INTERVENTORÍA. La interventoría del presente Contrato será adelantada por un interventor designado para tal fin por LA ENTIDAD CONTRATANTE. La Interventoría tendrá como función realizar la supervisión, seguimiento y cumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA consignadas en este Contrato. El interventor ejercerá, en nombre de LA ENTIDAD CONTRATANTE, un control integral sobre el desarrollo del presente Contrato, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al CONTRATISTA la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo. Además de las actividades generales antes mencionadas, la Interventoría apoyará, asistirá y asesorará a la ENTIDAD CONTRATANTE en todos los asuntos de orden técnico, jurídico, económico, financiero y presupuestal, que se susciten durante la ejecución del Contrato hasta su liquidación. Así mismo, el interventor está autorizado para sugerir, proponer y aconsejar al CONTRATISTA la corrección, de los desajustes que pudieren presentarse y los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato. El CONTRATISTA deberá pronunciarse sobre lo sugerido y sustentarlo ante LA ENTIDAD CONTRATANTE. El Interventor está autorizado para exigir al CONTRATISTA la información que considere necesaria para verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de éste. Dicha información deberá ser suministrada por EL CONTRATISTA dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en la que se solicite la información. Las observaciones e instrucciones comunicadas por el Interventor al CONTRATISTA constarán por escrito y se referirán al cumplimiento de las obligaciones del contrato. Estas observaciones y recomendaciones son de obligatorio cumplimiento para EL CONTRATISTA, el cual cuenta con un plazo xx xxxx (10) días hábiles para realizar los ajustes que se deriven de las observaciones y recomendaciones del Interventor. EL CONTRATISTA podrá celebrar acuerdos de confidencialidad con la Interventoría, en relación con el trato y cuidado de la información suministrada en desarrollo del Contrato. Las funciones del Interventor serán las consignadas en las Reglas de Participación del proceso de contratación de la Interventoría y las demás inherentes a su labor. Las funciones del Interventor serán las consignadas en el Contrato No. de fecha , celebrado con , y las demás inherentes a su labor.
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INTERVENTORÍA. La El Departamento ejercerá el control y vigilancia de la ejecución de los trabajos y obras del contrato, a través de la interventoría del presente Contrato y/o supervisión, la cual será adelantada por un interventor designado para tal fin por LA ENTIDAD CONTRATANTE. La Interventoría contratada, esta tendrá como función realizar la supervisión, seguimiento y verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA consignadas en este Contrato. El interventor ejercerácontratista para lo cual podrá exigir, en nombre cualquier tiempo, la presentación de LA ENTIDAD CONTRATANTE, un control integral sobre el desarrollo del presente Contrato, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al CONTRATISTA la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo. Dicha interventoría y/o supervisión estará facultada para revisar todos los documentos del contrato cuando, por razones técnicas, económicas, ambientales, jurídicas o de otra naturaleza, el contratista solicite modificaciones en la ejecución del mismo. De igual modo, estará facultada para exigir al contratista la corrección, en el menor tiempo posible, de los desajustes que pudieren presentarse durante la ejecución del contrato y la determinación de los mecanismos y de los procedimientos pertinentes para prever o solucionar, rápida y eficazmente, las diferencias que llegaren a surgir durante la referida ejecución. Además de las actividades generales antes mencionadas, la Interventoría interventoría y/o supervisión apoyará, asistirá y asesorará a al Departamento, hasta la ENTIDAD CONTRATANTE en liquidación del contrato, respecto de todos los asuntos de orden técnico, jurídicofinanciero, económico, financiero jurídico, socio-ambiental, presupuestal, de seguridad y presupuestalsalud en el trabajo, que se susciten durante la ejecución del Contrato hasta su liquidacióncontrato. Así mismo, la interventoría y/o supervisión prestará al Departamento asesoría relacionada con la ejecución del contrato cuando la situación judicial o administrativa así lo requiera, sin que implique un costo adicional. La interventoría y/o supervisión tendrá bajo su custodia el interventor está autorizado para sugerirlibro de interventoría y/o supervisión, proponer en el cual se anotarán diariamente los hechos y aconsejar al CONTRATISTA la corrección, sucesos relacionados con el desarrollo de los desajustes que pudieren presentarse y los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato, las observaciones o sugerencias que haga la interventoría y/o supervisión, además, se dejará constancia de todos los pormenores que puedan presentarse en los frentes de trabajos, tales como: estado del tiempo, personal laborando, estado del equipo, avance de la obra, avance de las medidas de manejo ambiental, acciones sociales, suministro de materiales, accidentes de trabajo, etc., cada anotación diaria deberá fecharse y suscribirse por los ingenieros residentes del contratista y de la interventoría y/o supervisión. La persona responsable de llevar al día el mencionado registro diario, será el ingeniero residente, quien estará en la obligación de presentarlo a los representantes del Departamento que así lo soliciten. El CONTRATISTA deberá pronunciarse sobre lo sugerido y sustentarlo ante LA ENTIDAD CONTRATANTEcontrato a celebrar pertenece a la tipología CONTRATO DE OBRA teniendo en cuenta la naturaleza del objeto a contratar las actividades a desarrollar por el contratista, en concordancia con el artículo 32 de la Ley 80 de 1993. Fecha Modificación : 01/11/2018 El Interventor está autorizado para exigir al CONTRATISTA la información que considere necesaria para verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de éste. Dicha información deberá ser suministrada por EL CONTRATISTA dentro Departamento pagará