CONTRATO PARA PRESTADORES DE SERVICIOS ADMINISTRADOS DE CA
CONTRATO PARA PRESTADORES DE SERVICIOS ADMINISTRADOS DE CA
1. Definiciones
1.1 “Contrato” significa colectivamente, este contrato y cualquier formulario de pedido.
1.2 "Usuario Autorizado" significa un empleado individual, contratista o representante del Proveedor de Servicios que accede al Software de CA en nombre del Proveedor de Servicios de la forma aquí permitida.
1.3 “CA” significa CA, Inc., con su sede en Xxx XX Xxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxx 00000.
1.4 “Software de CA” significa el código objeto del software generalmente disponible, según se describe en el Formulario de Orden, incluso evoluciones o actualizaciones de ello lanzadas por CA durante el Plazo de Suscripción, además de cualquier Documentación que se provea bajo los presentes términos.
1.5 “Información confidencial” significa cualquier información revelada por una de la partes (la “Parte Informante”) a la otra parte (la “Parte Receptora”) y que se identifique como “confidencial” o “reservada” o que la Parte Receptora deba entender de manera razonable que es confidencial o reservada, incluso, sin limitación, este Contrato y cualquier información relacionada con planes de negocios, servicios, marketing o finanzas, investigación, planes sobre productos, precios, productos, desarrollos, inventos, procesos, diseños, diagramas, ingeniería, fórmulas, mercados, software (incluso código fuente y código objeto), configuraciones de hardware, programas informáticos y algoritmos pertenecientes a la Parte Informante.
1.6 “Documentación” significa cualquier manual técnico que haya sido publicado (incluidas las actualizaciones correspondientes), que trate sobre el uso del Software de CA y que CA haya puesto a disposición del público en general.
1.7 “Usuario final” significa un proveedor de servicios tercero, independiente y no afiliado al Prestador de servicios que reciba Servicios administrados del Prestador de servicios para fines comerciales internos.
1.7.1 ”Usuario Final del Sector Público o del Gobierno” significa cualquier país, estado, municipio, ciudad u organismo local de la Administración Pública, incluso el Poder Judiciario, asambleas legislativas y departamentos creados y/o financiados por fondos públicos de cualquiera de las antedichas entidades. En cuanto al gobierno de Estados Unidos, un Usuario Final del Sector Público significa el gobierno federal de Estados Unidos, incluso los poderes legislativo, judiciario y ejecutivo, cualquier organismo o empresa del Gobierno de EE.UU. cuyo establecimiento y cuya operación actuales se hayan derivado de un acto del Congreso, así
bien que cualquier instalación de propiedad del Gobierno de EE.UU. operada por un contratista.
1.6 “Error” significa una falla por parte del Software de CA en cumplir de manera sustancial con la funcionalidad especificada en la Documentación.
1.7 “Propiedad intelectual” significa todos los derechos patrimoniales y de propiedad intelectual, incluyendo (a título enunciativo, no limitativo) derechos de autor, derechos xxxxxxx, marcas comerciales (incluidos logotipos, “slogans”, nombres comerciales y marcas de servicio), derechos sobre patentes (incluidas solicitudes de patentes y divulgación de informaciones), conocimientos técnicos, inventos, derechos de prioridad y derechos sobre secretos comerciales que hayan sido reconocidos en cualquier país o jurisdicción del mundo.
1,10 “Servicios Administrados” significa los servicios provistos por un Proveedor de Servicios a los Usuarios Finales que utilicen el Software de CA y el capital intelectual del Proveedor de Servicios y/o los servicios adicionales provistos por ello.
1.8 “Formulario de pedido” significa uno o más documentos de pedido que contengan, entre otros datos:
(1) la fecha de inicio de vigencia del licenciamiento; (2) una descripción del Software de CA; (3) educación y servicios profesionales, cuando sean aplicables; (4) mantenimiento; (5) precios y plazos de pago; y (6) firmas de los representantes autorizados por las partes.
1.9 “Centro de operaciones” o “CO” es la ubicación del centro de datos donde el Prestador de servicios instala el Software de CA para ejecutar los Servicios administrados.
1.13 “Licencia Perpetua” significa una Licencia de Suscripción identificada en el Formulario de Orden como perpetua. El Proveedor de Servicios podrá utilizar el Software de CA listado como Licencias Perpetuas por un Plazo de Suscripción perpetuo. El Proveedor de Servicios será individualmente responsable de las tasas de mantenimiento de todas las Licencias Perpetuas. Ninguna licencia será perpetua a menos que se paguen integralmente todas las tasas pertinentes.
1.10 “Prestador de servicios” significa la entidad Prestadora de servicios identificada en el Formulario de pedido que incorpora este Contrato.
1.11 “Contrato del Usuario Final con el Proveedor de Servicios” significa los términos y las condiciones del Proveedor de Servicios bajo las cuales un Usuario Final puede acceder al Software de CA para Servicios Administrados, incluso el acceso a las funciones del Software de CA.
1.15 “Licencia por tiempo determinado” significa el derecho a utilizar el Software de CA en una sola unidad de Equipo Soportado, conforme lo definido en el Formulario de pedido durante el Plazo de vigencia.
1.17 “Plazo de Suscripción” significa el plazo por el cual el Proveedor de Servicios podrá usar el Software de CA, según se identifique en un Formulario de Orden, y todas las renovaciones subsiguientes, si existen.
1.17 “Número de Licencias por plazo determinado” significa la cantidad de Licencias por tiempo determinado adquiridas.
1.18 “Equipo Soportado” significa el servidor, dispositivo de red u otra solución de hardware o software del Prestador de servicios que (a) se utilice para fines comerciales internos y (b) sea monitoreado o soportado utilizando el Software de CA.
1.20 “Territorio” significa cualquier lugar del mundo, pero siempre excluyendo los países a los cuales CA esté prohibida de exportar sus productos, según prescribe la ley de exportaciones de EE.UU.
2. Software
2.1 Nombramiento. CA nombra el Proveedor de Servicios un MSP dentro del Territorio. Sujeto a los términos y las condiciones del Formulario de Orden pertinente, CA hace disponible al Proveedor de Servicios el derecho no exclusivo, intransferible y no su licenciable de acceder y usar el Software de CA según la Documentación para proveer Servicios Administrados a Usuarios Finales en el OC asignado para los Equipos Contemplados en el Territorio descrito en el Formulario de Orden. Dicha autorización incluye el uso del Software de CA por Usuarios Autorizados, con tal de que el Proveedor de Servicios sea responsable de cualquier uso por dicho Usuario Autorizado.
2.2 Medida del Nombramiento. Sujeto a los términos y las condiciones en el respectivo Formulario de Orden y del pago de las respectivas tasas allí previstas, durante el Plazo de Suscripción, el Proveedor de Servicios podrá comercializarse como un “Centro de Soporte Técnico Autorizado de CA”, pero sólo en cuanto a la provisión de Servicios Administrados y sólo durante el Plazo de Suscripción. El proveedor de servicios podrá hacer demostraciones de los Servicios administrados a los Usuarios finales o a posibles Usuarios finales e incluir en ellas una demostración de la funcionalidad que aporte el Software de CA.
