Obras. La ARRENDATARIA, de ser necesario, realizará, a su xxxxx, mediante proyecto que será sometido previamente a la aprobación del ARRENDADOR y bajo la supervisión de los técnicos designados por éste, las obras de acondicionamiento, sea cual sea su carácter, que exija la instalación de su empresa. Al margen de lo anterior, la ARRENDATARIA no podrá efectuar obras de ningún tipo en la finca arrendada sin el consentimiento previo y escrito del ARRENDADOR. A la finalización del contrato, será facultad del ARRENDADOR optar entre la reposición de las cosas a su estado original (por cuenta de la ARRENDATARIA), o la conservación de las modificaciones, renunciando la ARRENDATARIA a indemnización por las mismas. El ARRENDADOR tendrá derecho a hacer las reparaciones, nuevas construcciones, elevación de las plantas en el edificio, así como a realizar los cambios y/o modificaciones que estimara conveniente sin que ello genere derecho a la reducción de la renta ni a pagar indemnización alguna a la ARRENDATARIA quien, además, dará al ARRENDADOR las máximas facilidades para su realización, permitiendo la entrada en el local al personal técnico y obrero encargado de ejecutarlas, así como los materiales y equipos necesarios, durante las horas que habitualmente rijan para el trabajo. Tampoco tendrá derecho a reducción xx xxxxx ni a indemnización alguna la ARRENDATARIA en el caso de que, debido a las obras, hubiese que colocar una valla que interrumpiera la visión exterior del local objeto del arriendo, siempre que estas obras no impidan el funcionamiento normal del local. La ARRENDATARIA podrá colocar el nombre de la empresa junto a la puerta del local objeto de este contrato, haciendo uso para ello, de forma obligatoria, del modelo estandarizado de placa proporcionado por el Consorcio. Queda prohibida, por lo tanto, la colocación de placas, anuncios, rótulos, etc. sin previa autorización del ARRENDADOR.
Appears in 2 contracts
Samples: Contrato De Arrendamiento De La Oficina, Contrato De Arrendamiento De La Oficina
Obras. La ARRENDATARIA, de ser necesario, realizará, El ARRENDATARIO podrá realizar a su xxxxx, mediante proyecto que será sometido previamente a la aprobación del ARRENDADOR y bajo la supervisión de los técnicos designados por éste, las cargo cuantas obras de acondicionamiento, sea cual sea su carácter, que exija la instalación menores estime oportunas para el desarrollo de su empresaactividad sin que sea necesaria la previa autorización del ARRENDADOR. Al margen de lo anterior, la ARRENDATARIA El ARRENDATARIO no podrá efectuar practicar obras de ningún tipo mayores ni modificar elementos estructurales en la finca arrendada el LOCAL, sin el consentimiento previo permiso expreso y por escrito del ARRENDADOR. A En todo caso, las obras así autorizadas y los correspondientes permisos serán de cuenta y cargo del ARRENDATARIO, y quedarán en beneficio del ARRENDADOR, sin derecho a indemnización o reclamación por parte del ARRENDATARIO. Todas las obras deberán ser realizadas bajo la finalización correspondiente dirección técnica, sujetas a las pertinentes licencias municipales y de modo que no perjudiquen ni durante su realización ni después de terminadas a la seguridad del LOCAL o de las fincas colindantes. El ARRENDATARIO con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30, en relación con el artículo 21 de la X.X.X., se obliga a hacer a su cargo en EL LOCAL objeto del contrato, será facultad del ARRENDADOR optar entre todas las reparaciones necesarias a fin de conservarlo en estado de servir para el uso convenido; y sin que durante la reposición ejecución de las cosas mismas tenga derecho a su estado original (por cuenta suspender el contrato o desistir del mismo, ni a indemnización alguna, así como tampoco a disminuir o paralizar el pago de la ARRENDATARIA)renta. Los contratantes convienen, o con renuncia expresa a lo dispuesto en el artículo 30 en relación con los artículos 22 y 26 de la conservación X.X.X., que para el caso de las modificaciones, renunciando la ARRENDATARIA a indemnización por las mismas. El que EL ARRENDADOR tendrá derecho a hacer las reparaciones, nuevas construcciones, elevación deseara efectuar obras de las plantas mejora en el edificio, así deberá notificarlo por escrito, con tres meses de antelación como mínimo, al ARRENDATARIO, quien no podrá oponerse a realizar los cambios y/o modificaciones las mismas sin perjuicio del derecho que estimara conveniente sin le asiste, a ejercitar dentro del plazo de un mes dicha notificación, de rescindir el contrato si las obras le afectan de modo relevante. El arrendatario que ello genere soporte las obras tendrá derecho a la una reducción de la renta ni a pagar indemnización alguna en proporción a la ARRENDATARIA quien, además, dará al ARRENDADOR las máximas facilidades para su realización, permitiendo parte de la entrada en el local al personal técnico y obrero encargado vivienda de ejecutarlasla que se vea privado por causa de aquéllas, así como los materiales y equipos necesarios, durante las horas que habitualmente rijan para el trabajo. Tampoco tendrá derecho a reducción xx xxxxx ni a indemnización alguna la ARRENDATARIA en el caso de que, debido a las obras, hubiese que colocar una valla que interrumpiera la visión exterior del local objeto del arriendo, siempre que estas obras no impidan el funcionamiento normal del local. La ARRENDATARIA podrá colocar el nombre de la empresa junto a la puerta del local objeto indemnización de este contrato, haciendo uso para ello, de forma obligatoria, del modelo estandarizado de placa proporcionado por el Consorcio. Queda prohibida, por lo tanto, la colocación de placas, anuncios, rótulos, etc. sin previa autorización del ARRENDADORlos gastos que las obras le obliguen a efectuar.
Appears in 2 contracts
Samples: Contrato De Arrendamiento Para, Contrato De Arrendamiento Para
Obras. La ARRENDATARIAQueda totalmente prohibida la realización de obras en el puesto de trabajo cedido, aun cuando se trate de ser necesariomejoras y no impliquen modificación de estructuras o configuración del mismo o de sus servicios e instalaciones generales, realizarásin consentimiento escrito por parte de LA CÁMARA. Las obras de mera reparación o conservación realizadas como consecuencia de desperfectos o mal uso del espacio por el CESIONARIO, serán efectuadas siempre por LA CÁMARA, repercutiendo el importe que proceda de las mismas al CESIONARIO. Este tipo de obras sólo podrán realizarse directamente por el CESIONARIO a su exclusiva xxxxx, mediante proyecto que será sometido previamente si existe previo permiso escrito por parte de LA CÁMARA y en tanto se ajusten en su ejecución a la aprobación del ARRENDADOR y bajo autorización concedida. Para la supervisión concesión de los técnicos designados por éstedicho permiso, LA CÁMARA podrá exigir la presentación de un proyecto técnico de ejecución de las mismas. En todo caso, las obras de acondicionamientocualquier clase que se efectúen en el puesto de trabajo, sea cual sea su carácterya sean autorizadas o no, quedarán siempre en beneficio xxx Xxxxxx al finalizar el cesión, sin generar derecho o reclamación o percepción económica de ninguna clase por el CESIONARIO, salvo que exija la instalación de su empresa. Al margen de lo anterior, la ARRENDATARIA no podrá efectuar obras de ningún tipo en la finca arrendada sin el consentimiento previo y escrito del ARRENDADOR. A la finalización del contrato, será facultad del ARRENDADOR optar entre la reposición de las cosas LA CÁMARA a su exclusiva opción, exija al CESIONARIO que devuelva el puesto de trabajo en el mismo estado original (en que lo recibió, en cuyo caso serán por cuenta de la ARRENDATARIA), parte cedente los gastos que deba soportar el CESIONARIO para la adecuación del local a su estado original. Se prohíbe expresamente al CESIONARIO la sustitución o modificación de las instalaciones generales del puesto de trabajo cedido o la conservación introducción en las fachadas o a través de las modificacionesventanas u otras aberturas del despacho en el que esté ubicado el puesto de trabajo cedido, renunciando de elementos que alteren o modifiquen la ARRENDATARIA uniformidad estética xxx Xxxxxx. La cesión no comprende la fachada, azotea x xxxxxxxx y demás partes exteriores del edificio, que el CESIONARIO no podrá utilizar, salvo para usos debidamente autorizados. Tampoco podrá el CESIONARIO instalar transmisiones, motores o máquinas para su funcionamiento en el puesto de trabajo cedido, ni instalaciones que alteren, modifiquen o sustituyan a indemnización los suministros, públicos o privados, previstos para el propio espacio o para el conjunto xxx Xxxxxx, sin previo consentimiento escrito de LA CÁMARA. LA CÁMARA podrá efectuar en los elementos comunes del edificio cuantas obras considere necesarias y razonables para su mejora de cualquier orden, y sean autorizadas por las mismaslicencia municipal y por la Comunidad de Propietarios. El ARRENDADOR tendrá derecho CESIONARIO queda obligado a hacer permitir el acceso a su puesto de trabajo para efectuar las reparaciones, nuevas construcciones, elevación de las plantas en el edificio, así como a realizar los cambios y/o modificaciones reparaciones que estimara conveniente sin que ello genere derecho a la reducción de la renta ni a pagar indemnización alguna a la ARRENDATARIA quien, además, dará al ARRENDADOR las máximas facilidades para su realización, permitiendo la entrada en el local al personal técnico y obrero encargado de ejecutarlas, así como los materiales y equipos necesarios, durante las horas que habitualmente rijan para el trabajo. Tampoco tendrá derecho a reducción xx xxxxx ni a indemnización alguna la ARRENDATARIA en el caso de que, debido a las obras, hubiese que colocar una valla que interrumpiera la visión exterior del local objeto del arriendo, siempre que estas obras no impidan el funcionamiento normal del local. La ARRENDATARIA podrá colocar el nombre de la empresa junto a la puerta del local objeto de este contrato, haciendo uso para ello, de forma obligatoria, del modelo estandarizado de placa proporcionado por el Consorcio. Queda prohibida, por lo tanto, la colocación de placas, anuncios, rótulos, etc. sin previa autorización del ARRENDADORsean necesarias.