cada uno de los cinco (5) días hábiles siguientes contratos celebrados de la siguiente manera a precios unitarios fijos sin fórmula de reajuste: Mediante actas parciales, previa presentación de la fecha en documentación respectiva, incluyendo pre actas y actas debidamente revisadas y aprobadas por la que interventoría. De cada acta se solicite descontará un 10% del valor, el cual será pagado una vez se reciba la información. Las observaciones e instrucciones comunicadas por el Interventor al CONTRATISTA constarán por escrito obra a satisfacción y se referirán al cumplimiento adelante el trámite de las obligaciones liquidación del contrato. Estas observaciones y recomendaciones son de obligatorio cumplimiento para EL CONTRATISTAPara cada pago, el cual cuenta se deberá contar con un plazo xx xxxx (10) días hábiles para realizar los ajustes que se deriven informes de las observaciones y recomendaciones actuaciones realizadas por el Contratista, la certificación de recibo a satisfacción por parte del Interventorinterventor del contrato, constancia de pago de los aportes correspondientes al sistema de seguridad social integral conforme las previsiones legales en la materia. EL CONTRATISTA podrá celebrar acuerdos Nota: El pago de confidencialidad con la Interventoría, estampilla se efectuará mediante retención sobre pagos o abonos en relación cuenta de acuerdo con el trato y cuidado artículo 174 de la información suministrada Ordenanza 816 de 2017 “Estatuto xx Xxxxxx del Departamento xx Xxxxxx”, precisando que el Departamento sólo adquiere obligaciones con el proponente favorecido en desarrollo del Contrato. Las funciones del Interventor serán las consignadas en las Reglas de Participación del el proceso de contratación selección y bajo ningún motivo o circunstancia aceptará pagos a terceros. En caso de que el proponente favorecido sea un consorcio o unión temporal, para efectos del pago, éste deberá informar el número identificación tributaria a nombre del consorcio o unión temporal, así como efectuar la facturación en formato aprobado por la DIAN. El Departamento sólo adquiere obligaciones con el proponente favorecido en el proceso de selección y bajo ningún motivo o circunstancia aceptará pagos a terceros. De acuerdo con lo establecido en el numeral primero del artículo 5 de la Interventoría ley 1150 de 2007, la capacidad jurídica, la capacidad financiera y las demás inherentes a su labor. Las funciones del Interventor condiciones técnicas de los proponentes serán las consignadas objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el Contrato Noproceso de selección y no otorgarán puntaje. La entidad los verificará como HABILITADO o NO HABILITADO. Los proponentes interesados en la presente convocatoria deberán acreditar los requisitos de fecha , celebrado con , y las demás inherentes verificación que a su laborcontinuación se describen.
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Samples: Contract for Public Works
INTERVENTORÍA. La interventoría es la encargada de vigilar las condiciones, derechos y obligaciones contraídas por las partes dentro del presente Contrato será adelantada contrato de concesión No. 001 de 1999, vigilando que se cumplan estrictamente para el buen desarrollo del objeto contractual. Con este fin se suscribió el contrato de consultoría No.002 de1999 con el Ingeniero Electricista Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, con el objeto de realizar la interventoría técnica y administrativa de la concesión del servicio de alumbrado público, por un interventor designado para tal fin valor del 2% de los ingresos mensuales, como lo expresa la cláusula cuarta de este mismo contrato; por LA ENTIDAD CONTRATANTE. La Interventoría tendrá como función realizar la supervisiónun plazo de 30 años, seguimiento y cumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA consignadas en este Contrato. El interventor ejercerá, en nombre de LA ENTIDAD CONTRATANTE, un control integral sobre el desarrollo del presente Contrato, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al CONTRATISTA la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento tiempo restante de la celebración culminación del mismocontrato de concesión 001 de 1999 cláusula sexta. Además Dentro del contrato de interventoría se pactaron las actividades generales antes mencionadas, la Interventoría apoyará, asistirá y asesorará a la ENTIDAD CONTRATANTE en todos los asuntos de orden técnico, jurídico, económico, financiero y presupuestal, que se susciten durante la ejecución del Contrato hasta su liquidación. Así mismo, el interventor está autorizado para sugerir, proponer y aconsejar al CONTRATISTA la corrección, de los desajustes que pudieren presentarse y los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato. El CONTRATISTA deberá pronunciarse sobre lo sugerido y sustentarlo ante LA ENTIDAD CONTRATANTE. El Interventor está autorizado para exigir al CONTRATISTA la información que considere necesaria para verificar siguientes obligaciones: Exigir el cumplimiento de las obligaciones pactadas dentro del contrato de concesión 001 de 1999, colaborando al concesionario con la resolución de consultas de opinión técnica. En este aspecto el interventor presenta mediante informe escrito a cargo la Secretaria de ésteDesarrollo Municipal, las actividades que el concesionario está comprometido a desarrollar para el mantenimiento, la resolución de solicitudes, el peritaje calidad del servicio, actividades de expansión, recaudo, e inversión hecha durante la vigencia. Dicha La interventoría técnica la cual comprende, el cumplimiento del contrato teniendo en cuenta las especificaciones técnicas que correspondan a materiales, equipos y elementos que quiera adquirir el concesionario. Dentro de los informes presentados por el interventor se muestra en el anexo 4 que la calidad de los materiales adquiridos para el mantenimiento y expansión son coordinados con la interventoría. Interventoría administrativa, revisar las inversiones hechas por el concesionario las cuales deben ser destinadas para el cumplimiento del contrato de manera eficiente y económica. El concesionario en compañía de la interventoría realiza conciliaciones