Obligaciones del Fiduciario. El Fiduciario deberá informar mensualmente, dentro de los 10 (diez) primeros días de cada mes, por escrito, al Fideicomitente, a los Fideicomisarios en Primer Lugar y a las Agencias Calificadoras, según corresponda, sobre el estado que guarde el Patrimonio del Fideicomiso. Por lo anterior, el Fiduciario se obliga a lo siguiente:
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