Appears in 2 contracts
Samples: Contrato De Cesión De Puesto De Trabajo en El Vivero De Empresas Propiedad De La Cámara Oficial De Comercio, Industria Y Navegación De Valencia, Ubicado, Contrato De Cesión De Puesto De Trabajo en El Vivero De Empresas Propiedad De La Cámara Oficial De Comercio, Industria Y Navegación De Valencia, Ubicado
Obras. La ARRENDATARIAQueda prohibida la realización de cualquier tipo de obras por el ARRENDATARIO, que deberán, en su caso, ser autorizadas expresamente y por escrito por el ARRENDADOR. Autorizadas las obras, serán de ser necesariocuenta del ARRENDATARIO todos los gastos que se devenguen, realizaráincluidos licencias administrativas y honorarios de técnicos que intervengan en las mismas. Las obras autorizadas quedarán en beneficio de la finca sin que el ARRENDATARIO tenga derecho a exigir indemnización o reclamación alguna por su realización. Las obras de reparación, ordinarias y extraordinarias necesarias para la habitabilidad de la finca serán efectuadas por el ARRENDATARIO a su xxxxx. Igualmente, mediante proyecto el ARRENDATARIO realizará a su xxxxx las reparaciones y sustituciones que será sometido previamente el uso del inmueble conllevaran, incluyendo sustitución de ventanas, cerraduras, enseres, mobiliario, griferías que hubieran quedado estropeados o inservibles. En el caso de que dichos supuestos estuvieran cubiertos por el Seguro de la vivienda concertado por el ARRENDADOR, éste vendrá obligado a devolver al ARRENDATARIO el importe abonado. A éstos efectos se acompaña como Anexo II copia de las coberturas incluidas en el seguro de vivienda de la aprobación del ARRENDADOR y bajo la supervisión de los técnicos designados por éste, las finca. Las obras de acondicionamientomejora que no puedan ser diferidas a un momento posterior al presente arrendamiento serán realizadas por el ARRENDADOR, sea cual sea debiendo el ARRENDATARIO SOPORTARLAS. En el caso de que éstas se prolonguen durante más de 30 días y hagan inservible para su carácteruso la vivienda o parte de ella, que exija la instalación de su empresa. Al margen de lo anterior, la ARRENDATARIA no el ARRENDATARIO podrá efectuar obras de ningún tipo en la finca arrendada sin el consentimiento previo y escrito del ARRENDADOR. A la finalización elegir entre desistir del contrato, será facultad sin obligación de indemnizar al ARRENDADOR por ello, o mantenerse en el ARRENDAMIENTO abonando la mitad de la renta pactada hasta la normal utilización de la vivienda. En ambos casos deberá manifestar su voluntad por escrito al ARRENDADOR. El ARRENDATARIO deberá poner en conocimiento del ARRENDADOR optar entre en el plazo más breve posible la reposición necesidad de realización de las cosas a obras descritas, permitiendo expresamente la entrada de operarios o técnicos y del ARRENDADOR en la vivienda para verificar los daños y urgencia de su estado original (por cuenta de la ARRENDATARIA), o la conservación de las modificaciones, renunciando la ARRENDATARIA a indemnización por las mismas. El ARRENDADOR tendrá derecho a hacer las reparaciones, nuevas construcciones, elevación de las plantas en el edificioreparación, así como a realizar los cambios y/o modificaciones que estimara conveniente sin que ello genere derecho a la reducción de la renta ni a pagar indemnización alguna a la ARRENDATARIA quien, además, dará al ARRENDADOR las máximas facilidades para su realización, permitiendo la entrada en el local al personal técnico y obrero encargado de ejecutarlas, así como los materiales y equipos necesarios, durante las horas que habitualmente rijan para el trabajo. Tampoco tendrá derecho a reducción xx xxxxx ni a indemnización alguna la ARRENDATARIA en el caso de que, debido a las obras, hubiese que colocar una valla que interrumpiera la visión exterior alcance del local objeto del arriendo, siempre que estas obras no impidan el funcionamiento normal del local. La ARRENDATARIA podrá colocar el nombre de la empresa junto a la puerta del local objeto de este contrato, haciendo uso para ello, de forma obligatoria, del modelo estandarizado de placa proporcionado por el Consorcio. Queda prohibida, por lo tanto, la colocación de placas, anuncios, rótulos, etc. sin previa autorización del ARRENDADORmismo.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Arrendamiento De Vivienda Para Uso Distinto De Vivienda Habitual
Obras. La ARRENDATARIAQueda totalmente prohibida la realización de obras en el despacho cedido, aún cuando se trate de ser necesariomejoras y no impliquen modificación de estructuras o configuración del mismo o de sus servicios e instalaciones generales, realizarásin consentimiento escrito por parte de LA CÁMARA. Las obras de mera reparación o conservación realizadas como consecuencia de desperfectos o mal uso del espacio por el CESIONARIO, serán efectuadas siempre por LA CÁMARA, repercutiendo el importe que proceda de las mismas al CESIONARIO. Este tipo de obras sólo podrán realizarse directamente por el CESIONARIO a su exclusiva xxxxx, mediante proyecto que será sometido previamente si existe previo permiso escrito por parte de LA CÁMARA y en tanto se ajusten en su ejecución a la aprobación del ARRENDADOR y bajo autorización concedida. Para la supervisión concesión de los técnicos designados por éstedicho permiso, LA CÁMARA podrá exigir la presentación de un proyecto técnico de ejecución de las mismas. En todo caso, las obras de acondicionamientocualquier clase que se efectúen en el despacho, sea cual sea su carácterya sean autorizadas o no, quedarán siempre en beneficio xxx Xxxxxx al finalizar la cesión, sin generar derecho o reclamación o percepción económica de ninguna clase por el CESIONARIO, salvo que exija la instalación de su empresa. Al margen de lo anterior, la ARRENDATARIA no podrá efectuar obras de ningún tipo en la finca arrendada sin el consentimiento previo y escrito del ARRENDADOR. A la finalización del contrato, será facultad del ARRENDADOR optar entre la reposición de las cosas LA CÁMARA a su exclusiva opción, exija al CESIONARIO que devuelva el despacho en el mismo estado original (en que lo recibió, en cuyo caso serán por cuenta de la ARRENDATARIA), parte cedente los gastos que deba soportar el CESIONARIO para la adecuación del local a su estado original. Se prohíbe expresamente al CESIONARIO la sustitución o modificación de las instalaciones generales del despacho cedido o la conservación introducción en las fachadas o a través de las modificacionesventanas u otras aberturas del despacho cedido, renunciando de elementos que alteren o modifiquen la ARRENDATARIA uniformidad estética xxx Xxxxxx. La cesión no comprende la fachada, azotea x xxxxxxxx y demás partes exteriores del edificio, que el CESIONARIO no podrá utilizar, salvo para usos debidamente autorizados. Tampoco podrá el CESIONARIO instalar transmisiones, motores o máquinas para su funcionamiento en el despacho cedido, ni instalaciones que alteren, modifiquen o sustituyan a indemnización los suministros, públicos o privados, previstos para el propio despacho o para el conjunto xxx Xxxxxx, sin previo consentimiento escrito de LA CÁMARA. LA CÁMARA podrá efectuar en los elementos comunes del edificio cuantas obras considere necesarias y razonables para su mejora de cualquier orden, y sean autorizadas por las mismaslicencia municipal y por la Comunidad de Propietarios. El ARRENDADOR tendrá derecho CESIONARIO queda obligado a hacer las reparaciones, nuevas construcciones, elevación de las plantas en el edificio, así como a realizar los cambios y/o modificaciones que estimara conveniente sin que ello genere derecho a la reducción de la renta ni a pagar indemnización alguna a la ARRENDATARIA quien, además, dará al ARRENDADOR las máximas facilidades para su realización, permitiendo permitir la entrada en el su local al personal técnico y obrero encargado de ejecutarlas, así como los materiales y equipos necesarios, durante para efectuar las horas reparaciones que habitualmente rijan para el trabajo. Tampoco tendrá derecho a reducción xx xxxxx ni a indemnización alguna la ARRENDATARIA en el caso de que, debido a las obras, hubiese que colocar una valla que interrumpiera la visión exterior del local objeto del arriendo, siempre que estas obras no impidan el funcionamiento normal del local. La ARRENDATARIA podrá colocar el nombre de la empresa junto a la puerta del local objeto de este contrato, haciendo uso para ello, de forma obligatoria, del modelo estandarizado de placa proporcionado por el Consorcio. Queda prohibida, por lo tanto, la colocación de placas, anuncios, rótulos, etc. sin previa autorización del ARRENDADORsean necesarias.