mensuales en las cuales se especifican los ingresos y egresos mensuales, además el interventor especifica dentro de este mismo informe cada uno de los soportes de ingresos y egresos correspondientes. Funciones legales, el interventor debe revisar que el contrato de concesión se desarrolle con las condiciones legales. Teniendo en cuente que la principal fuente de información deberá ser suministrada para la verificación de las funciones del interventor son los informes rendidos por EL CONTRATISTA el mismo a la Alcaldía, se encuentran falencias dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes registros pues algunas actividades realizadas por el interventor no se encuentran documentadas. Con en fin de verificar los pagos realizados al interventor, en concordancia con lo pactado se tiene: Según los reportes enviados por el concesionario y la interventoría, los pagos realizados por concepto de interventoría para la vigencia 2014, corresponden mensualmente al 2.32% del valor del recaudo, porcentaje que al compararse con el pactado en el contrato, que es del 2%, genera al parecer un valor pagado demás, tal y como se ilustra en el siguiente cuadro: MES FLUJO MES CAJA 2.32% 2% NOVIEMBRE 2014 ENERO 2015 $ 13,549,483.00 $ 11,680,589.00 DICIEMBRE 2014 FEBRERO 2015 $ 12,388,290.00 $ 10,679,860.62 ENERO 2015 MARZO 2015 $ 12,292,158.00 $ 10,596,688.24 FEBRERO 2015 ABRIL 2015 $ 13,562,241.00 $ 11,691,587.20 MARZO 2015 MAYO 2015 $ 12,270,914.00 $ 10,578,374.00 ABRIL 2015 JUNIO 2015 $ 13,048,697.00 $ 11,248,876.56 XXXX 0000 XXXXX 0000 $ 14,330,629.00 $ 12,353,990.80 JUNIO 2015 AGOSTO 2015 $ 13,414,442.00 $ 11,564,174.12 XXXXX 0000 XXXXXXXXXX 0000 $ 13,227,117.00 $ 11,402,687.34 AGOSTO 0000 XXXXXXX 0000 $ 13,419,370.00 $ 11,568,422.08 SEPTIEMBRE 2015 NOVIEMBRE 2015 $ 15,888,317.00 $ 13,696,825.34 OCTUBRE 2015 DICIEMBRE 2015 $ 16,062,168.00 $ 13,846,696.50 DIFERENCIA TOTAL $ 163,453,826.02 $ 140,908,771.82 $ 22,545,054.20 Según cálculo de la Contraloría Municipal el pago a la fecha interventoría durante la vigencia 2015 se realizó mensualmente por el 2.32% del valor del recaudo del impuesto de alumbrado público, incumpliendo al parecer, lo pactado en el contrato de interventoría 002 de 1999 cláusula cuarta “el valor del presente contrato se cancela al interventor directamente por parte de la fiduciaria designado por el concesionario para la administración de los recursos que se recaudan por concepto de impuesto de alumbrado público, y su valor mensual será el equivalente al 2% del monto total recaudado por este concepto. Para dicha cancelación el interventor debe presentar ante la alcaldía la cuenta de cobro mensual a efecto de ser visado o autorizado por el municipio antes de ser radicado ante la fiduciaria”. En consecuencia al pagar el 2.32% sobre el valor del recaudo, y no el 2% como lo indica el contrato, se evidencia un presunto detrimento patrimonial en la que se solicite la información. Las observaciones e instrucciones comunicadas por el Interventor al CONTRATISTA constarán por escrito suma de $22.545.054.20 Observación con alcance administrativo, disciplinario y se referirán al cumplimiento de las obligaciones del contrato. Estas observaciones y recomendaciones son de obligatorio cumplimiento para EL CONTRATISTA, el cual cuenta con un plazo xx xxxx (10) días hábiles para realizar los ajustes que se deriven de las observaciones y recomendaciones del Interventor. EL CONTRATISTA podrá celebrar acuerdos de confidencialidad con la Interventoría, en relación con el trato y cuidado de la información suministrada en desarrollo del Contrato. Las funciones del Interventor serán las consignadas en las Reglas de Participación del proceso de contratación de la Interventoría y las demás inherentes a su labor. Las funciones del Interventor serán las consignadas en el Contrato No. de fecha , celebrado con , y las demás inherentes a su laborfiscal.
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Samples: Contrato De Concesión
INTERVENTORÍA. La interventoría del presente Contrato será adelantada por Una vez adjudicado el contrato, el Instituto Tecnológico Metropolitano, designará un interventor designado para tal fin por LA ENTIDAD CONTRATANTE. La Interventoría el mismo, quien tendrá como función realizar la supervisión, seguimiento y cumplimiento facultad de las obligaciones del CONTRATISTA consignadas inspeccionar en este Contrato. El interventor ejercerá, en nombre de LA ENTIDAD CONTRATANTE, un control integral sobre cualquier tiempo el desarrollo del presente Contratocontrato, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al CONTRATISTA la información que considere necesariaincluyendo las especificaciones técnicas, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo. Además de las actividades generales antes mencionadas, la Interventoría apoyará, asistirá y asesorará a la ENTIDAD CONTRATANTE en todos los asuntos de orden técnico, jurídico, económico, financiero y presupuestal, que se susciten durante la ejecución del Contrato hasta su liquidación. Así mismo, el interventor está autorizado para sugerir, proponer y aconsejar al CONTRATISTA la corrección, calidad de los desajustes que pudieren presentarse productos y/o servicios ofrecidos e igualmente velar por el estricto cumplimiento de su objeto. El Interventor ejercerá funciones de supervisión y los mecanismos vigilancia técnica, administrativa y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución financiera del contrato. SEÑORES INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO MEDELLÍN El CONTRATISTA deberá pronunciarse sobre lo sugerido suscrito en nombre de como únicos interesados en la propuesta, declaramos que no tenemos intereses patrimoniales en otra persona natural o jurídica participante en esta contratación y sustentarlo ante LA ENTIDAD CONTRATANTEninguno de los socios y empleados de nuestra firma ha tomado parte en la elaboración de la oferta que para contratación haya presentado otra persona natural o jurídica. El Interventor está autorizado para exigir Declaramos que nuestro representante legal no ostenta igual condición en entidad o entidades que participen en el presente concurso, diferente a la nuestra. Declaramos igualmente