Common use of NORMATIVA DE APLICACIÓN Clause in Contracts

NORMATIVA DE APLICACIÓN. En el desarrollo de todas las prestaciones derivadas de los trabajos objeto del presente Contrato, será de obligado cumplimiento toda la normativa técnica y de seguridad e higiene vigente, así como toda la que pueda ser de aplicación por las características de las obras e infraestructuras a realizar. En particular serán de aplicación la normativa siguiente:  Reglamento 1.303/2013, de 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxx Xxxxxxxxxx Europeo y del Consejo  Orden HAP/2427/2015, de 13 de noviembre, por la que se aprueban las bases y la primera convocatoria para la selección de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado que serán cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2017-2020  Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público  Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y su modificación aprobada por Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx  Real Decreto 337/2010, de 19 xx xxxxx, por el que se modifican el RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.  Real Decreto 1.119/2007, de 24 xx xxxxxx, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la Construcción  Real Decreto 1.627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción  Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales  Ley 9/2014, de 9 xx xxxx, General de Telecomunicaciones  Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002 de 2 xx xxxxxx de 2002 (BOE nº 224 de 18 de septiembre de 2002) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, en especial la ITC-BT 09 que se refiere al alumbrado exterior  Real Decreto 1.890/2008, por el que se aprueba el Reglamento de Eficiencia Energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-EA-0l a ITC-EA-07 y la Guía de Interpretación  Decreto 357/2010, de 3 xx xxxxxx, de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética y su modificación por Decreto 75/2014, de 11 xx xxxxx  Requerimientos Técnicos exigibles para luminarias con tecnología LED de Alumbrado Exterior del IDEA y del Comité Español de Iluminación vigente  Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del consejo de 8 xx xxxxx de 2011, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (Restriction of Hazardous Substances) RoHS Adicionalmente, por tratarse de obras subvencionadas con Fondos Europeos de Desarrollo Regional dirigidos a Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado y más en concreto, a la línea de actuación dirigida a “MEDIDAS DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EDIFICIOS PÚBLICOS Y ALUMBRADO EXTERIOR”, la oferta deberá cumplir toda la normativa europea de aplicación, tanto de carácter general como específica de la línea de actuación, así como la de trasposición a la normativa española.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Particulares

NORMATIVA DE APLICACIÓN. En el desarrollo de todas las prestaciones derivadas de los trabajos objeto del presente ContratoCumprirase toda a normativa vixente que se refira ás instalacións incluídas neste contrato, será de obligado cumplimiento toda la normativa técnica y de seguridad e higiene vigente, así como toda la laboral ou outras que pueda poidan ser de aplicación por las características de las obras e infraestructuras a realizaraplicación. En particular Cando se aprobasen novas normas mentres o contrato estea en vigor tamén serán de aplicación la normativa siguienteobrigado cumprimento. A título meramente informativo algunhas das normas a cumprir son as seguintes:  Reglamento 1.303/2013DIRECTIVA 2003/54/CE do Parlamento Europeo e do Consello de 26 de xuño de 2003 sobre normas comúns para o mercado interior da electricidade e pola que se deroga a Directiva 96/92/CE Ley 31/2007, de 00 xx xxxxxxxxx xx 000030 de outubro, xxx Xxxxxxxxxx Europeo y del Consejo  Orden HAP/2427/2015sobre procedementos de contratación nos sectores do auga, enerxía, transportes e servizos postais Ley 30/2007, de 13 30 de noviembre, por la que se aprueban las bases y la primera convocatoria para la selección de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado que serán cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2017-2020  Ley 9/2017, de 8 de noviembreoutubro, de Contratos del do Sector PúblicoPúblico Ley 17/2007, por la de 4 de xullo, pola que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del modifica x Xxx 54/1997, de 27 de novembro, do Sector Eléctrico, para adaptala ó disposto na Directiva 2003/54/CE do Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UEe do Consello, de 26 de febrero xuño de 2014Ley 9/20172003, sobre normas comúns para o mercado interior da electricidade Ley 53/2002, de 30 de decembro, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. Ley 54/1997, de 27 de novembro, do Sector Eléctrico. Ley 31/95 de 8 de noviembrenovembro, de Contratos del Sector Público  Prevención de Riscos Laborales Real Decreto 1098/2001Decreto-Ley 7/2006, de 12 23 de octubrexuño, por el polo que se aprueba adoptan medidas urgentes en el Reglamento general sector energético. (Modifica x Xxx 54/1997, do sector eléctrico e a Ley 34/1998, de Hidrocarburos). Real Decreto-Ley 6/2000, de 23 de xuño, de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y Servicios (Títulos I y II) Real Decreto-Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y su modificación aprobada por Real Decreto 773/20156/1999, de 28 xx xxxxxx  Real Decreto 337/2010, de 19 16 xx xxxxx, por el de medidas urgentes de liberalización e incremento de la competencia (Capítulo IV y capítulo VIII, Artículo 10.1) Real Decreto 871/2007, de 29 de xuño, polo que se modifican el RD 39/1997, axustan as tarifas eléctricas a partir do 1 de 17 xullo de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.  