OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DE SERVICIOS. 1. PRESTAR LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, EN
2. PRESTAR LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, EN SU TOTALIDAD, EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN LA PRESENTE CLÁUSULA, ASÍ COMO EN LOS ANEXOS DEL PRESENTE CONTRATO.
3. RESPONDER ANTE LA CONDUSEF DE LA BUENA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, EMPLEANDO PARA ELLO PERSONAL CALIFICADO Y MATERIALES ADECUADOS.
4. ABSTENERSE DE SUBCONTRATAR LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO CON TERCEROS, YA QUE LA PRESTACIÓN DE LOS MISMOS SON DE CARÁCTER PERSONAL.
5. HACER DEL CONOCIMIENTO DE LA CONDUSEF CUALQUIER SITUACIÓN QUE PUDIERA TRADUCIRSE EN DAÑO PARA ELLA.
OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DE SERVICIOS. El prestador de servicios está obligado a: 29 (a) prestar los servicios según lo convenido y los conocimientos que exige el arte, 30 la ciencia o la técnica correspondiente a la actividad constitutiva de los servicios; 31 (b) proveer al comitente la información esencial sobre la ejecución; 32 (c) aportar los materiales utilizados corrientemente en la prestación de los 33 servicios convenidos; y 34 (d) prestar los servicios dentro del tiempo convenido o en el que razonablemente 35 corresponda.
OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DE SERVICIOS. PRESTAR LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, EN SU TOTALIDAD, EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN LA PRESENTE CLÁUSULA, ASÍ COMO EN LOS ANEXOS DEL PRESENTE CONTRATO.
OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DE SERVICIOS. “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a aplicar su capacidad y sus conocimientos para cumplir satisfactoriamente con las actividades que le encomiende “EL DIF YUCATÁN”, a responder de la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad en la que incurra, así como de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se causaren a “EL DIF YUCATÁN”.
OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DE SERVICIOS. RESPONDER ANTE LA CONDUSEF DE LA BUENA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, EMPLEANDO PARA ELLO PERSONAL CALIFICADO Y MATERIALES ADECUADOS.
OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DE SERVICIOS. 1. Proporcionar el CURSO-TALLER “FORMACIÓN CONTÍNUA PARA LA PERMANENCIA EN EL SERVICIO PÚBLICO EDUCATIVO”, objeto del presente contrato, en el período y sede establecido en la cláusula QUINTA de este contrato.
2. Efectuar la reposición del CURSO-TALLER “FORMACIÓN CONTÍNUA PARA LA PERMANENCIA EN EL SERVICIO PÚBLICO EDUCATIVO” que se viera afectado por razones ajenas a “LA ENTIDAD”; en la sede señalada para la realización, sin costo alguno para “LA ENTIDAD”, dentro de un plazo que no deberá de exceder de 72 horas, contados a partir de la notificación por escrito hecha por “LA ENTIDAD”.
3. No ceder a terceros, en todo o en parte los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato.
4. Cumplir cabal y satisfactoriamente con todas y cada una de las obligaciones derivadas del presente contrato.
OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DE SERVICIOS. 3.5.1.1 Cubrir todas las obligaciones obrero patronales contempladas en los ordenamientos vigentes para cada uno de sus empleados siempre de acuerdo a los importes de salarios y prestaciones de acuerdo a los importes cobrados a la ASIPONA, sin omitir el pago del descanso semanal (IMSS, INFONAVIT, AFORE, impuesto sobre nóminas, aguinaldos, vacaciones, ausentismos, etc.) NOTA ACLARATORIA: En cualquier momento durante el lapso en el que esté vigente el CONTRATO, la ASIPONA podrá solicitar originales de estos documentos para constatar que el PRESTADOR DE SERVICIOS esté cumpliendo con este punto y que los trámites se encuentren vigentes, así como los expedientes completos del personal que presta el servicio bajo CONTRATO, entregando una copia de los mismos a solicitud de la empresa.
OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DE SERVICIOS a) Cumplir con la prestación de los servicios solicitados, salvo caso fortuito o fuerza mayor, o por actos o incumplimiento de la autoridad administrativa, que hagan imposible la ejecución del Contrato.
OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DE SERVICIOS. 2. RESPONDER ANTE LA CONDUSEF DE LA BUENA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, EMPLEANDO PARA ELLO PERSONAL CALIFICADO Y MATERIALES ADECUADOS.
3. ABSTENERSE DE SUBCONTRATAR LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO CON TERCEROS, YA QUE LA PRESTACIÓN DE LOS MISMOS SON DE CARÁCTER PERSONAL.
4. HACER DEL CONOCIMIENTO DE LA CONDUSEF CUALQUIER SITUACIÓN QUE PUDIERA TRADUCIRSE EN DAÑO PARA ELLA.
OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DE SERVICIOS. El Prestador de servicios declara y garantiza que:
(a) hará esfuerzos comercialmente razonables para ofrecer soporte técnico a los Usuarios finales de una manera profesional y técnica de acuerdo con los estándares del sector.
(b) hará esfuerzos comercialmente razonables para proteger el Software de CA y de la Documentación relacionada.
(c) no hará declaración alguna ni tampoco otorgará garantías ni creará obligaciones o responsabilidades en nombre de CA.