Common use of NORMATIVA DE APLICACIÓN Clause in Contracts

NORMATIVA DE APLICACIÓN. La red de alcantarillado ha sido proyectada, deberá construirse, de acuerdo con la normativa vigente, con la Ordenanza Municipal de Urbanización y en especial con: - Normas para la Redacción de Proyectos de Abastecimiento de Agua y Saneamiento de Poblaciones, D.G.O.H. del MOPU, diciembre de 1977. - Orden Ministerial de 15 de septiembre de 1986, por la que se aprueba el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones del M.O.P.U (PGTS-86). - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de la Edificación NTEISA/73. Instalaciones de Salubridad. Alcantarillado. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de la Edificación NTEISD/74. Instalaciones de Salubridad. Depuración y Vertido. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de Edificación NTEISS/1973. Instalaciones de Salubridad. Saneamiento. - Normas Técnicas de la Entidad de Saneamiento, en su caso (EPSAR, Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales). - Código Técnico de la Edificación. - Real Decreto 509/1996, de 15 xx xxxxx, de desarrollo del Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas. Para la ejecución de las obras, en general, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 12 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones y en la Norma UNE-EN 1610 "Instalación y pruebas de acometidas y redes de saneamiento".

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Samples: Urbanization Project Agreement

NORMATIVA DE APLICACIÓN. La Para el diseño de la red de alcantarillado ha sido proyectada, deberá construirse, alumbrado público exterior será de acuerdo con aplicación la normativa vigente, con la Ordenanza Municipal de Urbanización y en especial consiguiente normativa: - Normas e Instrucciones para Alumbrado Urbano del Ministerio de la Vivienda de 1965. - Recomendaciones para la Redacción Iluminación de Proyectos Carreteras y Túneles del Ministerio de Abastecimiento Fomento de Agua y Saneamiento 1999. Deroga parcialmente la orden circular de Poblaciones, D.G.O.H. del MOPU, diciembre de 19771974. - Orden Ministerial Circular 248/4 c y e de 15 noviembre de septiembre 1974 del Ministerio de 1986Obras Públicas sobre disminución del consumo de energía eléctrica. Derogada parcialmente. - Recomendaciones del Comité Español de Iluminación (CEI). - Recomendaciones de la Comisión Internacional de Alumbrado (CIE). - Orden de 18 de julio de 1978, por la que se aprueba el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones del M.O.P.U (PGTS-86). - Xxxxx Xxxxxxxxxxx la Norma Tecnológica de la Edificación NTEISA/73NTE-IEE/1978. Instalaciones de Salubridadelectricidad. AlcantarilladoAlumbrado Exterior”. - Xxxxx Orden de 00 xx xxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxxx de la Edificación NTEISD/74. Instalaciones de Salubridad. Depuración Industria, Comercio y Vertido. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de Edificación NTEISS/1973. Instalaciones de Salubridad. Saneamiento. - Normas Técnicas de la Entidad de Saneamiento, en su caso (EPSAR, Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales). - Código Técnico de la Edificación. - Real Decreto 509/1996, de 15 xx xxxxx, de desarrollo del Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembreTurismo, por el que se establecen aprueba la instrucción técnica “Protección contra contactos indirectos en instalaciones de alumbrado público”. - Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Eficiencia Energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones Técnicas complementarias EA-01 a EA-07. - Normas e Instrucciones para Alumbrado Urbano del Ministerio de la Vivienda de 1965. - Real Decreto 842/2002, de 2 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y sus ITC BT 01 a 51. - Real Decreto 560/2010, de 7 xx xxxx, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. - Real Decreto 2642/1985, de 18 de diciembre, sobre especificaciones técnicas de los candelabros metálicos. - Orden de 12 xx xxxxx de 1989, por la que se establece la certificación de conformidad a normas aplicables al tratamiento como alternativa de las aguas residuales urbanasla homologación de los candeleros metálicos. Para - Ley 40/1994 de Ordenación del Sistema Eléctrico Nacional. - Ley 6/2001 de 31 xx xxxx de ordenación ambiental del alumbrado para la ejecución de las obras, en general, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 12 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones y en la Norma UNE-EN 1610 "Instalación y pruebas de acometidas y redes de saneamiento"protección del medio nocturno.