2007 Real Decreto 1.119/20071110/2007, de 24 xx xxxxxx, por el polo que se desarrolla la Ley 32/2006aproba o Reglamento unificado de puntos de medida del Sistema Eléctrico. Real Decreto 1634/2006, de 18 29 de octubredecembro, reguladora que establece la tarifa eléctrica a partir del 1 de la subcontratación en el sector enero de la Construcción  2007. Real Decreto 1.627/19971454/2005, de 24 2 de octubredecembro, polo que se modifican determinadas disposiciones relativas al sector eléctrico. (Modifica o RD 2019/1997, o RD 1955/2000, o RD 1164/2001, o RD 2018/1997, o RD 1435/2002 e o RD 436/2004) Real Decreto 1432/2002, de 27 de decembro, por el que se establecen disposiciones mínimas establece la metodología para la aprobación o modificación de seguridad la tarifa eléctrica media o de referencia y salud en las obras de construcción  Ley 31/1995se modifican algunos artículos del Real Decreto 2017/1997, de 8 26 de noviembredecembro, polo que se organiza y regula el procedimiento de liquidación de los costes de transporte, distribución y comercialización a tarifa, de prevención los costes permanentes del sistema y de riesgos laborales  Ley 9/2014los costes de diversificación y seguridad de abastecimiento. Real Decreto 1454/2005, de 9 xx xxxx2 de decembro, General de Telecomunicaciones  Reglamento Electrotécnico para Baja Tensiónpolo que se modifican determinadas disposiciones relativas al sector eléctrico. (Modifica o RD 2019/1997, aprobado por el o RD 1955/2000, o RD 1164/2001, o RD 2018/1997, o RD 1435/2002 e o RD 436/2004) Real Decreto 842/2002 2351/2004, de 2 xx xxxxxx 23 de 2002 (BOE nº 224 de 18 de septiembre de 2002) y sus Instrucciones Técnicas Complementariasdecembro, en especial la ITC-BT 09 polo que se refiere al alumbrado exterior  modifica el procedimiento de resolución de restricciones técnicas y otras normas reglamentarias xxx xxxxxxx eléctrico. Real Decreto 1.890/20081747/2003, por el de 19 de decembro, polo que se aprueba regulan los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares. Real Decreto 1432/2002, de 27 de decembro, polo que se establece a metodoloxía para a aprobación ou modificación da tarifa eléctrica media ou de referencia e se modifican algúns artigos do R.D. 2017/1997, de 26 de decembro, polo que se organiza e regula o procedemento de liquidación dos custes de transporte, distribución e comercialización a tarifa, dos custes permanentes do sistema e dos custes de diversificación e seguridade do abastecemento. Real Decreto 1435/2002, de 27 de decembro, polo que se regulan las condiciones básicas de los contratos de adquisición de energía y de acceso a las redes en baja tensión. Real Decreto 385/2002, de 26 xx xxxxx, que modifica o Real Decreto 2018/1997, de 26 de decembro, polo que se aproba el Reglamento de Eficiencia Energética en puntos de medida de los consumos y tránsitos de energía eléctrica. Real Decreto 1164/2001, de 26 de outubro, polo que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica. Real Decreto 1955/2000, de 1 de decembro, que regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-EA-0l a ITC-EA-07 y la Guía de Interpretación  energía eléctrica. Real Decreto 357/20102019/1997, de 3 xx xxxxxx26 de decembro, que organiza y regula el mercado de producción de energía eléctrica. Real Decreto 2018/1997, de la Consejería 26 de Medio Ambiente decembro, que aproba o reglamento de la Junta puntos de Andalucíamedida de los consumos y tránsitos de energía eléctrica. Real Decreto 39/1997, por el de 17 de xaneiro polo que se aprueba el aproba o Reglamento para la Protección de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento los servicios de medidas de ahorro y eficiencia energética y su modificación por Decreto 75/2014, de 11 xx xxxxx  Requerimientos Técnicos exigibles para luminarias con tecnología LED de Alumbrado Exterior del IDEA y del Comité Español de Iluminación vigente  Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del consejo de 8 xx xxxxx de 2011, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (Restriction of Hazardous Substances) RoHS Adicionalmente, por tratarse de obras subvencionadas con Fondos Europeos de Desarrollo Regional dirigidos a Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado y más en concreto, a la línea de actuación dirigida a “MEDIDAS DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EDIFICIOS PÚBLICOS Y ALUMBRADO EXTERIOR”, la oferta deberá cumplir toda la normativa europea de aplicación, tanto de carácter general como específica de la línea de actuación, así como la de trasposición a la normativa española.prevención

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Contrato De Suministros