que no nos estemos incursos en las prohibiciones mencionadas en los Pliegos de condiciones definitivos y que al CONTRATISTA presentar la información propuesta estamos afirmando bajo la gravedad del juramento, que considere necesaria para verificar el cumplimiento tampoco estamos comprendidos en ninguna de las obligaciones a cargo inhabilidades e incompatibilidades consagrados en los artículos 8, 9, 10 y 58 ordinal 6 del Estatuto General de éste. Dicha información deberá ser suministrada por EL CONTRATISTA dentro Contratación de los cinco la Administración Publica (5) días hábiles siguientes a la fecha en la que se solicite la información. Las observaciones e instrucciones comunicadas por el Interventor al CONTRATISTA constarán por escrito Ley 80 de 1993 y se referirán al cumplimiento de las obligaciones del contrato. Estas observaciones y recomendaciones son de obligatorio cumplimiento para EL CONTRATISTAsus Decretos Reglamentarios), el cual cuenta conocemos y acatamos. Bajo la gravedad del juramento declaramos que no nos encontramos cobijados por ninguna inhabilidad o incompatibilidad para contratar con un plazo xx xxxx (10) días hábiles el Instituto Tecnológico Metropolitano. Desde ahora manifestamos que el hecho de incurrir en alguna de la causales anteriores o en otra u otras de similar calidad, ética o moral, a juicio del Instituto Tecnológico Metropolitano, tiene la virtualidad suficiente para realizar los ajustes que se deriven disponga la inmediata descalificación de nuestra propuesta, Igualmente manifestamos que conocemos los pliegos de condiciones definitivos y especificaciones y que estamos de acuerdo con su contenido, que lo hemos estudiado, al igual que las observaciones demás adiciones entregadas y recomendaciones del Interventor. EL CONTRATISTA podrá celebrar acuerdos de confidencialidad con la Interventoría, que aceptamos todo lo que ellos contienen en relación con el trato y cuidado esta contratación. Dirección: Teléfono: Fax: Nombre de contacto: Teléfono contacto (Es obligatoria la información suministrada en desarrollo del Contratopresentación de este formato con la propuesta). Las funciones del Interventor serán las consignadas en las Reglas de Participación del proceso de contratación de la Interventoría y las demás inherentes a su labor. Las funciones del Interventor serán las consignadas en el Contrato No. de fecha , celebrado con , y las demás inherentes a su labor.SEÑORES INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO MEDELLÍN SELECCIÓN ABREVIADA - MENOR CUANTÍA DE 2011 DESCRIPCION PROMEDIO MENSUAL V/R UNITARIO % IVA IVA V/R TOTAL REGISTRO SICE 1 METROS ARENA DE CONCRETO 1 2 METROS ARENA REBOQUE EMPACADO 1 3 METROS TRITURADO DE 1/4 1 4 1/2 CODO DE 2" SANITARIA 1 5 1/4 ACEITE CASTROL 2.T 3 6 1/4 ANTICORROSIVO GRIS PINTUCO 1 7 1/4 COLBON MADERA 1 8 1/4 LIMPIADOR PVC PAVCO 2 9 1/4 MASILLA GRIS CON CATALIZADOR 1 10 1/4 MASILLA PARA METAL 1 11 1/4 SOLDADURA PVC 2 12 1/8 LIMPIADOR PVC 2 13 1/8 SOLDADURA PVC 4 14 XXXXXX XXXXXXXXX 0 00 XXXXXX SANITARIO 3 16 ABRAZADERA ACERO DE 1/2 5 17 ABRAZADERA CREMALLERA 1/4 X 1/2 5 18 ABRAZADERA DE 1/2 2 19 ABRAZADERA DE 3/4 MANGUER 2 20 ABRAZADERA METALICA DE 1/2" 10 21 ABRAZADERA METALICA DE 2" 1 22 ABRAZADERA METALICA DE 3/4 10 23 ABRAZADERA PARA TUBO DE 3" 1 24 ABRAZADERA PARA TUBO DE 3" 1 25 ABRAZADERAS 3/8 PARA MANGUERA 1 26 ADAPTADOR HEMBRA 1/2 PVC 2 27 ADAPTADOR HEMBRA COBRE DE 1/2 2 28 ADAPTADOR MACHO 1/2 PVC PRESION 2 29 ADAPTADOR MACHO 3/4 PVC PRESION 1 30 ADAPTADOR MACHO DE 1 1/2 PVC PRESION 1 31 ADAPTADOR MACHO DE 1" PVC PRESION 5 32 ADAPTADOR MACHO DE 1/2 PVC PRESION 4 33 ADAPTADOR MACHO DE 4" PVC PRESION 1 DESCRIPCION PROMEDIO MENSUAL V/R UNITARIO % IVA IVA V/R TOTAL REGISTRO SICE 34 ADOBE DE 10 5 35 AEROSOL BLANCO X 16,ONZ 1 36 ALDABA PORTA CANDADO 1 37 ALICATE MEDIANO 1 38 ANGULO HIERRO 1 1/2 X 1 1/2 X 6 METROS 2 39 ANGULO HIERRO DE 1 1/4 X 1/8 2 40 ANGULO HIERRO DE 2" X 3/16 1 41 ANGULOS HIERRO DE 1'' X 1/8 1 42 ARANDELA DE 1/2 GALVANIZADA 20 43 ARANDELA GALVANIZADODE 3/16 20 44 ASIENTO MUEBLE SANITARIO 1 45 ATOMIZADOR GRANDE 1 46 ATOMIZADOR PEQUEÑO 1 47 AZADON # 3 1 48 BALINERA LINEAL INA KBS.1636 1 49 BANDA A,62 OPTIBELT ALEMANA 1 50 BANDA REF,B-42 OPTIBELT ALEMANA 1 51 BARRA DE 16 LIBRAS HERRAGRO 1 52 BARRA SILICONA PARA PISTOLA 10 53 VIGA XX XXXXXX 4" x 8" x 5 METROS 1 54 BISAGRAS DE 1/2 X 3 TACOS 2 55 BLOQUE CEMENTO DE 10 10 56 BLOQUE CEMENTO DE 15 5 57 BLOQUE DE 15 X 10 2 58 BOLSA DE CARNAZA 2 59 BOLSA DE CARNAZA X 4 KILOS 1 60 BOLSA DE ESTOPA BRILLO 1 61 BOLSA DE ESTOPA LIMPIEZA 1 62 BOLSA DE SODA CAUSTICA X 5 KLS 1 63 BOLSA MASILLA PARA VIDRIO 2 64 BOTELLA DE PEGAUCHO BLANCO 1 65 BOTELLA DE SILICONA LIQUIDA 1 66 BOTELLA DE VARSOL 1 67 BROCA MURO DE 1/4 2 68 BROCA MURO DE 3/8 2 69 BROCA XXXX XX 0/00 0
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Samples: Contrato De Suministro
INTERVENTORÍA. La LA UNIVERSIDAD contratará un externo para que realice la interventoría del presente Contrato será adelantada por un interventor designado para tal fin por LA ENTIDAD CONTRATANTEtécnica, administrativa, jurídica, financiera y contable sobre el contrato. La Interventoría tendrá como función realizar la supervisiónLas obligaciones de EL INTERVENTOR, seguimiento y cumplimiento además de las obligaciones del CONTRATISTA consignadas contempladas en este Contrato. el Reglamento de la Sociedad Colombiana de Arquitectos, son las detalladas en los artículos 92 a 94 de la Resolución Rectoral 1551 de 2014 y las normas que la complementen, modifiquen o reemplacen; las contenidas en invitación y sus anexos mediante la cual se adelantó la contratación de la interventoría de las Reparaciones Locativas, Adecuación y Modificación al Bloque 41, Fase 1 – Campus El interventor ejerceráVolador y, en nombre especial, las que se detallan a continuación: 1) Estudiar y analizar los términos y el alcance de la Invitación del constructor Administrador Delegado, la propuesta de EL CONTRATISTA y los demás documentos, informes, anexos, textos de contratos o actos administrativos relacionados con las responsabilidades inherentes al trabajo profesional contratado; 2) Revisar los listados de ítems, cantidades de obra, presupuestos y análisis de