2.3 Cantidad de la Suscripción. El Proveedor de Servicios debe asegurar que su uso del Software de CA está limitado a la cantidad de la Suscripción y que, si el número necesario de Licencias de Suscripción excede a la cantidad de la Suscripción, el Proveedor de Servicios
deberá solicitar más Licencias de Suscripción según el proceso definido en la Sección 3.3.
2.4 Restricciones. El Proveedor de Servicios no deberá hacerlo ni permitirá que terceros (a) modifiquen, copien o de otra forma reproduzcan el Software de CA, ya sea integralmente o parcialmente; (b) apliquen ingeniería inversa, descompilen, desmonten o de otra forma intenten derivar el código fuente o la estructura del código usado en el Software de CA; (c) provean, alquilen o presten el Software de CA a terceros, salvo bajo la autorización expresa en este documento; (d) retiren los avisos o las etiquetas de propiedad exhibidos en el Software de CA; (e) modifiquen o creen una obra derivada de cualquier parte del Software de CA; (f) usen el Software de CA para cualquier finalidad ilegal, (h) creen enlaces públicos en Internet desde o hacia el Software de CA, o (g) permitan el acceso o la distribución del Software de CA a los Usuarios Finales o "encuadren" o "espejen" cualquiera de los contenidos de CA que forman parte en el Software de CA. Además del antedicho, el Proveedor de Servicios reconoce que el Software de CA no se destina al uso relacionado a cualquier actividad alto riesgo o de responsabilidad incondicional (incluso, sin limitación, viajes aéreas o espaciales, operación de usinas eléctricas, soporte a la vida u operaciones médicas) y que CA no ofrece ninguna garantía ni será responsable de cualquier uso del Software de CA en dichas situaciones, hasta el límite máximo permitido por la ley. Además, el Proveedor de Servicios acepta que el Software de CA no se destina al uso por ningún Usuario Final del Gobierno o del Sector Público sin la autorización previa y escrita de CA, la cual podrá incluir otras exigencias o cláusulas en cascada para subcontratistas y/o certificaciones, según se exija o sea pertinente para la provisión del Software de CA. Si CA considera que el Usuario Final del Proveedor de Servicios es un Usuario Final del Sector Público o del Gobierno, se aplicarán las estipulaciones de transición en 8.4a y b y el Proveedor de Servicios acepta ser responsable de todos los costos y gastos relacionados a dicha transición.
2.5 Obligaciones del Prestador de servicios.
El Prestador de servicios declara y garantiza que:
(a) hará esfuerzos comercialmente razonables para ofrecer soporte técnico a los Usuarios finales de una manera profesional y técnica de acuerdo con los estándares del sector.
(b) hará esfuerzos comercialmente razonables para proteger el Software de CA y de la Documentación relacionada.
(c) no hará declaración alguna ni tampoco otorgará garantías ni creará obligaciones o responsabilidades en nombre de CA.
3. Montos, duración y pagos
3.1 Tarifas. Las tarifas que debe el Proveedor de Servicios pagar a CA serán las que se detallen en cada
Formulario de Orden. Dichas tarifas deberán pagarse en un plazo de treinta (30) días netos desde la fecha de la factura de CA. CA se reserva el derecho a alterar dichas tarifas o instituir nuevas tarifas a cualquier momento. El Proveedor de Servicios será notificado con antelación respecto a la fecha de vigencia de las alteraciones en las tarifas x xx xxxxx tarifas, a través del correo electrónico. Dichos cambios o las nuevas tarifas entrarán en vigor en el ciclo de facturación siguiente del Proveedor de Servicios o 30 días desde la fecha de la notificación, lo que ocurra más tarde; sin embargo, dichas tarifas reajustadas no afectarán a los precios del Software de CA especificado en el Formulario de Orden durante el Plazo de Suscripción entonces vigente.
3.3 Excedente. Si, durante cualquier mes, el Proveedor de Servicios excede a la Cantidad de Suscripción, el informe del Proveedor de Servicios será considerado un orden de las Licencias de Suscripción adicionales necesarias para mantener el cumplimiento con el Contrato, y el Proveedor de Servicios deberá firmar un Formulario de Orden para dichas Licencias de Suscripción adicionales. Dichas Licencias de Suscripción adicionales permanecerán en vigor y se facturarán por los valores establecidos en el Formulario de Orden original, hasta el final del Plazo de Suscripción entonces en vigor. Durante el Plazo de Suscripción, la Cantidad de Suscripción no se puede reducir por debajo del número solicitado Formulario de Orden original. El incumplimiento de esta cláusula 3 se considerará un incumplimiento grave del Contrato.
3.4 Plazos de Suscripción. Excepto si está previsto de otro modo en el Formulario de Orden pertinente: (a) las Licencias de Suscripción originales empezarán y seguirán por el Plazo de Suscripción original establecido en el Formulario de Orden pertinente, (b) cualquier Cantidad de Suscripción añadida a la Licencia de Suscripción tras el inicio del Plazo de la Suscripción seguirá vigente durante el antedicho Plazo de Suscripción, salvo convenio en contra indicado en el presente Contrato; (c) los precios de dicha Cantidad de Suscripción adicional serán iguales a los precios de la Licencia de Suscripción, prorrateados por el restante del
Plazo de Suscripción entonces en vigor; y (d) todas las Licencias de Suscripción se renovarán automáticamente por Plazos de Suscripción adicionales de duración igual al del Plazo de Suscripción original, al precio de CA vigente en la fecha de la renovación, a menos que cualquiera de las partes notifique a la otra parte su intención de no renovar, con antelación mínima de 90 (noventa) días respecto al final del respectivo Plazo de Suscripción.
3.5 Pago.
Los valores se facturarán por adelantado según se especifique en el Formulario de pedido correspondiente.
El Prestador de servicios pagará a CA las cantidades debidas y correctamente facturadas dentro del periodo que se especifique en la factura.
3.6 Rescisión por falta de pago.
Si el Prestador de servicios está en atraso en el pago de cualquiera de sus facturas por un plazo de 10 días o más o si se produjera un incumplimiento de la cláusula 3.2, CA se reserva el derecho de dar por rescindido el Formulario de pedido correspondiente, este Contrato y/o el acceso al Software de CA, así como a utilizar cualquiera de sus otros derechos previstos en el presente y en la legislación aplicable.
3.7 Pagos vencidos
En caso de que cualquier atraso en cualquier pago el Prestador de servicios estará sujeto a un pago de un interés moratorio de 2% (dos por ciento) mensual sobre el saldo pendiente de pago.