NORMATIVA DE APLICACIÓN. En el desarrollo de todas El adjudicatario deberá cumplir las prestaciones derivadas de los trabajos objeto del presente Contrato, será de obligado cumplimiento toda siguientes condiciones sin cargo alguno al Ayuntamiento: La empresa adjudicataria deberá cumplir la normativa técnica sectorial de aplicación vigente para cada unidad de obra del presupuesto. El Adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral de Seguridad y Salud y Seguridad Social. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del Adjudicatario o la infracción de las disposiciones sobre Seguridad y Salud por cualquier persona dependiente de él, no implicará responsabilidad alguna para el Ayuntamiento xx Xxxxx. Normativa a cumplir, entre otras: Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I • R.D. 1627/97 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción. • Código técnico de la Edificación CTE RD 314/2006. • Plan General de Ordenación Urbana xx Xxxxx. • Ley del Ruido.R.D. 1367/2007, de 19 de octubre que desarrolla la Ley 37/2007 en lo referente a la zonificación acússtica, objetos de calidad y emisiones acústicas. • Decreto 78/1999, de 27 xx xxxx, por el que regula el régimen de protección contr la contaminación acústica de la CAM. • Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e higiene vigente, así como toda la que pueda ser instrucciones técnicas complementarias RD 842/2002. • Reglamento técnico de aplicación por las características desarrollo en materia de las obras e infraestructuras a realizarPromoción de Accesibilidad y Supresión xx Xxxxxxxx Arquitectónicas. En particular serán de aplicación la normativa siguiente:  Reglamento 1.303/2013Decreto 13/2007, de 00 xx xxxxxxxxx xxxxx XXXX, num 96 de 24 xx 0000, xxx Xxxxxxxxxx Europeo xxxxx de 2007. • Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales. • R.D. 485.Disposiciones mínimas de seguridad y del Consejo  Orden HAP/2427/2015, salud en materia de 13 señalización. • R.D. 486 Disposiciones mínimas de noviembre, por seguridad y salud en lugares de trabajo. • R.D. 487.Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la que se aprueban las bases y la primera convocatoria para la selección manipulación manual de Estrategias cargas. • • R.D. 842./2002 de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado que serán cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2017-2020  Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público  Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, 2 xx xxxxxx por el que se aprueba el Reglamento general electrotécnico de baja tensión. Con la redacción del presente pliego de cláusulas técnicas se entienden suficientemente definidas las condiciones técnicas que deben regir en el procedimiento para la contratación de la Ley ejecución de Contratos de las Administraciones Públicas y su modificación aprobada por Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx  Real Decreto 337/2010, de 19 xx xxxxx, por el que se modifican el RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.  Real Decreto 1.119/2007, de 24 xx xxxxxx, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la Construcción  Real Decreto 1.627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción  Ley 31/1995, remodelación y mejora de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales  Ley 9/2014, de 9 xx xxxx, General de Telecomunicaciones  Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002 de 2 xx xxxxxx de 2002 (BOE nº 224 de 18 de septiembre de 2002) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, en especial la ITC-BT 09 que se refiere al alumbrado exterior  Real Decreto 1.890/2008, por el que se aprueba el Reglamento de Eficiencia Energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-EA-0l a ITC-EA-07 y la Guía de Interpretación  Decreto 357/2010, de 3 xx xxxxxx, los vestuarios del pabellón polideportivo municipal de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucíacalle Xxxxxxxx xx Xxxxx. En Xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética y su modificación por Decreto 75/2014, de 11 xx xxxxx  Requerimientos Técnicos exigibles para luminarias con tecnología LED de Alumbrado Exterior del IDEA y del Comité Español de Iluminación vigente  Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del consejo de 8 2 xx xxxxx de 2011, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (Restriction of Hazardous Substances) RoHS Adicionalmente, por tratarse de obras subvencionadas con Fondos Europeos de Desarrollo Regional dirigidos a Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado y más en concreto, a la línea de actuación dirigida a “MEDIDAS DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EDIFICIOS PÚBLICOS Y ALUMBRADO EXTERIOR”, la oferta deberá cumplir toda la normativa europea de aplicación, tanto de carácter general como específica de la línea de actuación, así como la de trasposición a la normativa española.2010 Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

