante asiste a RENFE-Operadora en orden a acordar la ejecución resolución del contrato en caso de la prestación objeto incumplimiento del contratomismo por parte del adjudicatario, se clasificarán como muy graves, graves y leves. - RENFE-Operadora podrá imponer a dicho adjudicatario sanciones pecuniarias en los siguientes casos: El impago a las compañías suministradoras de energía de las facturas correspondientes a retraso en los suministros energéticos, entendiéndose muy grave el incumplimiento cuando el impago se refiera a una o más facturas - La demora en el comienzo de la prestación de los servicios de mantenimiento en más de un día sobre la fecha previstaplazos pactados por causas imputables al adjudicatario, salvo causas de fuerza mayor. - La no intervención inmediata tras mayor comunicadas formalmente como tal por el mismo, dará lugar a la denuncia o conocimiento siguiente penalidad económica: Se descontará de una situación la facturación mensual el mismo porcentaje que exija una actuación extraordinaria o urgente (plazo máximo: media hora). - La prestación manifiestamente defectuosa e irregular el del mayor de los serviciosexcesos que se haya sobrepasado en el mes sobre los niveles de servicio que se exigen en el Apartado 7 del Anexo I “Especificaciones Técnicas”, en todo caso con un máximo del 20 % de la facturación mensual por el servicio de mantenimiento. - El retraso sistemático en los horarios, no utilización de los medios mecánicos establecidos, el mal estado de conservación de los mismos o el 17.3.-Por incumplimiento de las temperaturas. - Desobediencia a obligaciones indicadas en las órdenes Condiciones Particulares 14, 15 y 16, RENFE-Operadora podrá aplicar una penalización que podrá llegar hasta el 20 % del Organismo Contratante relativas a la norma y régimen importe total del contrato, en función del tipo de los servicios incumplimiento producido Las penalizaciones que se impongan en general a las normas que regularán la prestación caso de los mismos. - El incumplimiento por el contratista de cualquiera de las condiciones y plazos establecidos obligaciones que le incumben con arreglo al correspondiente contrato, se regirán por lo estipulado en el presente XxxxxxTÍTULO IV, sin perjuicio Capítulo I, Apartado 5 de la citada Instrucción IN-SGC-001/08, Rev 01. Las penalizaciones impuestas conforme el procedimiento anterior podrán ser abonadas por el Contratista en las acciones posteriores mismas condiciones de pago indicadas en el contrato firmado con RENFE- Operadora, o mediante compensación de cualquier cantidad que resulte a su favor como consecuencia de ello se derivensus relaciones comerciales con RENFE-Operadora o mediante la incautación de la garantía definitiva. - Falta En el plazo xx xxxx días naturales a contar desde que RENFE-Operadora comunique al Contratista la penalización impuesta, éste podrá comunicar por escrito a RENFE- Operadora el modo de elementos y/o medidas abono elegido. Si pasado dicho plazo RENFE-Operadora no ha recibido ninguna comunicación al respecto, procederá de seguridad para la prestación acuerdo con el orden anteriormente indicado. La imposición de penalizaciones es, en todo caso, independiente del servicio. - El retraso no sistemático en la prestación resarcimiento de los serviciosdaños y perjuicios que los hechos penalizados hayan podido causar a RENFE-Operadora o a terceros. - Los incidentes del personal perteneciente En caso de que con motivo de la penalización impuesta se haya procedido a la empresa adjudicataria con terceras personas, tanto por trato incorrecto, como por deficiencia incautación total o parcial de la prestación del servicio. - La reiteración garantía definitiva, el contratista, vendrá obligado a la reposición de la misma en la comisión xx xxxxxx leves. - Modificación del servicio sin causa justificada ni notificación previa. - Se consideran incumplimientos leves todos los demás no previstos anteriormente y que de algún modo signifiquen detrimento de las condiciones establecidas en este Pliego, con perjuicio no grave de los servicios o que den lugar a deficiencias sus propios términos en el aspecto del personal o plazo de los medios utilizados.15 días desde la ejecución. En defecto de dicha reposición en plazo, RENFE-Operadora tendrá derecho a retener cualquier pago pendiente al Contratista – por el mismo importe – a tal fin. Se procederá a su incautación total, para el supuesto de incurrir en causa de resolución de contrato a él imputable

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Condiciones Particulares Para La Contratación Del Mantenimiento Del Sistema De Telefonia Ip

