Organización del trabajo. La disciplina y organización del trabajo es facultad específica del empresario, y se ajustarán a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales que resulten de aplicación a las empresas incluidas en el campo de aplicación funcional de este Convenio Colectivo.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo, Vii Convenio Colectivo Estatal Para Los Centros De Enseñanza De Peluquería Y Estética, De Enseñanzas Musicales Y De Artes Aplicadas Y Oficios Artísticos
Organización del trabajo. La disciplina y organización del trabajo es facultad específica del empresario, empresario y se ajustarán a lo establecido previsto en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales que resulten de aplicación a las empresas incluidas en el campo de aplicación funcional de este Convenio Colectivoámbito laboral.
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Samples: Convenio Colectivo De Empresas De Enseñanza Privada, Vi Convenio Colectivo De Empresas De Enseñanza Privada, Convenio Colectivo De Empresas De Enseñanza Privada
Organización del trabajo. La disciplina y organización del trabajo es facultad específica del empresario, y se ajustarán a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales que resulten de aplicación a las empresas incluidas en el campo de aplicación funcional de este Convenio Colectivoconvenio colectivo.
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Samples: Convenio Colectivo