Definición de Agravación del Riesgo

Agravación del Riesgo. Situación que se produce cuando por determinados acontecimientos ajenos o no a la voluntad del asegurado, el vehículo asegurado adquiere una característica diferente a la inicialmente prevista, siendo algunas de éstas, el uso del vehículo de manera distinta a la prevista por el fabricante, la modificación o alteración de estructuras, equipos, o materiales dispuestos por el fabricante y que influyan en la materialización de daños al vehículo.
Agravación del Riesgo. Hay agravación cuando se produce un nuevo estado de las cosas, distinto al que existía al momento de celebrarse el Contrato, y que de haber sido conocido por la Compañía, ésta no habría aceptado el Contrato sino estableciendo condiciones distintas, de conformidad con el artículo 52 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.
Agravación del Riesgo. Eventos o circunstancias de conocimiento del Contratante y/o Asegurado que modifiquen e incrementen el riesgo asegurado por la Compañía.

Examples of Agravación del Riesgo in a sentence

  • Si la inspección revelare una Agravación del Riesgo en cualquier bien o bienes amparados, la Compañía requerirá por escrito al Asegurado para que elimine dicha agravación, si el Asegurado no cumpliera con los requerimientos de la Compañía en el plazo que esta señale, la misma no responderá por pérdidas o daños causados por dicha agravación, si este hecho influyó directamente en la realización del Siniestro.

  • Cláusula Complementaria de Agravación del Riesgo ..........................................

  • Las obligaciones de la Compañía se extinguirán, por efecto del incumplimiento de las obligaciones del Asegurado, por las causas señaladas en las cláusulas de Prima, Otros Seguros, Agravación del Riesgo, Subrogación de Derechos y Procedimiento en Caso de Evento.

  • Si cualquier reparación definitiva de los bienes, hecha por el Asegurado, si consentimiento de La Compañía deriva una agravación esencial del riesgo, será aplicable lo dispuesto por la Cláusula 14a: Agravación del Riesgo.


More Definitions of Agravación del Riesgo

Agravación del Riesgo. Modificación o alteración posterior a la celebración del contrato que, aumentando la posibilidad de ocurrencia o peligrosidad de un evento, afecta a un determinado riesgo.
Agravación del Riesgo. Cualquier acto que aumente el riesgo asegurado, así como la posibilidad de una pérdida más severa. La agravación del riesgo en los Seguros, está regulada por la Ley del Contrato sobre el Seguro en los Artículos 52 y 531.
Agravación del Riesgo. Es el resultado del acaecimiento de hechos que de haber existido al tiempo de la celebración de este contrato de seguro, hubieren podido influir de modo directo en su existencia o en los términos y condiciones del mismo de acuerdo a las reglas de suscripción de LA ASEGURADORA.
Agravación del Riesgo. Toda agravación del riesgo asumido, es causa especial de rescisión del seguro y cuando se deba a un hecho del Asegurado, produce la suspensión de la cobertura de conformidad con los Arts. 37 y correlativos.
Agravación del Riesgo. Alteración sustancial del riesgo inicialmente declarado.
Agravación del Riesgo. Toda agravación del riesgo asumido, es causa especial de rescisión del seguro y cuando se deba a un hecho del Asegurado, produce la suspensión de la cobertura de conformidad con los Arts. 37 y correlativos de la Ley de Seguros N° 17.418. - Exageración Fraudulenta o Prueba Falsa del Siniestro o de la Magnitud de los Daños: El Asegurado pierde el derecho a ser indemnizado en estos casos, tal como lo establece el Art. 48 de la Ley de Seguros N° 17.418. - Provocación del Siniestro: El Asegurador queda liberado si el siniestro es provocado por el Asegurado o beneficiario, dolosamente o por culpa grave, conforme al Art. 70 y 114 d la Ley de Seguros N° 17.418.
Agravación del Riesgo. EL ASEGURADO deberá comunicar a LA ASEGURADORA cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este seguro, provoque una agravación del riesgo cubierto, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al momento en que EL ASEGURADO tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el ASEGURADO omitiere el aviso o si éste provoca una agravación del riesgo, cesará de pleno derecho en lo sucesivo las obligaciones de LA ASEGURADORA derivadas de esta póliza.