Obras. El ARRENDATARIO podrá realizar a su cargo cuantas obras menores estime oportunas para el desarrollo de su actividad sin que sea necesaria la previa autorización del ARRENDADOR. El ARRENDATARIO no podrá practicar obras mayores ni modificar elementos estructurales en el LOCAL, sin previo permiso expreso y por escrito del ARRENDADOR. En todo caso, las obras así autorizadas y los correspondientes permisos serán de cuenta y cargo del ARRENDATARIO, y quedarán en beneficio del ARRENDADOR, sin derecho a indemnización o reclamación por parte del ARRENDATARIO. Todas las obras deberán ser realizadas bajo la correspondiente dirección técnica, sujetas a las pertinentes licencias municipales y de modo que no perjudiquen ni durante su realización ni después de terminadas a la seguridad del LOCAL o de las fincas colindantes. El ARRENDATARIO con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30, en relación con el artículo 21 de la X.X.X., se obliga a hacer a su cargo en EL LOCAL objeto del contrato, todas las reparaciones necesarias a fin de conservarlo en estado de servir para el uso convenido; y sin que durante la ejecución de las mismas tenga derecho a suspender el contrato o desistir del mismo, ni a indemnización alguna, así como tampoco a disminuir o paralizar el pago de la renta. Los contratantes convienen, con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30 en relación con los artículos 22 y 26 de la X.X.X., que para el caso de que EL ARRENDADOR deseara efectuar obras de mejora en el edificio, deberá notificarlo por escrito, con tres meses de antelación como mínimo, al ARRENDATARIO, quien no podrá oponerse a las mismas sin perjuicio del derecho que le asiste, a ejercitar dentro del plazo de un mes dicha notificación, de rescindir el contrato si las obras le afectan de modo relevante. El arrendatario que soporte las obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que se vea privado por causa de aquéllas, así como a la indemnización de los gastos que las obras le obliguen a efectuar.
Appears in 2 contracts
Samples: Contrato De Arrendamiento, Contrato De Arrendamiento
Obras. El ARRENDATARIO podrá realizar Queda totalmente prohibida la realización de obras en el puesto de trabajo cedido, aun cuando se trate de mejoras y no impliquen modificación de estructuras o configuración del mismo o de sus servicios e instalaciones generales, sin consentimiento escrito por parte de LA CÁMARA. Las obras de mera reparación o conservación realizadas como consecuencia de desperfectos o mal uso del espacio por el CESIONARIO, serán efectuadas siempre por LA CÁMARA, repercutiendo el importe que proceda de las mismas al CESIONARIO. Este tipo de obras sólo podrán realizarse directamente por el CESIONARIO a su cargo cuantas obras menores estime oportunas para el desarrollo de su actividad sin que sea necesaria la previa autorización del ARRENDADOR. El ARRENDATARIO no podrá practicar obras mayores ni modificar elementos estructurales en el LOCALexclusiva xxxxx, sin si existe previo permiso expreso escrito por parte de LA CÁMARA y por escrito del ARRENDADORen tanto se ajusten en su ejecución a la autorización concedida. Para la concesión de dicho permiso, LA CÁMARA podrá exigir la presentación de un proyecto técnico de ejecución de las mismas. En todo caso, las obras así de cualquier clase que se efectúen en el puesto de trabajo, ya sean autorizadas y los correspondientes permisos serán de cuenta y cargo del ARRENDATARIOo no, y quedarán siempre en beneficio del ARRENDADORxxx Xxxxxx al finalizar el cesión, sin generar derecho a indemnización o reclamación o percepción económica de ninguna clase por parte del ARRENDATARIO. Todas las obras deberán ser realizadas bajo la correspondiente dirección técnicael CESIONARIO, sujetas salvo que LA CÁMARA a las pertinentes licencias municipales y su exclusiva opción, exija al CESIONARIO que devuelva el puesto de modo que no perjudiquen ni durante su realización ni después de terminadas a la seguridad del LOCAL o de las fincas colindantes. El ARRENDATARIO con renuncia expresa a lo dispuesto trabajo en el artículo 30mismo estado en que lo recibió, en relación con el artículo 21 cuyo caso serán por cuenta de la X.X.X., se obliga a hacer a su cargo en EL LOCAL objeto del contrato, todas las reparaciones necesarias a fin de conservarlo en estado de servir para el uso convenido; y sin que durante la ejecución de las mismas tenga derecho a suspender el contrato o desistir del mismo, ni a indemnización alguna, así como tampoco a disminuir o paralizar el pago de la renta. Los contratantes convienen, con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30 en relación con los artículos 22 y 26 de la X.X.X., que para el caso de que EL ARRENDADOR deseara efectuar obras de mejora en el edificio, deberá notificarlo por escrito, con tres meses de antelación como mínimo, al ARRENDATARIO, quien no podrá oponerse a las mismas sin perjuicio del derecho que le asiste, a ejercitar dentro del plazo de un mes dicha notificación, de rescindir el contrato si las obras le afectan de modo relevante. El arrendatario que soporte las obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que se vea privado por causa de aquéllas, así como a la indemnización de cedente los gastos que deba soportar el CESIONARIO para la adecuación del local a su estado original. Se prohíbe expresamente al CESIONARIO la sustitución o modificación de las instalaciones generales del puesto de trabajo cedido o la introducción en las fachadas o a través de ventanas u otras aberturas del despacho en el que esté ubicado el puesto de trabajo cedido, de elementos que alteren o modifiquen la uniformidad estética xxx Xxxxxx. La cesión no comprende la fachada, azotea x xxxxxxxx y demás partes exteriores del edificio, que el CESIONARIO no podrá utilizar, salvo para usos debidamente autorizados. Tampoco podrá el CESIONARIO instalar transmisiones, motores o máquinas para su funcionamiento en el puesto de trabajo cedido, ni instalaciones que alteren, modifiquen o sustituyan a los suministros, públicos o privados, previstos para el propio espacio o para el conjunto xxx Xxxxxx, sin previo consentimiento escrito de LA CÁMARA. LA CÁMARA podrá efectuar en los elementos comunes del edificio cuantas obras le obliguen considere necesarias y razonables para su mejora de cualquier orden, y sean autorizadas por licencia municipal y por la Comunidad de Propietarios. El CESIONARIO queda obligado a efectuarpermitir el acceso a su puesto de trabajo para efectuar las reparaciones que sean necesarias.