NORMATIVA DE APLICACIÓN. En el desarrollo de todas las prestaciones derivadas de los trabajos objeto del presente ContratoLas instalaciones que se realicen estarán sujetas, será de obligado cumplimiento toda en todo momento, a la normativa técnica legislación y de seguridad e higiene vigente, así como toda la reglamentación vigente en esta materia o en cualquier otra que pueda ser afectar al servicio objeto de aplicación por las características contratación. La empresa que resulte adjudicataria, con carácter previo al inicio de las obras e infraestructuras a realizarla prestación del servicio, deberá proceder según regule cualquier normativa o reglamentación vigente. En particular serán Entre otras, se deberá cumplir la siguiente Normativa: • Ley 23/1992 de aplicación la normativa siguiente:  Reglamento 1.303/201330 de Julio, de 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxx Xxxxxxxxxx Europeo y del Consejo  Orden HAP/2427/2015, de 13 de noviembre, por la que se aprueban las bases y la primera convocatoria para la selección de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado que serán cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2017-2020  Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público  Seguridad Privada. • Real Decreto 1098/2001, 2364/1994 de 12 9 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y su modificación aprobada por Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx  Real Decreto 337/2010, de 19 xx xxxxx, por el que se modifican el RD 39/1997, de 17 de eneroDiciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de PrevenciónSeguridad Privada. Real Decreto 1.119/2007842/2002, de 24 xx xxxxxx, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la Construcción  Real Decreto 1.627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción  Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales  Ley 9/2014, de 9 xx xxxx, General de Telecomunicaciones  Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002 de 2 xx xxxxxx de 2002 (BOE nº 224 de 18 de septiembre de 2002) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, en especial la ITC-BT 09 que se refiere al alumbrado exterior  Real Decreto 1.890/2008, por el que se aprueba el Reglamento de Eficiencia Energética en instalaciones de alumbrado exterior Electrotécnico para Baja Tensión, y sus instrucciones técnicas complementarias Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-EA-0l BT. Se cumplirán igualmente todas las modificaciones posteriores a ITC-EA-07 dicha Norma. • Código Técnico de la Edificación, según RD 314/2006 de 17 xx xxxxx, y la Guía de Interpretación  Decreto 357/2010sus documentos básicos. • Ley Orgánica 15/1999, de 3 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal De forma explícita, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 23/1992 de 30 de Julio, de Seguridad Privada, así como en el artículo 1 y 39.1 del Real Decreto 2364/1994 de 9 de Diciembre, el contratista debe estar inscrito en el Registro de Empresas de Seguridad del Ministerio del Interior, estando autorizado a la “instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad”. Así mismo, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de Seguridad Privada y en el artículo 20 del Reglamento de Seguridad Privada, la instalación de equipos de seguridad (y por tanto el sistema de vídeo vigilancia objeto del presente concurso) deberá consignarse por escrito, con arreglo al modelo oficial, y comunicarse al Ministerio del Interior en la forma establecida, de acuerdo con lo dispuesto en los apartados 17 y 18 de la Orden Ministerial de 23 xx xxxxxxxxxxx de 1997 por los que se concretan determinados aspectos en materia de empresas de seguridad. Según la Instrucción 1/2006, de 6 de Noviembre, de la Consejería Agencia Española de Medio Ambiente Protección de Datos, que define el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras, publicada en el BOE de 12 de Diciembre de 2006, es imprescindible: • Las grabaciones tendrán que inscribirse en la Junta agencia española de Andalucíaprotección de datos. • Las grabaciones deberán ser eliminadas en el plazo máximo de un mes. • En los casos en los que no existan distintivos identificativos, por se colocarán los distintivos informativos, identificando el responsable ante quien ejerce los derechos de protección de datos. Por tanto la empresa adjudicataria deberá realizar la inscripción en la agencia española de protección de datos, solicitando para ello la documentación precisa al EPPIB, los sistemas ofertados procurarán la eliminación de las grabaciones con anterioridad al plazo máximo fijado, y se encargará de suministrar y colocar los carteles o pegatinas informativos, según modelo normalizado, en todos los centros en los que se aprueba el Reglamento para la Protección prevé instalar vídeo vigilancia con los responsables designados por Ports de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética y su modificación por Decreto 75/2014, de 11 xx xxxxx  Requerimientos Técnicos exigibles para luminarias con tecnología LED de Alumbrado Exterior del IDEA y del Comité Español de Iluminación vigente  Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del consejo de 8 xx xxxxx de 2011, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (Restriction of Hazardous Substances) RoHS Adicionalmente, por tratarse de obras subvencionadas con Fondos Europeos de Desarrollo Regional dirigidos a Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado y más en concreto, a la línea de actuación dirigida a “MEDIDAS DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EDIFICIOS PÚBLICOS Y ALUMBRADO EXTERIOR”, la oferta deberá cumplir toda la normativa europea de aplicación, tanto de carácter general como específica de la línea de actuación, así como la de trasposición a la normativa españolales Xxxxx Balears.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Del Concurso De Suministro E Instalación De Sistemas De Vídeo

