Common use of Penalidades por demora Clause in Contracts

Penalidades por demora. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, en contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Éstas ascenderán a las cuantías determinadas en el apartado P) o, en su defecto, las previstas en el artículo 212.4 TRLCSP. La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el artículo 213.2 TRLCSP. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Administración. El importe de las penalidades por demora se deducirá de las facturas y, en su caso, de la garantía de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 del RGLCAP.

Appears in 3 contracts

Samples: Contrato De Suministro, Contrato De Suministro E Instalación, Contrato De Suministro

Penalidades por demora. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, en contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar Pliego de cláusulas administrativas procedimiento abierto contrato de por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Éstas ascenderán a las cuantías determinadas en el apartado P) o, en su defecto, las previstas en el artículo 212.4 TRLCSP. La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el artículo 213.2 TRLCSP. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Administración. El importe de las penalidades por demora se deducirá de las facturas y, en su caso, de la garantía de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 del RGLCAP.

Appears in 3 contracts

Samples: Contrato De Suministro, Contrato De Suministro, Contrato De Suministro E Instalación

Penalidades por demora. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, en el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Éstas ascenderán a las cuantías determinadas , según lo previsto en el apartado P) o, en su defecto, las previstas en el artículo art. 212.4 TRLCSP. La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el artículo art. 213.2 TRLCSP. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Administración. El importe de las penalidades por demora se deducirá de las facturas y, en su caso, de la garantía de conformidad con lo dispuesto en el artículo art. 99 del RGLCAP. Igualmente será objeto de penalización en los términos de este artículo el cumplimiento defectuoso del contrato.

Appears in 2 contracts

Samples: Contract for Supply and Installation of Safety Systems, Contrato De Suministro

Penalidades por demora. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, en contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Éstas ascenderán a las cuantías determinadas en el apartado P) o, en su defecto, las previstas en el artículo art. 212.4 TRLCSP. La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el artículo 213.2 TRLCSP. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Administración. El importe de las penalidades por demora se deducirá de las facturas y, en su caso, de la garantía de conformidad con lo dispuesto en el artículo art. 99 del RGLCAP.

Appears in 2 contracts

Samples: Contract for Supplies, Contract for Supplies

Penalidades por demora. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, en el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Éstas ascenderán a las cuantías determinadas en el apartado P) o, en su defecto, serán las previstas en el artículo 212.4 TRLCSP196.4 de la LCSP. La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el artículo 213.2 TRLCSP197.2 LCSP. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación animación previa por parte de la Administración. El importe de las penalidades por demora se deducirá de las facturas y, en su caso, de la garantía de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 del RGLCAP.

Appears in 1 contract

Samples: Suministro De Mobiliario Urbano

Penalidades por demora. El adjudicatario queda contratista está obligado al cumplimiento a cumplir el contrato dentro del plazo de ejecución total fijado para la realización del contrato y mismo, así como de los plazos parciales fijados por señalados para su ejecución sucesiva. La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa de la Administración. Si llegado Cuando el término de cualquiera de los plazos citadoscontratista, en contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Éstas ascenderán Estas tendrán la cuantía determinada en los párrafos cuarto y quinto del artículo 212 del TRLCSP. La Administración tendrá la misma facultad a las cuantías determinadas que se refiere el párrafo anterior respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales. Las penalidades se impondrán de conformidad con lo establecido en el apartado P) o8 del artículo 212 del TRLCSP. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos dándole prórroga del tiempo que se le había señalado, en su defecto, las previstas se estará a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 212.4 213 del TRLCSP. La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el artículo 213.2 TRLCSP. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Administración. El importe de las penalidades por demora se deducirá de las facturas y, en su caso, de la garantía de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 del RGLCAP.

Appears in 1 contract

Samples: Suministro De Placas De Vado

Penalidades por demora. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, en el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Éstas ascenderán a Las penalidades por demora serán las cuantías determinadas señaladas en el apartado P) o, en su defecto, las previstas en el artículo 212.4 TRLCSPpárrafo primero del art. 196 LCSP. La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, penalidades no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el artículo 213.2 TRLCSPart. 197.2 LCSP. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Administración. El importe de las penalidades por demora se deducirá de las facturas y, en su caso, de la garantía de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 del RGLCAPla LCSP.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Suministro E Instalación

Penalidades por demora. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, en el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Éstas Estas ascenderán a las cuantías determinadas cantidades que se especifiquen en el apartado P) o, Q del cuadro resumen o en su defecto, las previstas en el artículo art. 212.4 del TRLCSP. La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el artículo 213.2 del TRLCSP. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Administración. El importe de las penalidades por demora se deducirá de las facturas y, en su caso, de la garantía de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 del RGLCAP.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Particulares

Penalidades por demora. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, en contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Éstas ascenderán a las cuantías determinadas en el apartado P) o, en su defecto, las previstas en el artículo 212.4 TRLCSP. La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el artículo 213.2 TRLCSP. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Administración. Pliego de cláusulas administrativas procedimiento abierto contrato de Suministro de material de higiene personal El importe de las penalidades por demora se deducirá de las facturas y, en su caso, de la garantía de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 del RGLCAP.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Suministro

Penalidades por demora. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, en el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Éstas ascenderán a las cuantías determinadas en el apartado P) o, en su defecto, las económicas previstas en el artículo 212.4 TRLCSPart. 196.4 LCSP. La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el artículo 213.2 TRLCSP197.2 LCSP. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Administración. El importe de las penalidades por demora se deducirá de las facturas y, en su caso, de la garantía de conformidad con lo dispuesto en el artículo art. 99 del RGLCAP.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Supply

Penalidades por demora. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, en el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Éstas ascenderán a las cuantías determinadas en el apartado P) o, en su defecto, serán las previstas en el artículo 212.4 TRLCSPart. 196.4 LCSP La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el artículo 213.2 TRLCSP. 197.2 LCSP En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Administración. El importe de las penalidades por demora se deducirá de las facturas y, en su caso, de la garantía de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 del RGLCAP.

Appears in 1 contract

Samples: Suministro De Árboles, Arbustos, Bulbos, Flor De Temporada Y Productos Fitosanitarios Y De Riego