INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO Cláusulas de Ejemplo

INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO. 2. Toda la información y datos contenidos en la documentación general de los productos yen las listas de precios, sea su formato electrónico o de cualquier otro tipo, son vinculantes sólo en la medida en que estén expresamente incluidos mediante referencia en el contrato.
INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO. Cualquier información, incluida la información relativa a la elección del Producto, su aplicación o uso, su diseño, su peso, sus medidas, su capacidad y cualquier otro detalle técnico, que se reproduzca en catálogos, en anuncios, etc., y que se transmita por medios escritos, orales, electrónicos, online o mediante descarga, tendrá un carácter meramente informativo, y solamente será vinculante en la medida en la que aquella referencia explícita se realice en un presupuesto o en una orden de confirmación. Las peticiones específicas del Cliente solamente tendrán carácter obligatorio y vinculante para Danfoss en la medida en la que hayan sido confirmadas por Danfoss por escrito. El Cliente será el único responsable de los productos y aplicaciones de su propiedad que incorporen o usen cualquiera de los Productos que oferta Danfoss. Cualquier Producto puesto a disposición del Cliente como muestra, prototipo o con cualquier otro fin similar (independientemente de que tuvieran carácter gratuito o se cobrasen al Cliente) solamente podrán ser usados al objeto de ser evaluados, y no podrán en consecuencia ser revendidos o formar parte de los productos que el Cliente mantiene en stock para reventa.
INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO. El seguro de Vida Tradicional Colectiva es un plan que ofrece cobertura de seguro a un grupo de personas en un solo y único contrato; esto con el objetivo de otorgar una tarifa menor al grupo en razón de su facilidad de administración, ya que se da el aseguramiento a través de un Tomador de la póliza que negocia con el Instituto las condiciones de aseguramiento para el grupo.
INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO. Es un seguro de incendio que le cubre su vivienda de situaciones como Incendio, rayo, explosión, daños por huelguistas, mo- tín, conmoción civil, daños por agua, daños por deslizamiento, daños por caída de aeronave, de árboles, terremoto, temblor, erupción volcánica, maremoto, tsunami, entre otros. Adicionalmente cuenta con servicios de asistencia tales como: fontanería, electricidad, cerrajería, vidrios, traslado en ambulancia y/o taxi para cita médica programada, traslado en taxi residencia al aeropuerto y viceversa; entre otros. El registro de inscripción de este producto ante la SUGESE es: colones G06-70-A08-518 y dólares G06-70-A08-519.
INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO. Es un seguro de vida, que se brinda como garantía de su operación crediticia, le cubre en caso de fallecimiento, incapacidad total y permanente y le brinda un monto fijo para gastos funerarios. El registro de inscripción de este producto ante la SUGESE es: colones P14-40-A08-449 y dólares P14-40-A08-450. La documentación necesaria para tomar este seguro es la contenida en el formulario denominado Solicitud de Aseguramiento Unificada.
INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO. Es una póliza que le cubre en caso de que quede en estado de desempleo si usted es trabajador dependiente o en caso de hospitalización si usted es trabajador independiente. El registro de inscripción de este producto ante la SUGESE es para colones G11-15-A08-571 y para G11-15-A08-571. La documentación necesaria para tomar este seguro es la contenida en el formulario denominado Solicitud de Aseguramiento Unificada. Los detalles de coberturas, periodos de carencia, fecha de vigencia, medios de pago de la prima y exclusiones; podrá consul- tarlos con más detalle en las Condiciones Generales del producto colgadas en nuestro sitio web.
INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO. NOMBRE DEL PRODUCTO: Seguro Colectivo Plan Activo REGISTRO EN LA SUGESE: P19-57-A12-639 Moneda Dólares y Colones.
INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO. NOMBRE DEL PRODUCTO: Seguro Colectivo Protección al Tarjetahabiente REGISTRO EN LA SUGESE: (A) Moneda Dólares: G07-46-A12-458; (B) Moneda Colones: G07-46-A12-457.
INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO. Todas las indicaciones e informaciones contenidas en los catálogos y listas de precios serán obligatorias en la medida en que hayan sido incorporadas al contrato de referencia expresa. MODELOS, HERRAMIENTAS Y EQUIPOS Salvo pacto en contrato, los modelos, las herramientas especiales y equipos puestos a disposición por el Suministrador para su uso exclusivo en la ejecución del contrato, deberán ser pagados por el Comprador y serán de su propiedad cuando hayan sido pagados en su totalidad. El Suministrador deberá marcar claramente aquellos modelos, herramientas y equipos que sean propiedad del Comprador. Los modelos, herramientas y equipos que, siendo propiedad del Comprados, éste haya puesto a disposición del Suministrador para la ejecución del contrato, se mantendrá como propiedad del Comprador. En tal caso, y si ello fuera necesario, el Comprador deberá pagar al Suministrador todos los trabajos que fuesen necesarios para adaptar o completar dichos modelos, herramientas y equipos. Cuando, de conformidad con el contrato, el Suministrador deba proporcionar modelos, herramientas o equipos especiales, el Comprador deberá reembolsar al Suministrador todos los gastos que se produzcan por la sustitución o reparación de éstos a consecuencia del uso normal o de cualquier otra causa de la que no sea responsable el Suministrador. El Suministrador podrá conservar los modelos, herramientas y equipos que haya aportado en virtud del contrato cuando pueda razonablemente concluirse que de otra forma know-how será divulgado y que tal divulgación le causará un importante perjuicio. El Suministrador deberá almacenar los modelos, herramientas especiales y equipos hasta que las entregas hayan sido complementadas según contrato. Los modelos, herramientas especiales y equipos propiedad del Comprador que permanezcan en poder del Suministrador una vez concluidas las entregas contractuales, serán almacenadas por éste pero por cuenta y riesgo del Comprador.

