OBJETO DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO. Se requiere la contratación del servicio de arrendamiento de equipo de fotocopiado para que los consultores del Fideicomiso del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (FINAFIM) puedan alcanzar sus metas y objetivos. El prestador de servicios deberá incluir los equipos que se destinen para la realización del servicio integral de fotocopiado (impresión, perforado, engrapado y escaneo), así como entregar al FINAFIM un calendario de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos, tomando como base los requerimientos del FINAFIM. También deberá suministrar los consumibles que se necesiten: tóner, repuestos, etc. (con excepción del papel), para el uso de los equipos.
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO. Proteger al personal de la SFP con puestos de los niveles P al G, que en ejercicio de sus funciones como servidores públicos y/o derivadas de éstas, o sean objeto de acciones en materia de responsabilidad civil, por hechos u omisiones, así mismo cubra los gastos de la defensa judicial de procedimientos por actos u omisiones en el desempeño de las funciones inherentes a su puesto. A través de este seguro se pagará la indemnización que el asegurado deba a un tercero por el daño ocasionado Este seguro estará limitado a eventos relativos al desempeño de las funciones de los servidores públicos y en ningún caso cubrirá indemnizaciones o asistencia legal derivada de procedimientos de naturaleza administrativa, laboral y penal en los que el Estado sea parte o promueva su instauración.
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO. Se requiere la contratación del Mantenimiento preventivo y correctivo al Sistema de protección contra Incendios y de Detección de Humo, que se encuentran en los inmuebles que ocupa “LA SECRETARÍA Atender las acciones de capacitación, que fueron determinadas a través del proceso de Detección de Necesidades de Capacitación realizado en el mes de febrero de 2018. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO. Contar con el servicio de mantenimiento preventivo con refacciones y correctivo sin refacciones a los sistemas contra incendio instalados en los edificios “Tlatelolco”, “Triangular” y “Ex convento de la Santa Xxxx”, que permita la viabilidad operativa a las áreas requirentes para apoyo en el desarrollo de sus actividades.
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” proporcionará a “LA SECRETARÍAlos servicios de logística y organización necesarios para la celebración del “FORO DE LOS PAÍSES DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE SOBRE DESARROLLO SOSTENIBLE” del 25 xx xxxxx al 00 xx xxxxx xxx 2017, en la Ciudad de México.
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO. Se requiere la contratación del servicio para el desarrollo del Curso xx Xxxxxx 2017 para los hijos de los trabajadores operativos de la Sedesol, en edades entre 5 años 6 meses, a 12 años 11 meses.
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO. Se requiere contratar los servicios de digitalización y carga en la base de datos de la documentación de los Fideicomisos:  Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (FINAFIM) y  Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (FOMMUR) La digitalización, clasificación, administración y consulta electrónica de expedientes mediante el aprovisionamiento de equipos de digitalización y personal especializado, que permita responder oportunamente las necesidades de guarda, búsqueda, conservación y consulta electrónica de los expedientes, agilizando los tiempos de respuesta de los diferentes procesos y de consulta del FINAFIM y del FOMMUR, atendiendo también las solicitudes realizadas por parte de los particulares autorizados y las consultas de información por parte del Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI).