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NORMATIVA DE APLICACIÓN. La red Las redes de alcantarillado ha sido proyectadadistribución, deberá construirse, riego e hidrantes deberán proyectarse y construirse de acuerdo con la normativa vigente, con la Ordenanza Municipal de Urbanización vigente y en especial conespecial: - Normas para la Redacción de Proyectos de Abastecimiento de Agua y Saneamiento de Poblaciones, D.G.O.H. del MOPU, diciembre de 1977. - Orden Ministerial de 15 28 de septiembre julio de 19861974, por la que se aprueba el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento Abastecimiento de Poblaciones del M.O.P.U Aguas (PGTS-86PGTA-74). - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de la Edificación NTEISA/73NTEIFA/1976. Instalaciones de SalubridadFontanería. Alcantarillado. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de la Edificación NTEISD/74. Instalaciones de Salubridad. Depuración y VertidoAbastecimiento. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de Edificación NTEISS/1973NTEIFR/1974. Instalaciones de SalubridadFontanería. SaneamientoRiego. - Normas Técnicas Norma Tecnológica de la Entidad Edificación NTEIPF/1974. Instalaciones de Saneamiento, en su caso (EPSAR, Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales)Protección. - Código Técnico de la EdificaciónContra el Fuego. - Real Decreto 509/19961942/1993, de 15 xx xxxxx5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios. - Real Decreto 560/2010, de desarrollo del Real Decreto-7 xx xxxx, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 11/199517/2009, de 28 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. - Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento los criterios sanitarios de las aguas residuales urbanasla calidad del agua de consumo humano. Para la ejecución - Código Técnico Edificación. - Pliego de las obras, en general, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 12 xxx Xxxxxx de Prescripciones Condiciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento la empresa suministradora AMJASA (Aguas Municipales de Poblaciones y en la Norma UNE-EN 1610 "Instalación y pruebas de acometidas y redes de saneamiento"Jávea S.A.).

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NORMATIVA DE APLICACIÓN. La red de alcantarillado ha sido proyectada, deberá construirse, Las instalaciones eléctricas deberán proyectarse y construirse de acuerdo con la normativa vigente, con normas y prescripciones técnicas de la Ordenanza Municipal de Urbanización Empresa Suministradora, y en especial conespecial: - Normas para la Redacción Real Decreto 1955/2000, de Proyectos 1 de Abastecimiento diciembre por el que se regulan las actividades de Agua transporte, distribución, comercialización, suministro y Saneamiento procedimientos de Poblaciones, D.G.O.H. del MOPU, diciembre autorización de 1977instalaciones de energía eléctrica. - Orden Ministerial Decreto 3.151/1.968, de 15 28 de septiembre de 1986noviembre, por la el que se aprueba el Pliego Reglamento Técnico de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías Líneas Eléctricas Aéreas de Saneamiento de Poblaciones del M.O.P.U Alta Tensión. Derogado (PGTS-86). - Xxxxx Xxxxxxxxxxx efectos de la Edificación NTEISA/73. Instalaciones derogación desde el 19 de Salubridad. Alcantarillado. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx septiembre de la Edificación NTEISD/74. Instalaciones 2.010, por Real Decreto 223/2008, de Salubridad. Depuración 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Vertido. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx Garantías de Edificación NTEISS/1973. Instalaciones Seguridad en líneas eléctricas de Salubridad. Saneamiento. - Normas Alta Tensión y sus Instrucciones Técnicas de la Entidad de Saneamiento, en su caso (EPSAR, Entidad Pública de Saneamiento de Aguas ResidualesComplementarias ITC-LAT 01 a 09). - Código Técnico de la Edificación. - Real Decreto 509/19963.275/1982, de 15 xx xxxxx12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación. - Orden de 6 de julio de 1984, por el que se aprueban las Instrucciones Técnicas Complementarias del Reglamento de Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación. - Reglamento Electrónico de Baja Tensión (RBT) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC-BT), aprobado por el Real Decreto 842/2002, de desarrollo del 2 xx xxxxxx. - Real Decreto-Ley 11/1995Decreto 2819/1998, de 28 23 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica. - Decreto 88/2005, de 29 xx xxxxx, del Consell de la Generalitat, por el que se establecen los procedimientos de autorización de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica que son competencia de la Generalitat. - Resolución de 22 de febrero de 2006, de la Dirección General de Energía por la que se aprueban las normas aplicables al tratamiento Normas Particulares de las aguas residuales urbanas. Para la ejecución de las obrasIberdrola Distribución Eléctrica, en generalSAU, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 12 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones Alta Tensión (hasta 30 kV) y Baja Tensión en la Comunidad Valenciana. - Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico. - Orden de 00 xx xxxxx xx 1991, de la Conselleria de Industria, Comercio y Turismo, sobre extensión de redes eléctricas. - Orden de 20 de diciembre de 1991, del Conseller de Industria, Comercio y Turismo, por la que se autoriza la Norma UNE-EN 1610 "Instalación Técnica para Instalaciones de Media y pruebas de acometidas y redes de saneamiento"Baja Tensión.

