Xxx Aplicable. El presente contrato de Cuenta Corriente de Comercio estará regulado por las disposiciones del Título XIII, del Libro Primero del Código de Comercio y por las leyes de la República de Panamá.
Xxx Aplicable. Este Procedimiento de Arbitraje Obligatorio se regirá por la Ley Federal de Arbitraje, 9 USC. §§1-16, según pueda ser enmendada (“FAA”), y los reglamentos correspondientes y aplicables. Este Procedimiento de Arbitraje sobrevivirá la cancelación del Contrato.
Xxx Aplicable. Este documento se regirá por las leyes aplicables y vigentes de la Ciudad de Santiago de Chile, Chile.
Xxx Aplicable. Este Acuerdo y todos los asuntos relacionados a su validez, interpretación, cumplimiento y ejecutabilidad, así como todo reclamo, queja o disputa (lo que incluye sin limitación, cualquier Disputa) que surja o se relacione a cualquier aspecto de este Acuerdo, los Servicios o el Equipo, estarán regidos por las leyes y disposiciones del estado de Colorado, sin dar efecto a sus disposiciones sobre conflicto xx xxxxx.
Xxx Aplicable. El presente contrato de Cuenta Corriente de Comercio estará regulado por las disposiciones del Título XIII, Sección I del Libro Primero del Código de Comercio Venezolano y por las leyes de la República Bolivariana de Venezuela.
Xxx Aplicable. Este documento se regirá por las leyes aplicables y vigentes de la Ciudad de Caracas, Venezuela.
Xxx Aplicable. Este Contrato, y los derechos y obligaciones bajo el mismo, se regirán y serán interpretados bajo las leyes y reglamentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y por las disposiciones pertinentes xx xxxxx y reglamentos federales aplicables.
Xxx Aplicable. Este documento se regirá por las leyes aplicables y vigentes de la Ciudad de México Distrito Federal.
Xxx Aplicable. Este Acuerdo se regirá, interpretará y analizará de acuerdo con las leyes del Estado de Texas, sin tener en cuenta los principios de los conflictos xx xxxxx. Las cláusulas del Código Uniforme de Comercio de Texas (“UCC,” por sus siglas en inglés) se aplicarán a este Acuerdo, y la electricidad será un “bien” para los propósitos del UCC. El Cliente y la Compañía reconocen y aceptan que este Acuerdo constituye un “contrato a plazo” dentro del significado del Código de Quiebras de los Estados Unidos y además reconocen y aceptan que la Compañía es un “vendedor de contratos a plazo” para tales fines. Ciertas “Normas Sustantivas” PUCT se aplican a la venta de electricidad al por menor por parte de la Compañía. Estas reglas PUCT se pueden encontrar en xxxx://xxx.xxx.xxxxx.xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxx/xxxxxxxx/Xxxxxxxx.xxxx, a partir del 25.471 y siguientes.
Xxx Aplicable. Este documento se regirá por las leyes aplicables y vigentes de la Ciudad de Buenos Aires, Argentina.