Appears in 1 contract
Obras. La ARRENDATARIAQueda totalmente prohibida la realización de obras en el despacho objeto de cesión, aún cuando se trate de ser necesariomejoras y no impliquen modificación de estructuras o configuración del mismo o de sus servicios e instalaciones generales, realizarásin consentimiento escrito por parte de LA CÁMARA. Las obras de mera reparación o conservación realizadas como consecuencia de desperfectos o mal uso del espacio por el CESIONARIO, serán efectuadas siempre por LA CÁMARA, repercutiendo el importe que proceda de las mismas al CESIONARIO. Este tipo de obras sólo podrán realizarse directamente por el CESIONARIO a su exclusiva xxxxx, mediante proyecto que será sometido previamente si existe previo permiso escrito por parte de LA CÁMARA y en tanto se ajusten en su ejecución a la aprobación del ARRENDADOR y bajo autorización concedida. Para la supervisión concesión de los técnicos designados por éstedicho permiso, LA CÁMARA podrá exigir la presentación de un proyecto técnico de ejecución de las mismas. En todo caso, las obras de acondicionamientocualquier clase que se efectúen en el despacho, sea cual sea ya sean autorizadas o no, quedarán siempre en beneficio xxx Xxxxxx al finalizar el contrato de cesión, sin generar derecho o reclamación o percepción económica de ninguna clase por el CESIONARIO, salvo que LA CÁMARA a su carácterexclusiva opción, exija al CESIONARIO que exija devuelva el despacho en el mismo estado en que lo recibió, en cuyo caso serán por cuenta de LA CÁMARA los gastos que deba soportar el CESIONARIO para la instalación de su empresa. Al margen de lo anterior, la ARRENDATARIA no podrá efectuar obras de ningún tipo en la finca arrendada sin el consentimiento previo y escrito adecuación del ARRENDADOR. A la finalización del contrato, será facultad del ARRENDADOR optar entre la reposición de las cosas local a su estado original (por cuenta original. Se prohíbe expresamente al CESIONARIO la sustitución o modificación de la ARRENDATARIA), las instalaciones generales del despacho cedido o la conservación introducción en las fachadas o a través de las modificacionesventanas u otras aberturas del despacho de elementos que alteren o modifiquen la uniformidad estética xxx Xxxxxx. La cesión no comprende la fachada, renunciando la ARRENDATARIA azotea x xxxxxxxx y demás partes exteriores xxx Xxxxxx, que el CESIONARIO no podrá utilizar, salvo para usos debidamente autorizados. Tampoco podrá el CESIONARIO instalar máquinas o equipos para su funcionamiento en el despacho cedido, ni instalaciones que alteren, modifiquen o sustituyan a indemnización los suministros, públicos o privados, previstos para el propio despacho o para el conjunto xxx Xxxxxx, sin previo consentimiento escrito de LA CÁMARA. LA CÁMARA podrá efectuar en los elementos comunes del edificio cuantas obras considere necesarias y razonables para su mejora de cualquier orden, y sean autorizadas por las mismaslicencia municipal. El ARRENDADOR tendrá derecho CESIONARIO queda obligado a hacer las reparaciones, nuevas construcciones, elevación de las plantas en el edificio, así como a realizar los cambios y/o modificaciones que estimara conveniente sin que ello genere derecho a la reducción de la renta ni a pagar indemnización alguna a la ARRENDATARIA quien, además, dará al ARRENDADOR las máximas facilidades para su realización, permitiendo permitir la entrada en el su local al personal técnico y obrero encargado de ejecutarlas, así como los materiales y equipos necesarios, durante para efectuar las horas reparaciones que habitualmente rijan para el trabajo. Tampoco tendrá derecho a reducción xx xxxxx ni a indemnización alguna la ARRENDATARIA en el caso de que, debido a las obras, hubiese que colocar una valla que interrumpiera la visión exterior del local objeto del arriendo, siempre que estas obras no impidan el funcionamiento normal del local. La ARRENDATARIA podrá colocar el nombre de la empresa junto a la puerta del local objeto de este contrato, haciendo uso para ello, de forma obligatoria, del modelo estandarizado de placa proporcionado por el Consorcio. Queda prohibida, por lo tanto, la colocación de placas, anuncios, rótulos, etc. sin previa autorización del ARRENDADORsean necesarias.
Appears in 1 contract
Obras. La ARRENDATARIAEl ARRENDADOR autoriza expresamente al ARRENDATARIO a realizar las obras necesarias para adecuar el local de negocio al uso y actividad pactada en este contrato. El límite a la realización de obras por el ARRENDATARIO se establece en que no afecten a la estructura o sostenibilidad del inmueble. Una vez finalizado el contrato de arrendamiento el estado del local deberá reponerse al que se tenía con carácter anterior a las obras x xxxxx del ARRENDATARIO, de ser salvo que las partes por escrito acuerden que no es necesario, realizaráo que no se notifique por el ARRENDADOR al ARRENADATARIO por escrito en el plazo de 2 meses desde la expiración del contrato esa reclamación. En caso de que las partes hayan pactado que no es necesaria la reposición al estado anterior, a su xxxxxo no se haya reclamado por el ARRENDADOR en el plazo de 2 meses por escrito, mediante proyecto el ARRENDATARIO quedará libre de prestar indemnización alguna. En el caso que será sometido previamente a las obras se hayan realizado por el ARRENDATARIO y hayan perjudicado al local o hayan ocasionado daños, el ARRENDADOR podrá exigir los daños y perjuicios ocasionados por éste. Para evitar tales supuestos y cubrir los daños se deberá contratar por la aprobación del ARRENDADOR y bajo ARRENDATARIA la supervisión correspondiente póliza de seguros, que cubra la totalidad de los técnicos designados daños que pudieran ocasionarse en el local, por éstecualquier causa, las obras hasta un mínimo de acondicionamiento, sea cual sea su carácter, que exija la instalación de su empresaCIENTO CINCUENTA MIL EUROS. Al margen de lo anterior, la ARRENDATARIA no podrá efectuar obras de ningún tipo Cuando en la finca arrendada sin se ejerza una actividad empresarial o profesional, el ARRENDATARIO podrá subarrendar la finca o ceder el contrato de arrendamiento previo consentimiento previo y escrito del ARRENDADOR. A la finalización del contrato, será facultad del ARRENDADOR optar entre la reposición de las cosas por escrito. El ARRENDADOR tiene derecho a su estado original (una elevación xx xxxxx del 10 por cuenta 100 de la ARRENDATARIA)renta en vigor en el caso de producirse un subarriendo parcial, y del 20 en el caso de producirse la cesión del contrato o el subarriendo total de la conservación finca arrendada. No se reputará cesión el cambio producido en la persona del arrendatario por consecuencia de las modificacionesla fusión, renunciando transformación o escisión de la ARRENDATARIA a indemnización por las mismas. El sociedad arrendataria, pero el ARRENDADOR tendrá derecho a hacer las reparaciones, nuevas construcciones, la elevación de las plantas en el edificio, así como a realizar los cambios y/o modificaciones que estimara conveniente sin que ello genere derecho a la reducción de la renta ni a pagar indemnización alguna a la ARRENDATARIA quienprevista en el apartado anterior. En caso de fallecimiento del arrendatario, además, dará al ARRENDADOR las máximas facilidades para su realización, permitiendo la entrada cuando en el local al personal técnico se ejerza una actividad empresarial o profesional, el heredero o legatario que continúe el ejercicio de la actividad podrá subrogarse en los derechos y obrero encargado de ejecutarlas, así como los materiales y equipos necesarios, durante las horas que habitualmente rijan para el trabajo. Tampoco tendrá derecho a reducción xx xxxxx ni a indemnización alguna obligaciones del arrendatario hasta la ARRENDATARIA en el caso de que, debido a las obras, hubiese que colocar una valla que interrumpiera la visión exterior extinción del local objeto del arriendo, siempre que estas obras no impidan el funcionamiento normal del localcontrato. La ARRENDATARIA podrá colocar el nombre subrogación deberá notificarse por escrito al arrendador dentro de la empresa junto los dos meses siguientes a la puerta fecha del local objeto de este contrato, haciendo uso para ello, de forma obligatoria, fallecimiento del modelo estandarizado de placa proporcionado por el Consorcio. Queda prohibida, por lo tanto, la colocación de placas, anuncios, rótulos, etc. sin previa autorización del ARRENDADORarrendatario.