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NORMATIVA DE APLICACIÓN. La red de alcantarillado ha sido proyectada, deberá construirse, de De acuerdo con la normativa vigente, con la Ordenanza Municipal de Urbanización y en especial con: - Normas para la Redacción de Proyectos de Abastecimiento de Agua y Saneamiento de Poblaciones, D.G.O.H. del MOPU, diciembre de 1977. - Orden Ministerial de 15 de septiembre de 1986, por la que se aprueba el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones del M.O.P.U (PGTS-86). - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de la Edificación NTEISA/73. Instalaciones de Salubridad. Alcantarillado. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de la Edificación NTEISD/74. Instalaciones de Salubridad. Depuración y Vertido. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de Edificación NTEISS/1973. Instalaciones de Salubridad. Saneamiento. - Normas Técnicas de la Entidad de Saneamiento, en su caso (EPSAR, Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales). - Código Técnico de la Edificación. - Real Decreto 509/1996, de 15 xx xxxxx, de desarrollo del Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas. Para la ejecución de las obras, en general, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 12 xxx Xxxxxx 1º A) 1. del Decreto 462/1971, de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías 11 xx xxxxx, en la ejecución del contrato y puesta en obra de Saneamiento las unidades de Poblaciones contratación se observarán las normas vigentes sobre construcción, recogidas en el listado actualizado de la Normativa técnica de aplicación en los proyectos y en la ejecución de obras (obligado cumplimiento) del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid. MERCAMADRID, S.A. dispone de un Sistema de Gestión Ambiental acorde con la Norma UNE-EN 1610 "Instalación EN-ISO 14001, por tanto existen algunos requisitos ambientales que le son de aplicación cuando realice trabajos de obra o remodelación en las instalaciones: 1. Según lo establecido por la legislación vigente (Ley 10/98 General de Residuos), los residuos generados son responsabilidad del productor; por tanto, todos los residuos que produzca como consecuencia de su actividad (por ejemplo: envases, bidones, mallas, maderas, escombros, encofrados, tierras, etc.), deberá recogerlos y pruebas retirarlos de acometidas la Unidad Alimentaria Mercamadrid dándoles el destino final adecuado. Registro Mercantil de Madrid, Tomo 3.249, General 2.538 de la Sección 3ª, Folio 111, Hoja 23.687, Inscripción 1ª - N.I.F. A-28 327393 2. Los productores y redes poseedores de saneamiento"residuos de construcción y demolición deberán gestionarlos según lo establecido en la legislación vigente (Real Decreto 105/2008) asegurando su recogida selectiva y la entrega a un gestor autorizado. 3. Tal y como establece la legislación (Ley 10/98), los residuos peligrosos que genere deberá almacenarlos correctamente hasta su entrega a un gestor autorizado para su retirada y tratamiento. 4. Deberá mantener al día, así como poner a disposición de MERCAMADRID, S.A. cuando lo requiera, las Fichas de Seguridad de aquellos productos que vayan a utilizar. 5. También, según establece la legislación vigente (Ley 10/93 de Vertidos Líquidos Industriales, CAM), no está permitido el vertido líquido de sustancias prohibidas. En caso de duda, deberá consultar al Responsable del Sistema de Gestión Ambiental, quien determinará si puede o no efectuar dicho vertido en la red de saneamiento de MERCAMADRID, S.A. La prohibición incluye los residuos xx xxxxxx de hormigoneras. 6. En caso de producirse cualquier incidente/accidente en las instalaciones, ocasionado directa o indirectamente por su actividad, que pueda ocasionar un impacto ambiental, deberá comunicarlo inmediatamente al Responsable del Sistema de Gestión Ambiental. Además, deberá presentar un informe detallado de las características del suceso. La comunicación e información de estos hechos no exime la responsabilidad legal del causante del incidente/accidente con repercusión ambiental. 