precios que le suministre LA ENTIDAD CONTRATANTE, un control integral sobre UNIVERSIDAD con el desarrollo del presente Contrato, para lo cual, podrá fin de consolidar el PRESUPUESTO OFICIAL de la obra; 3) Tener en cualquier momento, exigir al CONTRATISTA cuenta la información que considere necesariadel presupuesto oficial para elaborar, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo. Además de las actividades generales antes mencionadas, la Interventoría apoyará, asistirá y asesorará a la ENTIDAD CONTRATANTE en todos los asuntos de orden técnico, jurídico, económico, financiero y presupuestal, que se susciten durante la ejecución del Contrato hasta su liquidación. Así mismo, el interventor está autorizado para sugerir, proponer y aconsejar al CONTRATISTA la corrección, de los desajustes que pudieren presentarse y los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato. El CONTRATISTA deberá pronunciarse sobre lo sugerido y sustentarlo ante LA ENTIDAD CONTRATANTE. El Interventor está autorizado para exigir al CONTRATISTA la información que considere necesaria para verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de éste. Dicha información deberá ser suministrada por EL CONTRATISTA dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en la que se solicite la información. Las observaciones e instrucciones comunicadas por el Interventor al CONTRATISTA constarán por escrito y se referirán al cumplimiento de las obligaciones del contrato. Estas observaciones y recomendaciones son de obligatorio cumplimiento para conjuntamente con EL CONTRATISTA, el cual cuenta presupuesto detallado básico de construcción en cumplimiento de sus obligaciones contractuales; 4) Concertar con un plazo xx xxxx (10) días hábiles para realizar los ajustes que se deriven de las observaciones y recomendaciones del Interventor. EL CONTRATISTA podrá celebrar acuerdos y recomendarle al comité de confidencialidad con obra la Interventoríaadopción de presupuesto definitivo (inicial) que servirá para controlar los costos y comprometer la ejecución presupuestal de la obra. 5) Homologarle a EL CONTRATISTA los procedimientos de subcontratación, en relación cotización, medición de obra y demás asuntos relacionados con el trato y cuidado manejo administrativo de la información suministrada en desarrollo del Contrato. Las funciones del Interventor serán obra; 6) Preparar de común acuerdo con EL CONTRATISTA administrador delegado los términos para invitar a cotizar, las consignadas en las Reglas especificaciones técnicas, los formularios de Participación del proceso de contratación de la Interventoría presentación y las demás inherentes condiciones que apliquen a su labor. Las funciones la subcontratación; 7) Verificar que EL CONTRATISTA construya las obras a satisfacción, salvaguardando la correcta ejecución y cumplimiento de los contratos y subcontratos de construcción, los cronogramas, plazos y presupuestos aprobados; 8) Atender con prontitud y resolver con eficacia cualquier consulta relacionada con la correcta interpretación, errores, omisiones, discrepancias o cambios, en los planos y en las especificaciones del Interventor serán las consignadas en el Contrato No. de fecha , celebrado con , y las demás inherentes a su labor.edificio;
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INTERVENTORÍA. La interventoría del presente Contrato será adelantada por un interventor Interventor designado para tal fin por LA ENTIDAD CONTRATANTEel FONDO TIC durante las Fases de Planeación, instalación, puesta en servicio y operación. La Interventoría tendrá como función realizar la supervisión, seguimiento y cumplimiento Las tareas de interventoría para las obligaciones del CONTRATISTA consignadas en este ContratoFases subsiguientes podrán ser desarrolladas por el FONDO TIC mediante supervisión directa a decisión de esta. El interventor ejercerá, en nombre de LA ENTIDAD CONTRATANTE, un control integral sobre el desarrollo del presente Contrato, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al CONTRATISTA la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo. Además de las actividades generales antes mencionadas, la Interventoría apoyará, asistirá y asesorará a la ENTIDAD CONTRATANTE en todos los asuntos de orden técnico, jurídico, económico, financiero y presupuestal, que se susciten durante la ejecución del Contrato hasta su liquidación. Así mismoEn todo caso, el interventor está autorizado para sugerir, proponer y aconsejar al CONTRATISTA la corrección, de los desajustes que pudieren presentarse y los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato. El CONTRATISTA deberá pronunciarse sobre lo sugerido y sustentarlo ante LA ENTIDAD CONTRATANTE. El Interventor está autorizado para exigir al CONTRATISTA la información que considere necesaria para verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de éste. Dicha información deberá ser suministrada por EL el CONTRATISTA dentro de los cinco (5) días hábiles hábiles, siguientes a la fecha en la que se solicite la informacióninformación por el medio más ágil; siendo necesario el que se lleve y presente el registro magnético y físico, sobre el control de comunicaciones y correspondencia del proyecto. El CONTRATISTA deberá permitir al Interventor la inspección y realización de pruebas sobre la infraestructura requerida para la prestación de los servicios contratados, así como el acceso a toda la información y/o mediciones que generen los mismos y que guarde relación con los servicios prestados en el marco del presente Contrato. Las observaciones e instrucciones comunicadas por el Interventor al CONTRATISTA constarán por escrito y se referirán al cumplimiento de las obligaciones del contratoContrato. Estas observaciones y recomendaciones son de obligatorio cumplimiento para EL el CONTRATISTA, el cual cuenta con un plazo xx xxxx máximo de cinco (105) días hábiles para realizar los ajustes que se deriven de las observaciones y recomendaciones del InterventorInterventor o quien haga sus veces. EL El CONTRATISTA podrá deberá celebrar acuerdos de confidencialidad con la Interventoría, en relación con el trato y cuidado de la información suministrada en desarrollo del Contrato. Las funciones del Interventor serán las consignadas en las Reglas de Participación del proceso de contratación La labor de la Interventoría estará enfocada a la vigilancia y seguimiento de los aspectos técnicos, jurídicos, financieros, contables, administrativos, ambientales y sociales, para el adecuado desarrollo de los Contratos suscritos con el CONTRATISTA, además del seguimiento al impacto social del mismo. La Interventoría estará enfocada en los siguientes aspectos, como se describe a continuación:
a) Aspectos Técnicos: son entre otros, los relacionados con las demás inherentes a su labor. Las funciones del Interventor serán actividades que se desarrollan en las consignadas fases de Planeación, Instalación y Puesta en el Contrato No. Servicio y Operación, la verificación de fecha , celebrado con los indicadores de calidad y niveles de servicio, y demás requisitos técnicos exigidos para el desarrollo del Proyecto, con el fin de verificar el cumplimiento de las demás inherentes a su laborexigencias técnicas. También incluye todos los conceptos y recomendaciones que requiera y solicite el FONDO TIC, para garantizar la correcta ejecución de los Contratos objeto de Interventoría.
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Samples: Contract of Contribution
INTERVENTORÍA. La interventoría Interventoría del contrato que se derive de la presente Contrato negociación será adelantada realizada por un interventor designado para tal fin por LA ENTIDAD CONTRATANTEla Universidad de Antioquia, mediante equipo humano calificado interno o externo. La Interventoría tendrá como función realizar se llevará a cabo considerando los aspectos pactados, la supervisiónlegislación vigente y las condiciones técnicas para asegurar la calidad de prestación del servicio; su alcance contempla, seguimiento los aspectos técnicos, jurídicos y cumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA consignadas en este Contratoadministrativos‐financieros. El interventor ejercerácontratista deberá acatar las indicaciones, en nombre de LA ENTIDAD CONTRATANTEsugerencias, un control integral sobre el desarrollo del presente Contratoobservaciones e instrucciones que imparta la Interventoría, para lo cual, podrá lograr así una mayor eficiencia en cualquier momento, exigir al CONTRATISTA la información que considere necesaria, así como la adopción prestación de medidas su servicio e igualmente presentará una respuesta rápida y oportuna para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración mejoramiento del mismo. Además Las medidas correctivas que se generen, serán compartidas con el Interventor quien facilitará su ejecución. La prestación del servicio de transporte de servicios especiales en las 16 comunas y corregimientos de la ciudad de Medellín, su Área Metropolitana, municipios dentro y fuera del Departamento de Antioquia de las actividades generales antes mencionadasdiferentes personas e instrumentos que se requieran para el programa de la Red de Escuelas de Música de Medellín, que ejecuta la Interventoría apoyaráUniversidad de conformidad en lo establecido en el Contrato Interadministrativo No. 4600076175 de 2018, asistirá suscrito con el Municipio de Medellín - Secretaría de Suministros y asesorará Servicios y la Universidad de Antioquia, de acuerdo a las instrucciones previamente impartidas por el interventor, a cambio del pago por hora de servicio o su fracción. Fecha: Los suscritos: Con NIT No: Declaro que estamos interesados en la ENTIDAD CONTRATANTE presentación de esta propuesta y que, por lo tanto, nos responsabilizamos plenamente de su contenido y de los compromisos que resulten de ella; además, que para la elaboración de la misma hemos tenido en cuenta todos los asuntos puntos respectivos de orden técnico, jurídico, económico, financiero las especificaciones y presupuestaldemás documentos entregados a los proponentes, que se susciten durante la ejecución hemos leído completamente los términos del Contrato hasta su liquidacióndocumento de especificaciones y que lo conocemos en todas sus partes. Así mismo, que no existe de nuestra parte observaciones que hacerle y que cualquier error u omisión debidos a mala interpretación, será de nuestro cargo. En el interventor está autorizado evento de resultar favorecidos con la adjudicación, aceptamos cumplir el objeto de esta negociación en los términos y dentro de las condiciones establecidas, comprometiéndonos a realizar lo solicitado en esta propuesta y dentro de las especificaciones, condiciones, plazos, exigidas en el citado documento. Declaro que la propuesta presentada a la Universidad de Antioquia tiene carácter público y, por tanto, puede ser consultada por los demás oferentes para sugerirefectos de la presentación de observaciones al informe de evaluación. En este sentido, proponer entendemos y aconsejar aceptamos que respecto a aquellos elementos necesarios para la evaluación de las ofertas, no será posible oponer o alegar reserva alguna. Sin perjuicio de lo anterior, aclaramos que los folios [enunciar expresamente el folio o folios de la propuesta que contengan información reservada o confidencial. En ningún caso la Universidad admitirá invocar una reserva o confidencialidad de la totalidad de la propuesta] de nuestra propuesta tienen carácter confidencial y/o reservado con base en las siguientes disposiciones [enunciar expresamente las normas constitucionales o legales que sirven de base al CONTRATISTA carácter confidencial o reservado]. Los suscritos fijamos como dirección de nuestra oficina, a donde puede dirigirse la correcciónCorrespondencia del caso, la siguiente, Dirección: Teléfono: E‐mail: Fax: Dirigirse a: Firma, Empresa: __________________________________________________ Ciudad: ________________________________ Número de los desajustes que pudieren presentarse y los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución FAX:_________________________ Número de teléfono:______________________ Contrato Nro.:___________________________ Contratista: ______________________________ Valor del contrato. El CONTRATISTA deberá pronunciarse sobre lo sugerido y sustentarlo ante LA ENTIDAD CONTRATANTE. El Interventor está autorizado para exigir al