NORMATIVA DE APLICACIÓN. En Se deberá satisfacer toda la normativa nacional de referencia en lo relativo al contenido de este Pliego, así como cualquier otra norma de aplicación vigente durante el período de duración del contrato de carácter municipal, autonómico, nacional o comunitario que resulte de aplicación en el desarrollo de todas la actividad de venta al por menor de combustibles a terceros, en la distribución al por menor de productos petrolíferos, en las prestaciones derivadas propias especificaciones y características de los trabajos objeto combustibles, en la metrología y control de precios de los productos petrolíferos, en el transporte de los productos petrolíferos, así como en lo referente a las medidas de seguridad, la prevención de riesgos laborales, la protección del presente Contratomedio ambiente, será etc. A continuación se presenta un listado no exhaustivo donde se relaciona la normativa más representativa de obligado cumplimiento toda la normativa técnica y de seguridad e higiene vigente, así como toda la que pueda ser de aplicación por las características de las obras e infraestructuras parte del adjudicatario a realizar. En particular serán de aplicación la normativa siguientetitulo informativo:  Reglamento 1.303/2013Ley 3/1985, de 00 18 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxx Xxxxxxxxxx Europeo y del Consejo  Orden HAP/2427/2015xxxxx, de 13 de noviembre, por la que se aprueban las bases y la primera convocatoria para la selección de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado que serán cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2017-2020  metrología. Ley 9/201734/1992, de 8 22 de noviembrediciembre, de Contratos ordenación del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UEsector petrolero. Ley 38/1992, de 26 28 de febrero de 2014Ley 9/2017diciembre, de 8 de noviembreimpuestos especiales. Real Decreto 2085/1994, de Contratos del Sector Público  Real Decreto 1098/2001, de 12 20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y su modificación aprobada por instalaciones petrolíferas. Real Decreto 773/20152487/1994, de 28 xx xxxxxx  Real Decreto 337/2010, 23 de 19 xx xxxxx, por el que se modifican el RD 39/1997, de 17 de enerodiciembre, por el que se aprueba el Reglamento estatuto regulador de los Servicios las actividades de Prevención.  distribución al por mayor y de distribución al por menor mediante suministros directos a instalaciones fijas, de carburantes y combustibles petrolíferos (modificado por Real Decreto 1.119/2007197/2010, de 24 xx xxxxxx26 de febrero). Real Decreto 1165/1995 de 7 de julio, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, aprueba el reglamento de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la Construcción  Real Decreto 1.627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad los impuestos especiales y salud en las obras de construcción  sus modificaciones. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales y sus modificaciones y reglamentos. Ley 9/201434/1998, de 9 xx xxxx7 de octubre, General del sector de Telecomunicaciones  Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por el hidrocarburos y sus modificaciones y reglamentos. Real Decreto 842/2002 1523/1999, de 2 xx xxxxxx 1 de 2002 (BOE nº 224 de 18 de septiembre de 2002) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, en especial la ITC-BT 09 que se refiere al alumbrado exterior  Real Decreto 1.890/2008octubre, por el que se aprueba modifica el Reglamento reglamento de Eficiencia Energética instalaciones petrolíferas aprobado por Real Decreto 2085/1994 y las instrucciones técnicas complementarias MI-IP03, aprobada por Real Decreto 1427/1997, de 15 de septiembre, sobre “instalaciones petrolíferas para uso propio”, y la MI-IP04, aprobada por Real Decreto 2201/1995, de 28 de diciembre, sobre “instalaciones fijas para la X/ Xxxxxxxxx X. Xxxxxxxx Xxxxxxx, nº 4 – Tfno.: 942 81 22 15– 39300 Torrelavega (Cantabria) 6 distribución al por menor de carburantes y combustibles petrolíferos en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-EA-0l a ITC-EA-07 y la Guía de Interpretación  venta al público”. Real Decreto 357/2010Ley 15/1999, de 3 xx xxxxxx, 1 de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucíaoctubre, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección aprueban medidas de liberalización, reforma estructural e incremento de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y competencia en el establecimiento sector de medidas de ahorro y eficiencia energética y su modificación por hidrocarburos. Real Decreto 75/2014942/2005, de 11 xx xxxxx  Requerimientos Técnicos exigibles para luminarias con tecnología LED 29 de Alumbrado Exterior del IDEA y del Comité Español de Iluminación vigente  Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del consejo de 8 xx xxxxx de 2011, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (Restriction of Hazardous Substances) RoHS Adicionalmentejulio, por tratarse el que se modifican determinadas disposiciones en materia de obras subvencionadas con Fondos Europeos hidrocarburos. Real Decreto 551/2006, de Desarrollo Regional dirigidos a Estrategias 5 xx xxxx, por el que se regulan las operaciones de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado y más transporte de mercancías peligrosas por carretera en concreto, a la línea de actuación dirigida a “MEDIDAS DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EDIFICIOS PÚBLICOS Y ALUMBRADO EXTERIOR”, la oferta deberá cumplir toda la normativa europea de aplicación, tanto de carácter general como específica de la línea de actuación, así como la de trasposición a la normativa españolaterritorio español.