Appears in 2 contracts
Samples: Contract for Assignment of Workplace, Contrato De Cesión De Puesto De Trabajo
Obras. El ARRENDATARIO podrá realizar La ARRENDATARIA, de ser necesario, realizará, a su cargo cuantas xxxxx, mediante proyecto que será sometido previamente a la aprobación del ARRENDADOR y bajo la supervisión de los técnicos designados por éste, las obras menores estime oportunas de acondicionamiento, sea cual sea su carácter, que exija la instalación de su empresa. Al margen de lo anterior, la ARRENDATARIA no podrá efectuar obras de ningún tipo en la finca arrendada sin el consentimiento previo y escrito del ARRENDADOR. A la finalización del contrato, será facultad del ARRENDADOR optar entre la reposición de las cosas a su estado original (por cuenta de la ARRENDATARIA), o la conservación de las modificaciones, renunciando la ARRENDATARIA a indemnización por las mismas. El ARRENDADOR tendrá derecho a hacer las reparaciones, nuevas construcciones, elevación de las plantas en el edificio, así como a realizar los cambios y/o modificaciones que estimara conveniente sin que ello genere derecho a la reducción de la renta ni a pagar indemnización alguna a la ARRENDATARIA quien, además, dará al ARRENDADOR las máximas facilidades para su realización, permitiendo la entrada en el local al personal técnico y obrero encargado de ejecutarlas, así como los materiales y equipos necesarios, durante las horas que habitualmente rijan para el desarrollo trabajo. Tampoco tendrá derecho a reducción xx xxxxx ni a indemnización alguna la ARRENDATARIA en el caso de su actividad que, debido a las obras, hubiese que colocar una valla que interrumpiera la visión exterior del local objeto del arriendo, siempre que estas obras no impidan el funcionamiento normal del local. La ARRENDATARIA podrá colocar el nombre de la empresa junto a la puerta del local objeto de este contrato, haciendo uso para ello, de forma obligatoria, del modelo estandarizado de placa proporcionado por el Consorcio. Queda prohibida, por lo tanto, la colocación de placas, anuncios, rótulos, etc. sin que sea necesaria la previa autorización del ARRENDADOR. El ARRENDATARIO no podrá practicar obras mayores ni modificar elementos estructurales en el LOCAL, sin previo permiso expreso y por escrito del ARRENDADOR. En todo caso, las obras así autorizadas y los correspondientes permisos serán de cuenta y cargo del ARRENDATARIO, y quedarán en beneficio del ARRENDADOR, sin derecho a indemnización o reclamación por parte del ARRENDATARIO. Todas las obras deberán ser realizadas bajo la correspondiente dirección técnica, sujetas a las pertinentes licencias municipales y de modo que no perjudiquen ni durante su realización ni después de terminadas a la seguridad del LOCAL o de las fincas colindantes. El ARRENDATARIO con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30, en relación con el artículo 21 de la X.X.X., se obliga a hacer a su cargo en EL LOCAL objeto del contrato, todas las reparaciones necesarias a fin de conservarlo en estado de servir para el uso convenido; y sin que durante la ejecución de las mismas tenga derecho a suspender el contrato o desistir del mismo, ni a indemnización alguna, así como tampoco a disminuir o paralizar el pago de la renta. Los contratantes convienen, con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30 en relación con los artículos 22 y 26 de la X.X.X., que para el caso de que EL ARRENDADOR deseara efectuar obras de mejora en el edificio, deberá notificarlo por escrito, con tres meses de antelación como mínimo, al ARRENDATARIO, quien no podrá oponerse a las mismas sin perjuicio del derecho que le asiste, a ejercitar dentro del plazo de un mes dicha notificación, de rescindir el contrato si las obras le afectan de modo relevante. El arrendatario que soporte las obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que se vea privado por causa de aquéllas, así como a la indemnización de los gastos que las obras le obliguen a efectuar.
Appears in 2 contracts
Samples: Lease Agreement, Lease Agreement
Obras. El ARRENDATARIO podrá realizar Queda totalmente prohibida la realización de obras en el despacho objeto de cesión, aún cuando se trate de mejoras y no impliquen modificación de estructuras o configuración del mismo o de sus servicios e instalaciones generales, sin consentimiento escrito por parte de LA CÁMARA. Las obras de mera reparación o conservación realizadas como consecuencia de desperfectos o mal uso del espacio por el CESIONARIO, serán efectuadas siempre por LA CÁMARA, repercutiendo el importe que proceda de las mismas al CESIONARIO. Este tipo de obras sólo podrán realizarse directamente por el CESIONARIO a su cargo cuantas obras menores estime oportunas para el desarrollo de su actividad sin que sea necesaria la previa autorización del ARRENDADOR. El ARRENDATARIO no podrá practicar obras mayores ni modificar elementos estructurales en el LOCALexclusiva xxxxx, sin si existe previo permiso expreso escrito por parte de LA CÁMARA y por escrito del ARRENDADORen tanto se ajusten en su ejecución a la autorización concedida. Para la concesión de dicho permiso, LA CÁMARA podrá exigir la presentación de un proyecto técnico de ejecución de las mismas. En todo caso, las obras así de cualquier clase que se efectúen en el despacho, ya sean autorizadas y los correspondientes permisos serán de cuenta y cargo del ARRENDATARIOo no, y quedarán siempre en beneficio del ARRENDADORxxx Xxxxxx al finalizar el contrato de cesión, sin generar derecho a indemnización o reclamación o percepción económica de ninguna clase por parte del ARRENDATARIO. Todas las obras deberán ser realizadas bajo la correspondiente dirección técnicael CESIONARIO, sujetas salvo que LA CÁMARA a las pertinentes licencias municipales y de modo su exclusiva opción, exija al CESIONARIO que no perjudiquen ni durante su realización ni después de terminadas a la seguridad del LOCAL o de las fincas colindantes. El ARRENDATARIO