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  • ANULACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al Contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectado por la nulidad quedará automáticamente sin efecto, de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la D.N.C.P., debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato. EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de mes y año República del Paraguay al día . Firmado por: [indicar firma] en nombre de la Contratante. Firmado por: [indicar la(s) firma(s)] en nombre del Proveedor.

  • ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Inspección Previa Consultas Escritas sobre el DBC

  • DISPOSICIONES APLICABLES La institución de fianzas y el proveedor se someten expresamente a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y a la Jurisdicción y Competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, por lo que la Institución de fianzas y el proveedor renuncian a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles y dejan sin efectos cualquier otro pacto que sobre la materia aparezcan en el formato de esta Póliza de fianza. PAPEL MEMBRETADO DEL BANCO EMISOR [BANCO EMISOR MEXICANO] Carta de Crédito Irrevocable Standby Núm. Estimados Señores: [Insertar el número de contrato]□ El suscrito banco emisor (el “Banco Emisor”) establece por medio de la presente esta carta de crédito irrevocable Standby (la “Carta de Crédito”) por la cantidad de (ejem: Pesos Mexicanos) (M.N.$ ) (la “Suma Garantizada”) a favor de CFE Distribución (la “CFE Distribución”), en garantía del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de la Compañía, asumidas en virtud del Contrato No. (el “Contrato”) que tiene por objeto la adquisición de , el cual se celebró entre la Comisión y la Compañía el , mismo que fue adjudicado de conformidad con el procedimiento de contratación . Sujeto a las demás estipulaciones contenidas en esta Carta de Crédito, la Comisión podrá, en o antes de la Fecha de Vencimiento referida a continuación, en una o más ocasiones, requerir del Banco Emisor pagos parciales o el pago total de la Suma Garantizada, mediante la presentación de un requerimiento escrito en papel membretado de la Comisión y firmado por su representante legal (un “Requerimiento de Pago”), especificando el monto del pago requerido e indicando:

  • RECEPCIÓN DE LA OBRA El contrato se entenderá cumplido por el contratista, cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo, y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto. Dentro del mes siguiente a la finalización de la obra, se procederá, mediante acto formal, a la recepción de la misma. Dicho acto será comunicado, cuando resulte preceptivo, a la Intervención General, a efectos de su asistencia potestativa al mismo. Si las obras se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, el funcionario técnico designado por la Administración contratante o, en el caso de que se hubiese nombrado, el responsable del contrato, las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta por cuadruplicado, que deberá ser firmada por los concurrentes a la recepción, entregándose un ejemplar al funcionario técnico que represente a la Administración, otro al director de la obra, el tercero al representante de la Intervención General y el cuarto al contratista, comenzando entonces el plazo de garantía. En el acta de recepción el director de la obra fijará la fecha para el inicio de la medición general, quedando notificado el contratista para dicho acto. El contratista tiene obligación de asistir a la recepción de la obra. Si por causas que le sean imputables no cumple esta obligación, el representante de la Administración le remitirá un ejemplar del acta para que, en el plazo xx xxxx días, formule las alegaciones que considere oportunas, sobre las que resolverá el órgano de contratación. Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, se hará constar así en el acta, y el Director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiese efectuado, podrá concedérsele otro plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, por causas imputables al contratista.

  • REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES  Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo Competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absolu- ta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapaci- dad permanente para el servicio o inutilidad.  Proceder de un enclave laboral y estar en situación de excedencia voluntaria en el Centro Especial de Empleo.  Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos (según se establece en el artículo 6 del R. D. 290/2004, de 20 de febrero):

  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO VI.1 Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado en las anualidades, programas y aplicaciones presupuestarias que se detallan a continuación:

  • DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN CUCE: - - - - -

  • INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA El Contratista es una entidad independiente de [nombre de la Entidad Estatal contratante], y en consecuencia, el Contratista no es su representante, agente o mandatario. [Nombre del Contratista] no tiene la facultad de hacer declaraciones, representaciones o compromisos en nombre de la [nombre de la Entidad Estatal contratante], ni de tomar decisiones o iniciar acciones que generen obligaciones a su cargo.

