Periodo De Vigencia Y Terminación Cláusulas de Ejemplo

Periodo De Vigencia Y Terminación. El periodo de vigencia y terminación de las presentes Condiciones de uso del API se sujetará a lo dispuesto por el ACUERDO.
Periodo De Vigencia Y Terminación a. Su licencia comienza en la fecha en que el Software se envía o se pone a Su disposición para su descarga o instalación y continúa hasta que se termina o hasta que finaliza el plazo especificado en el Pedido o en la Autorización. Esta también será la fecha de comienzo de Su subscripción, en caso de que el Software se licencie en base a una subscripción. b. Las suscripciones se renovarán automáticamente por el período de renovación seleccionado en el Pedido (en adelante, "Período de Renovación"), a menos que (i) Usted notifique por escrito a la Fuente Aprobada su intención de cancelar la renovación al menos treinta (30) días antes de que finalice el período vigente en ese momento o que (ii) Usted o Su Fuente Aprobada seleccionen en el Pedido, al realizar la compra inicial, la opción de no renovar automáticamente la suscripción. Antes de cada Período de Renovación, y con una antelación razonable, su Fuente Aprobada le comunicará si se ha producido algún cambio de tarifas. Las nuevas tarifas se aplicarán en el siguiente Período de Renoavación, a menos que Usted o su Fuente Aprobada notifiquen a Cisco rápidamente y por escrito, antes de la fecha de renovación correspondiente, que Usted no acepta los cambios en las tarifas. En ese caso, la suscripción terminará cuando finalice el período de vigencia inicial. c. Si una parte incumple sustancialmente este EULA y no soluciona este incumplimiento en un plazo de treinta (30) días a partir de la recepción de la notificación por escrito de dicha infracción, la parte que no haya cometido la infracción puede terminar este EULA por causa. Cisco también tiene el derecho de suspender o terminar de forma inmediata el Uso que Usted hace del Software en caso de incumplimiento de las secciones 2, 5 o 15. Tras la rescisión del EULA, Xxxxx deberá dejar de utilizar el Software y destruir todas las copias del Software que tenga en Su poder. Si Usted termina este EULA debido a un incumplimiento sustancial de este por parte Cisco, si quedara alguna Suscripción pendiente, le reembolsaremos a Usted o a Su Fuente Aprobada las tarifas que hayan sido previamente abonadas y que cubran el periodo desde la fecha efectiva de la terminación hasta el final del Plazo. En caso de que Cisco termine este EULA debido a un incumplimiento significativo de este por parte de Usted, si quedara alguna Suscripción pendiente, Usted abonará a Cisco o a su Fuente Aprobada todas las tarifas no pagadas que cubran el periodo desde la fecha efectiva de la term...
Periodo De Vigencia Y Terminación 

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  • TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO Todo suscriptor y/o usuario del servicio público de aseo tiene derecho a terminar anticipadamente el contrato, para lo cual el suscriptor deberá cumplir los siguientes requisitos: 25.1. Presentar solicitud ante la persona prestadora, en la cual manifieste su voluntad de desvincularse, con un término de preaviso, el cual no podrá ser superior a dos (2) meses. 25.2. Acreditar que va a celebrar un nuevo contrato con otra persona prestadora que preste las mismas actividades del servicio de las que desea desvincularse y en la misma APS. En este caso, la solicitud de desvinculación deberá ir acompañada de la constancia del nuevo prestador en la que manifieste su disponibilidad para prestar las actividades del servicio público de aseo al solicitante determinando la identificación del predio que será atendido. 25.3. En los casos en que no se vaya a vincular a un nuevo prestador, acreditar que dispone de otras alternativas que no causan perjuicios a la comunidad, conforme a lo establecido en parágrafo del artículo 16 de la Ley 142 de 1994. La Superintendencia de Servicios Públicos será la entidad competente para determinar si la alternativa propuesta no causa perjuicios a la comunidad. Adicionalmente, las actividades de barrido y limpieza de vías y áreas públicas, las incluidas en el componente de limpieza urbana y la de aprovechamiento deberán ser atendidas por alguna persona prestadora del servicio público de aseo. 25.4. Estar x xxx y salvo por las obligaciones asociadas a la prestación del servicio con la persona prestadora a la cual solicita la terminación anticipada del contrato o haber celebrado un convenio de pago respecto de tales obligaciones económicas. Si a la fecha de solicitud de terminación del contrato el suscriptor se encuentra x xxx y salvo, sólo será necesario acreditar el pago de la última factura del servicio público de aseo y suscribir el acuerdo de pago de las obligaciones asociadas a la prestación del servicio pendientes o que puedan generarse respecto a la fecha efectiva de terminación del contrato. En los eventos de acuerdo de pago, el prestador expedirá el paz y salvo al momento de la solicitud de la terminación. Los suscriptores y/o usuarios podrán autorizar por escrito al nuevo prestador para que soliciten la terminación anticipada del contrato del servicio público de aseo, cumpliendo en todo caso lo dispuesto en la presente cláusula. Los prestadores del servicio de aseo que reciban solicitudes de terminación anticipada del contrato no podrán negarse a terminarlo por razones distintas de las señaladas en la norma y no podrán imponer en su contrato documentos o requisitos que impidan el derecho. La persona prestadora no podrá solicitar requisitos adicionales a los previstos en el Decreto 1077 de 2015. La persona prestadora del servicio público de aseo deberá tramitar y resolver de fondo la solicitud de terminación anticipada del contrato, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles, de conformidad con lo previsto en el artículo 158 de la Ley 142 de 1994 y con los efectos allí previstos, en caso de configurarse el silencio administrativo positivo. La persona prestadora no podrá negar la terminación anticipada del contrato argumentando que la nueva persona prestadora no está en capacidad de prestarlo. Parágrafo 1. Al momento de la terminación anticipada del contrato no podrá verse afectada la facturación integral del servicio prevista en el Decreto 1077 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 596 de 2016. Parágrafo 2. Al momento de la terminación anticipada del contrato la persona prestadora del servicio público de aseo, deberá notificar a la persona prestadora con la que tiene el convenio de facturación conjunta, sobre la desvinculación del suscriptor y/o usuario.