con renuncia expresa a lo dispuesto devuelva el despacho en el artículo 30mismo estado en que lo recibió, en relación con el artículo 21 cuyo caso serán por cuenta de la X.X.X., se obliga a hacer a su cargo en EL LOCAL objeto del contrato, todas las reparaciones necesarias a fin de conservarlo en estado de servir para el uso convenido; y sin que durante la ejecución de las mismas tenga derecho a suspender el contrato o desistir del mismo, ni a indemnización alguna, así como tampoco a disminuir o paralizar el pago de la renta. Los contratantes convienen, con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30 en relación con los artículos 22 y 26 de la X.X.X., que para el caso de que EL ARRENDADOR deseara efectuar obras de mejora en el edificio, deberá notificarlo por escrito, con tres meses de antelación como mínimo, al ARRENDATARIO, quien no podrá oponerse a las mismas sin perjuicio del derecho que le asiste, a ejercitar dentro del plazo de un mes dicha notificación, de rescindir el contrato si las obras le afectan de modo relevante. El arrendatario que soporte las obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que se vea privado por causa de aquéllas, así como a la indemnización de LA CÁMARA los gastos que deba soportar el CESIONARIO para la adecuación del local a su estado original. Se prohibe expresamente al CESIONARIO la sustitución o modificación de las instalaciones generales del despacho cedido o la introducción en las fachadas o a través de ventanas u otras aberturas del despacho de elementos que alteren o modifiquen la uniformidad estética xxx Xxxxxx. La cesión no comprende la fachada, azotea x xxxxxxxx y demás partes exteriores xxx Xxxxxx, que el CESIONARIO no podrá utilizar, salvo para usos debidamente autorizados. Tampoco podrá el CESIONARIO instalar máquinas o equipos para su funcionamiento en el despacho cedido, ni instalaciones que alteren, modifiquen o sustituyan a los suministros, públicos o privados, previstos para el propio despacho o para el conjunto xxx Xxxxxx, sin previo consentimiento escrito de LA CÁMARA. LA CÁMARA podrá efectuar en los elementos comunes del edificio cuantas obras le obliguen considere necesarias y razonables para su mejora de cualquier orden, y sean autorizadas por licencia municipal. El CESIONARIO queda obligado a efectuarpermitir la entrada en su local para efectuar las reparaciones que sean necesarias.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Cesión De Uso
Obras. El ARRENDATARIO podrá cesionario está obligado a realizar a su cargo cuantas las obras menores estime oportunas para el desarrollo de su actividad sin que sea necesaria la acondicionamiento del espacio, previa autorización del ARRENDADORAyuntamiento, a través del Área de Desarrollo Económico, que podrá requerir los informes necesarios a los servicios técnicos del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxx. Esta autorización no exime al cesionario de la obligación de solicitud de las licencias y permisos pertinentes. Queda totalmente prohibida la realización de obras en el espacio cedido, aun cuando se trate de mejoras y no implique modificación de estructuras, sin el consentimiento expreso del Ayuntamiento y sin la obtención de las licencias correspondientes. El ARRENDATARIO no podrá practicar obras mayores ni modificar cesionario tiene la obligación de realizar aquellas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario, así como aquellas otras que deriven de un mal uso o negligencia por su parte. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA XX XXXXXXXXXX Los daños o desperfectos causados por el ejercicio de la actividad en los elementos estructurales del local, en el LOCALlas instalaciones generales o en las demás zonas de uso común, sin previo permiso expreso y por escrito serán reparados x xxxxx del ARRENDADORcesionario. En todo casoMiércoles, 8 xx xxxxxx de 2018 A la finalización del contrato, las obras así autorizadas y los correspondientes permisos serán elementos desmontables podrán ser retirados por el cesionario. Sin embargo, no se retirará ninguna obra o elemento que suponga menoscabo de cuenta y cargo del ARRENDATARIOla nave, y de forma que éstas quedarán en beneficio del ARRENDADORinmueble, sin derecho a reclamación alguna o indemnización o reclamación de cualquier clase por parte del ARRENDATARIOusuario. Todas las obras deberán ser realizadas bajo la correspondiente dirección técnicaNo obstante, sujetas el Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxx, podrá exigir al usuario que proceda, a las pertinentes licencias municipales y de modo que no perjudiquen ni durante su realización ni después de terminadas xxxxx, a la seguridad del LOCAL retirada de todas o alguna de las fincas colindantes. El ARRENDATARIO con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30, en relación con el artículo 21 de la X.X.X., se obliga a hacer a su cargo en EL LOCAL objeto del contrato, todas las reparaciones necesarias a fin de conservarlo en estado de servir para el uso convenido; y sin que durante la ejecución de las mismas tenga derecho a suspender el contrato o desistir del mismo, ni a indemnización alguna, así como tampoco a disminuir o paralizar el pago de la renta. Los contratantes convienen, con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30 en relación con los artículos 22 y 26 de la X.X.X., que para el caso de que EL ARRENDADOR deseara efectuar obras de mejora en el edificio, deberá notificarlo por escrito, con tres meses de antelación como mínimo, al ARRENDATARIO, quien no podrá oponerse a las mismas sin perjuicio del derecho que le asiste, a ejercitar dentro del plazo de un mes dicha notificación, de rescindir el contrato si las obras le afectan de modo relevante. El arrendatario que soporte las obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que se vea privado por causa de aquéllas, así como a la indemnización de los gastos que las obras le obliguen a efectuarmismas.
