GESTIÓN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

GESTIÓN DEL CONTRATO. Los planes de medios y las diferentes actuaciones publicitarias serán elaborados por la empresa adjudicataria previa solicitud del Departamento de Comunicación y/o Certámenes de la Institución Ferial Alicantina. Y deberán contar con la aprobación del departamento correspondiente, que podrá hacer las salvedades que considere pertinentes, antes de su aprobación. Una vez realizada la campaña, la empresa adjudicataria elaborará el correspondiente plan e informe de evaluación y cierre de la misma que será enviado al departamento solicitante. El informe de cierre incluirá una comparativa entre el plan de medios propuesto y el plan ejecutado, así como las posibles incidencias producidas en la contratación de los medios. En caso de que, por motivos ajenos a la empresa, las inserciones previstas en el plan de medios no se pudiesen realizar, la empresa adjudicataria tendrá que exponer los motivos a la Institución Ferial Alicantina, proponiendo solución alternativa, para su aprobación por el Departamento de Comunicación, y que, en ningún caso, supondrá un perjuicio económico para la Institución. Las inserciones no comunicadas o no aprobadas con carácter previo no serán abonadas por la Institución. La empresa adjudicataria contratará en su propio nombre con los medios y será responsable exclusivo de su pago frente a ellos. La empresa adjudicataria designará, entre su personal, a un Responsable-Coordinador con la Institución Ferial Alicantina que centralice las peticiones y comunicaciones de servicios por ésta, así como el seguimiento de las posibles incidencias. Por su parte, la Institución Ferial Alicantina nombrará un responsable que coordinará y supervisará con la empresa adjudicataria todas las acciones objeto del contrato. Dicho responsable podrá convocar al encargado designado por la empresa adjudicataria para la coordinación de los aspectos operativos del contrato en cualquier momento.
GESTIÓN DEL CONTRATO. 5. PRESUPUESTO.
GESTIÓN DEL CONTRATO. Sin perjuicio de las instrucciones que en cada caso determine el responsable del contrato, el plan de medios y las diferentes actuaciones publicitarias serán elaborados por el adjudicatario previa solicitud de la Dirección de Área de Medios de Comunicación. Asimismo, la aprobación del plan de medios y actuaciones corresponde a la Dirección de Área de Medios de Comunicación. La duración de la campaña estará comprendida aproximadamente entre una y cuatro semanas, acorde a lo que establezca el plan de medios aprobado por la Dirección de Área de Medios. Téngase en cuenta que el inicio del plazo de ejecución se prevé para el día 1 de octubre de 2017, finalizando el día 31 de diciembre de 2017, realizándose la/s campaña/s durante dicho plazo, de acuerdo al número de oleadas que se determine en el Plan de Medios. Si por cualquier circunstancia el inicio del contrato no llegara a producirse el día 1 de octubre de 2017, en la Orden de adjudicación del contrato se establecerá la fecha de inicio. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1258217405663639321694
GESTIÓN DEL CONTRATO. Una vez adjudicada la licitación, se deberá instalar un equipo que permita asegurar el buen desarrollo del proyecto. Para proyectos complejos, se recomienda constituir un comité de administración, compuesto de ejecutivos de alto nivel, con facultades suficientes para poder realizar una adecuada administración del contrato. A este comité responderá un encargado de proyecto que será la contraparte técnica de la empresa proveedora. Esta figura es clave para el éxito del contrato. Por este motivo, se recomienda analizar cuidadosamente las habilidades y conocimientos necesarios para ejercer esta función. En el caso que no exista el perfil adecuado en el organismo, se deberá buscar apoyo externo. Se deben establecer períodos para que la entidad pública pueda revisar las entregas de las soluciones por el proveedor, a fin de aceptarlas o rechazarlas.
GESTIÓN DEL CONTRATO. El adjudicatario se compromete a establecer el suficiente soporte administrativo o informático, que le permita disponer en todo momento de información actualizada de todas y cada una de las instalaciones y a la entera disposición del Servicio Técnico del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, sin coste adicional, en cuanto y sobre: Horas invertidas en preventivos y correctivos. Piezas sustituidas y detalladas con sus referencias.
GESTIÓN DEL CONTRATO. El adjudicatario se compromete a poner a disposición de AIGÜES D’ELX un gestor del contrato (y un suplente) que facilite y agilice la interlocución. El gestor deberá tener la capacidad suficiente y demostrada para atender y proponer soluciones ante las incidencias que procedan. El gestor deberá de tener una capacidad de respuesta igual o inferior a 2 días hábiles cuando se contacte con él. Para demostrar la capacidad del gestor se deberá aportar el currículum del gestor, teniendo que ser este titulado universitario o con al menos 5 años de experiencia en gestión de contratos de energía.
GESTIÓN DEL CONTRATO. En general cumplir con las obligaciones, plazos y procedimiento que el Contrato FIDIC Amarillo 2017 asigna al Ingeniero.
GESTIÓN DEL CONTRATO. OCTAVA.- Los trabajos objeto del presente contrato podrán interrumpirse por mutuo acuerdo entre las partes contratantes. El Departamento/Instituto Universitario de Investigación/Grupo de Investigación ………………….......................................................... de la UBU entregará a la Persona/Universidad/Entidad ……………………….. un informe de los resultados obtenidos hasta el momento de la interrupción y podrá utilizar libremente dichos resultados, siempre que salvaguarde las condiciones estipuladas en las cláusulas novena y siguientes.
GESTIÓN DEL CONTRATO. 2.2.1 Descripción del tratamiento

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  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.