MONTO DE LA GARANTÍA Cláusulas de Ejemplo

MONTO DE LA GARANTÍA. El monto de como Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será por el diez por ciento (10%) del monto contractual, lo que asciende a la suma de ……………………………………………………………. y ../100 NUEVOS SOLES (S/. ……….).
MONTO DE LA GARANTÍA. Para los fines de la Cláusula 12.7 Garantía de Cumplimiento, El VENDEDOR constituirá una Garantía a nombre del COMPRADOR por un monto de Cuatrocientos sesenta y uno mil trescientos treinta y seis (461,336.00) USD. Ambas Partes manifiestan estar de acuerdo con el contenido de todas y cada una de las cláusulas de este Contrato y para constancia firmamos en tres (3) originales de igual validez, en la ciudad de Tegucigalpa, MDC, Departamento Xxxxxxxxx Xxxxxxx, el día del mes de de 2014.
MONTO DE LA GARANTÍA. El monto que como Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será retenida por la DEP/MEM equivale al diez por ciento (10%) del monto del Contrato, lo que asciende a la suma de OCHENTA Y UN MIL CIEN Y 24/100 NUEVOS SOLES (S/. 81 100,24)
MONTO DE LA GARANTÍA. Hasta un monto máximo del veinte por ciento (20%) del monto de la Orden de Compra. GARANTÍA Y/O FUNCIONAMIENTO: CALIDAD DE BUEN -NO APLICA-
MONTO DE LA GARANTÍA. La Garantía de Cumplimiento de Contrato deberá estar constituida en alguna de las formas previstas en el inciso anterior, por el cinco por ciento (5 %) del importe total del CONTRATO. Si el Adjudicatario no integrara dicha garantía dentro del plazo establecido, o lo hiciera en forma defectuosa o insuficiente, la MUNICIPALIDAD podrá dejar sin efecto la adjudicación, en cuyo caso el CONTRATISTA perderá la Garantía de Mantenimiento de Oferta, comunicándose el incumplimiento al Registro Nacional o Provincial, cuando corresponda. En este caso la Autoridad Convocante podrá optar por disponer la adjudicación al oferente que siga en el orden de prelación establecido en el Dictamen de Evaluación, pudiendo repetir este procedimiento sucesivamente las veces que sea necesario para adjudicar el CONTRATO, o por dejar sin efecto la LICITACIÓN, convocando a un nuevo llamado. El CONTRATO quedará perfeccionado únicamente a partir de su suscripción y de la constitución de la Garantía de Cumplimiento del Contrato.
MONTO DE LA GARANTÍA. La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será por el diez por ciento (10%) del monto contractual, lo que equivale a la suma de S/.309,584.28 (Trescientos Nueve Mil Quinientos Ochenta y Cuatro Con 28/100 Nuevos Soles).
MONTO DE LA GARANTÍA. La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será por el diez por ciento (10%) del monto del Contrato, lo que equivale a la suma de .UN MILLON CIENTO SEIS MIL QUINIENTOS DIECISEIS CON 06/100 Nuevos Soles (S/. 1,106,516.06).
MONTO DE LA GARANTÍA. La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será por el diez por ciento (10%) del monto del Contrato, lo que equivale a la suma de NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS XXXXXXX X XXXXX X 00 /000 Xxxxxx Xxxxx (X/. 98,995.68)
MONTO DE LA GARANTÍA a) Garantía de Mantenimiento de Oferta: por la suma de U$S6.000(Dólares estadounidenses seis mil). b) El adjudicatario deberá constituir una Garantía de Cumplimiento de Contrato por un monto equivalente al 10% del monto correspondiente a doce meses de Contrato.

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  • PLAZO DE GARANTÍA 31.1.- El objeto del contrato quedará sujeto al plazo de garantía que se indica en la letra E del Cuadro de características del contrato, o el que, en su caso, se haya establecido en el contrato por mejora del adjudicatario, a contar desde la fecha de recepción o conformidad del suministro, plazo durante el cual la Administración podrá comprobar que el suministro realizado se ajusta a lo contratado y a lo estipulado en el presente Pliego y en el de prescripciones técnicas. 31.2.- Durante el periodo de garantía, el contratista estará obligado a subsanar, a su xxxxx, todas las deficiencias que se puedan observar en los bienes suministrados, con independencia de las consecuencias que se pudieran derivar de las responsabilidades en que hubiere podido incurrir, de acuerdo a lo establecido en el presente Pliego y en el TRLCSP. 31.3.- Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados la Administración tendrá derecho a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente. 31.4.- Durante este plazo de garantía el contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados. 31.5.- Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar 31.6.- Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • CUMPLIMIENTO DE LA LEY El Contratista cumplirá con todas las leyes, ordenanzas, reglas y reglamentaciones que se relacionen con sus obligaciones conforme al presente Contrato.