  • ACCESORIOS Todo lo necesario para su funcionamiento. REQUERIMIENTO DE ENERGÍA: Voltaje de alimentación 220 VAC/ 50 Hz. DESCRIPCIÓN : RX ARCO EN C Característica Propuesta (**) Según condiciones generales correspondientes CANTIDAD: 1 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Sistema radio quirúrgico de plataforma quirúrgica general, con intensificador de imagen de 9 pulgadas con dos monitores de grado medico LCD de 19”. Permite hacer fluoroscopia y radiografía para aplicaciones en procedimientos quirúrgicos generales incluyendo: Ortopedia, Trauma, Urología, Cirugía general, implante de marca paso, Vascular, Abdomen Tórax, Cabeza, Columna, y otras aplicaciones en donde se requiere Fluoroscopia normal y fluoroscopia pulsada. Unidad de control, transformador de alta tensión, intensificador de imagen, sistema de vídeo, posicionador mecánico con ruedas, gabinete móvil adicional con soporte para 2 monitores. Reporte de dosis GENERADOR XX XXXXX-X Generador digital compacto de alta frecuencia Generador monobloque digital compacto de anodo rotatorio con potencia de 5 Kw o mayor Fluoroscopia Normal: Rango aprox. de Kvp: 40 – 110; Rango aprox. de mA: 0.1 – 4mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Fluoroscopia de Alto Nivel: Rango aprox. de Kvp: 40 – 120; Rango aprox. de mA: 0,2 - 4mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Fluoroscopia Pulsada: Rango aprox. de Kvp: 40 – 120; Rango aprox. de mA: 8 – 12mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Reducción de la dosis de radiación para el paciente y el operador. Radiografía convencional: Rango de mA: 20 mA o mayor (fijo o variable). Tiempo de exposición controlado automáticamente. TUBO XX XXXXX-X Tubo xx xxxxx-x con ánodo rotatorio, punto focal fino de 0.3mm o menor y punto focal grueso de 0.6mm o menor COLIMADOR Colimador tipo iris Obturador paralelo xx xxxxx posición. CADENA DE IMAGEN Intensificador de imagen con 3 campos: de acuerdo al fabricante, que permiten al operador visualizar adecuadamente la anatomía relevante con excelente calidad de imagen a baja dosis, con resolución central mínima en el monitor DQE >=de 65%. Cámara tipo CCD (Charge Coupled Device) 1024 x 1024, al menos de 14 bits o tecnología superior Rotación Motorizada de la imagen de acuerdo a fabricante 2 Monitores de video de alta resolución LCD de 19” o mayor montados en una base. PROCESAMIENTO DIGTAL DE IMAGENES Selección automática de la técnica óptima de imagen. Posibilita calidad de imagen uniforme dentro del campo de visión. Simplifica la operación Ajuste Automático de brillo y contraste para lograr una alta calidad de imagen. Ajuste manual de brillo y contraste Inversión de la imagen Izquierda/Derecha Rotación de imagen Imagen negativa Memoria digital de 100.000 imágenes, mínimo Capacidad de congelar y mantener la última imagen adquirida en monitor en ausencia xx xxxxx-X (Hold Last Image) Ampliación y recorrido de la imagen ampliada (Zoom y roam). Transferencia de imágenes de un monitor hacia el otro. Intercambio de la imagen derecha/ izquierda Rotación de la imagen 360° Inversión de la imagen hacia arriba y hacia abajo Auto grabado de imagen. Conectividad: Puerto USB Conectividad DICOM versión 3.0: como mínimo: DICOM send o store query/retrieve; DICOM print; DICOM worklist Capacidad de almacenamiento, unas 100.000 imágenes en formato DICOM Unidad de grabación DVD, CD-R que grabe el visor DICOM INTERFASE DE USUARIO Controles multifunción: Interruptor de pie sencillo Interruptor de mano Anotación el teclado alfanumérico y ratón Directorio de imágenes multipropósito: Recuperación y revisión de imágenes Creación de copia impresa Copia y Borrado de imágenes CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Brazo en C SID aproximado de (Distancia Foco. Film):980mm Desplazamiento vertical aproximado 400 mm o mayor motorizado Desplazamiento horizontal aproximado 200mm o mayor ACCESORIOS: Cinco juegos de cobertores estériles tanto para el intensificador de imágenes como para el tubo xx xxxxx x y el Arco en C La oferta debe incluir todos los accesorios necesarios para la puesta en funcionamiento.

  • DOMICILIO Y JURISDICCIÓN LA ARRENDATARIA señala como su domicilio el que figura en este documento. A dicho domicilio se le harán llegar las comunicaciones o notificaciones judiciales y/o extrajudiciales a que hubiera lugar. En caso de titularidad conjunta, la comunicación realizada a cualquiera de los titulares de la(s) cuenta(s) servirá respecto de todos. La variación del domicilio de LA ARRENDATARIA, así como de cualquier cambio respecto a los datos proporcionados a EL BANCO, deberá ser comunicada a éste mediante comunicación escrita dirigida a la oficina donde mantenga abierta cualquiera de sus cuentas, o a través de Internet, si EL BANCO lo solicita expresamente. Dicho cambio de domicilio solamente puede ser realizado dentro del área urbana de esta misma ciudad. EL BANCO entenderá que el cambio de cualquiera de los datos proporcionados por LA ARRENDATARIA a EL BANCO será de aplicación para todos los productos y/o servicios que haya contratado LA ARRENDATARIA, salvo que éste manifieste expresamente y por escrito lo contrario. EL BANCO señala como su domicilio para efectos de la aplicación de las presentes Condiciones sus oficinas en esta ciudad. Sin perjuicio de ello, y sólo tratándose del departamento de Lima, el domicilio de EL BANCO será el de su sede central ubicada en Xx. Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx 0000, Xxx Xxxxxx. En dichos casos, LA ARRENDATARIA deberá hacer entrega de las comunicaciones en la mesa de partes de las oficinas de EL BANCO señaladas en la presente cláusula. Las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces del distrito judicial que corresponda a la oficina de EL BANCO donde se otorgó el arrendamiento financiero materia de este contrato. Tratándose de oficinas ubicadas en el departamento de Lima, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces y tribunales del distrito judicial del Cercado de Lima.