LISTA DE PANAMÁ Cláusulas de Ejemplo

LISTA DE PANAMÁ. El Capítulo 8 aplicará a las entidades del nivel central de gobierno que contratan, de conformidad con las disposiciones de dicho Capítulo, cuando el valor de la contratación sea igual o mayor a: MERCANCÍAS Especificadas en la Sección D Umbral: 130 000 DEG SERVICIOS Especificados en la Sección E Umbral: 130 000 DEG SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN (incluidos los contratos de construcción, operación y transferencia, en adelante referidos como, contratos “COT”) Especificados en la Sección F Umbral: 5 000 000 DEG LISTA DE ENTIDADES El Capítulo 8 solo aplicará a las siguientes entidades del nivel central de gobierno: 1. Ministerio de Ambiente 2. Ministerio de Comercio e Industrias 3. Ministerio de Gobierno (Nota 1) 4. Ministerio de la Presidencia 5. Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral Nota a la Sección A Esta Sección no cubrirá la contratación de las siguientes mercancías y servicios, clasificados bajo la Clasificación Central de Productos de las Naciones Unidas, versión 1.0 (CCP ver. 1.0). 1. Ministerio de Gobierno: el Capítulo 8 no cubrirá la contratación de mercancías y servicios, enumerados a continuación, en nombre de la Dirección General del Sistema Penitenciario:
LISTA DE PANAMÁ. El Capítulo 8 aplicará a las otras entidades que contratan, de conformidad con las disposiciones de dicho Capítulo, cuando el valor de la contratación sea igual o mayor a: MERCANCÍAS Especificadas en la Sección D Umbral: 400 000 DEG SERVICIOS Especificados en la Sección E Umbral: 400 000 DEG SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN (incluidos los contratos COT) Especificados en la Sección F Umbral: 15 000 000 DEG LISTA DE ENTIDADES El Capítulo 8 solo aplicará a las siguientes entidades: 1. Aeropuerto Internacional de Tocumen 2. Agencia del Área Económica Especial Panamá-Pacífico 3. Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia 4. Autoridad Nacional de los Servicios Públicos 5. Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos 6. Instituto de Acueducto y Alcantarillados Nacionales 7. Instituto de Seguro Agropecuario 8. Instituto Nacional de Cultura 9. Instituto Panameño de Habilitación Especial 10. Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos 11. Registro Público de Panamá 12. Superintendencia de Bancos 13. Superintendencia xxx Xxxxxxx de Valores 14. Universidad Tecnológica de Panamá
LISTA DE PANAMÁ. El Capítulo 8 aplicará a todas las mercancías contratadas por las entidades enumeradas en las Secciones A, B y C de este Anexo, sujeto a las Notas de las respectivas Secciones y a las Notas Generales.
LISTA DE PANAMÁ. 1. El Capítulo 8 aplicará a todos los servicios de construcción contratados por las entidades enumeradas en las Secciones A, B y C de este Anexo, sujeto a las Notas de las respectivas Secciones y a las Notas Generales, con excepción de los servicios de construcción excluidos en esta Sección. 2. Todos los servicios de construcción cubiertos por este Anexo están sujetos a las medidas enumeradas en la Lista de Panamá de los Anexos I, II y III. 3. El Capítulo 8 no aplicará a los contratos COT, excepto los Artículos 8.4.1 a 8.4.6. Los contratos COT estarán sujetos a la legislación de Panamá.
LISTA DE PANAMÁ. 1. El Capítulo 8 aplicará a todos los servicios contratados por las entidades enumeradas en las Secciones A, B y C de este Anexo, sujeto a las Notas de las respectivas Secciones y a las Notas Generales, con excepción de los servicios excluidos en esta Sección. 2. Todos los servicios cubiertos por este Anexo están sujetos a las medidas enumeradas en la Lista de Panamá de los Anexos I, II y III. 3. El Capítulo 8 no cubrirá la contratación de los siguientes servicios, clasificados bajo la CCP ver. 1.0 y el Sistema Común de Clasificación: 64 Servicios de transporte por vía terrestre
LISTA DE PANAMÁ. 1. Las Notas Generales aplicarán sin excepción al Capítulo 8, incluidas todas las Secciones de este Anexo. Exclusión de plazos 2. El plazo mínimo de 40 días establecido en el Artículo 8.9.3 no aplicará a las entidades enumeradas en las Secciones A, B y C de este Anexo, hasta que sea revisado por Panamá y Corea a fin de garantizar su conformidad con la legislación de cada Parte. Exclusiones específicas 3. El Capítulo 8 no aplicará a: (a) la contratación realizada bajo el sistema de concesiones otorgadas por el Estado, incluyendo los contratos de concesión de obras públicas; (b) las medidas de contratación destinadas a promover las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES); (c) la contratación para la emisión de papel moneda, monedas, sellos fiscales o postales; (d) la contratación de productos agrícolas vinculados al desarrollo y apoyo agrícola, y a programas de ayuda alimentaria; (e) la contratación por una entidad contratante de Panamá de mercancías o servicios elaboradas o suministradas por una entidad pública de Panamá; (f) la contratación de servicios de transporte que forman parte de, o están relacionados con, un contrato de adquisición; (g) las compras realizadas en condiciones excepcionalmente favorables que solo surjan a muy corto plazo, tales como las enajenaciones extraordinarias por empresas que normalmente no son proveedores, o la enajenación de activos de empresas en liquidación o administración judicial; y (h) las contrataciones realizadas bajo procedimiento especial y procedimiento especial para adquisiciones de emergencia.

