Common use of Obligaciones del Ayuntamiento Clause in Contracts

Obligaciones del Ayuntamiento. Serán obligaciones del arrendador: - El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las re- paraciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utiliza- ción para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. - En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. - Obras de conservación: El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artí- culos 1563 y 1564 del Código Civil (artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos). - Obras de mejora: El arrendatario estará obligado a soportar la realización por el arren- dador de obras de mejora cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la con- clusión del arrendamiento (artículo 22 de la Ley de Arrendamientos Urbanos). Sin perjuicio de la facultad de resolver el contrato, el arrendador que no haya autori- zado la realización de las obras podrá exigir, al concluir el contrato, que el arrendatario re- ponga las cosas al estado anterior o conservar la modificación efectuada, sin que este pueda reclamar indemnización alguna. Si las obras han provocado una disminución de la estabilidad de la edificación o de la seguridad de la vivienda o sus accesorios, el arrendador podrá exigir de inmediato del arrendatario la reposición de las cosas al estado anterior (artículo 23 de la Ley de Arren- xxxxxxxxx Xxxxxxx).

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Samples: Contrato Privado De La Póliza De Seguro De Resposabilidad Civil/Patrimonial, www.diputacionavila.es

Obligaciones del Ayuntamiento. Serán obligaciones El Excmo. Ayuntamiento de S/C de Tenerife se compromete a:  Solicitar con la antelación suficiente las revisiones de mantenimiento prescritas por el fabricante del arrendador: - El Ayuntamiento deberá realizarvehículo.  Comunicar cualquier avería incipiente, sin derecho con independencia de que afecte a elevar por ello la renta, todas las re- paraciones seguridad del mismo.  En el supuesto de que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utiliza- ción para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 la avería fuese del Código Civil. - En cuanto a obras de conservación y mejoracuentakilómetros, se estará calculará el recorrido diario igual a lo dispuesto en la Ley 29/1994, media de 24 los últimos 30 días.  Facilitar la vigilancia de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. - Obras de conservación: El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones por cuenta del adjudicatario, para los fines que sean necesarias estime oportunos. Si en algún caso, se observara negligencia se parará la reparación hasta que sea comprobada por los técnicos municipales.  En todos los casos a los que se refiere este apartado, cada vez que un vehículo se envíe al taller, simultáneamente se comunicará por el Director de los trabajos por correo electrónico al coordinador designado por el adjudicatario para conservar su conocimiento y efectos oportunos.  La Corporación y/o sus conductores se presentarán si son requeridos en cualquier procedimiento, consecuencia de algún accidente, en el que estuvieran implicados en calidad de denunciante, demandante, denunciado, demandado o testigo, según xxxxxxx.  Solicitar cuando corresponda con el libro de mantenimiento del automóvil y con antelación suficiente, las revisiones del mismo.  Comunicar cualquier avería al taller designado por el adjudicatario para las revisiones o reparaciones siempre que el vehículo lo permita.  Facilitar la vivienda vigilancia de las revisiones o reparaciones por cuenta del adjudicatario a los fines que estima oportuno.  Comunicar anualmente al arrendador los kilómetros realizados a los efectos de regularizar el pago del arrendamiento. En caso de avería del cuentakilómetros se calculará el recorrido diario igual a la media de los últimos treinta días.  Presentarse cuando sea requerido en las condiciones cualquier procedimiento, consecuencia de habitabilidad para servir al accidente, bien en calidad de denunciante, demandante, denunciado, demandado o testigo, según xxxxxxx. A la finalización del contrato se examinarán los vehículos a devolver por representantes autorizados de ambas partes. En cualquier caso los posibles daños que presenten los vehículos en chapa, pintura, guarnecidos, tapicería, etc…, consecuencia del desgaste del uso convenido, salvo cuando el deterioro normal de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor vehículos no podrán ser objeto de lo dispuesto en los artí- culos 1563 y 1564 del Código Civil (artículo 21 reclamación económica alguna por parte de la Ley empresa adjudicataria. Las averías provocadas por negligencia del conductor municipal, previo estudio y dictamen por los Servicios Técnicos Municipales, se repararán con cargo al Ayuntamiento de Arrendamientos Urbanos). - Obras S/C de mejora: El arrendatario estará obligado Tenerife, en el taller designado al efecto y previa comunicación a soportar la realización por el arren- dador de obras de mejora cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la con- clusión del arrendamiento (artículo 22 de la Ley de Arrendamientos Urbanos). Sin perjuicio de la facultad de resolver el contrato, el arrendador que no haya autori- zado la realización de las obras podrá exigir, al concluir el contrato, que el arrendatario re- ponga las cosas al estado anterior o conservar la modificación efectuada, sin que este pueda reclamar indemnización alguna. Si las obras han provocado una disminución de la estabilidad de la edificación o de la seguridad de la vivienda o sus accesorios, el arrendador podrá exigir de inmediato del arrendatario la reposición de las cosas al estado anterior (artículo 23 de la Ley de Arren- xxxxxxxxx Xxxxxxx)empresa adjudicataria.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Que Han De Regir