CONTRATISTA la información que considere necesaria para verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de éste. Dicha información deberá ser suministrada por EL CONTRATISTA dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en la que se solicite la información. Las observaciones e instrucciones comunicadas por el Interventor al CONTRATISTA constarán por escrito y se referirán al cumplimiento de las obligaciones :________________________ Objeto del contrato. Estas observaciones y recomendaciones son :_____________________________________________ ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ Fecha del contrato:______________________ Persona a contactar:____________________________________________ Cargo de obligatorio cumplimiento para EL CONTRATISTA, el cual cuenta con un plazo xx xxxx (10quien expide este certificado:_____________________________ Grado de satisfacción:______________________ Personal transportado: Menores de 18 años ( ) días hábiles para realizar los ajustes que se deriven Mayores de las observaciones y recomendaciones 18 a 65 años ( ) Mayores de 65 años ( ) Otros ( ) cuales ______________________ Fecha de la certificación:____________________ Transporte de instrumentos musicales- Si ( ) – No ( ) Firma _______________________ Nombres Completos Identificación Estos certificados deben tener anexo: Puntualidad del Interventor. EL CONTRATISTA podrá celebrar acuerdos de confidencialidad con la Interventoría, en relación con el servicio Buen trato y cuidado de la información suministrada en desarrollo calidad del Contrato. Las funciones personal (relaciones del Interventor serán las consignadas en las Reglas de Participación del proceso de contratación de la Interventoría y las demás inherentes a su labor. Las funciones del Interventor serán las consignadas en el Contrato No. de fecha , celebrado con , y las demás inherentes a su labor.personal) Presentación (Personal debidamente identificado)
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Samples: Contrato Interadministrativo
INTERVENTORÍA. La interventoría Corresponderá a la Coordinadora del presente Contrato será adelantada por un interventor designado para tal fin por LA ENTIDAD CONTRATANTE. La Interventoría tendrá como función realizar la supervisiónGrupo de Administración de Inmuebles del ICETEX o quién haga sus veces, seguimiento y ejercer el control sobre el estricto cumplimiento de las obligaciones que contrae EL CONTRATISTA, por este contrato, por lo que certificará la prestación del CONTRATISTA consignadas en este Contrato. El interventor ejerceráservicio contratado dentro de las condiciones exigidas, en nombre solicitará oportunamente las prorrogas, adiciones o modificaciones o de LA ENTIDAD CONTRATANTEterminación unilateral, un control integral anexando todos los soportes que respalden la solicitud, impartirá las ordenes y sugerencias por escrito y formulará las observaciones que estime convenientes sobre el desarrollo del presente Contratocontrato. Igualmente, llevará a cabo junto con el contratista la gestión relacionada con la liquidación del mismo, solicitando al CONTRATISTA, la documentación requerida para lo cual, podrá ello o de oficio si a ello hubiere lugar. El Interventor deberá verificar el cumplimiento del pago de los aportes en cualquier momento, exigir al CONTRATISTA la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante salud y pensión y demás aporte xx Xxx por parte del contratista. PARÁGRAFO. Serán funciones del Interventor del contrato las siguientes: 1. Supervisar el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes contrato lo que le permitirá acceder en cualquier momento a los documentos e información que soportan la labor del contratista. 2. Exigir al momento de la celebración del mismo. Además de las actividades generales antes mencionadas, la Interventoría apoyará, asistirá y asesorará a la ENTIDAD CONTRATANTE en todos los asuntos de orden técnico, jurídico, económico, financiero y presupuestal, que se susciten durante la ejecución del Contrato hasta su liquidación. Así mismo, el interventor está autorizado para sugerir, proponer y aconsejar al CONTRATISTA la corrección, de los desajustes que pudieren presentarse y los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato. El CONTRATISTA deberá pronunciarse sobre lo sugerido y sustentarlo ante LA ENTIDAD CONTRATANTE. El Interventor está autorizado para exigir al CONTRATISTA contratista la información que considere necesaria para verificar la correcta ejecución del contrato y para ejercer de manera general el cumplimiento control de las obligaciones a cargo de éste. Dicha información deberá ser suministrada por EL CONTRATISTA dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en la que se solicite la información. Las observaciones e instrucciones comunicadas por el Interventor al CONTRATISTA constarán por escrito y se referirán al cumplimiento de las obligaciones ejecución del contrato. Estas observaciones 3. Verificar directamente que el contratista cumpla con las condiciones de ejecución del contrato según los términos pactados, y recomendaciones son tendrá la facultad de obligatorio cumplimiento requerir al contratista para EL CONTRATISTA, el cual cuenta con un plazo xx xxxx (10) días hábiles para realizar que corrija los ajustes incumplimientos en los que se deriven de las observaciones y recomendaciones del Interventorincurra o pueda incurrir. EL CONTRATISTA podrá celebrar acuerdos de confidencialidad con la Interventoría4. Aprobar o desaprobar, en relación los términos y con el trato y cuidado de la información suministrada en desarrollo del Contrato. Las funciones del Interventor serán las consignadas en las Reglas de Participación del proceso de contratación de la Interventoría y las demás inherentes a su labor. Las funciones del Interventor serán las consignadas los efectos previstos en el Contrato Nocontrato los servicios que hayan sido objeto de contratación. 5. Verificar mediante visitas o mediante el examen de fecha los documentos que el interventor del contrato considere pertinentes, celebrado con , y las demás inherentes a su laborcondiciones de ejecución de los servicios que hayan sido contratados.