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  • Formulario de Oferta y Lista de Precios 12.1 El Oferente presentará el Formulario de Oferta utilizando el formulario suministrado en la Sección IV, Formularios de la Oferta. Este formulario deberá ser debidamente llenado sin alterar su forma y no se aceptarán sustitutos. Todos los espacios en blanco deberán ser llenados con la información solicitada. 12.2 El Oferente presentará la Lista de Precios de los Bienes y Servicios Conexos, según corresponda a su origen y utilizando los formularios suministrados en la Sección IV, Formularios de la Oferta.

  • MONEDA DE PAGO Los pagos se efectuarán en la moneda que corresponda de acuerdo a lo previsto en las disposiciones que a tales fines determine la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.

  • Moneda de cotización y pago Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.

  • CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA La carta de presentación de la propuesta se diligenciará conforme al modelo contenido en el Formulario No. 1 “Carta de Presentación de la Propuesta” y será firmada por el proponente, representante legal o su apoderado, si a ello hubiere lugar. Si la propuesta es presentada por una unión temporal o consorcio, debe venir suscrita por el representante debidamente facultado en los términos xx Xxx.

  • MONEDA DE COTIZACIÓN La moneda de cotización de la oferta se fijará en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares y en principio será moneda nacional. En aquellos casos en que la cotización se hiciere en moneda extranjera y el pago en moneda nacional, se calculará el monto del desembolso tomando en cuenta el tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA vigente al momento de liberar la orden de pago, o bien, al momento de la acreditación bancaria correspondiente, lo que deberá determinarse en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares.

  • Moneda de la Oferta El precio en la Oferta deberá estar expresado en moneda nacional, (Pesos Dominicanos, RD$), a excepción de los Contratos de suministros desde el exterior, en los que podrá expresarse en la moneda del país de origen de los mismos. De ser así, el importe de la oferta se calculará sobre la base del tipo de cambio vendedor del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA DOMINICANA vigente al cierre del día anterior a la fecha de recepción de ofertas.

  • Lugar y plazo de presentación de ofertas Las ofertas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Villanueva del Aceral, de forma presencial solicitando cita previa según lo dispuesto en la Cláusula 5 de este documento, dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx. De esta presentación podrán los interesados exigir el correspondiente justificante, sirviendo a tal efecto copia de la documentación presentada una vez sellada en la que figure el número de entrada en registro. En el supuesto de que el día de terminación de dicho plazo fuese inhábil, se entenderá el mismo prorrogado hasta el día siguiente hábil. Igualmente, podrán presentarse proposiciones a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso el interesado deberá comunicarlo por fax o telegrama al Ayuntamiento en el mismo día en que se efectúe la imposición del envío en la oficina correspondiente, siempre que quede constancia de la recepción por estos medios. Sin cumplir este requisito, que deberá acreditar al licitador que optase por esta vía de presentación, no será admitida la proposición en el caso que fuera recibida en el Registro General del Ayuntamiento de Villanueva del Aceral fuera del plazo fijado. Un mismo licitador no podrá presentar más de una oferta por una misma parcela agrícola, individualmente o bien mediante unión temporal con otros licitadores. No obstante, podrá presentar ofertas por diferentes parcelas, sin limitación alguna en cuanto al número de parcelas a las que puede optarse. Si un licitador presentará más de una oferta para la misma parcela agrícola, ello dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él presentadas para la misma.