INCUMPLIMIENTOS Y PENALIZACIONES. Los incumplimientos en que incurra el Adjudicatario durante la ejecución de la prestación objeto del contrato, se clasificarán como muy graves, graves y leves. - El impago a las compañías suministradoras de energía de las facturas correspondientes a los suministros energéticosal suministro eléctrico, entendiéndose muy grave el incumplimiento cuando el impago se refiera a una o más facturas facturas. - La demora en el comienzo de la prestación de los servicios de mantenimiento en más de un día dos días sobre la fecha prevista, salvo causas de fuerza mayor. - La no intervención inmediata tras la denuncia o conocimiento de una situación que exija una actuación extraordinaria o urgente (plazo máximo: media hora2 horas). - La prestación manifiestamente defectuosa e irregular de los servicios. - El retraso sistemático en los horarios, no utilización de los medios mecánicos establecidos, el mal estado de conservación de los mismos o el incumplimiento de las temperaturasmismos. - Desobediencia a las órdenes del Organismo Contratante relativas a la norma y régimen de los servicios en general a las normas que regularán la prestación de los mismos. - El incumplimiento de cualquiera de las condiciones y plazos establecidos en el presente Xxxxxx, sin perjuicio de las acciones posteriores que de ello se deriven. - El incumplimiento de cuantas obligaciones laborales y de prevención de riesgos laborales se recogen en estos pliegos, en la normativa de aplicación y en aquella normativa entre en vigor durante el plazo de la duración del contrato. - Falta de elementos y/o medidas de seguridad para la prestación del servicio. - El retraso no sistemático en la prestación de los servicios. - Los incidentes del personal perteneciente a la empresa adjudicataria con terceras personas, tanto por trato incorrecto, como por deficiencia de la prestación del servicio. - La reiteración en la comisión xx xxxxxx leves. - Modificación del servicio sin causa justificada ni notificación previa. - Se consideran incumplimientos leves todos los demás no previstos anteriormente y que de algún modo signifiquen detrimento de las condiciones establecidas en este Pliego, con perjuicio no grave de los servicios o que den lugar a deficiencias en el aspecto del personal o de los medios utilizados. La calificación de cualquier incumplimiento dentro de los apartados anteriores, corresponde única y exclusivamente al Organismo Contratante, previa audiencia del contratista.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Del Contrato De Servicios Energeticos Y Mantenimiento Con Garantia Total Del Alumbrado Publico en Villabona Mediante Un Contrato Mixto De Suministro Y Servicios

INCUMPLIMIENTOS Y PENALIZACIONES. Los incumplimientos en que incurra el Adjudicatario durante la ejecución de la prestación 31 objeto del contrato, se clasificarán como muy graves, graves y leves. Incumplimientos muy graves: - El impago a las compañías suministradoras de energía de las facturas correspondientes a los suministros energéticos, entendiéndose muy grave el incumplimiento cuando el impago se refiera a una o más facturas facturas. - La demora en el comienzo de la prestación de los servicios de mantenimiento en más de un día sobre la fecha prevista, salvo causas de fuerza mayor. - La no intervención inmediata en los plazos señalados en el apartado 5.2.2 de los pliegos técnicos tras la denuncia o conocimiento de una situación que exija una actuación extraordinaria o urgente (plazo máximo: media hora)urgente. - La prestación manifiestamente defectuosa e irregular de los servicios. - El retraso sistemático en los horarios, no utilización de los medios mecánicos establecidos, el mal estado de conservación de los mismos o el incumplimiento de las temperaturas. - Desobediencia a las órdenes del Organismo Contratante relativas a la norma y régimen de los servicios en general a las normas que regularán la prestación de los mismos. - El incumplimiento de cualquiera de las condiciones y plazos establecidos en el presente Xxxxxx, sin perjuicio de las acciones posteriores que de ello se deriven. - Falta de elementos y/o medidas de seguridad para la prestación del servicio. Incumplimientos graves: - El retraso no sistemático en la prestación de los servicios. - Los incidentes del personal perteneciente a la empresa adjudicataria con terceras personas, tanto por trato incorrecto, como por deficiencia de la prestación del servicio. - La reiteración en la comisión xx xxxxxx leves. - Modificación del servicio sin causa justificada ni notificación previa. Incumplimientos leves: - Se consideran incumplimientos leves todos los demás no previstos anteriormente y que de algún modo signifiquen detrimento de las condiciones establecidas en este PliegoXxxxxx, con perjuicio no grave de los servicios o que den lugar a deficiencias en el aspecto del personal o de los medios utilizados. La calificación de cualquier incumplimiento dentro de los apartados anteriores, corresponde única y exclusivamente al Organismo Contratante, previa audiencia del contratista.