3.8 Entrega y Propiedad. Todo el Software de CA se entregará en medio tangible o electrónico. En el caso de entrega electrónica, no se entregará ningún objeto tangible. La obligación de entregar el Software de CA al Proveedor de Servicios se cumplirá en el momento de la transmisión del Software de CA por entrega electrónica al Proveedor de Servicios. En ese momento y lugar, todo el riesgo de pérdida de la copia del Software de CA se transferirá al Proveedor de Servicios. Dicha entrega electrónica quizás no prevea automáticamente la exención del respectivo impuesto sobre ventas o uso. El Software de CA deberá ser entregado ya sea mediante entrega electrónica (“ESD”) o si CA lo requiere, medio tangible “CPT”, conforme lo definido en INCOTERMS 2010, desde el punto de envío de CA. CA acuerda en ser responsable de todos los impuestos de importación así como autorizaciones y título de cualquier hardware de CA si es incluido pasará en el punto de entrega al transportista en la ubicación de envío de CA. En el caso de entrega electrónica, no se entregará ninguna propiedad personal tangible. Dicha entrega electrónica puede no automáticamente proporcionar una exención de impuestos de venta o uso aplicables.
3.8 Impuestos.
Los valores detallados en los Formularios de pedido no incluyen impuestos, los cuales serán incluidos en las facturas al Prestador de servicios.
El Prestador de servicios será responsable de cualquier impuesto (incluidos los aplicables a las ventas o al consumo) que aplique sobre dichos valores, excluyendo los impuestos correspondientes a los ingresos netos de CA.
3.9 Datos de contacto y facturación.
El Prestador de servicios facilitará en todo momento a CA información completa, precisa y actualizada sobre sus datos de contacto y facturación.
3.10 Auditorías.
Previa notificación, CA podrá auditar el uso del Software de CA por parte del Prestador de servicios.
Si auditoría revelara que el Proveedor de servicios pagó menos de lo debido a CA, se facturarán dichos cargos al Prestador de servicios.
Dichas auditorías correrán a cargo de CA, a menos que los valores por pagar por parte del Prestador de servicios sean del 5% o más, en cuyo caso el Prestador de servicios deberá pagar todos los gastos y costos derivados de la auditoría y los valores excedentes no anteriormente pagados.
El Prestador de servicios acuerda en mantener todos los documentos y archivos de negocio pertinentes para justificar el cumplimiento con el Contrato durante un periodo de tres (3) años a partir de cualquier fecha de extinción o rescisión.
4. Derechos de propiedad
4.1 Propiedad.
CA o sus proveedores poseen todos los derechos, incluso los derechos de propiedad intelectual, sobre el Software de CA, sobre cualquier material asociado a dicho Software de CA, sobre cualesquiera modificaciones, mejoras personalizaciones, actualizaciones, revisiones o trabajos derivados de dicho Software de CA, y sobre los resultados de los servicios de consultoría, ya sea de acuerdo a este Contrato o a un compromiso de trabajo (SOW) por separado. Ninguna transferencia de propiedad ocurrirá en virtud de este Contrato.
Todos los derechos no concedidos expresamente al Prestador de servicios son reservados por CA.
4.2 Comentarios.
De tiempo en tiempo, el Prestador de servicios podrá enviar comentarios, información, preguntas, datos, ideas, descripciones de procesos u otras informaciones proporcionadas a CA (en lo sucesivo, “Comentarios”).
El Prestador de servicios otorga a CA una licencia no exclusiva, mundial perpetua e irrevocable para utilizar, explotar, reproducir, incorporar, distribuir, divulgar y su licenciar cualquiera de los Comentarios relacionados a sus productos y el Software de CA.
El Prestador de servicios declara que tiene todos los derechos de propiedad intelectual o de propiedad necesarios para otorgar dicha licencia a CA y también que los Comentarios no violan derechos personales, de propiedad o de propiedad intelectual de terceros.
5. Confidencialidad y seguridad
5.1 Información confidencial.
Por "Información confidencial" se entiende toda la información marcada como confidencial o que razonablemente se pudiera considerar como tal en función de las circunstancias (incluida la fuente de la información) y las prácticas del sector. A modo de ilustración, la Información confidencial de CA incluye, sin limitación, Software de CA, Documentación, información y datos técnicos, metodologías y documentos relacionados, material de formación, planificaciones y esquemas de productos, estrategias xx xxxxxxx, modelos empresariales, listados de precios e información personal. Tanto Prestador de servicios como CA acuerdan: (a) mantener la confidencialidad de la Información confidencial de la parte reveladora en la misma medida en que la parte receptora mantendría información patentada propia de tipología y valor similares; (b) no revelar la Información confidencial de la otra parte a terceros distintos del personal autorizado por la parte receptora que necesite disponer de dicha Información confidencial con relación a este Contrato, salvo que se permita expresamente en el presente documento o de otro modo con el consentimiento previo por escrito de la parte reveladora; y (c) no utilizar dicha Información confidencial para ningún fin distinto de los permitidos por el presente Contrato. No obstante lo anterior, (a) cada una de las partes puede proporcionar o permitir el acceso a la Información confidencial de la parte reveladora a los abogados de la parte receptora, contadores independientes y asesores financieros con el único fin de habilitar a dichos abogados, contadores independientes y asesores financieros para que asesoren a la parte receptora, y (b) CA puede proporcionar o permitir el acceso a la Información confidencial de la otra parte a los contratistas, distribuidores y mayoristas que precisen de dicha Información confidencial para asistir a CA en las actividades que así lo requieran o que estén contempladas en el presente Contrato; siempre y cuando en cada uno de estos casos los terceros a los que se revele la Información confidencial estén sujetos a obligaciones de confidencialidad y de no uso de la Información confidencial sustancialmente similares a las
obligaciones de confidencialidad y no uso establecidas en esta Clausula.
Las obligaciones establecidas en esta Sección 12 no serán aplicables respecto a las porciones de la Información confidencial que: (a) revele públicamente la parte reveladora, ya sea con anterioridad o posterioridad al momento en que la parte receptora tenga conocimiento de la misma; (b) estuvieran en conocimiento de la parte receptora sin obligación alguna de mantener la confidencialidad, con anterioridad a la entrega de la parte reveladora; (c) se revelen posteriormente a la parte receptora por un tercero que esté legalmente en posesión de la misma y carezca de la obligación de mantener la confidencialidad; (d) hayan sido publicadas por terceros o de otro modo pasen a ser de dominio público sin mediación de negligencia o incumplimiento del presente Contrato por parte de la parte receptora; o (e) hayan sido desarrolladas o adquiridas de forma independiente por la parte receptora. Con carácter adicional, la Parte receptora tendrá derecho a revelar cualquier tipo de Información confidencial proporcionada en el presente documento si, en opinión razonable de la asesoría legal de la parte receptora, dicha revelación fuera necesaria para acatar la resolución judicial de un tribunal, así como la legislación o regulación aplicable; siempre que, cuando razonablemente sea posible, la parte receptora se lo notifique a la parte reveladora con la suficiente antelación al hecho, de modo que permita a la parte reveladora disponer del tiempo suficiente para adoptar las medidas que considere necesarias a fin de proteger debidamente la confidencialidad de la Información confidencial. Para Información confidencial con respecto al Software de CA y a la propiedad intelectual de CA, las obligaciones establecidas en el presente son indefinidas. Para toda la demás Información Confidencial las obligaciones permanecerán vigentes por un plazo de (5) años a partir de la fecha de la revelación de la misma.