Appears in 1 contract
Obras. La ARRENDATARIAQueda totalmente prohibida la realización de obras en el despacho cedido, aún cuando se trate de ser necesariomejoras y no impliquen modificación de estructuras o configuración del mismo o de sus servicios e instalaciones generales, realizarásin consentimiento escrito por parte de El AYUNTAMIENTO. Las obras de mera reparación o conservación realizadas como consecuencia de desperfectos o mal uso del espacio por el CESIONARIO, serán efectuadas siempre por El AYUNTAMIENTO, repercutiendo el importe que proceda de las mismas al CESIONARIO. Este tipo de obras sólo podrán realizarse directamente por el CESIONARIO a su exclusiva xxxxx, mediante proyecto que será sometido previamente si existe previo permiso escrito por parte de El AYUNTAMIENTO y en tanto se ajusten en su ejecución a la aprobación del ARRENDADOR y bajo la supervisión de los técnicos designados por ésteautorización concedida. En todo caso, las obras de acondicionamientocualquier clase que se efectúen en el local, sea cual sea su carácterya sean autorizadas o no, quedarán siempre en beneficio xxx Xxxxxx al finalizar el contrato de cesión, sin generar derecho o reclamación o percepción económica de ninguna clase por el CESIONARIO, salvo que exija la instalación de su empresa. Al margen de lo anterior, la ARRENDATARIA no podrá efectuar obras de ningún tipo en la finca arrendada sin el consentimiento previo y escrito del ARRENDADOR. A la finalización del contrato, será facultad del ARRENDADOR optar entre la reposición de las cosas El AYUNTAMIENTO a su exclusiva opción, exija al CESIONARIO que devuelva el despacho en el mismo estado original (en que lo recibió, en cuyo caso serán por cuenta de la ARRENDATARIA), parte cedente los gastos que deba soportar el CESIONARIO para la adecuación del local a su estado original. Se prohíbe expresamente al CESIONARIO la sustitución o la conservación modificación de las modificaciones, renunciando la ARRENDATARIA instalaciones del despacho cedido o colocar en las fachadas o a indemnización por las mismas. El ARRENDADOR tendrá derecho a hacer las reparaciones, nuevas construcciones, elevación través de las plantas en el edificio, así como a realizar los cambios y/o modificaciones que estimara conveniente sin que ello genere derecho a la reducción de la renta ni a pagar indemnización alguna a la ARRENDATARIA quien, además, dará al ARRENDADOR las máximas facilidades para su realización, permitiendo la entrada en el local al personal técnico y obrero encargado de ejecutarlas, así como los materiales y equipos necesarios, durante las horas que habitualmente rijan para el trabajo. Tampoco tendrá derecho a reducción xx xxxxx ni a indemnización alguna la ARRENDATARIA en el caso de que, debido a las obras, hubiese que colocar una valla que interrumpiera la visión exterior del local objeto del arriendo, siempre que estas obras no impidan el funcionamiento normal del local. La ARRENDATARIA podrá colocar el nombre de la empresa junto a la puerta del local objeto de este contrato, haciendo uso para ello, de forma obligatoria, del modelo estandarizado de placa proporcionado por el Consorcio. Queda prohibida, por lo tanto, la colocación de placas, anunciosventanas, rótulos, etccarteles u otros elementos que alteren o modifiquen la uniformidad estética xxx Xxxxxx. Tampoco podrá el CESIONARIO instalar transmisiones, motores o máquinas para su funcionamiento en el despacho cedido, ni instalaciones que alteren, modifiquen o sustituyan a los suministros, públicos o privados, previstos para el propio despacho o para el conjunto xxx Xxxxxx, sin previa autorización previo consentimiento escrito de El AYUNTAMIENTO. El AYUNTAMIENTO podrá efectuar en el despacho cedido o en cualquier otra instalación del ARRENDADORedificio, las obras que considere necesarias o convenientes para su mantenimiento y mejora, en cuyo caso podrá suspender el efecto de este contrato durante el tiempo de duración de las obras sin indemnización alguna.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Cesión De Local en El Vivero De Cooperativas Propiedad Del Ayuntamiento De Paterna
Obras. La ARRENDATARIA3. Durante el plazo de vigencia de la presente prórroga, la arrendadora se compromete a realizar en el inmueble las obras que se recogen en el anexo que se adjunta al presente documento, corriendo de ser necesariosu cuenta el coste de las mismas y cualesquiera licencias, realizaráimpuestos, tasas o contribuciones especiales que de ellas se pudieran derivar Para la debida constancia de todo lo convenido, se firma este documento, en dos ejemplares, en el lugar y fecha indicados. POR EL ARRENDATARIO POR EL ARRENDADOR LA DELEGADA DEL ÁREA DE Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx OBRAS Y EQUIPAMIENTOS Xxxx Xxxx Xxxxxx - Sustitución de los dos ascensores existentes. Se ha aprobado un presupuesto con Xxxxxxxxx, S.A. y los trabajos darán comienzo este mes de Julio 2021. - Sustitución de las puertas de resistencia al fuego (RF) de forma que dispongan de placa identificativa y muelles de apertura cumpliendo la normativa vigente. - Sustitución del pasamanos de las escaleras mecánicas. - Mejora de la captación de pluviales en función de evitar posibles desbordamientos y sus consecuentes goteras en escenarios de grandes tormentas. - Sustitución de las puertas automáticas de acceso principal al edificio por la xxxxx Xxxxxx xxx Xxxx, n.º 21. - Repaso de pintura del trames existente en la fachada de la calle Estrasburgo para aportar una mayor estética al edificio. - Reparación del grupo electrógeno del edificio. Éste ha sufrido una avería debido al incorrecto mantenimiento. El gasoil no se ha sustituido en tiempo y ha dado lugar a la aparición de bacterias que ha dañado el circuito de inyección. Colaboraremos en todo lo posible en la solución a este problema. - Retirada de los climatizadores existentes que aportan el aire de renovación y sustitución por unos completamente nuevos. Los nuevos equipos poseerán batería de humectación con la capacidad de regular la humedad del edificio, serán de tipo tubular y flujos cruzados de forma que se evite la mezcla de aire de renovación con el nuevo aire de ventilación que se aporta al edificio y dispondrán de un mejor filtrado de aire exterior contando con sistemas de saneamiento ultravioleta, cumpliendo la recomendación de filtrado establecida para el COVID-19. - Sustitución del solado de las siete plantas del edificio. Aunque éste es una moqueta en buen estado, se procederá a su xxxxx, mediante proyecto que será sometido previamente cambio por otro de mejores condiciones sanitarias. El arrendatario participará en su elección en cuanto a la aprobación del ARRENDADOR tipología y bajo la supervisión colorido. - Protección de los técnicos designados por éste, las obras vidrios de acondicionamiento, sea cual sea su carácter, que exija la instalación calle Estrasburgo mediante láminas solares para mejorar el confort climático. - Cambio de su empresaluminarias actuales a luminarias con tecnología led para optimizar el consumo energético. Al margen - Mejora de lo anterior, la ARRENDATARIA no podrá efectuar obras de ningún tipo en la finca arrendada sin el consentimiento previo y escrito del ARRENDADOR. A la finalización del contrato, será facultad del ARRENDADOR optar entre la reposición climatización de las cosas a su estado original (por cuenta de la ARRENDATARIA), o la conservación de las modificaciones, renunciando la ARRENDATARIA a indemnización por las mismas. El ARRENDADOR tendrá derecho a hacer las reparaciones, nuevas construcciones, elevación de las plantas en el edificio, así como a realizar los cambios y/o modificaciones que estimara conveniente sin que ello genere derecho a la reducción de la renta ni a pagar indemnización alguna a la ARRENDATARIA quien, además, dará al ARRENDADOR las máximas facilidades para su realización, permitiendo la entrada en el local al personal técnico y obrero encargado de ejecutarlas, así como los materiales y equipos necesarios, durante las horas que habitualmente rijan para el trabajo. Tampoco tendrá derecho a reducción xxxxx xx xxxxx ni altura. Se bajan las rejillas de retornos a indemnización alguna la ARRENDATARIA en el caso puntos próximos al suelo para evitar posibles fenómenos de que, debido a las obras, hubiese que colocar una valla que interrumpiera la visión exterior estratificación del local objeto del arriendo, siempre que estas obras no impidan el funcionamiento normal del local. La ARRENDATARIA podrá colocar el nombre de la empresa junto a la puerta del local objeto de este contrato, haciendo uso para ello, de forma obligatoria, del modelo estandarizado de placa proporcionado por el Consorcio. Queda prohibida, por lo tanto, la colocación de placas, anuncios, rótulos, etc. sin previa autorización del ARRENDADORaire.