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Samples: Licitación Pública
INTERVENTORÍA. La UNIVERSIDAD ejercerá la interventoría del presente Contrato será adelantada contrato, a través de un tercero contratado por un la Universidad, quien se encargará de adelantar el control y seguimiento técnico del mismo. El interventor designado para tal fin por LA ENTIDAD CONTRATANTEdeberá dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en los artículos 93 y 94 del Manual de Convenios y Contratos de la UNIVERSIDAD, adoptado mediante Resolución No. La Interventoría tendrá como función realizar 1551 de 2014, y en las demás obligaciones que se estipulen en el pliego de condiciones y sus anexos, los cuales hacen parte integral del presente contrato. Las obligaciones adicionales del interventor serán las siguientes: Deberá impartir instrucciones al contratista sobre aspectos regulados en las especificaciones Técnicas. Verificar que el contratista cumpla con las obligaciones a su cargo durante la supervisiónetapa de construcción. Verificar que las obras de construcción cumplan con lo señalado en el contrato, seguimiento su apéndice técnico y cumplimiento los diseños, especialmente en cuanto a calidad de las mismas, se refieren. Revisar y certificar la calidad y cantidad de las obras efectivamente realizadas y exigir la corrección, el remplazo en el caso de que no cumplan con las obligaciones determinadas por la autoridad competente en las licencias otorgadas, necesarias para el cumplimiento del CONTRATISTA consignadas presente contrato. Suscribir conjuntamente con el contratista el Acta de Inicio del contrato, el Acta de Recibo Final de Obras y el Acta de Liquidación del contrato, y las demás actas a que haya lugar, siempre que se cumpla con las condiciones previstas en este contrato. Identificar los daños, afectaciones y demás perjuicios directos e indirectos que se presenten en el Proyecto, que no hayan sido advertidos por el contratista y que estén incluidos en el objeto de este contrato, comunicándose tal hecho por escrito al contratista y verificar que el tiempo de respuesta de este, para atender y ejecutar labores necesarias, no exceda de los plazos previstos para tales efectos en este Contrato. El interventor ejercerá, en nombre Vigilar el cumplimiento de LA ENTIDAD CONTRATANTE, un control integral sobre el desarrollo los plazos de las diferentes actividades a cargo del presente Contrato, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al CONTRATISTA la información que considere necesariaContratista, así como la adopción de medidas para mantener, durante vigencia y el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo. Además valor de las actividades generales antes mencionadasgarantías otorgadas por este, la Interventoría apoyará, asistirá y asesorará a la ENTIDAD CONTRATANTE en todos los asuntos fin de orden técnico, jurídico, económico, financiero y presupuestal, que se susciten durante sujeten a lo pactado en el contrato. Colaborar con el contratista en la búsqueda de los medios que permitan obtener el resultado del presente Contrato dentro del menor plazo posible. En caso de no estar de acuerdo con la ejecución del Contrato hasta su liquidación. Así mismo, el interventor está autorizado para sugerir, proponer y aconsejar al CONTRATISTA la corrección, de los desajustes que pudieren presentarse y los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato. El CONTRATISTA deberá pronunciarse sobre lo sugerido y sustentarlo ante LA ENTIDAD CONTRATANTE. El Interventor está autorizado para exigir al CONTRATISTA la información que considere necesaria para verificar el cumplimiento desarrollo de las obligaciones a cargo pactadas en el contrato, deberá sin excepción, formular todos los reparos por escrito al contratista con copia al supervisor. Cuando se presenten graves irregularidades e incumplimientos en la ejecución de éste. Dicha información deberá ser suministrada un contrato que amenace su paralización es obligación del interventor informar por EL CONTRATISTA escrito dentro de los cinco (5) tres días hábiles siguientes a la fecha ocurrencia de los hechos, al ordenador del gasto, contratista y supervisor, con el fin de iniciar las acciones correspondientes. En general vigilar la gestión del contratista hasta la culminación del contrato y participar en la que se solicite la información. Las observaciones e instrucciones comunicadas por el Interventor al CONTRATISTA constarán por escrito y se referirán al cumplimiento de las obligaciones liquidación del contrato. Estas observaciones y recomendaciones son de obligatorio cumplimiento para EL CONTRATISTA, el cual cuenta con un plazo xx xxxx (10) días hábiles para realizar los ajustes que se deriven de las observaciones y recomendaciones del Interventor. EL CONTRATISTA podrá celebrar acuerdos de confidencialidad con la Interventoría, en relación con el trato y cuidado de la información suministrada en desarrollo del Contrato. Las funciones del Interventor serán las consignadas en las Reglas de Participación del proceso de contratación de la Interventoría y las demás inherentes a su labor. Las funciones del Interventor serán las consignadas en el Contrato No. de fecha , celebrado con , y las demás inherentes a su labormismo.
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Samples: Construction Contract