Appears in 1 contract
Samples: Convenio Colectivo
Obras. El ARRENDATARIO podrá realizar Se incluyen todas las obras necesarias para llevar a su cargo cuantas obras menores estime oportunas para el desarrollo cabo la obra de su actividad sin que sea necesaria la previa autorización del ARRENDADOR. El ARRENDATARIO no podrá practicar obras mayores ni modificar elementos estructurales "Puesta en valor de los recursos turísticos zona creativa Xxxxxxx xxx Xxxxxx", tal como se especifica en el LOCAL, sin previo permiso expreso y por escrito del ARRENDADORPliego de Prescripciones Técnicas. En todo caso, Xxxxx excluidas de este contrato las obras así autorizadas que la Propiedad acuerde durante la tramitación de este Proyecto hasta su aprobación y los correspondientes permisos serán de cuenta y cargo del ARRENDATARIO, y quedarán en beneficio del ARRENDADOR, sin derecho a indemnización o reclamación por parte del ARRENDATARIO. Todas las obras deberán ser realizadas bajo la correspondiente dirección técnica, sujetas a las pertinentes licencias municipales y de modo que no perjudiquen ni durante su realización ni después de terminadas a la seguridad del LOCAL o de las fincas colindantes. El ARRENDATARIO con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30, en relación con el artículo 21 de la X.X.X., se obliga a hacer a su cargo en EL LOCAL objeto del contrato, todas las reparaciones necesarias a fin de conservarlo en estado de servir para el uso convenido; y sin aún aquellas otras que durante la ejecución de las mismas tenga derecho obras se estimen pueden ser economizadas. En el caso que hubiera que ejecutar obras no comprendidas en documento técnico deberán aprobarse previa presentación de las correspondientes facturas de los materiales empleados y previo acuerdo con los responsables municipales en lo referente a suspender el contrato o desistir del mismo, ni a indemnización alguna, así como tampoco a disminuir o paralizar el pago tiempos de la rentarealización de dichos trabajos. Los contratantes convienen, detalles de obras que no estuvieran suficientemente detallados en este Proyecto se ejecutarán con renuncia expresa arreglo a lo dispuesto en el artículo 30 en relación con los artículos 22 y 26 planos e instrucciones que durante la ejecución de la X.X.X., que para el caso de que EL ARRENDADOR deseara efectuar obras de mejora en el edificio, deberá notificarlo por escrito, con tres meses de antelación como mínimo, al ARRENDATARIO, quien no podrá oponerse a las mismas sin perjuicio del derecho que le asiste, a ejercitar dentro del plazo de un mes dicha notificación, de rescindir el contrato si las obras le afectan proporcione la Dirección Técnica de modo relevantelas mismas. Las modificaciones no supondrán, en cualquier caso, un incremento superior al diez (10%) por ciento. El arrendatario que soporte las obras Contratista no tendrá derecho a una reducción reclamación de tipo económico, por la eliminación de las obras que la Propiedad y el Director de la renta obra con su buen criterio estimen convenientes. Las obras auxiliares serán excluidas hasta su aprobación y no supondrán una alteración en proporción a la parte el presupuesto superior al veinte (20%) por ciento. Las obras deberán realizarse permitiendo en todo momento el correcto funcionamiento en el entorno y minimizando las afecciones al tráfico tanto peatonal, circundante de la vivienda obra, como rodado y de acceso a las obras. En ningún momento los acopios, almacenamiento, trabajos de la instalación y tareas de carga y descarga impedirán o dificultarán el movimiento y circulación en la zona circundante. Se tendrá especial cuidado en no perturbar o impedir el normal desarrollo de las actividades que habitualmente se vea privado por causa realizan en las dependencias municipales afectadas. Los trabajos se llevaran a efecto todos los días del año excepto xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos oficiales en el municipio de aquéllasEl Xxxxxx xx Xxxxx. A estos efectos, el horario normal de trabajo se considerará entre las 8:00 y las 18:00 en días laborables. En casos especiales el horario de prestación de servicios podrá ser fuera del indicado cuando las necesidad de la actividad municipal o bien la urgencia del caso así como lo requieran, debiendo , si fuera preciso, trabajar " a la indemnización de los gastos que las obras le obliguen a efectuarturnos".
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Works
Obras. El ARRENDATARIO podrá realizar Queda totalmente prohibida la realización de obras en el despacho objeto de cesión, aún cuando se trate de mejoras y no impliquen modificación de estructuras o configuración del mismo o de sus servicios e instalaciones generales, sin consentimiento escrito por parte de LA CÁMARA. Las obras de mera reparación o conservación realizadas como consecuencia de desperfectos o mal uso del espacio por el CESIONARIO, serán efectuadas siempre por LA CÁMARA, repercutiendo el importe que proceda de las mismas al CESIONARIO. Este tipo de obras sólo podrán realizarse directamente por el CESIONARIO a su cargo cuantas obras menores estime oportunas para el desarrollo de su actividad sin que sea necesaria la previa autorización del ARRENDADOR. El ARRENDATARIO no podrá practicar obras mayores ni modificar elementos estructurales en el LOCALexclusiva xxxxx, sin si existe previo permiso expreso escrito por parte de LA CÁMARA y por escrito del ARRENDADORen tanto se ajusten en su ejecución a la autorización concedida. Para la concesión de dicho permiso, LA CÁMARA podrá exigir la presentación de un proyecto técnico de ejecución de las mismas. En todo caso, las obras así de cualquier clase que se efectúen en el despacho, ya sean autorizadas y los correspondientes permisos serán de cuenta y cargo del ARRENDATARIOo no, y quedarán siempre en beneficio del ARRENDADORxxx Xxxxxx al finalizar el contrato de cesión, sin generar derecho a indemnización o reclamación o percepción económica de ninguna clase por parte del ARRENDATARIO. Todas las obras deberán ser realizadas bajo la correspondiente dirección técnicael CESIONARIO, sujetas salvo que LA CÁMARA a las pertinentes licencias municipales y de modo su exclusiva opción, exija al CESIONARIO que no perjudiquen ni durante su realización ni después de terminadas a la seguridad del LOCAL o de las fincas colindantes. El ARRENDATARIO con renuncia expresa a lo dispuesto devuelva el despacho en el artículo 30mismo estado en que lo recibió, en relación con el artículo 21 cuyo caso serán por cuenta de la X.X.X., se obliga a hacer a su cargo en EL LOCAL objeto del contrato, todas las reparaciones necesarias a fin de conservarlo en estado de servir para el uso convenido; y sin que durante la ejecución de las mismas tenga derecho a suspender el contrato o desistir del mismo, ni a indemnización alguna, así como tampoco a disminuir o paralizar el pago de la renta. Los contratantes convienen, con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30 en relación con los artículos 22 y 26 de la X.X.X., que para el caso de que EL ARRENDADOR deseara efectuar obras de mejora en el edificio, deberá notificarlo por escrito, con tres meses de antelación como mínimo, al ARRENDATARIO, quien no podrá oponerse a las mismas sin perjuicio del derecho que le asiste, a ejercitar dentro del