7. En general deberá mantener un comportamiento respetuoso con el medio ambiente durante la realización de su actividad en la Unidad Alimentaria. 8. Tras la publicación del Real Decreto 9/2005 sobre actividades potencialmente contaminadoras del suelo, a continuación se indican las sustancias que no se deben verter al suelo de Mercamadrid durante el desempeño de sus actividades dentro de las instalaciones de la Unidad Alimentaria: Diclorometano Antraceno DDT Dicloroetano Benzo-antraceno DDD Tetracloroetano Dibenzo-antraceno Dieldrin Dicloroetileno Cloroanilina Endosulfan Tricloroetileno Clordano Endrin Tetracloroetileno Cloroformo Estireno Dicloropropeno Cloruro de Vinilo Etilbenceno Acenafteno Cresol Fenol Anetona Criseno Clorofeno Xxxxxx DDE Diclorofenol Triclorofenol Hexaclorociclohexano (alfa, beta y gamma) Tolueno Pentaclorofenol Hexacloroetano Xileno Fluoranteno Naftaleno Benzo-fluoranteno (b y K) PCB Fluoreno Pireno Heptacloro epoxido Benzopireno Hexacloro benceno Hexacloro butadieno Indeno-pireno Tetracloruro de Carbono MERCAMADRID S.A. (Mercados Centrales de Abastecimiento de Madrid, Sociedad Anónima) es una empresa mixta, constituida en julio de 1973, cuyos accionistas son: El Excmo. Ayuntamiento de Madrid, con un 51,13%, la Empresa Nacional MERCASA, con un 48,63%, y otros (Gremios y Usuarios), con un 0,24%. El alcance del sistema de Gestión Ambiental de MERCAMADRID S.A. es la gestión y mantenimiento de las instalaciones asociadas a los Mercados Mayoristas, al complejo comercial e infraestructuras comunes de la Unidad Alimentaria. Registro Mercantil de Madrid, Tomo 3.249, General 2.538 de la Sección 3ª, Folio 111, Hoja 23.687, Inscripción 1ª - N.I.F. A-28 327393 XXXXXXXXXXX, S.A., dada la implicación medioambiental de su intensa actividad, manifiesta su compromiso con el desarrollo sostenible, consciente de que el uso racional de los recursos naturales y la protección del medio ambiente se deben tener en cuenta en cualquiera de sus acciones, ya que de ello depende el bienestar de todos los operadores y usuarios de la Unidad Alimentaria. MERCAMADRID S.A. asume los siguientes compromisos: 1. Garantizar el cumplimiento de todas las disposiciones legales y administrativas establecidas en materia de medio ambiente, así como otros compromisos voluntarios que decida asumir la organización. 2. Asignar los medios técnicos, económicos y humanos necesarios para garantizar el buen funcionamiento del Sistema de Gestión Ambiental, según los objetivos y metas ambientales definidos por la organización. 3. Mejora continua del desempeño ambiental de la organización mediante la evaluación periódica de los aspectos ambientales asociados a su actividad, con la inclusión de criterios ambientales en cualquier decisión empresarial que implique nuevos proyectos, adquisición de productos o de servicios. 4. Continuar el desarrollo de los proyectos ambientales diseñados a medio plazo, relacionados principalmente con el incremento en la segregación y posterior valorización de los residuos generados en la Unidad Alimentaria Mercamadrid y la aplicación de medidas de ahorro y eficiencia energética. 5. Promover mediante planes específicos el uso racional y eficiente de los recursos (agua, energía, materias primas como el papel, etc.). 6. Sensibilizar, concienciar y fomentar las Buenas Prácticas Ambientales entre su personal, encaminadas al uso racional eficiente de los recursos, a la minimización de los residuos generados y a la prevención de los impactos ambientales que pueda generar la actividad, dado el compromiso de protección del Medio ambiente asumido por la organización. 7. Informar, promover y facilitar el cumplimiento de la normativa ambiental por aquellas personas y empresas que realizan sus actividades comerciales y productivas en el la Unidad Alimentaria Mercamadrid. 8. Establecer los mecanismos necesarios para dotar al personal de MERCAMADRID S.A. de la formación, la sensibilización y la participación adecuada, dependiendo de su nivel de responsabilidad y de la actividad que desarrolle, para ejercer de catalizadores de la Política Ambiental de la organización en el ámbito de la Unidad Alimentaria Mercamadrid.