Appears in 1 contract
Samples: agenciatributaria.madrid.es
Obras. La ARRENDATARIA6.1.1- Renuncia a la celebración del contrato de obras de "Urbanización parcial de la calle Mourillós. Convenio urbanístico C-4 del PGOU de Celanova". Adopción de acuerdo si procede. Se ha visto el expediente de contratación aprobado por la Junta de Gobierno Local, en virtud de acuerdo adoptado en la sesión realizada el 14 de febrero de 2011, sobre el asunto: "6º.- Contratación. 6.1. Obras. Urbanización parcial calle Mourillós: aprobación del expediente.", tramitado por el Ayuntamiento de Celanova en calidad de ejecutor subsidiario (Decreto de 1 de febrero de 2011) y para la adjudicación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, de ser necesario, realizará, a su xxxxx, mediante proyecto que será sometido previamente a la aprobación del ARRENDADOR y bajo la supervisión de los técnicos designados por éste, las obras de acondicionamiento"Urbanización parcial de la calle Mourillós. Convenio xxxx- xxxxxxx C-4 del PGOU de Celanova". Con fecha 10 de marzo de 2011 se dictó Decreto de la Alcaldía, sea cual sea ratificado por la Junta de Gobierno Local en virtud de acuerdo adoptado en la sesión celebrada el 16 de marzo de 2011, sobre asunto "10º.- Toma de conocimiento y ratificación de resolución de la Alcaldía.", con el tenor literal siguiente: "En la Junta de Gobierno Local celebrada el 14 de febrero de 2011 fue aprobado el Proyecto de Obras de Urbanización Parcial de la Calle Mourillós, cuya ejecución subsidiaria fuera decretada mediante resolución de 1 de febrero de 2011, al no xxxxx sido ejecutada por los obligados en virtud del Convenio urbanístico C-4. En la misma sesión se aprobó el expediente de contratación, con el objeto de seleccionar al contratista encar- gado de ejecutar dichas obras. Teniendo noticia de la posibilidad de que parte de las obras incluidas en dicho proyecto puedan estar también en el proyec- to para la construcción de la autovía, y ante la urgencia de la situación, dispongo que los servicios técnicos municipales xxxxx las comprobaciones oportunas para determinar cómo afectaría dicha circunstancia a los expedientes en curso, que- dando en suspenso la eficacia del acuerdo aprobatorio del pro- yecto y la tramitación del procedimiento y licitación. La presente resolución xxxxxx ser ratificada por la Junta de Gobierno Local en la próxima sesión que celebre." Con fecha 14 de diciembre de 2013 (n.º de asiento en el Registro de Entrada de documentos ayuntamiento: 5918) tuvo entrada en las oficinas municipales el Proyecto Modificado de Urbanización Parcial de la Calle Mourillós, redactado por el ingeniero de caminos Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, de la empresa E.I.C. Xxxxx, XX, al objeto de poner en marcha las determinaciones recogidas en el PGOU de Celanova, convenio urbanístico C-4, desarrollado en cuanto a la definición de alineaciones y rasantes por el Estudio de Detalle aprobado definitivamente por la Junta de Gobierno Local en la sesión celebrada el día 15 de enero de 2007, en el que, en su caráctermemoria, se recogía un apartado "6. Justificación de las obras", que, entre otros extremos, esta- blecía: "…/… El presente "Proyecto Modificado de Urbanización Parcial Calle Mourillós" viene fundamentado en razones de interés público y de las nuevas necesidades imprevistas e imprevisibles al momento de aprobarlo el Ayuntamiento de Celanova y que exija se concretan con la instalación cons- trucción del enlace Centro de su empresa. Al margen la Autovía AG-· 31 …/…" Una vez atendido el informe del arquitecto municipal, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, emitido con fecha 6 de lo anteriorfebrero de 2014, en el que, entre otros extremos, se establece que: "…./….Siendo el Ayuntamiento de Celanova, en virtud de Decreto de la ARRENDATARIA no podrá efectuar Alcaldía de fecha 1 de febrero de 2011, ejecutor subsidiario de las obras de ningún tipo en la finca arrendada sin el consentimiento previo y escrito del ARRENDADOR. A la finalización del contrato, será facultad del ARRENDADOR optar entre la reposición de las cosas a su estado original (por cuenta "Urbanización parcial de la ARRENDATARIAcalle Mourillós. Convenio urbanístico C4 del PGOU de Celanova", y habiéndose construido el enlace Centro de la Autovía AG-31, no considero conveniente continuar con la celebración del con- trato de obras de referencia (suspendido en virtud de Decreto de la Alcaldía de fecha 10 de marzo de 2011), o ya que la conservación de las modificaciones, renunciando la ARRENDATARIA a indemnización por las mismas. El ARRENDADOR tendrá derecho a hacer las reparaciones, nuevas construcciones, elevación de las plantas en el edificio, así como a realizar los cambios y/o modificaciones que estimara conveniente sin que ello genere derecho a la reducción cons- trucción del precitado enlace Centro de la renta ni a pagar indemnización alguna a Autovía AG-31 determinó la ARRENDATARIA quien, además, dará al ARRENDADOR las máximas facilidades Inadecuación del Proyecto de Urbanización que sirvió de base para su realización, permitiendo la entrada en el local al personal técnico y obrero encargado licitación de ejecutarlas, así como los materiales y equipos necesarios, durante las horas que habitualmente rijan para el trabajo. Tampoco tendrá derecho a reducción xx xxxxx ni a indemnización alguna la ARRENDATARIA en el caso de que, debido a las obras, hubiese por lo que colocar existe una valla falta de idoneidad del proyecto técnico para satisfacer las necesidades que interrumpiera la visión exterior pretenden cubrirse. …/…", una vez atendido el informe de Secretaría de fecha 7 de febrero de 2014, y una vez considerado lo dispuesto en el artículo 155 del local objeto del arriendo, siempre que estas obras no impidan el funcionamiento normal del local. La ARRENDATARIA podrá colocar el nombre de la empresa junto a la puerta del local objeto de este contrato, haciendo uso para elloReal Decreto Legislativo 3/2011, de forma obligatoria14 de noviembre, del modelo estandarizado de placa proporcionado por el Consorcio. Queda prohibida, por lo tantoque se aprueba el Texto Refundido de xx Xxx de Contratos del Sector Público, la colocación Junta de placasGobierno Local, anunciostras la votación ordinaria y por unanimidad de xxx xxxxx miembros presentes en esta sesión, rótulossiendo cinco el número legal de miembros que la com- ponen, etc. sin previa autorización del ARRENDADOR.acordó:
Appears in 1 contract
Samples: bop.depourense.es