plazo de un mes dicha notificación, de rescindir el contrato si las obras le afectan de modo relevante. El arrendatario que soporte las obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que se vea privado por causa de aquéllas, así como a la indemnización de LA CÁMARA los gastos que deba soportar el CESIONARIO para la adecuación del local a su estado original. Se prohíbe expresamente al CESIONARIO la sustitución o modificación de las instalaciones generales del despacho cedido o la introducción en las fachadas o a través de ventanas u otras aberturas del despacho de elementos que alteren o modifiquen la uniformidad estética xxx Xxxxxx. La cesión no comprende la fachada, azotea x xxxxxxxx y demás partes exteriores xxx Xxxxxx, que el CESIONARIO no podrá utilizar, salvo para usos debidamente autorizados. Tampoco podrá el CESIONARIO instalar máquinas o equipos para su funcionamiento en el despacho cedido, ni instalaciones que alteren, modifiquen o sustituyan a los suministros, públicos o privados, previstos para el propio despacho o para el conjunto xxx Xxxxxx, sin previo consentimiento escrito de LA CÁMARA. LA CÁMARA podrá efectuar en los elementos comunes del edificio cuantas obras le obliguen considere necesarias y razonables para su mejora de cualquier orden, y sean autorizadas por licencia municipal. El CESIONARIO queda obligado a efectuarpermitir la entrada en su local para efectuar las reparaciones que sean necesarias.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Cesión De Uso
Obras. El ARRENDATARIO podrá realizar En este caso, el presente proceso se refiere a su cargo cuantas obras menores estime oportunas para la realización de una obra de embellecimiento con pintura a todo costo, de conformidad con lo establecido en artículo 4 de la Xxx Xx. 000-00 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicio, Obras y Concesiones, que define Obra como: ¨Son los trabajos relacionados con la construcción, reconstrucción, demolición, reparación o renovación de edificios, vialidad, transporte, estructuras o instalaciones, la preparación del terreno, la excavación, la edificación, la provisión e instalación de equipo fijo, la decoración y el desarrollo acabado, y los servicios accesorios a esos trabajos, como la perforación, la labor topográfica, la fotografía por satélite, los estudios sísmicos y otros servicios similares estipulados en el contrato, si el valor de su actividad sin esos servicios no excede del de las propias obras.¨
a) Pañete Pulido (En caso de que sea necesaria aplique) Para la previa autorización del ARRENDADORejecución de pañetes con mortero que se aplica a una superficie, techo x xxxx se utilizara mortero con una proporción de cemento-cal-arena de 1:4. El ARRENDATARIO no podrá practicar obras mayores ni modificar elementos estructurales mortero debe cumplir con las proporciones de mezcla y clase de arena que se especifique en el LOCALítem particular. El espesor del pañete debe ser el que se necesite, sin previo permiso expreso y por escrito del ARRENDADORpara cumplir con los espesores xx xxxxx que se marcan en los planos; su espesor mínimo será de 1.5 centímetros. En todo casoLas arenas que se utilizan en morteros para pañetes, las obras así autorizadas y los correspondientes permisos serán de cuenta y cargo del ARRENDATARIO, y quedarán en beneficio del ARRENDADOR, sin derecho a indemnización o reclamación por parte del ARRENDATARIO. Todas las obras deberán ser realizadas bajo la correspondiente dirección técnicadebidamente cernidas, sujetas a las pertinentes licencias municipales hasta que los granos sean finos y uniformes. Los muros se deben limpiar quitando todos aquellos residuos de modo mortero y grasa que no perjudiquen ni durante su realización ni después de terminadas a la seguridad del LOCAL o de las fincas colindantes. El ARRENDATARIO con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30, en relación con el artículo 21 de la X.X.X., se obliga a hacer a su cargo en EL LOCAL objeto del contrato, todas las reparaciones necesarias a fin de conservarlo en estado de servir para el uso convenido; y sin que hayan quedado durante la ejecución de las mismas tenga derecho a suspender el contrato o desistir del mismo, ni a indemnización alguna, así como tampoco a disminuir o paralizar el pago de la renta. Los contratantes convienen, con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30 en relación con los artículos 22 mampostería y 26 de la X.X.X., que humedecerse debidamente para el caso de que EL ARRENDADOR deseara efectuar obras de mejora en el edificio, deberá notificarlo por escrito, con tres meses de antelación como mínimo, al ARRENDATARIO, quien no podrá oponerse a las mismas sin perjuicio del derecho que le asiste, a ejercitar dentro del plazo de un mes dicha notificación, de rescindir el contrato si las obras le afectan de modo relevante. El arrendatario que soporte las obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción proceder a la parte de la vivienda de la que se vea privado por causa de aquéllasaplicación del pañete. En el costo del ítem para esta partida, así como a la indemnización el oferente debe incluir el costo de los gastos que las obras le obliguen a efectuarandamios para la colocación del pañete.
Appears in 1 contract
Obras. El ARRENDATARIO podrá realizar Queda totalmente prohibida la realización de obras en el despacho cedido, aún cuando se trate de mejoras y no impliquen modificación de estructuras o configuración del mismo o de sus servicios e instalaciones generales, sin consentimiento escrito por parte de LA CÁMARA. Las obras de mera reparación o conservación realizadas como consecuencia de desperfectos o mal uso del espacio por el CESIONARIO, serán efectuadas siempre por LA CÁMARA, repercutiendo el importe que proceda de las mismas al CESIONARIO. Este tipo de obras sólo podrán realizarse directamente por el CESIONARIO a su cargo cuantas obras menores estime oportunas para el desarrollo de su actividad sin que sea necesaria la previa autorización del ARRENDADOR. El ARRENDATARIO no podrá practicar obras mayores ni modificar elementos estructurales en el LOCALexclusiva xxxxx, sin si existe previo permiso expreso escrito por parte de LA CÁMARA y por escrito del ARRENDADORen tanto se ajusten en su ejecución a la autorización concedida. Para la concesión de dicho permiso, LA CÁMARA podrá exigir la presentación de un proyecto técnico de ejecución de las mismas. En todo caso, las obras así de cualquier clase que se efectúen en el despacho, ya sean autorizadas y los correspondientes permisos serán de cuenta y cargo del ARRENDATARIOo no, y quedarán siempre en beneficio del ARRENDADORxxx Xxxxxx al finalizar la cesión, sin generar derecho a indemnización o reclamación o percepción económica de ninguna clase por parte del ARRENDATARIO. Todas las obras deberán ser realizadas bajo la correspondiente dirección técnicael CESIONARIO, sujetas salvo que LA CÁMARA a las pertinentes licencias municipales y de modo su exclusiva opción, exija al CESIONARIO que no perjudiquen ni durante su realización ni después de terminadas a la seguridad del LOCAL o de las fincas colindantes. El ARRENDATARIO con renuncia expresa a lo dispuesto devuelva el despacho en el artículo 30mismo estado en que lo recibió, en relación con el artículo 21 cuyo caso serán por