Mantenimiento Preventivo Condicional y Correctivo Cláusulas de Ejemplo

Mantenimiento Preventivo Condicional y Correctivo. 6.2.5.1. El mantenimiento preventivo condicional interviene principalmente a partir de las observaciones derivadas de la conducción y vigilancia de las instalaciones.
Mantenimiento Preventivo Condicional y Correctivo. El mantenimiento preventivo condicional interviene principalmente a partir de las observaciones derivadas de la conducción y vigilancia de las instalaciones. La frecuencia y la naturaleza de las observaciones, los parámetros y criterios de decisión son de la responsabilidad e iniciativa del Adjudicatario. El Adjudicatario realizará las intervenciones de mantenimiento correctivo en un plazo inferior a 2 horas, y tomará todas las medidas para que dichas operaciones afecten lo mínimo posible al funcionamiento normal de los edificios y usuarios. Para el desarrollo de las prestaciones del mantenimiento corriente, el Adjudicatario debe asegurarse el suministro de cuantos consumibles, pequeños suministros mecánicos y eléctricos que necesite, así como todos aquellos elementos que le sean precisos para efectuar un correcto mantenimiento, garantizando la disponibilidad de estos componentes, con el fin de evitar demoras o retrasos en el desarrollo de las prestaciones. Todos los materiales empleados para el desarrollo de los trabajos deberán mantener el criterio de igualdad de marca y modelo a los instalados. En caso contrario, deberá justificarse técnica y económicamente la proposición del cambio. En general se tenderá a estandarizar y homogeneizar los materiales, evitando la proliferación de marcas, modelos, etc. En el marco del mantenimiento preventivo condicional y correctivo, el Adjudicatario debe realizar la sustitución de las piezas defectuosas sobre el conjunto de las instalaciones definidas en el presente Pliego de Condiciones Técnicas. El suministro y colocación de los repuestos, materiales o equipos están incluidos en la Garantía Total, así como cualquier gasto necesario, incluso de obra civil si fuera preciso. Estos gastos serán por cuenta del Adjudicatario.
Mantenimiento Preventivo Condicional y Correctivo. El mantenimiento preventivo condicional interviene principalmente a partir de las observaciones derivadas del control y vigilancia de las instalaciones. La frecuencia y la naturaleza del control, los parámetros y los criterios de decisión son responsabilidad e iniciativa del Adjudicatario. El Adjudicatario realizará las intervenciones de mantenimiento correctivo en un plazo inferior a 2 horas, y tomará todas las medidas para que estas operaciones afecten lo mínimo posible al funcionamiento normal de los edificios y de los usuarios.
Mantenimiento Preventivo Condicional y Correctivo.  El mantenimiento preventivo condicional interviene principalmente a partir de las observaciones derivadas de la conducción y vigilancia de las instalaciones.  La frecuencia y la naturaleza de las observaciones, los parámetros y criterios de decisión serán al menos los recogidos en los planes de Autocontrol ya existentes en la instalación y en aquellos casos no contemplados por dichos Planes, serán de la responsabilidad e iniciativa de la empresa adjudicataria.  Este mantenimiento se realizará: o En los equipos contemplados en el Anexo I, incluyendo por parte de la empresa adjudicataria además de las piezas de repuesto, el pequeño material necesario como tacos, tornillos, sujeciones, cementos, varillas, etc. o Se incluirán los elementos y labores que se citan en dicho anexo, junto con las herramientas y materiales necesarios para realizarlos (cerraduras, manillas, bisagras, sujeciones, tiradores, cables, productos de albañilería, pintura para acabado, elementos para soldadura, etc.) o En los puntos 1.11 y 2.11 del anexo I, la empresa adjudicataria realizará con su personal el cambio de las piezas necesarias, que serán suministradas por el IMD, a excepción de los secadores de pelo que estarán dentro de la garantía total.  Para la realización de las tareas, la empresa adjudicataria tendrá permanentemente en la instalación a disposición de sus técnicos, los equipos de medida, herramientas manuales (llaves, destornilladores, paletas, cinceles, brochas, cintas, …), herramientas eléctricas (taladros, sierras, soldadores, …) y material auxiliar homologado necesario (andamios, aspiradores, equipos de desatasco, compresores, equipos de soldadura,...) y cuando sea necesario, equipos especiales como plataformas elevadoras. Siendo responsable de sus consumibles, mantenimiento, reparación y de la comprobación de sus homologaciones y certificaciones correspondientes.  Serán por cuenta de la empresa adjudicataria los consumibles, las calibraciones, certificaciones, revisiones de los equipos de medida en las frecuencias contempladas por planes de autocontrol existentes o en su defecto por normativas aplicables y de su anotación en registros de los planes de autocontrol de la instalación.  Las herramientas mínimas a tener en la instalación son las que aparecen en el anexo XI.
Mantenimiento Preventivo Condicional y Correctivo. El mantenimiento preventivo condicional interviene principalmente a partir de las observaciones derivadas de la conducción y vigilancia de las instalaciones. La frecuencia y la naturaleza de las observaciones, los parámetros y criterios de decisión son de la responsabilidad e iniciativa del Adjudicatario. Para el desarrollo de las prestaciones de mantenimiento corriente, el Adjudicatario debe asegurar el suministro y gestión de diversos consumibles, pequeños suministros mecánicos y eléctricos, en particular: aceites, grasas, trapos, teflón, cinta adhesiva, pilotos, fusibles, decapantes, desincrustantes, deshidratantes, aceite para compresores, etc. Los consumibles habituales de mantenimiento como filtros de aire, aceite de motores, etc, serán por cuenta del adjudicatario. Serán por cuenta del adjudicatario la gestión de los residuos generados. Asimismo quedan incluidos todos los consumibles para el mantenimiento de las piscinas del polideportivo y exteriores pertenecientes a DUK y que se relacionan como referencia a modo orientativo en el anexo 6. El Adjudicatario asistirá al Contratante en el transcurso de las visitas reglamentarias realizadas por un organismo de control acreditado o por el propio Contratante. Los costes derivados de los controles reglamentarios correrán por cuenta del Contratante. El adjudicatario deberá realizar, durante los 3 primeros meses de contrato, una inspección para señalar todos los aspectos de las instalaciones que incumplan la normativa en vigor.
Mantenimiento Preventivo Condicional y Correctivo. 6.2.5.1 El mantenimiento preventivo condicional intervie­ ne principalmente a partir de las observaciones

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

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  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

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