Intervención del servicio. Si se produce incumplimiento por parte del contratista que origine perturbación grave y no reparable por otros medios en el servicio público y la Administración no decidiese la resolución del contrato, podrá acordar la intervención del mismo hasta que aquélla desaparezca, debiendo el contratista someterse a las decisiones del funcionario o funcionarios que el órgano de contratación haya nombrado para desempeñar las funciones interventoras. Asimismo el contratista deberá abonar a la Administración los daños y perjuicios que efectivamente le haya irrogado.
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Samples: Gestión Del Servicio Público Educativo, Contrato De Gestión De Servicios Públicos, Contrato De Concesión De Servicio Público
Intervención del servicio. Si se produce un incumplimiento por parte del contratista que origine perturbación grave y no reparable por otros medios en el servicio público público, y la Administración Entidad contratante no decidiese la resolución del contrato, podrá acordar acordarse la intervención del mismo hasta que aquélla desaparezca, debiendo el contratista someterse a las decisiones del funcionario o funcionarios de las personas que el órgano Órgano de contratación haya nombrado designe para desempeñar las funciones interventoras. Asimismo el contratista deberá abonar a la Administración Entidad contratante los daños y perjuicios que efectivamente le haya irrogado.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares
Intervención del servicio. Si se produce incumplimiento por parte del contratista que origine perturbación grave y no reparable por otros medios en el servicio público y la Administración no decidiese la resolución del contrato, podrá acordar la intervención del mismo hasta que aquélla desaparezca, debiendo el contratista someterse a las decisiones del funcionario o funcionarios que el órgano de contratación haya nombrado para desempeñar las funciones interventoras. Asimismo En todo caso, el contratista deberá abonar a la Administración los daños y perjuicios que efectivamente le haya irrogado.
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Samples: Contrato De Gestión De Servicio Público, Contract for Public Services Management
Intervención del servicio. Si se produce del incumplimiento por parte del contratista que origine se derivase perturbación grave y no reparable por otros medios en el servicio público y la Administración no decidiese la resolución del contrato, podrá acordar la el secuestro o intervención del mismo hasta que aquélla aquella desaparezca. En todo caso, debiendo el contratista someterse a las decisiones del funcionario o funcionarios que el órgano de contratación haya nombrado para desempeñar las funciones interventoras. Asimismo el contratista deberá abonar a la Administración los daños y perjuicios que efectivamente le haya irrogadoocasionado.
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Samples: Acuerdo Marco De Servicios
Intervención del servicio. Si se produce incumplimiento por parte del contratista que origine perturbación grave y no reparable por otros medios en el servicio público y la Administración no decidiese la resolución del contrato, podrá acordar la intervención del mismo hasta que aquélla desaparezca, debiendo el contratista someterse a las decisiones del funcionario o funcionarios que el órgano de contratación haya nombrado para desempeñar las funciones interventoras. Asimismo Asimismo, el contratista deberá abonar a la Administración los daños y perjuicios que efectivamente le haya irrogado.
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Intervención del servicio. Si se produce incumplimiento por parte del contratista que origine perturbación grave y no reparable por otros medios en el servicio público y la Administración no decidiese la resolución del contrato, podrá acordar la intervención del mismo hasta que aquélla desaparezca, debiendo el contratista someterse a las decisiones del funcionario o funcionarios que el órgano de contratación haya nombrado para desempeñar las funciones interventoras. Asimismo el contratista deberá abonar a la Administración los daños y perjuicios que efectivamente le haya irrogado.
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