6. Software de CA de evaluación o demostración.
Eventualmente, el Prestador de servicios podrá hacer copias de productos de CA para su evaluación o demostración en ámbitos que no sean de producción mediante la celebración de un término de evaluación sin costo.
Al recibir los productos de CA de acuerdo a lo establecido en el párrafo anterior, el Prestador de servicios los acepta en el estado en el que se encuentran y renuncia a garantías y condiciones expresas o implícitas durante el periodo de evaluación.
Cualquiera de las partes, mediante notificación a la otra parte, podrá cancelar la demonstración con efecto inmediato.
7. Soporte técnico y servicios
7.1 Soporte de Primer Nivel del Proveedor de Servicios. Si el Proveedor de Servicios ha celebrado un contrato con un Usuario Final para proveer cualquier soporte al Software de CA, el Proveedor de Servicios deberá
proveer soporte de primer nivel para el Software de CA en un nivel substancialmente semejante al nivel de soporte provisto por CA a sus Clientes Corporativos, establecido en el sitio a continuación: xxxxx://xxxxxxx.xx.xxx en Technical Support Policies and Terms (Políticas y Términos de Soporte Técnico). El Proveedor de Servicios deberá asegurar que los miembros de su equipo técnico obtengan una formación suficiente en cuanto al Software de CA, según sea necesario para proveer el soporte de primer nivel a los Usuarios Finales. CA no tendrá obligación alguna de proporcionar soporte técnico de primer nivel a Usuarios finales.
7.2 Mantenimiento y soporte técnico de segundo nivel.
Mediante el pago de los valores establecidos en el Formulario de Pedido aplicable, CA prestará servicios de soporte técnico de segundo nivel y “Mantenimiento” al Software de CA debidamente licenciado al Prestador de servicios conforme lo descrito en la presente cláusula, siempre que el Prestador de servicios siga los procedimientos estándares de CA para la prestación de servicios de soporte técnico.
El pago de los valores de mantenimiento descritos en el Formulario de Pedido por parte del Prestador de de servicios le dará los siguientes beneficios: (i) recibir soporte técnico telefónico de segundo nivel y asistencia de CA con relación al uso y a la operación del Software de CA, así como a la corrección de errores; y (ii) recibir nuevas versiones y mejoras del Software de CA que se ejecute con nuevos sistemas operativos, siempre y cuando CA las haya desarrollado y publicado de forma general y se entreguen sin gastos adicionales para los demás licenciatarios de CA que tengan planes de mantenimiento en activo.
El Prestador de servicios no tendrá derecho a soporte técnico de segundo nivel de CA ni a recibir de otros beneficios de Mantenimiento si no estuvieren en un plan de mantenimiento anual activo.
El Prestador de servicios y CA acuerdan hacer todo lo posible y razonable por compartir o comunicar información sobre resolución de incidentes o problemas que le brinden soporte a futuras mejoras para la instalación, configuración o archivos de ayuda del Software de CA o para hacer otras mejoras razonables para dar soporte a la infraestructura de autoservicio de los Usuarios finales a fin de de reducir el volumen de incidentes para el Prestador de servicios y CA.
CA no proporcionará información fuera del alcance contratado por el Prestador de servicios y CA.
7.3 Servicios de Consultoría. Todos los servicios de consultoría, formación u otros requisitos que no estén expresamente declarados en el presente Contrato o en un Formulario de Orden y una descripción de trabajo firmada por las partes están fuera del ámbito del presente Contrato y se proveerán únicamente mediante un pago adicional. Se crea cualquier producto de trabajo o código durante la provisión de servicios de consultoría,
CA retendrá todos los derechos, la propiedad y la licencia en cuanto a dicho producto de trabajo o código, con tal de que se lo licencie al Proveedor de Servicios bajo los mismos términos que el Software de CA. Las tarifas de dichos elementos se pagarán según especifique el respectivo Formulario de Orden, y salvo si se especifica contrariamente, serán pagaderas mediante el recibimiento de la factura. Para calcular el valor de las tasas diarias, se aplicará el día de trabajo estándar de CA en la respectiva región geográfica (por ejemplo, ocho horas en Norteamérica). Cualquier alteración en cualquier descripción de trabajo valdrá únicamente si ambas partes firman una solicitud de alteración.
8. Plazo y terminación o rescisión
8.1 Plazo.
Este Contrato entrará en vigor en la fecha de su firma, y permanecerá vigente por un plazo indeterminado, pudiendo ser terminado por cualquiera de las partes en cualquier momento, mediante notificación por escrito de una parte a la otra, con una anticipación mínima de 30 (treinta) días, caso en el cual no se causará ninguna indemnización de una parte a la otra.
8.2 Rescisión por Inactividad o Conveniencia. Si el Proveedor de Servicios no presenta ningún Formulario de Orden de una nueva Licencia de Suscripción por un período de seis meses, las partes aceptan que cualquiera de las partes podrá rescindir el Contrato por conveniencia. Las partes aceptan que los Usuarios Finales actuales dejarán de recibir sus Servicios Administrados en la fecha de vencimiento del Plazo de Suscripción.
8.3 Rescisión Justificada. Cualquiera de las partes podrá rescindir el Contrato (a) justificadamente, mediante aviso dado a la otra parte con treinta (30) días de antelación, respecto a una violación grave, si no se sana dicho incumplimiento hasta el fin de dicho período o (b) cualquiera de las partes deje de hacer negocios como una empresa operativa o (c) si se vuelve económicamente insolvente, hace una cesión en beneficio de los acreedores, o se declara en bancarrota, que no se descarte en un plazo de sesenta (60) días siguientes a la declaración. Además, CA podrá denunciar el presente Contrato de forma inmediata si el Proveedor de Servicios deja de pagar los montos adeudadas con un retraso igual o superior a diez (10) días.
8.3. Insolvencia, cesión o quiebra. Sujeto a las leyes aplicables, cualquiera de las partes puede terminar o rescindir el Contrato después de notificación por escrito a la otra parte si la otra parte (i) no estuviese pagando sus cantidades adeudadas al vencimiento, (ii) si se declarase insolvente, (iii) si solicita o ya solicitó (o a
través de otro documento) amparo de cualquier ley de bancarrota x xxx similar, que no se resuelva dentro de un plazo de sesenta (60) días a partir de dicha solicitud (o documento), (iv) propone la disolución, liquidación, cesión, reorganización financiera o recapitalización con acreedores, (v) si hiciese cesión general o hipoteca fiduciaria en beneficio de acreedores, o (vi) si un depositario judicial, fiduciario, síndico, o agente similar fuese designado o tomase posesión de cualquier propiedad o negocio. CA puede rescindir este Contrato en caso de fusión, venta de sustancialmente todos los activos o cambio de control del Prestador de servicios. Se considerará que existe un "cambio de control" cuando una entidad adquiera el cincuenta por ciento (50%) o más de las acciones/cuotas con derecho a voto, o título de participación del Prestador de servicios, o en el caso de cambio en la mayoría del Consejo de Administración (o mayoría de los socios, en caso de ser una sociedad) del Prestador de servicios.