cuenta de la X.X.X., se obliga a hacer a su cargo en EL LOCAL objeto del contrato, todas las reparaciones necesarias a fin de conservarlo en estado de servir para el uso convenido; y sin que durante la ejecución de las mismas tenga derecho a suspender el contrato o desistir del mismo, ni a indemnización alguna, así como tampoco a disminuir o paralizar el pago de la renta. Los contratantes convienen, con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30 en relación con los artículos 22 y 26 de la X.X.X., que para el caso de que EL ARRENDADOR deseara efectuar obras de mejora en el edificio, deberá notificarlo por escrito, con tres meses de antelación como mínimo, al ARRENDATARIO, quien no podrá oponerse a las mismas sin perjuicio del derecho que le asiste, a ejercitar dentro del plazo de un mes dicha notificación, de rescindir el contrato si las obras le afectan de modo relevante. El arrendatario que soporte las obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que se vea privado por causa de aquéllas, así como a la indemnización de cedente los gastos que deba soportar el CESIONARIO para la adecuación del local a su estado original. Se prohíbe expresamente al CESIONARIO la sustitución o modificación de las instalaciones generales del despacho cedido o la introducción en las fachadas o a través de ventanas u otras aberturas del despacho cedido, de elementos que alteren o modifiquen la uniformidad estética xxx Xxxxxx. La cesión no comprende la fachada, azotea x xxxxxxxx y demás partes exteriores del edificio, que el CESIONARIO no podrá utilizar, salvo para usos debidamente autorizados. Tampoco podrá el CESIONARIO instalar transmisiones, motores o máquinas para su funcionamiento en el despacho cedido, ni instalaciones que alteren, modifiquen o sustituyan a los suministros, públicos o privados, previstos para el propio despacho o para el conjunto xxx Xxxxxx, sin previo consentimiento escrito de LA CÁMARA. LA CÁMARA podrá efectuar en los elementos comunes del edificio cuantas obras le obliguen considere necesarias y razonables para su mejora de cualquier orden, y sean autorizadas por licencia municipal y por la Comunidad de Propietarios. El CESIONARIO queda obligado a efectuarpermitir la entrada en su local para efectuar las reparaciones que sean necesarias.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Cesión De Despachos
Obras. El ARRENDATARIO podrá realizar 12.1. La CONCESIONARIA se obliga a su cargo cuantas obras menores estime oportunas ejecutar tanto las Obras de Reacondicionamiento de Infraestructura (ORI) y las Obras Nuevas (ONU) previstas en el PLAN DE OBRAS estipulado para el desarrollo de su actividad sin que sea necesaria la previa autorización del ARRENDADOR. El ARRENDATARIO no podrá practicar obras mayores ni modificar elementos estructurales CORREDOR VIAL en el LOCALPLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES. Dichas obras recibirán pago directo, sin previo permiso expreso bajo la modalidad por unidad de medida, de acuerdo a la forma establecida en el Capítulo III xxx XXXXXX DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES, respetando los precios unitarios de CONTRATO. Para los precios unitarios de OFERTA de la Obras de Reacondicionamiento de Infraestructura (ORI) y por escrito las Obras Nuevas (ONU), a todos los efectos del ARRENDADORCONTRATO serán considerados como precio base el correspondiente al mes de diciembre de 2009.
12.2. En todo casoDentro de los SESENTA (60) días corridos posteriores a la TOMA DE POSESIÓN, la CONCESIONARIA someterá a la aprobación del ÓRGANO DE CONTROL un cronograma de las obras así autorizadas a realizar durante el Primer Año de la CONCESIÓN, que indique las fechas de inicio y finalización de cada una. Para los correspondientes permisos serán años posteriores, TREINTA (30) días corridos antes del inicio de cuenta cada Año de la CONCESIÓN, la CONCESIONARIA deberá presentar un cronograma con las fechas de inicio y cargo del ARRENDATARIO, y quedarán en beneficio del ARRENDADOR, sin derecho a indemnización o reclamación por parte del ARRENDATARIOfinalización de las obras que corresponda realizar durante ese año.
12.3. Todas las obras OBRAS que integran el PLAN DE OBRAS deberán ser realizadas bajo ejecutadas por la correspondiente dirección técnicaCONCESIONARIA con materiales de buena calidad, sujetas conforme a las pertinentes licencias municipales reglas del buen arte de construir y a las especificaciones técnicas previstas en el PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES y en el PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES.
12.4. Los trabajos que demande la ejecución del PLAN DE OBRAS, el mantenimiento, la administración, explotación y la prestación de modo los servicios, se ejecutarán por cuenta y riesgo de la CONCESIONARIA. En ningún caso el CONCEDENTE será responsable por las consecuencias derivadas de los contratos que no perjudiquen ni durante su realización ni después celebre la CONCESIONARIA, en los que se deberá prever expresamente esa condición.
12.5. La CONCESIONARIA deberá conservar el CORREDOR VIAL en perfectas condiciones de terminadas utilización y tránsito, procediendo inmediatamente a la seguridad del LOCAL o reparación de las fincas colindantes. El ARRENDATARIO con renuncia expresa a aquellos elementos que se deterioren, según lo dispuesto estipulado en el artículo 30, en relación con el artículo 21 de la X.X.X., se obliga a hacer a su cargo en EL LOCAL objeto del contrato, todas las reparaciones necesarias a fin de conservarlo en estado de servir para el uso convenido; PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES y sin que durante la ejecución de las mismas tenga derecho a suspender el contrato o desistir del mismo, ni a indemnización alguna, así como tampoco a disminuir o paralizar el pago de la renta. Los contratantes convienen, con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30 en relación con los artículos 22 y 26 de la X.X.X., que para el caso de que EL ARRENDADOR deseara efectuar obras de mejora en el edificio, deberá notificarlo por escrito, con tres meses de antelación como mínimo, al ARRENDATARIO, quien no podrá oponerse a las mismas sin perjuicio del derecho que le asiste, a ejercitar dentro del plazo de un mes dicha notificación, de rescindir el contrato si las obras le afectan de modo relevante. El arrendatario que soporte las obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que se vea privado por causa de aquéllas, así como a la indemnización de los gastos que las obras le obliguen a efectuarPLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES.
Appears in 1 contract
Samples: Concession Agreement
Obras. El ARRENDATARIO La ARRENDATARIA deberá ejecutar las obras en cada uno de los espacios objeto de este contrato, que resulten necesarias para la puesta en funcionamiento de los puntos de recarga para vehículos eléctricos (VE), obras que se describen a continuación en términos generales y sin carácter exhaustivo:
1. Dotación de puntos de recarga para vehículos eléctricos (VE), de las potencias y prestaciones definidos en el presente contrato, incluyendo también el equipamiento de control y comunicaciones y los elementos lógicos para el intercambio de información y su tratamiento, programas y aplicaciones informáticas y aplicaciones móviles.