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Samples: Contract for Services

NORMATIVA DE APLICACIÓN. La red empresa mantenedora ha de alcantarillado ha sido proyectada, deberá construirse, de acuerdo con cumplir los requisitos que marca la normativa vigente, con así como informar al Ayuntamiento de La Vall d'Uixó de cualquier cambio en la Ordenanza Municipal normativa que afecte al mantenimiento. Se indica una relación no exhaustiva de Urbanización las normas de aplicación. - Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y en especial con: - Normas para la Redacción de Proyectos de Abastecimiento de Agua y Saneamiento de Poblaciones, D.G.O.H. del MOPU, diciembre de 1977Manutención. - Orden Ministerial de 15 19 de diciembre de 1985 por la que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AEM-1 - Orden de 12 de septiembre de 19861991, por la que se aprueba el Pliego modifica la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AEM-1 del Reglamento de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías Aparatos de Saneamiento Elevación y Manutención, corrección de Poblaciones del M.O.P.U (PGTS-86)errores. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx Resolución de 27 xx xxxxx de 1992, por la Edificación NTEISA/73. Instalaciones de Salubridad. Alcantarillado. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de que se aprueban prescripciones técnicas no previstas en la Edificación NTEISD/74. Instalaciones de Salubridad. Depuración y Vertido. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de Edificación NTEISS/1973. Instalaciones de Salubridad. Saneamiento. - Normas Técnicas de la Entidad de Saneamiento, en su caso (EPSAR, Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales). - Código Técnico de la EdificaciónITC: MIE-AEM-1. - Real Decreto 509/19961314/1997, de 15 1 xx xxxxxx, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores. - Acuerdo de 00 xx xxxxx xx 2001, del Gobierno Valenciano, por el que se dejan sin efecto los acuerdos de 20 xx xxxxx de 1988 y 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, de adscripción a la empresa pública Seguridad y Promoción Industrial Valenciana, SA, de los servicios de inspección periódica de aparatos elevadores y de instalaciones eléctricas en los locales de pública concurrencia, en el territorio de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 3961, de 16/03/01). - Decreto 54/2001, de 13 xx xxxxx, del Gobierno Valenciano, por el que se regula el ejercicio de desarrollo las funciones en materia de vigilancia del Real Decreto-Ley 11/1995cumplimiento de la legislación vigente sobre seguridad de productos, equipos e instalaciones industriales asignadas a los organismos de control en el ámbito de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 3965, de 28 23/03/01). - Orden de diciembre00 xx xxxx xx 2001, de la Consellería de Industria y Comercio, por la que se establece el procedimiento de actuación de los organismos de control en la realización de las inspecciones periódicas de ascensores y grúas-torre en el ámbito de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 4010, de 30/05/01) - Real Decreto 57/2005, de 21 de enero, por el que se establecen las normas aplicables prescripciones para el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente (BOE núm. 30 de 4/2/05). - Resolución de 16 xx xxxx de 2006 del director general de Seguridad Industrial y Consumo, por la que se adoptan ciertas medidas para mejorar el seguimiento en cuanto al tratamiento cumplimiento de las aguas residuales urbanascondiciones de seguridad exigibles a los ascensores, así como determinar las situaciones en que se deben instalar sistemas de comunicación bidireccional en ascensores (DOGV nº 5290, de 28/06/06). Para - Real Decreto 848/2002 de 2 agosto. Reglamento electrotécnico para baja tensión e instrucciones técnicas complementarias. - Real Decreto 57/2005, de 21 de enero, por el que se establecen prescripciones para el incremento de la ejecución seguridad del parque de ascensores existente. - Real Decreto 1627/97 de 24 de Diciembre. Reglamento de Seguridad y Salud. Ley 31/1995 de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. - Real Decreto 560/2010, de 7 xx xxxx, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las obrasactividades de servicios y su ejercicio, en generaly a la Ley 25/2009, será de aplicación lo dispuesto en 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el artículo 12 xxx Xxxxxx libre acceso a las actividades de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías servicios y su ejercicio. - Normas UNE que sean de Saneamiento de Poblaciones y en la Norma UNE-EN 1610 "Instalación y pruebas de acometidas y redes de saneamiento"aplicación.

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Samples: Mantenimiento De Aparatos Elevadores

