Common use of NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO Clause in Contracts

NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y Públicas; el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible ; el Decreto 3850/1970, de un documento electrónico administrativo archivado 31 de diciembre, por el Servicio Murciano que se aprueban los Pliegos de SaludCláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras en lo que esté vigente, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 y demás normas de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicasdesarrollo aplicables. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Público Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato. Documento firmado electrónicamente por XXXXXX XXX XXXXXXXXXXX - DNI 00000000X como JEFA DE SERVICIO de SERVICIO DE OBRAS Y CONTRATACIÓN. Fecha de la firma 26/02/2014 09:13:27. ESTE DOCUMENTO ES VÁLIDO SÓLO EN FORMATO ELECTRÓNICO.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que Acuerdo Marco y los contratos en él basados se regula regulan por el presente Xxxxxx Pliego es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y Públicas; el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector PúblicoPúblico y demás normas de desarrollo aplicables. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación contratación. En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta La/s empresa/s acepta/n de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; Público y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. Región xx Xxxxxx Consejería de Sanidad y Política Social La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que en base a este pliego se regula realice tendrá carácter administrativo, rigiéndose por el presente Xxxxxx es pliego y el resto de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismola documentación técnica que lo acompaña. Para En todo lo no previsto en presente Pliego, él se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente estará a lo dispuesto en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/200730/2007, de 22 00 xx xxxxxxxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx; en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de acceso electrónico 12 de los ciudadanos octubre, en lo que xx xx xxxxxx xx XXXxx 0/0000; y en las demás normas que, en su caso, sean de aplicación a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, contratación de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación las Administraciones Públicas. En caso de discrepancia contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego resto de Prescripciones Técnicas o la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego. En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Vigésima Sexta del TRLCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo. Las cuestiones controvertidas que se puedan derivarse del presente contrato formalizadoserán resueltas por el órgano de contratación, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión cuyos acuerdos pondrán fin a la Legislación, al Pliego vía administrativa y a podrán ser impugnados directamente ante la jurisdicción contenciosocontencioso administrativa, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la interposición del recurso especial en materia de contratación regulado por los artículos 40 a 49 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, o cualquiera de los regulados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Basauri, cinco de septiembre del 2012 EL JEFE DE SECCIÓN ASESORIA JURIDICA D.......................................................................................................................................con domicilio en.......................................................................................CP....................., D.N.I. nº , teléfono..........................e-administrativa mail....................................................................... en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de....................................................................................................................... con domicilio en.......................................................................................................................... CP..........................., teléfono........................................., y D.N.I. o C.I.F. (según se trate de persona física o jurídica) nº........................................), enterado del procedimiento abierto convocado por. , para la contratación de.......................................................................................................................... ..................................................................................................................declaro:

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion De Servicios Por Procedimiento Abierto Para La Revisión Del Plan General De Ordenación Urbana De Basauri

NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): Público Documento electrónico del Servicio Murciano de Salud, según Ley 11/2007, firmado a 04/04/2017 10:31, por: XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible La autenticidad de un este documento electrónico administrativo archivado por puede ser comprobada mediante el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud 7040882BE4A2D85A3C53A90E840C1E9B Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. Documento electrónico del Servicio Murciano de Salud, según Ley 11/2007, firmado a 26/10/2016 13:34, por: XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación (CSV): 692F0610DF259B34470371A71BDF8F53 La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que resultante de la resolución del presente Concurso Público se regula por el presente Xxxxxx tipifica como de gestión de servicios públicos en su modalidad de Concesión y es de naturaleza administrativa y se administrativa. Se regirá por las Cláusulas contenidas cláusulas de este Pliego y en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de Régimen Local vigentes al celebrarse la legislación vigente licitación y durante el desarrollo del contrato, la Ley 7/85, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en material materia de contratación administrativaRégimen Local y concordantes, así como el Real Decreto 1.372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales en especial lo que pudiera ser de aplicación, y el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001. Supletoriamente regirán las restantes normas del derecho administrativo y en su defecto las del derecho privado. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación de las disposiciones xxx Xxxxxx serán resueltas, de 12 de octubreen primer lugar, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente Administración contratante contra cuyas resoluciones podrán interponerse los recursos administrativos procedentes o acudir a la Ley de Contratos del Sector Públicojurisdicción Contencioso Administrativa. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego resto de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizadola documentación técnica unida al expediente, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa prevalecerá lo dispuesto en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contratoeste Pliego.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Servicio De Gestión Integral De Las Instalaciones Deportivas Bekoerrota Kiroldegia Y Altzate Igerilekuak De Lezo

NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato a que se regula por refiere el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa pliego tiene carácter privado, y se regirá rige por los preceptos básicos que señala la Ley 33/2003 de 3 noviembre 2003, de Patrimonio de las Cláusulas contenidas Administraciones Públicas (en adelante LPAP) en su Disposición Final Segunda. Esta Ley tiene por objeto establecer las bases del régimen patrimonial de las Administraciones Públicas, entre otras, el mismode las Entidades que integran la Administración Local, constituyendo legislación básica en materia de enajenación de bienes el art. Para todo 110 que prevé que los contratos, convenios y demás negocios jurídicos sobre bienes y derechos patrimoniales se regirán, en cuanto a su preparación y adjudicación po esta ley y sus disposiciones de desarrollo y, en lo no previsto en presente Pliegoestas normas, por la legislación de contratos de las Administraciones públicas. Sus efectos y extinción se aplicarán regirán por esta ley y las disposiciones normas de derecho privado. Además de la legislación vigente básica antes vista, el régimen jurídico de las enajenaciones viene establecido en material la Ley 7/1999, de contratación administrativa29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía (en adelante LBELA), que prevé en su art. 16 y siguientes, y el art. 32 del Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía (en adelante RBELA). En cuanto a sus efectos y extinción, en especial lo no previsto en la normativa antes citada (LBELA y RBELA), se regulará conforme a lo establecido en el Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, así como las restantes normas de Derecho Privado y supletoriamente por las restantes normas de los ordenamientos jurídicos administrativos. Los bienes integrantes del Patrimonio Municipal del Suelo se rigen por lo dispuesto en el art. 76 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante LOUA). Así mismo, de conformidad con lo dispuesto en el art. 4.1.p) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; Público (en adelante TRLCSP) los contratos de compraventa sobre bienes inmuebles tendrán siempre el Real Decreto 1098/2001carácter de contratos privados y se regirán por la legislación patrimonial, de 12 de octubre, por añadiendo el art. 4.2 que se aprueba el Reglamento general regulará por sus normas especiales, aplicándose los principios de la Ley de Contratos de esta ley para resolver las Administraciones Públicas dudas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, lagunas que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Públicopudieran presentarse. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia entre el El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Condiciones Económico Administrativas, el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás documentos anexos, revestirán carácter contractual. En caso de discordancia entre el Pliego de cláusulas jurídico administrativas y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el de cláusulas jurídico administrativas, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato. pie_firma_corto_dipu_01 Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf.: 000 000 000 Fax: 000 000 000 Web: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx Código seguro de verificación (CSV): ADBC054AFB8D8BEB3EC8 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx. Firmado por El Secretario General Acctal. XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXX el 29/1/2016 El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o el contrato formalizadode las instrucciones, predominará el primero pliegos o normas de ellos. La empresa acepta toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de forma expresa aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá de la obligación de su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contratocumplimiento.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Público Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación contratación. En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Documento firmado electrónicamente por XXXXXX XXX XXXXXXXXXXX - DNI 00000000X como JEFA DE SERVICIO de SERVICIO DE OBRAS Y CONTRATACIÓN. Fecha de la firma 18/12/2014 08:51:32. ESTE DOCUMENTO ES VÁLIDO SÓLO EN FORMATO ELECTRÓNICO. Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa contencioso‐administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación Documento firmado electrónicamente por XXXXXX XXX XXXXXXXXXXX - DNI 00000000X como JEFA DE SERVICIO de SERVICIO DE OBRAS Y CONTRATACIÓN. Fecha de la firma 20/07/2015 12:11:18. ESTE DOCUMENTO ES VÁLIDO SÓLO EN FORMATO ELECTRÓNICO. En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato a que se regula por refiere el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa pliego tiene carácter privado, y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismosu régimen jurídico viene determinado por: - Art. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el 4.1.p) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; Público (en adelante TRLCSP) que establece que los contratos de compraventa, donación, permuta, arrendamiento y demás negocios jurídicos análogos sobre bienes inmuebles tendrán siempre el Real Decreto 1098/2001carácter de contratos privados y se regirán por la legislación patrimonial, añadiendo el art. 4.2 que se regulará por sus normas especiales, aplicándose los principios de esta ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. - Art. 103.3 de la Ley 33/2003 de 3 noviembre 2003, de 12 Patrimonio de octubrelas Administraciones Públicas (en adelante LPAP) que prevé que la jurisdicción civil será la competente para resolver las controversias que surjan sobre estos contratos entre las partes. No obstante, se consideran actos jurídicos separables los que se dicten en relación con su preparación y adjudicación y, en consecuencias, podrán ser impugnados ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo de acuerdo con su normativa reguladora. - Art. 10 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía (en adelante LBELA) y el art. 19 del Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento general de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía (en adelante RBELA.) que establecen que la adquisición de bienes y derechos a título oneroso se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación, por la normativa reguladora de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común contratación de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente- En cuanto a sus efectos y extinción, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en lo no previsto en la licitaciónnormativa antes citada (LBELA y RBELA), será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos se regulará conforme a los Servicios Públicos; lo establecido en el Real Decreto 1671/20091372/1986, de 6 de noviembre13 xx xxxxx, por el que se desarrolla parcialmente aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, la Ley 11/200729/1994, de 22 xx xxxxx24 de noviembre, de acceso electrónico Arrendamientos Urbanos, el Código Civil y demás normas de Derecho Privado que le sean de aplicación, y supletoriamente por las restantes normas de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005ordenamientos jurídicos administrativos. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de 29 xx xxxxx los documentos anexos que regula el empleo forman parte del mismo, o de medios electrónicos las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en procedimientos la ejecución de contratación En caso lo pactado, no eximirá de discrepancia entre el Pliego la obligación de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contratocumplimiento.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Público Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. Documento electrónico del Servicio Murciano de Salud, según Ley 11/2007, firmado a 14/06/2017 10:48, por: XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación (CSV): 5230EA2FD401A9F8A8691AD7AC0F7F10 La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Región xx Xxxxxx Consejería de Sanidad y Política Social Página 34 de 45 Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Público Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. Documento electrónico del Servicio Murciano de Salud, según Ley 11/2007, firmado a 18/10/2017 12:33, por: XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación (CSV): F4F67AD13435958C2221216555F2E8E4 La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): Público Documento electrónico del Servicio Murciano de Salud, según Ley 11/2007, firmado a 18/10/2017 12:43, por: XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible La autenticidad de un este documento electrónico administrativo archivado por puede ser comprobada mediante el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud B196F242AD01EBB4A109501BCC5CF263 Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 22/02/2018 09:38 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): FA1A332990A194FEE0BA3ED6ECCE4A1D Región xx Xxxxxx Consejería de Salud En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por de concesión demanial tiene naturaleza patrimonial, excluido del TRLCSP en base al artículo 4, apartado o) de referido texto legal, al tener como objeto el presente Xxxxxx es uso privativo de naturaleza administrativa un bien de dominio público, destinado a uso público, y se regirá regirá, según el citado precepto, por su legislación específica, salvo en los casos en que expresamente se declaren de aplicación las Cláusulas contenidas en el mismoprescripciones de dicho texto legal. Para todo lo no previsto en presente PliegoEn consecuencia, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativaaplicará los artículos 91.1, en especial el Real Decreto Legislativo 3/20112 y 4; 03.1, de 14 de noviembre2, por el que se aprueba el texto refundido 3 y 4 y 94 de la Ley 33/2003 de Contratos 3 de Noviembre, del Sector Público; el Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP), por su carácter de preceptos básicos (a tenor de su D. Final Segunda). Los artículos 78 y 91 del Real Decreto 1098/20011372/1986, de 12 de octubre13 xx Xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos Bienes de las Administraciones Públicas Entidades Locales (RBEL). En cuanto a su preparación y el Real Decreto 817/2009adjudicación, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitaciónprevia licitación pública, será de aplicación la Ley 11/2007el R.D. Legislativo nº 3/2011, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre14-11-2011 (TRLCSP), por remisión a la misma según dispone el artículo 78.2 del RBEL, en concordancia con el artículo 4.1.o) del TRLCSP. Asimismo, se aplicarán las siguientes Ordenanzas municipales: - Reguladora de Establecimientos y Actividades para la Protección del Medio Ambiente contra la Emisión de ruidos y vibraciones. - Para la prevención del Alcoholismo y Tabaquismo. - Reguladora de la venta realizada fuera del establecimiento comercial permanente y realización de actividades en la vía pública. - Reguladora de la utilización privativa o aprovechamientos especiales por la ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa. El concesionario quedará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral, seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo y normativa sanitaria vigente y las disposiciones de Defensa de Consumidores y Usuarios. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del concesionario no implicará responsabilidad alguna para este Administración Municipal. El Orden Jurisdiccional Contencioso- Administrativo será el competente para resolver las controversias que se desarrolla parcialmente surjan entre las partes durante la Ley 11/2007vigencia del contrato, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos correspondiendo al órgano de contratación En caso las prerrogativas para interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de discrepancia entre el Pliego interés público, acordar su resolución y determinar sus efectos. Salamanca, 13 de Cláusulas Administrativas Particulares Febrero de 2.013 La Adjunto Jefe del Servicio de Contratación y el Pliego Bienes Fdo.: Xxxxxxxx Xxxxx Xxxx. D. , mayor de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizadoedad, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislacióncon domicilio en , al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa efectos de notificaciones actuando en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contratonombre propio (ó en representación de , C.I.F. nº , según acredita mediante poder notarial bastante).

