Common use of JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE Clause in Contracts

JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE. Las presentes Condiciones Generales se rigen por la legislación española. Específicamente están sujetas a lo dispuesto en la Ley 7/1988 de 13 xx Xxxxx, sobre Condiciones Generales de Contratación; Ley 26/1984 de 19 de Julio General, para la Defensa de Consumidores y Usuarios; Real Decreto 1906/1999 de 17 de Diciembre de 1999, por el que se regula la Contratación Telefónica o Electrónica con condiciones generales; la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal; la Ley 7/1996, de 15 de Enero de Ordenación del Comercio Minorista, y Ley 34/2002 de 11 de Julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico. Para la resolución de cualquier controversia o conflicto que se derive de las presentes condiciones generales serán competentes los Juzgados y Tribunales de Alicante, renunciando expresamente el CONTRATANTE a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle.

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Samples: Condiciones Generales De Contratación, Condiciones Generales De Contratación

JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE. Las presentes Condiciones Generales se rigen por la legislación española. Específicamente están sujetas a lo dispuesto en la las siguientes normas: Ley 7/1988 de 13 xx Xxxxx, sobre Condiciones Generales de Contratación; Ley 26/1984 de 19 de Julio General, para la Defensa de Consumidores y Usuarios; Real Decreto 1906/1999 Legislativo 1/2007, de 17 16 de Diciembre de 1999noviembre, por el que se regula aprueba el texto refundido de la Contratación Telefónica o Electrónica con condiciones generalesLey General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias; la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal; la Ley 7/1996, de 15 de Enero de Ordenación del Comercio Minorista; Ley 34/2002, y Ley 34/2002 de 11 de Julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico; Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago; así como cualquier otra norma que las desarrolle o modifique. Por otro lado, a la persona contratante del servicio objeto de las presentes condiciones, le serán de aplicación las “Condiciones Generales” del sitio web de CAMROD para todo lo no indicado expresamente en las presentes condiciones y siempre y cuando no las contradigan. Para la resolución de cualquier controversia o conflicto que se derive de las presentes condiciones generales serán competentes los Juzgados y Tribunales de AlicanteMadrid, renunciando expresamente el CONTRATANTE la persona contratante a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle.

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JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE. Las presentes Condiciones Generales se rigen por la legislación española. Específicamente están sujetas a lo dispuesto en la Ley 7/1988 de 13 xx Xxxxx, sobre Condiciones Generales de Contratación; Ley 26/1984 de 19 de Julio General, para la Defensa de Consumidores y Usuarios; Real Decreto 1906/1999 de 17 de Diciembre de 1999, por el que se regula la Contratación Telefónica o Electrónica con condiciones generales; la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal; la Ley 7/1996, de 15 de Enero de Ordenación del Comercio Minorista, y Ley 34/2002 de 11 de Julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico. Para la resolución de cualquier controversia o conflicto que se derive de las presentes condiciones generales serán competentes los Juzgados y Tribunales de AlicanteSanta Xxxx de Tenerife, renunciando expresamente el CONTRATANTE a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle.

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Samples: Condiciones Generales De Contratación

JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE. Las presentes Condiciones Generales se rigen por la legislación española. Específicamente están sujetas a lo dispuesto en la Ley 7/1988 de 13 xx Xxxxx, sobre Condiciones Generales de Contratación; Ley 26/1984 de 19 de Julio General, para la Defensa de Consumidores y Usuarios; Real Decreto 1906/1999 de 17 de Diciembre de 1999, por el que se regula la Contratación Telefónica o Electrónica con condiciones generales; la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal; la Ley 7/1996, de 15 de Enero de Ordenación del Comercio Minorista, y Ley 34/2002 de 11 de Julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico. Para la resolución de cualquier controversia o conflicto que se derive de las presentes condiciones generales serán competentes los Juzgados y Tribunales de Alicantexx Xxxxxxxxx (Lugo), renunciando expresamente el CONTRATANTE a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle.

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