Obligaciones del Ayuntamiento. Serán obligaciones del arrendador: - El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las re- paraciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utiliza- ción para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 Obras del Código Civil. - En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. - Obras de conservación: El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artí- culos 1563 y 1564 del Código Civil (artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos). - Obras de mejoraarrendatario: El arrendatario estará obligado a soportar no podrá realizar sin el consentimiento del arrendador, expresado por escrito, obras que modifiquen la realización por el arren- dador de obras de mejora cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la con- clusión del arrendamiento (artículo 22 configuración de la Ley vivienda o de Arrendamientos Urbanos)los accesorios, o que provoquen una disminución en la estabilidad o seguridad de la misma. - Sin perjuicio de la facultad de resolver el contrato, el arrendador que no haya autori- zado autorizado la realización de las obras podrá exigir, al concluir el contrato, que el arrendatario re- ponga reponga las cosas al estado anterior o conservar la modificación efectuada, sin que este pueda reclamar indemnización alguna. - Si las obras han provocado una disminución de la estabilidad de la edificación o de la seguridad de la vivienda o sus accesorios, el arrendador podrá exigir de inmediato del arrendatario la reposición de las cosas al estado anterior (artículo 23 de la Ley de Arren- xxxxxxxxx XxxxxxxArrendamientos Urbanos)] MEJORAS Y REPARACIONES: - El Ayuntamiento no se obliga a realizar en la finca ninguna clase de obras. los elementos que constituyen gasto xx xxxxxx, puro lujo o mero recreo que se realicen, podrán retirarse a la terminación del contrato, si con ello no se produce deterioro en la finca y si la Corporación no opta por abonar el importe de lo gastado en estos, previa la oportuna valoración pericial. - El adjudicatario se obliga a realizar durante el tiempo del contrato en el objeto arrendado, las reparaciones necesarias para mantenerlo en el estado de servir para su uso, cualquiera que sea su cuantía, clase .y naturaleza. - Asimismo, el adjudicatario deberá realizar cuantas reparaciones sena necesarias para el buen funcionamiento del mobiliario y maquinaria que se le entregan en el momento de la adjudicación que forman parte del inmueble objeto del arrendamiento y que se detallan en este Pliego de condiciones como Anexo I del mismo. - El arrendatario asume el mobiliario y equipamiento existente, en las condiciones actuales que le es entregado en el momento de la formalización del contrato.

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Samples: Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Adjudicación Del Arrendamiento Del Kiosco Bar Sito en El Parque Enclavado en La Antigua Gasolinera De Santa Elena