8.4. Aceleración del pago. Posteriormente a la rescisión del Contrato, las fechas de vencimiento de todas las facturas pendientes del Prestador de servicios por licencias del Software de CA se anticiparán automáticamente para que se vuelvan vencidas y pagaderas a la fecha efectiva de la rescisión, aunque se hayan proporcionado plazos más largos previamente. A menos que se establezca de otra forma por escrito, todos los pedidos o partes de pedidos remanentes no enviados a partir de la fecha efectiva de la rescisión, serán automáticamente cancelados.
8.5 Efecto de la rescisión / terminación en las obligaciones. La rescisión o terminación de este Contrato no afectará ninguna de las obligaciones previas a la rescisión o terminación de cualquiera de las partes, de acuerdo con este Contrato, y cualquier rescisión o terminación se hará sin perjuicio del cumplimiento de cualquier obligación de la cual no haya sido dispensado hasta el momento de la rescisión o terminación. Independientemente de cualquier otra disposición en este Contrato, CA no será responsable, sin perjuicio de la causa de rescisión o terminación del presente Contrato, por compensación, reembolso, o daño alguno en virtud de pérdida de lucros futuros por ventas anticipadas, o en virtud de gastos, inversiones, arrendamientos, o compromisos relacionados con la empresa o prestigio del Prestador de servicios, o con cualquier otro concepto. Posteriormente a la rescisión o terminación, el Prestador de servicios deberá devolver a CA todos los materiales CA.
8.6. Todos los derechos otorgados en virtud de este Contrato serán rescindidos inmediatamente y el Prestador de servicios deberá devolver o destruir toda el Software de CA y la Información confidencial que estén en su posesión, mediante previa solicitud.
8.7. El Prestador de servicios se compromete a que si, a la terminación o rescisión del Contrato por cualquier motivo, un Usuario final desea seguir utilizando el Software de CA, (a) cooperará en la medida de lo razonable para que el Usuario final pase a tener relación directa con CA o con cualquier prestador de servicios
autorizado y seleccionado por CA y (b) en ningún caso esa transición dará derecho a reclamar compensación alguna para el Prestador de servicios.
8.8 Devolución de materiales.
Toda la Información confidencial, diseños, dibujos, diagramas, fórmulas y demás datos, información financiera, planes de negocio, documentación y literatura y material de apoyo de ventas de cualquier tipo continuarán siendo propiedad de la Parte informante.
En un plazo máximo de 30 (treinta) días a partir de la terminación o rescisión del Contrato, cada parte preparará todos aquellos materiales e informaciones que tenga en su poder para enviarlos a la otra parte. Los gastos de envío correrán de cuenta de la Parte informante.
La Parte receptora no hará ni conservará copias de ninguna Información confidencial.
9. Garantías y declaraciones
9.1 Facultad legal.
Cada parte declara a la otra ser una entidad legal debidamente constituida.
Cada parte declara que tiene poder para celebrar el Contrato y cumplir con las obligaciones correspondientes establecidas en el mismo; que la celebración y cumplimiento del Contrato han sido debidamente autorizadas; que el Contrato puede cumplirse según sus términos; que no se requiere la aprobación, autorización o consentimiento de ninguna autoridad gubernamental o legislativa para celebrar el Contrato y cumplir las obligaciones en él estipuladas.
9.2 Garantía. Durante los primeros 30 (treinta) días desde la fecha de vigencia del Formulario de Orden de un Software de CA o desde la fecha de la provisión de servicios de consultoría, según sea el caso, CA garantiza que (i) cuando el Software de CA se utiliza en un entorno operativo indicado en la Documentación como contemplado por CA, el Software de CA cumplirá concretamente con las especificaciones presentes en la documentación de dicho Software de CA, y (ii) los servicios de consultoría se proveerán según los estándares xx xxxxxxx, con el debido cuidado y la debida calificación, y se proveerán en conformidad con las políticas entonces vigentes de CA. Si se demuestra que CA ha incumplido cualquiera de las antedichas garantías, la única obligación de CA y el recurso exclusivo del Proveedor de Servicios será que CA, a su juicio, (1) haga todos los esfuerzos pertinentes para subsanar el defecto en el software de CA o volver a realizar los servicios de consultoría no conformes; (2) reemplace el software de CA por un Software de CA que cumpla concretamente con las especificaciones en la Documentación, o (3) denuncie el presente Contrato y haga un reembolso a prorrata de las tarifas pagadas por adelantado por el Proveedor de Servicios, las cuáles, en cuanto a las tarifas de Licencia y Mantenimiento, se
calcularán respecto al resto del Plazo de Suscripción indicado en el Orden de Compra correspondiente, desde la en que se establezca que CA ha incumplido las antedichas garantías (para Licencias Perpetuas, se utilizará un período de tres años para este cálculo); o para las tarifas identificadas por separado y pagadas por los servicios profesionales de CA, la restitución se calculará sobre la base de los resultados provistos y los servicios que CA realizó antes de la aparición de los servicios no conformes de CA bajo el correspondiente documento de Orden. Esta garantía y los recursos ofrecidos valdrán únicamente si: (i) el error o defecto relatado pueda ser, en la medida pertinente, reproducido por CA, (ii) el Proveedor de Servicios comunica la presunta infracción con a especificidad pertinente, por escrito, en el plazo de 30 (treinta) días desde su ocurrencia; (iii) el Proveedor de Servicios provee a CA la asistencia pertinente en el diagnóstico y la solución de la respectiva infracción, (iv) el Software de CA o los Servicios de CA están cubiertos por el período de garantía, (v) el Proveedor de Servicios o Usuario Final, según sea el caso, ya instaló y está usando todas las actualizaciones y correcciones lanzadas por CA para el Software de CA afectado; (vi) el Proveedor de Servicios o Usuario Final cumplió, bajo todos los aspectos concretos, con los términos y las condiciones del Contrato (incluso, sin limitación el pago de todas las tasas) o del Contrato de Usuario Final del Proveedor de Servicios y siguió substancialmente la Documentación del Software de CA afectado, del Mantenimiento o de los Servicios de CA y (vii) el error o defecto se debe exclusivamente a un error u omisión de CA, sus representantes o sus empleados. El Proveedor de Servicios comprende y acepta que el equipo de hardware y el software de terceros suministrado por CA se puede proveer al Proveedor de Servicios bajo una garantía o en virtud de otros términos y condiciones que ofrezca el fabricante o licenciante de dicho hardware o software.