NORMATIVA DE APLICACIÓN. La red Serán de alcantarillado ha sido proyectadaaplicación las normas especificadas en el PCAP, deberá construirseen el presente PPTP, así como toda aquella normativa vigente de acuerdo con la normativa vigenteaplicación, con la Ordenanza Municipal de Urbanización y en especial con: - Normas para la Redacción de Proyectos de Abastecimiento de Agua y Saneamiento de Poblaciones, D.G.O.H. del MOPU, diciembre de 1977. - Orden Ministerial de 15 de septiembre de 1986, por la que se aprueba dicte en el Pliego futuro, la cual se incorporará de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías manera automática a los servicios prestados, siendo responsabilidad del adjudicatario su observancia y adaptación técnica a la misma en su caso, sin que quepa reclamar nada por estos conceptos a la Administración. Con carácter enunciativo y no limitativo, la normativa a aplicar deberá ser: • Plan General de Saneamiento El Álamo. Tienen carácter vinculante en el Plan General, los siguientes documentos: - Documento II.- Volumen 2.- Planos de Poblaciones del M.O.P.U (PGTS-86)Ordenación. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx Documento III.- Normas Urbanísticas. - Documento V.- Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos. • Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Edificación NTEISA/73Comunidad de Madrid y sus modificaciones posteriores. Instalaciones de Salubridad. Alcantarillado. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de la Edificación NTEISD/74. Instalaciones de Salubridad. Depuración y Vertido. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de Edificación NTEISS/1973. Instalaciones de Salubridad. Saneamiento. - Normas Técnicas de la Entidad de Saneamiento, en su caso (EPSAR, Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales). - Código Técnico de la Edificación. - Real Decreto 509/1996• Ley 21/2013, de 15 9 de diciembre, de evaluación ambiental y sus modificaciones posteriores. • Ley 3/1991, de 7 xx xxxxx, de desarrollo Carreteras de la Comunidad de Madrid • Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Real Decreto-Sector Público. • Ley 11/199513/2003, de 28 23 xx xxxx, reguladora del contrato de diciembreconcesión de obras públicas. • Real decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se establecen aprueba el Reglamento de valoraciones de la Ley de Suelo, y sus correcciones posteriores. • Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. • Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Xxx xx Xxxxx. • Decreto 131/1997, de 17 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las normas aplicables al tratamiento actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas. • Decreto 74/2009, de las aguas residuales urbanas30 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid. Para la ejecución de las obras, en general, será Así como cualquier otra normativa que sea de aplicación lo dispuesto en el artículo 12 xxx Xxxxxx para la redacción y aprobación de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones y en la Norma UNE-EN 1610 "Instalación y pruebas de acometidas y redes de saneamiento"los documentos urbanísticos.

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Samples: Contract for Services

NORMATIVA DE APLICACIÓN. La Será de aplicación en el diseño de la red de alcantarillado ha sido proyectada, deberá construirse, de acuerdo con vía viaria la normativa vigente, con la Ordenanza Municipal de Urbanización y en especial consiguiente normativa: - Normas para Instrucción de Carreteras, 3.1-IC. Trazado, aprobada por la Redacción Orden del Ministerio de Proyectos Fomento de Abastecimiento 27 de Agua y Saneamiento de Poblaciones, D.G.O.H. del MOPU, diciembre de 19771999. - Orden Ministerial del Ministerio de 15 Fomento de septiembre 16 de 1986diciembre de 1997, por la que se aprueba regulan los accesos a las carreteras del Estado, las vías de servicio y construcción de instalaciones de servicio. - Ley 1/1998, de 5 xx xxxx, de la Generalitat Valenciana, de accesibilidad y supresión xx xxxxxxxx arquitectónicas, urbanísticas y de la comunicación. - Decreto 39/2004, por el que se desarrolla la Ley 1/98, en materia de accesibilidad en edificios de pública concurrencia y en el medio urbano. - Orden de 9 xx xxxxx de 2004, por la que se desarrolla el Decreto 39/2004, en materia de accesibilidad en el medio urbano. - Real Decreto 505/2007, de 20 xx xxxxx, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones. - Ley 9/2009, de 20 de noviembre, de la Generalitat, de Accesibilidad Universal al Sistema de Transportes de la Comunitat Valenciana. - Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados. - Carreteras Urbanas. Recomendaciones para su planeamiento y proyecto, MOPU (1992). - Recomendaciones para el proyecto y diseño del viario urbano, MOPU (1995). - Recomendaciones para el proyecto de intersecciones, MOPU (1987). - Recomendaciones para el proyecto de enlaces, MOPU (1986). - Recomendaciones sobre glorietas, MOPU (1989). - Trayectorias de giro de vehículos a baja velocidad, MOPU (1988). - Instrucción de Carreteras, 6.1/IC, Secciones de Firme, aprobada por la Orden Circular 10/02 de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento de 30 de septiembre de 2002. - Instrucción de Carreteras, 6.3-IC, Refuerzo de Firmes, aprobada por la Orden del MOPU de 26 xx xxxxx de 1980. - Recomendaciones para el Proyecto de las actuaciones de rehabilitación estructural de firmes con pavimento bituminoso, aprobada por la Orden Circular 323/97 T de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento de 24 de febrero de 1997. - Instrucción para el Diseño de Firmes de la Red de Carreteras de Andalucía, de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía (O.C.1/99). - Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías Obras de Saneamiento Carreteras y Puentes (PG-3/75), aprobado por Orden del MOPU de Poblaciones del M.O.P.U (PGTS-86)6 de febrero de 1976. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx Reglamento de la Edificación NTEISA/73. Instalaciones de Salubridad. Alcantarillado. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de la Edificación NTEISD/74. Instalaciones de Salubridad. Depuración Ordenación y Vertido. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de Edificación NTEISS/1973. Instalaciones de Salubridad. Saneamiento. - Normas Técnicas de la Entidad de SaneamientoGestión territorial y Urbanística, en su caso (EPSAR, Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales). - Código Técnico de la Edificación. - Real aprobado por Decreto 509/1996, de 15 xx xxxxx, de desarrollo del Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas. Para la ejecución de las obras, en general, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 12 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones y en la Norma UNE-EN 1610 "Instalación y pruebas de acometidas y redes de saneamiento"67/2006.