Obligaciones del Ayuntamiento. Serán obligaciones Posibilitar un uso apacible del arrendador: bar, el comedor y el frontón municipal. - Entregar en buen estado el bar y su mobiliario conforme al inventario que se relaciona en el Pliego de Prescripciones Técnicas. - El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las re- paraciones reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utiliza- ción utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro deterioro, de cuya reparación se trate trate, sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. - En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. - Obras de conservación: El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artí- culos 1563 y 1564 del Código Civil (artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos). - Obras de mejora: El arrendatario estará obligado a soportar la realización por el arren- dador de obras de mejora cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la con- clusión del arrendamiento (artículo 22 de la Ley de Arrendamientos Urbanos). Sin perjuicio de la facultad de resolver el contrato, el arrendador Ayuntamiento de Zaratamo que no haya autori- zado ha autorizado la realización de las obras podrá exigir, al concluir el contrato, que el arrendatario re- ponga reponga las cosas al estado anterior o conservar la modificación efectuada, sin que este pueda reclamar indemnización alguna. Si las obras han provocado una disminución de la estabilidad de la edificación o de la seguridad de la vivienda o sus accesorios, el arrendador Ayuntamiento de Zaratamo podrá exigir de inmediato del arrendatario la reposición de las cosas al estado anterior (artículo 23 de la Ley de Arren- xxxxxxxxx XxxxxxxArrendamientos Urbanos).

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para El Arrendamiento, Mediante Concurso Abierto, De La “Tabernazarra

Obligaciones del Ayuntamiento. Serán Son obligaciones del arrendadorAyuntamiento xx Xxxxxxxxxxx de los Xxxxxx las que se establecen a con- tinuación: - El Ayuntamiento deberá realizar— Destinar la totalidad de la cantidad subvencionada a la realización de inversiones objeto de subvención. — Actuar como órgano de contratación en el contrato que celebre para la realización del objeto pretendido, sin derecho a elevar por ello debiendo respetar la rentaprevisiones de la normativa vigente en materia de contratos del sector público, todas las re- paraciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utiliza- ción para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de así como lo dispuesto con carácter general en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. - En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. - Obras de conservación: El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artí- culos 1563 y 1564 del Código Civil (artículo 21 33 de la Ley 6/2011, de Arrendamientos Urbanos)23 xx xxxxx, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. - Obras — Asumir la total responsabilidad de mejora: la ejecución de la actividad subvencionada, así como de los daños y perjuicios que pudieran derivarse de la ejecución de las obras. — Comprometerse a que la totalidad de la obra prevista esté finalizada antes del 1 xx xxxxx de 2022. — Tener en cuenta las directrices del Manual de Identidad Corporativa de la Junta de Extre- madura, el Manual de Identidad Corporativa de Artesanía de Extremadura y el Manual de Identidad Visual Corporativo para las Áreas de Interés Artesanal de Extremadura. — Respetar las características constructivas, dimensiones, materiales, formas y del ele- mento distintivo y de los elementos de señalética a ejecutar de acuerdo con el anexo I del presente convenio. — Entregar en tiempo y forma la memoria de las actuaciones conforme con lo recogido en la cláusula sexta. — Mantener y conservar los elementos que componen las medidas de visibilización objeto de este convenio durante un periodo mínimo de 5 años, asumiendo todos los costes inherentes a esta obligación. — Someterse a las actuaciones de comprobación aportando cuanta información le sea re- querida en el ejercicio de las actuaciones anteriores le pueda ser requerida para ello por la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, sin perjuicio de las actuaciones de control financiero que competen a la Intervención General de la Junta de Extremadura. — El arrendatario estará obligado Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxxx de los Xxxxxx, como beneficiario de esta subvención, ha acreditado con anterioridad a soportar la realización por concesión y deberá acreditar con carácter previo a cada uno de los pagos, que se encuentra al corriente en el arren- dador cumplimiento de obras sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y frente a la Seguridad Social, así como con la Hacienda autonómica, de mejora cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la con- clusión del arrendamiento (conformidad con lo establecido en el artículo 22 13.1.e) de la Ley 6/2011, de Arrendamientos Urbanos). Sin perjuicio 23 xx xxxxx, de Subvenciones de la facultad Comunidad Autónoma de resolver el contrato, el arrendador que no haya autori- zado la realización de las obras podrá exigir, al concluir el contrato, que el arrendatario re- ponga las cosas al estado anterior o conservar la modificación efectuada, sin que este pueda reclamar indemnización alguna. Si las obras han provocado una disminución de la estabilidad de la edificación o de la seguridad de la vivienda o sus accesorios, el arrendador podrá exigir de inmediato del arrendatario la reposición de las cosas al estado anterior (artículo 23 de la Ley de Arren- xxxxxxxxx Xxxxxxx)Extremadura.

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Samples: doe.juntaex.es