9.3 EXENCIÓN DE TODAS LAS OTRAS GARANTÍAS.
LAS PRESENTES CONSTITUYEN LAS GARANTÍAS EXCLUSIVAS CONCEDIDAS AQUÍ AL PROVEEDOR DE SERVICIOS Y REEMPLAZAN TODAS LAS OTRAS GARANTÍAS O CONDICIONES, YA SEAN EXPRESAS O IMPLÍCITAS, INCLUSO, SIN LIMITACIÓN, LAS GARANTÍAS DE COMERCIALIZACIÓN O CALIDAD SATISFACTORIA, LEGALIDAD Y ADECUACIÓN A UN PROPÓSITO ESPECÍFICO. CA NO GARANTIZA QUE EL SOFTWARE DE CA O EL MANTENIMIENTO ATENDERÁ A LAS NECESIDADES DEL PROVEEDOR DE SERVICIOS O DE SUS USUARIOS FINALES, NI QUE EL USO DEL SOFTWARE DE CA SERÁ CONTINUO O EXENTO DE ERRORES. ALGUNOS ESTADOS O JURISDICCIONES NO PERMITEN LA EXCLUSIÓN DE CIERTAS GARANTÍAS EXPRESAS O IMPLÍCITAS. POR LO TANTO, LA ANTEDICHA EXCLUSIÓN QUIZÁS NO VALGA PARA EL PROVEEDOR DE SERVICIOS. SI LA LEY PERTINENTE LO PERMITE: (A) EL PLAZO DE DICHAS GARANTÍAS SE LIMITA AL PERÍODO DE GARANTÍA ESPECIFICADO PARA EL SOFTWARE O MANTENIMIENTO CORRESPONDIENTE, Y (B) EL
RECURSO POR INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER GARANTÍA SE LIMITA A LA REPARACIÓN O AL REEMPLAZO DE LOS PRODUCTOS QUE NO CUMPLAN CON ELLOS, O LA NUEVA PROVISIÓN DE
LOS SERVICIOS. NINGUNA GARANTÍA DE NINGÚN TIPO VALDRÁ DESPUÉS DE DICHO PERÍODO. ALGUNOS ESTADOS O JURISDICCIONES NO PERMITEN DICHAS LIMITACIONES, POR LO QUELA LIMITACIÓN ANTEDICHA QUIZÁS NO VALGA PARA EL PROVEEDOR DE SERVICIOS.
ESTAS GARANTÍAS BRINDAN AL PROVEEDOR DE SERVICIOS DERECHOS LEGALES ESPECÍFICOS, Y EL PROVEEDOR DE SERVICIO PUEDE TENER OTROS DERECHOS QUE PUEDEN VARIAR SEGÚN EL ESTADO O LA JURISDICCIÓN.
10. Indemnización
10.1 Indemnización por CA. CA se compromete a indemnizar el Proveedor de Servicios contra cualquier pérdida o daño definitivamente adjudicado en contra del Proveedor de Servicios, ocurrido en relación con una demanda de terceros que alegue que el uso del software de CA inalterado por el Proveedor de Servicios infringe o se apropia indebidamente de una patente norteamericana o de derechos de autor de terceros en una jurisdicción donde el Proveedor de Servicios esté autorizado a utilizar el software de CA, con tal de que el Proveedor de Servicios (a) envíe un aviso oportuno por escrito sobre la demanda a CA, (b) conceda a CA el derecho exclusivo de defensa contra dicho reclamo, y (c) provea a CA toda la ayuda pertinente. En caso de reclamo real o amenazado por terceros, bajo términos de la presente Sección, CA podrá, a su exclusivo juicio, (i) revisar el Software de CA para que deje de constituir una infracción, (ii) obtener el derecho para que el Proveedor de Servicios siga usando el Software de CA, o (iii) rescindir el contrato, mediante notificación enviada con 10 días de antelación y reembolso de cualquier tasa de suscripción pagada por adelantado pero no utilizada (en el caso de licencias perpetuas, el cálculo contempla un período de tres años). No obstante lo anterior, CA no tendrá obligaciones de responsabilidad o indemnización por (a) cualquier modificación del software de CA por cualquier parte que no sea CA, (b) el uso del software de CA en combinación con cualquier hardware o software de terceros (en la medida en que dicha responsabilidad no surja sin dicha combinación), (c) cualquier código abierto contenido en el software de CA, si existe, (d) cualquier uso del Software de CA que no esté conforme con la documentación o (e) cualquier uso del Software de CA después que CA haya dado instrucciones para poner fin a dicho uso. ESTA SECCIÓN 10.1 REPRESENTA LA ÚNICA Y EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE CA Y EL ÚNICO RECURSO DE PROVEEDOR DE SERVICIOS POR LA VIOLACIÓN O APROPIACIÓN INDEBIDA DE LOS DERECHOS DE TERCEROS.
10.2 Indemnización por parte del Prestador de servicios.
El Prestador de servicios indemnizará, defenderá y exonerará de cualquier responsabilidad a CA, sus
agentes, directivos, empleados, sucesores y cesionarios autorizados (“las partes indemnizadas de CA”) por cualquier tipo de daños, si (a) si dichos daños se derivan o están relacionados con una reclamación según la cual una parte de los Servicios administrados del Prestador de servicios o cualquier parte de los servicios desarrollada por el Prestador de servicios sin ayuda de CA, o cualquier modificación del Prestador de servicios al Software de CA (“Material indemnizable del Prestador de servicios”) o cualquier parte del mismo, infrinja, tome la propiedad de forma indebida o de otro forma viole derechos de Propiedad intelectual de un tercero; y/o (b) si el Prestador de servicios (i) ha provocado cualquier daño personal y/o daño material tangible o daño a un Usuario Final o a sus sistemas de cómputo o de privacidad del Usuario Final y/o (ii) caracteriza incorrectamente, elimina o interfiera software, archivos, datos, texto o código de terceros, o cualquier XXXXXX semejante, incluyendo sin limitación cualquier reclamación de competencia desleal, difamación comercial, interferencia con relaciones contractuales interferencia con posibles ventajas económicas futuras o
(iii) hace que el Software de CA sea operado de una manera inconsistente con cualquier requisito regulatorio o legal que pueda dar lugar a multas, imposibilidad de utilizar el Software de CA o acciones por parte de terceros.
11. Limitación de responsabilidad En cualquier hipótesis, el Prestador de servicios acuerda que CA es responsable únicamente por: 1) lesiones o muerte, daños a bienes raíces y a propiedad personal tangible por un importe de quinientos mil dólares ($500,000) y 2) daños directos limitados al valor efectivamente pago por el Prestador de servicios por el software, mantenimiento y/o los servicios objeto de la violación. Esta limitación de responsabilidad también es aplicable a los empleados, contratistas, distribuidores y proveedores de CA. Se trata del importe máximo del que pueden ser responsables colectivamente ellos y CA.