Obras. La ARRENDATARIA, de ser necesario, realizará, El cesionario está obligado a realizar a su xxxxx, mediante proyecto que será sometido previamente a la aprobación del ARRENDADOR y bajo la supervisión de los técnicos designados por éste, cargo las obras de acondicionamientoacondicionamiento del espacio, sea cual sea su carácterprevia autorización del Ayuntamiento, a través del Área de Desarrollo Económico, que exija podrá requerir los informes necesarios a los servicios técnicos del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxx. Esta autorización no exime al cesionario de la instalación obligación de su empresasolicitud de las licencias y permisos pertinentes. Al margen Queda totalmente prohibida la realización de lo anteriorobras en el espacio cedido, la ARRENDATARIA aun cuando se trate de mejoras y no podrá efectuar obras implique modificación de ningún tipo en la finca arrendada estructuras, sin el consentimiento previo expreso del Ayuntamiento y escrito sin la obtención de las licencias correspondientes. El cesionario tiene la obligación de realizar aquellas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario, así como aquellas otras que deriven de un mal uso o negligencia por su parte. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA XX XXXXXXXXXX Los daños o desperfectos causados por el ejercicio de la actividad en los elementos estructurales del ARRENDADORlocal, en las instalaciones generales o en las demás zonas de uso común, serán reparados x xxxxx del cesionario. Miércoles, 8 xx xxxxxx de 2018 A la finalización del contrato, será facultad del ARRENDADOR optar entre la reposición de las cosas a su estado original (obras y los elementos desmontables podrán ser retirados por cuenta el cesionario. Sin embargo, no se retirará ninguna obra o elemento que suponga menoscabo de la ARRENDATARIA), o la conservación de las modificaciones, renunciando la ARRENDATARIA a indemnización por las mismas. El ARRENDADOR tendrá derecho a hacer las reparaciones, nuevas construcciones, elevación de las plantas en el edificio, así como a realizar los cambios y/o modificaciones que estimara conveniente sin que ello genere derecho a la reducción de la renta ni a pagar indemnización alguna a la ARRENDATARIA quien, además, dará al ARRENDADOR las máximas facilidades para su realización, permitiendo la entrada en el local al personal técnico y obrero encargado de ejecutarlas, así como los materiales y equipos necesarios, durante las horas que habitualmente rijan para el trabajo. Tampoco tendrá derecho a reducción xx xxxxx ni a indemnización alguna la ARRENDATARIA en el caso de que, debido a las obras, hubiese que colocar una valla que interrumpiera la visión exterior del local objeto del arriendo, siempre que estas obras no impidan el funcionamiento normal del local. La ARRENDATARIA podrá colocar el nombre de la empresa junto a la puerta del local objeto de este contrato, haciendo uso para ellonave, de forma obligatoriaque éstas quedarán en beneficio del inmueble, sin derecho a reclamación alguna o indemnización de cualquier clase por parte del modelo estandarizado usuario. No obstante, el Ayuntamiento de placa proporcionado por el Consorcio. Queda prohibidaXxxxxx xx Xxxxx, por lo tantopodrá exigir al usuario que proceda, a su xxxxx, a la colocación retirada de placas, anuncios, rótulos, etc. sin previa autorización del ARRENDADORtodas o alguna de las mismas.
Appears in 1 contract
Samples: bop.sede.diputaciondevalladolid.es
Obras. La ARRENDATARIA, Se incluyen todas las obras necesarias para llevar a cabo la obra de ser necesario, realizará, a su xxxxx, mediante proyecto que será sometido previamente a la aprobación del ARRENDADOR y bajo la supervisión "Puesta en valor de los técnicos designados por ésterecursos turísticos zona creativa Xxxxxxx xxx Xxxxxx", tal como se especifica en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Xxxxx excluidas de este contrato las obras que la Propiedad acuerde durante la tramitación de acondicionamiento, sea cual sea este Proyecto hasta su carácter, aprobación y aún aquellas otras que exija durante la instalación de su empresa. Al margen de lo anterior, la ARRENDATARIA no podrá efectuar obras de ningún tipo en la finca arrendada sin el consentimiento previo y escrito del ARRENDADOR. A la finalización del contrato, será facultad del ARRENDADOR optar entre la reposición ejecución de las cosas a su estado original (por cuenta de la ARRENDATARIA), o la conservación obras se estimen pueden ser economizadas. En el caso que hubiera que ejecutar obras no comprendidas en documento técnico deberán aprobarse previa presentación de las modificaciones, renunciando correspondientes facturas de los materiales empleados y previo acuerdo con los responsables municipales en lo referente a tiempos de realización de dichos trabajos. Los detalles de obras que no estuvieran suficientemente detallados en este Proyecto se ejecutarán con arreglo a los planos e instrucciones que durante la ARRENDATARIA a indemnización por ejecución de las obras proporcione la Dirección Técnica de las mismas. Las modificaciones no supondrán, en cualquier caso, un incremento superior al diez (10%) por ciento. El ARRENDADOR Contratista no tendrá derecho a hacer las reparacionesreclamación de tipo económico, nuevas construcciones, elevación por la eliminación de las plantas obras que la Propiedad y el Director de la obra con su buen criterio estimen convenientes. Las obras auxiliares serán excluidas hasta su aprobación y no supondrán una alteración en el edificiopresupuesto superior al veinte (20%) por ciento. Las obras deberán realizarse permitiendo en todo momento el correcto funcionamiento en el entorno y minimizando las afecciones al tráfico tanto peatonal, así como a realizar los cambios y/o modificaciones que estimara conveniente sin que ello genere derecho a la reducción circundante de la renta ni a pagar indemnización alguna a la ARRENDATARIA quienobra, además, dará al ARRENDADOR las máximas facilidades para su realización, permitiendo la entrada en el local al personal técnico como rodado y obrero encargado de ejecutarlas, así como los materiales y equipos necesarios, durante las horas que habitualmente rijan para el trabajo. Tampoco tendrá derecho a reducción xx xxxxx ni a indemnización alguna la ARRENDATARIA en el caso de que, debido acceso a las obras. En ningún momento los acopios, hubiese que colocar una valla que interrumpiera la visión exterior del local objeto del arriendoalmacenamiento, siempre que estas obras no impidan el funcionamiento normal del local. La ARRENDATARIA podrá colocar el nombre trabajos de la empresa junto instalación y tareas de carga y descarga impedirán o dificultarán el movimiento y circulación en la zona circundante. Se tendrá especial cuidado en no perturbar o impedir el normal desarrollo de las actividades que habitualmente se realizan en las dependencias municipales afectadas. Los trabajos se llevaran a efecto todos los días del año excepto xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos oficiales en el municipio de El Xxxxxx xx Xxxxx. A estos efectos, el horario normal de trabajo se considerará entre las 8:00 y las 18:00 en días laborables. En casos especiales el horario de prestación de servicios podrá ser fuera del indicado cuando las necesidad de la puerta actividad municipal o bien la urgencia del local objeto de este contratocaso así lo requieran, haciendo uso para ellodebiendo , de forma obligatoriasi fuera preciso, del modelo estandarizado de placa proporcionado por el Consorcio. Queda prohibida, por lo tanto, la colocación de placas, anuncios, rótulos, etc. sin previa autorización del ARRENDADORtrabajar " a turnos".
