Common use of Jornada nocturna Clause in Contracts

Jornada nocturna. Se entenderá por tal, la jornada desarrollada en forma habitual y permanente entre las VEINTIUNA (21) horas y las SEIS (6) horas del día siguiente, con una duración mínima de seis horas. La jornada nocturna no podrá extenderse más de CIENTO TREINTA Y DOS (132) horas mensuales.

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Samples: convenios.ate.org.ar, www.conicet.gov.ar

Jornada nocturna. Se entenderá por tal, la jornada jor- nada desarrollada en forma habitual y permanente entre las VEINTIUNA (21) horas y las SEIS (6) horas del día siguiente, con una duración mínima de seis horas. La jornada nocturna no podrá extenderse más de CIENTO TREINTA Y DOS (132) horas mensuales.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo General Del Sector

Jornada nocturna. Se entenderá por tal, la jornada desarrollada en forma for- ma habitual y permanente entre las VEINTIUNA (21) horas y las SEIS (6) horas del día siguiente, con una duración mínima de seis horas. La jornada nocturna no podrá extenderse exten- derse más de CIENTO TREINTA Y DOS (132) horas mensuales.

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Samples: atecapital.org