JURISDICCIÓN Y DOMICILIOS. 21.1 Las partes constituyen los domicilios indicados en el encabezamiento, donde podrán practicarse válidamente las comunicaciones y notificaciones relacionadas con este contrato y las relaciones jurídicas que involucra.
21.2 Las controversias que se susciten con motivo de este contrato, su interpretación y cumplimiento, deberán ser sometidas a los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de San Xxxxxx, Provincia de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
21.3 El cobro ejecutivo de las expensas y gastos comunes podrá ser gestionado ante los tribunales establecidos en la cláusula precedente o ante los de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a opción del Fiduciario o, en su caso, del Administrador. EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, las Partes suscriben tres ejemplares de un mismo tenor y a su sólo efecto, en Buenos Aires, <<FECHA>>.
JURISDICCIÓN Y DOMICILIOS. Para todos los efectos legales derivados del presente, las PARTES constituyen sus domicilios en los indicados en el encabezamiento del presente, lugar donde se tendrán por válidas todas las notificaciones y emplazamientos, sometiéndose a iguales efectos a los Tribunales Federales en lo Contencioso Administrativo con asiento en la Capital Federal, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.-
JURISDICCIÓN Y DOMICILIOS. Para todos los efectos derivados del presente, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia xx Xxxxxxx, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción, en especial el Federal y constituyen domicilio especial y legal en los lugares indicados ut-supra. En ellos tendrán plena validez cualquier tipo de requerimiento o notificación que como consecuencia de este contrato en ellos se practique............................................................
JURISDICCIÓN Y DOMICILIOS. 20.1 Las Partes constituyen los domicilios indicados en el encabezamiento, donde podrán practicarse válidamente las comunicaciones y notificaciones relacionadas con este contrato y las relaciones jurídicas que involucra.
20.1 Las controversias que se susciten con motivo de este contrato, su interpretación y cumplimiento, deberán ser sometidas a los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de San Xxxxxx, Provincia de Buenos Aires.
JURISDICCIÓN Y DOMICILIOS. 11.1 En caso de divergencias con relación al cumplimiento de EL CONVENIO, LAS PARTES las resolverán de conformidad con los principios del mutuo entendimiento y en atención de las finalidades que les son comunes. Para el caso de no arribar a una solución, LAS PARTES acuerdan someterse a los Juzgados Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal, con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A todos sus efectos LAS PARTES constituyen domicilios en los indicados en el encabezado de EL CONVENIO donde serán válidas todas las citaciones, notificaciones y emplazamientos que se formulen.
JURISDICCIÓN Y DOMICILIOS. Las partes se someten expresamente a la competencia y jurisdicción de los jueces y tribunales de la ciudad en la que se suscribe el presente Contrato, y renuncian a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudieran corresponderles.
JURISDICCIÓN Y DOMICILIOS. (a) Toda controversia que se suscite con motivo de este Contrato, su validez, interpretación, cumplimiento y/o incumplimiento, será sometida a la jurisdicción exclusiva de los tribunales ordinarios con competencia en materia comercial de la Ciudad de Buenos Aires o a la de los Tribunales provinciales correspondientes a la jurisdicción del domi- cilio del Cliente, (b) A tal efecto, el Tomador y el Dador constituyen domicilio en los indicados en la Sección 1.02, en los cuales se tendrán por válidas todas las notificaciones cursadas con motivo del inicio o prosecución de acciones judiciales.
JURISDICCIÓN Y DOMICILIOS. 10.1 Las partes constituyen sus domicilios en los indicados en el Demostrativo del Contrato de Alquiler de Autos, y se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Capital Federal, con renuncia expresa de cualquier otro, salvo en los casos en que una franquicia tomara parte, en cuyo caso será la misma quien fije el Departamento Judicial ante el cual deberán promoverse las actuaciones.
JURISDICCIÓN Y DOMICILIOS. 20.1. La celebración, interpretación y cumplimiento del pre- sente Contrato, se regirán por las leyes de la República Argentina.
20.2. En caso de litigio, el Cliente, junto con sus codeudores y titulares adicionales podrán elegir entre iniciar acción ante el juez del lugar del consumo de los servicios o uso de los productos, el del lugar de celebración del presente Contrato, el del domicilio del Cliente, o el del domicilio del Banco. En los casos en que las accio- nes sean iniciadas por el Banco, será competente el tribunal correspondiente al domicilio real del Cliente consignado en la presente. .......................................................................................................... FIRMA DEL DEUDOR .......................................................................................................... ACLARACIÓN .......................................................................................................... FIRMA DEL CÓNYUGE DEL DEUDOR .......................................................................................................... ACLARACIÓN .......................................................................................................... FIRMA DEL CODEUDOR .......................................................................................................... ACLARACIÓN .......................................................................................................... FIRMA DEL CÓNYUGE DEL CODEUDOR .......................................................................................................... ACLARACIÓN .......................................................................................................... FIRMA DEL ACREEDOR POR HSBC BANK ARGENTINA S.A. .......................................................................................................... ACLARACIÓN
JURISDICCIÓN Y DOMICILIOS. Para todos los efectos legales derivados del presente, “LAS PARTES” constituyen sus domicilios en los indicados en el encabezamiento del presente, lugar donde se tendrán por válidas todas las notificaciones y emplazamientos, sometiéndose a iguales efectos a los Tribunales Federales en lo Contencioso Administrativo de la Capital Federal, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.