Appears in 1 contract
Obras. La ARRENDATARIAEl ARRENDADOR está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda y la habitación en las condiciones de ser necesariohabitabilidad para servir al uso con- venido, realizarásalvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispues- to en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil. Por el contrario, las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la habitación serán de cargo del arrendatario. Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de las zonas co- munes serán a cargo de los arrendatarios que en el momento de realizarlas estén ocupando la vivienda en la parte proporcional que corresponda a su xxxxxhabitación. A pesar de no tener la consideración de obra, mediante proyecto se prohíbe expresamente al arrendatario la realización de agujeros o perforaciones en las paredes del inmueble, descontándose de la fianza el importe que será sometido previamente sea necesario para que las paredes recuperen su estado original en su caso. El ARRENDATARIO no podrá llevar a cabo obra alguna ni en la aprobación del habitación arrendada ni en los elementos co- munes, salvo que cuente con el consentimiento previo, expreso y por escrito de la propiedad. Sin perjuicio de la facultad de resolver el contrato, el ARRENDADOR y bajo que no haya autorizado la supervisión realización de los técnicos designados por éste, las obras de acondicionamientopodrá exigir, sea cual sea su carácteral concluir el contrato, que exija la instalación de su empresa. Al margen de lo anterior, la ARRENDATARIA no podrá efectuar obras de ningún tipo en la finca arrendada sin el consentimiento previo y escrito del ARRENDADOR. A la finalización del contrato, será facultad del ARRENDADOR optar entre la reposición de ARRENDATARIO reponga las cosas a su estado original (por cuenta de anterior o conservar la ARRENDATARIA)modificación efectuada, o la conservación de las modificaciones, renunciando la ARRENDATARIA a indemnización por las mismas. El ARRENDADOR tendrá derecho a hacer las reparaciones, nuevas construcciones, elevación de las plantas en el edificio, así como a realizar los cambios y/o modificaciones que estimara conveniente sin que por ello genere derecho a la reducción pueda el ARRENDATARIO reclamar compensación o indemnización alguna. La realización de la renta ni a pagar indemnización alguna a la ARRENDATARIA quien, además, dará al ARRENDADOR las máximas facilidades para su realización, permitiendo la entrada en el local al personal técnico y obrero encargado de ejecutarlastales obras, así como los materiales gastos y equipos necesariosgestiones para la obtención de los oportunos permisos y licen- cias serán a cargo exclusivo del ARRENDATARIO. A pesar de ello, durante las horas que habitualmente rijan queda totalmente prohibido para el trabajo. Tampoco tendrá derecho a reducción xx xxxxx ni a indemnización alguna ARRENDATARIO la ARRENDATARIA en el caso realización de que, debido a las obras, hubiese obras que colocar una valla que interrumpiera mod- ifiquen la visión exterior del local objeto del arriendo, siempre que estas obras no impidan el funcionamiento normal del local. La ARRENDATARIA podrá colocar el nombre configuración de la empresa junto a vivienda o provoquen disminuciones en la puerta del local objeto estabilidad o seguridad de este contrato, haciendo uso para ello, de forma obligatoria, del modelo estandarizado de placa proporcionado por el Consorcio. Queda prohibida, por lo tanto, la colocación de placas, anuncios, rótulos, etc. sin previa autorización del ARRENDADORmisma.
Appears in 1 contract
Obras. La ARRENDATARIAAccesorias5 Son aquellas Obras vinculadas directamente a la Concesión, que se ejecutarán para estabilizar la infraestructura vial en los tramos conforme a lo señalado en las cláusulas 6.45 a 6.53, que sean requeridas en sectores no considerados en la Propuesta Técnica del CONCESIONARIO para evitar daños a la infraestructura vial por efecto de la erosión fluvial o geotecnia, o cuando el tipo de solución de ingeniería inicialmente considerado en la Propuesta Técnica a pesar del adecuado y oportuno Mantenimiento Rutinario, Periódico y de Emergencia se deteriore prematuramente o requiera ser necesariomodificado por razones de seguridad vial. Obras Adicionales6 Son aquellas Obras que no se encuentran contempladas en la Propuesta Técnica que presenta el CONCESIONARIO, realizarápero cuya ejecución puede ser decidida durante el período de Concesión por el CONCEDENTE, con opinión favorable del REGULADOR por considerarlas convenientes para el cumplimiento del objeto de la Concesión. Entre las Obras de este tipo se pueden considerar obras tales como: intercambios viales, accesos viales a municipios o vías de evitamiento, entre otros. 5 (1) Ver Acta de Acuerdo de fecha 26 xx xxxxx de 2009. 6 (1) Ver Acta de Acuerdo de fecha 16 de diciembre de 2009 Son aquellas Obras indicadas en el presente Contrato de Concesión o en la Oferta Técnica del CONCESIONARIO, cuya ejecución es obligatoria para el CONCESIONARIO a su xxxxxcosto, mediante proyecto que será sometido previamente por tratarse de Obras inherentes a la aprobación del ARRENDADOR y bajo Explotación de la supervisión de los técnicos designados por ésteConcesión. Comprende, las entre otras: (a) obras civiles para canalizaciones o servicios públicos; (b) obras de acondicionamientomitigación de impacto ambiental; (c) edificaciones, sea cual sea su carácter(unidades de Peaje, que exija estaciones de pesaje, oficinas, instalaciones de apoyo para Servicios Obligatorios y Opcionales, etc.); o (d) la instalación de equipos o sistemas mecánicos, eléctricos o electrónicos. Corresponderá al CONCEDENTE acreditar que la ejecución de una obra tiene el carácter de complementaria. Para tal fin, el CONCEDENTE deberá comunicar al CONCESIONARIO la necesidad de ejecutar la Obra Complementaria, con una anticipación razonable en función a la naturaleza de la obra, indicando los plazos para su empresa. Al margen ejecución, a partir de lo anteriorcual, el CONCESIONARIO se encontrará obligado a realizar la ARRENDATARIA ejecución de tales obras En caso el CONCEDENTE comunique al CONCESIONARIO la necesidad de ejecución de Obras Complementarias no podrá efectuar obras de ningún tipo contempladas en el Contrato o en la finca arrendada sin el consentimiento previo y escrito Oferta Técnica del ARRENDADOR. A la finalización del contratoCONCESIONARIO, será facultad del ARRENDADOR optar entre la reposición de las cosas a su estado original (por cuenta de la ARRENDATARIA), o la conservación de las modificaciones, renunciando la ARRENDATARIA a indemnización por las mismas. El ARRENDADOR tendrá derecho a hacer las reparaciones, nuevas construcciones, elevación de las plantas en el edificio, así mismas serán consideradas como a realizar los cambios y/o modificaciones que estimara conveniente sin que ello genere derecho a la reducción de la renta ni a pagar indemnización alguna a la ARRENDATARIA quien, además, dará al ARRENDADOR las máximas facilidades para su realización, permitiendo la entrada en el local al personal técnico y obrero encargado de ejecutarlas, así como los materiales y equipos necesarios, durante las horas que habitualmente rijan para el trabajo. Tampoco tendrá derecho a reducción xx xxxxx ni a indemnización alguna la ARRENDATARIA en el caso de que, debido a las obras, hubiese que colocar una valla que interrumpiera la visión exterior del local objeto del arriendo, siempre que estas obras no impidan el funcionamiento normal del local. La ARRENDATARIA podrá colocar el nombre de la empresa junto a la puerta del local objeto de este contrato, haciendo uso para ello, de forma obligatoria, del modelo estandarizado de placa proporcionado por el Consorcio. Queda prohibida, por lo tanto, la colocación de placas, anuncios, rótulos, etc. sin previa autorización del ARRENDADORObras Adicionales.
Appears in 1 contract
Obras. La ARRENDATARIAEl ARRENDADOR está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda y la habitación en las condiciones de ser necesariohabitabilidad para servir al uso con- venido, realizarásalvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispues- to en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil. Por el contrario, las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la habitación serán de cargo del arrendatario. Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de las zonas co- munes serán a cargo de los arrendatarios que en el momento de realizarlas estén ocupando la vivienda en la parte proporcional que corresponda a su xxxxxhabitación. A pesar de no tener la consideración de obra, mediante proyecto se prohíbe expresamente al arrendatario la realización de agujeros o perforaciones en las paredes del inmueble, descontándose de la fianza el importe que será sometido previamente sea necesario para que las paredes recuperen su estado original en su caso. El ARRENDATARIO no podrá llevar a cabo obra alguna ni en la aprobación del habitación arrendada ni en los elementos co- munes, salvo que cuente con el consentimiento previo, expreso y por escrito de la propiedad. Sin perjuicio de la facultad de resolver el contrato, el ARRENDADOR y bajo que no haya autorizado la supervisión realización de los técnicos designados por éste, las obras de acondicionamientopodrá exigir, sea cual sea su carácteral concluir el contrato, que exija la instalación de su empresa. Al margen de lo anterior, la ARRENDATARIA no podrá efectuar obras de ningún tipo en la finca arrendada sin el consentimiento previo y escrito del ARRENDADOR. A la finalización del contrato, será facultad del ARRENDADOR optar entre la reposición de ARRENDATARIO reponga las cosas a su estado original (por cuenta de anterior o conservar la ARRENDATARIA)modificación efectuada, o la conservación de las modificaciones, renunciando la ARRENDATARIA a indemnización por las mismas. El ARRENDADOR tendrá derecho a hacer las reparaciones, nuevas construcciones, elevación de las plantas en el edificio, así como a realizar los cambios y/o modificaciones que estimara conveniente sin que por ello genere derecho a la reducción pueda el ARRENDATARIO reclamar compensación o indemnización alguna. La realización de la renta ni a pagar indemnización alguna a la ARRENDATARIA quien, además, dará al ARRENDADOR las máximas facilidades para su realización, permitiendo la entrada en el local al personal técnico y obrero encargado de ejecutarlastales obras, así como los materiales gastos y equipos necesariosgestiones para la obtención de los oportunos permisos y licen- cias serán a cargo exclusivo del ARRENDATARIO. A pesar de ello, durante las horas que habitualmente rijan queda totalmente prohibido para el trabajo. Tampoco tendrá derecho a reducción xx xxxxx ni a indemnización alguna ARRENDATARIO la ARRENDATARIA en el caso realización de que, debido a las obras, hubiese obras que colocar una valla que interrumpiera modifiquen la visión exterior del local objeto del arriendo, siempre que estas obras no impidan el funcionamiento normal del local. La ARRENDATARIA podrá colocar el nombre configuración de la empresa junto a vivienda o provoquen disminuciones en la puerta del local objeto estabilidad o seguridad de este contrato, haciendo uso para ello, de forma obligatoria, del modelo estandarizado de placa proporcionado por el Consorcio. Queda prohibida, por lo tanto, la colocación de placas, anuncios, rótulos, etc. sin previa autorización del ARRENDADORmisma.