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NORMATIVA DE APLICACIÓN. En el desarrollo la prestación de todas las prestaciones derivadas servicios de los trabajos objeto inversión por parte del presente ContratoBanco, será de obligado cumplimiento toda la normativa técnica y de seguridad e higiene vigente, así como toda la que pueda ser de aplicación por las características de las obras e infraestructuras a realizar. En particular serán de aplicación la normativa siguiente:  Reglamento 1.303/2013aplicación, de 00 xx xxxxxxxxx xx 0000modo especial, xxx Xxxxxxxxxx Europeo y del Consejo  Orden HAP/2427/2015entre otras normas, de 13 de noviembre, por la que se aprueban las bases y la primera convocatoria para la selección de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado que serán cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2017-2020  Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UEConsejo, de 26 15 xx xxxx de febrero de 2014Ley 9/20172014, el Reglamento Delegado (UE) 2017/565, de 8 25 xx xxxxx de noviembre2016 y la Directiva Delegada (UE) 2017/593 de la Comisión, de Contratos del Sector Público  7 xx xxxxx de 2016, relativas a los mercados de instrumentos financieros (MiFID II), así como el Real Decreto 1098/2001Legislativo 4/2015, de 12 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general texto refundido de la Ley Xxx xxx Xxxxxxx de Contratos Valores y el Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las Administraciones Públicas empresas de servicios de inversión y su modificación aprobada por Real Decreto 773/2015de las demás entidades que prestan servicios de inversión, la Circular 3/2013, de 28 xx xxxxxx  Real Decreto 337/2010, de 19 12 xx xxxxx, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores, modificada por la Circular 1/2014 de 14 de febrero, sobre el desarrollo de determinadas obligaciones de información a los clientes a los que se modifican el RD 39/1997prestan servicios de inversión, en relación con la evaluación de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento la conveniencia e idoneidad de los Servicios instrumentos financieros y, en general, la normativa vigente en cada momento que sustituya o complemente a las anteriores. Estas normas regulan los derechos y obligaciones de Prevención.  Real Decreto 1.119/2007, las Partes en la prestación de 24 xx xxxxxx, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, los servicios de 18 inversión y serán de octubre, reguladora de la subcontratación aplicación en el sector de la Construcción  Real Decreto 1.627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud todo aquello no previsto expresamente en este Contrato o en las obras Condiciones Particulares. A los efectos de construcción  Ley 31/1995lo dispuesto a continuación, se entenderá por servicios de 8 inversión y servicios auxiliares cualesquiera de noviembre, de prevención de riesgos laborales  Ley 9/2014, de 9 xx xxxx, General de Telecomunicaciones  Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002 de 2 xx xxxxxx de 2002 (BOE nº 224 de 18 de septiembre de 2002) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, los previstos en especial la ITC-BT 09 que se refiere al alumbrado exterior  Real Decreto 1.890/2008, por el que se aprueba el Reglamento de Eficiencia Energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-EA-0l a ITC-EA-07 y la Guía de Interpretación  Decreto 357/2010, de 3 xx xxxxxx, de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética y su modificación por Decreto 75/2014, de 11 xx xxxxx  Requerimientos Técnicos exigibles para luminarias con tecnología LED de Alumbrado Exterior del IDEA y del Comité Español de Iluminación vigente  Directiva 2011/652014/65/UE del Parlamento Europeo y del consejo Consejo, de 8 15 xx xxxxx xxxx de 20112014, sobre restricciones relativa a la utilización los mercados de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (Restriction of Hazardous Substances) RoHS Adicionalmente, por tratarse de obras subvencionadas con Fondos Europeos de Desarrollo Regional dirigidos a Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado y más en concreto, a la línea de actuación dirigida a “MEDIDAS DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EDIFICIOS PÚBLICOS Y ALUMBRADO EXTERIOR”, la oferta deberá cumplir toda la normativa europea de aplicación, tanto de carácter general como específica de la línea de actuación, así como la de trasposición a la normativa españolainstrumentos financieros.