A EXCEPCIÓN DE LO DISPUESTO ARRIBA, EN LA MEDIDA QUE LO PERMITA LA LEY, EN NINGÚN CASO SERÁN CA O SUS PROVEEDORES RESPONSABLES ANTE EL PROVEEDOR DE SERVICIOS O CUALQUIER OTRA PARTE DE LOS DAÑOS INDIRECTOS, ACCIDENTALES, INDIRECTOS, ESPECIALES, EJEMPLARES O PUNITIVOS DERIVADOS DEL PRESENTE ACUERDO O RELACIONADO CON ELLO, CON CUALQUIER RECLAMO POR PÉRDIDA DE BENEFICIOS, PÉRDIDA DE INGRESOS, PÉRDIDA DE RENOMBRE COMERCIAL, PÉRDIDA DE AHORROS O LA PÉRDIDA DE DATOS, AUN CUANDO CA O SUS PROVEEDORES HAYAN SIDO NOTIFICADOS POR ADELANTADO DE LA POSIBILIDAD DE TALES DAÑOS. EN CASO DE QUE LA ANTEDICHA LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD NO SEA VÁLIDA DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES PERTINENTES, ENTONCES LA RESPONSABILIDAD DE CA Y DE SU PROVEEDOR RESPECTO A DICHO RECLAMO ESTARÁ LIMITADA AL VALOR DE LAS TARIFAS QUE PROVEEDOR DE SERVICIOS HA
EFECTIVAMENTE PAGADO POR EL SOFTWARE DE CA Y/O EL MANTENIMIENTO QUE DIO LUGAR AL RECLAMO.
12. Cláusulas generales
12.1 Notificaciones.
Salvo que se indique lo contrario en el Contrato, todas las notificaciones emitidas en virtud del Contrato deberán hacerse por escrito y se entregarán o enviarán (a) por correo postal certificado con solicitud de acuse de recibo y portes pagados o (b) por correo internacional prioritario o servicio de mensajería nacional con sistema de seguimiento a la dirección que se especifique en el Formulario de Pedido correspondiente o (c) los reportes mensuales especificados en la clausula 3.2 deberán entregarse a la persona de contacto del Prestador de Servicios en CA
Las notificaciones se considerarán como entregadas en el día en que efectivamente hayan sido recibidas por la parte a la que estén dirigidas.
12.2 Contratistas Independientes. La relación de CA con el Proveedor de Servicios es la de contratistas independientes. Ninguna de las partes tiene la autoridad para actuar en nombre de la otra parte ni de obligar a ésta, y en ningún caso las partes se entenderán a ser socios, empleadores y empleados, o representantes una de la otra. Las partes aceptan que los derechos y las obligaciones oriundos del presente contrato se deberán una a la otra de la forma aquí prevista y que las personas por las cuales o contra las cuales se tome cualquier medida bajo el presente contrato se limitarán al Proveedor de Servicios y la CA. Este contrato no otorga ningún derecho en favor de terceros, ni cualquier obligación debida por terceros.
12.3 Legislación aplicable; Foro. La validez e interpretación del Contrato se regirán por las leyes internas del Estado de Nueva York, con exclusión de sus disposiciones sobre conflicto xx xxxxx. Las partes aceptan la jurisdicción y competencia exclusivas de los tribunales federales y estaduales ubicados en el xxxxxxx xx Xxxxxxx, Nueva York, para cualquier demanda oriunda del presente.
12.4 Vigencia de los términos y condiciones.
Las disposiciones de este Contrato que por su naturaleza sigan en vigor con posterioridad a la expiración o terminación o rescisión del Contrato permanecerán en vigor hasta que se hayan cumplido las obligaciones correspondientes.
12.5 Cesión. El Contrato no puede ser cedido por el Proveedor de Servicios por aplicación de la ley o de otra manera, sin el consentimiento previo por escrito de CA, el cual no se denegará sin justo motivo.
12.6 Acuerdo FCPA.
43eca642c288/codeofconduct.pdf. Si CA tuviera razones para creer que una violación de cualquiera de las declaraciones, garantías o pactos existentes en esta clausula ocurrió o pudiera ocurrir, CA podrá suspender futuras entregas del productos o servicios durante ese periodo hasta recibir confirmación satisfactoria de que no ocurrió, ni ocurrirá ninguna violación. CA no será responsable ante el Proveedor de Servicios por cualquier pedido, pérdidas o daños relacionados con su decisión de suspender entregas con base en esta disposición. El Proveedor de Servicios concuerda en que cualquier violación a esta Sección constituye justa causa para la inmediata rescisión de este Contrato por parte de CA sin ninguna responsabilidad ante el Proveedor de Servicios El Proveedor de Servicios también indemnizará y mantendrá a CA y a su empresa matriz exenta de cualquier demanda, pérdida y responsabilidad resultantes de cualquier violación de cualquiera de sus obligaciones conforme esta Sección. Las obligaciones establecidas en esta Sección permanecerán, válidas y vigentes aún después del vencimiento o rescisión o terminación de este Contrato.
El Proveedor de Servicios concuerda en garantizar que el proceso de ventas que utiliza cumple con los
reglamentos de compras aplicables (si el usuario final fuese una entidad del gobierno) y que mantendrá libros y registros precisos con relación a las actividades conforme este Contrato. Después de 45 días a partir de la notificación respectiva por escrito de parte de CA, CA puede hacer una auditoría sobre el uso y distribución de los programas del Proveedor de Servicios y de las actividades del Proveedor de Servicios conforme este Contrato. Ninguna de estas auditorías deberá interferir injustificadamente en las operaciones comerciales habituales del Proveedor de Servicios. El Proveedor de Servicios concuerda en cooperar con las auditorías de CA y proporcionar razonable asistencia y acceso a las informaciones, incluyendo, pero no limitado, a libros, registros, contratos, servidores, personal técnico, y sistemas de elaboración de informes pertinentes.
Ningún propietario, socio, funcionario, director o empleado del Proveedor de Servicios o de cualquier afiliada del Proveedor de Servicios, es funcionario de gobierno. Ningún propietario, socio, funcionario, director o empleado del Proveedor de Servicios o de cualquier afiliada del Proveedor de Servicios, es pariente de funcionario del gobierno dentro del Territorio. En caso de que algún propietario, socio, funcionario, director o empleado del Proveedor de Servicios o de cualquier afiliada del Proveedor de Servicios se convertía en funcionario gubernamental o candidato para algún órgano gubernamental, el Proveedor de Servicios deberá informar inmediatamente a CA, y CA tendrá el derecho de rescindir o terminar este Contrato debido a dicho cambio de status.
El Proveedor de Servicios seleccionará con toda diligencia a sus empleados, agentes, funcionarios y directores y el Proveedor de Servicios les proporcionará entrenamiento adecuado y supervisará sus actividades para asegurar la conformidad con este Contrato.
