COBERTURA DE DAÑOS Cláusulas de Ejemplo

COBERTURA DE DAÑOS. Código de verificación : PY3aeffe29c1e814 Los daños de cualquier clase, que por negligencia, impericia o imprudencia durante los trabajos de mantenimiento o como consecuencia de los mismos se causen en instalaciones o se produzcan a terceras personas o a las mercancías depositadas en lugares inmediatos, serán de la entera responsabilidad de la empresa adjudicataria, quién para la cobertura de posibles daños que cause, concertará con una Compañía de Seguros una Póliza de Responsabilidad Civil de cuantía suficiente. EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE LOS SERVICIOS TÉCNICOS Fdo. Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx. Autor Pliego de Prescripciones Técnicas para el Servicio de Mantenimiento de Escaleras Mecánicas en el ámbito de la adecuación del ferrocarril al entorno urbano en la Avenida de Entrevías Expediente nº 300/2013/00279 Página: 6 de 10 La instalación está compuesta por cuatro (4) escaleras mecánicas, distribuidas por parejas. Dichas escaleras son del tipo intemperie para servicio público -gran tráfico-. Las características técnicas de las escaleras mecánicas situadas en la Avenida de Entrevías de Madrid son las siguientes: MARCA THYSSENKRUPP Código de verificación : PY3aeffe29c1e814 MODELO/TIPO AVANTE TNE 2022 DESNIVEL 7,80 m. VELOCIDAD 0,50 m/s ACOMETIDA ELÉCTRICA 380 V/50Hz. POTENCIA 7 kW ÁNGULO DE INCLINACIÓN 30º ANCHO UTIL PELDAÑO 800 mm SISTEMA DE ARRANQUE VARIADOR FRECUENCIA BALAUSTRADA CRISTAL ARMARIO ELECTRICO EXTERIOR Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección xxxx://xxx- 0.xxxxxxxxxx.xx/XxxxxxxxxxxxXxxx/XxxxxxXXXX.xxx El tiempo estimado de funcionamiento son dieciséis (16) horas diarias, durante todo el año. Autor Pliego de Prescripciones Técnicas para el Servicio de Mantenimiento de Escaleras Mecánicas en el ámbito de la adecuación del ferrocarril al entorno urbano en la Avenida de Entrevías Expediente nº 300/2013/00279 APÉNDICE Nº 2 Página: 7 de 10 La realización mínima de los trabajos de mantenimiento preventivo que deben contemplar las empresas licitadoras son las siguientes:
COBERTURA DE DAÑOS. Los daños de cualquier tipo que por negligencia, impericia o imprudencia pudieran ocasionarse a personas, instalaciones, mercancías y objetos de cualquier tipo, durante o a causa de la ejecución de los servicios, serán de entera responsabilidad de la Empresa Adjudicataria, quien concertará con una Compañía de Seguros, póliza de responsabilidad civil de cuantía suficiente para la cobertura de los posibles daños. El Seguro de Responsabilidad Civil General, que cubra la posible Responsabilidad Civil por daños al Ayuntamiento y a terceros y los riesgos de siniestros a personas, instalaciones y a los propios empleados de la Empresa Adjudicataria, derivados de la ejecución del presente contrato, será de un capital mínimo de 300.000,00 euros por accidente. El Coordinador o delegado de la adjudicataria se obliga expresamente a indemnizar los daños que cause a terceros y/o al Ayuntamiento como consecuencia del ejercicio de la actividad a desarrollar.
COBERTURA DE DAÑOS. A. ZLS ASEGURADORA DE COLOMBIA S.A. MEDIANTE ESTA COBERTURA AMPARA LA MAQUINA O MAQUINAS ASEGURADAS ANTE LOS DAÑOS QUE OCURRAN:
COBERTURA DE DAÑOS. La póliza podrá cubrir los daños accidentales, totales o parciales que sufran los equipos, sujeto a los límites, montos, condiciones y demás estipulaciones indicadas en La Póliza, conforme se indica a continuación.
COBERTURA DE DAÑOS. Los daños de cualquier clase, que por negligencia, impericia o imprudencia durante los trabajos de mantenimiento o como consecuencia de los mismo se causen en las instalaciones o se produzcan a terceras personas o bienes situados en las dependencias objeto de esta licitación, serán de la entera responsabilidad de la empresa ADJUDICATARIA, quien para la cobertura de posibles daños que cause concertará con una Compañía de Seguros, Póliza de Responsabilidad Civil de cuantía suficiente. De dicha póliza se remitirá copia a ADIF.
COBERTURA DE DAÑOS. Los daños de cualquier clase, que por negligencia, impericia o imprudencia durante los trabajos de mantenimiento o como consecuencia de los mismos se causen en las instalaciones o se produzcan a terceras personas o bienes situados en las dependencias de las Terminales de TM objeto de esta licitación, serán de entera responsabilidad de la empresa ADJUDICATARIA, quien para la cobertura de posibles daños que cause concertará con una Compañía de Seguros, Póliza de Responsabilidad Civil de cuantía suficiente remitiendo copia a ADIF.
COBERTURA DE DAÑOS. Materiales.
COBERTURA DE DAÑOS a) incendio (incluyendo el humo del incendio ocurrido dentro o fuera del terreno donde se encuentra el inmueble) - consiste en el pago de una indemnización por los daños materiales directamente causados por el incendio.
COBERTURA DE DAÑOS a) inmuebles para vivienda - R$ 30.000,00 (treinta mil reales);