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Samples: Contrato Unificado

NORMATIVA DE APLICACIÓN. En el desarrollo El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de todas las prestaciones derivadas disposiciones vigentes que afecten al objeto del contrato entre las que cabe destacar las siguientes: • Ley 24/2013, del 26 de diciembre, del sector eléctrico. • Real Decreto 1718/2012, de 28 de diciembre, por lo que se determina el procedimiento para realizar la lectura y facturación de los trabajos objeto suministros de energía en baja tensión con potencia contratada no superior a 15 kW. • Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por lo que se aprueba el Reglamento por lo que se regulan las obligaciones de facturación. • Real Decreto 647/2011, de 9 xx xxxxx, por lo que se crea el peaje de acceso supervalle. • Real decreto 1110/2007, del presente Contrato24 xx xxxxxx, será por lo que se aprueba el Reglamento unificado de obligado cumplimiento toda puntos de medida del sistema eléctrico. • Real decreto 1634/2006, del 29 de diciembre, por lo que se establece la normativa técnica tarifa eléctrica a partir de 1 de enero de 2007. • Real decreto 809/2006, del 30 xx xxxxx, por lo que se revisa la tarifa eléctrica a partir de 1 de julio de 2006. • Real decreto 1454/2005, del 2 de diciembre, por lo que se modifican determinadas disposiciones relativas al sector eléctrico. • Real decreto 1432/2002, del 27 de diciembre, por lo que se establece la metodología para la aprobación o modificación de la tarifa eléctrica media o de referencia. • Real decreto 1435/2002, del 27 de diciembre, por lo que se regulan las condiciones básicas de los contratos de adquisición de energía y de seguridad e higiene vigenteacceso a las redes en baja tensión. • Real decreto 1164/2001, así como toda la del 26 de octubre, por lo que pueda ser se establecen las tarifas de aplicación por acceso a las características redes de las obras e infraestructuras a realizartransporte y distribución de energía eléctrica. En particular serán de aplicación la normativa siguiente:  Reglamento 1.303/2013• Real Decreto 1955/2000, de 00 1 de diciembre, por lo que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. • Real decreto ley 6/2000, del 23 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxx Xxxxxxxxxx Europeo y del Consejo  Orden HAP/2427/2015xxxxx, de 13 medidas urgentes de noviembreintensificación de la competencia en mercados de bienes y servicios. • Real decreto ley 6/1999, del 16 xx xxxxx, de medidas urgentes de liberalización e incremento de la competencia. • Orden IET/2735/2015, del 17 de diciembre, por la que se establecen los peajes de acceso de energía eléctrica para 2016 y se aprueban las bases determinadas instalaciones tipo y la primera convocatoria para la selección parámetros retributivos de Estrategias instalaciones de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado que serán cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER producción de crecimiento sostenible 2017-2020  Ley 9/2017energía eléctrica a partir xx xxxxxxx de energía renovables, cogeneración y residuos. • Orden IET/2444/2014, de 19 de diciembre por la que se determinan los peajes de acceso de energía eléctrica para 2015. Tarifas 6.1A y 6.1 B. • Orden IET/107/2014, de 31 de enero, por lo que se revisan los peajes de acceso de energía eléctrica para el 2014. Resto tarifas. • Orden ITC/1723/2009, de 26 xx xxxxx, por la que se revisan los peajes de acceso a partir del 1 de julio de 2009. • Orden ECO/797/2002, de 22 xx xxxxx, por la que se aprueba el procedimiento de medida y control de la continuidad del suministro eléctrico. • Ley 31/1995, del 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo prevención de riesgos laborales y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público  Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y su modificación aprobada por Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx  Real Decreto 337/2010, de 19 xx xxxxx, por el que se modifican el RD decreto 39/1997, de del 17 de enero, por el la que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y demás disposiciones concordantes que sean de aplicación.  Real Decreto 1.119/2007, de 24 xx xxxxxx, por el También deberá cumplir cuantas disposiciones sean aplicables y que actualicen las anteriores o cualquier otra normativa que se desarrolla pudo establecer durante la Ley 32/2006, vigencia del contrato en relación con el suministro de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la Construcción  Real Decreto 1.627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción  Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales  Ley 9/2014, de 9 xx xxxx, General de Telecomunicaciones  Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002 de 2 xx xxxxxx de 2002 (BOE nº 224 de 18 de septiembre de 2002) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, en especial la ITC-BT 09 que se refiere al alumbrado exterior  Real Decreto 1.890/2008, por el que se aprueba el Reglamento de Eficiencia Energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-EA-0l a ITC-EA-07 y la Guía de Interpretación  Decreto 357/2010, de 3 xx xxxxxx, de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética y su modificación por Decreto 75/2014, de 11 xx xxxxx  Requerimientos Técnicos exigibles para luminarias con tecnología LED de Alumbrado Exterior del IDEA y del Comité Español de Iluminación vigente  Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del consejo de 8 xx xxxxx de 2011, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (Restriction of Hazardous Substances) RoHS Adicionalmente, por tratarse de obras subvencionadas con Fondos Europeos de Desarrollo Regional dirigidos a Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado y más en concreto, a la línea de actuación dirigida a “MEDIDAS DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EDIFICIOS PÚBLICOS Y ALUMBRADO EXTERIOR”, la oferta deberá cumplir toda la normativa europea de aplicación, tanto de carácter general como específica de la línea de actuación, así como la de trasposición a la normativa españolaenergía eléctrica.