Appears in 1 contract

Samples: www.orozkoudala.com

INCUMPLIMIENTOS Y PENALIZACIONES. Los incumplimientos en que incurra el Adjudicatario durante la ejecución de la prestación objeto del contrato, se clasificarán como muy graves, graves y leves. - El impago a las compañías suministradoras de energía de las facturas correspondientes a los suministros energéticos, entendiéndose muy grave el incumplimiento cuando el impago se refiera a una o más facturas - La demora en el comienzo de la prestación de los servicios de mantenimiento en más de un día sobre la fecha prevista, salvo causas de fuerza mayor. - La no intervención inmediata tras la denuncia o conocimiento de una situación que exija una actuación extraordinaria o urgente (plazo máximo: media hora). - La prestación manifiestamente defectuosa e irregular de los servicios. - El retraso sistemático en los horarios, no utilización de los medios mecánicos establecidos, el mal estado de conservación de los mismos o el incumplimiento de las temperaturas. - Desobediencia a las órdenes del Organismo Contratante relativas a la norma y régimen de los servicios en general a las normas que regularán la prestación de los mismos. - El incumplimiento de cualquiera de las condiciones y plazos establecidos en el presente Xxxxxx, sin perjuicio de las acciones posteriores que de ello se deriven. - Falta de elementos y/o medidas de seguridad para la prestación del servicio. - El retraso no sistemático en la prestación de los servicios. - Los incidentes del personal perteneciente a la empresa adjudicataria con terceras personas, tanto por trato incorrecto, como por deficiencia de la prestación del servicio. - La reiteración en la comisión xx xxxxxx leves. - Modificación del servicio sin causa justificada ni notificación previa. - Se consideran incumplimientos leves todos los demás no previstos anteriormente y que de algún modo signifiquen detrimento de las condiciones establecidas en este Pliego, con perjuicio no grave de los servicios o que den lugar a deficiencias en el aspecto del personal o de los medios utilizados. La calificación de cualquier incumplimiento dentro de los apartados anteriores, corresponde única y exclusivamente al Organismo Contratante, previa audiencia del contratista.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Del Contrato De Servicios Energeticos Con Mantenimiento Y Garantía Total De Las Instalaciones De Alumbrado Publico Del Ayuntamiento De Bermeo

INCUMPLIMIENTOS Y PENALIZACIONES. Los incumplimientos Al margen de las infracciones de orden social, administrativo o penal en que incurra pueda incurrir la empresa adjudicataria o el Adjudicatario durante personal a su servicio, a los que les será de aplicación lo dispuesto en las leyes que las regulan, será de aplicación el régimen de penalizaciones que se recoge a continuación. En la ejecución tramitación de los expedientes Administrativos que se instruyan se estará a lo establecido en el Capitulo IV del Titulo Preliminar de la prestación objeto Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del contratoSector Público, con las especificaciones que se clasificarán como muy graves, graves y levesindican a continuación. - El impago a las compañías suministradoras de energía de las facturas correspondientes a los suministros energéticos, entendiéndose muy grave el incumplimiento cuando el impago se refiera a una o más facturas - La demora en el comienzo de la prestación de los servicios de mantenimiento en más de un día sobre la fecha prevista, salvo causas de fuerza mayor. - La no intervención inmediata tras la denuncia o conocimiento de una situación que exija una actuación extraordinaria o urgente (plazo máximo: media hora). - La prestación manifiestamente defectuosa e irregular de los servicios. - El retraso sistemático en los horarios, no utilización de los medios mecánicos establecidos, el mal estado de conservación de los mismos o el incumplimiento de las temperaturas. - Desobediencia a las órdenes obligaciones que asume el contratista en virtud del Organismo Contratante relativas a la norma y régimen contrato o por imposición de los servicios en general a las normas legales de aplicación motivarán la incoación del correspondiente expediente. Conocida por la Administración la realización u omisión por el contratista de actos que regularán puedan constituir incumplimiento contractual, procederá el trámite de audiencia por plazo xx xxxx días para la prestación formulación de los mismos. - El incumplimiento alegaciones y aportación de cualquiera pruebas que el contratista estime pertinentes en defensa de las condiciones sus intereses, y plazos establecidos en el presente Xxxxxx, ello sin perjuicio de las acciones posteriores que la Administración inste a la adopción inmediata de ello se deriven. - Falta medidas que eviten en cualquier caso situaciones de elementos y/peligro o medidas dirigidas al restablecimiento de seguridad para la buena prestación del servicio. - El retraso no sistemático Acreditado algún incumplimiento contractual, el órgano de contratación impondrá la penalización que corresponda de conformidad con lo establecido en la prestación presente cláusula, dando lugar al descuento pertinente en la factura correspondiente. Estudiadas las alegaciones y pruebas, la Administración resolverá la procedencia o no de los serviciosla penalización, quedando expedita la vía del recurso. - Los incidentes del personal perteneciente incumplimientos se clasificarán en leves, graves y muy graves: Los incumplimientos Leves se podrán penalizar hasta 3.000,00€ Causar daños leves a la empresa adjudicataria con terceras personas, tanto zona verde o a sus instalaciones o elementos. 600,00 € Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx pie_firma_corto_dipu_01 AFC834F6E004E0841683 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx. Firmado por trato incorrecto, como por deficiencia La Administrativa de la prestación del servicio. - La reiteración en la comisión xx xxxxxx leves. - Modificación del servicio sin causa justificada ni notificación previa. - Se consideran incumplimientos leves todos los demás no previstos anteriormente y que de algún modo signifiquen detrimento de las condiciones establecidas en este Pliego, con perjuicio no grave de los servicios o que den lugar a deficiencias en Contratación XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX el aspecto del personal o de los medios utilizados.20/7/2017

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que, Junto Con El De Prescripciones Tecnicas Particulares, Ha De Regir en La Contratacion Convocada Por El Iltre