  • PÓLIZA DE SEGURO A la firma del presente contrato EL DEUDOR entrega a LA ACREEDORA una póliza contra incendio, terremoto, ciclón líneas aliadas, sobre el inmueble objeto del presente contrato y sus mejoras, debidamente endosado a favor de LA ACREEDORA, por un monto igual al valor de construcción indicada en la tasación del (de los) inmueble (s) dado (s) en garantía al momento de la suscripción del presente contrato, contratada con una compañía de seguros aprobada por LA ACREEDORA y debidamente endosada de manera irrevocable a su favor como único beneficiario. Párrafo I: EL DEUDOR se obliga a mantener en vigor por renovaciones sucesivas y mientras sea deudor de LA ACREEDORA la referida póliza destinada a la garantía que antes se estipula, en el entendido de que si EL DEUDOR dejare de renovarla, LA ACREEDORA está autorizado, sin estar obligado a ello, a hacer por cuenta del DEUDOR dicha renovación y a cargar la prima pagada por cuenta de EL DEUDOR o de incorporarlo a la póliza colectiva de LA ACREEDORA y a cargar mensualmente la prima pagada por cuenta de EL DEUDOR, la cual se hará exigible de manera inmediata en la próxima cuota xxx xxxxxxxx, después que LA ACREEDORA efectúe el pago por su cuenta. Por tanto, previa notificación por escrito por cualquier medio fehaciente, del cargo realizado por LA ACREEDORA a EL DEUDOR, EL DEUDOR se compromete: a) en el caso de la póliza colectiva de LA ACREEDORA a realizar, conjuntamente con el pago de las cuotas xxx xxxxxxxx, el pago de las cuotas mensuales del seguro pagado por LA ACREEDORA; y b), en el caso de la renovación de la póliza de seguro de contra incendio, terremoto, ciclón líneas aliadas, por cuenta de EL DEUDOR, a liquidar el pago de la prima a partir de la notificación, conviniendo y aceptando EL DEUDOR que el tiempo que éste demore en efectuar el pago de la prima, le serán computados intereses sobre dicho monto insoluto al tipo de interés vigente en ese momento para este préstamo, de conformidad a lo indicado en el tarifario publicado en todas las oficinas de APAP y en su página de internet, xxx.xxxx.xxx.xx. Xxxxxxx XX: En caso de que se produzca algún siniestro, LA ACREEDORA aplicará el monto del seguro al capital, intereses, gastos y avances xxx xxxxxxxx. Xxxxxxx XXX: EL DEUDOR se obliga a contratar una póliza de Seguro de Vida con una Compañía de Seguros elegida de común acuerdo entre las partes, que cubra el monto de la suma prestada, la cual deberá estar debidamente endosada de manera irrevocable a favor de LA ACREEDORA, durante toda la vigencia xxx xxxxxxxx. Asimismo EL DEUDOR se obliga a pagar conjuntamente con la cuota xxx xxxxxxxx el monto mensual de la prima. En caso de que EL DEUDOR contrataré un seguro de vida no pagadero mensualmente con la cuota xxx xxxxxxxx sino que el mismo fuere obtenido directamente por EL DEUDOR y endosado a favor de LA ACREEDORA, éste se compromete a mantener en vigor por renovaciones sucesivas y mientras sea deudor de LA ACREEDORA el referido seguro de vida, en el entendido de que si EL DEUDOR dejare de renovarla, LA ACREEDORA está autorizado, sin estar obligado a ello, a hacer por cuenta de EL DEUDOR dicha renovación o de incorporarlo a la póliza colectiva de LA ACREEDORA y a cargar mensualmente la prima pagada por cuenta de EL DEUDOR, la cual se hará exigible de manera inmediata en la próxima cuota xxx xxxxxxxx, después que LA ACREEDORA efectúe el pago por su cuenta. Por tanto, previa notificación por escrito por cualquier medio fehaciente, del cargo realizado por LA ACREEDORA a EL DEUDOR, EL DEUDOR se compromete en el caso de la póliza colectiva a realizar, conjuntamente con el pago de las cuotas xxx xxxxxxxx, el pago de las cuotas mensuales del seguro pagado por LA ACREEDORA; y en el caso de la renovación de la póliza de seguro de vida por cuenta de EL DEUDOR, a liquidar el pago de la prima partir de la notificación, conviniendo y aceptando EL DEUDOR que el tiempo que éste demore en efectuar el pago de la prima, le serán computados intereses sobre dicho monto insoluto al tipo de interés vigente en ese