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Samples: Urbanization Project Agreement

NORMATIVA DE APLICACIÓN. Esta Convocatoria de subvenciones y sus bases reguladoras, se regirán por lo establecido en las siguientes normas: 1) Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, XXX xxxxxx 000, xx 00 xx xxxxxxx xx 0000. 2) La red Ley 38/2003, de alcantarillado ha sido proyectada17 de noviembre, deberá construirseGeneral de Subvenciones, de acuerdo con la normativa vigentelo establecido en su disposición final primera. 3) El Real Decreto 887/2006, con la Ordenanza Municipal de Urbanización y en especial con: - Normas para la Redacción 21 de Proyectos de Abastecimiento de Agua y Saneamiento de Poblaciones, D.G.O.H. del MOPU, diciembre de 1977. - Orden Ministerial de 15 de septiembre de 1986julio, por la el que se aprueba el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones del M.O.P.U (PGTS-86). - Xxxxx Xxxxxxxxxxx Reglamento de la Edificación NTEISA/73. Instalaciones Ley 38/2003, de Salubridad. Alcantarillado. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera, así como las demás normas básicas que desarrollen la Ley. 4) La Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 5) La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la Edificación NTEISD/74. Instalaciones igualdad de Salubridad. Depuración y Vertido. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de Edificación NTEISS/1973. Instalaciones de Salubridad. Saneamiento. - Normas Técnicas de la Entidad de Saneamiento, género en su caso (EPSAR, Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales). - Código Técnico de la Edificación. - Real Decreto 509/1996Andalucía. 6) La Ley 19/2013, de 15 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. 7) El Decreto 183/2003, de 24 xx xxxxx, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de desarrollo del procedimientos administrativos por medios electrónicos (internet). 8) El Real Decreto-Ley 11/1995Decreto Legislativo 2/2004, de 28 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales 9) Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. 10) Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de las aguas residuales urbanas. Para otros derechos de la ejecución de las obras, en general, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 12 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones y en la Norma UNE-EN 1610 "Instalación y pruebas de acometidas y redes de saneamiento".Seguridad Social ANEXO I: PUBLICIDAD DE LA SUBVENCIÓN RECIBIDA POR LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS

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Samples: Bases De La Convocatoria De Incentivos