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Público Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato. Documento firmado electrónicamente por XXXXXX XXX XXXXXXXXXXX - DNI 00000000X como JEFA DE SERVICIO de SERVICIO DE OBRAS Y CONTRATACIÓN. Fecha de la firma 01/07/2015 12:34:44. ESTE DOCUMENTO ES VÁLIDO SÓLO EN FORMATO ELECTRÓNICO.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 14/12/2017 14:45 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 8E0FC967C224B6A475A00B5ABBAB2E44 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación Documento firmado electrónicamente por XXXXXX XXX XXXXXXXXXXX - DNI 00000000X como JEFA DE SERVICIO de SERVICIO DE OBRAS Y CONTRATACION. Fecha de la firma 25/04/2016 17:52:13. ESTE DOCUMENTO ES VÁLIDO SÓLO EN FORMATO ELECTRÓNICO. En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El presente contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliegotiene carácter privado, se aplicarán las disposiciones como resulta del artículo 20.1 del Texto Refundido de la legislación vigente en material Ley de contratación administrativaContratos del Sector Público, en especial el aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembrenoviembre (en adelante TRLCSP), que confiere este carácter a los contratos que tengan por objeto servicios comprendidos en la categoría 6 del Anexo II, entre los que se encuentra el contrato de seguros. De conformidad con el artículo 20.2 del TRLCSP “Los contratos privados se regirán, en cuanto a su preparación y adjudicación, en defecto de normas específicas, por la presente ley y sus disposiciones de desarrollo, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho administrativo o, en su caso, las normas de derecho privado, según corresponda por razón del sujeto o entidad contratante. En cuanto a sus efectos y extinción, estos contratos se regirán por el derecho privado”. Así, en cuanto a su preparación y adjudicación se regirá por el TRLCSP, el RD 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, el RD 1098/2001, de 12 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (TRLCAP), el presente Pliego de Cláusulas Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas. Supletoriamente se regirá por las restantes normas de Derecho Administrativo. En cuanto a sus efectos y extinción serán de aplicación la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, el presente Pliego de Cláusulas Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas, el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas ordenación y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico supervisión de los ciudadanos a los Servicios Públicos; seguros privados, el Real Decreto 1671/2009, Código de 6 Comercio y demás normativa de noviembre, por el derecho privado que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contratoresulte aplicable.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Público Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 16/01/2018 14:46 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 BA66EC95D07A857A4827F98B2CDD6C5A Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; Público y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden Documento firmado electrónicamente por XXXXXX XXX XXXXXXXXXXX - DNI 00000000X como JEFA DE SERVICIO de SERVICIO DE OBRAS Y CONTRATACION. Fecha de la firma 20/04/2016 14:12:55. ESTE DOCUMENTO ES VÁLIDO SÓLO EN FORMATO ELECTRÓNICO. EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Documento firmado electrónicamente por XXXXXX XXX XXXXXXXXXXX - DNI 00000000X como JEFA DE SERVICIO de SERVICIO DE OBRAS Y CONTRATACIÓN. Fecha de la firma 24/04/2015 13:22:57. ESTE DOCUMENTO ES VÁLIDO SÓLO EN FORMATO ELECTRÓNICO. Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa contencioso‐administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa contencioso‐administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. Documento electrónico del Servicio Murciano de Salud, según Ley 11/2007, firmado a 23/05/2017 14:34, por: XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación (CSV): 57A3F737400BE679A5C57A357B5383F0 El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Público Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo. Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 26/02/2018 09:57 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): 08A906CF32B7EBF1B8C7F06DE3AFADD8 Región xx Xxxxxx Consejería de Salud Público Específicamente, para el caso de aplicarse medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación, será de aplicación la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de contratación Documento firmado electrónicamente por XXXXXX XXX XXXXXXXXXXX - DNI 00000000X como JEFA DE SERVICIO de SERVICIO DE OBRAS Y CONTRATACION. Fecha de la firma 25/05/2016 14:39:57. ESTE DOCUMENTO ES VÁLIDO SÓLO EN FORMATO ELECTRÓNICO. En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.

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