2. La ejecución de las instalaciones eléctricas para la alimentación de los puntos de recarga, así como los demás trabajos necesarios de: ‣ instalaciones eléctricas para la nueva conexión a la red de distribución próxima, pública o privada. ‣ las obras civiles y de albañilería auxiliares y demás trabajos de acometida para la ejecución de las instalaciones eléctricas. ‣ la delimitación y señalización de las plazas destinadas a la recarga. Código seguro de Verificación : GEN-40f2-92ad-67a9-7ccf-a627-e6b3-950b-6e08 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : Aplicación Portafirmas (xxxxx://xx.xxxx.xxxxxx.xx) ‣ la redacción de los proyectos técnicos de ingeniería de detalle y legalización (para cada punto de conexión a la red) y su tramitación administrativa para la autorización de las instalaciones. La ARRENDATARIA sólo podrá realizar las obras necesarias para la instalación de los puntos que vaya a aportar y haya señalado en su cargo cuantas oferta, de acuerdo con los términos de la misma. Sin perjuicio de lo expuesto, las obras menores estime oportunas para el desarrollo de su actividad sin que sea necesaria la previa autorización del ARRENDADOR. El ARRENDATARIO adicionales no podrá practicar obras mayores ni modificar elementos estructurales contempladas en el LOCALpresente contrato serán de la exclusiva cuenta y cargo de la ARRENDATARIA, sin previo permiso expreso y salvo que fueran motivadas por escrito causas cuya responsabilidad sea del ARRENDADORConsorcio. En todo caso, las cualquier obra que se pretenda realizar deberá ser previamente autorizada por escrito por los servicios técnicos del Consorcio. Tales obras así autorizadas y los correspondientes permisos serán de cuenta y cargo del ARRENDATARIO, y quedarán en todo caso en beneficio del ARRENDADORde los espacios, sin derecho para la ARRENDATARIA a reclamación, compensación, o indemnización de clase alguna. Asimismo, la ARRENDATARIA soportará la realización por el ARRENDADOR, por sí mismo o reclamación por parte del ARRENDATARIO. Todas las terceros, de obras deberán ser realizadas bajo la correspondiente dirección técnicaque a éste le interesen o sean necesarias en los espacios, sujetas a las pertinentes licencias municipales y de modo sin que no perjudiquen ni durante su realización ni después de terminadas ello genere derecho a la seguridad del LOCAL o de las fincas colindantes. El ARRENDATARIO con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30, en relación con el artículo 21 de la X.X.X., se obliga a hacer a su cargo en EL LOCAL objeto del contrato, todas las reparaciones necesarias a fin de conservarlo en estado de servir para el uso convenido; y sin que durante la ejecución de las mismas tenga derecho a suspender el contrato o desistir del mismo, ni a indemnización alguna, así como tampoco a disminuir o paralizar el pago de la renta. Los contratantes convienen, con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30 en relación con los artículos 22 y 26 de la X.X.X., que para el caso de que EL ARRENDADOR deseara efectuar obras de mejora en el edificio, deberá notificarlo por escrito, con tres meses de antelación como mínimo, al ARRENDATARIO, quien no podrá oponerse a las mismas sin perjuicio del derecho que le asiste, a ejercitar dentro del plazo de un mes dicha notificación, de rescindir el contrato si las obras le afectan de modo relevante. El arrendatario que soporte las obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción ni a pagar indemnización alguna a la parte de la vivienda de la arrendataria, que en tal caso dará al arrendador las máximas facilidades. Cuando el ARRENDADOR se vea privado por causa de aquéllas, así como proponga realizar estas obras lo notificará a la indemnización ARRENDATARIA con una antelación no inferior a 15 días naturales, salvo si se trata de los gastos que las obras le obliguen a efectuarrealizar por cuestiones de urgencia cuya ejecución no pueda demorarse sin causar perjuicios.
Appears in 1 contract
Samples: Arrendamiento
Obras. Queda totalmente prohibida la realización de obras en el despacho cedido, aún cuando se trate de mejoras y no impliquen modificación de estructuras o configuración del mismo o de sus servicios e instalaciones generales, sin consentimiento escrito por parte de El ARRENDATARIO podrá realizar AYUNTAMIENTO. Las obras de mera reparación o conservación realizadas como consecuencia de desperfectos o mal uso del espacio por el CESIONARIO, serán efectuadas siempre por El AYUNTAMIENTO, repercutiendo el importe que proceda de las mismas al CESIONARIO. Este tipo de obras sólo podrán realizarse directamente por el CESIONARIO a su cargo cuantas obras menores estime oportunas para el desarrollo de su actividad sin que sea necesaria la previa autorización del ARRENDADOR. El ARRENDATARIO no podrá practicar obras mayores ni modificar elementos estructurales en el LOCALexclusiva xxxxx, sin si existe previo permiso expreso escrito por parte de El AYUNTAMIENTO y por escrito del ARRENDADORen tanto se ajusten en su ejecución a la autorización concedida. En todo caso, las obras así de cualquier clase que se efectúen en el local, ya sean autorizadas y los correspondientes permisos serán de cuenta y cargo del ARRENDATARIOo no, y quedarán siempre en beneficio del ARRENDADORxxx Xxxxxx al finalizar el contrato de cesión, sin generar derecho a indemnización o reclamación o percepción económica de ninguna clase por parte del ARRENDATARIO. Todas las obras deberán ser realizadas bajo la correspondiente dirección técnicael CESIONARIO, sujetas salvo que El AYUNTAMIENTO a las pertinentes licencias municipales y de modo su exclusiva opción, exija al CESIONARIO que no perjudiquen ni durante su realización ni después de terminadas a la seguridad del LOCAL o de las fincas colindantes. El ARRENDATARIO con renuncia expresa a lo dispuesto devuelva el despacho en el artículo 30mismo estado en que lo recibió, en relación con el artículo 21 cuyo caso serán por cuenta de la X.X.X., se obliga a hacer a su cargo en EL LOCAL objeto del contrato, todas las reparaciones necesarias a fin de conservarlo en estado de servir para el uso convenido; y sin que durante la ejecución de las mismas tenga derecho a suspender el contrato o desistir del mismo, ni a indemnización alguna, así como tampoco a disminuir o paralizar el pago de la renta. Los contratantes convienen, con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30 en relación con los artículos 22 y 26 de la X.X.X., que para el caso de que EL ARRENDADOR deseara efectuar obras de mejora en el edificio, deberá notificarlo por escrito, con tres meses de antelación como mínimo, al ARRENDATARIO, quien