NORMATIVA DE APLICACIÓN. La red Será de alcantarillado ha sido proyectadaaplicación en el proyecto y ejecución de la señalización vertical y horizontal la siguiente normativa: - Ley sobre Tráfico, deberá construirseCirculación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, texto articulado, Real Decreto Legislativo 339/1990, de acuerdo con la normativa vigente2 xx xxxxx. - Reglamento General de Circulación, con la Ordenanza Municipal Real Decreto 13/1992, de Urbanización y en especial con: - Normas para la Redacción 17 de Proyectos de Abastecimiento de Agua y Saneamiento de Poblaciones, D.G.O.H. del MOPU, diciembre de 1977enero. - Orden Ministerial de 15 28 de septiembre diciembre de 19861999, por la que se aprueba el Pliego la Instrucción de Prescripciones Técnicas Generales Carreteras 8.1-IC.- Señalización Vertical. - Orden Ministerial de 16 de julio de 1987, por la que se aprueba la Instrucción de Carreteras 8.2-IC.- Marcas Viales. - Catálogo Oficial de Señales Verticales de Circulación y Marcas Viales (marzo de 1992), de la Dirección General de Trafico del Ministerio de Fomento. - Recomendaciones para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones del M.O.P.U la Señalización Horizontal en Áreas Urbanas, FEMP (PGTS-861984). - Xxxxx Xxxxxxxxxxx Recomendaciones para la Señalización Informativa Urbana, AIMPE. - Ley 1/1998, de 5 xx xxxx, de la Edificación NTEISA/73. Instalaciones Generalitat Valenciana, de Salubridad. Alcantarillado. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx accesibilidad y supresión xx xxxxxxxx arquitectónicas, urbanísticas y de la Edificación NTEISD/74. Instalaciones de Salubridad. Depuración y Vertido. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de Edificación NTEISS/1973. Instalaciones de Salubridad. Saneamiento. - Normas Técnicas de la Entidad de Saneamiento, en su caso (EPSAR, Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales). - Código Técnico de la Edificacióncomunicación. - Real Decreto 509/1996505/2007, de 15 20 xx xxxxx, de desarrollo del Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen aprueban las normas aplicables al tratamiento condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las aguas residuales urbanaspersonas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones. Para - Ley 9/2009, de 20 de noviembre, de la ejecución Generalitat, de las obrasAccesibilidad Universal al Sistema de Transportes de la Comunitat Valenciana. - Orden VIV/561/2010, en generalde 1 de febrero, será por la que se desarrolla el documento técnico de aplicación lo dispuesto en condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el artículo 12 xxx Xxxxxx acceso y utilización de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones y en la Norma UNE-EN 1610 "Instalación y pruebas de acometidas y redes de saneamiento".los espacios públicos urbanizados

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Samples: Urbanization Project Agreement

NORMATIVA DE APLICACIÓN. La red principal normativa de alcantarillado ha sido proyectada, deberá construirseaplicación al objeto del presente contrato se resume a continuación: - -Real Decreto 1836/1999, de acuerdo con la normativa vigente, con la Ordenanza Municipal de Urbanización y en especial con: - Normas para la Redacción de Proyectos de Abastecimiento de Agua y Saneamiento de Poblaciones, D.G.O.H. del MOPU, diciembre de 1977. - Orden Ministerial de 15 de septiembre de 1986, por la que se aprueba el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones del M.O.P.U (PGTS-86). - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de la Edificación NTEISA/73. Instalaciones de Salubridad. Alcantarillado. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de la Edificación NTEISD/74. Instalaciones de Salubridad. Depuración y Vertido. - Xxxxx Xxxxxxxxxxx de Edificación NTEISS/1973. Instalaciones de Salubridad. Saneamiento. - Normas Técnicas de la Entidad de Saneamiento, en su caso (EPSAR, Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales). - Código Técnico de la Edificación. - Real Decreto 509/1996, de 15 xx xxxxx, de desarrollo del Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 3 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento aprueba el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas (proceso de licencia) modificado por el Real Decreto 35/2008 de 18 de enero, el Real Decreto 1308/2011 de 26 de septiembre y el Real Decreto 102/2014 de 21 de febrero. - Real Decreto 783/2001, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes (Directiva 96/29/EURATOM). - Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos. A los efectos de los gálibos - Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 xx xxxxx. A los efectos de las aguas residuales urbanasautorizaciones especiales de circulación - Real Decreto 563/2017, de 2 xx xxxxx, por el que se regulan las inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales que circulan en territorio español. Para la ejecución A los efectos de las obras, en general, será los sistemas de aplicación lo dispuesto estiba - Norma UNE 73402:1995 Garantía de calidad en el artículo 12 xxx Xxxxxx diseño de Prescripciones Técnicas Generales Instalaciones nucleares. - Consejo de Seguridad Nuclear. Instrucciones de Seguridad número 24. - Consejo de Seguridad Nuclear. Guía de Seguridad 6.4: “Documentación relativa a solicitud de autorizaciones para Tuberías el transporte de Saneamiento material radioactivo. Aprobaciones de Poblaciones bultos y autorización para envíos”. - Acuerdo Europeo sobre el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR en la Norma UNE-EN 1610 "Instalación y pruebas vigor). - Reglamento relativo al transporte internacional de acometidas y redes mercancías peligrosas por ferrocarril (RID) - Código IMDG. Código Marítimo de saneamiento".Mercancías Peligrosas vigente. - Normas específicas de GC (ver apartado 5)

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Samples: Pliego Técnico Para La Contratación De Servicios