Appears in 1 contract
Obras. La ARRENDATARIAEl ARRENDADOR está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda y la habitación en las condiciones de ser necesariohabitabilidad para servir al uso con- venido, realizarásalvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispues- to en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil. Por el contrario, las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la habitación serán de cargo del arrendatario. Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de las zonas co- munes serán a cargo de los arrendatarios que en el momento de realizarlas estén ocupando la vivienda en la parte proporcional que corresponda a su xxxxxhabitación. A pesar de no tener la consideración de obra, mediante proyecto se prohíbe expresamente al arrendatario la realización de agujeros o perforaciones en las paredes del inmueble, descontándose de la fianza el importe que será sometido previamente sea necesario para que las paredes recuperen su estado original en su caso. El ARRENDATARIO no podrá llevar a cabo obra alguna ni en la aprobación del habitación arrendada ni en los elementos co- munes, salvo que cuente con el consentimiento previo, expreso y por escrito de la propiedad. Sin perjuicio de la facultad de resolver el contrato, el ARRENDADOR y bajo que no haya autorizado la supervisión realización de los técnicos designados por éste, las obras de acondicionamientopodrá exigir, sea cual sea su carácteral concluir el contrato, que exija la instalación de su empresa. Al margen de lo anterior, la ARRENDATARIA no podrá efectuar obras de ningún tipo en la finca arrendada sin el consentimiento previo y escrito del ARRENDADOR. A la finalización del contrato, será facultad del ARRENDADOR optar entre la reposición de ARRENDATARIO reponga las cosas a su estado original (por cuenta de anterior o conservar la ARRENDATARIA)modificación efectuada, o la conservación de las modificaciones, renunciando la ARRENDATARIA a indemnización por las mismas. El ARRENDADOR tendrá derecho a hacer las reparaciones, nuevas construcciones, elevación de las plantas en el edificio, así como a realizar los cambios y/o modificaciones que estimara conveniente sin que por ello genere derecho a la reducción pueda el ARRENDATARIO reclamar compensación o indemnización alguna. La realización de la renta ni a pagar indemnización alguna a la ARRENDATARIA quien, además, dará al ARRENDADOR las máximas facilidades para su realización, permitiendo la entrada en el local al personal técnico y obrero encargado de ejecutarlastales obras, así como los materiales gastos y equipos necesariosgestiones para la obtención de los oportunos per- misos y licencias serán a cargo exclusivo del ARRENDATARIO. A pesar de ello, durante las horas que habitualmente rijan queda totalmente prohibido para el trabajo. Tampoco tendrá derecho a reducción xx xxxxx ni a indemnización alguna ARRENDATARIO la ARRENDATARIA en el caso realización de que, debido a las obras, hubiese obras que colocar una valla que interrumpiera mod- ifiquen la visión exterior del local objeto del arriendo, siempre que estas obras no impidan el funcionamiento normal del local. La ARRENDATARIA podrá colocar el nombre configuración de la empresa junto a vivienda o provoquen disminuciones en la puerta del local objeto estabilidad o seguridad de este contrato, haciendo uso para ello, de forma obligatoria, del modelo estandarizado de placa proporcionado por el Consorcio. Queda prohibida, por lo tanto, la colocación de placas, anuncios, rótulos, etc. sin previa autorización del ARRENDADORmisma.
Appears in 1 contract
Obras. La ARRENDATARIAQueda totalmente prohibida la realización de obras en el despacho objeto de cesión, aún cuando se trate de ser necesariomejoras y no impliquen modificación de estructuras o configuración del mismo o de sus servicios e instalaciones generales, realizarásin consentimiento escrito por parte de LA CÁMARA. Las obras de mera reparación o conservación realizadas como consecuencia de desperfectos o mal uso del espacio por el CESIONARIO, serán efectuadas siempre por LA CÁMARA, repercutiendo el importe que proceda de las mismas al CESIONARIO. Este tipo de obras sólo podrán realizarse directamente por el CESIONARIO a su exclusiva xxxxx, mediante proyecto que será sometido previamente si existe previo permiso escrito por parte de LA CÁMARA y en tanto se ajusten en su ejecución a la aprobación del ARRENDADOR y bajo autorización concedida. Para la supervisión concesión de los técnicos designados por éstedicho permiso, LA CÁMARA podrá exigir la presentación de un proyecto técnico de ejecución de las mismas. En todo caso, las obras de acondicionamientocualquier clase que se efectúen en el despacho, sea cual sea ya sean autorizadas o no, quedarán siempre en beneficio xxx Xxxxxx al finalizar el contrato de cesión, sin generar derecho o reclamación o percepción económica de ninguna clase por el CESIONARIO, salvo que LA CÁMARA a su carácterexclusiva opción, exija al CESIONARIO que exija devuelva el despacho en el mismo estado en que lo recibió, en cuyo caso serán por cuenta de LA CÁMARA los gastos que deba soportar el CESIONARIO para la instalación de su empresa. Al margen de lo anterior, la ARRENDATARIA no podrá efectuar obras de ningún tipo en la finca arrendada sin el consentimiento previo y escrito adecuación del ARRENDADOR. A la finalización del contrato, será facultad del ARRENDADOR optar entre la reposición de las cosas local a su estado original (por cuenta original. Se prohibe expresamente al CESIONARIO la sustitución o modificación de la ARRENDATARIA), las instalaciones generales del despacho cedido o la conservación introducción en las fachadas o a través de las modificacionesventanas u otras aberturas del despacho de elementos que alteren o modifiquen la uniformidad estética xxx Xxxxxx. La cesión no comprende la fachada, renunciando la ARRENDATARIA azotea x xxxxxxxx y demás partes exteriores xxx Xxxxxx, que el CESIONARIO no podrá utilizar, salvo para usos debidamente autorizados. Tampoco podrá el CESIONARIO instalar máquinas o equipos para su funcionamiento en el despacho cedido, ni instalaciones que alteren, modifiquen o sustituyan a indemnización los suministros, públicos o privados, previstos para el propio despacho o para el conjunto xxx Xxxxxx, sin previo consentimiento escrito de LA CÁMARA. LA CÁMARA podrá efectuar en los elementos comunes del edificio cuantas obras considere necesarias y razonables para su mejora de cualquier orden, y sean autorizadas por las mismaslicencia municipal. El ARRENDADOR tendrá derecho CESIONARIO queda obligado a hacer las reparaciones, nuevas construcciones, elevación de las plantas en el edificio, así como a realizar los cambios y/o modificaciones que estimara conveniente sin que ello genere derecho a la reducción de la renta ni a pagar indemnización alguna a la ARRENDATARIA quien, además, dará al ARRENDADOR las máximas facilidades para su realización, permitiendo permitir la entrada en el su local al personal técnico y obrero encargado de ejecutarlas, así como los materiales y equipos necesarios, durante para efectuar las horas reparaciones que habitualmente rijan para el trabajo. Tampoco tendrá derecho a reducción xx xxxxx ni a indemnización alguna la ARRENDATARIA en el caso de que, debido a las obras, hubiese que colocar una valla que interrumpiera la visión exterior del local objeto del arriendo, siempre que estas obras no impidan el funcionamiento normal del local. La ARRENDATARIA podrá colocar el nombre de la empresa junto a la puerta del local objeto de este contrato, haciendo uso para ello, de forma obligatoria, del modelo estandarizado de placa proporcionado por el Consorcio. Queda prohibida, por lo tanto, la colocación de placas, anuncios, rótulos, etc. sin previa autorización del ARRENDADORsean necesarias.
Appears in 1 contract