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Samples: sede.vigo.org

NORMATIVA DE APLICACIÓN. En el desarrollo El presente concurso-subasta se dispone en función de todas la competencia que tienen atribui- das las prestaciones derivadas Juntas Vecinales como Entidades Locales Menores y sus órganos, de conformidad con lo dispuesto en los trabajos objeto del presente Contratoartículos 4.a, será 7.g y 8.1, letras c y e, de obligado cumplimiento toda la normativa técnica Ley 6/1994, de 19 xx xxxx, de Entidades Locales Menores de Cantabria, para la administración y explotación de seguridad e higiene vigentesus bienes, así como toda para la contratación y disposición de los mismos, en relación con lo preceptuado en los artículos 36 y 37 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, sobre Xxxxxx, en los que pueda ser de aplicación por las características de las obras e infraestructuras a realizarla explotación y aprovechamiento se refiere. En particular serán aplicación de aplicación lo dispuesto en la normativa siguiente:  Reglamento 1.303/2013Ordenanza específica aprobada en fecha 5 de octubre de 2018 por la citada Junta Vecinal (publicada en el Boletín Oficial de Cantabria de 17 de octubre de 2018, de 00 xx xxxxxxxxx xx 0000artículos 2.1 y 4.1), xxx Xxxxxxxxxx Europeo y en el artículo 92 del Consejo  Orden HAP/2427/2015Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, Reglamento de noviembreBienes de las Entidades Locales, la preparación y adjudicación del contrato ob- jeto del presente concurso-subasta se regirá en lo que puede serle aplicable por la que se aprueban las bases y la primera convocatoria para la selección de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado que serán cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2017-2020  Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos referente a contratos del Sector Públicosector público, mientras que los efectos y ex- tinción del mismo se regirán por la normativa propia de derecho privado, con las excepciones marcadas en el artículo 25.2 de esta última norma. El órgano competente para la adjudicación del contrato que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas es objeto del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UEpresente con- curso-subasta a la mejor oferta será la Junta Vecinal, con acuerdo adoptado por mayoría abso- luta en sesión extraordinaria de 26 de febrero de 2014Ley 9/2017su pleno, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público  Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por a celebrar en el que se aprueba el Reglamento general día siguiente de la Ley apertura de Contratos de las Administraciones Públicas plicas u ofertas y su modificación aprobada por Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx  Real Decreto 337/2010, de 19 xx xxxxx, por el que se modifican el RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.  Real Decreto 1.119/2007, de 24 xx xxxxxx, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora emisión de la subcontratación en el sector propuesta de adjudicación por la Construcción  Real Decreto 1.627/1997, mesa de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción  Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales  Ley 9/2014, de 9 xx xxxx, General de Telecomunicaciones  Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002 de 2 xx xxxxxx de 2002 (BOE nº 224 de 18 de septiembre de 2002) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, en especial la ITC-BT 09 que se refiere al alumbrado exterior  Real Decreto 1.890/2008, por el que se aprueba el Reglamento de Eficiencia Energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-EA-0l a ITC-EA-07 y la Guía de Interpretación  Decreto 357/2010, de 3 xx xxxxxx, de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética y su modificación por Decreto 75/2014, de 11 xx xxxxx  Requerimientos Técnicos exigibles para luminarias con tecnología LED de Alumbrado Exterior del IDEA y del Comité Español de Iluminación vigente  Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del consejo de 8 xx xxxxx de 2011, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (Restriction of Hazardous Substances) RoHS Adicionalmente, por tratarse de obras subvencionadas con Fondos Europeos de Desarrollo Regional dirigidos a Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado y más en concreto, a la línea de actuación dirigida a “MEDIDAS DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EDIFICIOS PÚBLICOS Y ALUMBRADO EXTERIOR”, la oferta deberá cumplir toda la normativa europea de aplicación, tanto de carácter general como específica de la línea de actuación, así como la de trasposición a la normativa españolacontratación.

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Samples: boc.cantabria.es