no podrá oponerse a las mismas sin perjuicio del derecho que le asiste, a ejercitar dentro del plazo de un mes dicha notificación, de rescindir el contrato si las obras le afectan de modo relevante. El arrendatario que soporte las obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que se vea privado por causa de aquéllas, así como a la indemnización de cedente los gastos que deba soportar el CESIONARIO para la adecuación del local a su estado original. Se prohíbe expresamente al CESIONARIO la sustitución o modificación de las instalaciones del despacho cedido o colocar en las fachadas o a través de ventanas, rótulos, carteles u otros elementos que alteren o modifiquen la uniformidad estética xxx Xxxxxx. Tampoco podrá el CESIONARIO instalar transmisiones, motores o máquinas para su funcionamiento en el despacho cedido, ni instalaciones que alteren, modifiquen o sustituyan a los suministros, públicos o privados, previstos para el propio despacho o para el conjunto xxx Xxxxxx, sin previo consentimiento escrito de El AYUNTAMIENTO. El AYUNTAMIENTO podrá efectuar en el despacho cedido o en cualquier otra instalación del edificio, las obras le obliguen a efectuarque considere necesarias o convenientes para su mantenimiento y mejora, en cuyo caso podrá suspender el efecto de este contrato durante el tiempo de duración de las obras sin indemnización alguna.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Cesión De Local
Obras. El ARRENDATARIO podrá realizar a su cargo cuantas obras menores estime oportunas para el desarrollo de su actividad sin que sea necesaria la previa autorización del ARRENDADOR. El ARRENDATARIO no podrá practicar obras mayores ni modificar elementos estructurales Si en el LOCALmomento de alquilar la vivienda, sin previo permiso expreso pensamos que sería necesario hacer obras para que el piso esté en condiciones, negocia con el propietario que las haga o te dé unos meses de carencia (a cambio de hacer las obras no pagas unos meses xx xxxxx) para que las podamos hacer nosotras, y ponerlo por escrito. Tenemos que diferenciar entre obras de CONSERVACION y obras de MEJORA.
A) Obras de conservación aquellas de reparación necesaria para mantener la vivienda en un estado idóneo para poder ser habitada, sustituyendo una cosa vieja por una nueva (por ejem- plo, arreglar la tubería del lavadero, reparación terrado, cambio bajantes). - Si se rompe el lavadero por mal uso de la inquilina, deberá repararlo la inquilina. - La inquilina tendrá que comunicar a la propiedad lo más rápido posible la necesidad de las obras. (DOCUMENTO ÚTIL Nº 3) - Si las obras son urgentes para evitar un daño grave e inminente, la inquilina, previa comunicación al propietario por escrito del ARRENDADOR(DOCUMENTO ÚTIL Nº 5), podrá realizarlas y exigir de inmediato el pago a la propiedad. En todo caso, las obras así autorizadas y los correspondientes permisos serán de cuenta y cargo del ARRENDATARIO, y quedarán en beneficio del ARRENDADOR, --->La propiedad está obligada a hacerlas sin derecho a indemnización o reclamación elevar renta. (XXX '64 ---> si se ha pac- tado se puede repercutir un 12% anual del coste y no podrá superar el 50% xx xxxxx, leer el contrato). - Las pequeñas reparaciones por desgaste por uso son a cargo del inquilino. - Si la obra dura + 20 días, se reducirá la renta en proporción a la parte del ARRENDATARIOde la vivienda de la que la inquilina se vea privada. Todas - Cuando las obras deberán ser realizadas bajo de conservación ejecutadas u ordenadas por la correspondiente dirección técnicaadministración hagan inhabitable la vivienda, sujetas a la inquilina podrá solicitar por escrito la suspensión del contrato hasta que acaben las pertinentes licencias municipales y obras. (ver apartado acoso inmobiliario)
B) Obras de modo mejora: aquellas que no perjudiquen ni durante su realización ni después son indispensables para el mantenimiento de terminadas la vivienda en condiciones de habitabilidad sino que aumentan la calidad y comodidad del inmueble o porque lo ha acordado la comunidad de propietarios. Implantar algo que hasta ahora o se disponía (Por ejemplo: instalar ascensor, pintar la vivienda, poner parquet, colocar persianas en el momento de rehabilitar la fachada…) - La inquilina está obligada a la seguridad del LOCAL o soportarlas si no se pueden aplazar hasta final contrato. - La propiedad tendrá que notificar por escrito con 3 meses de antelación de las fincas colindantesobras a ejecutar, el comienzo, su duración y el coste previsible. El ARRENDATARIO con renuncia expresa a ---> Pasados 3 años de duración del contrato de xxxxxxxx (o 5 años en contrato que se firmó antes del 2013) la propiedad podrá aumentar la renta, antes no podrá cobrar las obras, excepto se haya pactado lo dispuesto contrario en el artículo 30, contrato. RECOMENDAMOS negociar poner clausula en relación con contrato por la que no se podrá aumentar el artículo 21 precio de la X.X.X., se obliga a hacer a su cargo en EL LOCAL objeto del contrato, todas las reparaciones necesarias a fin de conservarlo en estado de servir para el uso convenido; y sin que durante la ejecución de las mismas tenga derecho a suspender el contrato o desistir del mismo, ni a indemnización alguna, así como tampoco a disminuir o paralizar el pago de la renta. Los contratantes convienen, con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30 en relación con los artículos 22 y 26 de la X.X.X., que para el caso de que EL ARRENDADOR deseara efectuar alquiler por obras de mejora en el edificio, deberá notificarlo hechas por escrito, con tres meses de antelación como mínimo, al ARRENDATARIO, quien no podrá oponerse a las mismas sin perjuicio del derecho que le asiste, a ejercitar dentro del plazo de un mes dicha notificación, de rescindir el contrato si las obras le afectan de modo relevantearrendador. El arrendatario que soporte las obras - La inquilina tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que se vea privado no pueda disfrutar y a indemnización por causa de aquéllas, así como a la indemnización de los gastos que las obras le obliguen ocasionen (DOCUMENTO ÚTIL Nº 6). - El precio de la renta se podrá aumentar al mes siguiente de acabar las obras, antes no. La propiedad debe notificar elevación con un mes de antelación y acompañar con justificantes. Incremento no puede superar el 20 % de la renta ( XXX '64, podrá repercutir el 12% anual con el limite, el incremento no podrá superar, del 50 % de la renta). - Si se han percibido ayudas a efectuar.rehabilitación no se podrán repercutir!
C) Obras de la inquilina:
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Alquiler