Si CA tuviese razón de creer que ocurrió o puede ocurrir una violación de cualquiera de las declaraciones y garantías establecidas en esta Sección anterior, CA puede suspender la entrega futura de productos o servicios hasta el momento en que reciba la confirmación satisfactoria de que no ha ocurrido ni va a ocurrir ninguna violación. CA no será responsable frente al Proveedor de Servicios por cualquier demanda, pérdida o daño relacionado a su decisión de suspender la entrega de acuerdo con esta disposición.
En caso de que CA concluya en su opinión única y absoluta que el Proveedor de Servicios falló al satisfacer sus obligaciones conforme esta Sección, CA puede rescindir o terminar inmediatamente este Contrato a través de notificación por escrito al Proveedor de Servicios. El Proveedor de Servicios deberá indemnizar a CA y mantener a CA inmune de cualquier demanda, pérdida o daño relacionado a su violación o cancelación [o ambos] del Contrato conforme esta disposición.
En ningún caso CA estará obligada, conforme este Contrato, a tomar u omitirse en tomar cualquier acción que CA crea de buena fe que podría infringir cualquier ley del Territorio o cualquier ley de los EUA, incluyendo
sin limitación, la ley de Prácticas de Corrupción en el Extranjero (Foreign Corrupt Practices Act- FCPA).
12.7 Fuerza mayor.
Ninguna de las partes serán responsables por el cumplimiento de sus obligaciones establecidas en el presente Contrato (excepto por las obligaciones de pago) en situación de casos fortuitos o de fuerza mayor. Incluyendo sin limitación terremotos, condiciones meteorológicas severas, incendios, inundaciones, huracanes, u otros desastres naturales, guerras, revueltas civiles, ataques terroristas, motines, huelgas, cierre patronal, resoluciones judiciales, problemas de comunicaciones o de Internet, problemas en el suministro eléctrico, accesos no autorizados o robo.
Esta cláusula no se aplicará al pago de valores debidos en virtud del presente por cualquiera de las partes a la otra.
Requisitos para exportación.
El Prestador de servicios acuerda que el Software de CA está sujeto a controles de exportación de los Estados Unidos de América y a controles de importación de cualquier otro país en el que se pudiera utilizar el Software de CA. El Prestador de servicios acuerda en exportar, re-exportar o importar el Software de CA únicamente en cumplimiento de la legislación y los controles mencionados.
12.9 Publicidad.
CA podrá utilizar el nombre y el logotipo del Prestador de servicios en programas de marketing de CA, incluyendo en el sitio del Prestador de servicios de CA, literatura de marketing e información a prensa del Prestador de servicios.
El Prestador de servicios podrá utilizar el nombre y logotipo de CA en materiales de marketing de acuerdo con las políticas de uso y marcas comerciales de CA que pueden consultarse en xxxx://xxx.xx.xxx/xx/xxxxx/xxxxxxx.xxxx?xxxx000000#x ection2. Dicho permiso podrá cancelarse a petición de CA por cualquier motivo.
12.10 Protección de Datos. El Proveedor de Servicios acepta permitir que CA y sus afiliadas almacenen y utilicen la información de contacto del Proveedor de Servicios, incluso nombres, números de teléfono y direcciones de e-mail, dondequiera conduzcan negocios. Dicha información será procesada y usada respecto a nuestra relación comercial, y se podrá proveer a CA y las afiliadas de CA, y para los contratistas, socios comerciales, y cesionarios de CA y de sus afiliadas para usos compatibles con su actividad colectiva de negocios, incluyendo la comunicación con el Proveedor de Servicios (por ejemplo, para el procesamiento de órdenes, para promociones, y para encuestas xx xxxxxxx). Además, el Proveedor de Servicios acepta en
proveer datos de Usuarios Finales (incluso información de contacto) a CA con la finalidad de administrar el Contrato y se comunicar con el Usuario Final (incluso para fines de marketing y promociones, y para realizar encuestas xx xxxxxxx). El Proveedor de Servicios declara que (i) el Proveedor de Servicios está debidamente autorizado a proveer datos personales a CA (incluso información de Usuarios Finales) y que CA y el Proveedor de Servicios lo harán legalmente, cumpliendo con las leyes pertinentes, (ii) CA y cualquier persona jurídica de CA y del grupo económico de CA (cada una constituyendo una “Persona Jurídica de CA”), o sus subcontratistas podrán procesar dichos datos y (iii) CA podrá divulgar dichos datos a cualquier Persona Jurídica de CA y sus subcontratistas con la finalidad de cumplir con sus obligaciones ante el Proveedor de Servicios y para la promoción de otros productos y/o de CA y otros al Proveedor de Servicios, y podrán transferir dichos datos hacia fuera del país de origen. CA, Inc is lleva la certificación Safe Harbor y las Personas Jurídicas de CA se han comprometido a cumplir con las leyes pertinentes de protección/privacidad de datos.
12.11 Miscelánea.
Los títulos del Contrato se incluyen únicamente a título de referencia y no afectarán a la interpretación ni al contenido del Contrato.
Si un juez o tribunal de una jurisdicción competente determina que alguna de las cláusulas del Contrato es contraria a la ley, el resto de las cláusulas del Contrato seguirán vigentes y con plenos efectos legales.
Los retrasos u omisiones de cualquiera de las partes a la hora de ejercer un derecho que les corresponda en virtud del Contrato no podrán interpretarse como una renuncia a ejercer ese derecho.
La renuncia de una de las partes a actuar contra un incumplimiento en que incurra la otra parte no se interpretará como una renuncia a actuar contra sucesivos incumplimientos de la otra parte.
Todas las renuncias deberán constar por escrito y con la firma de la parte que renuncia a sus derechos.
12.13 Interpretación y términos adicionales. El Contrato, junto con Los Formularios de Orden, constituyen el acuerdo completo entre CA y el Proveedor de Servicios con respecto a la materia objeto del mismo. Este contrato reemplaza todas las negociaciones, contratos y compromisos anteriores entre las partes en cuanto al objeto en cuestión. Ningún aditamento al presente Contrato resultará efectivo sin que sea por escrito y firmado por un representante autorizado de cada parte. A pesar de la legislación pertinente, las comunicaciones electrónicas no se considerarán escritos firmados. Formularios de Orden adicionales se pueden añadir a este Contrato, con tal de que cada uno esté
firmado por ambas partes. Cada Formulario de Orden añadido se regirá bajo los términos de este Contrato. Ningún término o condición contemplado en el orden de compra del Proveedor de Servicios u otro documento similar valdrá a menos que CA se ponga de acuerdo con ello por escrito, incluso si CA ha aceptado el orden establecido en dicha orden de compra, y todos sus términos o condiciones sean expresamente rechazados por CA. En caso de conflicto entre los términos del Contrato y un Formulario de Orden, prevalecerá el Formulario de Orden.