Mercado Laboral Cláusulas de Ejemplo

Mercado Laboral. A los empresarios se les concede libremente el ingreso temporal al país. Mercados de bienes y servicios. El tratado con el CARICOM le concede a la República Dominicana el derecho de establecer, adoptar, mantener o hacer cumplir: Medio Ambiente. Con el fin de preservar y proteger el medio ambiente, el país aplicará las disposiciones, lineamientos o recomendaciones de: Prioridad media. Fecha de Firma. 16 xx Xxxxx de 1998 Institución responsable: el Ministerio de Relaciones Exteriores. Se creará una unidad para la adminsitración de este tratado. Los próximos pasos inmediatos requeridos. La Asamblea Nacional debe ratificar este tratado de inmediato. Una vez que la República Dominicana ratifique el tratado entrará en vigencia en El Xxxxxxxx y Xxxxx Rica.
Mercado Laboral. Aunque no existe suficiente información disponible sobre el mercado laboral en el área de influencia del proyecto se tomarán como referencia datos aproximados a nivel municipal para observar criterios económicos que permitan obtener indicadores que dan cuenta de quienes tienen capacidad laboral y, entre éstos, quienes están o no ocupados INDICADORES12 BUCARAMANGA En las dos comunas de influencia del Portal Norte, la población en edad de trabajar que habita allí, es decir, los mayores de 12 años, en general, está por encima del 60%, lo cual sugiere que en estas comunidades existe una disponibilidad potencial significativa de recurso humano para participar en las diversas actividades económicas, ya sea al interior de sus comunidades respectivas, o en el contexto del área metropolitana de Bucaramanga. Tomando como referencia los datos consolidados de empleo y desempleo en el municipio de Bucaramanga, la fuerza trabajo y los potenciales generadores de ingresos al interior de los hogares es del 68,7% de la población, en promedio, es decir que más personas por hogar pueden tener disposición o interés de trabajar. Dentro de esta población, los ocupados representan igualmente más del 64%, en comparación a la población desocupada que no superara el 7%, en promedio, a nivel municipal. Es decir, aunque las tasas de desempleo del municipio se han mantenido muy bajas por un periodo, los datos del DANE disponibles para el trimestre móvil de julio a septiembre de 2016, indican que el empleo informal puede ser superior al 54,8%. Así mismo, teniendo en cuenta que esta información puede ser de utilidad para que el desarrollo y construcción del Portal sea generador de empleo en el sector de influencia, se destaca para este mismo periodo que al menos el 6,7% de la población a nivel municipal estaba vinculada laboralmente al sector de la construcción, evidenciando un incremento de dos puntos porcentuales en menos de un año. Esto significa que existe mano de obra calificada en el sector constructivo tanto a nivel municipal como en las comunas y barrios de influencia que puede ser vinculada laboralmente en la ejecución del proyecto.
Mercado Laboral. 19- ¿Estime el número actual de trabajadores de su compañía? 21¿El número de trabajadores de hace 3 años en relación al número actual de trabajadores era : Mayor al número de trabajadores de la actualidad Menor al número de trabajadores de la actualidad. Igual al número de trabajadores actuales

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.