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  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • OBJETO DE LA CONTRATACIÓN El objeto es la contratación de una Sociedad Agente de Bolsa (en adelante, la SAB) que asesore al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y Servicios Públicos Sociales, Minería, Saneamiento, Irrigación y Asuntos Agrarios – PRO DESARROLLO (en adelante, el COMITÉ DE PROINVERSIÓN) e intermedie en el proceso de venta, dirigido a los trabajadores con derecho de adquisición preferente de las acciones de propiedad del Estado en la EMPRESA AGROINDUSTRIAL CAYALTÍ S.A.A. (en adelante, EAA Cayaltí), cuya titularidad corresponde al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE. La cantidad de acciones a ser vendidas se detalla a continuación: El trabajo de la SAB comprende el desarrollo de las actividades señaladas a continuación: Elaboración de la documentación necesaria para realizar la oferta, preparación y estructuración de la oferta pública, en el marco de lo establecido en la Xxx X° 00000, Xxxxxxx Supremo N° 037-2012-EF, Ley N° 30232 y en los “Lineamientos para el ejercicio del derecho de adquisición preferente de los trabajadores” aprobados por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN. Realizar las coordinaciones correspondientes con la Bolsa de Valores de Lima (BVL), Superintendencia xxx Xxxxxxx de Valores (SMV), CAVALI S.A. I.C.L.V., EAA Cayaltí, FONAFE y demás entidades relacionadas, con la finalidad de realizar las publicaciones de los avisos respectivos y el traspaso de los títulos a su cuenta matriz, de ser el caso, y llevar a cabo las demás actividades necesarias a efectos de concretar el proceso de venta de las acciones del Estado en la EAA Cayaltí. Actuar como agente de intermediación y colocador en la venta de las acciones del Estado en la EAA Cayaltí, en caso de existir un remanente de acciones sobre las cuales los trabajadores no hubieren ejercido su derecho de adquisición preferente. Realizar las acciones necesarias a fin de dar a conocer el mecanismo de venta de las acciones del Estado en la EAA Cayaltí entre los trabajadores de la empresa que deseen ejercer su derecho de preferencia. Elaborar los documentos relacionados a la actividad de promoción. Actuar como agente de intermediación en la transferencia de las acciones del Estado en la EAA Cayaltí a los trabajadores que ejerzan su derecho de preferencia. Liderar la operación de transferencia actuando como interlocutor entre PROINVERSIÓN y los trabajadores. Realizar la promoción de la venta de las acciones del Estado en la EAA Cayaltí, a través de reuniones con los trabajadores para determinar el nivel de demanda de dichas acciones. La SAB contratada deberá asumir los gastos de elaboración y distribución de folletería, brochures, instructivos, entre otros materiales de promoción. Las publicaciones que sean necesarias realizar en diarios, radio y televisión, correrán por cuenta de PROINVERSIÓN. Administrar el libro de demanda de la oferta pública y realizar las acciones necesarias para garantizar que el proceso se realice en forma transparente y uniforme. Realizar todas las actividades necesarias relacionadas a la colocación de la totalidad de las acciones y liquidación de la operación. La SAB contratada deberá coordinar todos los aspectos relacionados a las facilidades para el pago (financiamiento), hasta su liquidación, es decir, hasta el cargo y abono de valores y de los fondos respectivos en las cuentas de los titulares. Se deberá realizar un mínimo de tres (03) viajes para realizar reuniones con los trabajadores, con la finalidad de determinar la demanda e informar sobre los mecanismos de venta y demás aspectos contemplados en los Literales a) a la g) precedentes. Queda expresamente establecido que la SAB seleccionada para intermediar en la transferencia de las acciones del Estado en la EAA Cayaltí, sólo podrá participar en la venta de las mismas por cuenta del Estado, no pudiendo en consecuencia intermediar a favor de otros inversionistas, diferentes al Estado o a los trabajadores, en la compra de estas acciones. La SAB contratada, a través de su representante legal, ratificará lo señalado en el párrafo anterior, mediante una declaración jurada según el Formato N° 1 de los Términos de Referencia, que deberá ser presentado a la firma del Contrato de Locación de Servicios (en adelante, el Contrato).

  • OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN “EL COMITENTE” requiere de “EL

  • OBJETO DEL SERVICIO EL BANCO declara que ofrece a sus clientes una tarjeta de débito llamada “TARJETA VISA BANCO FICOHSA”, en adelante “LA TARJETA”. LA TARJETA le permitirá a EL CLIENTE utilizarla en: 1) Establecimientos comerciales, físicos o virtuales, con el fin de comprar bienes y servicios por medio del uso de las terminales de puntos de venta (POS) instalados en los establecimientos antes señalados; 2) En las Redes de Cajeros Automáticos denominadas Ficored y BANRED 24, así como también en las otras redes afiliadas o interconectadas para este servicio, en adelante LA RED, a fin de que EL CLIENTE tenga acceso a los servicios financieros que brindan los cajeros automáticos y terminales de LA RED; razón por la cual, El CLIENTE acepta las condiciones de servicio expuestas a continuación, las que quedan incorporadas y forman parte integral del Contrato de Cuentas Corrientes y Cuentas de Ahorro que EL CLIENTE previamente ha suscrito con el Banco.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD]. De existir observaciones, LA ENTIDAD debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de cinco (5) ni mayor de veinte (20) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar. Este procedimiento no resulta aplicable cuando la consultoría manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.

  • DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN CUCE: - - - - -

  • CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO 23.1.- En el caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, o incumpliera el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10 por 100 del presupuesto del contrato. 23.2.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución o la imposición de penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.