momento para este préstamo, de conformidad a lo indicado en el tarifario publicado en todas las oficinas de APAP y en su página de internet, xxx.xxxx.xxx.xx. Xxxxxxx XX: EL DEUDOR se compromete a pagar a LA ACREEDORA, en cada cuota xxx xxxxxxxx, el cargo por administración de pago de pólizas de seguros colectiva de conformidad a lo indicado en el tarifario publicado en todas las oficinas de APAP y en su página de internet, xxx.xxxx.xxx.xx. En los casos en que EL DEUDOR haya endosado a LA ACREEDORA una póliza de seguro, EL DEUDOR se compromete a pagar a LA ACREEDORA, el cargo por renovación de póliza endosada de conformidad a lo indicado en el tarifario publicado en todas las oficinas de APAP y en su página de internet, xxx.xxxx.xxx.xx, en el caso de que LA ACREEDORA realice la renovación de la póliza Xxxxxxx X: EL DEUDOR declara que el pago de la póliza de Seguro de Vida en el momento de la defunción será por la suma que consigna la tabla de amortización de pago xxx xxxxxxxx en la fecha contractual durante toda la vigencia del mismo. En consecuencia quedará a cargo de sus herederos el pago de cualquier diferencia si EL DEUDOR ha dejado de efectuar el pago de cualquier cuota en la fecha indicada en este contrato. Párrafo VI: EL DEUDOR reconoce que para obtener la protección del seguro de vida debe ser aceptado por la Compañía Aseguradora y que el rechazo de ésta se le impone y en consecuencia no queda asegurada. Párrafo VII: No obstante lo anteriormente expuesto, EL DEUDOR tendrá la opción de incorporarse, previa aceptación por escrito, a la póliza de seguros colectiva de incendio y líneas aliadas así como de vida que LA ACREEDORA mantenga de tiempo en tiempo con una compañía de seguros del país, durante toda la vigencia xxx xxxxxxxx, en cuyo caso pagará la prima anual correspondiente, conforme se indica en las comunicaciones emitidas por la compañía de seguros correspondiente, que se adjuntará al presente contrato para que forme parte integral del mismo. La prima anual será distribuida en cuotas mensuales, pagaderas conjuntamente con las cuotas de capital e interés del presente contrato, durante toda la vigencia del mismo. Xxxxxxx XXXX: El incumplimiento de cualquiera de los compromisos aquí contraídos por EL DEUDOR dará origen a las caducidades previstas en este contrato y a la ejecutoriedad de la(s) garantía(s) otorgada (s). Xxxxxxx XX: LA ACREEDORA se compromete a entregar a EL DEUDOR, la información sobre la cobertura y condiciones particulares de la (s) póliza (s) colectiva (s) contratadas por LA ACREEDORA a solicitud de EL DEUDOR, así como en la (s) póliza (s) de seguro(s) renovadas por LA ACREEDORA por cuenta de EL DEUDOR.

  • Devolución de la Garantía de Seriedad de Propuesta La Garantía de Seriedad de Propuesta, en caso de haberse solicitado, será devuelta a los proponentes en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, en los siguientes casos: Después de la notificación con la Resolución de Declaratoria Desierta. Si existiese Recurso Administrativo de Impugnación, luego de su agotamiento, en contrataciones con montos mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS). Cuando la entidad convocante solicite la extensión del periodo de validez de propuestas y el proponente rehúse aceptar la solicitud. Después de notificada la Resolución de Cancelación del Proceso de Contratación. Después de notificada la Resolución de Anulación del Proceso de Contratación, cuando la anulación sea hasta antes de la publicación de la convocatoria. Después de formalizar la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio con el proponente adjudicado. El tratamiento de ejecución y devolución de las Garantías de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, se establecerá en el Contrato.

  • TARIFA DEL SERVICIO DE ASEO La tarifa del servicio público de aseo y sus actividades complementarias, está compuesto por un cargo fijo y un cargo variable, que serán calculados por el prestador, acorde a lo establecido en la Resolución CRA 720 de 2015, o aquella que la modifique, adicione o aclare.